Edicion impresa Judicial del 27 de marzo de 2012

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Revista judicial C00

MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador revista no: 9918

LUNES 24de noviembre de 2008 La Hora Quito, ecuador

Director Dr. Francisco Vivanco Riofrío

Editor AB. Francisco López Murillo

es una edición de diario la hora

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Dirección: Arenas y 10 de Agosto, Edif. Vivanco, 5to. piso | Teléfonos: 2551-552/2555-431/2500-245/2552-135 | E-mail: judicial@derechoecuador.com

Por: Dr. AUGUSTO DURÁN PONCE

I. TRÁFICO DE MENORES. Por su magnitud y crueldad, el tráfico de menores ha suscitado preocupación universal. 1. Concepto. El tráfico de menores es una modalidad del delito de privación ilegal de la libertad. Es una violación de los derechos humanos. El artículo 45 de la Constitución vigente consagra que los menores “gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición.....” El artículo 70 del Código de la Niñez y Adolescencia, dice.”Se entiende por tráfico de niños, niñas y adolescentes, su sustracción, traslado o retención, dentro o fuera del país y por cualquier medio, con el propósito de utilizarlos en la prostitución, explotación sexual o laboral, pornografía, narcotráfico, tráfico de órganos, servidumbre, adopciones ilegales u otras actividades ilícitas”. El artículo 77 del invocado Código prohíbe el traslado y retención de menores, cuando violan el ejercicio de la patria potestad, régimen de visitas o las normas sobre autorización para salir del país. El Protocolo de Palermo, en su artículo 3, dice: “Por trata de personas se entenderá la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagoso beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación”. El tráfico de menores es un negocio cruel de seres humanos en formación; una forma de “trata

Tráfico y pérdida de menores de personas”, una práctica de secuestro, desaparición u ocultamiento de menores, con multiplicidad de objetivos. 2. Clases. El tráfico de menores puede ser: nacional, si se realiza dentro de un Estado o internacional, cuando tiene lugar empleando las fronteras. 3. Características. Del concepto que trae el“Protocolo de Palermo” se extraen las siguientes características de “trata de personas”: a). movimiento de personas en un país o a través de fronteras internacionales, aplicando a la víctima toda clase de maltratos, explotación y humillaciones; b). engaño o coacción; y, c). explotación a la víctima, que

puede ser inducida a actividades criminales. 4. Medios. Para el tráfico de menores se emplean los siguientes medios ilícitos: consentimiento forzado; secuestro; y, pagos o beneficios para obtener el consentimiento de los padres, personas o instituciones responsables del cuidado del menor u otros medios. 5. Propósitos. El tráfico de menores tiene múltiples propósitos, como los siguientes: adopción ilegal,abuso sexual, delitos, corrupción, esclavitud, extirpación de órganos, explotación sexual, fines militares, mendicidad; pornografía, prostitución,trabajos o servicios

forzados y servidumbre. 6. Víctimas. Los menores de edad. 7. Fines. Al tenor de lo previsto en el artículo 2 delProtocolo de Palermo, los fines de este instrumento son: prevenir y combatir la trata de personas; cuidar y ayudar a la víctima; y, promover la cooperación de los Estados. 8. Objeto. Según el artículo 1 de la Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores el objeto de la misma es la prevención y sanción del tráfico internacional de menores y la regulación de los aspectos civiles y penales del mismo. 9. Acciones. Las acciones a ejecutarse son:

1. Las autoridades de un Estado que conozcan la presencia de una víctima de tráfico internacional de menores adoptarán las acciones urgentes para proteger al menor y evitar el traslado indebido a otro Estado. 2. Adoptar todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral para impedir la trata de niños 3. Informar a las autoridades nacionales que el menor ha sido localizado, para proceder a la restitución. 4. Intercambiar información y adoptar las medidas más a aconsejadas sobre control de salida y entrada de menores a su territorio. 5. Anular las adopciones que tengan como origen el tráfico de menores. 6. Revocar la guarda o custodia cuando tengan su origen o fin en el tráfico de menores. 7. Disponer que el responsable del tráfico de menores cancele los gastos y costas de localización y restitución del menor. 8. Crear procedimientos de localización y restitución de menores. 9. Hacer efectiva la protección del menor. 10. Crear un sistema de cooperación jurídica, consagrando la prevención y sanción del tráfico internacional de menores. 11. Expedir normas jurídicas y administrativas para prevenir y sancionar el tráfico de menores. 12. Asegurar la inmediata restitución del menor víctima del tráfico internacional hacia su domicilio. II. PÉRDIDA DE MENORES. 1. Concepto. El Código de la Niñez y Adolescencia, en su artículo 71 considera como pérdida de menores “su ausencia voluntaria o involuntaria del hogar, establecimiento educativo u otro lugar en el que se supone deben permanecer, sin el consentimiento de sus progenitores o responsables de su cuidado”. 2. Denuncia. Quien conozca de CONTINUA EN la pá­gi­na - c2

