EXLCUSIVO: INFORME CONTRALORIA

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2

REF. 20.675/08 INFORME FINAL SOBRE ANOMALÍAS EN 64.183/09 LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE LA DMSAI 628/09 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA.

SANTIAGO, 0

7 SET.

2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, para denunciar la ocurrencia de anomalías detectadas en el Gabinete Psicotécnico de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Independencia, constatadas en la fiscalización efectuada por funcionarios de esa entidad en agosto de 2007.

1.- ANTECEDENTES DE LA DENUNCIA. Señala el recurrente que, como consecuencia de una inspección realizada por el Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes el 30 de agosto de 2007, se observaron, entre otras, las siguientes situaciones: a) Realización de exámenes físicos a los contribuyentes señores Juan Cortéz, Carlos Muñoz y Humberto Anrique, por parte del Alcalde de la Municipalidad de Independencia, don Antonio Garrido Mardones, en presencia del médico señor Julio Bravo. b) Omisión de realizar las pruebas de audiometría, perimetría y recuperación al encandilamiento, no obstante lo cual, las fichas de exámenes médicos las indicaban como aprobadas, obteniéndose registro fotográfico.

c) Omisión de uso del Audiómetro, respecto de lo cual, en consulta efectuada al médico, éste manifestó que hacía una semana no se encontraba operativo, por no transmitir sonido por uno de sus lados y no operar con algunas frecuencias. d) Se constató que se estaban emitiendo y entregando licencias de conductor al día 30 de agosto de 2007, para los folios Nos. 6279061, correspondiente a control Clase B; 6279060, control Clase B; y, 6279072, ampliación Clase A2, indicándose en las fichas de exámenes médicos como efectuada la prueba de audiometría y señalándose valores para éstas. Se adjunta evidencia fotográfica.

A LA SEÑORA SUBJEFE DE LA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES k-P RESENTE VM/JAC/LVP


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -2e) Para los mismos folios antes aludidos , la ficha de resumen no se encontraba firmada por el médico y las licencias de conductor primitivas no habían sido destruidas o inutilizadas . Asimismo , se detallan otras deficiencias observadas en el proceso de otorgamiento de primeras licencias de conducir, y también en casos de renovación de tales documentos. f) Se observó a usuarios realizando trámites en el Departamento de Tránsito, portando documentación de la gestión realizada por ellos en la Oficina de Registro Electoral. Asimismo, se manifiesta que la citada fiscalización fue realizada de forma excepcional , fuera de los controles habituales efectuados a los Gabinetes Psicotécnicos de los municipios , con motivo de una denuncia recibida vía correo electrónico en la mencionada Secretaría Regional Ministerial , el 3 de julio de 2007. el informe del Sobre el particular, individualizado Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana , expresa que es posible advertir que los hechos allí denunciados presentan gran similitud con lo constatado por inspectores del Programa de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes , en cuanto existiría participación del Alcalde de la Municipalidad de Independencia en el proceso de otorgamiento de las licencias de conducir. Finaliza el referido SEREMI indicando que, en su calidad de funcionario público, se encuentra obligado a denunciar estas presuntas irregularidades de servidores públicos municipales , ante el señor Contralor General, para los efectos correspondientes. Cabe señalar que, con carácter confidencial, mediante oficio N° 29.169, de 04 de junio de 2009, fue puesto en conocimiento de la autoridad comunal el Preinforme conteniendo las observaciones establecidas al término de la visita , con la finalidad que formulara los alcances y precisiones que, a su juicio , procedieran , lo que se concretó mediante ordinario N° 395, de 20 de julio de 2009. El análisis de las observaciones que se emitieron en el Preinforme citado en el párrafo anterior , en conjunto con los antecedentes aportados por la autoridad edilicia en su respuesta , determinaron lo siguiente:

2.-

DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN.

Con el objeto de investigar las situaciones denunciadas , funcionarios de este Organismo Contralor se constituyeron en la Municipalidad de Independencia , con el resultado que se indica a continuación:


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -32.1.- En cuanto a la exigencia de inscripción en el Registro Electoral, como requisito para la obtención de Licencia de Conducir: Se solicitó al Servicio Electoral una nómina de las personas inscritas durante el segundo semestre del año 2007 en la junta inscriptora de la comuna de Independencia, ubicada en Maruri N° 849, con el fin de efectuar una comparación entre las fechas de emisión de las licencias de conducir con las de inscripción en el Servicio Electoral, comprobándose la existencia de un número significativo de coincidencias en los meses de julio y agosto de 2007, respecto de personas que obtuvieron su licencia el mismo día en que se inscribieron en el Registro Electoral para sufragar en dicha comuna. Anexo N° 1. Con el propósito de recabar declaraciones voluntarias de quienes estaban en la situación comentada, se seleccionó una muestra de 43 personas para ser visitadas en el domicilio informado por cada una de ellas en las dependencias señaladas. El resultado de esta validación determinó que en la mayoría de los casos los datos pertenecían a casas abandonadas, números inexistentes, personas fallecidas, propiedad habitada por arrendatarios y la Quinta Comisaría de Conchalí, que aparecía como domicilio de 10 funcionarios de Carabineros de Chile. Anexo N° 2. Asimismo, con el fin de verificar la veracidad de los datos de las personas que solicitaron licencia de conducir, se ofició al Servicio de Registro Civil e Identificación para que confirmara RUT y domicilio registrado en la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Independencia. El resultado no arrojó anomalías en cuanto al RUT de los contribuyentes, determinándose algunas diferencias en los domicilios.

