Libro tomo IV Tratados y Convenios

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Radhamés Jiménez Peña

Tratados y Convenios

Tomo IV


Tratados y Convenios Tomo IV Radhamés Jiménez Peña Compilador Germán Santiago Editor Felipe Ciprián Tomás Vidal Rodríguez Fiordaliza Mejía María Disla Corrección Obra bajo el cuidado de: Ramón Emilio Núñez Julieta Tejada García Danissa Cruz Taveras Fernando Quiroz Ricardo Diplán Diseño y Diagramación Editora Corripio S.A.S. Impresión Este libro, Tratados y Convenios, Tomo IV, primera edición, se terminó de imprimir en los talleres de Editora Corripio S.A.S., en julio del 2012. La obra está regida por las leyes de Derecho de Autor. Prohibida su reprodución total o parcial sin la autorización de sus editores.


Tratados y Convenios Instituciones Concurrentes: Procuraduría General de la República A nfitriona Instituciones Firmantes Instituciones Extranjeras Ministerio Público Federal de Brasil Embajada de Ecuador Oficina de la ONU contra la Droga y el Delito Gobierno de los EEUU de América Escuela de Capacitación Fiscal de El Salvador Organización Internacional para las Migraciones Procuraduría de las Mujeres de Puerto Rico Ministerio de Justicia de Ecuador Ministerio de Justicia de Chile Fiscalía General de Colombia Fiscalía General de Costa Rica Corte Interamericana de Derechos Humanos Ministerio Público de Bolivia Ministerio Público de Paraguay Ministerio de Justicia de Chile Consejero de Justicia de Gobierno Vasco Universidad de Nueva York John Jay College de Justicia Criminal L´École Nationale de la Magistrature Instituto de Estudios Comparados de Ciencias Penales y Sociales Gobiernos de los EEUU de América y República Dominicana Departamento de Justicia de los EEUU de América Universidad de los Ángeles, California Reino de España Agencia Española de Cooperación Estado de New Jersey, EE.UU. Gobierno de la República de Francia Gobierno de los Estados Unidos de América Fiscalía General del Reino de España Centro de Estudios Jurídicos de España Procuraduría General de Rusia


Instituciones del Estado Dominicano Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Educación Despacho de la Primera Dama Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones Empresa Distribuidora de Electricidad del Este Consejo Estatal del Azúcar Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados Policía Nacional Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social Superintendencia de Seguros Misterio de la Mujer Lotería Nacional Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación Escuela Nacional Penitenciaria Instituto de Auxilios y Viviendas Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia Consejo Nacional de Drogas Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia Despacho de la Primera Dama y la OPTIC Comisión Nacional de Energía Consejo Nacional para el VIH y el Sida Instituciones de Educación Superior Universidad Iberoamericana Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña Universidad Abierta para Adultos Universidad de la Tercera Edad Universidad Dominicana O&M Universidad Agroforestal F. A. de Meriño Universidad Tecnológica de Santiago Universidad Central del Este Instituciones de la Sociedad Civil Asociación Dominicana Pro Bienestar de la Familia Fundación APEC de Crédito Educativo Fundación de Mujeres por la Educación Fundación Institucionalidad y Justicia Comisión Nacional de los Derechos Humanos Plan República Dominicana Fundación Dominicana de Desarrollo Patronato Nacional Penitenciario Instituto de Investigaciones Agropecuarias y Forestales Fundación El Arte de Vivir Dominicana Patronato de Ayuda a Casos de Mujeres Maltratadas Colegio Dominicano de Notarios Laboratorio Clínico Lic. Patria Rivas


Sumario Presentación ............................................................................................................ 11 Prólogo .................................................................................................................... 15 Procuraduría General de la República Dominicana Acuerdos con Instituciones Extranjeras Con el Ministerio Público de Brasil sobre crimen transnacional organizado ........... 21 Con la oficina de la Naciones Unidas contra la droga y el delito sobre programas de tratamiento a reclusos adictos a estupefacientes ................................................. 25 Con el gobierno de los EEUU de América sobre operaciones antidrogas por mar y aire ......................................................................................................... 29 Con la Escuela de Capacitación Fiscal de El Salvador sobre la carrera del Ministerio Público .................................................................... 35 Con la Organización Internacional para las Migraciones sobre trata de personas y tráfico ilícito de migrantes ............................................... 39 Con la Procuraduría de las Mujeres de Puerto Rico sobre manejo de casos de violencia de género .......................................................... 43 Con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Ecuador sobre asuntos penitenciarios ............................................................................................. 49 Con el Ministerio de Justicia de Chile sobre asuntos forenses y penitenciarios ......... 53 Con el Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre planes y programas para la niñez y la adolescencia .............................................. 57 Con la Embajada de Ecuador sobre asistencia legal a ciudadanos ecuatorianos en territorio dominicano ......................................................................................... 61 Con la Corte Interamericana de los Derechos Humanos sobre proyectos de investigación .............................................................................. 65


Con los Ministerios Públicos de Chile, Bolivia y Paraguay sobre roles de su competencia ................................................................................. 69 Con el Departamento de Justicia del Gobierno Vasco sobre el fomento y desarrollo de la justicia en el ámbito de sus respectivas competencias ................... 75 Con la Fiscalía General de Colombia sobre la buena administración de Justicia ...... 81 Con el Instituto de Estudios Comparados de Ciencias Penales y Sociales de Argentina sobre temas de competencia recíproca ............................................... 83 Con la Fiscalía General de Costa Rica sobre colaboración académica, técnica y científica en el ámbito del Ministerio Público ......................................................................... 89 Con el John Jay College Justicia Criminal de Nueva York sobre programas de cooperación y fortalecimiento del sistema de justicia criminal

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Con L´École Nationale de la Magistrature de Francia sobre capacitación en coordinación con la Escuela Nacional del Ministerio Público ............................. 95 Entre la R. D. y el Estado de New Jersey, EE.UU. para la ejecución de órdenes alimentarias ................................................................ 99 Entre R. D. y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre búsqueda y salvamento ................................................................................... 105 Con el Departamento de Justicia de los EE.UU. de América sobre temas de sus respectivas competencias ........................................................... 113 Con la Universidad de los Ángeles California sobre investigación y programas de tratamiento para adictos a las drogas y el alcohol ........................... 119 Con la Fiscalía General del Reino de España sobre intercambio de información .... 123 Con el Centro de Estudios Jurídicos de España sobre colaboración con la Escuela Nacional del Ministerio Público ....................................................... 127 Con la Procuraduría General de Rusia sobre extradición y contra el crimen organizado ................................................................................. 129 Con el Gobierno de la República de Francia sobre Tratado de Extradición ............. 131 Con el gobierno de los Estados Unidos de América sobre bienes decomisados ....... 147 Procuraduría General de la República Dominicana Acuerdos con Organismos del Estado Con el Ministerio de Relaciones Exteriores sobre certificaciones de Antecedentes Penales a través de las legaciones diplomáticas en el extranjero ............................... 159


Con el Ministerio de Educación sobre la reducción de la violencia en los centros educativos .......................................................................... 163 Con el Despacho de la Primera Dama sobre programas de desarrollo a las mujeres sobrevivientes de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales .................... 167 Con el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones sobre equipamiento y conexión en red en unidades de atención a víctimas de violencia género ............ 173 Con la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este sobre colaboración financiera para el desarrollo de operaciones de persecución del fraude eléctrico ..... 181 Con la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollos Provincial y el CEA, sobre verja perimetral del Centro de Corrección y Rehabilitación de La Romana ......... 189 Con el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados sobre el abastecimiento del líquido a los CCRs del Nuevo Modelo Penitenciario .... 193 Con la Policía Nacional y UNIBE sobre la capacitación de la Policía Judicial Especializada de Niños, Niñas y Adolescentes ........................................................ 197 Con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social sobre el desarrollo de programas en el marco del Plan General de Salud Penitenciaria ......................... 201 Con la Superintendencia de Seguros sobre listado de compañías aseguradoras y la garantía de las fianzas establecidas por los juzgados de la instrucción ............. 207 Con la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y la Comunicación sobre la creación del Centro Presencial al Ciudadano PUNTO GOB. ..................... 213 Con la Lotería Nacional sobre colaboración económica para la construcción de centros de corrección y rehabilitación del Modelo de Gestión Penitenciaria ....... 221 Con la Escuela Nacional Penitenciaria sobre las acciones del Nuevo Modelo de Gestión .................................................... 225 Con el Instituto de Auxilios y Viviendas sobre el otorgamiento de líneas de créditos a empleados fijos del Ministerio Público ................................. 229 Con el Comisionado de Justicia y el Consejo Nacional de Drogas sobre coordinación para la ejecución de programas sobre el uso de estupefacientes ............................... 235 Con el Comisionado de Justicia y el Laboratorio Clínico Licda. Patria Rivas sobre actividades de coordinación recíproca ............................................................ 241 Con el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia sobre políticas de seguimiento al abuso infantil ....................................................... 247 Con el Despacho de la Primera Dama y la OPTIC sobre líneas directas para la recepción de denuncias sobre trata de personas ........... 253 Con la Comisión Nacional de Energía sobre la construcción de la Línea de Media Tensión Trifásica para aumentar la energía de transformación del CCR de La Vega ............. 259


Con el Consejo Nacional para el VIH y el SIDA sobre la capacitación de personal del MP en las nuevas normativas legales respecto a la enfermedad ....................................... 263 Con la CDEEE sobre el Proyecto de la Capacitación Institucional de la PGASE en el procesamiento de casos de criminalidad del sector eléctrico ......................................... 269 Procuraduría General de la República Dominicana Acuerdos con Instituciones de Educación Superior Con la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) sobre la impartición de carreras en los Centros de Corrección y Rehabilitación ......................................................... 279 Con la Universidad Abierta para Adultos sobre la impartición de carreras técnicas entre los internos e internas del Nuevo Modelo Penitenciario ............................................... 283 Con la Universidad de la Tercera Edad (UTE) sobre la impartición de carreras técnicas y profesionales en los Centros de Corrección y Rehabilitación Penitenciarios ....................... 287 Con la Universidad Dominicana O&M sobre la impartición de carreras técnicas para internos del Nuevo Modelo Penitenciario ............................................................................... 291 Con la Universidad Agroforestal Fernando Arturo de Meriño sobre el fomento de la producción en los CCRs del Modelo de Gestión Penitenciaria ...................................... 295 Con la Universidad Tecnológica de Santiago sobre la impartición de carreras técnicas en los CCRs del Nuevo Modelo Penitenciario .......................................................... 299 Con la Universidad Central del Este sobre la impartición de carreras técnicas en los CCRs del Modelo de Gestión Penitenciaria ................................................................. 303 Con la Universidad Iberoamericana sobre la realización de pasantías de estudiantes de esa academía en los CCRs del Nuevo Modelo Penintenciario ........................................... 307 Procuraduría General de la República Dominicana Acuerdos con Instituciones de la Sociedad Civil Con la Asociación Dominicana Pro Bienestar de la Familia sobre el desarrollo de programas dirigidos a la mujer para la reducción de la violencia de género ....................... 315 Con la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) sobre esfuerzos conjuntos para el fortalecimiento del sistema de justicia ............................... 321 Con la Comisión Nacional de Derechos Humanos sobre capacitación del personal de la Escuela Nacional Penitenciaria ................................................................ 325 Con el Plan República Dominicana sobre materias de la competencia del Ministerio Público ....................................................... 329 Con la Fundación Dominicana de Desarrollo sobre la implementación de programas de educación y formación de los internos y personas privadas de libertad ............................. 333


Con el Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales para el desarrollo de programas de producción y siembras a través de los CCRs ................... 339 Con la Fundación el Arte de Vivir Dominicana sobre programas de protección del Medio Ambiente y espacios vitales para los internos de los CCRs ................................... 343 Con el Colegio Dominicano de Notarios sobre cobro por legalización de actos notariales según lo establece la Ley No. 89-05 que crea esa institución ................................. 351 Con la Iglesia Católica Dominicana sobre el Centro de Formación Integral de Pastoral Penitenciaria .......................................... 355 Con la Fundación Vida sin Violencia sobre programas de capacitación a favor de las personas víctimas de violencia ........................................................................ 359 Con la Fundación APEC de Créditos Educativos sobre el uso del Fondo Rotatorio del Programa de Formación Inicial de la ENMP ................. 365


ADVERTENCIA: El grueso de los trabajos de este libro son minutas escaneadas por lo que contienen errores de origen que no pudieron ser subsanados mediante las tradicionales correcciones de pruebas y estilo. De todos modos, por su contenido y las instituciones y Estados que concurren, constituye este Tomo IV, sobre Tratados y Convenios, una documentaci贸n de mucho valor hist贸rico y jur铆dico.


