Boletin 4

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NÚMERO

Real Federación Española de Atletismo Comité Nacional de Jueces

Boletín

4 ENERO 2012


En este número: La figura del Juez Jefe de Cronometraje con transpondedor y su equipo

Erratas en la versión española del Manual IAAF

Respuestas a las preguntas del Boletín 3

Vuestras preguntas...

Perlas técnicas en la temporada de Campo a Través

Boletín Número 4. Enero 2012

Coordina: Gabriel Abad

Para el debate

Para comentar Para responder

De pluma ajena: ¿tarjeta verde o salida nula?

Nuevas tarjetas

Han Colaborado: Manuel Garrido Francisco J. Guijarro Juan A. Puertollano José Madrid Purificación Robles Maite Stern Edición: Jesús Martínez


CARRERAS EN CARRETERA

La figura del Juez Jefe de Cronometraje con transpondedor y su equipo. Por Gabriel Abad, del Comité Técnico de la IAAF


Hace más de dos años la RFEA presentó a la IAAF una Propuesta que recogía la necesidad de crear la figura del Juez Jefe de Cronometraje con Transpondedores al ser este Sistema aceptado en el Artículo 165 como método oficial de cronometraje para las pruebas desarrolladas según los Artículos 230, 240 y 250. Se fundamentaba la Propuesta en varios puntos: a) Proliferación de Sistemas diferentes, unos basados en el primitivo chip de zapatilla, otros con transpondedor en el dorsal... b) Diferencias contrastadas entre los tiempos proporcionados por el Sistema de Transpondedores y el cronometraje manual de los jueces tradicionales. c) Situaciones de arranque del Sistema de diferentes modos: de modo manual al disparo, al paso por una alfombra en cuyo caso los tiempos son reales pero no oficiales, mediante comunicación telefónica... d) Laguna reglamentaria que olvidaba quién era el responsable de oficializar los tiempos proporcionados por los Sistemas que los diferentes Proveedores ofrecían. Es por ello que en Daegu 2011 se aprueba una modificación que pasó sucesivamente los trámites del Comité Técnico, del Consejo y del Congreso de la IAAF y que se referencia en los Artículos 120, 128.4 y 165.25 de la edición de las Reglas de Competición de la IAAF para 2012 y 2013, edición del Centenario. En el 120 se alude, en el 128.4 se obliga a integrar en el Organigrama de Jurado cuando un Sistema de Cronometraje con Transpondedores se utilice a un Juez Jefe de Cronometraje con Transpondedores y un número adecuado de Adjuntos y en el 165.25 se explicitan las funciones y tareas.


¿Qué se pide a estos nuevos Jueces? a)

Que son los responsables del funcionamiento del Sistema.

b)

Que, antes del inicio de la Competición, se reunirán con el equipo de Operadores y se familiarizarán con el Sistema: En definitiva, comprobarán el arranque, el redondeo al alza y la expresión correcta de los resultados, resultados oficiales, no reales, desde el disparo de salida a la llegada a meta, modo de trasvase a la impresión de resultados…

c)

Que el paso del chip por encima de la línea de meta registre el tiempo final del atleta (Para ello contrastará el tiempo del cronometraje manual con el obtenido por el transpondedor y, en el caso de que no haya coincidencia, se efectuarán los ajustes de tiempo necesarios).

d)

El Juez Jefe colaborará con el Juez Árbitro para aplicar el Artículo 165.24.f en orden a la atribución de tiempos y puestos, haciendo cumplir, si ha lugar, lo expresado en 164.2 (determinación del orden de llegada conforme a los criterios universales) y 165.2 (Regla que refrenda los criterios de entrada en meta) puesto que el orden de llegada puede no ser discriminado correctamente por el Sistema (Ver la Nota de prevención al final de 165.24.f)

Finalmente señalar que son el Juez Árbitro y el Juez Jefe de Cronometraje con Transpondedores los responsables de decidir los resultados oficiales en base a los datos que proporcionan los operadores de los Sistemas. El nuevo Impreso de Informe del Juez Árbitro de Pruebas en Carretera y Campo a través recoge estos aspectos que deben ser interpretados de acuerdo con las Reglas y la filosofía de este comentario.


Respuestas a las cuestiones técnicas del Boletín 3 ¿Por qué se admite al atleta de amarillo tomar la salida con tres apoyos?

¿Es aceptable delimitar el foso en una prueba de carácter nacional de este modo?

El Artículo y apartado NUNCA deben interpretarse de modo restrictivo para el atleta.