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la pérdida de un menor debe formular la denuncia, dentro de las veinte y cuatro horas, a los fiscales o autoridades judiciales o administrativas correspondientes, 3. Medidas. El Estado llevará a cabo todas las medidas necesarias para prevenir, evitar y sancionarla pérdida de menores y para su recuperación y reinserción familiar III. INSTRUMENTOS LEGALES. Los estados han celebrado varios instrumentos legales para

DIVORCIOS EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: CABRERA CABEZAS YENISLEIDY ACTOR: LEON OSORIO JORGE VINICIO JUICIO No: 1471-2011-M-Z DIVORCIO TRÁMITE.: VERVAL SUMARIO OBJETO: Amparado en el articulo 110, numeral tercero del Código Civil vigente, demanda el divorcio. CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA.JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 4 de enero del 2012, las 10h01. VISTOS.Avoco conocimiento en virtud de la acción de personal No. 3683-DP-DPP, de fecha 19 de Diciembre del 2011.- En lo principal la demanda que antecede es clara, concreta, y reúne los requisitos de ley, en consecuencia, dasele el trámite Verbal Sumario.- Cítese a la demandada señora JENISLEIDY CABRERA CABEZAS., mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito de la Provincia de Pichincha de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese la documentación adjunta.Tómese en cuenta el Casillero Judicial señalado por la actora; así como la autorización de su abogado defensor.- Notifíquese F) DRA. NANCY ALTAMIRANO ALTAMIRANO, Juez JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 7 de febrero del 2012, las 16h09. En mi calidad de Juez Suplente de esta judicatura, avoco conocimiento de la presente causa.- De oficio se rectifica el auto inmediato anterior, en el sentido de que por un error involuntario se ha hecho constar el nombre de “JENISLEIDY” siendo lo correcto “YENISLEIDY”; y, en lo demás las partes estecen a lo dispuesto en dicho auto.- Actúe el Dr. Luis Chulde Ruano en calidad de secretario encargado mediante acción de personal No. 2031, DP-DPP de 18 de agosto del 2011.-Notifíquese. F) DR. REYNALDO FLOR ALVARADO Juez (S).Lo que llevo a su conocimiento para los fines de Ley. Previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.- Certifico.DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO (E)

JUDICIAL QUITO

prevenir y sancionar el tráfico y pérdida de menores, de los cuales se destacan los siguientes: 1. Acuerdo Internacional para la represión de la trata de blancas, de 18 de mayo de 1904. 2. Convenio Internacional para la represión de la trata de mujeres y niños, de 30 de septiembre de 1921. 3. Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, de 2 de diciembre de 1949. 4. Quinta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional, que aprobó la Convención Interamericana sobre Derecho Internacional Privado, suscrita en la ciudad de México, D.F. de 8 de marzo de 1994. 5. Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada

Hay un sello AR/86114/cc República del Ecuador JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A GUSTAVO DANIEL PINEDA INSUASTI EXTRACTO JUICIO: DIVORCIO No 13412009-MY ACTORA: AIDA MARIA REASCOS INSUASTI DEMANDADO: GUSTAVO DANIEL PINEDA INSUASTI OBJETO: OBTENER LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL conforme la causal 3era. del Art. 110 del Código Civil TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, jueves 19 de enero del 2012, las 13h56.-VISTOS: Por cumplido lo ordenado en providencia inicial.- La demanda propuesta por la señora AIDA MARIA REASCOS INSUASTI, es clara y precisa, por lo que se la acepta al trámite VERBAL SUMARIO.- En mérito de la afirmación manifestada bajo juramento por el actor, conforme lo dispone el Art.- 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al señor GUSTAVO DANIEL PINEDA INSUASTI, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito y en la ciudad de Ibarra, respectivamente, conforme lo dispone el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil, mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas diferentes, mediante ocho días laborables entre una y otra, para lo cual se entregarán los respectivos extractos.- Con la insinuación realizada por la actora, para el cargo de Curador Ad-litem, se oirá a uno de los señores Fiscales de Pichincha, a quien se notificará en su Despacho.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada para sus posteriores notificaciones y la facultad concedida a su defensor.- NOTIFIQUESE.F) Ab. Francisco Alvear Montalvo. JUEZ. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Quito, para recibir posteriores notificaciones. Certifico. Dr. Nilo Gonzalo Almachi SECRETARIO JUZGADO DECIMO TERCERO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84844/tf

JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL R. del E. Al señor(a). JORGE ROBERTO SÁNCHEZ ARBOLEDA se le hace conocer EL EXTRACTO DE DEMANDA DE DIVORCIO y la PROVIDENCIA, que a continuación sigue: EXTRACTO Actor(a): DR. LUIS OLGER SILVA TUFIÑO en su calidad de procurador judicial de la señora PAULA FRANCISCA SOTO LAVALLE. Cuantía: Indeterminada.Trámite: Verbal Sumario.Fecha de Iniciación: 27 de enero de 2012. Causa de DIVORCIO No. 2012121-JOHN AYALA MARTINEZ.PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, miércoles 29 de febrero del 2012, las 11h34.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado según acción de personal No. 2682-DP-DPP., de 07 de diciembre de 2010.- Los escritos que anteceden agréguese al proceso.- En lo principal, la demanda presentada, es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite Verbal Sumario.- Cítese al demandado señor JORGE ROBERTO SÁNCHEZ ARBOLEDA, por medio de publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en ésta ciudad de Quito conforme el artículo 119 del Código Civil .Con la insinuación de Curador Ad-litem, óigase la opinión del representante del Ministerio Público.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Téngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designados.NOTIFIQUESE. Lo que comunico para los fines de ley, advirtiendo de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en el palacio de justicia de esta ciudad.Certifico.- Quito, 20 de marzo

por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de noviembre de 1989. 6. Convención sobre los aspectos civiles del plagio internacional de menores, suscrita en La Haya, el 25 de octubre de 1980. 7. Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente de Mujeres y Niños, Palermo, diciembre de 2000. 8. Convención de la ONU contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Vigente desde el mes de septiembre de 2003. IV. CONCLUSIONES. 1. Crimen cruel e inhumano. El tráfico de menores es un negocio cruel contra la vida y la integridad física de seres indefensos, que se hallan en proceso de desarrollo.

2. Medios. Este crimen se realiza empleando la fuerza y otros medios perversos. 3. Pérdida de menores es la ausencia del menor, de su hogar, centro educativo u otro sitio, privándolo de la compañía de sus seres queridos. 4. Información. Las personas que conozcan que un menor ha sido localizado, deben informar a las autoridades correspondientes, en forma inmediata, a fin de proceder a su recuperación. 5. Convención de La Haya. El 25 de octubre de 1980 se suscribió en La Haya, la “Convención sobre los Aspectos Civiles del Plagio Internacional de Menores”. Ecuador adhiere a este instrumento mediante Decreto Ejecutivo No.2953, publicado en el Registro Oficial

Re­cor­dar que to­do cam­bia, to­do se re­nue­va.

de 2012.Abg. Jorge Mier Burbano SECRETARIO Hay firma y sello AC/84853/tf EXTRACTO JUZGADO VIGÈSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL AL SEÑOR JOSE ALVINO SOTO RODRIGUEZ JUICIO: VERBAL SUMARIO DIVORCIO No. 20-12 E.A. ACTOR. INES CHAMBA CUMBICOS DEMANDADO: JOSE ALVINO SOTO RODRIGUEZ DOMICILIO. DR. EIMERTE E. NUÑEZ TRAMITE. VERBAL SUMARIO CUANTIA. INDETERMINADA CASILLERO. 4948 JUZGADO VIGESIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA:.- Quito, viernes 3 de febrero del 2012, las 15h25.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Titular legalmente posesionado.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y precisa por lo que se la acepta a trámite VERBAL SUMARIO.- En consecuencia, de conformidad a lo previsto en el Art. 110 causal 3ra, del Código Civil, entréguese copia de la demanda y providencia recaída en ella al demandado JOSE ALVINO SOTO RODRIGUEZ al mismo que atento el juramento de la actora, se lo citará por la prensa, esto es en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito, de acuerdo a lo previsto en el Art. 82

del Código de Procedimiento Civil.- Agréguense al proceso los documentos presentados.Tèngase en cuenta el casillero y domicilio judicial designado por la actora.- NOTIFIQUESE.f) Dr. Celso Fabián Ruiz Bedón. (JUEZ) Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio y casillero judicial en la forma y dentro del perímetro legal.- Certifico.-. DR. GALO BAEZ JAIME. SECRETARIO Hay firma y sello AC/84404/tf LA REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL CITACION JUDICIAL: YUGCHA QUINDE MARIA GUADALUPE ACTOR: LLIERENA JAYA LUIS ABELARDO D E M A N DA DA : YUGCHA QUINDE MARIA GUADALUPE CUANTIA: INDETERMINADA JUICIO DIVORCIO No 20111602-DG JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, martes 3 de enero del 2010, las 09h00.- VISTOS: La demanda presentada es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se acepta a tramite Verbal Sumario. En consecuencia, con la demandad presentada y providencia que antecede, córrase traslado a la señora MARIA GUADALUPE YUGCHA QUINDE. Con el juramento rendido por el actor y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de