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Presentación Bien es sabido que los Estados en vías de desarrollo enfrentan nuevos retos de cara a una justicia moderna. La entrada de este siglo exige cambios que van dejando atrás los métodos retrógrados y obsoletos para la consecución de una administración judicial efectiva, debido a que con frecuencia, los estamentos encargados de dicho rol se ven frente a delitos nuevos, cuyas matrices muchas veces son desconocidas por no originarse en el territorio local sino en otra demarcación geográfica. Tales son los casos del narcotráfico, el lavado de activo, la corrupción, el terrorismo, los delitos cibernéticos y la trata de personas, entre otros. En consecuencia se hace menester que los Estados coordinen esfuerzos para la lucha efectiva contra estos crímenes, siendo la forma más viable y efectiva la asistencia judicial recíproca. Ningún país podrá lograr sortear exitosamente esos flagelos actuando de manera aislada.

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Cada vez se hace más necesaria la mancomunación de esfuerzos en la tarea de enfrentar para beneficio mutuo, a una delincuencia transnacional organizada que por los cuantiosos medios y recursos que maneja y mueve, ya no sólo constituye una amenaza para la seguridad de las naciones, sino para su propio destino y desarrollo. En el caso del Ministerio Público dominicano, que esencialmente es el tema que nos ocupa, estos intercambios revisten importancia a la luz de la ejecución de una nueva legislación procesal penal cuya aplicación en el país requiere alimentarse de experiencias internacionales y aportes de naciones amigas de mayor desarrollo y adelanto en la materia. Fue por tales motivos que el procurador general de la República, doctor Radhamés Jiménez Peña, al momento de asumir el cargo como jefe del Ministerio Público, vislumbró la necesidad de suscribir convenios de compromisos con gobiernos y organismos internacionales en el ámbito judicial, educativo y, naturalmente, en todo lo relacionado con la materia procesal penal, las ciencias forenses y el sistema penitenciario, que resultan una de las razones fundamentales de existencia y operatividad del Ministerio Público. Desde el año 2006, cuando asume el magistrado Jiménez Peña su compromiso como máximo representante del órgano responsable de ejercer la acción pública y velar por la aplicación efectiva de la ley en nombre de la sociedad y el Estado, han sido firmados protocolos de intención, de colaboración e intercambio de información con más de 14 fiscalías generales de Iberoamérica. Se destacan los acuerdos internacionales en materia de capacitación y asistencia jurídica. Pero los esfuerzos de la Procuraduría General de la República para establecer acuerdos de cooperación interinstitucional, no se limitaron al plano internacional. Simultáneamente esos esfuerzos encontraron por igual impulso y respuestas, en el plano local, con la concertación de convenios con instituciones tanto del Estado como de la sociedad civil, entre ellas, ministerios, universidades, ONGs y prestantes agencias cívicas y sociales. Todo ello nos ha motivado a recoger en una publicación sucinta, una gran parte de esos acuerdos en un libro que hemos denominado Tratados y Convenios , el cual forma parte de una serie de cuatro tomos que saldrá a la luz pública, bajo la responsabilidad y autoría, en calidad de compilador y anfitrión, del doctor Tomo IV


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Radhamés Jiménez Peña, quien ha sido el principal protagonista de este proceso estelar que en los últimos seis años ha vivido el Ministerio Público Dominicano, y en sentido general, el sistema de justicia y jurídico del país. Justo es reconocer que esta labor fue iniciada por su antecesor, el licenciado Francisco Domínguez Brito, algunos de cuyos convenios firmados por él, han sido incluidos en esta publicación, que dicho sea de paso, marca un hito en la historia de la bibliografía jurídica dominicana. He aquí parte de nuestro legado que entregamos también como material de consulta y de reflexión para los amigos lectores e interesados, sobre todo para aquellos sectores y personas, escuelas de derecho y juristas, tribunales y magistrados, que dan seguimiento a estos puntuales asuntos del ámbito jurídico en el plano de las relaciones interinstitucionales, tanto a nivel nacional como en allende los mares. Buen provecho.

Danissa Cruz Taveras Procuradora Fiscal Adjunta

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Prólogo El avance sin precedentes en el ámbito de las nuevas tecnologías, con las múltiples facilidades de comunicación que estas ofrecen, ha venido a suprimir virtualmente las distancias entre las naciones y con ello a transformar el mundo en la aldea común de todos los hombres que es hoy. La impronta distintiva de tal realidad es harto conocida, igual que las bondades que propicia. Sabemos también que no son menores las dificultades que suscita cuando los medios que proporciona son mal utilizados por desaprensivos en el despropósito del crimen, sobre todo cuando se trata de la Criminalidad Transnacional Organizada. Las organizaciones criminales que operan redes de narcotráfico, terrorismo, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas en todas sus modalidades, agresión al medio ambiente, delitos cibernéticos o de alta tecnología y lavado de activos, entre otras, son las primeras en adquirir y utilizar en la perpetración de sus hechos, los medios de transporte, equipos y servicios más tecnológicamente avanzados, causando con sus desafueros la transgresión al orden público de países distintos, Tomo IV


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según los territorios que en sus designios incluyan como destinos para realizar las diferentes tareas de que precisen las des-acciones que se propongan ejecutar. Así las cosas, y visto que la mayor perversión criminal de este tiempo se dirige y atenta contra el orden público mundial, resulta obvio que la defensa del interés mayoritario de los ciudadanos del mundo tiene que ser asumida y encarada, no en solitario por país alguno, sino por el pleno de la Comunidad Internacional, mediante la instauración de sistemas de asistencia y cooperación jurídica en materia penal, que sean capaces de generar la interacción igualitaria, fluida y oportuna entre las partes. La consecución de este propósito precisa, ante todo, de instrumentos jurídicos bilaterales y multilaterales que vinculen no sólo a los Estados que en el ejercicio de sus correspondientes fueros soberanos los concierten, sino también a los actores directamente comprometidos en la gestión de las áreas comunes o afines dentro de sus respectivos sistemas de administración de justicia y naturalmente, dentro del marco de las atribuciones que en ese sentido les confieran sus leyes. El procurador general de la República, Don Ramón Radhamés Jiménez Peña, ha entendido como el que más, cuál es la esencia de su misión, tanto desde la perspectiva de máximo representante del “organismo del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad…” que es el Ministerio Público; como desde su rol de gestor de las atribuciones de Ministro de Justicia que le confiere la Ley 485 de fecha 11 de noviembre de 1964, la cual pone a su cargo el trabajo de temas eminentemente internacionales, como son la tramitación de exhortos y la extradición de delincuentes. El magistrado Radhamés Jiménez, ha puesto su empeño en dar continuidad a la política de concertación que iniciara en su día su antecesor el Magistrado Francisco Domínguez Brito, pero con una más clara y amplia visión integral del tema, tanto así que me atrevo a considerar apropiado decir que hemos tenido la suerte de poder contar con un “Procurador-Embajador”, cuyo trato afable y precioso don de gente le ha ganado la distinción de ser considerado como el más respetado y querido miembro de la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos; amén del conocimiento que todos tenemos, del respeto Tomo IV


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y consideración de que se ha hecho acreedor, ante otros foros donde participan las autoridades penales de los Estados Unidos de América, otros países americanos y de Europa. Para que se vea que esta entrega “Tratados y Convenios”, va mucho más allá de la sugestividad del título y de que nuestra ponderación respecto a la visión integral del procurador general de la República sobre la importancia de la cooperación jurídica penal no se parapeta en eufemismos, resulta importante destacar que sobrepasan los trescientos el número de instrumentos jurídicos suscritos por la Procuraduría General de la República con otras tantas entidades de orden interno y foráneo. Desde el año 2006 hasta el presente, hemos establecido alianzas y compromisos escritos en forma de convenios, pactos, memorandos de entendimiento y acuerdos de cooperación interinstitucionales, con embajadas, representantes del Ministerio Público de países amigos, universidades, escuelas de capacitación, organizaciones de derechos humanos, oficinas de organismos internacionales de derecho público y privado, asociaciones, fundaciones, patronatos, organizaciones de la sociedad civil, de derechos humanos, todos ellos dirigidos al posicionamiento y fortalecimiento del Ministerio Público y de la Procuraduría General de la República en la basta diversidad de las áreas que les son atinentes. Estoy convencida de que la publicación de este libro, junto con los otros tres tomos de la misma serie, se legitima en la aspiración a la permanencia que se promete a la palabra escrita y ante todo, porque constituye un documento que la posteridad tendrá la oportunidad de ponderar en su justa dimensión, en vista de su amplio contenido informativo. Doctora Gisela Cueto González Procuradora General Adjunta

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Procuraduría General de la R epública Dominicana Acuerdos con Instituciones Extranjeras



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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República ministerio público federal de la república de brasil Entre: Los representantes de la Procuraduría General de la República Dominicana y del Ministerio Público Federal de la República Federativa del Brasil, con ocasión de su encuentro en la XIX Asamblea General Ordinaria de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, ocurrida en Brasilia; CONSIDERANDO el propósito de hacer frente al crimen organizado en todas sus modalidades; ENFATIZANDO la importancia de la cooperación jurídica, mecanismo necesario para la integración de las investigaciones penales, que en algunos casos han requerido la promoción de actuaciones entre las dos instituciones; TENIENDO en cuenta las normas constitucionales, los fundamentos de derecho interno, y la imperativa sumisión a las reglas de los acuerdos multilaterales y bilaterales vigentes, así como el respeto a los principios de Derecho Internacional; TENIENDO en cuenta el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República Federativa de Brasil y la República Dominicana, celebrado en Brasilia, el 17 de noviembre de 2003; AMPARADOS en las disposiciones del Acuerdo para incentivar la Cooperación y Asistencia Legal Mutua entre los Miembros de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, firmado en Quito, Ecuador el 4 de diciembre de 2003, en el ámbito de la Asamblea Extraordinaria de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos y en las posibilidades jurídicas de propiciar un contacto directo y permanente entre las autoridades signatarias; Tomo IV


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CONSIDERANDO la importancia de fortalecer la formación profesional y el intercambio de experiencias entre los Ministerios Públicos en el ámbito de la Red de Capacitación del Ministerio Público – RECAMPI-, como una comunidad de enlace para la cooperación, la concertación y el apoyo recíprocos entre los centros públicos y los responsables de la formación del Ministerio Público en Iberoamérica;

Hemos convenido: 1. Colaborar amplia y directamente a través del intercambio de informaciones, datos técnicos de investigación y asistencia técnica, especialmente en materia de crimen organizado transnacional y delitos relacionados. 2. Promover la comunicación directa entre las dos instituciones a fin de fortalecer e intensificar la cooperación jurídica mutua, sin perjuicio de los canales legales previstos en las normas internacionales suscritas y en las normas de derecho interno. 3. Adoptar las disposiciones del Acuerdo para Incentivar la Cooperación y Asistencia Legal Mutua entre los Miembros de la Asociación Iberoamérica de Ministerios Públicos; suscrito en Quito, Ecuador, el 4 de diciembre de 2003, como manual práctico de operación para el intercambio de informaciones y demás actuaciones propias de la asistencia jurídica mutua, dentro de los límites de derecho interno ya señalados. 4. Para la consecución de este memorando las partes designarán, en el ámbito de cada institución, puntos de contacto con la misión específica de actuar como intermediarios activos de la cooperación internacional, de fuente de informaciones sobre los respectivos sistemas jurídicos nacionales y de las solicitudes de asistencia jurídica mutua. 5. Este memorando no genera nuevas obligaciones jurídicas internacionales. Su aplicación está fundada en un esfuerzo común y en su voluntad recíproca de encontrar soluciones eficaces en la lucha contra el crimen organizado, con un espíritu de cooperación auténtica y efectiva. 6. La consecución de este protocolo deberá realizarse de conformidad con el principio de complementariedad, con pleno respeto a la competencia de los poderes ejecutivos y judiciales en materia de asistencia jurídica internacional, de modo que se complemente la tarea que en esta área realizan las autoridades centrales. Tomo IV


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7. Las instituciones firmantes partes se comprometen a garantizar la estricta reserva de la información y antecedentes que conozcan con ocasión de la ejecución del memorando, sujetando su actuación a lo dispuesto en sus respectivos ordenamientos jurídicos en cuanto al deber de mantener reserva y confidencialidad, así como desde el punto de vista del adecuado tratamiento de los datos de carácter personal que pudieran verse afectados. En cualquier caso, queda excluido del ámbito del presente Memorando el intercambio de información clasificada. 8. Las partes acuerdan evaluar periódicamente la eficacia de la cooperación y efectuar las consultas mutuas para el mejoramiento de este memorando. 9. Este documento podrá ser enmendado en cualquier tiempo mediante intercambio de cartas.

