Juntos Generamos Justicia. El Nuevo Código Procesal en el Perú

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Capítulo I. EXPERIENCIAS EN LAS REFORMAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL DESDE LA VISIÓN INSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVA

▪▪ Que es deber de un Estado democrático dar paso a la eficiencia y la equidad en la administración de justicia penal, frente a la retardación y a la justicia interferida.5 ▪▪ Que el sistema de justicia presenta cuatro grandes problemas que deben ser resueltos:6 a) retardación de justicia, b) selectividad, c) inaccesibilidad, d) impunidad. ▪▪ Que el Nuevo Código de Procedimiento Penal está orientado a lograr una justicia pronta y cumplida, porque cuando la justicia tarda es injusticia.7 Como se puede ver, aunque se podría sostener que se trata de países con realidades diferentes, en su planteamiento las reformas han tenido similitudes importantes. Sin embargo, son los resultados obtenidos los que podrían guiar una evaluación de este proceso (que sería materia de otros documentos y sobre los que el CEJA —Centro de Estudios de Justicia de las Américas— ha trabajado en su oportunidad). Más allá de lo realizado o no en las reformas presentadas, el autor está convencido de que ninguno de los países ha podido completar a cabalidad sus objetivos y su visión de la Reforma. Es más, luego de transcurridos más de cinco años, muchos puntos todavía siguen pendientes, y las debilidades identificadas o han recrudecido o en la práctica no se ha hecho nada en favor del cambio.

3. La Reforma por norma Está claro que en el SAJ la Reforma es un proceso de cambio institucional, regido por las leyes gerenciales y administrativas básicas de la teoría del cambio. No porque se trate de entidades que administran justicia, éstas cambian automáticamente cuando cambia una norma. Es más, quienes creen esto muchas veces no toman en cuenta las implicaciones de las modificaciones que se plantean desde el punto de vista institucional, organizativo, gerencial, operacional o de los recursos humanos, descuidando los aspectos centrales que es necesario considerar para lograr resultados mediante el cambio. Además, con frecuencia las reformas por norma ni siquiera tratan de las implicaciones económicas, de los recursos requeridos, ni de la forma en que las instituciones podrán disponer de éstos; casi se espera que cambien por arte de magia. Todos sabemos que la norma no alcanza a cambiar la forma en que las personas piensan o actúan, y esto se refleja en la cultura organizacional que prevalece en las entidades del SAJ. Cuando se trabaje en los principios, valores y actitudes,

5 Ibid. Página IX. 6 Ibid. Página 21. 7 Ibid. Página 27.

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