Procedimiento Civil, cítese a la demandada por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación de esta Ciudad de Quito. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y agréguese los documentos acompañados.- Notifíquese.Lo que pongo en su conocimiento para fines legales pertinentes. Dr. JUAN PABLO TORO CARRILLO SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84058/tf R. DEL E. JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: QIU CHEN JUICIO: DIVORCIO Nro. 10472011-H.E. ACTORA: WENDY CAROLINA ALBUJA PAREDES DEMANDADO: QIU CHEN FUNDAMENTO LEGAL.: Art. 110, CAUSAL 11, inciso primero del Código Civil. TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA DOMICILIO LEGAL: Nro. 525. DR. ALEJANDRO CADENA JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 12 de octubre del 2011, las 09h52.-VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inicial, la demanda precedente se la califica como clara, completa, precisa y reunir los requisitos establecidos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil; consecuentemente, admitiéndola al trámite verbal sumario, en atención a la afirmación que con juramento efectúa la actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia del demandado señor: QIU CHEN, cítese al mismo por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional

No.845, de 3 de enero de 1992. El artículo 1 de la Convención consagra estos objetivos: “a) Asegurar el regreso inmediato de los menores trasladados o retenidos ilegalmente en todo Estado Contratante; y, b) Asegurar que los derechos de custodia y de visita que contemplen las leyes de un Estado Contratante se respeten en forma efectiva en los demás Estados Contratantes”. 6. Solidaridad. Ante estos hechos de violencia contra los menores, la sociedad tiene que contribuir resueltamente para prevenir y sancionar el tráfico y pérdida de menores, que producen angustia, sufrimiento y dolor en sus familiares y conmueven a la sociedad. “La humanidad debe a los menores lo mejor que pueda darle”.

de los que se editan en esta ciudad de Quito, lugar donde se celebró el matrimonio, en la forma que preceptúan los Arts. 119 del Código Civil y 82 del Código de Procedimiento en la misma materia.- Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por la compareciente para sus posteriores notificaciones, y, la autorización conferida a su Abogado defensor a fin de que intervenga dentro del presente juicio.-Notifíquese. DR. RUBEN GILER CEDEÑO JUEZ Lo que le comunico a Usted y LE CITO previniéndole de la obligación que tiene el demandado de señalar casillero judicial para sus posteriores notificaciones. LIC. GUIDO ESPINOZA E. SECRETARIO Hay un sello A.C./84381 JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: DORIS MARIANA GUERRERO CELI JUICIO: Divorcio No. 20120075 ACTOR. Dr. Carlos Hidalgo Ponce. TRAMITE: Verbal Sumario. DEMANDADA: DORIS MARIANA GUERRERO CELI CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: A fin de que en sentencia se declare disuelto el vinculo matrimonial que une a Dr. Carlos Hidalgo Ponce y Doris Mariana Guerrero Celi, se les hace conocer el extracto, y la providencia que a continuación sigue: PROVIDENCIA: JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 29 de febrero del 2012, las 15h10.VISTOS: VISTOS.- En lo principal, una vez que la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia anterior.La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta al trá-

mite verbal sumario.- En mérito al juramento que tiene rendido por la parte actora de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que se cite a la demandada señora Doris Mariana Guerrero Celi , mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito .-Agréguese a los autos los documentos que acompaña a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial, señalado para posteriores notificaciones, así como la autorización conferida a su Abogado Defensor.- Cítese y Notifíquese.- F) Dr. José Martínez Naranjo. JUEZ. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO PREVINIENDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PA R A POSTERIORES NOTIFICACIONES. DR. EDGAR HARO VALENZUELA SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84621/tf R. del E JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. NOTIFICACION JUDICIAL A MARIA ESTHER GUERRERO SANCHEZ. EXTRACTO ACTOR. Fausto Elías Martínez González. DEMANDADA. María Esther Guerrero Sánchez JUICIO. DIVORCIO. No.14612011 -IGMTRAMITE. VERBAL SUMARIO CUANTIA. INDETERMINADA DOMICILIO. Casillero Judicial No.3249 del Dr. Mario López Veloz. OBJETO. Obtener el Divorcio. PROVIDENCIA. JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, viernes 6 de enero del 2012, las 09h25.VISTOS: En calidad de Jueza

COMERCIALIZADORA TOBAR E HIJOS S.A. (EN LIQUIDACION)

