PROCLAMA 83

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Colombia - Bogotá D.C. Junio de 2015 - Edición 83

MÁS LEGISLACIÓN Y COMUNICACIÓN COMUNITARIA ALTERNATIVA Y POPULAR

LA JUSTICIA DICEN QUE ES CIEGA Y COJEA PERO LLEGARÁ

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MARCO LEGAL PARA LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES DE LAS PCD PÁGINAS 11 Y 12

POBLACIÓN LGBTI CON DISCAPACIDAD, DOBLEMENTE DISCRIMINADA

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Editorial

“Que las armas cedan a la toga y el laurel se conceda a los méritos” Cicerón

LA JUSTICIA DICEN QUE ES CIEGA Y COJEA, PERO LLEGARÁ

Proclama:

www.periodicoproclama.org Periódico de las Poblaciones Vulnerables

Director:

NELSON JULIÁN VILLAMIZAR Diseño y Diagramación:

JULIÁN YAMID VILLAMIZAR LEÓN Digitación y Sistemas:

DIANA DOMINGUEZ JOSHUA VILLAMIZAR LEÓN MARGARITA HOYOS Asuntos Culturales:

MARÍA YAMILE LEÓN CEL.: 3183815189

NIT: 830 063233-0 SEDE: Cra. 10 No. 18 - 45 Of. 302 Tel.: 341 1180 Cel.: 316 4164141/314 2780014 Calle 167 A No. 5 A - 04 Bloque 6 of. 301 Localidad 1 Usaquén Escribe a: periodicoproclama@gmail.com Alianza estratégica ACEMPRELIV - CORPROCULTURAL

- Periodismo Libre La actividad periodística gozará de Protección para garantizar su libertad y su Independencia Profesional. Articulo 73, Constitución Nacional

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Nelson Julián Villamizar

or estos días ante la negativa de un juez a tutelar derechos fundamentales, me vi precisado a oficiar de tinterillo como se le dice coloquialmente a los abogados empiricos, en una maratonica jornada de investigación en la que tube a favor un fin de semana con lunes festivo y los 3 días de ley para presentar impugnación, adémas de la valiosa asesoría de mis entrañables amigos Carlos Alberto Parra Dussan Comisionado por Colombia ante la ONU y Rodrigo Acosta connotado lider Nacional de la Comunicación Comunitaria Alternativa y Popular, consultando el Wikypedia, Google y pagínas especializadas en asuntos jurídicos, pude comprobar la tremebunda cantidad de normas constitucionales, legislativas, sentencias o jurisprudencias sobre los derechos de las personas con discapacidad, muchas de ellas para mí desconocidas que jamás las habia siquiera oido mencionar, embargandome la sensación agridulce por constatar que en esta materia lo tenemos casi todo, pero disfrutamos casi nada. Es decir existen los medios pero no sabemos disponer de ellos , es obvio que esto sucede en todas las areas del conocimiento humano, de allí una de las tantas satisfaciones y razones de ser del periodismo o mejor del ejercicio de la información y las comunicaciones, como es compartir de la sabiduría, entendiendo que la experticia y la educación va formando escalonadamente a los técnicos, de ahí a los tecnólogos, profundizando y ampliando los conocimientos se llega al profesionalismo, de ahí a las especializaciones, maestrías y doctorados. Así mismo los comunicadores desarrollan su experiencias en aéreas especializadas del conocimiento cubriendo idóneamente la economía, la política, como a las ciencias y tecnología, los deportes y en general todas las facetas de la vida en sociedad donde el conocimiento aplicado y los protagonistas de cada una de esas aéreas establecen sus propias dinámicas incluidas las relaciones de poder y aquí hago un énfasis respecto de esa verdad tantas veces expresada, según la cual “El que tiene el conocimiento, tiene el poder”, marcando así la diferencia en esta llamada “Sociedad del conocimiento”. De cómo establecemos relaciones con el conocimiento y como lo usamos, si es para compartirlo multiplicando la sabiduría, ayudando a nuestros semejantes en la generación de beneficios, transformando esas duras realidades insatisfactorias, propiciando los satisfactores o si el uso de ese conocimiento