En este contexto, se obtuvieron declaraciones voluntarias de los particulares que se indican a continuación: - Señor Carlos Liencura LLancapán, RUT N° 7.360.181-9: Manifestó que efectivamente le fue solicitada por el Alcalde la inscripción en el Registro Electoral, junto a un grupo de personas que se encontraba en la fila realizando dicho trámite, indicándoles el edil que debían pasar a inscribirse en la oficina del Servicio Electoral, para que pudieran sufragar en la comuna de Independencia. Agregó que el estar inscrito en una comuna que no corresponde a su dirección particular le causa problemas, por lo que trasladará su inscripción al registro de su domicilio. - Señor Enrique Urra Bravo, RUT 4.675.431K: Manifestó que una funcionaria del Departamento de Licencias de Conducir, le solicitó que de manera previa al trámite de obtención de su licencia de conducir, pasara a inscribirse a la oficina del Registro Electoral de Independencia para votar en esa comuna, a lo cual accedió para obtener el documento que requería; sin embargo, expresó su intención de cambiarse al Registro Electoral que corresponde a su omicilio.


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 -4En relación con lo expuesto en los párrafos precedentes, debe indicarse que de conformidad con el artículo 11 de la ley N° 18.290, del Tránsito, quien desee obtener licencia de conducir deberá solicitarla en la municipalidad de la comuna donde tenga su domicilio, por ser únicamente las entidades edilicias debidamente autorizadas las encargadas de esa función y cuya competencia se extiende sólo respecto de quienes tengan domicilio en la comuna otorgante. Si hubiere situaciones constitutivas de faltas en el proceso de otorgamiento de tales licencias, ellas deben denunciarse al Juzgado de Policía Local competente (aplica dictámenes Nos. 24.395 de 2002 y 33.589, de 2006). En este mismo contexto, cabe señalar que la ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral en su artículo 34 establece que la inscripción electoral será gratuita y deberá realizarse ante la Junta Inscriptora correspondiente al domicilio del ciudadano o del extranjero habilitado para ejercer el derecho a sufragio. Se tendrá como domicilio aquel que declare bajo juramento, ante la Junta Inscriptora, la persona que requiera la inscripción. Al respecto, cabe observar que no corresponde condicionar la realización del trámite de obtención de licencia a otro de naturaleza distinta , como es la inscripción en los registros electorales , si bien ambos deben realizarse en el domicilio del solicitante. En respuesta a dicha observación, el Alcalde manifiesta que, efectuadas las consultas de rigor a la jefa del Departamento de Licencias de Conducir y a la Directora de Tránsito, señalaron que no se exigen otros requisitos o antecedentes distintos a los que la ley dispone. Asimismo, indica que lo expresado por los contribuyentes mencionados en la investigación que realizó este Organismo Contralor, no resiste análisis, por cuanto la agilización del trámite en la obtención de licencia de conducir es un objetivo propio de su gestión, que no se encuentra supeditado a la presentación de otros requisitos distintos a los ya señalados. Además, precisa que se encuentra impedido de responder con certeza cuáles fueron los motivos que tuvieron los particulares para realizar tales afirmaciones, ya que se trata de terceros ajenos a la administración. Enseguida, señala que no existen reclamos ni denuncias formales, en relación con la negativa o demora en la entrega de licencias de conducir por causa de no contar con el requisito aludido. Adicionalmente, informa que, al momento de desarrollarse la fiscalización, las dependencias del Servicio de Registro Electoral, se encontraban frente a las oficinas del Departamento de Licencias, coincidiendo con el período de elecciones, por lo que no podría haber impedido que las personas realizaran ambos trámites en la misma fecha.


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ÁREA DE AUDITORIA 2 -5Finalmente, respecto de los domicilios registrados por algunos contribuyentes, que pertenecerían a casas abandonadas, números inexistentes, entre otros, señala que no le cabe hacerse cargo de la observación, por cuanto es el contribuyente el llamado a realizar el trámite de obtención de licencia de conducir en la comuna donde tiene residencia, sin perjuicio de la facultad que tiene la Dirección de Tránsito, de solicitar o tomar las medidas pertinentes para que ello se cumpla. En relación a lo expuesto, atendida la escasa evidencia obtenida de particulares, se levanta la observación, no obstante, corresponde que esa autoridad adopte las medidas que procedan para evitar hechos como los anotados, las que serán verificadas en futuros programas de fiscalización.

2.2.- Sobre exámenes físicos realizados por el Alcalde a tres contribuyentes: De acuerdo con lo indicado en el acta de fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, se estableció la realización de exámenes físicos por parte del Alcalde titular de la Municipalidad de Independencia, a los señores Juan Cortéz, Carlos Muñoz y Humberto Anrique, en presencia del médico don Julio Bravo. Al respecto, el médico individualizado expresó en su declaración, que el Alcalde había llegado a la oficina en que se realizan los referidos exámenes, apareciendo luego el inspector del Ministerio de Transportes, quien interpretó que dicha autoridad los estaba efectuando, pero que ello no es efectivo, agregando que, a raíz de ese hecho, le solicitó al Alcalde que no fuera a su oficina durante el horario laboral, con el fin de evitar malas interpretaciones. El edil en su respuesta señala que, como máxima autoridad de la municipalidad le compete su dirección, administración superior y supervigilancia de su funcionamiento. Asimismo, expresa que , la observación obedece a la errónea apreciación del fiscalizador de la Subsecretaría de Transportes, atendida la coincidencia de encontrarse en el gabinete técnico en aquella oportunidad . Agrega , que los exámenes conducentes a la obtención de licencia de conducir son realizados por personal médico del gabinete. En relación con lo anterior, teniendo en cuenta que es posible apreciar dos versiones contradictorias sobre una situación de hecho, no resulta posible darla por acreditada, sin perjuicio de lo cual corresponde que esa autoridad se abstenga de intervenir cuando personal calificado se encuentra practicando los exámenes médicos tendientes a evaluar las condiciones físicas de los postulantes, a fin de evitar situaciones como las de la especie.


CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 -62.3.- Respecto de las irregularidades observadas en la ficha resumen de exámenes practicados: Para verificar las situaciones denunciadas respecto de anotaciones efectuadas en las fichas de exámenes médicos, se tomó una muestra de las licencias de conducir emitidas el segundo semestre del año 2007, la que incluyó los folios indicados por el recurrente, determinándose lo siguiente: Sobre los folios N°s. 6279061, 6279060 y 6279064, control clase B; 6279072 y 6279075, ampliación clase A, se comprobó que la observación había sido corregida, por cuanto los documentos aludidos se encontraban firmados por el médico y las licencias de conducir primitivas estaban inutilizadas. En cuanto a la ficha resumen del folio N°6279063, se aclaró que este fue registrado como licencia anterior, esto es, el número 06066765-9, el cual correspondía a la cédula de identidad del solicitante y que, por error del sistema computacional, se registró en el lugar del número de licencia anterior , en circunstancias que ésta no existía . Lo anterior fue subsanado a través de modificaciones efectuadas al sistema computacional, por lo que en la actualidad los datos son registrados en forma correcta. Sobre el particular, esa autoridad expresa en su respuesta que, efectivamente se han realizado las modificaciones pertinentes con el fin de corregir los errores en el registro de datos de los contribuyentes. 2.4.- Sobre anomalías detectadas en los exámenes médicos: La denuncia indica que durante la visita inspectiva practicada por los fiscalizadores de la Subsecretaría de Transportes y Telecomunicaciones al municipio de Independencia, se constató que no eran efectuadas las pruebas de audiometría, perimetría y recuperación al encandilamiento, no obstante que en las fichas de exámenes médicos, éstas aparecían como rendidas y aprobadas. Además, se comprobó que el audiómetro no funcionaba, debido a que presentaba fallas. Al respecto , se determinó que el equipo en comento se encontraba , efectivamente , inutilizado por fallas técnicas que alteraban su funcionamiento ; así, el certificado de mantención Psicotécnico emitido por la empresa Petrinovic , folio N ° 006894 , correspondiente a la revisión realizada el día 31 de agosto de 2007, indica que se procedió al cambio de los fonos del Audiómetro. Sobre el particular, se tomó una declaración al médico que participó en dichas pruebas, don Julio Bravo Varela, quien manifestó que el día 30 de agosto de 2007 se percató que el señalado equipo no estaba funcionando, no obstante lo cual practicó las evaluaciones auditivas mediante un examen clínico, señalando que se basaba en su experiencia de más de 30 años de ejercicio de otorrinolaringología.

C


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 -7Respecto de la situación observada en el acta de fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, en cuanto a que las fichas de exámenes médicos contenían valores correspondientes a las pruebas de audiometría, en circunstancias que, como ya se dijera, el equipo no se encontraba operativo, expresó que realizó las pruebas por cuanto tiene la experticia suficiente para detectar clínicamente si el postulante posee una hipoacusia severa profunda, caso en que existiría impedimento para otorgarle la licencia, salvo que use una prótesis auditiva. En relación con la materia , cabe observar que, el artículo 4° del decreto supremo N° 170, de 1985 , del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones , Reglamento para el otorgamiento de licencias de conducir , exige para el otorgamiento de determinadas clases de licencias, como requisito de aprobación , una audición descrita en decibeles y frecuencias de ciclos por segundo , lo que sólo puede ser determinado mediante un audiómetro. La autoridad alcaldicia informa que, al día siguiente de la fiscalización por parte de la Subsecretaría, el equipo se encontraba en óptimas condiciones, según consta en el acta de 31 de agosto de 2007, cuya copia acompaña. Lo señalado por el Alcalde no permite desvirtuar la observación formulada, ya que no aporta antecedentes que justifiquen el actuar de los funcionarios cuestionados, al registrar como rendidos y aprobados los exámenes médicos , en circunstancias de que el aparato destinado a medir la audición de los postulantes no estaba en funcionamiento. En consecuencia, corresponde que sel instruya el procedimiento disciplinario de rigor, tendiente a establecer las eventuales responsabilidades administrativas derivadas de los hechos observados.

2.5.- Sobre funcionamiento de la Escuela de Conductores SONDEC: De acuerdo con lo indicado en la presentación del SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, su fiscalización fue realizada de manera excepcional, fuera de los controles habituales efectuados a los gabinetes técnicos de los municipios, con motivo de una denuncia que llegó a su conocimiento vía correo electrónico el 3 de julio de 2007, en la que se indica que funcionarios del Departamento de Licencias de la Municipalidad de Independencia, enviarían a personas que necesitan licencias profesionales a la escuela de conductores SONDEC, ubicada en Avenida Independencia N° 1.543, las cuales llegarían, a los pocos días, con los cursos aprobados.


