CASO INVASIOìN SALANGO

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De mis consideraciones: Acudo a usted señora Ministra, en vista de que una gran área reforestada, que se ha convertido en refugio de muchos animales, está corriendo grave peligro, por la falta de consciencia e irrespeto de ciertas personas sin escrúpulos. ANTECEDENTES.-­ En 1992, mediante Escritura Pública de Compraventa, Inmobiliaria Tocuyo S.A. adquirió del señor Jonás González, 149,84 has. que desmiembran del predio rústico de mayor extensión denominado La Esmeralda. Asimismo, en 1993, mediante Escritura Pública de Compraventa, adquirió del señor Jonás González, una extensión de 104,4 has. El 31 de diciembre de 2001, mediante Escritura Pública de Compraventa celebrada entre Inmobiliaria Tocuyo y Comuna Salango, ante el Notario Primero del cantón Puerto López, se adquirió, una extensión de un lote de 34,32 has. Estos terrenos se habían convertido en sitio de corte de madera para la fabricación de carbón, por lo que para la regeneración del medio ambiente, se invirtió una ingente suma de dinero, y se instalaron sistemas de agua, se abrieron caminos que permitan controlar la propiedad y evitar la cacería indiscriminada, etc. Veinte años atrás no se veía ni un animal, debido al grado de deforestación; hoy en día una gran extensión de los terrenos se encuentra constituida por árboles y plantaciones típicas de la zona, bosque reforestado en su totalidad por Inmobiliaria Tocuyo. En los terrenos se encuentran, entre otros animales, dos tipos de venado, guanta, guatusa, gato de monte (yaguarundí), tigrillos, zaino, cabeza de mate, conejos, iguanas, 150 especies de pájaros. Adicionalmente, la playa de La Esmeralda es el sitio con mayor intensidad de anidación de tortugas de toda la región. Dentro del terreno comprado a la Comuna, se encuentra el trillo de “Los Ostionales”. PRIMERA INVASIÓN.-­ En febrero de 2002, Jorge Salazar Vacas, Colón Acuña Acuña, Benito Jaramillo y Maritza Cruz Carvajal, alegando que la intención de Inmobiliaria Tocuyo era cerrar totalmente el paso a la playa, como Junta Parroquial, solicitaron un tractor al Alcalde para “mejorar la vía de ingreso a la playa”. Causaron enormes destrozos a la propiedad e incalculables daños al medio ambiente. El Alcalde justificó los movimientos de tierra con un proyecto de construcción de una carretera de III orden. Está de más decir que el “proyecto” carecía de estudio de suelo y de impacto ambiental, ni estudio de tráfico.


Por esta razón, acudimos al Ministerio de Obras Publicas para solicitar el registro del trillo de aproximadamente dos metros de ancho como camino privado, y el 14 de octubre de 2002, el Juez Nacional de Caminos resolvió disponer el registro como camino privado, mismo que se inscribió en el Registro de la Propiedad del cantón Puerto López el 18 de noviembre de 2002. Cabe señalar señora Ministra, que por este camino privado los moradores y vecinos de la zona han tenido acceso peatonal hacia la playa sin ningún impedimento. En el Informe de Inspección se detallan los daños y el resultado futuro de tal destrucción del medio ambiente: amplitudes de cortes indiscriminados desde 19.4 hasta 8.0 metros de ancho, altura de taludes de hasta 7 metros de alto, ángulos de talud de 90 grados, acumulación indiscriminada de volúmenes considerables de escombros, arranque indiscriminado de vegetación y arboles reforestados, terreno a la merced de la erosión, una plataforma al borde de la playa de 15 por 25 metros (375m2), erosión de la plataforma por la acción del mar, aumento de riesgos de inestabilidad de las laderas en el tramo final de construcción. SEGUNDA INVASIÓN.-­ En noviembre de 2004, el señor José Mackay conjuntamente con el señor Robinson Arcos, negoció el alquiler de un terreno dentro de la propiedad de Inmobiliaria Tocuyo S.A., a favor de CLARO (Conecel S.A.), para la construcción de una caseta. En comunicación del señor Arcos dirigida al Defensor del Pueblo, se indica que “reunidos en Asamblea General de Comuneros, autorizamos al comunero José Mackay para que arriende un lote de 150 metros cuadrados, ubicado dentro de la propiedad que mantiene en posesión, de la cual la Comuna Salango es legal y absoluta propietaria.” El 16 de diciembre del mismo año, se estableció en el Informe Jurídico de la Gobernación de Manabí que se había colocado “una improvisada puerta de latillas de caña guadua y estacas de madera sostenida con alambre de púas que impiden el paso a esta construcción, hecho ilegal y atentatorio a la propiedad privada.” Asimismo, recomiendan “garantizar la propiedad privada” y “otorgar la respectiva protección policial a dicho lugar.” El 21 de los mismos mes y año, por orden del Gobernador de Manabí, se desalojaron los obstáculos que impedían el ingreso a la caseta de CLARO. En el Informe de la Tenencia Política de la parroquia, realizado posteriormente, se detalla que la Teniente Política indicó que “quienes esgrimían machetes como armas blancas, alicates-­playos, se enfrentaron a mi persona, a los policías y fue Jorge Eduardo Salazar Vacas quien encabezó a estas personas.” A pesar de esto, señora Ministra, increíblemente, ese mismo día del desalojo, destruyeron todas las cercas puestas por Inmobiliaria Tocuyo, esto es 433 postes de hormigón, 7182 metros de alambre cortados y sustraídos, 50 plantas de Neem, Single y Algarrobo destruidas.