Esta declaración es firmada en dos ejemplares en idiomas portugués y español. Brasilia, a los 05 días de diciembre de 2011

RADHAMÉS JIMÉNEZ PEÑA Procurador General de República Dominicana ROBERTO MONTEIRO GURGEL SANTOS Procurador General de la República Federativa de Brasil Memorando de entendimiento para intensificar la Cooperación Jurídica Mutua entre la Procuraduría General de la República Dominicana y el Ministerio Público Federal de la República Federativa de Brasil

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República oficina de la ONU contra la droga y el delito

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA gobierno de los estados unidos de américa

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35 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperaci贸n Interinstitucional Procuradur铆a General de la Rep煤blica Escuela de capacitaci贸n fiscal de el salvador

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39 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Organización internacional para las migraciones

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República Procuraduría de las Mujeres de Puerto Rico Entre: DE LA PRIMERA PARTE: el honorable Guillermo A. Somoza Colombani, secretario de Justicia del Gobierno de Puerto Rico. DE LA SEGUNDA PARTE: el honorable Radhamés Jiménez Peña, procurador general de la República Dominicana, en representación de la Procuraduría General Adjunta para Asuntos de la Mujer de la República Dominicana. En virtud de la representación que ostentan las facultades que les brindan las diferentes leyes, y en el ejercicio de sus respectivas funciones:

Exponen CONSIDERANDO: Que la Procuraduría General de la República Dominicana y el Departamento de Justicia, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio del Gobierno de Puerto Rico, son las instituciones responsables en los respectivos gobiernos de propiciar e implementar políticas públicas y acciones concretas en materia de violencia de género, violencia intrafamiliar y delitos sexuales. CONSIDERANDO: Que las Partes pueden propiciar, fortalecer e implementar acciones conjuntas tendentes a lograr la atención integral a las víctimas de violencia de género, violencia intrafamiliar y delitos sexuales; CONSIDERANDO: Que se hace necesaria la capacitación del personal humano calificado en torno a la atención y asistencia a las mujeres víctimas de violencia en todas sus manifestaciones; CONSIDERANDO: Que este Acuerdo de Cooperación Técnica surge del compromiso de las Partes de garantizar el mejor desempeño del personal caTomo IV


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lificado en atención a las mujeres y en el desarrollo de las respectivas políticas públicas en materia de violencia sexual, de género e intrafamiliar. Asimismo, las Partes reconocen que en el momento actual, marcado por la globalización y la comunicación de las sociedades modernas más allá de sus fronteras, es necesario cooperar y aumentar los vínculos en el ámbito de la justicia y colaborar para una efectiva respuesta en la lucha contra el crimen y la violencia en todas sus manifestaciones. CONSIDERANDO: Que este Acuerdo de Cooperación Técnica cuenta con el aval del Departamento de Estado de Puerto Rico y que para su ejecución y cumplimiento el Departamento de Justicia de Puerto ha recabado la colaboración de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio del Gobierno de Puerto Rico. A tales efectos, las Partes expresan su intención de colaboración e intercambio, partiendo de las distintas experiencias obtenidas en sus respectivas áreas de actuación. POR CUANTO precede, las Partes suscriben el presente Acuerdo de Cooperación Técnica, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERO: Las Partes acuerdan cooperar de manera amplia en el desarrollo de sus respectivos planes, programas de concienciación y capacitación al personal humano sobre el manejo adecuado de los casos de violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones, ya sean representantes del Ministerio Público o funcionarios que trabajan con la problemática de violencia de género, violencia intrafamiliar y delitos sexuales. SEGUNDO: Las Partes se comprometen a colaborar e intercambiar experiencias en la atención a la víctimas de delitos, comenzando con la atención integral a la violencia contra las mujeres, la violencia intrafamiliar y los delitos sexuales cumpliendo con las respectivas políticas públicas de CERO TOLERANCIA hacia la violencia de género promulgadas por los gobiernos de Puerto Rico y la República Dominicana. TERCERO: Las Partes se comprometen a crear y fortalecer programas educativos dirigidos a capacitar y sensibilizar al personal de las instituciones involucradas en los temas de la violencia de género, violencia intrafamiliar y delitos sexuales mediante conversatorios, talleres, seminarios y campañas conjuntas con el propósito de ofrecer un servicio efectivo, eficaz, accesible, rápido y oportuno Tomo IV


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dirigido a modificar la manera de la atención y tratamiento de los casos de violencia contra las mujeres, violencia intrafamiliar y delitos sexuales que impactan a mujeres, niños, niñas y adolescentes. CUARTO: La Procuraduría General de la República Dominicana, a través de la Escuela Nacional del Ministerio Público, facilitará la participación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, el Departamento de Justicia y la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio del Gobierno de Puerto Rico en adiestramiento sobre violencia sexual, de género e intrafamiliar. Para lo anterior, compartirá el calendario de cursos sobre dichos temas con las demás Partes para que su personal pueda participar de estos en los lugares donde la Escuela Nacional del Ministerio Público de la República Dominicana los ofrezca. Del mismo modo, el Departamento de Justicia, a través del Instituto de Capacitación y Desarrollo del Pensamiento Jurídico, compartirá el calendario de cursos sobre el tema de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales que ofrece el Departamento de manera que la Procuraduría General de la República pueda enviar a su personal a participar de estos en las instalaciones donde el Departamento los ofrezca. QUINTO: Las Partes se comprometen a propiciar el desarrollo y suministro de material de apoyo necesario para los respectivos cursos y acciones en materia de violencia de género, violencia intrafamiliar y delitos sexuales. Para lograr lo anterior, las Partes se comprometen a permitir la participación de su personal en el ofrecimiento de actividades de capacitación celebrados tanto en República Dominicana como en Puerto Rico. SEXTO: A través de sus instancias especializadas, las Partes se comprometen a mantenerse actualizados sobre las estadísticas de los casos de violencia, incluyendo los casos de reincidencia que sean recibidos por sus respectivos despachos, pudiendo intercambiar las mismas para estudios comparativos sobre la problemática de violencia de género en todas sus manifestaciones con el propósito de desarrollar sus respectivas políticas públicas en esta área. SÉPTIMO: Cada Parte se compromete a proteger y no divulgar aquella información que la otra designe como reservada o confidencial. OCTAVO: Para los fines de dar cumplimiento a los compromisos asumidos, las Partes convienen designar una persona enlace que garantice la continuidad y el seguimiento oportuno del presente acuerdo, así como su evaluación final. Las Partes elaborarán de manera conjunta un plan de actividades que garantizarán el éxito del presente acuerdo. Tomo IV


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NOVENO: Cada Parte, según sus respectivas posibilidades presupuestarias, de conformidad con las prioridades programadas de cada institución y con las leyes y reglamentos aplicables del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de la República Dominicana, podrá destinar recursos presupuestarios suficientes para la adecuada ejecución de los acuerdos aquí expresados. DÉCIMO: El presente Acuerdo de Cooperación Técnica tendrá una vigencia de dos (2) años a partir de su firma, renovable según la intención de las Partes. Sin embargo, cada una de las Partes podrá renunciar al Acuerdo en cualquier momento, comunicando por escrito su decisión a las otras partes. La renuncia surtirá efecto para la parte interesada tres (3) meses a partir de la fecha de la notificación y recibo de las otras partes. La terminación anticipada del presente Acuerdo no afectará la conclusión de los programas que durante su vigencia hayan sido aprobados. Suscrito en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los trece (13) días del mes de octubre del año 2012, en seis (6) originales en español, siendo estos textos igualmente auténticos.

Guillermo Somoza Colombani Secretario de Justicia Gobierno de Puerto Rico

Radhamés Jiménez Peña Procurador General República Dominicana

Este Acuerdo de Cooperación Técnica fue suscrito en presencia de la licenciada Roxanna Reyes Acosta, procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer de la República Dominicana; de la licenciada Ivonne Feliciano Acevedo, procuradora de las Mujeres del Gobierno de Puerto Rico; del licenciado Rolando Rivera Guevárez, director de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio del Gobierno de Puerto Rico; y, como testigo de honor, las primera dama de la República Dominicana, doctora Margarita Cedeño de Fernández, y la primera dama de Puerto Rico, licenciada Luz E. Vela Gutiérrez.

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Yvonne Feliciano Acevedo Procuradora de las Mujeres Gobierno de Puerto Rico

Roxanna Reyes Acosta Procuradora General Adjunta para Asuntos de la Mujer República Dominicana

Rolando Rivera Guevárez Director ejecutivo Oficina de Servicios con Antelación al Juicio Gobierno de Puesto Rico TESTIGOS DE HONOR

Luz E. Vela Gutiérrez Primera Dama Puerto Rico

Margarita Cedeño de Fernández Primera Dama República Dominicana

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República Ministerio de Justicia de ecuador Entre: De una parte, la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, institucionalmente gubernamental investida de personalidad jurídica por la Ley No. 821, del 21 de noviembre de 1927, con su domicilio y asiento principal en la avenida Jiménez Moya, Centro de los Héroes, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana representada por el magistrado procurador general de la República, Dr. Radhamés Jiménez Peña, dominicano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad y electoral No.047-003141-6, el director nacional de la Escuela Nacional Penitenciaria, coordinador nacional del Modelo de Gestión Penitenciaria y coordinador nacional del Centro de Excelencia sobre el Sistema Penitenciario y Reducción de la Demanda de Drogas, licenciado Roberto Santana Sánchez, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1130856-5, con domicilio y asiento principal en la entidad que éstos representan, para los fines y consecuencias de este acto se denominarán indistintamente, por su nombre propio o como la PROCURADURÍA; y De la otra parte, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador, representado por la Dra. Johana Pesántez Benítez, ecuatoriana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad y electoral No. 170788779-8, para los fines y consecuencias de este acto se denominará indistintamente, por su propio nombre o como MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS. Tomo IV


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Préambulo POR CUANTO: Es conveniente formalizar y estrellar las relaciones de cooperación en el ámbito de la Reforma Penitenciaria, prevención del delito, tratamiento del delincuente y la administración de justicia penal, así como el mejor aprovechamiento de los recursos nacionales e internacionales destinados a estos fines. Las instituciones suscribientes favorecerán la concertación de las acciones de cooperación de acuerdo a las siguientes cláusulas:

Han convenido y Pactado lo siguiente: PRIMERO: Desarrollar el intercambio y colaboración en materia penitenciaria. SEGUNDO: Este intercambio y colaboración en materia penitenciaria tiene como ámbito las políticas púbicas, la legislación penitenciaria, así como los proyectos, programas e iniciativas que puedan contribuir al respecto, a la dignidad y a los derechos humanos de las personas privadas de libertad, su educación social y la adecuada inserción en el medio libre. TERCERO: La Procuraduría General de la República y el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador, desarrollarán una colaboración bilateral a los fines de que sus establecimientos penitenciarios contribuyan a la inclusión social, a la seguridad pública, democrática y al combate de la delincuencia. CUARTO: Ambos países colaborarán a favor de enfrentar la sobre población carcelaria, así como cualquier forma de delincuencia, corrupción, tráfico de drogas, armas y demás situaciones dañinas a lo interno de dichos establecimientos. QUINTO: Ambos países intercambiarán experiencias en materia de reforma penitenciaria, a través de las instituciones y funcionarios que sean establecidos según solicitud de cada parte y de mutuo acuerdo. Tomo IV


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SEXTO: LAS PARTES se comprometen a contribuir con la realización de este acuerdo según sus posibilidades. Sus obligaciones se efectuarán estrictamente a los acuerdos específicos oficialmente pactados en cada caso. SEPTIMO: Para la materialización y seguimiento del presente convenio las partes acuerdan crear un Comité Técnico Bilateral que será constituido dentro de los treinta (30) días siguientes a la puesta en vigencia de este acuerdo. OCTAVO: La Procuraduría General de la República Dominicana y el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador, designarán un responsable y un suplente ante el Comité Técnico Bilateral. NOVENO: El Comité Técnico Bilateral elaborará y propondrá en treinta (30) días a partir de su puesta en funciones y para la revisión de la Procuraduría General de la República y el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador, un reglamento de funcionamiento, así como su plan de llevar adelante los objetivos y el cumplimiento de los acuerdos del siguiente acuerdo. DÉCIMO PRIMERO: La Procuraduría General de la República Dominicana y el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador evaluarán cada año la marcha del presente convenio y las propuestas para el año siguiente. Tanto la evaluación anual como la propuesta de actividades para el año siguiente serán elaboradas y propuestas por el Comité Técnico Bilateral. DÉCIMO SEGUNDO: El presente acuerdo tiene una vigencia de un (1) año, que puede ser denunciado por cualquiera de las partes, comunicándolo por escrito, por la vía correspondiente, con un mínimo de noventa (90) días antes de la fecha prevista para la finalización, en cuyo caso permanecerán vigentes hasta un término aquellas actividades acordadas previamente a la fecha de la comunicación de denuncia del presente convenio. DÉCIMO TERCERO: NOTIFICACIONES Las notificaciones y otras comunicaciones deben ser hechas por cualquiera de las partes a la otra. Según este convenio, podrán ser enviadas por correo electrónico con acuse de recibo. Tomo IV


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DÉCIMO CUARTO: ELECCIÓN DE DOMICILIO para los fines y consecuencias del presente acuerdo LAS PARTES hacen elección de domicilio en las direcciones mencionadas al inicio del mismo. DÉCIMO QUINTO: MODIFICACIONES: los términos de este convenio podrán ser modificados por consenso entre LAS PARTES. Para los fines, basta que una de ellas presente por escrito una solicitud de modificación, la cual será evaluada con el fin de llegar al consenso. DÉCIMO SEXTO: IDIOMA OFICIAL El presente convenio ha sido redactado en español, que será el idioma de control para todos los asuntos relacionados con el significado e interpretación de los términos y condiciones de este documento. Dada en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de agosto del año dos mil once (2011).

Dr. Radhamés Jiménez Peña Procurador General de la República

Dra. Johana Pesántez Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de la República del Ecuador

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53 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Ministerio de justicia de chile

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57 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA estado libre asociado de puerto rico

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61 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA embajada de Ecuador

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65 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Corte interamericana de derechos humanos

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69 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ministerios públicos de chile, bolivia y paraguay

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75 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA consejo de justicia de gobierno vasco

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81 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Fiscalía general de colombia

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83 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA instituto de estudios comparados en ciencias penales y sociales de argentina

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89 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Fiscalía general de costa rica

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Universidad de Nueva York John Jay College justicia Criminal

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA ESTADO DE NEW JERSEY

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA GOBIERNOS DE LOS EE.UU. DE AMéRICA Y REPúBLICA DOMINICANA

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DE LOS EE.UU. DE AMéRICA

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA UNIVERSIDAD DE LOS ÁNGELES CALIFORNIA

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123 Tratados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA FISCALÍA GENERAL DEL REINO DE ESPAÑA

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ACUERDO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA CENTRO DE ESTUDIOS JURÍDICOS DE ESPAÑA

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ACUERDO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PROCURADURÍA GENERAL DE RUSIA

Moscú, Rusia.- Los procuradores generales de República Dominicana, doctor Radhamés Jiménez Peña, y de Rusia, doctor Yuriy Chaika, firmaron en Moscú un acuerdo de cooperación jurídica internacional, que incluye el combate del crimen organizado, casos de extradición y asistencia judicial recíproca en materia penal. El acuerdo abarca, también, el ámbito de la protección de los derechos y las libertades fundamentales de los ciudadanos y el intercambio de información sobre el ordenamiento jurídico y las legislaciones de ambos Estados. Igualmente, dispone que las partes celebren de común acuerdo, encuentros y consultas, con el fin de intercambiar experiencias adquiridas en sus respectivas actividades, discutir temas de interés recíproco, así como los sometidos a la consideración de los foros y organizaciones internacionales. El doctor Jiménez Peña viajó a Rusia para agotar una agenda de trabajo conjunta con las autoridades de esa nación. Le acompaña una delegación integrada por el embajador dominicano Jorge Luis Pérez Alvarado, y por el doctor Pedro Mateo Ibert, procurador general de la Corte de Apelación de San Juan de la Maguana. Luego de la firma del convenio, el procurador general de Rusia, Yuriy Chaika, se refirió a los grandes avances experimentados por el Ministerio Público de la República Dominicana y los logros alcanzados por la gestión del doctor Radhamés Jiménez Peña en materia de profesionalización, capacitación y eficacia de los miembros de la institución. Tomo IV


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“Aprovecho la ocasión para felicitar a mi amigo Radhamés Jiménez Peña por el gran avance que ha alcanzado el sistema penitenciario dominicano con la instauración del Nuevo Modelo de Gestión Penitenciaria que se ha constituido en un ejemplo para el mundo y que de manera particular quiero conocer”, expresó. De su parte, el magistrado Jiménez Peña agradeció la hospitalidad del procurador Yuriy Chaika, tras reconocer sus grandes esfuerzos en la lucha contra la criminalidad organizada, “que ha desplegado al frente de la Procuraduría de la nación más grande del mundo, territorialmente, haciendo con sus esfuerzos de la nación rusa una sociedad segura”. El acuerdo consagra que las partes mantendrán la cooperación conforme a lo dispuesto en el mismo y sus respectivas competencias, observando la legislación y los compromisos internacionales de ambos Estados. Expresa que las partes realizarán, de común acuerdo, investigaciones académicas de interés recíproco, conferencias, seminarios y reuniones de mesas redondas y que mantendrán la cooperación en materia de formación y capacitación profesional de especialistas de ambas procuradurías.

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República Con el Gobierno de la República de Francia

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República Con el gobierno de los estados Unidos de América

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ProcuradurĂ­a General de la R epĂşblica Dominicana Acuerdos con Organismos del Estado



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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

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163 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACI贸N INTERINSTITUCIONAL PROCURADUR铆A GENERAL DE LA REP煤BLICA MINISTERIO DE EDUCACI贸N

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional Procuraduría General de la República despacho de la primera dama Entre: EL DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA, instancia técnico administrativa, adscrita a la Presidencia de la República, con su domicilio y oficinas principales ubicadas en la avenida doctor Delgado No. 254, sector Gazcue, en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representada por su Coordinadora General, la Primera Dama de la República, doctora MARGARITA CEDEÑO DE FERNÁNDEZ, dominicana, mayor de edad, casada, abogada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0096723-1, domiciliada y residente en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana; institución que, en lo adelante y para los fines del presente Acuerdo, se denominará “EL DESPACHO “, “DPD” o por su nombre completo; y La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, institución estatal de derecho público, con su domicilio y asiento social ubicado en el Palacio de Justicia, Centro de los Héroes, Constanza, Maimón y Estero Hondo, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, debidamente representado el doctor RADHAMÉS JIMÉNEZ PEÑA, dominicano, mayor de edad, casado, abogado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 047-0043141-6, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien actúa en su calidad de Procurador General de la República Dominicana y está facultado por su cargo para representarle; institución que en lo adelante y para los fines del presente Acuerdo se denominará la “PROCURADURÍA”. Tomo IV


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PREÁMBULO POR CUANTO: La Constitución de la República Dominicana establece como función esencia del Estado la protección efectiva de los derechos de la persona, al respecto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas. POR CUANTO: Una de las prioridades del gobierno del excelentísimo señor presidente de la República, DOCTOR LEONEL FERNÁNDEZ REYNA (expresado en los Objetivos del Milenio y en el Plan Nacional de Equidad de Género) es enfrentar la pobreza y erradicar cualquier forma de violencia, especialmente contra la mujer en todo su ciclo de vida. POR CUANTO: El Despacho de la Primera Dama, es una instancia Técnico Administrativa, creada con el objetivo de apoyar la política social del gobierno y promover relaciones gubernamentales y no gubernamentales orientadas a atender las tareas de gran impacto social. POR CUANTO: El Despacho de la Primera Dama, a través de sus diferentes programas, impulsa y refuerza la sensibilización ciudadana sobre temas que deben enfrentar los miembros de la familia dominicana, así como la capacitación y la reinserción social, muy especialmente a través de los programas “Centros Tecnológicos Comunitarios (CTC΄s)” y “Progresando”. POR CUANTO: El programa “Progresando” es un programa socio educativo que acompaña y empodera a familias dominicanas en extrema pobreza en su proceso de desarrollo integral, a través de orientación, información, capacitación y concienciación sobre el acceso y disfrute de bienes y servicios ofrecidos por el Estado y la sociedad civil para la garantía de sus derechos fundamentales, generando capacidades en estas familias y ofreciéndoles orientación, capacitación y apoyo para que sus miembros logren su desarrollo integral; promoviendo en estas familias siete componentes básicos: identificación, educación, salud integral, formación humana y conciencia ciudadana, seguridad alimentaria y generación de ingresos, recreación artística y vivienda digna. POR CUANTO: “Progresando”, promueve además, la educación formal y la capacitación técnica profesional, como una manera de erradicar la pobreza y la vulnerabilidad, insertando a sus beneficiarios y beneficiarias, en el mercado laboral o apoyándoles en el emprendimiento de un negocio propio para que tenTomo IV


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gan la oportunidad de elevar sus niveles de vida, contribuyendo así a un mayor bienestar de cada miembro de la familia. El programa trabaja a través de visitas domiciliarias a cargo de una persona capacitada, denominada Enlace Familiar, que comparte, con las Familias Progresando, informaciones y orientaciones que les permiten conocer y desarrollar habilidades para ejercer sus derechos y deberes, así como para acceder a los servicios y espacios de participación que ofrece el Estado y la sociedad civil para su desarrollo e integración social. POR CUANTO: A través de la creación de capacidades en estas familias, se fortalece la conciencia ciudadana, la participación de las familias en el desarrollo de la comunidad, la reducción de la violencia intrafamiliar y la erradicación de cualquier forma de abuso contra la persona. POR CUANTO: La PROCURADURÍA tiene como misión ejercer la prevención, detección y persecución del abuso contra las personas en todas sus manifestaciones, y ejercer la investigación de los hechos punibles, la representación y defensa del interés público y social, así como la vigilancia y cumplimiento de las normas del debido proceso legal, garantizando la protección de las víctimas y los testigos, y el respeto de los derechos humanos. POR CUANTO: La PROCURADURÍA es el organismo competente para recibir las denuncias de violencia intrafamiliar, de género, delitos sexuales y cualquier otra manifestación de abuso contra los y las ciudadanas, para lo cual se apoya en líneas telefónicas y/o cualquier medio tecnológico apropiado. POR CUANTO: La PROCURADURÍA, a través de la Procuradora Adjunta de la Mujer, desarrolla proyectos destinados a contribuir con la reducción de la violencia intrafamiliar y de género, así como laos delitos sexuales a través de orientación, sensibilización y capacitación, protegiendo los derechos de las víctimas y persiguiendo a los agresores. POR CUANTO: AMBAS PARTES tienen el interés de establecer mecanismos de recepción de denuncias, así como el apoyo para la reinserción social a víctimas de violencia intrafamiliar, de género y delitos sexuales. POR TANTO, y en el entendido de que el Preámbulo que antecede forma parte integral de este Acuerdo, LAS PARTES.