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 -8En este contexto, en compañía del inspector del Departamento de Rentas Municipales, señor Julio Beltrán Zuñiga, se procedió a visitar dicho establecimiento el día 15 de abril de 2008, determinándose que la dirección correcta es el N ° 1.535, de la citada Avenida Independencia. También, fueron solicitadas las respectivas patentes comerciales, correspondientes a los roles N° 724130 a nombre de Iván Salinas Loyola y Cía., que figura como organismo técnico de capacitación, y el Rol N° 725013 de Iván Salinas Loyola, que es la citada escuela de conductores. Posteriormente, con fecha 30 de abril de 2008 se ofició a la Casa Moneda de Chile, para que proporcionara una relación de los folios de certificados de escuelas de conductores profesionales vendidos a los siguientes contribuyentes desde el año 2005 a la fecha: • Iván Salinas Loyola y Compañía Ltda., Rut. 7.104.586-2 • Iván Rafael Salinas Loyola, Rut. 7.104.586-2

• Sociedad Nacional de Dueños de Escuelas de Conductores "SONDEC S.A.", Rut. 96.907.890-2. La respuesta de la referida Institución indica que el contribuyente Iván Salinas Loyola y Compañía Limitada, domiciliado en la comuna de Independencia, no presentaba movimiento comercial por venta de especies valoradas en la Casa de Moneda de Chile. Sin perjuicio de lo anterior , la señalada Entidad informó ventas de certificados de escuelas de conductores, por cursos de 150 horas, a la empresa Sociedad Nacional de Dueños de Escuelas de Conductores SONDEC S.A., RUT 96.907.890-2, domiciliada en Avenida José Pedro Alessandri N° 4.636, de la comuna de Macul. En torno a lo anterior , corresponde hacer de la revisión efectuada a una muestra aleatoria de 20 carpetas de , presente que licencias de conducir emitidas el segundo semestre de 2007, 10 de ellas , es decir, el 50%, tenían certificado emitido por la citada escuela de conductores SONDEC S.A. En su respuesta, esa autoridad comunal expresa que no tiene conocimiento sobre los hechos observados y, que de acuerdo a lo señalado por la Directora de Tránsito y Transporte Público, los funcionarios de esa dirección cuentan con facultades para entregar información sobre los cursos que imparten las escuelas de conductores de la comuna. Acerca de la Escuela de Conductores SONDEC S.A., el Edil expresa que, el día 28 de enero de 2009, terminó el proceso de revocación al reconocimiento oficial de esa escuela por lo que, a partir de esa fecha, se encuentra impedida de certificar cursos.


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORIA 2 -9En cuanto al hecho de que el 50% de las carpetas examinadas contenían certificados emitidos por la citada escuela , informa que ellos fueron otorgados tanto por aquella ubicada en la comuna de Independencia, como en Macul y Santiago. Agrega que, los contribuyentes señalaron domicilio en esa comuna, independiente del lugar donde realizaron el curso. Por último, indica que, de acuerdo a lo señalado por la Directora de Tránsito Municipal, no le es pertinente cuestionar la procedencia del certificado, salvo aspectos formales, sin perjuicio de la obligación que les asiste en la fiscalización de dichas instituciones, en cuanto a su funcionamiento.

Los argumentos planteados por la autoridad permiten dar por superada la situación inicialmente observada. 2.6.- Otras observaciones detectadas en el transcurso de la investigación: Dentro de las pruebas de validación efectuadas, se realizaron visitas a la Dirección de Tránsito, constatándose en tres ocasiones que el médico señor Julio Bravo Varela, no estaba presente en su lugar de trabajo. Al consultársele a un funcionario por su ubicación, respondió, verbalmente, que el médico se encontraba atendiendo en su consulta particular. En consideración a lo anterior, se solicitó al Departamento de Personal, el contrato y certificación del horario laboral de dicho funcionario, informándose que su jornada laboral es de lunes a viernes desde 8:30 a 15:30 horas, lo que, además de no cumplirse durante las visitas de validación efectuadas , no es coincidente con lo señalado en la pauta de evaluación preparada por los funcionarios de la Subsecretaría de Transportes y Telecomunicaciones, en la que se indica que el horario de trabajo de dicho médico es de 9:00 a 14:00 horas. Consultado el mencionado profesional sobre la situación observada, señaló que muchas veces se retira a las 12:00 horas, porque considera una pérdida de tiempo el estar sentado sin hacer nada, y que, además, hay otro médico contratado para la jornada de la tarde. En cuanto a su ausencia durante los días fiscalizados, expresó que tuvo emergencias médicas que atender y que el horario es flexible por la naturaleza de la profesión, ya que también trabaja en Gendarmería de Chile. A este respecto, la autoridad edilicia informa que, todas las ausencias del médico se encuentran consignadas en el libro de asistencia . Asimismo, indica que mediante decreto alcaldicio N° 482, de 2009, cuya fotocopia acompaña, se redujo la carga horaria del profesional a 22 horas semanales. En atención a que el edil no acompañó a su oficio respu esta, nuevos antecedentes que justifiquen el incumplimiento de la jornada aboral del señor Julio Bravo Varela, se mantiene la observación.


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CONCLUSIONES: 1.- En relación con la materia contenida en los numerales 2.1 y 2.2, esa autoridad deberá arbitrar las medidas pertinentes a fin de evitar situaciones como las observadas. 2.- Respecto del numeral 2.4, sobre anomalías detectadas en los exámenes médicos, corresponde que ese municipio ordene la instrucción del procedimiento disciplinario de rigor, tendiente a establecer eventuales responsabilidades administrativas derivadas de los hechos indicados, debiendo remitir copia del decreto que así lo disponga dentro del término de 10 días. 3.- En cuanto a la observación planteada en el punto 2.6, referente al incumplimiento de la jornada laboral del médico psicotécnico, deberá instruirse la correspondiente investigación sumaria, remitiendo copia del respectivo decreto en el mismo plazo indicado en el punto anterior.