es egoísta y lo acumulamos solo para aumentar el poder y dominar a los demás, la mitología Griega cuenta que los dioses eran dueños del fuego como simbolizado al conocimiento y Prometeo lo compartió con los mortales, por esto fue duramente castigado, igual en la Biblia encontramos otra dura analogía. El árbol del fruto prohibido o del bien y del mal que corresponde al de la sabiduría y el conocimiento y según las iglesias ortodoxas y recalcitrantes, Dios siendo celoso expulso del paraíso a los infractores por desobedecer su mandato divino y para impedir que fueran como él, este es uno de los tristes orígenes de la era del oscurantismo, donde la información y el conocimiento eran reserva de la iglesia, que mantenía su exclusiva potestad oculta por monjes y sociedades secretas, hasta nuestros días, está es una inveterada costumbre de las logias y elites, que se creen privilegiados adueñándose de la información y el conocimiento para sojuzgar a sus congéneres. Desde la antigua Roma y hasta nuestros días se simboliza el supremo conocimiento revistiendo a sus portadores con toga y birrete, así en las ceremonias de graduación se visten los superiores académicos que doctoran a otros y los magistrados o jueces que imparten justicia, lo cierto es que debajo de esas vestimentas se encuentran seres de carne y hueso, que por muchos conocimientos que tengan pueden cometer errores por ejemplo de interpretación o hermenéutica, cuando fallan en sus fallos, así suene como retruécano o paradójico, dicho de otra manera pueden equivocarse al emitir sentencia, entonces el reto para una persona del común es desde su ignorancia superada y la lógica empírica dar luces a los administradores de justicia simbolizada por la diosa Temis, que siempre aparece con los ojos vendados. De allí surge el adagio popular la justicia es ciega y nos corresponde a los ciudadanos comunes y corrientes orientarla y en este caso, yo que soy persona con discapacidad visual o ciego, bien puedo decir que no hay peor ciego que aquel que no quiere ver y por estos días con mis pocos conocimientos me ha tocado darle luces a un togado para propiciar que así sea cojeando pero que la justicia llegue y hablando de justicia en esta Proclama compartimos la nueva Ley Antidiscriminación de las personas con discapacidad, la más reciente modificación del Acuerdo del Sistema Distrital de Discapacidad y continuaremos con el Marco Legal para la información y las comunicaciones de las personas con discapacidad, para que de una vez por todas desarrollemos la visión de nuestra sociedad para que no siga dando traspiés.


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LOGROS MOVIMIENTO SOCIAL DISCAPACIDAD COLOMBIA EN EL IV CONGRESO DEL POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO

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ompañeros y Compañeras, reciban un fraternal y cálido saludo.

El Movimiento Social Discapacidad Colombia -MOSODIC- ¡Por la defensa y exigibilidad de los derechos de las personas con discapacidad, sus familias, cuidadoras y cuidadores!, se permite informar los logros alcanzados por la tendencia polista al interior del Movimiento en el IV Congreso del Polo Democrático Alternativo, sobre las propuestas presentadas en éste evento por nuestros delegados distritales Ángel Bejarano y Yanith Espinoza: 1) Se obtuvieron dos cargos en

la Dirección Nacional del PDA una principalía ocupada por Diva Sandoval Potes Vocera Nacional del Movimiento y una suplencia en el Comité de Ética ocupada por la compañera Rebeca Iglesias del Atlántico. 2) Se alcanzó la Vicepresidencia Poblacional Colegiada con la población Rom, Indígenas y LGBTI, que será ocupada 6 meses por cada una de las poblaciones mencionadas hasta completar dos años. 3) Compromiso del Polo Democrático Alternativo en relación a movilizar la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención de Derechos Humanos de las personas con

discapacidad. 4) Circunscripción especial para la población con discapacidad en las consultas internas del partido, el porcentaje de ésta circunscripción será definido en el Ejecutivo Nacional del PDA. Agradecemos especialmente el apoyo de las demás tendencias de la lista "Territorios y Diversidades en movimiento, del Senador Alberto Castilla y el Representante Víctor Correa quienes visibilizaron en sus saludos y discursos a la población con discapacidad y apoyaron las propuestas llevadas por MOSODIC. Reiteramos también nuestro agradecimiento

a todas y todos los miembros de MOSODIC que aún siendo parte de otras corrientes políticas se unieron para apoyar la causa conjunta que es la lucha por la defensa y exigibilidad de los derechos de la población con discapacidad, sus familias, cuidadoras y cuidadores. Fraternalmente, Diva Sandoval Potes Vocera Nacional Rebeca Iglesias Osorio Asesora Comunicaciones Ángel Bejarano Delegado Distrital PDA Yanith Espinoza Delegada Distrital PDA


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EL DERECHO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA

Asuntos Legales

Dr. Carlos Parra Dussan, Investigador Universidad Sergio Arboleda que tienen acceso las demás p e rs o n a s , p o te n c i a n d o s u inclusión social a través de su interacción con el resto de personas en la escuela, como un espacio privilegiado en la comunidad. Así, el aprendizaje debe adaptarse a las necesidades de cada niño o niñas, más que ellos adaptarse a los supuestos predeterminados, en cuanto al ritmo y a la naturaleza del proceso educativo, siendo esta la expresión del modelo social de la discapacidad.

