Informe derechos humanos 2011 - CELS

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282 derechos humanos en argentina. informe 2011 Tal como se indicó en el inicio de este apartado, el conflicto por la conformación de un monopolio de las telecomunicaciones en la Argentina bajo control de Telefónica de España se remonta a 2007. Durante los dos años siguientes, y en especial desde mediados de 2009 hasta principios de 2010, la intervención estatal estuvo orientada a lograr un proceso de desinversión que finalizara con el traspaso de las acciones de Telecom Italia a manos de otros inversores. El análisis del mercado y las conclusiones de la CNDC en las resoluciones previas al acuerdo no dejan dudas al respecto. ¿Qué se modificó durante 2010 para dar paso a una decisión de distinto signo? En primer lugar, las trabas judiciales a las órdenes de la CNDC evidenciaron una vez más (como ocurrió por ejemplo en el caso de Cablevisión y Multicanal) la fragilidad del andamiaje institucional dedicado a hacer cumplir la legislación antimonopólica. La ausencia de tribunales de defensa de la competencia, cuya creación está prevista por la misma ley que dio origen a la CNDC, pero permanece postergada desde hace más de una década, actúa como un freno en este sentido y avala la intervención de tribunales civiles y comerciales y también del fuero penal económico, ante los cuales las empresas recurren las decisiones administrativas. De esta manera, las políticas basadas en la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia carecen de un adecuado contralor judicial que evalúe la pertinencia de las decisiones tomadas con el grado de especificidad que el tema merece y que los legisladores previeron al momento de sancionar la norma. Por otra parte, el caso Telefónica-Telecom vuelve a poner de manifiesto las debilidades de la propia CNDC, que si bien ha mostrado un trabajo técnico impecable en este expediente, también dejó traslucir contradicciones y falta de autonomía política para transformar sus diagnósticos en decisiones concretas. A la luz de estos condicionamientos estructurales de la política de defensa de la competencia, es posible pensar que el acuerdo logrado en este caso resulte un antecedente válido, donde prime la negociación política al más alto nivel36 para obtener resultados que impidan el abuso de posiciones dominantes en ciertos mercados. Con un trámite judicial bloqueado y la Comisión debilitada para imponer pautas de cumplimiento efectivo a las empresas, el compromiso alcanzado puede ser considerado “un buen producto de defensa

36 Un día después de conocerse el dictamen de la CNDC que aceptaba el acuerdo, la presidente Cristina Fernández de Kirchner recibió a los principales accionistas de Telecom Argentina e hizo público el compromiso.

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