Transcríbase al Alcalde, al Concejo Municipal de Independencia y, al Secretario Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.

Saluda atentamente a Ud.


CONTRALORÍA GENERAL DE Li-. REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 ANEXO N° 1

Licencias de conducir emitidas por la Municipalidad de Independencia N°

Rut

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25

05.431.546-5 14.149.546-1 06.225.875-6 16.352.767-7 15.875.845-8 03.931.318-9 04.675.431-k 06.053.100-5 08.878.236-4 05.383.202-4 12.730.674-5 06.053.100-5 06.876.812-8 13.465.711-1 15.481.782-4 17.045.930-k 09.878.161-7 07.628.041-k 12.137.616-7 07.237.244-1 04.337.200-9 11.490.119-9 15.564.542-3 13.928.110-1 09.219.270-9

Nombre Cabezas Alvear Pedro Segundo Letelier Diaz Oscar Rodrigo Olea Díaz Juan Carlos Gómez Neyez Richard Daniel Rodriguez Cuervo Felipe Andrés Cortez Cortez Eduardo Rafael Urra Bravo Enrique del Carmen Garcia Donoso Edmundo Amaldo Bustamante Lorca Ricardo Nemesio Osorio Hidalgo Nestor German Riquelme Quijon David Humberto Garcia Donoso Edmundo Arnaldo Farias Rodri uez Pedro Fredy Yañez Saavedra Rodrigo Ariel Arellano Moreno Luciano David Bornscheuer Guaita Erick Harold Gajardo Montecinos Francisco Javier Toro Santander César Agustin Varas Soto Patricio Ricardo Espinoza Rojas Héctor Antonio Mandiola Núñez Luis Ernesto Reyes Varas Guillermo Nelson Perez Guzmán Fabián Andres Palma Rivero Jaime Eduardo Tobar Ulloa Juan Carlos

Domicilio Blanco Fombona 2164 depto. 326 Namur 1241 Mexico 2766 Av. Hipodromo Chile 1025 Colon 852 Mexico 2754 Mariño Delobera 1932 Pablo de Urzua 1537 Coraceros 1053 Carrion 834 Colon 1194 Pablo de urzua 1537 Enrique Soro 941 BL Dp 11 13 Norte 1112 BB J A Rios 2 Av. Fermin Vivaceta 780 Independencia 634 Diana 1822 Nicanor Opazo 2170 Nueva de Matte 1871 Santiago Arcos 2705 Cañete 2050 Sevilla 1761 Av. Hipodromo Chile 1025 Sevilla 1761 A 10 de Marzo 2463

Fecha emisión Licencia 03/07/2007 03/07/2007 03/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 05/07/2007 05/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 03/07/2007 03/07/2007 03/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 03/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 04/07/2007 05/07/2007 05/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007 06/07/2007


CONTRALORÍA GENERAL DE L,-. REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -12-

Rut.

Nombre

26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55

05.395.271-2 11.443.029-3 06.391.070-8 05.661.665-9 12.877.788-1 14.466.749-2 05.025.839-4 14.235.582-0 12.125.438-7 13.723.428-9 11.171.579-3 08.451.234-6 13.462.026-9 06.001.698-4 05.523.060-9 16.703.933-2 15.893.131-1 14.198.119-6 12.189.946-9 10.897.730-2 07.775.774-0 07.309.898-k 07.732.365-1 15.353.367-9 09.475.478-k 15.318.026-1 08.604.386-6 07.691.797-3 07.481.189-2 08.680.548-0

Astorg a Mora Pedro Antonio Concha Peña José Luis Teran Novoa Héctor Muñoz Zuñiga Francisco Gastón Alberto Pino Ara ya Rodrigo Hernan Vilches Hemandez Eliecer Andrés Pons Barrios Mario Miguel Espinoza Espinoza Angel Erico Rubilar Roa Domingo Alberto Escobar Rodríguez Victor Manuel Espinoza Yañez Adrian Esteban Cofre Mendez José Elias Rosales Gomez Mauricio Esteban Burgos Vega Julio Héctor Miranda Vida¡ Raul Enrique Romero Toro Luis Eduardo Nuñez Piñeda Mauricio Ernesto Nuñez Piñeda Victor German Espinoza Mora Juan Pablo Olguin Bustos Iván Andrés Balbaris Muñoz Juan Carlos Mella Mella José Wladimir Valdes González Rene Francisco Ravanal Fabres Ariel Antonio Gónzalez Miranda Tibran Eduardo Cubillos Fernandez Cristobal Andrés Caceres Venegas Juan Pradelicio Valdes Salinas Felix Antonio Kopp Muñoz Prudencio Arturo Núñez Zuñiga Luis Alberto

Domicilio Bajos de Jimenez 2793 Santa Laura 1206 Gral. Concha Pedregal 806 Pj. Malaguias Concha 2026 Carrion 1887 Nueva de Matte 1633 Los Angeles 1775 Po. Banco Central 986 2 Norte 896 PB J A Rios 1 Rivera 2003 Rivera 2003 Las enredaderas 1710 Crl Alvarado 2120 Mariño de Lobera 1930 Luis Galdames 2076 Nueva 3 1343 Pb Mirador Viejo Av. Hipodromo Chile 1025 Av. Hipodromo Chile 1025 Mexico 2761 Mexico 2761 Bolivia 2727 Maruri 1410 Av. Hipodromo Chile 1740 Las Estrellas 2843 PB Maria Bezanilla 1231 Cañete 1812 Gamero 2052 Av. Independencia 1551 Colon 283 Maruri 540

Fecha emisión Licencia 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 10/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 12/07/2007 12/07/2007 12/07/2007 12/0712007 12/07/2007 12/07/2007 12/07/2007 13/07/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 09/07/2007 10/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 11/07/2007 12107/2007 12/07/2007 12107/2007 12/07/2007 12/07/2007 12/07/2007 12/07/2007 13/07/2007


CONTRALORÍA GENERAL DE Lr, REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -13-

Rut.

