Normas legales 31 Dic

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El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010

DIRECTIVA

NORMAS LEGALES Código: DIR- 006-2010-SUNASS

MEDIDAS DE AUSTERIDAD, Versión: DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL 1.0 GASTO PÚBLICO INSTITUCIOPágina: 1 de 3 NAL 1. OBJETIVO Establecer medidas específicas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público institucional en la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS, para el año fiscal 2011. 2. ALCANCE Las normas y disposiciones contenidas en la presente Directiva son de observancia y aplicación obligatoria para todo el personal que labora o presta servicios en la SUNASS con independencia del nivel jerárquico y modalidad contractual que lo liga a la institución. 3. BASE LEGAL • Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias. • Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. 4. DISPOSICIONES GENERALES 4.1. Corresponde a la Gerencia General disponer medidas correctivas en materia de ejecución presupuestal a propuesta de la Gerencia de Administración y Finanzas, previo informe técnico de evaluación. 4.2. Corresponde a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Sub Gerencia de Contabilidad y Finanzas informar sobre los ingresos y gastos, en sus fases de compromiso, devengado y girados, ejecutados al finalizar cada mes y acumulado, a efecto de prever y proyectar el nivel de financiamiento de los gastos aprobados a nivel presupuestal y, con ello, asegurar el equilibrio financiero de la institución. 4.3. Cada unidad orgánica determinará y priorizará las acciones necesarias que permitan el cumplimiento de sus objetivos y metas establecidas en el Plan Operativo Anual 2011, en línea con los criterios de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público definidos por el gobierno a través de la normativa presupuestal vigente. 4.4. Las excepciones a las normas de la presente Directiva serán autorizadas por la Presidencia del Consejo Directivo de la SUNASS. 5. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 5.1. DE LOS VIAJES EN COMISIÓN DE SERVICIOS 5.1.1. Se restringirán al mínimo indispensable los viajes en Comisión de Servicios, en tal sentido corresponde a los Gerentes / Presidente del TRASS informar a la Gerencia de Administración y Finanzas, hasta el 31.01.2011, de todos los viajes previstos para el cumplimiento de sus actividades y metas previstas en el Plan Operativo Anual 2011. 5.1.2. Los gastos por viáticos o cualquier otra asignación de naturaleza similar, por viajes dentro o fuera del país no superarán los importes autorizados en la normativa específica aprobada, debiéndose precisar que los viáticos tienen la finalidad de sufragar los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar del embarque) y la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios. 5.1.3. En el caso de los viajes al exterior, con la opinión favorable de la Presidencia del Consejo Directivo, serán tramitados de acuerdo a lo siguiente: • En el caso del Presidente del Consejo Directivo, sean o no financiados con recursos públicos serán tramitadas ante la Presidencia del Consejo de Ministros, para su autorización respectiva.

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• En el caso de funcionarios y trabajadores de la institución, cuando el viaje al exterior sea financiado con recursos públicos se tramitará la autorización ante la Presidencia del Consejo de Ministros y en caso contrario, se seguirá lo establecido Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y directivas internas de la SUNASS. 5.2. DE REVISTAS

LA

ADQUISICIÓN

DE

DIARIOS

Y

La adquisición de diarios y revistas se sujetará a lo autorizado por la Gerencia General. 5.3. DE LA TELEFONÍA CELULAR / MÓVIL 5.3.1. Corresponde a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del área de Sistemas e Informática, evaluar y asignar equipos de telefonía celular y de radio comunicación centralizado a los servidores cuyas labores lo demandan para el cumplimiento efectivo del trabajo que realizan. 5.3.2. La asignación incorpora la determinación de límites de gasto por equipo, límite que no puede superar el monto de S/.200.00 / mes por equipo; los montos facturados que excedan dicha cifra serán pagados por el usuario del equipo vía descuento por planilla del mes inmediato siguiente en una sola armada y según lo reportado formalmente a la Gerencia de Administración y Finanzas por el especialista a cargo del área de Sistemas e Informática. No es aplicable esta restricción al Presidente del Consejo Directivo de la SUNASS. 5.4. DE LA CAJA CHICA Los gastos a efectuar con cargo al Fondo Fijo de Caja Chica se sujetarán a lo establecido en las normas generales del Sistema Nacional de Tesorería, Presupuesto Público y Contaduría; y a la norma interna específica de SUNASS. 5.5. DE LA MOVILIDAD LOCAL 5.5.1. Las salidas del personal para realizar trámites, reuniones de trabajo fuera de la sede central u otros que demanden el uso de vehículos de la institución se coordinará con el área de logística de la Gerencia de Administración y Finanzas, con una anticipación no menor de 24 horas. 5.5.2. Las necesidades de movilidad que no puedan ser atendidas o que sean no previstas (urgencias / emergencias), se harán con cargo al Fondo Fijo de Caja Chica de acuerdo al tarifario aprobado para este rubro. 5.6. DE LAS FOTOCOPIAS E IMPRESIONES 5.6.1. Queda prohibido el fotocopiado e impresión de documentos ajenos a la labor institucional. 5.6.2. Sólo se permitirá el fotocopiado, impresión y anillado de documentos relacionados con la labor asignada a cada trabajador como parte de las actividades que le son inherentes a la función que realiza. 5.7. DE LA PUBLICIDAD Y PUBLICACIONES EN DIARIOS Y REVISTAS Se restringe al mínimo indispensable los gastos en este rubro para la publicación de documentos informativos y técnico normativos (proyecto o documento final aprobado); en este sentido, las comunicaciones o actos resolutivos harán mención expresa del link o dirección electrónica (en la página web institucional) donde ubicar los documentos referenciados. 5.8. DEL GENERALES

MANTENIMIENTO

Y

SERVICIOS

El adecuado mantenimiento de la infraestructura e instalaciones de la institución está bajo responsabilidad de la Gerencia de Administración y Finanzas, a través del área de Logística, la que deberá efectuar la supervisión permanente para que de ser el caso, disponga las reparaciones que resulten necesarias con la debida oportunidad del caso.


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