Silenciar la Democracia. Las Masacres de Remedios y Segovia 1982-1997.

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Silenciar la democracia: las masacres de remedios y segovia, 1982-1997

rechos Humanos y DIH y a la Unidad de Justicia y Paz, en relación con lo que sucedió, lograr la consolidación de una versión unificada de los hechos de Remedios y Segovia que dé cuenta de todo lo que pasó entre 1982–1997, de su sistematicidad y generalidad, de las estructuras criminales implicadas en la comisión de los hechos, de las conexiones políticas, sociales y económicas que los permitieron y facilitaron, y de la totalidad del universo de las víctimas, individualizándolas y especificando las violaciones de derechos y los delitos de las que cada una de ellas fueron víctimas. A la Fiscalía General de la Nación (FGN), en particular a la Unidad de Derechos Humanos y DIH y a la de Justicia y Paz, así como a los jueces competentes, en relación con la tipificación de las violaciones de derechos, se recomienda lograr también una calificación unificada de los hechos que garantice que tanto en la instancia de los procesos de justicia y paz como en la de los procesos penales ordinarios, todas las conductas criminales cometidas sean adecuadamente tipificadas y reciban la respectiva condena penal, en especial las conductas que no han sido hasta ahora tipificadas y/o sancionadas. En ese sentido, se recomienda a la FGN y a los jueces competentes estudiar los mecanismos procesales que, garantizando el derecho al debido proceso de quienes ya fueron condenados por el delito de homicidio agravado, permitan que todos los autores de los hechos sean juzgados y sancionados por todos los delitos cometidos en este caso y que les puedan ser debidamente atribuidos. A la Fiscalía General de la Nación y a los jueces competentes, en relación con los autores de los hechos, se recomienda avanzar y profundizar en las líneas de investigación que permitan la vinculación, el juzgamiento y la sanción de todos los autores intelectuales y de los principales responsables de los hechos, incluidos en ellos no sólo los paramilitares sino autoridades y funcionarios civiles, miembros de la Fuerza Pública y personas particulares. Para ello, se sugiere a la FGN y a los jueces competentes, considerar esquemas y planes metodológicos de investigación que permitan imputaciones tales como la posición de garante, la autoría mediata a través de aparatos organizados de poder, la coautoría, y la empresa criminal conjunta. 332


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