Nombre

56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85

13.381.943-6 10.364.598-0 14.258.181-7 06.699.287-k 09.253.902-4 15.420.165-3 04.712.457-3 05.558.674-8 16.197.637-7 09.707.684-7 07.272.338-4 12.258.039-3 08.774.395-0 07.360.181-9 12.483.183-0 11.108.188-3 10.081.860-4 09.296.995-9 05.085.862-6 17.337.458-5 13.242.658-9 17.242.853-3 10.255.904-5 07.479.228-6 09.546.045-3 06.551.746-9 09.195.220-3 09.412.033-0 14.142.133-6 15.445.301-6

Valenzuela Godoy Samuel Osvaldo Villa gran Castillo Daniel Rigoberto Herrera Fuentes Roberto Carlos Marihuan Baros Mario Eduardo Romero Lay Leonel Enrique De auto Ampuero Victor Hugo Rodri uez Olivares Mario Eugenio Cruz Sandoval Manuel Arturo Cruces Almendra Angelo Franco Antonio Serre Donoso Jonathan Fernando Catalan Toro Filomeno del Rosario Vida¡ Bravo Nestor Marcelo Pizarro Saavedra Eduardo Walter Liencura Llanca pan Carlos Gabriel Velasquez Hemandez Pablo Alejandro Castro Utreras Pedro Jose Ramirez Ibañez Aldo Patricio Blanco Calderon José Antonio Yavar Valenzuela José Hector Echeverria Olave Francisco Javier Bravo Valenzuela César Alejandro Flores Zuñiga Miguel Angel Femandez Moreno Claudio Patricio Díaz Ramírez Juan Carlos Correa Rubio Jaime Enrique Arriagada Rodríguez Juan Carlos Comejo Soto Julio David Parra Parra Juan Carlos Osorio Osorio Daniel Alfredo Rojas Gatica Héctor Ramon

Domicilio Av. Fermin Vivaceta 1312 Mexico 2680 San Luis 1398 José Bis uert 2355 Carrion 1790 Independencia 392 Av. Hipodromo 1715 Independencia 260 Diana Valderrama 1818 5 de Mayo 2487 Independencia 1411 Av. Domingo Santa Maña 2414 Av. Central 1456 A Maruri 1560 Bezanilla 1465 Lastra 996 Maruri 1360 Nueva de Matte 2431 Gamero 520 Enrique Soro 1148 Panam. Norte 1139 B Mexico 2771 Av. Hipodromo Chile 1025 Av. Hipodromo Chile 1025 Av. Hipodromo Chile 1025 Stgo. Arcos 2705 Mexico 2727 Eugenio Matte 2011 B Cota os 1250 Av. Inglaterra 890

Fecha emisión Licencia 13/07/2007 13/07/2007 13/07/2007 13/07/2007 13/07/2007 13/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 18/07/2007 18/07/2007 18/07/2007 18/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 13/07/2007 13/07/2007 13107/2007 13/07/2007 13/07/2007 13/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 13/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 17/07/2007 18/07/2007 18/07/2007 18/07/2007 18/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 19107/2007 19/07/2007 19/07/2007 19/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007 20/07/2007


CONTRALORÍA GENERAL DE Lr, REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -14-

Rut.

86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110

11.641.632-8 13.553.462-5 12.559.506-5 04.464.949-7 12.906.311-4 09.354.243-6 07.012.758-k 12.249.163-3 13.268.795-1 16.695.407-k 15.333.087-5 05.768.604-9 15.417.433-8 09.935.304-k 07.411.437-7 13.475.176-2 06.552.577-1 07.842.934-8 06.615.681-8 07.694.256-0 08.530.430-5 11.447.048-1 08.789.974-8 10.563.304-1 12.373.886-1

111 112 113 114

05.475.973-8 04.831.299-3 11.490.955-6 12.386.310-0

Nombre Bazaes Miranda Juan Francisco Cossio Piñeda Luis Andrés Pino Osses Raul Alejandro Rubio Lagos Francisco Rene Urra Peña Hernan Alexis López Orellana Claudio Fernando Gónzalez Hewitt Luis Antonio Vida¡ Ureta Patricio Claudio Galarce Campo Rodriga Alfonso Arias Pacheco Pablo Sebastian Herrera Gónzalez Esteban Gerardo Silva Burgos Carlos Armando Santana Granadino Fernando Arturo Medina Moran Waldo Adolfo Roas Meza Carlos Manuel Pinto Cartes Cristian Manuel Tralma Lizana Galvarino Alejandro Araneda Lizama Jorge Enrique Ara ya Hurtado Nelson Octavio Palacios Contreras Francisco Femando Garay Mena Miguel Angel Seguel Sandoval Wilfredo Gaston Salinas Ramirez Cesar Octavio Cabrera Torres Dagoberto Enrique Silva Benavides Edison Mauricio Chamorro Ibacache Florentino del Carmen Jaque Matamala Juan Miguel Pastenes Novoa Rodrigo Francisco Beltran Sanchez Claudio Jilberto