El pasado mes de abril en el palacio de Naciones Unidas e n G i n e b ra S u i za , t u ve l a oportunidad de participar de una jornada dedicada a la educación inclusiva, con el propósito de que el Comité de Seguimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, fo r m u l e u n a O b s e r va c i ó n General. Según Alfredo Sarmiento Gómez del proyecto Educación C o m p ro m i s o d e To d o s d e la Organización de Estados Iberoamericanos, las cifras de la educación de personas con discapacidad en Colombia son preocupantes, el 90 % de ellas no asiste a una institución educativa regular, tan solo el 27.4% de la población con discapacidad entre 6 y 11 años de edad accede a la educación, y solamente el 5.4% de esta población alcanza el nivel de educación superior y como si fuera poco, la población con discapacidad analfabeta es del 25%. Como es sabido, la educación es un derecho fundamental, necesario para el desarrollo personal de todos los seres

humanos, indispensable para garantizar la evolución de todas las sociedades. De esta manera, el informe emitido por la Comisión Internacional sobre educación para el siglo XXI señala que la educación es un derecho i n d i s p e n s a b l e p a ra q u e l a humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, libertad y justicia social. El derecho internacional de los derechos humanos, garantiza el derecho a la educación, así encontramos que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 26 afirma que toda persona tiene derecho a la educación. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 13, sostiene que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión y la tolerancia. La Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo 23, el derecho del niño con discapacidad a tener

acceso efectivo a la educación y la capacitación con el objeto de lograr su desarrollo individual y su inclusión social. Asimismo, el artículo 28, consagra el derecho del niño a la educación en condiciones de igualdad. Por su parte, la Convención s o b re l o s D e re c h o s d e l a s Personas con Discapacidad de Naciones Unidas en el artículo 24, consagra que las personas con discapacidad tienen derecho a la educación y correlativamente a que los Estados parte tienen la obligación de respetar, proteger y ga ra nt i za r e d u ca c i ó n d e calidad para todas las personas sin distinción. De esta manera, la educación inclusiva ha sido reconocida como la modalidad más adecuada para que los Estados garanticen la universalidad y la no discriminación en el derecho a la educación. En suma, la educación inclusiva garantiza que las personas con discapacidad tengan derecho a acceder al mismo sistema, a las mismas escuelas y a la misma oferta educativa a la

Algunos de los principales beneficios de la educación inclusiva para las personas con discapacidad son la interacción con sus pares, el re co n o c i m i e nto q u e é sto s pueden brindarle a la persona con discapacidad como una p e rs o n a c a p a z , c o m o u n a persona que pertenece a la comunidad, como verdaderos sujetos de derechos. A s u vez l a s p e rs o n a s s i n discapacidad se benefician de dicha interacción, teniendo la oportunidad de reconocer el valor de la diversidad que caracteriza la sociedad en que viven. La Convención sobre los Derechos de las Personas con D i s ca p a c i d a d , ga ra nt i za l a dignidad, refuerza el respeto por los derechos humanos y la diversidad, desarrolla su personalidad y sus talentos, incrementa su creatividad y aptitudes, en suma posibilita su participación en la sociedad. En conclusión, la educación i n c l u s i v a d e l a s p e rs o n a s con discapacidad, constituye un verdadero derecho, que permite avanzar de manera efectiva en la superación de la pobreza y en la eliminación de la exclusión.


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INFORME '¡BASTA YA!' SE PUEDE LEER EN BRAILLE

El documento recopila los últimos 54 años de violencia en Colombia Cultura

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l informe ¡Basta ya! es uno de los documentos más importantes que se han escrito recientemente en el país sobre el conflicto armado y recopila los últimos 54 años de violencia en Colombia. Y ahora, el Centro de Memoria Histórica (CMH), autor del informe, publicó una versión en braille que apunta a que la población con discapacidad visual del país pueda acceder a este documento. El CMH editó no solamente 5.000 ejemplares del informe en formato braille y macrocaracteres, sino también un libro hablado, para cerca de un millón doscientas mil personas ciegas o con limitaciones visuales. “Esta nueva línea de productos accesibles son fundamentales para garantizar el derecho a la información que tienen todas las personas, independientemente de sus condiciones físicas,

sensoriales o mentales”, dijo Nayibe Sánchez Rodríguez, del grupo de enfoques diferenciales, discapacidad y personas mayores del CMH. El trabajo se logró en asocio con el Instituto Nacional para Ciegos (Inci) y Radio RTVC. Los ejemplares se distribuirán en las 1.404 bibliotecas públicas del país. El informe del ¡Basta ya! también tiene una edición documental, llamada ‘No hubo tiempo para la tristeza’ y existe, así mismo, un resumen en francés, realizado por la embajada de Francia en Colombia y la fundación Maison des Sciences de l’Homme (FMSH).


