manual precios

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El tráfico que exceda de la franquicia, así como el cursado fuera de la zona, se tarificará al precio que corresponda para el dirigido a fijo nacional, según la modalidad tarifaria que tenga contratada la línea. Tráfico entrante de voz Las líneas que contraten este módulo disponen de 1000 minutos (por período de facturación) de tráfico entrante en la numeración fija y desviado al propio móvil (en la zona y fuera de ella) o al buzón de voz (dentro y fuera de la zona). El tráfico excedentario tendrá el siguiente precio. E. Llamada Precio/segundo 0,15€

0,00300€

Gestión del servicio 0,20 €/llamada

Tráfico de voz al numero 229662: SMS enviados y recibidos al/del 229662

Gratis

COMPATIBILIDADES El módulo es compatible con los siguientes planes de tarificación: Contrato Empresas Tramos Horarios, Contrato Empresas Tarifa Unica, Contrato Empresas 30, Contrato Empresas 40, Contrato Empresas 60, Contrato Empresas 90, Contrato Empresas Tarifa Plana Horario Oficina. Es incompatible con los siguientes servicios: Tarifa Plana Fijos Nacionales, Tarifa Plana Nacional con Fijo, Multisim (principal y asociadas), Integra, y Multigestión. RESTRICCIONES Este módulo sólo está disponible en poblaciones de más de 40.000 habitantes. Movistar Dual - El tráfico entrante en la numeración fija sólo se desvía a línea al que está asociada y no se aplican los desvíos automáticos del servicio Dual. J) MÓDULO OFICINA PYME Oficina Pyme es un servicio que permite agrupar un máximo de 50 líneas Movistar de un cliente y asociar a dicho grupo una lista de números fijos nacionales (máximo 50); a cambio de una cuota periódica, cada línea móvil adscrita al grupo puede llamar gratis al resto de líneas móviles del mismo y a las fijas asociadas, con un límite global de 1.000 minutos/ 500 llamadas por período. Esta franquicia se fija a nivel de línea y no puede utilizarse de forma solidaria entre todos los Movistar pertenecientes al grupo. Compatibilidades

Página 77 de 398 A los precios indicados en esta comunicación les serán de aplicación los impuestos indirectos correspondientes: Península y Baleares: IVA 16%, Canarias: IGIC Exento, Ceuta: IPSI 8% y Melilla: IPSI: 4%.


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