Borrador de convenio GIESE

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BORRADOR

DE

CONVENIO

PATRIMONIAL

Y

URBANÍSTICO

DE

COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN INSTITUCIONAL ESTATAL GIESE Y EL AYUNTAMIENTO DE MORALEJA (CÁCERES).

En Madrid a

de

de dos mil once,

Intervienen: Por una parte, Don _________________, Director General de Infraestructuras y Equipamiento de Seguridad, nombrado por Real Decreto 963/2007, de 6 de julio (B.O.E de 10 de julio de 2007), y en calidad de Director del Organismo autónomo estatal GIESE, encontrándose expresamente autorizado para el presente acto en virtud de acuerdo del Consejo Rector del ente público aludido (o su Comisión Delegada) en reunión mantenida el día de de 2008.

Y por otra parte, Doña Teresa Roca Gonzalo, Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento de Moraleja, nombrada en sesión plenaria de 27 de agosto de 2010 y facultada para celebrar el presente convenio por decisión del Pleno, en sesión celebrada el día ____de___de 2011,

Exponen: PRIMERO.- Según certificaciones que se acompañan, la parcela edificada sita en la Avda. Lusitania, n° 2, de dicha población, identificada en el Catastro Inmobiliario con referencia 0181109QE0308S0001KB y superficie de terreno de 1.477 metros cuadrados con 992 construidos, inmatriculada en el Registro de la Propiedad de Coria, como finca núm. 2.329, al tomo 462, Libro 33, folio 224, inscripción 1ª, aunque con una superficie de suelo de 1.600 m2, y que figura en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado con código 1987-724-10-999-0185-001, es de titularidad del Estado Español y una situación jurídica de dominio público, al haberse efectivamente afectado a los servicios propios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Ministerio del Interior como casa-cuartel de


la Guardia Civil, obtenida mediante donación municipal Inscrita al Tomo: 462 Libro: 33 Folio: 224 en Fecha: 23/10/1958.

SEGUNDO.- Según consta en los archivos y en certificaciones que se acompañan, la construcción sobre el solar de referencia que hasta el año 2007 albergó las dependencias y Casa Cuartel de la Guardia Civil, lo fue, gracias a las donaciones económicas realizadas por la administración local de 118.126,40 Ptas. aprobadas en sesión plenaria en fecha 1 de abril de 1968, en concepto de la “participación de la Dirección General del cuerpo, necesaria e imprescindible para sacar a subasta la obra”, además de las 99.000 Ptas. donadas con anterioridad; Y del 50% del coste necesario para la construcción de seis pabellones, mediante acuerdo plenario de 24 de octubre de 1970, lo cual hizo posible la implantación en el municipio de la Jefatura de la 6ª Compañía de la 222 Comandancia de la Guardia Civil.

TERCERO.- La referida finca estatal ha sido declarada por el Ministerio del Interior tanto innecesaria al destino público de la seguridad como disponible a los fines asignados a GIESE, estando calificada con un uso privado en las normas subsidiarias de planeamiento general vigentes de la mencionada población, aprobadas definitivamente el día 20 de diciembre de 2001, teniendo la posibilidad de construir un bloque con cuatro portales, una planta bajo rasante para aparcamiento y trasteros con una superficie de 1.470 m2, otra planta baja sobre rasante para locales comerciales de 1.335 m2, así como tres plantas más para unas 35 a 40 viviendas con una superficie total de 3.300 m2, si bien se ha iniciado expediente para modificar dicha parcela a uso público institucional.

CUARTO.- El Municipio indicado ha participado en la realización de una nueva instalación para la seguridad pública como casa-cuartel de la Guardia Civil en dicha población, en la zona del Postuero, con aportación municipal de terrenos, técnica y económicamente, en cumplimiento del Convenio de Colaboración suscrito con el Ministerio del Interior el día 15 de febrero de 2001.

QUINTO.- Que la intención de esta administración local en todo momento ha sido de que los terrenos donde se ubicaba el antiguo cuartel revertieran a titularidad municipal, según consta en los archivos municipales los acuerdos plenarios de los cuales se resumen y aportan certificaciones como ANEXO I .


ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DÍA 30 DE ABRIL DE 2002. …CUARTO.- Se faculta a la Sra. Alcaldesa para que en nombre y representación del Ayuntamiento suscriba la escritura de cesión. Don Arsenio Amor González expone que tal y como ha quedado de manifiesto en Plenos anteriores donde se ha debatido este asunto es importante que conste en Acta, que el terreno que ocupa el actual Cuartel de la Guardia Civil revierta en beneficio del Ayuntamiento de Moraleja.

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DÍA 28 DE MAYO DE 2002. 1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Don Arsenio Amor González expresa que ha de incorporarse el dictamen referente a la cesión del terreno con destino a la Casa Cuartel de la Guardia Civil la propuesta del Partido Socialista. Proponiendo que conste que sometido el asunto a votación y recogiendo la aportación del Portavoz del Grupo Socialista queda aprobado el dictamen.

SEXTO.- Conforme se establece en el artículo 16 y disposición transitoria segunda de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, así como en la Ley urbanística autonómica (en su caso), al haber patrimonializado y consolidado la Administración del Estado, simultáneamente a su integración plena en el dominio público, exclusivamente lo edificado actualmente existente de 992 m2 construidos, corresponde al Ayuntamiento obtener en su momento los derechos que le asisten por el incremento de edificabilidad resultante de la parcela estatal innecesaria al actual destino público en aplicación de las citadas normas urbanísticas municipales en vigor.