Han convenio y pactado lo siguiente: ARTÍCULO 1. OBJETO. El Despacho de la Primera Dama y la Procuraduría General de la República acuerdan aunar esfuerzos para contribuir al desarroTomo IV


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llo integral de las mujeres sobrevivientes de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales, a través de los Programas Progresando y Centros Tecnológicos Comunitarios del Despacho de la Primera Dama (CTC΄s), ejecutando proyectos conjuntos orientados al logro de las siguientes actividades: »» 600 supervisores de enlaces comunitarios capacitados para orientar y referir casos de mujeres víctimas de violencia de género (quienes capacitarán a la totalidad de enlaces del programa); »» 73 Centros Tecnológicos Comunitarios (CTC΄s) ofreciendo información y orientación sobre prevención y atención de caos de violencia intrafamiliar, de género y delitos sexuales; »» Mujeres referidas por la Procuraduría para integrarlas al programa Progresando; »» Mujeres sobrevivientes de violencia intrafamiliar, de género, intrafamiliar y delitos sexuales, capacitadas por el programa Progresando; »» Líneas de producción artesanal creadas con mujeres sobrevivientes de violencia intrafamiliar; y »» Número de mujeres apoyadas con microcréditos de la pequeña y mediana empresa, previa calificación correspondiente. ARTÍCULO 2. EL DESPACHO Y LA PROCURADURÍA designan una persona como enlace representante de cada institución, que garantice la continuidad y el seguimiento oportuno a las acciones previstas en el presente Convenio, así como su evaluación anual. ARTÍCULO 3. EL DESPACHO Y LA PROCURADURÍA, a través de la Procuradora Adjunta de la Mujer, elaborarán un plan de actividades, garantizarán la construcción y mantenimiento de indicadores y mecanismos de medición de seguimiento, gestión y de calidad de las denuncias recibidas sobre las acciones previstas para ambas Partes en este Convenio. ARTÍCULO 4. Las partes convienen que este Acuerdo tendrá una vigencia de un (1) año, a partir de la fecha de suscripción, renovable a intención de cada una de LAS PARTES. Sin embargo, cualquiera de ellas podrá dar por terminado el mismo cuando lo considere conveniente, sin responsabilidad alguna, dando aviso a la otra parte con por lo menos (30) días de antelación a la fecha de terminación. Tomo IV


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Párrafo I: La terminación anticipada del presente Acuerdo no afectará marcha o conclusión del o los proyectos que se encuentren ejecutándose. Párrafo II: Los términos de este Acuerdo podrán ser modificados por convenio expreso de las partes mediante adenda, las cuales formarán parte integral de este acto. ARTÍCULO 5. Las Partes convienen que los asuntos relacionados con el objeto de este Acuerdo que no están expresamente previstos en sus cláusulas, serán resueltos de común acuerdo por las Partes. ARTÍCULO 6. Las notificaciones y otras comunicaciones que deban ser hechas por cualquiera de las partes a la otra, según este Acuerdo, podrán ser envidas por correo electrónico con acuse de recibo; y para los fines y consecuencias legales del presente Acuerdo, las Partes hacen elección de domicilio en las direcciones mencionadas al inicio de éste. ARTíCULO 7. Firma como TESTIGO, al final del presente acto y conjuntamente con las Partes, la licenciada Roxanna Reyes, quien es la Procuradora Adjunta de la Mujer, de la Procuraduría General de la República, dependencia en el marco de la cual se desarrollarán básicamente las acciones de este Convenio, Testigo instrumental libre de tachas y excepciones, requerida al afecto. HECHO Y FIRMADO, de buena fe, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, una para cada una de las pastes contratantes, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el día 17 de agosto del año dos mil once (2011).

DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA DRA. MARGARITA CEDEñO DE FERNÁNDEZ

PROCURDURÍA GENERAL DE LA REPúBLICA DR. RADHAMÉS JIMéNEZ PEÑA PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

LIC. ROXANNA REYES PROCURADOR ADJUNTA DE LA MUJER

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172 Tratados y Convenios

Yo, Lic. Clara Luciano A., abogado notario público del Número del Distrito Nacional, matriculada el Colegio Dominicano de Notarios No. 5455, CERTIFICO Y DOY FE, que las firmas que anteceden al presente Acuerdo fueron puestas en mi presencia libre y voluntariamente por los señores MARGARITA CEDEÑO DE FERÁNDEZ, RADAHAMÉS JIMÉNES PEÑA Y ROXANNA REYES, en sus calidades y generales que constan en este documento, las cuales son personas que doy fe de conocer, quienes me manifestaron que esas son las firmas que acostumbran a utilizar en todos las actos de sus vidas públicas y privadas, por lo que debe dársele entero crédito de fe. En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el día diecisiete (17) del mes de agosto, del año dos mil once (2011).

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173 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES

Entre: De una parte, el INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), órgano regulador de las telecomunicaciones con carácter de entidad estatal descentralizada, organizado y regido de conformidad con la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98, de fecha 27 de mayo del año mil novecientos noventa y ocho (1998), con su domicilio y asiento social, en el edificio Osiris, marcado con el No. 962 de la Av. Abraham Lincoln, en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representado por el Secretario de Estado, Presidente del Consejo Directivo del INDOTEL, DR. JOSÉ RAFAEL VARGAS, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario público, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0975523-1, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Capital de la República Dominicana; entidad que en lo adelante del presente Convenio se denominará “EL INDOTEL” o por su nombre completo; y, De la otra parte, la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, órgano del sistema de justicia, creado mediante Decreto No. 485 de fecha 10 de noviembre del 1974, con su domicilio social establecido en la avenida Jiménez Moya, esquina Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; debidamente representada por el Procurador General de la República, DR. RADHAMéS JIMéNEZ PEÑA, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 047-0043141-6, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana; entidad que en lo adelante, para los fines y consecuencias del presente convenio, se denominará “LA PROCURADURÍA” o por su nombre completo. Tomo IV


174 Tratados y Convenios

Preámbulo POR CUANTO: En virtud de la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98, fue creado el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), como órgano regulador de las telecomunicaciones, con carácter de entidad estatal descentralizada, con autonomía funcional, jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y personalidad jurídica, con capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, realizar los actos y ejercer los mandatos previstos en dicha ley y sus reglamentos. POR CUANTO: Entre los objetivos del INDOTEL se encuentra la promoción del desarrollo de las telecomunicaciones reafirmando el principio del Servicio Universal incrementando la cobertura de los servicios de telecomunicaciones, contribuyendo así al desarrollo económico y social del país mediante la provisión de servicios de telefonía básica y de servicios avanzados de telecomunicaciones. POR CUANTO: EL INDOTEL se encuentra comprometido con el mejoramiento del acceso a las comunicaciones electrónicas en los sectores de mayores carencias económicas de nuestra sociedad, con el objetivo de contribuir a la reducción de la llamada “Brecha Digital”, la cual se define como la separación existente entre las personas, comunidades y países que utilizan las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC´s) como parte de su vida diaria, de aquellas que no tienen acceso o no saben utilizar las mismas. POR CUANTO: La Ley General de Telecomunicaciones No.153-98, en su artículo 49, dispone que entre las facultades del INDOTEL se encuentra el administrar, en forma independiente de todas sus demás actividades ordinarias, un “Fondo para la Financiación de Proyectos de Desarrollo”, a cuyo efecto dispondrá una cuenta especial y con los recursos de esta cuenta pagará o financiará los proyectos de desarrollo adjudicados. POR CUANTO: En fecha veintitrés (23) de marzo del dos mil uno (2001), mediante las Resoluciones Nos. 016-01 y 017-01, dictadas por el Consejo Directivo del INDOTEL, fueron aprobadas la “Política Social sobre el Servicio Universal” y el “Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones del INDOTEL”, respectivamente. POR CUANTO: EL INDOTEL, tomando en consideración los párrafos precedentes y cumpliendo con su política de apoyo a la disminución de la Brecha Digital, implementará el Proyecto Especial “Equipamiento y Conexión en Red Tomo IV


175 Tratados y Convenios

de Seis (6) Unidades de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales”, el cual tiene por finalidad principal la de afianzar el Servicio Universal mediante la diseminación de puntos de acceso a la información. POR CUANTO: LA PROCURADURíA tiene como misión ejercer la investigación de los hechos punibles, la representación y defensa del interés público y social, así como la vigilancia y cumplimiento de las normas del debido proceso legal, garantizando la protección a las víctimas de Violencia de Género y el respeto a los Derechos Humanos. POR CUANTO: LA PROCURADURíA comprometida en dar seguimiento a las convenciones internacionales y disposiciones legales, que regulan la atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales procura optimizar la calidad de los servicios que se ofrecen en las unidades de atención integral. POR CUANTO: LA PROCURADURíA a través de la Procuraduría Adjunta para Asuntos de la Mujer, estructura la creación y ejecución de una plataforma tecnológica y física que permita el equipamiento y conexión en redes a nivel local y externa para la sistematización de las operaciones de las Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales en República Dominicana desde el Ministerio Público. POR CUANTO: LA PROCURADURÍA ha decidido trabajar conjuntamente con el INDOTEL, en las siguientes Unidades de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, ubicadas en las provincias: Monseñor Nouel, La Vega, Espaillat, Puerto Plata, Hermanas Mirabal y Santiago de los Caballeros, con la finalidad de implementar y supervisar el citado proyecto; conforme las reglamentaciones del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones del INDOTEL. POR CUANTO: A que antes de ejecutar el proyecto anteriormente señalado es deseable suscribir el presente convenio, como parte de las medidas necesarias para garantizar la sostenibilidad de dicho proyecto. POR CUANTO: Quedará a cargo del INDOTEL, hacer de conocimiento el actual Convenio a la empresa seleccionada para la ejecución de las obras y servicios que conlleve el presente proyecto. El cual le será oponible para que constituya parte del Contrato de Adjudicación a ser firmado por la empresa seleccionada para la implementación del proyecto, por adhesión, no pudiendo ésta alegar ignorancia en cuanto a su contenido ni a las obligaciones que contraen las partes. Tomo IV


176 Tratados y Convenios

POR TANTO, y en el entendido de que este preámbulo forma parte integral del presente Convenio, las partes, de manera libre y voluntaria:

HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: Artículo Primero: Objeto del Convenio 1.1 Las partes acuerdan que para la implementación de dicho proyecto serán instaladas en las citadas Unidades de Atención la cantidad de tres (3) a ocho (8) computadoras, las cuales serán utilizadas principalmente para sistematizar tanto las operaciones como la estructuración de un observatorio estadístico para medir el comportamiento de la violencia doméstica en la República Dominicana desde el Ministerio Público. 1.2 Queda expresamente entendido, que la colaboración entre las partes será de carácter gratuito, por lo que no implicará ninguna obligación de pago de sumas de dinero entre ellas.