TERCERA INVASIÓN: El 4 de junio de 2009, José Vera Arrata, Secretario de Transparencia notificó a Inmobiliaria Tocuyo procedería a despejar los caminos públicos ancestrales que supuestamente existían dentro de los predios. El 19 de junio, a pesar presentar las Escrituras Públicas que comprobaban que se trataba de un trillo privado, dentro de una propiedad privada, e indicar que los residentes tenían paso peatonal según lo convenido en la servidumbre, la propiedad fue invadida, sin contar con orden de allanamiento alguna y con ayuda de más de sesenta policías, destruyendo el trillo privado de “Los Ostionales”, violando principios constitucionales y garantías del debido proceso. Con amenazas, detuvieron a las personas que se encontraban dentro de la propiedad, y les quitaron las cámaras de fotos para que no quede constancia del abuso. El sábado 20 de junio, con apoyo de la Policía, ingresaron a la propiedad en la que se encuentra la reserva, personas ajenas a la comunidad de Salango, en su mayoría empleados del Municipio de Puerto López liderados por Benito Jaramillo Gutiérrez, Jorge Eduardo Salazar Vacas y Robinson Germán Arcos. Destruyeron cercas, talaron más de 200 árboles de forma indiscriminada, quemaron maleza, depredaron el contenido de la poza que sirve como sitio de alimentación para las aves marinas, extrajeron cangrejos sin boca y hasta hicieron fogatas. A la salida de la trocha, se podía ver a la gente que salía con troncos de madera, caña guadua y hasta arena de la playa La Esmeralda. Ante estos abusos de poder, se entabló una Acción de Protección y el 17 de julio de 2009, el Juzgado Segundo de Garantías Penales de Portoviejo resolvió declarar con lugar la Acción de Protección propuesta por Inmobiliaria Tocuyo, “por ser ilegal e ilegítimo el acto inserto en los Oficios (…) suscritos ambos por el señor Arq. Alfredo Vera Arrata, mediante los cuales este dispone que se proceda a despejar los caminos públicos ancestrales que van desde La Canoa a Playa Dorada, Río Chico a Playa Rio Chico y Ostionales a Playa Rio Chico; por lo que se dispone que las cosas vuelvan a su estado anterior a la ejecución del acto impugnado.” Se dispuso asimismo, que “la autoridad de Policía correspondiente deberá otorgar las garantías y seguridades necesarias para el cumplimiento y ejecución de esta sentencia.” El 20 de Julio de 2011, una vez más, el señor Jorge Salazar Vacas, presenta un Oficio en la Gobernación de Manabí, solicitando que se actúe de inmediato “para la apertura de los caminos públicos, estero y playa que hasta la actualidad se encuentran cerrados y privatizados”, a pesar de que meses antes, el Intendente General de Policía de Manabí, había señalado que “mientras subsista esta garantía constitucional (Acción de Protección) que se encuentra ejecutoriada y ratificada por una de las Salas de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, la competencia se encuentra ratificada en la justicia ordinaria y por la tanto la