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AURELIO ALMONTE, MÚSICO QUE BRILLA CON LUZ PROPIA Tatiana Yelena Rodriguez Mojica

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escuela Nacional de bellas artes, luego en el Instituto de Cultura y Arte, continúa en el Conservatorio Nacional de la ciudad de Santo Domingo, Hace un año y dos meses llegó a Colombia buscando el amor, después de entablar una relación virtual con una boyacense con quien vive actualmente.

an solo con 25 años Aurelio tiene el privilegio de decir que es uno de los pocos músicos con oído absoluto, esto significa que él solo con escuchar cualquier melodía puede interpretarla sin necesidad de partitura, al oírlo identifica el tono, las notas y el ritmo en que está la melodía, puede tocar cualquier canción tan solo con haberlo escuchado una vez. También es compositor y arreglista. Nació siendo músico en Santo Domingo, República Dominicana, hijo único, su madre abogada y periodista y su padre músico, locutor y maestro de ceremonia, ambos ciegos, ella con glaucoma congénito y las causas de la ceguera del padre no se conocen. Aurelio vio hasta la edad de 8 años cuando perdió su visión por glaucoma congénito. A la edad de cuatro años empezó su contacto con la música con una tambora merenguera, haciéndole honor a su tierra, esta era de su tío tamborero profesional que no se la prestaba porque decía que la iba a dañar, Aurelio la cogía escondidas, hasta que aprendió a tocar el ritmo básico del merengue, entre gritos un día llama a su tío y le muestra lo que había aprendido hacer, el tío molesto lo escucha y sor-

prendido le dice “este niño tiene mucha oreja”y supo para qué estaba hecho “mi pasión es la música, le agrada a la gente y además me pagan por esto” dice Aurelio con una sonrisa. Interpreta 12 instrumentos a la perfección: entre los vientos: el saxofón, melódica, clarinete, flauta traversa y dulce, armónica; entre las cuerdas pulsadas: el cuatro y guitarra; percusión: bongos congas. Batería,timbal; teclados: piano. En Colombia ya aprendió guacharaca y caja vallenata.

En Bogotá la experiencia no ha sido fácil es una ciudad muy grande y no conoce a nadie por lo que ha sido complicado abrirse espacio en el mundo de la música. En cuanto a la movilidad Aurelio se defiende muy bien usa transmilenio y conoce este sistema, aunque también tiene queja de los bolardos, como muchos en esta ciudad, Uno de los momentos más emocionante para este músico fue en mayo de 2013 cuando por primera vez hizo una presentación pública en un gran escenario, Teatro Nacional Eduardo Brito, con la Sinfónica de Juan Pablo Duarte de la ciudad de Santo Domingo, además tuvo el privilegio de ser solista.

Escuchar a este artista es todo un placer, traslada a su audiencia a diferentes épocas y la motiva paseando por diferentes ritmos, el saxofón su instrumento favorito, también el que más ha estudiado puede iniciar su repertorio con Yesterday The Beatles, My Inicia sus estudios en la hearl will go on Banda so-

nora de Titanic, luego jazz con Kenny G; sin ninguna dificultad alguna melodía de Mozart y encantar a su público con algo propio de la región como Colombia tierra querida, Cali Ají, Carmentea y hasta un vallenato, Aurelio aunque aplomado intenta sonreír la mayor parte del tiempo y ha aprendido mucho de la cortesía de los bogotanos y de su humor también, pues frecuentemente le dicen que si es Aurelio Cheveroni, por el personaje infantil. Otra de sus pasiones es escribir, le encantan los cuentos cortos y que dejen un mensaje; como todos los artistas sueña con llenar estadios y generar distintas emociones a través de su saxofón pero su mayor sueño es tocar con Michel Camilo el pianista interprete de Jazz Dominicano, es el músico que más admira. Aurelio toda la vida a luchado por ser independiente y funcional como cualquier persona por lo que se esfuerza todos los días, aspira a continuar sus estudios profesionales en la Universidad Nacional de Colombia, actualmente los estudiantes de la Escuela de Artes y Letras, Institución Universitaria apoyan a este artista diseñándole su imagen gráfica realizándole las tarjetas de presentación y la página web para que más personas lo conozcan. Y así continúe brillando con luz propia.


