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1. MISIÓN DE LA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA INTERNA Brindar asesoría a las Máximas Autoridades, Niveles Directivos y servidores/as en el campo de su competencia y en función del mejoramiento continuo del sistema de control interno del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos; y, Realizar el control posterior de las operaciones y actividades del Ministerio y entidades adscritas que no cuenten con una unidad propia de Auditoría Interna, con sujeción a las disposiciones legales y normas nacionales e internacionales de auditoría aplicables al sector público. Responsable: Director de Auditoría Interna. Atribuciones y Responsabilidades 1. Realizar la evaluación posterior de las operaciones y actividades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de auditorías de gestión y exámenes especiales, por disposición expresa del Contralor General del Estado o de la máxima autoridad del Ministerio. 2. Evaluar la eficacia del sistema de control interno, la administración de riesgos institucionales, la efectividad de las operaciones y el cumplimiento de leyes, normas y regulaciones aplicables. 3. Identificar y evaluar los procedimientos y sistemas de control y de prevención internos para evitar actos ilícitos y de corrupción que afecten al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. 4. Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones establecidas en los informes de auditoría, practicados por la Dirección de Auditoría Interna y Auditoria Externa, sobre la base del cronograma preparado por los funcionarios responsables de su aplicación y aprobado por la máxima autoridad. 5. Facilitar mediante sus informes que la Contraloría General del Estado, determine las responsabilidades administrativas y civiles culposas así como también los indicios de responsabilidad penal, conforme lo previsto en los artículos 39 inciso segundo, 45, 52, 53, 66 y 67 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, la cual, en estos casos, necesariamente realizará el control de calidad que corresponda. 6. Asesorar a las autoridades, niveles directivos y servidores/as del Ministerio, en el campo de su competencia, y en función del mejoramiento continuo del sistema de control interno de la Institución. 7. Preparar los planes anuales de auditoría y presentarlos a la Contraloría General del Estado hasta el 30 de septiembre de cada año. Dichos planes serán elaborados de acuerdo con las políticas y normas emitidas por el ente de control. 8. Preparar semestralmente información de las actividades cumplidas en relación con los planes operativos de trabajo, la cual será enviada a la Contraloría General del Estado


para su revisión. 9. Enviar a la Contraloría General del Estado para su aprobación, los informes de auditoría y de exámenes especiales suscritos por el Director de Auditoría Interna, en el plazo máximo de 30 días laborables después de su conferencia final de comunicación de resultados; una vez aprobados dichos informes, el Director remitirá al Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos para su conocimiento y a su vez disponga al personal relacionado dar cumplimiento a las recomendaciones emitidas en dicho informe. 10. Cumplir las demás obligaciones señaladas en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y su Reglamento.


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