Domicilio Cota os 1250 A Av. Hipodromo Chile 1025 Reina Maria 2541 Huasco 1847 Sevilla 1211 Camero 2698 Stgo. Arcos 2714 Av. Hipodromo Chile 1313 Av. Hipodromo Chile 1313 Huidobro 1450 Soberania 1166 Panam. Norte 1189 Bajos de Jimenez 2893 Independencia 2223 D 14 Alc. Geman Domínguez 1337 Mariño de Lobera 1930 Huidobro 1609 Av. La Paz 841 Av. La Paz 302 Barnechea 442 Vallenar 2062 Av. Hipodromo Chile 1025 Justiniano Sotomayor 1190 Bezanilla 1210 Av. Independencia 525 Sevilla 1761 Salomon Sack 820 Recabarren 1785 Maruri 217

Fecha emisión Licencia 23/07/2007 23/07/2007 23/07/2007 23/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 27/07/2007 27/07/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 23/07/2007 23/07/2007 23/07/2007 23/0712007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/07/2007 24/0712007 24/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 25/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 26/07/2007 27/07/2007 27/07/2007

30/07/2007 30/07/2007 31/07/2007 31/07/2007

30/07/2007 30/07/2007 31/07/2007 31/07/2007


COMTRALORÍA GENERAL DE L.-. REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -15-

Rut.

115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 140 141 142 143 144

05.271.476-1 05.030.785-9 14.318.520-6 10.102.040-1 11.208.570-k 12.650.495-0 12.498.304-5 16.151.526-4 12.500.532-2 13.482.457-3 13.090.041-0 07.316.417-6 06.051.343-0 16.144.319-0 11.750.394-1 13.887.001-4 12.251.655-5 06.240.758-1 03.320.517-1 14.157.839-1 13.923.394-8 02.258.804-4 10.663.539-0 07.153.474-k 06.867.764-5 08.513.577-5 09.380.439-2 06.881.160-0 11.960.122-3 07.290.885-9

Nombre Fuentes Herrera Jorge Eduardo Leblanc Hidalgo Emilio Manuel Espindola Cabezas Juan Pablo Catalan Huerta Jaime Ivan Palma Leon Jose Luis Arroyo Martínez Miguel Angel Valenzuela Cuevas Johnny Dante Valdes Suarez Alvaro Andrés Cortés Vargas Antonio Hernan Roa Poblete Fernando Andrés Hidalgo Bernal Juan Pedro Rios Jara Sixto Manuel Vasquez Lagos Jorge Agustin Quila ueo Sanchez Francisco Javier Solas Bozzo Hugo Ronny Godoy Gonzalez Diego Antonio Martínez Ortiz Daniel Francisco Castro Petrovich Guillermo Bladimir Gonzalez Ara ya Santiago Altamirano Santana Gonzalo Andres Orellana Gonzalez Juan Ramon Garate Contreras Moises Enrique Constanzo Quezada Hector Manuel Salazar Oyarce Raul Hernan Sabag Salazar Ricardo Miguel Melo Astudillo Luis Alberto Dotte Banda Anibal Rafael Avendaño Perez Luis Rene Sepúlveda Sanhueza Wilfrido Segundo Morales Garrido Reinaldo Humberto

Domicilio Gamero 1532 Reina Maria 2541 Las Estrellas 2756 Rivera 1439 Bezanilla 1216 Alvarado 2120 Gral. Concha Pedregal 850 Gamero 2730 DP 14 Nueva de Matte 2512 Carrion 1795 Fidel Monje 959 Santos Dumont 663 B Alc. Geman Domínguez 1186 Carrion 1887 Cota os 1338 Santa Laura 6354 Bolivia 225 Maruri 422 Zañartur 1085 Gamero 2010 Cruz 1268 Cañete 1630 Av. La Paz 252 Maruri 615 Independencia 1051 Independencia 1369 Gumete Pantaleon Cortez 1316 Av. La Paz 447 Av. Fermin Vivaceta 775 Blanco Fombona 2164 depto. 325

Fecha emisión Licencia 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/0812007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 02/08/2007 02/08/2007 02108/2007 02108/2007 02/08/2007 02108/2007 02/08/2007 02108/2007 03/08/2007 03/08/2007 03/08/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 31/07/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 01/08/2007 02/08/2007 02108/2007 02/08/2007 02/08/2007 02/08/2007 02108/2007 02/08/2007 02/08/2007 03/08/2007 03/08/2007 03/08/2007


COty ÍRALORÍA GENERAL DE L.. REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -16-

Rut.

145 146 147 148 149 150 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174

02.442.150-3 12.500.516-0 07.599.909-7 05.029.940-6 06.483.548-3 16.322.821-1 16.383.074-4 12.241.946-0 14.340.209-6 07.577.507-5 04.138.405-0 13.284.314-7 13.243.090-k 02.596.744-5 07.205.241-2 09.907.228-8 12.638.859-4 12.141.139-3 16.710.112-7 08.463.323-2 07.894.133-2 08.123.780-8 13.625.464-2 14.342.945-8 13.564.523-0 13.957.914-3 08.072.455-1 05.745.663-9 14.128.628-5