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ACUERDO 586 LEY 1752 DE 3 JUNIO 2015 DE 2015

“Por medio del cual se modifica parcialmente el Acuerdo Distrital "Por medio de la cual se modifica la ley 1482 de 2011, para 505 de 2012 para fortalecer las instancias del Sistema Distrital sancionar penalmente la discriminación contra las personas de Discapacidad y se dictan otras disposiciones”. con discapacidad" EL CONGRESO DE COLOMBIA pueblo, por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, DECRETA: ideología política o filosófica, Artículo 1°. Modifíquese el sexo u orientación sexual o artículo 1° de la Ley 1482 discapacidad y demás razode 2011 el cual quedará así: nes de discriminación, incuArtículo 1°, Objeto de la ley. rrirá en prisión de doce (12) Esta ley tiene por objeto a treinta y seis (36) meses sancionar penal mente actos y multa de diez (10) a quinde discriminación por razones ce salarios mínimos legales de raza, etnia, religión, nacio- mensuales vigentes, salvo nalidad, ideología política o que la conducta constituya filosófica, sexo u orientación delito sancionable con pena sexual, discapacidad y demás mayor. razones de discriminación. Parágrafo. Entiéndase por Artículo 2°. Modifíquese el discapacidad aquellas limiartículo 3° de la Ley 1482 taciones o deficiencias que de 2011 el cual quedará así: debe realizar cotidianamente Artículo 3°. El Código Penal una persona, debido a una tendrá un artículo 134A del si- condición de salud física, guiente tenor: Articulo 134A. mental o sensorial, que al Actos de discriminación. El interactuar con diversas baque arbitrariamente impida, rreras puedan impedir . su obstruya o restrinja el pleno participación plena y efectiva ejercicio de los derechos en la sociedad, en igualdad de de las personas por razón condiciones con las demás. de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, Artículo 4°. La presente ley discapacidad y demás razones rige a partir de su publicación de discriminación, incurrirá y deroga las disposiciones en prisión de doce (12) a que le sean contrarias. treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince El presidente del H. Senador (15) salarios mínimos legales de la república, Jose David Name Orozco mensuales vigentes. Artículo 3°. Modifíquese el El secretario general del H. artículo 4° de la Ley 1482 de Senado de la república Gregorio Eljach Pacheco 2011, el cual quedará así: Artículo 4°. El Código Penal tendrá un artículo 1348 del siguiente tenor: Articulo 134B. Hostigamiento. El que promueva o instigue actos, conductas o comportamientos constitutivos de hostigamiento, orientados a causarle daño físico o moral a una persona, grupo de personas, comunidad o

El presidente de la H. Cámara de representantes Fabio Raul Amin Saleme El secretario general de la H. Cámara de representantes Jorge Humberto Mantilla República de Colombia Gobierno Nacional Publíquese y cúmplase

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

Acuerdo 505 de 2012:

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 313 de la Constitución Política, y los numerales 1 y 10 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ARTÍCULO 29. Las entidades distritales establecerán los mecanismos administrativos necesarios para que se garantice la continuidad, participación y compromiso de su delegado o delegada en el Comité Técnico Distrital de Discapacidad, en los Consejos Locales de Discapacidad.

ACUERDA: ARTÍCULO 1º. Adiciónense al artículo quinto del Acuerdo Distrital 505 de 2012, los siguientes parágrafos: PARÁGRAFO 5. El Consejo Distrital de Discapacidad y los Consejos Locales de Discapacidad podrán crear comisiones transitorias para garantizar el cumplimiento de las funciones que sean de su competencia. PARÁGRAFO 6. Cuando se creen, fusionen o transformen entidades de la Administración Distrital, podrá incluirse representación de las entidades resultantes en el Consejo Distrital de Discapacidad. PARÁGRAFO 7. La Secretaria Distrital de la Mujer o su delegado(a) formarán parte del Consejo Distrital de Discapacidad. Así mismo un delegado(a) de la Secretaria Distrital de la Mujer, deberá ser parte del Comité Técnico de Discapacidad y de los Consejos Locales de Discapacidad. ARTÍCULO 2º. El artículo 28 del Acuerdo 505 de 2012 quedará así:

ARTÍCULO 30. Créase el Observatorio Distrital de Discapacidad con un sistema de información, documentación y comunicación de acceso público y permanente, que dé soporte a los procesos de investigación, diagnóstico, de sensibilización, promoción y defensa de los derechos humanos de las personas con discapacidad, sus familias, sus cuidadoras y cuidadores. ARTÍCULO 31. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. ARTÍCULO 4º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA Presidenta DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

ARTÍCULO 28. El Consejo Distrital de Discapacidad convocará a todos los Alcaldes Locales como mínimo una vez al año, para que den a conocer la priorización y el estado de la ejecución de los proyectos y programas para la población con discapacidad en sus respectivos territorios, a fin de que el propio Consejo pueda evaluar los alcances de la política pública en las localidades.

Secretario General de Organismo de Control

ARTÍCULO 3º. Adiciónense los siguientes artículos nuevos al

Mayo 25 de 2015.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.