LLAMADO A ACREEDORES La Compañía NACIONAL JACOME NAJASA SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL S.A. EN LIQUIDACION, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 393 de la Ley de Compañías, notifica a los acreedores de la compañía, pa­ra que en el tér­mi­no de vein­te días con­ta­dos des­de la fecha de la tercera publicación de este aviso presente los documentos que acrediten su derecho en las oficinas de la compañía ubicadas en las calles Salinas N17-246 y Santiago, 8vo, piso, de la parroquia Santa Prisca del Distrito Metropolitano de Quito. Angel Alfredo Jácome Landeta LI­QUI­DA­DOR PRINCIPAL AC/84846/tf

En atención a lo dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías, notifico a los acreedores de la compañía Comercializadora Tobar e Hijos S.A. (en liquidación) para que presenten los documentos que justifiquen sus acreencias, en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso. Los documentos en referencia podrán presentarse en la dirección. Capitán Geovanny Calles 1045 y Calle B de la ciudad de Quito. Sr. José Humberto Tobar Nolivos Liquidador

A.P./52359/k.m.


Sexto de lo Civil de Pichincha encargada , según Acción de Personal No.14-DP-DPP, de 4 de enero del 2012, emitida por el Dr. Iván Escandon Montenegro, Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa. La demanda que antecede presentada es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario. En lo principal, Cítese con un extracto de la misma y esta providencia a la demandada MARIA ESTHER GUERRERO SANCHEZ a través de la prensa, en la forma prevista en los Arts. 82 del Código de Procedimiento Civil . Esto, atento el juramento rendido por el actor.Tómese en cuenta la insinuación hecha para el nombramiento de Curador Ad-litem. Agréguese a los autos los documentos adjuntos. Registrese el casillero judicial que señala el actor y la autorización que da a su abogado defensor. Cítese y Notifíquese.f) Dra. María Mercedes Portilla. Jueza. (E) LO QUE COMUNICO Y CITO A USTED PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PA R A R EC I B I R SUS NOTIFICACIONES, SIRVASE SEÑALAR CASILLA JUDICIAL DE UN ABOGADO COMO DISPONE LA LEY. DR. EDWIN CEVALLOS AMPUDIA. SECRETARIO Hay firma y sello AC/84631/tf EXTRACTO JUDICIAL. JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: MOISÉS ERNESTO LLERENA BARRERA ACTOR: ELVIA MARGOT ANDINO BALSECA D E M A N DA D O : MOISÉS ERNESTO LLERENA BARRERA JUICIO No. 667-2011-HCH. TRAMITE: VERBAL SUMARIO OBJETO: Fundamentado en los Arts. 110 del Código Civil, numeral 11, inciso 2do., se declare disuelto el vínculo matrimonial

CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 23 de agosto del 2011, las 15h08. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Encargado de esta judicatura mediante Acción de Personal No. 1637-DP-DPP del 27 de julio del 2011.-Agréguese a los autos el escrito presentado.- En lo principal, la demanda que antecede, es clara, completa y reúne los requisitos de Ley, por lo que declarándola procedente se la admite a trámite Verbal Sumario.- En consecuencia, en merito del juramento rendido por la actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia del demandado, cítese al demandado señor Moisés Ernesto Llerena Barrera por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito y en la forma determinada por el Art. 119 del Código Civil.Con la insinuación hecha para el cargo de Curadora Ad-Litem en la persona de la señora Gladys Alida Balseca Vargas, para que les represente en esta causa a los menores Moisés Alexander y Liseth Jacqueline Llerena Andino, óigase a uno de los señores Agentes Fiscales de lo Penal de Pichincha.- Téngase en cuenta lo manifestado por los menores adultos antes mencionados respecto de la persona insinuada para el cargo de curadora ad- litem .- Agréguese al proceso la documentación adjunta.-Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones, así como la autorización dada a su abogado defensor para que firme los escritos necesarios .-Cítese y Notifíquese. F) DR. EDWIN ARGOTI REYES, JUEZ Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.-Certifico.-

ATENTAMENTE DR. LUIS CHULDE RUANO. SECRETARIO (E) Hay firma y sello AC/84349/tf JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: AL SEÑOR FRANCISCO MARCELO MORENO GUARNIZO, CON LA SIGUIENTE DEMANDA DE DIVORCIO, AL TENOR SIGUIENTE: (Extracto) : ACTOR: MONICA AMPARO MORETA ARMIJO DEMANDADO: FRANCISCO MARCELO MORENO GUARNIZO OBJETO. Amparado en la causal décima primera, inciso primero, del Art. 110 del Código Civil, demanda el divorcio a fin de que en sentencia se declare disuelto el vínculo matrimonial que une a los cónyuges. TRAMITE. Verbal Sumario. CUANTÍA. Indeterminada. FECHA DE INICIACIÓN DEL JUICIO: 17 de abril del 2009. NUMERO DE CAUSA: 5002009-PCH DOMICILIO LEGAL.- Casilla Judicial N.- 276 Dr. Edmundo Vaca. (Providencia). JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, 29 de Abril del 2009, las 15h51.VISTOS.- La competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura mediante el sorteo respectivo, por lo tanto, avoco conocimiento de la misma. En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia, se la admite al trámite Verbal Sumario. Cítese al demandado, señor FRANCISCO MARCELO MORENO GUARNIZO, en el lugar indicado para el efecto. Téngase en cuenta la insinuación de curador ad-litem, hecha en la demanda. Agréguese la documentación acompañada. Tómese nota del domicilio judicial señalado. Notifíquese. JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA, Quito,

