Legislación

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Materiales y Residuos Peligrosos versión para Moodle

1.1 MARCO NORMATIVO El marco normativo que conforma el derecho ambiental en México tiene como origen básico la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el artículo 4° se maneja el concepto “el derecho a un medio ambiente sano” según la modificación de ley hecha el 3 de febrero de 1993 en el Diario Oficial de la Federación, D.O.F. cuando anteriormente se enfocaba al derecho de los ciudadanos a la salud; el art. 25 del desarrollo sostenible, art. 27 de los recursos naturales, art. 73 de las facultades del congreso y el art. 115 de las facultades de los municipios. Los primeros antecedentes normativos en materia ambiental en México datan de 1922 y 1937, (D.O.F. octubre 27 y septiembre 14 respectivamente), cuando se decretan las primeras reservas de la biosfera: La Isla de Guadalupe y Cajón del Diablo. Posteriormente se aprobó la Ley para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental el 12 de marzo de 1971 y la Ley Federal de Protección al Ambiente el 11 de febrero de 1982. Durante

la década de los ochenta, se percibe una modernización en la

legislación ambiental a partir de dos reformas constitucionales: en 1987 se plasma la idea del cuidado al medio ambiente en el texto del artículo 25 constitucional (D.O.F. feb. 3 de 1983) y en 1987, las enmiendas a los artículos 27 y 73 constitucionales amplían las facultades de la Nación para la protección, conservación y restauración del equilibrio ecológico, y facultan al Congreso de la Unión para expedir dichas leyes, (D.O.F. agosto 10 de 1987). Bajo este precepto se promulga la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, (D.O.F. enero 28 de 1988 modificada el 13 de diciembre de 1996). (modificaciones de 1996 a la fecha?)

José Luis Guevara Franco

Universidad de Quintana Roo

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