Artículo Segundo: Obligaciones a Cargo del Indotel 2.1 EL INDOTEL única y exclusivamente se obliga equipar e instalar 5 redes LAN alámbricas y los siguientes equipos: 35 computadoras de escritorio, 6 impresoras láser monocromo, 6 impresoras láser a color, 6 escáner, 35 UPS (sistema de alimentación ininterrumpida), 6 teléfonos IP, 5 radios para estación remota, 4 radios para estación base, 4 torres de 50 pies, 8 router, 5 switch’s de 24 puertos, 5 patch panel de 24 puertos, 5 gabinetes para cableados, 5 inversores de 5 kilos, 1 inversor de 7 kilos y 56 baterías de ciclo profundo; 2.2 Fiscalizar las labores de la empresa adjudicataria para la implementación del proyecto, asegurando que se correspondan con lo contratado y lo ofertado en su propuesta técnica durante el proceso de licitación realizado para tales fines; 2.3 Las partes declaran, reconocen y acuerdan que el INDOTEL no realizará erogaciones monetarias de ningún tipo en el presente proyecto, ni será responsable del pago de ningún servicio de alquiler, luz, teléfono, internet, personal, entre otros. En este sentido, la PROCURADURÍA le otorga al INDOTEL por medio del actual convenio, el más absoluto y amplio recibo de descargo por cualquier demanda o reclamación de cualquier naturaleza que pudiese surgir en la ejecución de este proyecto o con posterioridad a su implementación. Tomo IV


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Artículo Tercero: Obligaciones de la Procuraduría 3.1 Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas en este convenio o que deba asumir en un futuro para la correcta implementación y funcionamiento del proyecto, la PROCURADURÍA asume las siguientes obligaciones: a. Proveer las áreas físicas y realizar las adecuaciones necesarias de las mismas, para la implementación del Proyecto Especial “Equipamiento y Conexión en Red de Seis (6) Unidades de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales”, asumiendo el costo, dirección y ejecución de los trabajos necesarios para tal fin; b. Procurar que dichas áreas físicas cumplan con las expectativas creadas para el buen funcionamiento del proyecto; en ese sentido, en el caso de que exista algún inconveniente deberá informarlo por escrito al INDOTEL, quien tendrá la potestad de retirar los equipos y facilidades suministradas mediante el presente proyecto y reubicarlos; c. Designar un Comité Técnico que sirva de apoyo para la ejecución de los trabajos de instalación de los equipos y servicios, inmediatamente haya sido seleccionada la empresa adjudicataria para la ejecución de los mismos, por parte del INDOTEL; d. Cumplir con los parámetros establecidos, bajo los cuales la empresa adjudicataria o suplidora garantiza el buen funcionamiento de los equipos instalados. Cualquier causa que se derive de la operación de los equipos fuera de estos parámetros, es de entera responsabilidad de la PROCURADURÍA; e. Proveer y capacitar a su solo costo, el personal docente y administrativo que se encargará de la operación de cada Unidad de Atención, con la finalidad de que la infraestructura instalada sea capaz de garantizar la consecución de los objetivos del proyecto; f. Realizar las labores de promoción del proyecto, entre las Unidades de Atención que serán beneficiarias; g. Velar por el buen uso y cuidado de la infraestructura instalada de manera que se garantice la provisión de los servicios demandados; h. Asumir todos los costos recurrentes que generen las Unidades de Atención en lo referente a servicios de líneas, enlaces y mantenimiento de todos los equipos y aplicaciones computacionales instalados; durante toda su vida útil. De igual forma, las Unidades de Atención beneficiarias con un subsistema de Tomo IV


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energía (Ej. Inversor) deberán realizar la pre-instalación, en lo concerniente a la alimentación eléctrica del panel central y la instalación de los paneles eléctricos secundarios; i. Crear un plan de gestión que garantice el buen funcionamiento del proyecto a través del tiempo; j. Cubrirá a su solo costo los gastos de servicio de alquiler, luz, teléfono, Internet, personal y todos los demás gastos generados por la operación de cada Unidad de Atención; k. Mantener libre de cualquier tipo de indemnización al INDOTEL y sus representantes frente a cualquier acción o reclamo que pudiera iniciar cualquier persona física o moral, entidad pública o privada, en torno a la implementación y ejecución del referido proyecto; l. LA PROCURADURÍA será la co-responsable de supervisar y recibir los bienes y servicios contratados a la empresa adjudicataria del proyecto, en las Unidades de Atención bajo su supervisión.

Artículo Quinto: Vigencia del Convenio 5.1 El presente convenio se suscribe por tiempo indefinido, y entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el mismo cuando lo considere conveniente, dando aviso previo a la otra parte con sesenta (60) días de antelación a la fecha de terminación; 5.2 Sin perjuicio de lo anteriormente expresado, el Consejo Directivo del INDOTEL deberá ratificar este acuerdo.

Artículo Sexto: Desacuerdos 6.1 En caso de surgir desacuerdos entre las partes en lo relativo a la ejecución del proyecto, estos serán sometidos a la máxima autoridad tanto del INDOTEL como de la PROCURADURÍA, las cuales deberán resolver el conflicto dentro de los diez (10) días laborables que sigan a la fecha de haber tomado conocimiento del mismo.

Artículo Septimo: Ley Aplicable 7.1 Este convenio estará regido por las leyes de la República Dominicana y para lo no previsto en el mismo, las partes se remiten a las normas y principios Tomo IV


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establecidos en la Ley General de las Telecomunicaciones No. 153-98 y los reglamentos que la complementan, y en lo no previsto en ellos, las partes se remiten a las normas y principios del derecho administrativo. En caso de que el derecho administrativo no resuelva o no aplique, en las situaciones no previstas que ocurran en un determinado momento, las partes contratantes de manera libre y voluntaria declaran remitirse al derecho común.

Artículo Octavo: Autonomía de las Partes 8.1 Queda entendido entre las partes que suscriben el presente convenio que ambas deberán respetar los ámbitos legales de cada una, que la relación entre ellas será la de dos entidades independientes y que nada de lo dispuesto en este acuerdo podrá interpretarse en el sentido de constituir a ninguna de las partes como dependiente de la otra. Como consecuencia de lo anterior, ninguna de las partes tendrá la facultad de actuar en nombre de la otra ni de comprometerla de ninguna forma, ni de hacer declaraciones sobre la otra parte o en nombre de la otra parte que no hayan sido previamente acordadas entre ellas. Tampoco podrá interpretarse en modo alguno que el personal de la PROCURADURÍA pase a estar sujeto al estatuto jurídico del personal del INDOTEL, ni que una de las partes sea responsable de las acciones u omisiones de la otra parte. PÁRRAFO: En el caso de que la PROCURADURÍA realizara algún acuerdo con otra Institución para que el personal de ésta preste algún tipo de servicio en las Unidades de Atención, tales como docencia o capacitación, etc., el mismo no podrá nunca ser considerado como empleado del INDOTEL.

Artículo Noveno: Enmiendas y Modificaciones 9.1 El presente convenio no podrá modificarse o enmendarse a menos que las partes contratantes así lo consientan por escrito, con las mismas formalidades de este acuerdo.

Artículo Decimo: Elección de Domicilio 10.1 Para todos los fines y consecuencias legales del presente convenio, las partes eligen domicilio en las siguientes direcciones: a. El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), en la Avenida Abraham Lincoln No. 962, edificio Osiris, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana. Tomo IV


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b. La Procuraduría General de la República (PGR), en la Avenida Jiménez Moya esquina calle Juan Ventura Simón, Palacio de Justicia, Centro de los Héroes, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana.

Artículo Decimo Primero: Fuerza Mayor Ninguna de las partes será responsable por demoras o faltas en la ejecución de las obligaciones aquí contenidas, debido a causas de fuerza mayor. A los fines del presente Convenio se entenderá por Fuerza Mayor un hecho o situación que éste fuera del control de las partes, que sea imprevisible, inevitable y que no tenga como origen la negligencia o falta de cuidado de la misma. Tales hechos pueden incluir guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, ciclones, huracanes, tormentas, sismos entre otros. ARTíCULO DECIMO SEGUNDO: IDIOMA OFICIAL. El presente convenio ha sido redactado en español, que será el idioma de control para todos los asuntos relacionados con el significado e interpretación de los términos y condiciones de este documento. Hecho y firmado, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada una de las partes, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (03) días del mes de septiembre del año dos mil nueve (2009). POR EL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) ____________________ Dr. José Rafael Vargas Secretario de Estado Presidente del Consejo Directivo

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POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR) __________________

Dr. Radhamés Jiménez Peña Procurador General de la República


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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA DOMINICANA EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA CONSEJO ESTATAL DEL AzúCAR COMISIóN PRESIDENCIAL DE APOYO AL DESARROLLO PROVINCIAL

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA INSTITUTO NACIONAL DE AGUAS POTABLES Y ALCANTARILLADOS

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA POLICíA NACIONAL UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA

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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA MINISTERIO DE SALUD PúBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

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207 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS

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213 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA OFICINA PRESIDENCIAL DE TECNOLOGíAS DE LA INFORMACIóN Y COMUNICACIóN

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221 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA LOTERíA NACIONAL

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223 TraTados y Convenios

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225 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA ESCUELA NACIONAL PENITENCIARIA

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229 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA INSTITUTO DE AUXILIOS Y VIVIENDAS

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235 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA COMISIONADO DE JUSTICIA Y CONSEJO NACIONAL DE DROGAS

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241 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA COMISIONADO DE JUSTICIA LABORATORIO CLíNICO LICDA. PATRIA RIVAS

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247 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA CONSEJO NACIONAL PARA LA NIÑEz Y LA ADOLESCENCIA

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251 TraTados y Convenios

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253 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA DESPACHO DE LA PRIMERA DAMA

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257 TraTados y Convenios

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259 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA COMISIóN NACIONAL DE ENERGíA

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263 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA CONSEJO NACIONAL PARA EL VIH Y EL SIDA

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269 TraTados y Convenios

ACUERDO COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA CORPORACIóN DOMINICANA DE EMPRESAS ELÉCTRICAS ESTATALES

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273 TraTados y Convenios

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Procuraduría General de la R epública Dominicana Acuerdos con Instituciones de Educación Superior



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ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO HENRíQUEz UREÑA

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283 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA. UNNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS

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285 TraTados y Convenios

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286 TraTados y Convenios

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287 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIóN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA UNIVERSIDAD DE LA TERCERA EDAD

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290 TraTados y Convenios

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291 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Universidad Dominicana O&m

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293 Tratados y Convenios

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295 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACIテウN INTERINSTITUCIONAL PROCURADURテュA GENERAL DE LA REPテコBLICA UNIVERSIDAD AGROFORESTAL F. A. DE MERIテ前

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297 TraTados y Convenios

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299 TraTados y Convenios

ACUERDO DE COOPERACI贸N INTERINSTITUCIONAL PROCURADUR铆A GENERAL DE LA REP煤BLICA UNIVERSIDAD TECNOL贸GICA DE SANTIAGO

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300 TraTados y Convenios

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301 TraTados y Convenios

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303 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Universidad Central del este

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304 Tratados y Convenios

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305 Tratados y Convenios

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307 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Universidad Iberoamericana (UNIBE)

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308 Tratados y Convenios

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309 Tratados y Convenios

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ProcuradurĂ­a General de la R epĂşblica Dominicana Acuerdos con Instituciones de la Sociedad Civil