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE INMOBILIARIA PEREZ ESPINOSA S.A. Conforme a lo dispuesto por la Ley de Compañías Codificada y los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los Accionistas de Inmobiliaria Pérez Espinosa S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día jueves 12 de Abril del 2012, a las 17:30H, en el local de la Compañía, ubicado en la Avenida Río Amazonas N22-59 y Calle Ramírez Dávalos, con el objeto de conocer y resolver sobre el siguiente Orden del Día: 1.- 2.- 3.- 4.- 5.- 6.- 7.-

Informe de Labores de la Administración Balance General, Estado de Resultados y demás Anexos correspondientes al Ejercicio Económico terminado el 31 de Diciembre del 2.011 Informe del Comisario Destino de los beneficios correspondientes al Ejercicio Económico del Año 2.011 Ratificación, convalidación y aprobación de las actuaciones de la Administración Reestructuración de los Libros Sociales de Compañía, en especial el Libro de Acciones y Accionistas, los Títulos y Talonarios de Acción Designación de los Miembros Principales y Suplentes del Directorio Designación de Comisarios Principal y Suplente, así como el señalamiento de sus remuneraciones.

No hay alegría mejor que la que mejor alegría difunde entre los demás. H e n ry F. H oa r jueves 28 de octubre del 2010, las 14h57. En mérito al juramento rendido y de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil cítese al demandado señor FRANCISCO MARCELO MORENO GUARNIZO por la prensa mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Quito, así como en uno de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio, en conformidad a lo establecido en el Art. 119 del Código Civil, para los fines legales pertinentes. Entréguese el extracto respectivo. Notifíquese. DR. EDWIN ARGOTI REYES JUEZ (S) Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial del Palacio de Justicia de esta ciudad de Quito, para recibir futuras notificaciones.LCDO. LUIS BARAHONA MORENO SECRETARIO (e). Existe firma y sello. A.P./52207/k.m. JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: EDGAR PATRICIO CASTILLO GALARZA JUICIO: DIVORCIO No. 1519-2011. ACTOR: MARIA ROSARIO GUANANGA YACCHIREMA DEMANDADA: EDGAR PATRICIO CASTILLO GALARZA TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA OBJETO: EN SENTENCIA SE DECLARE DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL

JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 15 de febrero del 2012, las 15h30. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito presentado.En virtud del sorteo realizado, y en mi condición de Juez Titular de esta Judicatura, avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda que antecede, es clara y reúne los requisitos de ley, en consecuencia se acepta al trámite Verbal Sumario.- En consecuencia, en mérito de juramento rendido de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil CÍTESE al demandado señor EDGAR PATRICIO CASTILLO GALARZA, por la prensa mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito, para el efecto confiérase el correspondiente Extracto.- Téngase en cuenta la calidad en que comparece el Dr. Wilson Guillermo Carvajal Boada como procurador judicial de la señora Maria Rosario Guananga Yacchirema, el domicilio y casillero judicial designado por la actora.- CÍTESE Y NOTIFIQUESE.- (f). Dr. José Martínez Naranjo. Juez. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO PREVINIÉNDOLE DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL PA R A POSTERIORES NOTIFICACIONES. DR. EDGAR HARO VALENZUELA SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Existe firma y sello. A.P./52208/k.m. --------------------

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA REPRESENTACIONES URGILES & ALARCON CIA. LTDA. La com­pa­ñía REPRESENTACIONES URGILES & ALARCON CIA. LTDA. se cons­ti­tu­yó por es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­ da an­te el No­ta­rio Vigésimo Primero del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 12 de Marzo de 2012, fue apro­ba­ da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ.DJC. Q.12.001495 de 21 de Marzo de 2012. 1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha. 2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 1.000,00 Número de Participaciones 1.000 Valor US$ 1,00

El Informe de la Administración, el Informe del Comisario, así como los Estados Financieros y sus Anexos, se encuentran a disposición de los Accionistas en el local de la Compañía.

3.- OB­JE­TO: El ob­je­to de la com­pa­ ñía es: A) LA REPRESENTACIÓN COMERCIAL DE TODO TIPO DE SERVICIOS PRODUCTOS Y MERCADERÍAS PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS...

