Retie NTC 2050

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Edición 45.592 Domingo 27 de junio de 2004

DIARIO OFICIAL

RESOLUCION NUMERO 52-1921 DE 2004 (mayo 13) por la cual se concede una autorización para el ejercicio profesional. La Directora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, en cumplimiento al Decreto número 1875 de agosto 3 de 1994 expedido por el Ministerio de Salud, según facultad otorgada por el Decreto número 3134 de 1956, y CONSIDERANDO: Que Ricardo Javier Rosero Revelo, identificado con cédula de ciudadanía número 98397521 expedida en Pasto, ha solicitado autorización del ejercicio profesional como Médico, título que le otorgó la Universidad de La Sabana de Chía, Cundinamarca, según Acta de Grado número 784 y Diploma número 25714 del 17 de diciembre de 2003; Que dicho título se encuentra debidamente registrado al Folio número 251, del Libro número 3, por la Universidad de La Sabana; Que cumplió con el Servicio Social Obligatorio en el Centro de Salud, municipio de Nariño, Nariño, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 2003 al 30 de abril de 2004, para un total de cuatro meses, ocho días; el tiempo restante quedó exonerado por haber cumplido Servicio Militar (Ley 48 de 1993, art. 40, literal c) y la Resolución N° 01140 del 4 de septiembre de 2002 por la cual se determinan unas localidades para la prestación del Servicio Social Obligatorio en seis meses, RESUELVE: Artículo 1º. Autorizar a Ricardo Javier Rosero Revelo, identificado con cédula de ciudadanía número 98397521 expedida en Pasto, para ejercer la profesión de Médico, en el territorio nacional. Artículo 2º. En cumplimiento del artículo 5° del Decreto 1875 de 1994, para poder ejercer la profesión en zona geográfica diferente a donde registró el título, la persona deberá inscribir su nombre en la Dirección Seccional de Salud del departamento donde va a laborar, para control y vigilancia. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en San Juan de Pasto, a 13 de mayo de 2004. La Directora, Sonia Gómez Erazo. La Profesional Universitaria, Gladys Bravo Machado. Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 020392. 17-V-2004. Valor $25.600. RESOLUCION NUMERO 52-1925 DE 2004 (mayo 13) por la cual se concede una autorización para el ejercicio profesional. La Directora del Instituto Departamental de Salud de Nariño, en cumplimiento al Decreto número 1875 de agosto 3 de 1994 expedido por el Ministerio de Salud, según facultad otorgada por el Decreto número 3134 de 1956, y CONSIDERANDO: Que Gabriela Alejandra Erazo Reyes, identificada con cédula de ciudadanía número 36753752 expedida en Pasto, ha solicitado autorización del ejercicio profesional como Médico, título que le otorgó la Universidad Cooperativa de Colombia, en Santa Marta, según Acta de Grado número 199 y Diploma N°. s.n. del 10 de septiembre de 2003; Que dicho título se encuentra debidamente registrado al Folio número 2575, del Libro de Diplomas número 4 por la Universidad Cooperativa de Colombia; Que cumplió con el Servicio Social Obligatorio, en el Centro de Salud Tangua ESE, municipio de Tangua, Nariño, en el período comprendido entre el 1º de noviembre de 2003 al 30 de abril de 2004; en cumplimiento de la Resolución 01140 del 4 de septiembre de 2002 emanada del Ministerio de Salud, RESUELVE: Artículo 1º. Autorizar a Gabriela Alejandra Erazo Reyes, identificada con cédula de ciudadanía número 36753752 expedida en Pasto, para ejercer la profesión de Médico, en el territorio nacional. Artículo 2º. En cumplimiento del artículo 5° del Decreto 1875 de 1994, para poder ejercer la profesión en zona geográfica diferente a donde registró el título, la persona deberá inscribir su nombre en la Dirección Seccional de Salud del departamento donde va a laborar, para control y vigilancia. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en San Juan de Pasto, a 13 de mayo de 2004. La Directora, Sonia Gómez Erazo. La Profesional Universitaria, Gladys Bravo Machado. Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 021459. 13-V-2004. Valor $25.600. RESOLUCION NUMERO 52-4236 DE 2003 (septiembre 10) por la cual se concede una autorización para el ejercicio profesional. El Director del Instituto Departamental de Salud de Nariño, en cumplimiento al Decreto número 1875 de agosto 3 de 1994 expedido por el Ministerio de Salud, según facultad otorgada por el Decreto número 3134 de 1956, y (otras normas que consideren)

