Juntos Generamos Justicia. El Nuevo Código Procesal en el Perú

Page 93

Capítulo II. LA REFORMA DEL PROCESO PENAL EN EL PERÚ

Cuadro Nº 2 Modificaciones introducidas al NCPP Norma

Fecha

Modificación

Tema

Ley Nº 28366

26 oct. 04

Arts. 205º al 210º.

Suspende entrada en vigencia de artículos relacionados con el control de identidad policial.

Ley Nº 28395

23 nov. 04

Numeral 1 de la Segunda Disposición Modificatoria y Derogatoria.

Se deroga numeral que modificaba el Art. 11º de la Ley Nº 23506, Ley de Habeas Corpus y Amparo.

Ley Nº 28460

11 ene. 05

Inciso 4 de la Primera Disposición Complementaria y Final.

Modificación de dicho inciso, según el texto siguiente: “No obstante lo dispuesto en el numeral 2, el día 01 de febrero de 2006 entrarán en vigencia en todo el país los artículos 468º-471º, y el Libro Séptimo La Cooperación Judicial Internacional y las disposiciones modificatorias contenidas en este Código”.

Ley publicada con el Nº 28481, que mediante Fe de Erratas de fecha 06 abr. 05 se señala debería decir: “Ley Nº 28482”

03 abr. 05

Arts. 39º, 40º y 41º.

Establece la entrada en vigencia en todo el país, de artículos relacionados con la Transferencia de Competencia (procedencia, trámite y resolución).

Ley Nº 28671

31 ene. 06

Numerales 2 y 4 de la Primera Disposición Final.

Entrada en vigencia en todo el país de los Arts. 468º-471º y del Libro Séptimo La Cooperación Judicial Internacional, así como de las disposiciones modificatorias, excepto las contenidas en los numerales 5, 6 y 7 de la Segunda Disposición Modificatoria. Entrada en vigencia en todo el país de los numerales 5, 6 y 7 de la Segunda Disposición Modificatoria.

Ley Nº 28697

22 mar. 06

Numeral 2 del Art. 173º.

Nombramiento para desarrollo de la labor pericial.

Numeral 2 del Art. 321º.

Añade que la Contraloría General de la República debe prestar apoyo al fiscal en la Investigación Preparatoria.

Ley Nº 28924

08 dic. 06

Artículo 292º (Art. 5º de dicha Ley).

Modifica el artículo relacionado con las notificaciones especiales.

Ley Nº 28950

16 ene. 07

Numerales 1, 2 y 4 del Artículo 341º.

Modifica artículo relacionado con el Agente Encubierto, estableciendo la posibilidad de que en casos especiales un ciudadano inmerso en una actividad delictiva pueda actuar como agente encubierto especial, y no solo la Policía Nacional. Entrada en vigencia en todo el país del Art. 341º (Agente Encubierto), a partir del 17 ene. 07.

76


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.