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LA LEY DE PENSIONES O EL FUTURO DE LAS JUBILACIONES EN BOLIVIA

La cuestionada Ley 065 instituye el Sistema Integral de Pensiones (SIP) que según su artículo Nº2 está constituido por tres regímenes administrativos instaurados con el objetivo de ampliar los beneficios de la jubilación a sectores no asalariados, y cuyos fondos deben ser administrados, según esta Ley ya vigente, por una gestora financiera de monopolio estatal.

es ampliar la seguridad social a trabajadores no asalariados, permitiendo además que trabajadores de bajos ingresos obtengan una pensión jubilatoria vitalicia con los respectivos beneficios para sus derechohabientes (conyugue e hijos). Este régimen es financiado a través de un Fondo Solidario que se inyecta con un Aporte Nacional Solidario (ANS) basado en la creación de impuestos directos de los ingresos de las personas naturales (en rubros que abarcan desde dividendos por transacciones comerciales, consultorías, alquileres, etcétera), sueldos y salarios, honorarios y dietas de la población activa con ingresos superiores a Bs. 13.000 al mes, además del 20% de las primas de Riesgo Común y de Riesgo Laboral, así como un Aporte Patronal Solidario, el Aporte Solidario Minero y otras fuentes de financiamiento.

EL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO

EL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO

Contempla la denominada Pensión de Vejez (abarcando prestaciones de vejez, de invalidez y de gastos funerarios), es decir la jubilación tradicional dentro la relación obrero patronal, y está financiada con los recursos que en el anterior sistema (Ley 1732) se conocían como Fondo de Capitalización Individual, el cual —hoy— la Ley 065 denomina Cuenta Personal Previsional.

Contempla la Renta Universal de Vejez y de Gastos Funerales, conocida como Renta Dignidad, creada por el actual Gobierno en noviembre del 2007 para transferir recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) a un bono anual (similar al Bonosol que tuvo vigencia durante el Gobierno liberal de Gonzalo Sánchez de Lozada) que reciben todos los habitantes mayores de 60 años, independientemente de su condición laboral. El pasado 16 de mayo, dicho bono mensual que variaba en Bs. 200 para no asegurados y Bs. 150 para asalariados con derecho a jubilación, fue incrementado en Bs. 50 adicionales.

La iniciativa gubernamental de reformar el sistema de pensiones —pasando de un régimen de capitalización individual a un esquema de reparto en base a un fondo común de contribuciones mixtas—, derivó en una confrontación entre la Central Obrera Boliviana (COB) y el Gobierno que tensionaron sus fuerzas durante los meses de abril y mayo.

EL RÉGIMEN SEMICONTRIBUTIVO Establece la Pensión Solidaria de Vejez cuyo principal objetivo

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