Respuesta de Manuel Garrido: Creo que por tratarse de un atleta veterano.

Manuel Garrido dice: Yo formularía la pregunta de otro modo: ¿Es aceptable delimitar el foso en una prueba de este modo?

La filosofía de las líneas rayadas, que fueron aprobadas en el Congreso de Osaka de 2007, es para dar rapidez en el juzgamiento de un intento y no tener que esperar mucho tiempo en la decisión de levantar la bandera blanca.

El Reglamento de Veteranos nos indica lo siguiente: “Artículo 7: En las pruebas de velocidad los atletas veteranos no están obligados a utilizar tacos de salida, ni a realizar una salida agachada, ni a tener las dos manos en contacto con la pista”.

Manifiesta que es de la opinión que a la de preparar una zona de competición, debe estar correctamente tanto para prueba de escolares como por ejemplo una Liga de Clubs.

Siempre que no se infrinjan otros preceptos NO será nulo si el atleta espera la caída del artefacto por detrás de los cuatro metros en el pasillo.

Nota de la Redacción: De acuerdo, en las Competiciones exclusivas para VETERANOS. Pero la Competición de la fotografía era abierta y, en ese caso, TODOS los atletas deben tomar la salida con cuatro apoyos.

Comentar que, del pasillo de jabalina, en su momento, se emitió una Circular en Septiembre de 2009 indicando lo siguiente:

Tampoco será nulo si el atleta realiza el lanzamiento de la jabalina más atrás de los cuatro metros referenciados.

hora ésta una para

Su contestación es NO. En primer lugar él delimitaría el foso en toda su longitud (y no sólo hasta la mitad), con una cinta bien tensada y recta que no nos induzca a errores ante una posible salida del foso en el límite por parte del atleta.


Por otro lado, por lo que se ve en la fotografía el centro del pasillo de toma de impulso parece coincidir con el centro del foso de caída. Nos faltaría por ver si la anchura del mismo se mueve entre los 2,75 metros y los 3 metros que nos indica el Reglamento.

¿Puedes decirnos qué líneas deben corresponder con el cursor válido en cada uno de los supuestos?

Otra irregularidad (situación muy común en casi todas las pistas) es que el nivel de la arena se encuentra por debajo del nivel del pasillo de toma de impulso. Tampoco parece muy eficiente la labor del alisado del foso y no estaría de más que la arena se encontrara un poco más humedecida.

ido Toro, r r a G l e u n u mos a Ma envío de s l e Agradece , ia c li a é de G del Comit ión. colaborac

No cabe duda que aquí los Jueces Jefes y Operadores de Foto-Finish nos sacarán de posibles errores. Su opinión y a continuación la de la Redacción: A: La línea numero 4. Redacción: Es la línea 3 B: La línea número 4. Redacción: Correcto, es la 4 C: La línea número 3. Redacción: Correcto, es la 3 Nota de la Redacción: La línea delimitadora del tronco en el hombro es la que pasa por el extremo del acromion, denominación que recibe la parte superior y más exterior del omóplato o escápula. El acromion se extiende sobre la articulación del hombro Ver esquema:


Bol

etín

¡¡Estamos cambiando el Boletín y queremos que el protagonista seas tu!! Envíanos a preguntascnj@gmail.com tus preguntas, dudas, fotografías, artículos de opinión..., lo que quieras. Si son publicadas, se considerarán a efectos de currículum como aportaciones a publicaciones CNJ, de gran valor a la hora de puntuar en los ascensos a las diferentes categorías de Jueces del Comité Nacional.


CAMPO A TRAVÉS

Las “perlas” técnicas de la temporada de Campo a Través


Durante el pasado mes de noviembre, en las Competiciones de Campo a través celebradas en Atapuerca (Burgos) y en Valonsadero (Soria), ocurrieron dos hechos muy similares: en la prueba correspondiente a los séniores – según informaciones de los Jueces Árbitros- y en la salida de ambas un atleta inició la salida antes del disparo y no se detuvo la puesta en acción conjunta para descalificarlo por salida falsa. En la primera de las pruebas el atleta causante no llegó a meta y en la segunda, habiéndose clasificado, el JA nombrado por el CNJ lo descalificó en aplicación del Artículo 162.6 no sin antes haber intentado que no siguiera en el proceso de carrera. En las dos situaciones no existió la cinta de detención de la salida que, unos 60 metros más allá, debe alzarse para paralizar el proceso de salida ya que con un segundo disparo probablemente los atletas no cesen en su acción de carrera y que en las grandes competiciones es el procedimiento habitual equivalente al segundo disparo. En las dos pruebas hubo de intervenir el JA descalificando. ¿Es esto correcto? Ciertamente el Reglamento Internacional no contempla directamente este CASO, pero ello no implica que lo impida. Es más, el Artículo 125.2 faculta al Juez Árbitro para DECIDIR sobre cualquier hecho relacionado con las salidas. La descalificación del JA a posteriori o durante la prueba es el modo de sancionar al atleta en casos como los relatados, en los que además, nadie se va a ver perjudicado por esa decisión. Es un modo de proceder justo, razonable y aplicable (ver Artículo 125.6 de la vigente edición).

