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R AÚL L LASAG F ERNÁNDEZ

g) Cambiar la mentalidad como los referentes y actitudes racistas y etnocéntricas, porque estos marcos no permiten análisis científico alguno y tampoco permite conocer y entender a las colectividades diversas, porque ello demanda de elementos intersociales, interculturales y mutidisciplinarios que permitan construir sistemas lógicos estructurados. Este cambio, no sólo se requiere desde lo mestizo, sino también desde lo indígena. 2. Al reconocer como sujetos de derecho a los pueblos indígenas y afroecuatorianos, se les reconoce sus diferentes formas de vida, sistemas de organización social, educativa, política, económica, cultural y religiosa, la facultad de resolver sus conflictos internos, participación con representantes en organismos del estado, tierras comunitarias y posesión ancestral; constituye por tanto una proyección en el plano jurídico de carácter democrático, participativo y pluralista de los países73. Estas promesas y visiones del nuevo estado multiétnico y pluricultural no se cumplieron, porque continúa con la misma institucionalidad del estado nación, lo cual genera inaplicabilidad de los nuevos derechos colectivos; de igual forma se continúa con el mismo sistema económico neoliberal; se sigue imponiendo la democracia hegemónica. En consecuencia, sigue vigente y es urgente viabilizar la propuesta del estado plurinacional como una propuesta constitucional emancipadora.

V.

Plurinacionalidad

Como dejamos sentado al inicio, la plurinacionalidad se sustenta en la realidad innegable de la diversidad del Ecuador. Por tanto, es una propuesta que propone un nuevo modelo de estado, institucional, cultural, económico, democrático, territorial y de administración de justicia, que incluya a todos y todas las ecuatorianas, que busque el bienestar equitativo de los seres humanos, regiones, culturas y naturaleza, que garantice el Alli Kausay (buen vivir). 73 Sentencias de la Corte Constitucional de Colombia: ST-188/93, Magistrado Ponente, Eduardo Cifuentes Muños; ST-342/94, Magistrado Ponente, Antonio Barrera Carbonell.

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