Intendencia General de Policía de Manabí, ni la Gobernación de Manabí, no son competentes para resolver dicho conflicto...” El 29 de agosto de 2011, la Gobernadora se inhibe y dispone el archivo del expediente. CUARTA INVASIÓN.-­ El 31 de mayo de 2012, aparecieron Policías acompañados de tractores para destruir una vez más el trillo de Los Ostionales. La maquinaria echó abajo una cerca y se destruyeron árboles sembrados por Inmobiliaria Tocuyo. Una vez más, el acto fue liderado por los señores Robinson Arcos, Jorge Salazar y el Alcalde de Puerto López. No hubo participación de los habitantes de la región. Presentaron fue un Oficio suscrito por el Alcalde de Puerto López, de fecha 30 de mayo de 2012, dirigido al Ministro del Interior, en el cual solicitaban la ayuda de la fuerza pública para la “apertura de los caminos y se mantenga un operativo de control para evitar cierres posteriores de las vías.” El estero La Canoa, donde se abrieron las tronchas de dos km de largo, nunca ha sido un paso, como lo pueden atestiguar los mismos habitantes de la zona. Con estas trochas abiertas, esta reserva natural que se ha logrado rescatar y que ha tomado años en regenerarse, dejaría de existir, puesto que la presencia de carros, cazadores y el acceso sin control de las personas, depredaría el lugar. Tal es así, que después de la primera invasión a la reserva, se encontró en la playa de Rio Chico, un venado muerto, que había sido herido dentro de la reserva. Hemos tenido conocimiento, también, de que se está extrayendo arena. El 4 de junio de 2012, 240 habitantes de Salango enviaron una comunicación al Ministro del Interior, informando sobre los acontecimientos e irregularidades que están teniendo lugar en Río Chico. Claramente indican que “el estero de La Canoa, que llega hasta la Playa Dorada o Esmeralda, donde se abrió la trocha, nunca ha sido un paso y se encuentra en el núcleo de la reserva natural.” Consideran que “la resolución mencionada en la solicitud de asistencia por parte del Alcalde, se aleja de la realidad por cuanto en el estero La Canoa nunca existió camino. Los que habitamos en esta zona nunca fuimos consultados y ni siquiera informados.” Solicitan, entre otras cosas, que se paralice cualquier trabajo en el sitio para evitar mayores daños, que se realice un estudio sobre la reserva natural y su protección, y que se estudie la posibilidad de apoyar el sitio de la reserva como lugar para estudios biológicos y visitas de estudiantes. LA EXCUSA PARA SEGUIR INVADIENDO.-­ Los mencionados líderes de las tantas invasiones que han sido identificados en párrafos anteriores, alegan que las escrituras de compraventa de estos terrenos a la Comuna Salango, son nulas, sin embargo, señora Ministra, se ha comprobado hasta la saciedad que los predios en referencia son de absoluta y legítima propiedad de Inmobiliaria Tocuyo S.A.