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CONSIDERANDO: Que Myriam Alicia Pazos Rosero, con cédula de ciudadanía número 30706128 expedida en Pasto, Nariño, ha solicitado autorización del ejercicio profesional como Profesional en Psicología Social Comunitaria, título que le otorgó la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, según Acta de Grado número 755, y Diploma número 15441 del 27 de junio de 2003; Que dicho título se encuentra debidamente registrado con el Folio número 17959, del Libro número 6, al Folio número 2 por la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, RESUELVE: Artículo 1º. Myriam Alicia Pazos Rosero, con cédula de ciudadanía número 30706128 expedida en Pasto, Nariño, para ejercer como profesional en Psicología Social Comunitaria, en el territorio nacional. Artículo 2º. En cumplimiento del artículo 5º del Decreto 1875 de 1994, para poder ejercer la profesión en zona geográfica diferente de donde registró el título, la persona deberá inscribir su nombre en la Dirección Seccional de Salud del departamento donde va a laborar, para control y vigilancia. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en San Juan de Pasto, a 10 de septiembre de 2003. El Director, Alvaro Germán Villacís Coral. La Profesional Universitaria, Gladys Bravo Machado. Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 021472. 14-V-2004. Valor $25.600.

Secretaría de Salud del Vichada RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO 438 DE 2004 (mayo 15) por medio de la cual se confiere autorización para ejercer una profesión. El Secretario de Salud del departamento del Vichada, en cumplimiento del Decreto número 1875 de agosto 3 de 1994 expedido por el Ministerio de Salud, según facultad otorgada por el Decreto número 3134 de 1956, CONSIDERANDO: Que Julián Amaury Plata Sánchez, identificado con la cédula de ciudadanía número 94329420 expedida en Palmira (Valle), ha solicitado inscribir su título como Médico, título que le otorga la Universidad Santiago de Cali, según Acta de Grado número 972; Que dicho título se encuentra registrado en la Universidad Santiago de Cali, en el Libro 02, Folio 88-28; Que cumplió con la Prestación del Servicio Social Obligatorio como Médico, en la Unidad de Atención Básica “Nuestra Señora del Carmen” en el Centro de Salud con Camas del Sejal, Plaza Rural número M-18, que la localidad y plaza antes mencionadas son validadas para la prestación del Servicio Social Obligatorio en el departamento del Vichada, laboró del 22 de octubre de 2003 al 29 de abril de 2004, RESUELVE: Artículo único. Autorizar e inscribir a Julián Amaury Plata Sánchez, identificado con la cédula de ciudadanía número 94329420 expedida en Palmira (Valle), para ejercer la profesión de Médico, en el territorio nacional. El mencionado profesional quedará inscrito en el Libro de Registros e inscripciones de profesionales de la Secretaría Seccional de Salud del Vichada, en el Folio 261 de la Orden 27 del 15 de mayo de 2004. Comuníquese, publíquese y cúmplase. Dada en Puerto Carreño, a 15 de mayo de 2004. Nelson González Maragua. Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0318294. 4-V-2004. Valor $30.000.

Secretaría de Salud de Santander RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO 03842 DE 2004 (abril 21) por la cual se otorga una Credencial de Expendedor de Drogas. El Secretario de Salud de Santander, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que Sandra Milena Estupiñán Delgado, identificada con cédula de ciudadanía número 28156517 expedida en Girón (Santander), cumple con los requisitos legales consignados en el artículo 1º de la Ley 17 de 1974 en el cual lo faculta para dirigir un establecimiento Farmacéutico denominado Droguería;


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