“Rizzo, Jorge Gabriel s/acción de amparo c/PEN, ley 26.855, medida cautelar expt. 3034/13

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dos

bancas

votos,

al partido

y la restante

poli tico al partido

de votos ... " (artículo

elección

Poder

por

ciales para los Senadores

tad popular. te

medio

y la elección

la intermediación

el mayor

número

de

que le siga en números

sujetando

necesario

de 1994 sustituyó

del por

Colegio

vía

Nacionales.

entonces

modificar

recta de las autoridades

políticas,

para

de legislaturas

directamente

que cuando

el

la forma

Electoral

En ambos casos,

la elección

Debe concluirse

consideró

político

constitucional

indirecta

Ejecutivo,

obtenga

54).

La reforma de

que

sistema

provin-

se eliminó a la volun-

el constituyen-

de elección

lo mencionó

el

indi-

expresamente,

de

forma indubitable. Esta establecerse adoptará tad

conclusión

con la máxima

Congreso

del

de mantener

comportamiento

pueblo

polí ticos, certidumbre

esta

que pueden

de la historia

texto

a

de

no

la

de la volundecisión

del

según si el

coincide

o no con la ma-

del ejercicio

de los derechos

además a una permanente in-

respecto

de cuáles

son los funcio-

o no elegir en base al voto popular. no puede dejar de señalarse

política

en los que

autoridades

del pueblo

llevaría

de los ciudadanos

la expresión suj eta

que,

en los que se

los cargos electivos

En el plano

situación

Por último

dentes

quedaría

de la mayoría

en

los supuestos

directa,

o cancelar

yoria en el Congreso.

fundamento

raigambre

la forma de elección

democrática

narios

encuentra

el Poder

de la Nación

constitucional,

de nuestro

país, no se registran

Legislativo

adicional

sometiéndolo

-20-

que a lo largo

haya

creado

antece-

un cargo

a los que se establecen al

sufragio

universal.

de

en el


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