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ALCALDÍA DE BOGOTÁ, CLARA LÓPEZ LIDERA ENCUESTA La encuesta Polimétrica, realizada para Caracol Radio y Red + Noticias, en alianza con Cifras & Conceptos, en la que Clara López encabeza con el 25% de intención de voto, seguida por Rafael Pardo con 14%, Enrique Peñalosa con 13 % y Francisco Santos con el 11%, los aspirantes a la Alcaldía de Bogotá opinaron. La encuesta Polimétrica, realizada por Cifras & Conceptos, si las elecciones fueran mañana Clara López lograría el 25% de

los votos, Rafael Pardo obtendría el 14%, Enrique Peñalosa

el 13%, Francisco Santos el 11%, María Mercedes Mal-

donado el 2%, Ricardo Arias Mora el 2%, Carlos Vicente de Roux el 1% y Alex Vernot 0%, La encuesta muestra que aún hay alto índice de indecisos, pues la intención por voto en blanco llega a 25% y no sabe o no responde el 7%, La encuesta señala que la mejor imagen entre los ciudadanos de Bogotá la tiene Clara López (50%), seguida por Rafael Pardo (46%), Enrique Peñalosa (38%) y Francisco Santos (32%).

POBLACIÓN LGBTI CON DISCAPACIDAD, DOBLEMENTE DISCRIMINADA Un estudio de caracterización a población con discapacidad y que a su vez son personas de los sectores sociales LGBTI- Lesbianas, Gay, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales dio como resultado que esta comunidad se siente doblemente discriminada en Bogotá. “El Distrito debe atender de manera interseccional a las personas LGBTI con otras características propias del ser humano. Esta investigación pretende generar una ruta para que el Distrito tome decisiones en relación a las personas con discapacidad e identidades sexuales no normativas”, señaló Juan Carlos Prieto, director de Diversidad Sexual de la Secretaría de Planeación -SDP-.

También se preguntó por las oportunidades de emprendimiento que tenían los entrevistados, hallando que la falta de formación incide en que las personas tengan empleos informales con bajos ingresos, además de la discriminación por su discapacidad e identidad sexual no normativa. “Yo hice hasta segundo pero ya en tercero se me veía lo galleta que era y por eso de la burla de mis compañeros yo me retiré, no soporté. Yo no me quería sentir mal, se burlaban me decían que era mariquita”, comentó otro de los entrevistados con discapacidad física.

Es la primera vez en el país que se hace un acercamiento de este tipo, en el que se indagó de manera cualitativa las condiciones de vida y el acceso que tienen al sistema de salud y educación, encontrando que para esta población no es fácil contar con este tipo de servicios y que se presenta discriminación y hostigamiento.

En cuanto a obtención de vivienda, es poco lo que saben sobre los programas para el acceso a proyectos de Vivienda de Interés Prioritario -VIP- o Vivienda de Interés Social -VIS- y para otro tipo de inmueble no cuentan con los recursos que se requieren. Asimismo, tienen baja participación social, política o comunitaria por el desconocimiento de programas que fomenten este derecho.

“En la universidad a mí me pasó, por ejemplo, que para trabajar en grupos a mí me rechazaban por mi diversidad sexual y más sordo”, contó uno de los encuestados.

Esta caracterización se realizó con un grupo de 30 personas, quienes fueron los únicos que hablaron de su condición de discapacidad y orientación sexual. “Hay mucha

población con discapacidad e identidad sexual no normativa pero como ya se siente discriminada por su condición, no quiere sentirse doblemente discriminada por su identidad. Hay un miedo de ser prejuiciados por parte de la sociedad”, manifestó Rovitzon Ortiz, director de Equidad y Políticas Poblacionales de la SDP. “La verdad pensaría que ojalá en un futuro toda la sociedad, nos diera una oportunidad ya de tener ciertas ventajas y ciertos derechos, el acceso así sea sordos, oyentes, a diferentes comunidades”, concluyó uno de los participantes con discapacidad auditiva.

El propósito del Observatorio de Discapacidad Se está creando con el propósito de integrar la información de todas las entidades distritales encargadas de realizar acciones encaminadas a las personas con discapacidad, sus familias y cuidadores, además de generar análisis y concertación sobe la misma. Según el último censo, en Bogotá hay 300 mil personas con discapacidad pero sólo 105 mil están en el Registro Distrital de

Discapacidad, de éstas sólo el 30 por ciento recibe servicios del Distrito tales como apoyo de cuidadores, subsidios, salud y educación, por eso la necesidad de crear un espacio como el Observatorio que permita adoptar medidas integrales. “El observatorio se requiere para la población no para la política, porque ésta se encarga de la población con discapacidad en condición de vulnerabilidad y en eso ya se trabaja, pero faltan incluir a quienes no lo están. Se debe empezar a recoger información de quienes no se está apoyando y ahí si tomar acciones que incluyan al 100 % de esta población. Para eso se requiere cruzar información, divulgación y sensibilización”, puntualizó el director de Equidad y Políticas Poblacionales. Actualmente, se definieron las bases sobre las cuales se va a montar el Observatorio y el diseño operativo. Se espera que el proceso de ponerlo en marcha esté acompañado por el sector privado y las organizaciones no gubernamentales que tienen incidencia en esta población, para que de manera conjunta con el Distrito, se logren mayores beneficios para todas las personas con discapacidad en Bogotá.


