NIF C-4 INVENTARIOS. ACTUALIZADO. (Feb-2012)

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Costo financiero relativo a inventarios  La NIF D-6, Capitalización del resultado integral de financiamiento, establece las limitadas circunstancias en las que el RIF debe incluirse en el costo de los inventarios y también que el RIF: a) Debe capitalizarse en los inventarios que requieren de un periodo de adquisición o de producción sustancial prolongado. b) No debe capitalizarse en los inventarios que se fabrican o producen durante un periodo corto.


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