315 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA ASOCIACIÓN DOMINICANA PRO BIENESTAR DE LA FAMILIA Entre: La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de las políticas del Estado contra la criminalidad, que ejerce la acción pública en representación de la sociedad, con domicilio social en la avenida Enrique Jiménez Moya esquina Juan Ventura Simó, en el Centro de los Héroes, Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, debidamente representada por el Dr. Radhamés Jiménez Peña, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 047-0043141-6, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien en actúa en su calidad de Procurador General de la República y está facultado por su cargo para representarle; institución que en lo adelante y para los fines y consecuencias del presente acuerdo se denominará PROCURADURÍA o por su nombre completo; y La ASOCIACIÓN DOMINICANA PRO-BIENESTAR DE LA FAMILIA, INC. Institución privada, sin fines de lucro, con domicilio social en la calle Socorro Sánchez No. 160 Gazcue, Distrito Nacional, debidamente representada por la Licda. Magaly Caram Herrera, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-006336-8, domiciliada y residente en esta ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, quien actúa en su calidad de Directora Ejecutiva y está facultada por su cargo para representarle; institución que en lo adelante y para los fines y consecuencias del presente acuerdo se denominará PROFAMILIA o por su nombre completo. Tomo IV


316 Tratados y Convenios

PREÁMBULO POR CUANTO: Que la Violencia Basada en Género, VGB, está reconocida en República Dominicana como un crimen y una violación de los derechos humanos, con un impacto negativo en la calidad de vida y en la salud de las personas y cuyas consecuencias mortales dan cuenta de que al menos una mujer muere cada cuatro días por la violencia perpetrada contra ella por su pareja o expareja. POR CUANTO: Que en los últimos años el país ha logrado cambios legales, normativos e institucionales tendentes erradicar la violencia y fortalecer la equidad de género, y que los avances en el sector justicia se evidencian en la creación de unidades especiales para la atención integral de casos y en la capacitación del personal, principalmente jueces y fiscales, pero que para garantizar una atención óptima a las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia es necesario poner en marcha acciones formativas más apropiadas y contundentes a fin de desarrollar plenamente las capacidades del personal. POR CUANTO: Que en los municipios donde existen y operan estas unidades especializadas se recibe, directamente o referidas desde otras instancias, el mayor volumen de casos, pero que existen limitaciones al momento de proteger los derechos de las víctimas tales como falta de sensibilidad y conocimiento apropiados del personal que presta servicios en estas unidades, evidenciando la necesidad de mejorar la respuesta del sector justicia. POR CUANTO: Que en todo el país solo existen catorce Unidades de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Abuso Sexual, espacios especializados conformados por equipos multidisciplinarios creados por las fiscalías para ofertar una atención integral a las víctimas que acuden a poner denuncias y que no todos los actores involucrados en el sector justicia han alcanzado el mismo nivel de progreso, resultando en importantes limitaciones al momento de procesar judicialmente los casos y proteger los derechos de las víctimas. POR CUANTO: Que la promoción de igualdad y la equidad de género, el mejoramiento de la condición social de la mujer, la eliminación de todas las formas de violencia y discriminación contra ella, así como lograr el pleno ejercicio de su ciudanía para una mayor calidad de vida, son partes esenciales de los objetivos de Pro-familia. Asimismo, que existe el interés institucional en contribuir a mejorar la calidad de la respuesta del sector justicia a la ruta crítica que siguen las mujeres víctimas que han decidido seguir un proceso penal que garantice un adecuado nivel de protección de sus derechos y de sancionar a los agresores. Tomo IV


317 Tratados y Convenios

POR CUANTO: Que Pro-familia ha establecido, con el auspicio financiero de la Unión Europea, el proyecto de “Fortalecimiento de la acción de la Policía en la lucha y atención de las víctimas de violencia basada en género”, y que ha identificado como una de sus acciones principales el fortalecimiento de las instituciones del sistema de protección mediante el mejoramiento de los conocimientos, actitudes y prácticas del personal que labora en él a los fines de lograr que la respuesta a la VBG sea oportuna, rápida y eficaz. POR CUANTO: Que en atención a estos antecedentes, ambas partes reconocen la necesidad de colaborar estrechamente para contribuir a la erradicación de la VBG y la violencia intrafamiliar en República Dominicana, y dada la posibilidad de implementar en forma conjunta acciones orientadas en este sentido a fin de fortalecer sus acciones particulares e incidir en el mejoramiento de las estrategias del país para prevenir la VBG y mejorar la calidad de vida de mujeres víctimas y sobrevivientes. POR TANTO, y en el entendido de que el preámbulo que antecede forma parte integral de este acuerdo, las partes,

HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE PRIMERO: PRO-FAMILIA, bajo las condiciones que determina el presente acuerdo, se compromete a: 1. Diseñar y conducir un proceso de sensibilización y capacitación den VBG, género, derechos sexuales y derechos reproductivos, previo Estudio de Línea Basal, para explorar conocimientos, actitudes y prácticas de fiscales adjuntos y policías en servicio de las unidades especializadas de la PGR. 2. Desarrollar recursos y materiales educativos diversos para apoyar los procesos de sensibilización y capacidades previstos en el anexo único al presente acuerdo, y sistematizar y evaluar, conjuntamente con la PGR, la experiencia.

SEGUNDO: La PROCURADURÍA a través de la Procuraduría Adjunta para Asuntos de la Mujer y las fiscalías, organismos responsables de la operación y supervisión de las unidades especializadas de atención a víctimas, bajo las condiciones que determina el presente acuerdo, se compromete a facilitar la asistencia del personal de las unidades a las actividades que se indiquen y, por igual, se compromete a facilitar su participación en los procesos de sensibilización y capacitación concertados, entre otros apoyos conexos relacionados con estas actividades. Tomo IV


318 Tratados y Convenios

TERCERO: Ambas instituciones, en forma conjunta, elaborarán el cronograma de ejecución de las actividades de formación, conforme a los requerimientos y niveles de ejecución requeridos en el señalado Plan General de Actividades. En igual sentido, las partes se comprometen a nombrar sus respectivos enlaces para coordinar las acciones consignadas en el presente acuerdo, facilitar el desarrollo de las acciones previstas y las actividades acordadas, así como velar por el seguimiento del presente acuerdo.

CUARTO: El coste principal de la programación y ejecución de las actividades y acciones formativas indicadas en el Anexo Único, entre otros asociados, correrá a cuenta de Pro-familia. Estos costos incluyen pago por concepto de honorarios docentes, refrigerios y material de apoyo, los cuales serán programados y erogados en función de las características de las actividades de que se trate y de los fondos presupuestarios asignados y disponibles para la realización de las mismas.

QUINTO: El presente acuerdo interinstitucional tendrá una duración de 32 meses y entrará en vigor en la fecha de la firma de las partes. El mismo se somete a las disposiciones del derecho común que rige la materia para cualquiera de las situaciones no previstas en el mismo y que surjan en su proceso de implementación. Por igual, cada institución se reserva el derecho de ponerle fin al mismo, frente a la imposibilidad de cumplir con los compromisos contraídos, previa información, por escrito, a la otra parte, por lo menos tres meses de antelación.

SEXTO: Firman como TESTIGOS, al final del presente acto y conjuntamente con LAS PARTES, las licenciadas Alejandrina Germán, Ministra de la Mujer, y Roxanna Reyes, procurador adjunta de la Mujer, testigos instrumentales libres de tachas y excepciones requeridas al efecto. HECHO Y FIRMADO, de buena fe, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada una de las partes, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año dos mil once (2011).

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319 Tratados y Convenios

PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DR. RADHAMÉS JIMÉNEZ PEÑA Procurador General de la República ASOCIACIÓN DOMINICANA PRO-BIENESTAR DE LA FAMILIA

LICDA. MAGALY CARAM HERRERA Directora Ejecutiva TESTIGOS

LICDA. ALEJANDRINA GERMÁN Ministra de la Mujer Mujer

LICDA. ROXANNA REYES Procuradora Adjunta de la

Yo, Altagracia Suárez Bautista, abogada, notario público de los número para el Distrito Nacional, con matrícula del Colegio de Notarios Inc. No. 1846, certifico y doy fe que las firmas que figuran en este documento fueron puestas en mi presencia, libre y voluntariamente por los señores Magaly Caram Herrera y Dr. Radhamés Jiménez Peña, ambos de generales de ley que constan, y quienes me han declarado bajo la fe del juramento que las firmas que aparecen estampadas en el presente documento son las mismas que acostumbrar a utilizar en todos los actos de sus vidas pública y privada, por lo que debe dársele entera fe y crédito. En Santo Domingo, Distrito Nacional, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año dos mil once (2011).

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321 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA fundación institucionalidad y justicia

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322 Tratados y Convenios

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323 Tratados y Convenios

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325 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Comisión nacional de los derechos humanos

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326 Tratados y Convenios

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327 Tratados y Convenios

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328 Tratados y Convenios

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional pROCURADURíA gENERAL DE LA rEPúBLICA Plan república dominicana

Entre: De una Parte, PLAN REPÚBLICA DOMINICANA, entidad privada sin fines de lucro, que opera en el país mediante un Convenio firmado con el Gobierno Dominicano del 4 de mayo de 1987, con su domicilio social en la Av. Abraham Lincoln No. 295, Edificio Caribálico, 5to piso, Ensanche La Julia de esta ciudad, representada por su Director, JAMES FREDRICK FOSTER, estadounidense, mayor de edad, con Pasaporte No. 7112644039, domiciliado y residente en esta ciudad, quien en lo adelante del presente Convenio se denominará LA PRIMERA PARTE o POR SU PROPIO NOMBRE. De otra parte, PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA, ubicada en la Ave. Jiménez Moya esq. Juan Ventura Simó, Centro de los Héroes, Constanza, Maimón y Estero Hondo, representada por el Magistrado RADHAMéS JIMéNEZ PEÑA, Procurador General de la República, dominicano, mayor de edad, cédula No.047-0043141-6, domiciliado y residente en esta ciudad, quien en lo sucesivo de este documento se denominará LA SEGUNDA PARTE o POR SU PROPIO NOMBRE. POR CUANTO: PLAN REPÚBLICA DOMINICANA es una organización internacional de desarrollo comunitario centrado en la niñez, la cual labora en el país desde 1987, para mejorar la calidad de niñas y niños dominicanos en condiciones de vulnerabilidad, trabajando en cinco provincias de la región suroeste: Azua, Barahona y San Juan de la Maguana, Elías Piña y Pedernales. POR CUANTO: PLAN REPÚBLICA DOMINICANA ejecuta el proyecto “Prevención y Erradicación de la Violencia contra la Mujer y el Abuso Infantil en RD” financiado por el Grant DOM 0085 FLNO, el cual tiene identifiTomo IV


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cado como una de sus acciones principales el fortalecimiento de las instituciones del sistema de protección como forma de que la respuesta sea oportuna y eficaz en casos de violencia contra la mujer y abuso infantil. POR CUANTO: LA PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA, es una institución del sistema de justicia que tiene como misión general ejercer, como institución responsable, la acción penal pública, la investigación de los hechos punibles, la representación y defensa del interés público y social, así como la vigilancia y cumplimiento de las normas del debido proceso legal; garantizando la protección de las víctimas y los testigos y el respeto de los derechos humanos. En el entendido de que el preámbulo que antecede forma parte integral del presente ACUERDO

Se Ha Convenido y Pactado lo Siguiente: ARTÍCULO PRIMERO: PLAN REPÚBLICA DOMINICANA y la PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA convienen mediante el presente acuerdo contribuir para el desarrollo de las acciones de sensibilización y capacitación en los temas de Sensibilización hacia la Violencia de Género, Relaciones Humanas y Calidad en el Servicio, Trabajo en Equipo, Inteligencia emocional y Autocuidado; dirigidas al personal de las Procuradurías Fiscales de los Distritos Judiciales de Azua, Barahona y San Juan de la Maguana así como del personal de la Unidad de Atención Víctimas de Violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales de San Juan de la Maguana. ARTÍCULO SEGUNDO : PLAN REPÚBLICA DOMINICANA, se compromete a entregar equipamiento y/o mobiliario por valor de doscientos mil pesos dominicanos con 00/00 (RD$200,000.00) para la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales de San Juan de la Maguana, de acuerdo a las necesidades de la misma, doscientos mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$200,000.00) para capacitación, Cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) para revisión de la Ley No. 24-97 sobre violencia de género e intrafamiliar. ARTÍCULO TERCERO: PLAN REPÚBLICA DOMINICANA, será responsable de la logística y gastos - como son honorarios en caso que ameriten, transporte facilitadores, refrigerios/ almuerzos, impresión de material de promoción- de las actividades de sensibilización y capacitación en las provincias de Azua, Barahona y San Juan de los temas acordados por ambas partes. Tomo IV