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MARCO LEGAL PARA LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (Investigación y compilación NJV)

Acuerdo 292 DE 2007 (Noviembre 21) "Por medio del cual se establecen lineamientos de Política Pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma y se dictan otras disposiciones" 5. Promoción de la democratización del acceso a los espacios institucionales en medios de comunicación con que cuenta el Distrito Capital, por parte de los colectivos y redes de comunicación comunitaria. 6. Sensibilización de los actores y organizaciones de la sociedad civil sobre el valor social y cultural de los procesos comunitarios de comunicación. 7. Adopción de disposiciones que promuevan la inclusión de las redes, colectivos y medios de comunicación comunitaria en los procesos de contratación de servicios de comunicación y divulgación adelantados por las entidades distritales. 8. Difusión de las medidas que tomen las autoridades distritales para darle aplicación y desarrollo al presente acuerdo, así como de las que se adopten con base en el mismo. 9. Elaboración y actualización permanentes, con criterios técnicos e incluyentes, y previas convocatorias oportunas y amplias, de una base de datos con la información completa de los medios alternativos legalmente constituidos que existen en el Distrito Capital. ARTICULO 4. RECONOCIMIENTO ESPECIAL. La Administración Distrital concederá un reconocimiento especial consistente en una mención anual a los medios alternativos que se destaquen por la calidad de sus productos y actividades. ARTÍCULO 5. RESPONSABILIDADES. La dirección de los procesos de formulación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de la política pública de comunicación comunitaria

estará en cabeza del Alcalde o la Alcaldesa Mayor del Distrito Capital, quien la ejercerá con el especial apoyo de la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, y la Secretaría de Educación. ARTÍCULO 6. Mesa de trabajo. Para los efectos de cumplir con las responsabilidades que le asigna el artículo anterior, el Alcalde o la Alcaldesa Mayor contará con la asesoría de una Mesa de Trabajo compuesta por el(la) Secretario(a) de Gobierno o su delegado(a), el(la) Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado(a), el(la) Secretario de Educación o su delegado(a), el(la) Director(a) del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal o su delegado(a), y el(la) Gerente de Canal Capital o su delegado(a), así como por dos representantes de cada uno de los siguientes sectores de la sociedad civil y de los colectivos y redes comunitarias de comunicación, con sede en Bogotá: Ver el Decreto Distrital 149 de 2008 o El sector correspondiente a los medios escritos o gráficos de comunicación comunitaria. o El sector correspondiente a los medios sonoros de comunicación comunitaria. o El sector correspondiente a los medios audiovisuales de comunicación comunitaria. o El sector conformado por las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto social se relacione con las actividades de comunicación comunitaria. o El sector conformado por las facultades universitarias de ciencias humanas, de ciencias sociales o de comunicación social. La Mesa de Trabajo sesionará por lo menos una vez al semestre. PARÁGRAFO: Reglamentado por el Decreto Distrital 149 de 2008. El Alcalde Mayor reglamentará el proceso de elección de los representantes a la Mesa de Trabajo, aplicando criterios de inclusión y pluralismo, y podrá ampliar la composición de la misma para darle representación a sectores

adicionales a los señalados en este artículo. ARTICULO 7. PLAZOS Y TÉRMINOS. El Alcalde Mayor dispondrá de un plazo de seis (6) meses contados a partir de la publicación del presente acuerdo para elaborar y hacer pública la política de que trata el mismo. ARTICULO 8. Las gestiones a que se refiere el presente acuerdo se realizarán en términos que no impliquen gastos distintos a los contemplados en el presupuesto de las entidades que han de adelantarlas. ARTICULO 9. VIGENCIA. El presente acuerdo regirá a partir de su publicación en el Registro Distrital y derogará, al entrar en vigencia, todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DECRETO 149 (Mayo 20 DE 2008) "Por el cual se establece la conformación de la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C., En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los numerales 1 y 3 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, los artículos 6 y 7 del Acuerdo Distrital 292 de 2007, y, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política en su artículo 20 consagra el derecho a la libertad de expresión e información, dentro del cual se encuentra los medios de comunicación comunitarios, que deben ser objeto de una política pública. Que el Concejo Distrital aprobó el Acuerdo 292 de 2007, "Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la misma y se dictan otras disposiciones". Que el artículo 6 del citado Acuer-