Esa nueva modificación dice: “El Juez Árbitro podrá reexaminar una decisión (tomada inicialmente o tras el examen de una reclamación) sobre la base de toda prueba disponible, siempre que la nueva decisión sea todavía aplicable. Normalmente este reexamen podrá ser efectivo solamente antes de la Ceremonia de entrega de medallas para la prueba en cuestión o antes de cualquier decisión tomada por el Jurado de Apelación”. Razonamiento: Si le hacen una reclamación al JA y aparece un video puede tomar la decisión de descalificar. ¿Y si lo ha visto él? Pues también y no tiene por qué esperar a que el atleta acabe la prueba. Ya ha transcurrido más de una década desde que se eliminó de las Reglas de Competición el que el único juez que decidía sobre las salidas era el Juez de Salidas.


ERRATAS EN EL MANUAL IAAF

Cuatro erratas observadas en la versi贸n espa帽ola del Reglamento Internacional


Artículo 165.14. Página 161

Artículo 191.9 Página 215

Debe decir: “ … Tiene que ponerse en marcha automáticamente desde la pistola del Juez de Salidas, de forma que el retraso total entre la detonación en la boca del cañón de la pistola o su equivalente indicación visual y la puesta en marcha del sistema de cronometraje sea constante e igual o menor de 0.001 segundos.”

El cuadro queda así:

Artículo 181.9.e. Página 188 Debe quedar así: (e) Si un atleta no efectúa un intento en una altura pierde automáticamente todo derecho a un puesto más alto. Si entonces quedase solamente un atleta, será declarado vencedor, intente saltar o no esa altura. NOTA: Esto afectaría hoy, no entonces, a la solución de la cuestión planteada en el Boletín 2 y respondida en el Boletín 3 relativa a un desempate en Salto con Pértiga cuya respuesta correcta sería: ! ! ! !

1º.- B con 5,80 m. 2º.- A con 5,80 m. 3º.- C con 5,80 m. (A y C no estarían empatados)

Peso mínimo para ser admitido en competición y aceptación de récord

Hombres Senior

Hombres Junior

Hombres Juveniles

Mujeres senior, junior

Mujeres Juveniles

7,260 Kg.

6,000 Kg.

5,000 Kg.

4,000 Kg.

3,000 Kg.

Información para los fabricantes: Oscilación para proveer el artefacto para la competición Peso Mínimo Máximo

7,265 Kg. 7,285 Kg.

6,005 Kg. 6,025 Kg.

5,005 kg. 5,025 kg.

4,005 Kg. 4,025 Kg.

3,005 Kg. 3,025 Kg.

Longitud del Martillo medido desde el interior del asa: Máximo

1215 mm.

1215 mm.

1200 mm.

1195 mm.

1195 mm.

105 mm. 125 mm.

100 mm. 120 mm.

95 mm. 110 mm.

85 mm. 100 mm.

No debe aplicarse ninguna tolerancia a la longitud máxima Diámetro de la cabeza: Mínimo Máximo

110 mm. 130 mm.

Artículo 230.3 (a) Página 242 Debe quedar así: Será informado de su descalificación por el Juez Jefe o por un Adjunto del Juez Jefe mostrándole una paleta roja tan pronto como sea posible después de que el atleta haya acabado su prueba.


sa i é i v n e ue q m er l o a b e c a s . d l h o i a s m 13 i a 0 á m t e 2 g i @ 2 cr j nv 1 n i e 0 c u s 2 q O as n t a t ó n i a u s r g r r e e e r l. v r p a a e n l i u io n q c e l a a o d rn cu a e r t t n I on o c t n e en m a l ! ! s Reg a i c a r sg a h c u M ¡¡


VUESTRAS PREGUNTAS


Estas son algunas de las preguntas que nos habéis hecho llegar a nuestro correo de preguntascnj@gmail.com Puri Robles Me gustaría que me ayudarais a resolver una duda que tengo sobre la utilización de los chips y el control de tiempos con los cronos manuales.

