Orientación CMC 2009 - Crédito con garantía Estatal

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CREDITO CON GARANTIA ESTATAL Administrado por la Comisi贸n Ingresa Orientaci贸n 2009 fuente:

www.ingresa.cl


En qué consiste el Crédito con Garantía Estatal Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera en alguna de las instituciones de educación superior (IES) acreditadas que forman parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal. Su principal característica es que este crédito que entrega el sistema financiero, está garantizado:


Por el Estado, que será garante del beneficiario, hasta que éste haya pagado por completo el crédito una vez egresado. Por la institución de educación superior en la que estudie el alumno.


Está expresamente prohibido por ley exigir otras garantías, como por ejemplo avales familiares. La garantía no significa condonación de la deuda El responsable del pago del crédito siempre es el estudiante.


Se puede acceder al cr茅dito si los padres est谩n en DICOM, ya que los garantes son la Instituci贸n Educaci贸n Superior y el estado.


Requisitos Postulación: de 29 octubre al 20 de noviembre de 2009, mediante el formulario FUAS. www.becasycreditos.cl

Puntaje mínimo 475 puntos en promedio de PSU Lenguaje y Matemáticas o Promedio 5.3


El crédito se otorga en UF Tasa de interés que se aplica al Crédito – Comisión Ingresa, administradora del Sistema de Créditos con Garantía Estatal, determina anualmente la tasa de interés, buscando el menor valor posible aplicable a créditos de este tipo en el mercado. – A modo de referencia, en 2008, la tasa de interés aplicada a estos Créditos fue de un 6,4% anual.


¿Cómo se pondera el rendimiento v/s el nivel socioeconómico? Los requisitos académicos establecidos por ley para otorgar este beneficio sólo operan como un filtro para determinar si los postulantes son o no son elegibles. El nivel socioeconómico es el único parámetro que finalmente se utiliza para asignar el crédito. La Comisión Ingresa ordenará a todos los postulantes elegibles en estricto orden socioeconómico, partiendo por aquellos que tienen mayores necesidades de financiamiento.


¿Qué instituciones financieras pueden otorgar estos créditos? Según indica la Ley 20.027, que rige a este Crédito, pueden otorgar este tipo de financiamiento estudiantil todas las instituciones financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.


Una vez asignado, el beneficio se extiende por toda la carrera, sin necesidad de postular nuevamente. Como el financiamiento es anual, el beneficiario debe realizar cada año el trámite de matrícula en su institución de educación superior en los plazos que determine la casa de estudios, e indicar en www.ingresa.cl el monto que va a necesitar para el año siguiente, en las fechas que Comisión Ingresa comunicará oportunamente


¿Cuánto crédito solicitar? Puedes pedir el monto que se ajuste a tus necesidades, considerando que el mínimo es $200.000 y el máximo es el 100% del Arancel de Referencia, establecido anualmente por el Ministerio de Educación para cada carrera e institución (www.becasycreditos.cl).


ARANCEL DE REFERENCIA Es el monto máximo del arancel de cada carrera e institución que el Estado financia ya sea a través de becas o de créditos. Es un indicador que existe desde 2006 y que se aplica a todas las instituciones que imparten carreras de educación superior.


Este monto es fijado anualmente por el Ministerio de Educaci贸n Determinados los montos, estos son publicados en www.educacionsuperiorchile.cl www.becasycreditos.cl



El monto del Arancel de Referencia cubre el valor real de la carrera?

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No siempre. Normalmente el Arancel de Referencia es menor que el arancel real de la carrera. La diferencia la debe financiar el estudiante. Por eso, es importante tener en cuenta esa brecha, al momento de matricularse en una instituci贸n. Por lo general, la diferencia entre un valor y el otro es mayor en universidades y es menor (incluso puede no haber diferencia) en IP y CFT


¿El Crédito cubre la matrícula? No. Esta debe ser financiada directamente por el alumno. Se puede modificar el monto solicitado al año siguiente? Sí, se puede solicitar cada año un monto distinto de crédito. Las limitaciones son las indicadas: mínimo, $200.000; máximo, el 100% del Arancel de Referencia de la carrera. Este trámite lo debes realizar en la página Web de Ingresa www.ingresa.cl en un formulario electrónico disponible para estos efectos, al momento de renovar anualmente el crédito (por lo general en el período de matrícula).


¿Cuáles son las instituciones de educación superior que participan del Sistema de Crédito con Garantía del Estado? Forman parte del Sistema, las universidades del Consejo de Rectores, universidades privadas, institutos profesionales, centros de formación técnica y escuelas matrices de las Fuerzas Armadas autónomas y acreditadas, que hayan manifestado a la Comisión Ingresa su voluntad de abrir cupos para alumnos beneficiarios del Crédito. Actualmente son 66 las Instituciones de Educación Superior que cumplen con estos requisitos (ver instituciones participantes).


Cómo se paga este Crédito? Existen tres plazos de pago: 10, 15 y 20 años, dependiendo de la duración de tu carrera, del nivel de estudios en que te encuentres y, en consecuencia, del monto total que adeudarás por concepto de crédito. A menor monto, el plazo que corresponde es menor. Tabla en Web Ingresa.


www.ingresa.cl


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