do determina la conformación de una Mesa de Trabajo, integrada por los siguientes Secretarios de Despacho o sus delegados: el(la) Secretario(a) de Gobierno o su delegado(a), el(la) Secretario(a) de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado(a), el(la) Secretario(a) de Educación o su delegado(a), el(la) Directo(a) del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal o su delegado(a), y el (la) Gerente de Canal Capital o su delegado(a), así como por dos representantes de cada uno de los siguientes sectores de la sociedad civil y de los colectivos y redes comunitarias de comunicación, con sede en Bogotá: Que el 10 de mayo de 2007, los representantes de los medios comunitarios y organizaciones sociales de comunicación comunitaria asistentes a la convocatoria referida, decidieron conformarse como Asamblea Autónoma de Medios Comunitarios. Además solicitaron incluir dos representantes de los medios comunitarios de las personas en condición de discapacidad. Que con base en el parágrafo del artículo 6º del Acuerdo Distrital 292 de 2007, reglamentará el proceso de elección aplicando criterios de inclusión y pluralismo, y con el fin de garantizar mayor participación en la Mesa de Trabajo de la Política Pública, ampliará la composición de la misma para darle representación a sectores adicionales DECRETA: ARTÍCULO 1. DE LA MESA DE TRABAJO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA. En la formulación, promoción, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria la Mesa de Trabajo, será una instancia asesora de la Alcaldía Mayor, D.C., y estará Continúa en la próxima página


MARCO LEGAL PARA LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Colombia - Bogotá D.C. Junio de 2015 - Edición 83

(Investigación y compilación NJV)

Continuación de la página anterior

compuesta por: 1.- El Secretario (a) de Gobierno o su delegado (a). 2.- El Secretario (a) de Cultura, Recreación y Deporte o su delegado (a). 3.- El Secretario (a) de Educación o su delegado (a). 4.- El Director (a) del Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal IDPAC o su delegado (a). 5.- El Gerente (a) del Canal capital o su delegado (a). 6.- Dos representantes de los medios escritos o gráficos de

TANTES DE LOS SECTORES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y DE LOS COLECTIVOS Y REDES COMUNITARIAS DE COMUNICACIÓN, CON SEDE EN BOGOTÁ- : Por intermedio del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, se adelantará la convocatoria a todos los sectores de la sociedad civil, de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá y que están señaladas en el presente Decreto, con el fin de que adelanten Asambleas y se nombren los representantes a la Mesa de Trabajo. Las actas con el listado de

comunicación comunitaria. 7.- Dos representantes de los medios sonoros de comunicación comunitaria. 8.- Dos representantes de los medios audiovisuales de comunicación comunitaria. 9.- Dos representantes de las ONGs de comunicación comunitaria. 10.- Dos representantes de las facultades de ciencias humanas, sociales o comunicación social. 11.- Dos representantes de los medios comunitarios de comunicación de la población en condición de discapacidad. 12.- Dos representantes de los estudiantes de comunicación

social. 13.- Dos representantes de los medios comunitarios que utilicen las nuevas tecnologías. 14.- Dos representantes de los medios comunitarios y/o procesos de comunicación de las étnias.

asistencia a las Asambleas y el nombramiento de los representantes a la Mesa de Trabajo, deben ser enviadas al Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, quién informará al Alcalde o Alcaldesa Mayor, los representantes electos por los sectores de la sociedad civil, de los colectivos y las redes comunitarias de comunicación, con sede en Bogotá, integrantes de la Mesa de Trabajo.

Bogotá, integrantes de la mesa de trabajo, tendrán un periodo de un año a partir de su elección. PARÁGRAFO 2: Los sectores de la sociedad civil, de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá, deberán inscribirse en un registro que llevará el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, con el fin de establecer un censo de los procesos comunitarios de comunicación existentes en el Distrito Capital, al igual que el registro de las Asambleas, cuando sean convocadas para designar representantes a la Mesa de Trabajo de conformidad con lo

PARÁGRAFO 1: Los representantes de la sociedad civil, de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en

La Mesa de Trabajo será presidida por el Director o Directora del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal o su delegado (a), quien será el encargado (a) de efectuar la convocatoria de acuerdo con las bases de datos de los diversos medios comunitarios, tanto para la designación de sus representantes como para el

funcionamiento de la Mesa una vez se realice la instalación. La Secretaría Técnica será ejercida por un representante del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal designado por el Director o Directora. Esta Secretaría tendrá como función llevar las actas y/o relatoría de las reuniones, coordinar el funcionamiento de la Mesa y el adecuado desarrollo de sus funciones. La Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria se dará su propio reglamento. ARTÍCULO 2. MECANISMO DE DESIGNACIÓN DE LOS REPRESEN-

consagrado en el Acuerdo 292 de 2007. PARÁGRAFO TRANSITORIO.- Reconocer como representantes de la Mesa de Trabajo de los sectores de la sociedad civil, de los colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá, a los designados por la Asamblea General de Medios Comunitarios realizada el 10 de mayo de 2007 en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, para el período de un año a partir de la vigencia de este Decreto. Continuará en la Próxima Proclama


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