José Madrid He hablado con muchos jueces y ninguno me daba una respuesta correcta. Ni leyendo y releyendo el reglamento de la IAAF hemos llegado a un acuerdo.

Si en una carrera por carretera se utilizan los chips y en meta estoy con un crono manual…:

Imagínate la siguiente situación en un concurso: Después de los tres primeros saltos de una prueba de longitud en la que participan 8 atletas, la mitad de ellos no han logrado hacer ningún salto válido. ¿Cuántos atletas pasan a la mejora? ¿Y si fuesen 9 participantes en vez de 8?

¿Para qué utilizo cada uno de los dos sistemas? ¿Qué misión tiene cada uno por separado? ¿Quién marca el tiempo oficial? Respuesta: El tiempo oficial lo marca el cronómetro manual, el accionado por Jueces.

Entiendo que si son 8 o menos pasan los 8 aunque alguno no tenga saltos válidos........pero si fueran 9, ¿sólo pasarían 4 atletas a la mejora?.

Si difieren los del Sistema con los Manuales -hay que compararlossiempre hay que tomar como base el tiempo del crono manual y ajustar.

Respuesta: 8 atletas o menos participando todos tienen seis intentos (Si el Reglamento particular no dice nada al respecto. Podría decir que todos tres intentos; no podría decir que todos siete intentos…).

De ahora en adelante el Juez que deber realizar esa acción es el Jefe de Cronometraje con Transpondedores.

9 atletas y cinco sin ningún intento válido tras la tercera ronda, pasan a la mejora 4 atletas.

Consulta el Artículo 165.25 del RIA correspondiente a 2012-2013

Hay casos especiales -Copa del Mundo, Campeonato de Europa de Naciones- donde se contempla que todos los participantes, -9 ó 12 en los casos expresados- harán cuatro intentos y esto lo autoriza la nueva edición del RIA en la Nota 3 del Artículo 180.5 cuando habla del Organismo Rector (IAAF, EA o RFEA).


Maite Stern Hemos tenido problemas esta Maratón pasada, y hemos solventado el problema como hemos podido, pero todavía sigue coleando. Os explico el tema:

Respuesta:

Una atleta que iba en el recorrido seguida por un juez en bicicleta, ya que era la tercera mujer. Iba acompañada corriendo por otro atleta que en un momento dado tomó avituallamiento en una zona fuera de los estipuladas por la Organización, y luego se lo pasó a esta atleta en cuestión. El juez preparó un parte de descalificación a los dos atletas y preguntó, por si acaso, si lo entregaba o no en la meta. Al oír de todos los preguntados que debía hacerlo, efectivamente así lo hizo, y en meta los dos atletas fueron descalificados. Ella, que era la tercera mujer en entrar en meta, se quedó sin subir a pódium, y sin el consiguiente premio en metálico, por lo que se enfadó muchísimo, y llegó a insultar al juez protagonista de la descalificación y al Juez Árbitro de la maratón.

b) Según el Artículo 144.2 los atletas (el que da y el que recibe asistencia) serán advertidos por el JA y, si la acción se repite, serán descalificados.

Unos días más tarde, cuando se publicaron los resultados, la atleta ha pedido una reclamación a la Federación Guipuzcoana, y como no sabíamos qué hacer, los jueces tuvimos una reunión, en la que nos ratificamos en la descalificación. La atleta, aún no contenta, ha amenazado al Juez de bicicleta públicamente, y va mandar otra reclamación a no sé dónde.

No obstante, en virtud del Artículo 125.6 (nuevo), el JA puede reconsiderar su postura ante nuevas evidencias.

Bueno, después de toda este relato, mi pegunta es: En una carrera de ruta, ¿tenemos que nombrar Jurado de Apelación y actuar conforme a lo estipulado? o, ¿la decisión del Juez Árbitro es definitiva, teniendo el problema de que se puede dar el caso que no se tenga toda la información en la mano? Os agradecería una respuesta ya que esto nos ha puesto en discusión al Comité.

a) En virtud del Artículo 240.8.g la atleta implicada en la acción que relatas se "expone" a ser descalificada por el JA.

