CONSTITUCIONES HTAS. ANUNCIACION

Page 12

Dirección General

familiar, juvenil y catequética. Las Comunidades Locales están abiertas para acoger las jóvenes vocacionales. Cfr. Jn 1,39; Direct. HA Pág. 18.51. ASPIRANTADO

61. A ejemplo de Jesús y para responder al querer de nuestra Fundadora acogemos

a las jóvenes que tengan voluntad de consagrarse por entero al servicio de Dios y reúnan las condiciones necesarias para la Vida Religiosa; les ayudamos a superar las dificultades que impidan su ingreso, las recibimos sin hacer distinción de raza, ni condición social. Cfr. 2Tim 1,9; Const. 57 Art. 3. 62. Para recibir jóvenes que hayan sido Aspirantes, Postulantes o Novicias en otro

Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica, la Superiora General exige un informe de la Formadora del Instituto o Sociedad a la cual perteneció la candidata. Cfr. Const. 57 Art. 16d. POSTULANTADO

“La recepción de una joven en el postulantado, exige tanta prudencia y discernimiento, como espíritu de fe”. M. Berenice. Direct. HA Pág. 27.

63. La finalidad del postulantado es clarificar en oración y discernimiento el llamado

de Dios a la joven. La Comunidad confía en las posibilidades reconocidas como dones que el Señor le ha regalado y la apoya en este proceso. Esta etapa tiene una duración de seis meses a dos años. Cfr. Direct. HA Pág. 27.30. 64. En el postulantado se acompaña a la candidata para que en un conocimiento

mutuo entre la Congregación y la joven, en acercamiento continuo a la vida de nuestra Fundadora, asimile progresivamente la espiritualidad y virtudes propias de la Anunciación, apoyadas en el Plan de Formación Inicial. Se tiene en cuenta que la joven posea el ideal de consagrarse a Dios y de asumir con responsabilidad la vida de la Anunciación. Cfr. Direct. HA Pág. 33. 65. Las Hermanitas encargadas de la formación de las Postulantes son nombradas

por cuatro años; deben tener mínimo tres años de Profesión Perpetua, profunda experiencia de Dios, condición para comunicar vitalmente el ideal Anunciato y capacitación adecuada para el trabajo con las jóvenes . Cfr. Const. 57 Art. 351; Direct. HA Pág. 31-32.

66.

La admisión al noviciado corresponde a la Superiora Provincial con el consentimiento de su Consejo, cumplidos los requisitos canónicos . Cfr. C 641,643. 12


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.