Nombre Barrera Sepulveda Nolberto Fernando Pardo Ulloa Mauricio Andres Alvarado Quiñel José Eliecer Femandez San Martin Juan Mario Retamal Sazo Luis Fernando Ugarte Martínez Rafael Anibal Comicheo Albornoz Horacio Andres Neira Fernandez Nestor Mauricio Saltzer Alvarez Jorge Andres Rubio Poblete Jorge Antonio Almuna Morales Victor Antonio lllanes Riffo Nelson Ariel Muñoz Ara ya Juan Carlos Vasquez Cabrera Isidoro Moises Figueroa Henríquez David Enrique Arredondo Correa Luis Arturo Maureira Sierra Roberto Yerko Cruz González Edgardo Francisco Riquelme Ver ara Rodrigo Eduardo Ballerines Yuing Francisco Humberto Martínez Reveco Héctor Enrique Miranda Vasquez Luis Fernando Ruiz Caro Guillermo Antonio Acevedo Fuentes José Miguel Rebolledo Mejias Hugo Roberto Saez Rodríguez Nestor Gabriel Abarca Mancilla José Antonio Ramírez Guerra Mario Antonio Ramirez Sutherland Jairo Americo

Domicilio Bezanilla 1651 Av. Hipodromo Chile 1025 Grumete Pantaleon Cortesz 1693 Av. Femin Vivaceta 1449 Nueva 1 1689 PB Mirador Viejo Av. Fermin Vivaceta 2045 DP A Rivera 1360 Avda. Domingo Santa Maria 2136 Salomon Sack 455 DP 704 B CRL Lo pez de Alcazar 585 CS 1 Av. La Paz 302 Escanilla 863 Raina Maria 2605 Sevilla 1730 Marcos Macuada 1214 Soberania 1082 B Tacora 2644 San Luis 1685 Sevilla 1590 DP 403 Nueva 6 2541 PB Mirador Viejo Bezanilla 1264 Nueva de Matte 1634 Guanaco 2650 Guanaco 2650 Independencia 1536 Reina Maria 2763 Mexico 2759 CRL Alvarado 2120 DP B CRL Alvarado 2120 DP B

Fecha emisión Licencia 03/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 07/08/2007 07/08/2007 07/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/0812007 08/08/2007 08/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 03/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 06/08/2007 07/08/2007 07/08/2007 07/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 08/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007 09/08/2007


CONTRALORÍA GENERAL DE L., REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -17-

Rut.

175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 188 189 190 191 192 193 194 195 196 198 199 200 201 202 203 204 205

12.863.048-1 08.823.151-1 08.882.582-9 04.213.012-5 10.795.757-k 13.067.314-7 15.586.850-3 15.900.980-7 09.672.202-8 13.100.443-5 15.480.150-2 07.903.622-6 05.741.082-5 06.591.308-9 13.513.809-6 16.297.229-4 10.561.700-3 08.292.169-9 16.667.196-5 15.215.317-1 08.868.383-9 15.932.767-1 15.777.519-7 08.822.236-9 03.680.757-1 12.377.690-9 07.535.194-1 05.749.968-0 05.918.307-9 13.942.671-1

Nombre Birchmeier Reyes Walter Flores Scorzone Sergio Osvaldo Medina Ponce Luis Ramon Muñoz Molina Tito Godoy Cobos Luis Alberto Gómez Ahumada Oscar Reinaldo Gónzalez lsaacs Pablo Javier Huentemil Marivil Pedro Rodolfo Avila Ver ara Alex Angelino Cabello Jofré Alejandro Eduardo Montecino Flores Cristián Andrés Parada Cofré Fermin Roer Martínez Yañez Roberto Raul Poblete Curiqueo Luis Alberto Solis Riveros Luis Alberto Paredes Mera Juan Felipe Fuentes Quezada Juan Manuel Salinas Pardo Manuel Segundo Benavides Benavides Juan Carlos Rodríguez Figueroa Victor Alonso Parraguez Rodríguez Jorge Mauricio Ibarra Rozas Francisco Javier Vasquez León German Alexis León Solis José Manuel Sedan Amestica Abraham Jorge Carvajal Maldonado Juan Carlos Huesa Díaz Jaime Eduardo Olivares Gómez Manuel Guillermo Marchant Rojas Giliano Enrique Martínez Zavala Luis Alberto

Domicilio Nva de Matte 1217 Gral. Prieto 1388 Avda. La Paz 302 Avda. La Paz 302 San Luis 1426 Independencia 2098 Zañartur 1085 Maruri 422 Escanilla 890 Escanilla 890 Gamero 1255 Reina Maria 2497 Independencia 1671 Nueva 1 2083 PB Las Roasa Recabarren 1715 Sevilla 1742 B Independencia 1530 Gamero 870 Carlos Medina 811 Carrion 1795 Gral. Saavedra 1158 Mariño de Lobera 2016 Recabarren 1651 Recabarren 1651 Av. La Paz 350 Av. La Paz 350 Independencia 430 Independencia 412 Nueva de Matte 1802 B Antonio J Vial 1516

Fecha emisión Licencia 09/08/2007 10/08/2007 10/08/2007 10/08/2007 10/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 09/08/2007 10/08/2007 10/08/2007 10/08/2007 10/08/2007 13/0812007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 13/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 14/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007 16/08/2007


CONTRALORÍA GENERAL DE L^ REPÚBLICA DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA E INSPECCIÓN ÁREA DE AUDITORÍA 2 -18-

Rut.

206 207

09.980.015-1 05.599.767-5

Nombre Alderete Arriagada Alejandro Hernán Jimenez Torrejon Oscar Henrí uez

Domicilio AIc. German Domínguez 1010 B DP 21 Av. Fermín Vívaceta 1721

Fecha emisión Licencia 16/08/2007 16/08/2007

Inscripción en el Reg istro Electoral 16/08/2007 16/08/2007


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