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ARTíCULO CUARTO: la PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA será facilitador del personal técnico que impartirá y dirigirá las acciones de sensibilización y capacitación; así como del espacio físico donde se realizarán las mismas siempre que sea posible. ARTíCULO QUINTO: la PROCURADURíA GENERAL DE LA REPBúBLICA será responsable de realizar la convocatoria garantizando la participación del personal de las Procuradurías Fiscales de los distritos judiciales de Azua, Barahona y San Juan de la Maguana así como la unidad de atención a víctimas de violencia de género, intrafamiliar y delitos sexuales de San Juan de la Maguana. ARTíCULO SEXTO: ambas instituciones establecen que este convenio estará bajo la responsabilidad y ejecución de la Procuraduría General Adjunta para Asuntos de la Mujer conjuntamente con la Dirección de Gestión Humana de la PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA así como el Departamento de Programas de PLAN REPúBLICA DOMINICANA. ARTÍCULO SÉPTIMO: la PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA deberá entregar al finalizar el proceso de sensibilización y capacitación un informe narrativo que describa el desarrollo del proceso e incluya medios de verificación de la ejecución de las actividades. ARTÍCULO OCTAVO: el presente acuerdo tendrá vigencia durante el presente año a partir de la firma del mismo, concluyendo en diciembre del 2010. ARTÍCULO NOVENO: Las Partes convienen que la administración de los recursos objeto del presente convenio quedan a cargo de Plan República Dominicana. ARTÍCULO DÉCIMO: la PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA y todo el personal involucrado para los fines del ACUERDO, acepta haber recibido y leído la política de protección de la niñez que forma parte de este acuerdo. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Las Partes convienen que si durante el transcurso del presente ACUERDO, PLAN REPÚBLICA DOMINICANA tiene que abandonar el país o trasladar su oficina a otra ciudad de la República Dominicana por disposición gubernamental en virtud del convenio con el Gobierno Dominicano, el presente ACUERDO quedará resuelto entre las Partes, sin ninguna obligación para PLAN REPÚBLICA DOMINICANA a partir de Tomo IV


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la fecha que tenga que dejar la ciudad, previa notificación a PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: En caso de incumplimiento de unas de las obligaciones del ACUERDO, ambas partes pueden declarar disuelto el presente ACUERDO con la simple notificación de una comunicación vía Acto de Alguacil, sin necesidad de otra acción judicial. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Este ACUERDO quedará disuelto automáticamente al término del tiempo acordado en el Artículo Sexto, con la entrega total de los productos, habiéndose alcanzado los resultados propuestos. HECHO Y FIRMADO en tantos originales como Partes, de un mismo tenor y efecto legal, uno para cada una de las Partes, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de marzo del año dos mil diez (2010). POR PLAN REPúBLICA DOMINICANA JAMES FREDRICK FOSTER Director Plan República Dominica

POR LA PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA RADHAMéS JIMéNEZ PEÑA Procurador General de la República

Yo, DRA. JOSEFINA MONTÁS UREÑA, Abogada, Notaria Pública de los del Número del Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que anteceden, fueron puestas en mi presencia, libre y voluntariamente por los señores JAMES FREDRICK FOSTER y RADHAMéS JIMéNEZ PEÑA de generales que constan, quienes me declararon bajo la fe de juramento, que esas son las firmas que acostumbran utilizar en todos sus actos, tanto públicos como privados, por lo que merecen fe y crédito. En Santo Domingo Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de marzo del año dos mil diez (2010). DRA. JOSEFINA MONTÁS UREÑA Notaria Pública

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Fundación dominicana de desarrollo

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Instituto dominicano de investigaciones agropecurias y forestales

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341 Tratados y Convenios

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Fundación el arte de vivir

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344 Tratados y Convenios

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345 Tratados y Convenios

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346 Tratados y Convenios

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347 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Patronato de ayuda a casos de mujeres maltratadas

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351 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Colegio dominicano de notarios

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352 Tratados y Convenios

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353 Tratados y Convenios

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355 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Iglesia Católica Dominicana

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356 Tratados y Convenios

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357 Tratados y Convenios

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359 Tratados y Convenios

Acuerdo de Cooperación Interinstitucional pROCURADURíA gENERAL DE LA rEPúBLICA Fundación vida sin violencia, inc.

Entre: De una parte, LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, órgano del sistema de justicia, con su domicilio social establecido en la Avenida Enrique Jiménez Moya esquina Avenida Juan de Dios Ventura Simó, Nuevo Palacio del Centro de Los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por su Procurador General , Dr. Radhamés Jiménez Peña, dominicano, mayor de edad, Abogado, titular de la cedula de identidad personal numero 047-0043141-6, domiciliado y residente en esta ciudad, la cual para lo que sigue del presente acuerdo se identificará como “LA PROCURADURíA” o por su respectivo nombre. De la otra parte, LA FUNDACIÓN VIDA SIN VIOLENCIA, INC., Organización sin fines de lucro, instituida de conformidad con la ley 122-05 que rige el Fomento y Registro de las Asociaciones Sin Fines de Lucro en la República Dominicana, incorporada mediante resolución número 0020 del 30 de Marzo del año 2009 emitida por la Procuraduría General de la República, con RNC 430-080901, con su domicilio social en la calle Félix María del Monte No. 08, sector Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por su Presidenta, Licda. Yanira A. Fondeur de Hernández, dominicana, mayor de edad, casada, Lic. En Comunicación Social, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0143019-7, con domicilio en esta ciudad, la cual para lo que sigue del presente acto, se denominara “LA FUNDACIóN” o por su respectivo nombre.

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VISTA: La Constitución de la República proclamada y publicada en fecha veintiséis (26) del mes enero del año dos mil diez (2010) VISTA: La Ley No.24-97 contra la Violencia Intrafamiliar y de Género promulgada en el año 1997, VISTA: La Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, conocida como la Carta de los Derechos Humanos de las Mujeres (CEDAW) en fecha 18/12/1979 VISTA: La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belén Do Para) de fecha 09/06/1995. POR CUANTO: LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPúBLICA es la institución responsable de dictar la política criminal del Estado Dominicano, en cuyo marco el proceso penal constituye uno de sus ejes principales. POR CUANTO: LA FUNDACIÓN VIDA SIN VIOLENCIA tiene como misión promover en la ciudadanía la toma de consciencia y sensibilidad de la problemática de la violencia contra la mujer e Intrafamiliar, a través de acciones informativas divulgativas, de orientación, preventivas, de capacitación e investigación, así como implementar acciones de atención a las víctimas de Violencia. POR CUANTO: Es de interés de LA PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA y LA FUNDACIóN VIDA SIN VIOLENCIA de trabajar y aunar esfuerzos sobre la violencia basada en el género reconocida como una violación de derechos humanos así como un problema de salud pública y justicia social. POR CUANTO: LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPúBLICA, en interés de incrementar la logística de prevención de este fenómeno social, ha considerado como elemento importante contar con la colaboración de diferentes instituciones que tratan el tema por lo que se propone desarrollar acciones conjuntas con LA FUNDACIóN VIDA SIN VIOLENCIA para enfrentar la violencia de género e intrafamiliar desde un enfoque que favorezca la equidad y la paz en el seno familiar. Tomo IV


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POR TANTO: Y en el entendido de que el preámbulo que antecede forma parte integral del presente acto, las instituciones que intervienen en el mismo.

Han convenido y pactado lo siguiente: ARTíCULO1: OBJETO. LA FUNDACIÓN VIDA SIN VIOLENCIA, Inc., por medio del presente acto, declara que se compromete a colaborar con el diseño y ejecución de acciones conjuntas dentro del marco siguiente: a. Acompañar a las víctimas de Violencia de género e intrafamiliar de la comunidad de Los Girasoles durante su proceso de atención. b. Diseñar y realizar talleres de capacitación y sensibilización en la comunidad de Los Girasoles, sobre el tema de la violencia de género e intrafamiliar, su prevención, atención, acciones y servicios de que disponen las instituciones relacionadas al tema. c. Elaborar guías didácticas que contribuyan a la prevención de la violencia de género e intrafamiliar para ser difundidas desde el Ministerio Público. ARTÍCULO 2: OBLIGACIONES A CARGO DE LA PROCURADURíA GENERAL DE LA REPúBLICA dentro del marco del presente acuerdo facilitará: a. Las estadísticas de violencia de género e intrafamiliar provenientes de los informes realizados en las Unidades Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales o cualquier fiscalía barrial que recoja informaciones de denuncias y/o casos de personas residentes en el sector de Los Girasoles, D.N., con la finalidad de que LA FUNDACIóN ofrezca acompañamiento durante su proceso a estas víctimas de violencia. b. Apoyará a LA FUNDACIóN con el personal adecuado para el desarrollo de talleres para sensibilizar a la comunidad y otros para explicar sobre el funcionamiento de las Unidades de Atención a Víctimas de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales asimismo cómo funcionan las fiscalías barriales y los pasos legales que debe observar la ciudadana o ciudadano en la interposición de sus denuncias sobre violencia de género e intrafamiliar

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ARTíCULO 3: Ambas instituciones establecen que este convenio estará bajo la responsabilidad y ejecución de la PROCURADURíA GENERAL ADJUNTA PARA ASUNTOS DE LA MUJER. ARTíCULO 4: VIGENCIA El presente acuerdo tendrá vigencia durante un (1) año a partir de la firma del mismo. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el mismo cuando lo considere conveniente, dando aviso previo a la otra parte con treinta (30) días laborables que sigan a la fecha de haber tomado conocimiento del mismo. ARTíCULO 5: ENMIENDAS Y MODIFICACIONES. El presente Acuerdo no podrá modificarse o enmendarse a menos que las partes contratantes así lo consientan por escrito, con las mismas formalidades de este acuerdo ARTíCULO 6: NOTIFICACIONES. Las notificaciones y otras comunicaciones que deban ser hechas por cualquiera de las partes a la otra, según este Acuerdo, podrán ser envidas al domicilio establecido precedentemente. ARTíCULO 7: ELECCION DE DOMICILIO. Para los fines y consecuencias legales del presente Acuerdo LAS PARTES hacen elección de domicilio en las direcciones mencionadas al inicio de éste. ARTíCULO 8: IDIOMA OFICIAL. El presente Acuerdo ha sido redactado en español, que será el idioma de control para todos los asuntos relacionados en el significado e interpretación de los términos y condiciones. ARTíCULO 9: LEGISLACION APLICABLE. Para lo no previsto en el presente Acuerdo, LAS PARTES se remiten a las normas establecidas por el derecho público y para lo no contemplado en éste, se remiten al derecho común y las Leyes de la República Dominicana. HECHO Y FIRMADO en (2) originales de un mismo tenor y efecto, en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de agosto del año Dos Mil Diez (2010)

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Por la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPúBLICA DR. RADHAMéS JIMéNEZ PEÑA Procurador General Por la FUNDACIóN VIDA SIN VIOLENCIA, INC. LICDA. YANIRA A. FONDEUR DE HERNáNDEZ Presidenta

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Acuerdo de Cooperación Interinstitucional PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA FUNdación APEC de crédito Educativo

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Esta primera edición de Tratados y Convenios, Tomo IV, terminó de imprimirse en julio del año 2012 en Editora Corripio S. A. S. Título original: Memoria Editorial PGR, 2006-2012. Santo Domingo, D.N., República Dominicana.


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