Considerado todo ello es aconsejable que previamente medie una advertencia, situación que tú no relatas y no sabemos si ocurrió. Sin embargo, el JA entendió que debía descalificar ante el parte que el Juez Auxiliar le entregó y, en su derecho, materializó la descalificación de ambos. Al no haber Jurado de Apelación la decisión del JA es final.

Eso sólo lo puede hacer el JA y si decide ratificar la descalificación ésta es firme, es final y no cabe recurso técnico. En cuanto al maltrato y amenazas recibidas aconsejamos a los Jueces implicados, o bien al Comité, hagan la correspondiente denuncia de los hechos, acompañando todas las pruebas disponibles al efecto, al Comité de Disciplina de la Federación Vasca de Atletismo.


Preguntas de Francisco Javier Guijarro Pregunta: Pregunta: ¿Qué puertas deja abiertas el Reglamento de la IAFF con respecto a los Saltos Verticales en Pruebas Combinadas al decir en el Artículo 181.4 que el aumento de altura se hará uniformemente cada 3 cm para Salto de Altura y 10 cm para el Salto con Pértiga durante toda la competición en pruebas que se celebren bajo el Artículo 1.1(a), (b), (c) y (f)?. ¿Y las demás?. ¿Por qué no aparece en el Artículo 200.9, donde dice que serán aplicables las Reglas de la IAFF para cada prueba, excepto: a) 3 intentos en longitud, lanzamientos….b….c:…y no aparece un d: en saltos verticales el aumento de altura será uniforme……..y el atleta nunca podrá elegir una altura que no esté dentro de esas cadencias…?.

Si el Delegado Técnico o Juez Árbitro en su caso, tienen la potestad de poner la cadencia de las alturas a saltar: ¿por qué no anuncian las cadencias que se vienen desarrollando después de los errores de los jueces antes de que estos cometan nuevos errores conscientemente, como son el 181.4 (a)… subir el listón en menos de 2 cm y después el 181.4 (b), subir la cadencia?.

Respuesta: Las cadencias las suele marcar el Organizador del evento pero las de una Prueba Combinada no se señalan porque están implícitas. La cadencia de alturas se debe decir a los atletas antes del inicio de la prueba, inclusive el modo de desempate para deshacer el posible ex-aequo para ser vencedor en Pruebas no Combinadas. (Artículo 181.4)

Respuesta: No hay puertas abiertas. Siempre de 3 en 3 cm en Salto de Altura y de 10 en 10 cm en Salto con Pértiga en Pruebas Combinadas.

El problema está en los Jueces que no toman en consideración estos temas y que actúan a su “aire”, sin cerciorarse de las particularidades del evento.

No es excepción porque ya queda explicado y recogido claramente en el Artículo 181.4. Las otras excepciones no se recogen con anterioridad al Artículo 200.

Pregunta:

Pregunta: Y también me gustaría saber en los resultados de la prueba en cuestión ¿que aparecerá?, ¿la altura no saltada pero si puntuada, o la altura saltada pero con una puntuación que no le corresponde? Respuesta: Debe aparecer la altura puntuada, de lo contrario habría una gran contradicción.

¿No creen que puede haber reclamaciones por parte de los atletas al considerar que el error de los jueces lo pagan ellos y que querrán la puntuación que le corresponde a su salto? Al fin y al cabo, esta es una prueba de puntuación final.

Respuesta: Pues claro que puede haber reclamaciones pero la resolución del conflicto es la que es y no otra. Quizás sería bueno llamar la atención a los Jueces causantes del problema. El Director de Reunión los puede sustituir, el Juez Árbitro desautorizar y, si la prueba fuese de un alto nivel, seguro que el ITO o ATO les hubiese desautorizado y corregido “in situ”.


Juan Antonio Puertollano ¿Se puede dar la salida con un disparo a dos pruebas distintas a la vez como 5.000 m. marcha mujeres y 10.000 m. marcha hombres. Sucedió en Jaén en un control federativo; el Juez Árbitro lo autorizó para recuperar el horario. Respuesta: La salida no se produce en el mismo lugar por lo que habrá diferencias de percepción del disparo. No debe hacerse lo que relatas. Hay muchos otros modos de recuperar el horario.

Hemos recibido el número dos de

(Pincha para descargar)

publicación que los Jueces de la Federación de Irlanda editan regularmente. Gracias a nuestro buen amigo John Cronin por su deferencia en la remisión de los Boletines 1 y 2 de su Comité Técnico, equivalencia en España al CNJ.

