Juntos Generamos Justicia. El Nuevo Código Procesal en el Perú

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Gastón Manrique

tienen derecho a la defensa pública regulada por la Ley de la materia.11 Dicha norma se encuentra hace algunos días culminando su período de vacatio legis, por lo que la Dirección General de Defensa Pública ya ha venido implementado las medidas necesarias para dar cobertura a dicho servicio.

II.

La defensa pública y el nuevo modelo procesal penal adversarial

Como parte de la reforma en la administración de justicia que se lleva a cabo en nuestro país, el 22 de julio del 2004 se promulgó el Nuevo Código Procesal Penal —en adelante NCPP—. Dicho cuerpo de leyes introducía diversas innovaciones, destacando entre las más importantes el hecho de establecer un modelo acusatorio adversarial que se desarrolla en audiencias orales, públicas y contradictorias. Implementar una norma de este tipo no ha resultado sencillo en un país de difícil geografía, pluricultural y con escasos recursos económicos como el Perú, por lo que se consideró conveniente que dicha implementación fuera progresiva, en función de un análisis previo realizado por la que se denominó la Secretaría Técnica de Implementación del NCPP, que se encargaría de proponer un cronograma para su implementación a nivel nacional. De este modo, el 01 de julio del 2006 se dio inicio en el Distrito Judicial de Huaura al nuevo modelo procesal penal. Este nuevo modelo busca otorgar a los imputados la posibilidad de contar con el debido asesoramiento y patrocinio de una defensa técnica durante todo el tiempo que dure el proceso, evitando de esa manera que se generen situaciones de indefensión, pues tiene como premisa la igualdad de condiciones que debe existir entre el Ministerio Público y la Defensa del imputado. Para este fin, el Ministerio de Justicia dispuso en primer lugar que los defensores debían cubrir un turno permanente de 24 horas a fin de poder atender a cualquier persona a la que se le impute un delito en el preciso momento de su detención, para lo cual previó un significativo incremento del personal, pasando en algunas sedes de 11 a 41 defensores.12

11 Entiéndase Ley del Servicio de Defensa Pública y su respectivo Reglamento. 12 SECRETARÍA TÉCNICA DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. Informe anual de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Huaura. Ministerio de Justicia. Lima, enero del 2008. Pág. 25.

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