Quito, 26 de Marzo del 2012.

Qui­to, 21 de Marzo de 2012.

8.-

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS

Gloria Paulina Pérez Espinosa Presidente AR/86123/cc

R. DEL E. JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARIA BEATRIZ MENDEZ JUICIO: DIVORCIO Nro. 16232011-H.E. ACTOR: SEGUNDO LEON. DEMANDADA: MARIA BEATRIZ MENDEZ. FUNDAMENTO LEGAL.: Art. 110, numeral 11, inciso 2 del Código Civil. TRAMITE: VERBAL SUMARIO CUANTÍA: INDETERMINADA DOMICILIO LEGAL: Nro. 3109AB. MARIO JAVIER BRAVO. AUTO DE CALIFICACION:. JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 8 de febrero del 2012, las 08h37. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inicial, la demanda precedente se la califica como clara, completa, precisa y reunir los requisitos establecidos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil; consecuentemente, admitiéndola al trámite verbal sumario, en atención a la afirmación que con juramento efectúa la actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de la demandada señora: MARIA BEATRIZ MENDEZ, cítese a la misma por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito, Provincia de Pichincha; y, en la Ciudad de Ibarra, Provincia de Imbabura, lugar donde se celebró el matrimonio, en la forma que preceptúan los Arts. 119 del Código Civil y 82 del Código de Procedimiento en la misma materia.- Agréguese la documentación acompañada.Téngase en cuenta el nuevo casillero judicial designado por el compareciente para sus posteriores notificaciones, y, hágase conocer de este particular a su anterior Abogado defensor que ha sido sustituido en la defensa.-Notifiquese. DR. RUBEN GILER CEDEÑO JUEZ Existe firma. Lo que le comunico para los respectiyos fines de Ley; y, le CITO, previniéndole de la obligación que tiene la demandada de señalar casillero judicial a fin de que reciba sus posteriores notificaciones.-. LIC. GUIDO ESPINOZA E. SECRETARIO Existe firma y sello. A.P./52297/k.m.

Revista judicial MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador R. DEL. E. JUZGADO TERCER DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE RIOBAMBA.CITACION JUDICIAL. A FREDY VINICIO PINO BARAHONA, HAGO SABER A UD. QUE EN ESTA JUDICATURA SE HA INICIADO JUICIO DE DIVORCIO EN SU CONTRA ALBA DE LOURDES BERMEO RODRIGUEZ, CUYO EXTRACTO Y AUTO SON DEL TENOR QUE SIGUEN: ACTORA: ALBA DE LOURDES BERMEO RODRIGUEZ DEMANDADO: FREDY VINICIO PINO BARAHONA CLASE DE JUICIO: DIVORCIO NO 985-2011 CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: DR. LUIS OÑA MENDOZA, JUEZ ENCARGADO. SECRETARIA: SRA LAURA ECHEVERRIA FLORES. AUTO JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE CHIMBORAZO. Riobamba, viernes 30 de diciembre del 2011, las 09h28. Vistos: Cumplido lo ordenado en decreto anterior, la demanda de divorcio de fs. 12 y aclaración que antecede, deducida por Dra. Blanca Estela Herrera Ocaña en calidad de Procuradora judicial de la cónyuge ALBA DE LOURDES BERMEO RODRIGUEZ como lo hace con la procuración y poder de fs. 5 a 9 en contra del cónyuge FREDY VINICIO PINO BARAHONA, es clara y cumple las exigencias de los Arts. 67 y 68 del Código Adjetivo Civil, razón por la que se le admite al trámite verbal sumario previsto por el Art. 828 y siguientes Ibídem. En tal virtud por el juramento rendido por la demandante en el líbelo, justificarse documentadamente con el certificado de fs. 19 conforme la jurisprudencia de la Corte Constitucional (Caso N° 0583-09-EP. Sentencia N° 020-10-SEP-CC, de 11 de mayo del 2010; R.O.S. 228, 5 VII 2010), de conformidad con lo previsto por los Arts. 82 del Código Adjetivo Civil y Art. 119 del Código Sustantivo Civil, cítese al demandado Fredy Vinicio

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA BUSINESSRAMIREZ & ASOCIADOS CIA. LTDA.. La compañía BUSINESSRAMIREZ & ASOCIADOS CIA. LTDA.. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 16 de Febrero de 2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.001114 de 01 de Marzo de 2012. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE AUDITORÍA, CONTABILIDAD, ASESORÍA ECONÓMICA; COMISARÍA DE CUENTAS Y DIRECCIÓN CONTABLE; EJECUCIÓN DE ESTUDIOS Y CÁLCULOS ACTUARIALES, LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN, ELABORACIÓN, EVALUACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE ESTUDIOS DE MERCADO... Quito, 01 de Marzo de 2012.