Para todas las personas interesadas en el mundo de las redes sociales, os recomendamos esta página de

IAAF Competition Rules – Interpretation –


PARA EL DEBATE...

多Podemos aceptar un test cero correcto con resultado negativo?


Os presentamos dos fotogramas correspondientes al test cero realizado en Tallin el cuarto día, por la tarde, durante los pasados Campeonatos de Europa Junior. El test de la cámara principal, la exterior, marca -0.0006 y el de la enfrentada, la de apoyo, situada en el interior, señala -0.0003. Preguntado el Juez Jefe de Foto Finish nombrado por la EA, el polaco Grzegor Lipinski, si estaba conforme con el resultado, indica que si. La afirmación del IPFJ fue corroborada por la miembro del Panel de IPFJ de la IAAF, la húngara Krisztina Horvath que actuaba como ATO en la Competición. En España no aceptamos controles cero con resultado negativo.

!

Se invita a nuestros colegas a enviar al Boletín (preguntascnj@gmail.com) sus comentarios y opiniones. Para facilitar la tarea copiamos lo que dice al respecto el RIA en su Artículo 165.14, segundo párrafo: “Tiene que ponerse en marcha automáticamente desde la pistola del Juez de Salidas, de forma que el retraso total entre la detonación en la boca del cañón de la pistola o su equivalente indicación visual y la puesta en marcha del sistema de cronometraje sea constante e igual o menor de 0.001 segundos.”

!


Y para mayor abundamiento haced una reflexión basada en la fotografía que se acompaña en el caso de que el disparo se haga tal como todo está dispuesto.


PARA COMENTAR...

Os invitamos a que comentéis las siguientes imágenes:


Foto 1

Foto 2

Foto 3

Foto 6 Foto 4

Foto 7

Foto 5

Foto 8


... Y PARA RESPONDER

Os invitamos a que respondรกis a las siguientes cuestiones:


FOTO A

FOTO B

Diferencia Técnica para el Juzgamiento: Comparando estas dos fotografías tomadas en el pasado Campeonato de Europa Junior en Tallín (julio de 2011), te pedimos que encuentres la diferencia técnica para el juzgamiento


Descubre cinco errores en esta Hoja de Resultados

ATLETA

1,25

1,30

1,35

1,38

1,41

1,43

A

O

O

O

O

XXO

XXX

B

-

-

XX-

XO

XXX

C

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O

O

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X-

O

O

O

H

O

O

XXO

XO

O

XXX

1,46

X

XXX

MARCA

PUESTO

1,41

1,38

1,41

1,41

-

1,41

1,43

1,41


DE PLUMA AJENA

多Tarjeta verde o salida falsa?


Traducimos el comentario de nuestro buen amigo y Oficial Técnico Internacional Eduardo Eskénazi por su interés y por su actualidad. “Desde hace unos dos años las tarjetas verdes introducidas en el Reglamento ocho años atrás se han vuelto muy frecuentes en manos de los Jueces de Salidas. ¿Por qué? Porque las salidas falsas no están autorizadas en las carreras desde el Congreso de la IAAF que tuvo lugar en 2009 en Berlín. Esta nueva Regla ha llevado a una cierta flexibilidad del Artículo en ciertos sucesos o ciertas faltas que daban lugar antes a una salida falsa, pero que no pueden ser consideradas como tales hoy. Como ejemplo: antes de Berlín 2009 el ejemplo típico era el de un atleta que siente que su salida está mal preparada y que levanta la mano para prevenir a los Jueces. No existía mal comportamiento ni falsa salida. El Juez de Salidas mostraba una tarjeta verde a los atletas. Una nueva salida se iniciaba. Ocurría lo mismo si el Sistema de Cronometraje no había arrancado o si los motivos procedían de un suceso exterior y no achacable a los atletas. Las faltas que eran consideradas antes de Berlín 2009 como una falsa salida se convierten ahora en malos comportamientos de los atletas como cuando tardan en colocarse en los tacos o cuando molestan a los otros. El Juez de Salidas deberá mostrar una tarjeta verde a los participantes. Ante estos hechos las personas se hacen esta pregunta: ¿No habrá riesgo de ver a ciertos Jueces de Salidas elegir una tarjeta verde en vez de descalificar a un Campeón? Siempre existen personas malintencionadas, pero es preciso saber que la decisión de los Jueces de Salidas puede ser protestada ante el Juez Árbitro de Salidas que puede decidir si un atleta ha hecho una salida falsa o no. Las cosas así están mas claras”




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