A pesar de que el terreno en cuestión era claramente de propiedad de la Comuna Salango, para evitar futuros problemas o dudas que se pudieran suscitar con respecto a la legalidad de la compraventa, se insistió ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería que pida un pronunciamiento por parte del Procurador General del Estado con respecto a la aplicación de los artículos 83, 84 y 85 de la Constitución. El 28 de agosto de 2001, el Procurador General del Estado absuelve la consulta planteada, indicando que los pueblos montubios son una realidad social distinta de los pueblos indígenas, “por lo tanto las normas contenidas en los artículos 83 y 84 de la Constitución Política no le son pertinentes, por lo que las tierras comunitarias de propiedad de las comunas de pueblos montubios pueden ser objeto de división o enajenarse” (Las negritas no son del original). A pesar de que el pronunciamiento del Procurador General del Estado es vinculante y obligatorio para la Administración Pública, el Ministerio hizo caso omiso de éste y mediante Oficio de fecha 20 de noviembre de 2001, y habiendo operado ya el silencio administrativo positivo, el Director Nacional de Desarrollo Campesino niega la solicitud de autorización de venta del terreno. Esta negativa obligó a la Comuna Salango a presentar un Recurso de Amparo Constitucional contra el Ministro de Agricultura y Ganadería. El Juez resolvió aceptar el Recurso de Amparo disponiendo la suspensión del Acto Administrativo contenido en el Oficio No. DDC/DGOC del 20 de noviembre de 2001. Esta última resolución, es apelada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería ante el Tribunal Constitucional, que sin embargo, resolvió confirmar la Resolución del Juez de instancia. El 31 de diciembre de 2001 se otorgan las escrituras de compraventa por parte de la Comuna Salango, a favor de Inmobiliaria Tocuyo S.A., debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón Puerto López. En dicho predio, Inmobiliaria Tocuyo S.A., deja un camino peatonal que permita el acceso a la playa por parte de los residentes de Salango y Río Chico, así como el acceso de vehículos o equipos que fueren necesarios para faenas de pesca de arrastre o rescate en caso de varamiento de alguna embarcación, como se estipuló en dicho documento. Cabe destacar que esta servidumbre siempre se respetó, y jamás se obstruyó el paso de personas a la playa de Rio Chico, como se ha demostrado por demás en fotos y testimonios. SOLICITUD.-­ Desde su llegada a Salango hace 16 años, Robinson Arcos y Jorge Eduardo Salazar, no han hecho más que traer problemas y lucrar a costa de los habitantes. Tomaron posesión de la Comuna Salango y con artificios cambiaron su nombre y crearon una “Comunidad de Salango”, para no estar sujetos a ningún tipo de control, y hacer caso omiso de los deberes democráticos.


Acudo a usted, señora Ministra, en vista de que durante años se han interpuesto incontables acciones judiciales que sin embargo, han demostrado no tener valor alguno ante gente inescrupulosa e inconsciente. Dejando de lado por un momento los derechos constitucionales a la propiedad privada, y olvidando las interminables instancias que se han agotado en el campo judicial, mismas que han concluido siempre a favor de Inmobiliaria Tocuyo, ¿vale la pena invertir tiempo y dinero en cuidar y defender la naturaleza para que de un día para otro sea destruida con ayuda de la misma Policía y el aval de un Alcalde? ¿Dónde queda la seguridad jurídica de este país? ¿No es acaso deber moral y constitucional, tanto de ecuatorianos como de extranjeros que residan en este país y en el mundo, cuidar nuestro patrimonio natural y velar por la biodiversidad, para que ésta pueda ser gozada por las generaciones futuras? Usted, señora Ministra, quien ha demostrado durante todos estos años su genuina preocupación por la conservación, es nuestra última esperanza para resolver un problema que se ha venido alargando durante años. Hoy más que nunca, es necesario que se cumplan los principios ambientales estipulados en la Constitución y que el Estado, por medio de las instituciones correspondientes, garantice la conservación y la regeneración natural de los ecosistemas, como se establece en el artículo 395 de la Carta Magna. Se ha demostrado claramente la violación de principios fundamentales y derechos consagrados en los artículo 66, numerales 22, 26 y 27 y artículos 71, 72, 73, 74 de la Constitución, en los cuales se enumeran los DERECHOS DE LA NATURALEZA, entre los cuales se encuentra el respeto a su existencia, su mantenimiento, la regeneración de sus ciclos vitales, restauración, etc. Es inconcebible señora Ministra, que siendo la naturaleza sujeto de derecho para nuestra Constitución, ésta quede en total indefensión frente a atropellos como los relatados. Ayúdenos a protegerla. Le hacemos una invitación formal para que visite los terrenos en cuestión, vea lo que se ha hecho, y juzgue por usted misma. Le ruego que de existir cualquier reunión programada para tratar este tema, se me otorgue un espacio para mi defensa, y la defensa de la reserva. Atentamente, Patrick Bredthauer Backhoff Representante Legal TOCUYO S.A.


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