SEPTIMO.- Encontrándose el susodicho bien estatal innecesario para el fin público de la seguridad sometido al régimen de gestión recogido principalmente en el artículo 53 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y supletoriamente por la Ley 33/2003, de 3 de


noviembre, del patrimonio de las Administraciones públicas, según su disposición adicional octava, en virtud de la habilitación contenida en el párrafo segundo de la regla Cuatro y en el título VIII, respectivamente, de la normativa especial y general mencionada, ambas entidades públicas.

OCTAVO.- Que estando el ayuntamiento de Moraleja en disposición de la utilización del referido solar sito en Avd. de Lusitania nº1 de la misma localidad, para dotaciones públicas en beneficio de la ciudadanía,

Convienen: 1º- Por el ente local, paralizar los trámites iniciados de modificación de la calificación urbanística de la parcela estatal disponible, aceptando mantener en vigor con un uso privado la parte que no vaya a transferirse a la Corporación local.

2º- Valorar, de acuerdo con la tasación que se acompaña como ANEXO I, realizada por los servicios técnicos adscritos a GIESE, por una parte, en QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA EUROS CON VEINTE CENTIMOS DE EURO (595.690,20€), el propio bien estatal innecesario.

3º- Valorar por otra parte, según lo establecido en la LEY 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, LESOTEX, en un 10% del aprovechamiento urbanístico total proyectado en la parcela, calculados en 463,5m2, que según se desprende de las estimaciones efectuadas en la valoración del Anexo I, obtendría un valor económico de aproximado de 70.035,84€.

4º- Valorar la aportación del solar de 4.000m2 del ente local para la nueva instalación de la seguridad pública con los mismos criterios de utilizados por los servicios técnicos de la GIESE en el Anexo I, con lo que se obtendría un valor aproximado de 669.428,55€, resultante de los cálculos realizados en el Anexo II.

5º- Valorar la aportación municipal respecto del proyecto de la obra del nuevo acuartelamiento en la cantidad de 12.000€.


6º- Valorar la cantidad económica aportada por el ayuntamiento en 42.070,85€.

7º.- Cuantificar que la aportación realizada por la administración local, (solares, proyectos y económica) referidas en los puntos anteriores, asciende a un total de 793.535,24€.

8º- Reconocer la necesaria compensación a favor del Ayuntamiento, como consecuencia de la diferencia de los montantes aportados por cada administración en (793.535,24€ - 595.690,20€ = 197.845,04€).

9º- Admitir la condonación de la cantidad resultante del apartado anterior 197.845,04€ como aportación voluntaria del pueblo de Moraleja en beneficio de los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado, a cambio de la cesión al patrimonio municipal del suelo, del citado bien estatal innecesario para el fin público de la seguridad, reconocido como solar ubicado en la Avd. Lusitania nº1 de la localidad e identificado en el Catastro Inmobiliario con referencia 0181109QE0308S0001KB y superficie

de

terreno

de

1.477

metros

cuadrados

con

992

construidos,

inmatriculada en el Registro de la Propiedad de Coria, como finca núm. 2.329, al tomo 462, Libro 33, folio 224, inscripción 1ª.


ANEXO I


ANEXO II TANTEO DE VALORACIÓN DE LA PARCELA DE LA NUEVA CASA-CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL EN MORALEJA (CÁCERES). HIPÓTESIS DE SU CALIFICACIÓN COMO SUELO DOTACIONAL.

CONSTRUCCIÓN que resultaría de la aplicación de la Normativa de la zona en la que se encuentra la parcela. Para analizar la aplicación de la normativa, así como para proceder a su valoración, se ha hecho un tanteo de posible distribución en planta en base a un bloque con tres plantas, cuatro escaleras y un patio único de manzana, que permitiría obtener aproximadamente 40 viviendas de VPO de 90 m2 de superficie útil. De acuerdo con el esquema analizado de posible distribución se podría construir: Planta Baja

1.736,25 m2

Planta primera

1.736,25 m2

Planta segunda

1.736,25 m2 5.208,75 m2

Superficie total construida en viviendas 5.208,75 m2

VALORACIÓN: 1 Para la valoración de la parcela tendremos en cuenta su calificación como INSTITUCIONAL. Dada la inexistencia de criterios claros para la valoración de los suelos destinados a equipamiento rotacional adoptaremos la hipótesis de atribuir al suelo el valor que se derive de la aplicación de la repercusión del suelo admisible contemplada en la legislación de Viviendas de Protección Oficial. Adoptaremos los valores para la VPO en Extremadura, con vigencia desde la publicación del "Programa Especial 60.000" (DOE n° 25 de fecha 28 de febrero de 2006). MORALEJA, a efectos de aplicación de valores, es municipio situado en ZONA B Precio VPO vivienda >90m2 <120 m2 (Zona B). M2 construible por aplicación de la edificabilidad. Coeficiente superficie construida/superficie

1.008,00 €/m2 útil 5.208,75 m2 0,85


Superficie útil resultante.

4.427,44 m2

Aplicamos el Programa Especial 60.000 en Extremadura. Precio VPO programa de Vivienda Media (Zona B) Venta total 4.427,44 m2x 1.008,00 €/m2 útil =

Repercusión admisible suelo en viviendas VPO Valor admisible como repercusión del suelo.

Valor tasación del suelo.

1.008,00 €/m2 útil 4.462.857€

15 % 669.428,55€

669.428,55€


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