AR/86121/cc

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑÍAS

A.P./52428/k.m.

C3

Pino Barahona tanto por medio de uno de los diarios de amplia circulación que se editan en esta ciudad de Riobamba y del Distrito Metropolitano de Quito por ser el lugar más cercano al de celebración del matrimonio, con el extracto de la demanda y este auto, por tres ocasiones; publicaciones que mediarán por lo menos el término de ocho días entre cada una de ellas; previniéndole que, de no comparecer a juicio veinte días posteriores a la tercera y última publicación podrá ser declarado rebelde. Por la insinuación de la madre y tener derecho preferente suscribir dos personas sobre la honorabilidad, se designa Curadora Ad Litem a Jorge Luis Ortega Carvajal para que represente al hijo menor de edad Vinicio Andrés Pino Bermeo como curador Ad-Litem, quien dentro del término de cuarenta y ocho horas tomará posesión de su cargo, previa aceptación y formalidades legales; quien una vez posesionado se le citará con la demanda, auto de calificación y este decreto. Por ser menor adulta la hija Andrea Elizabeth Pino Bermeo la misma insinúe el nombre de la persona que le represente como curador, cumplido se proveerá lo pertinente en derecho. La procuradora presente la partida de matrimonio bajo prevenciones de ley porque se presenta simple copia fotostática. Téngase la cuantía como indeterminada y el casillero judicial señalado para recibir sus notificaciones N° 236. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Notifíquese. F) DR. WILSON ANDINO REINOSO, JUEZ TERCERO DE LO CIVILY MERCANTIL .- ( sigue la notificación) F) LAURA ECHEVERRÍA F LO R E S S EC R E TA R I A . LO QUE COMUNICO A UD., PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES, PREVINIÉNDOLE QUE DE NO COMPARECER A JUICIO DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS POSTERIORES A LA FECHA DE LA TERCERA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN, PODRA SER DECLARADO EN REBELDÍA, PREVINIÉNDOLE ADEMAS DE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL DE UN SEÑOR ABOGADO, PARA QUE RECIBA SUS POSTERIORES NOTIFICACIONES.RIOBAMBA, ENERO 23 DEL 2011.LA SECRETARIA Hay tres sellos 21194/105335 CITACIÓN JUDICIAL EXTRACTO A la demanda EDITH CAROLINA PARRA FLORES, dentro del juicio No.2011-0466, propuesto por DR. GABRIEL RIGOBERTO VACA AGOSTA, Procurador Judicial del DR. PABLO MIGUEL VACA AGOSTA, en contra de EDITH CAROLINA PARRA FLORES, se le hace saber lo que sigue; CLASE DE JUICIO: VERBAL SUMARIO ASUNTO: DIVORCIO ACTOR: DR. GABRIEL RIGOBERTO VACA AGOSTA, Procurador Judicial del DR. PABLO MIGUEL VACA AGOSTA. DEMANDADA: EDITH CAROLINA PARRA FLORES CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZA: DRA..ROCÍO LASO DE AGOSTA,. AUTO INICIAL: JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL (QUERO) DE TUNGURAHUA. Quero, viernes 9 de marzo del 2012, las 15h06. VISTOS: La demanda que antecede presentada por DR. GABRIEL RIGOBERTO VACA ACOSTA, en su calidad de Procurador Judicial del Dr. PABLO MIGUEL VACA ACOSTA, es clara, comple-

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Revista judicial C4

MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

ta y reúne los requisitos de ley, por lo que se le admite a trámite Verbal Sumario. En consecuencia, por cuanto de los recaudos procesales se desprende que se han hecho diligencias para determinar el domicilio y/o residencia de la demandada y la parte actora bajo juramento manifiesta que es imposible establecer y determinar su domicilio y/o residencia, cítese a EDITH CAROLINA PARRA FLORES por la Prensa, con la demanda en forma extractada y este auto, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los Diarios de mayor circulación del cantón Ambato, provincia de Tungurahua y del cantón Quito, provincia de Pichincha por garantía del debido proceso, mediando por lo menos el término de ocho días entre una y otra publicación, a fin de que dentro de los veinte días a contarse desde la última publicación, señale casillero judicial para recibir sus notificaciones en esta ciudad, bajo prevenciones de rebeldía. Téngase en cuenta la cuantía como indeterminada; el casillero judicial N° 23 y el correo electrónico gabrielvacaacosta_@hotmail.com señalado para recibir notificaciones. Se legitima la intervención del Dr. Gabriel Vaca Acosta, en virtud del Poder Especial que presenta. Agregúese la documentación adjunta. Notifíquese y Cítese. Firma Ilegible DRA. ROCIO LASO JUEZ DE LO CIVIL DE QUERO Certifico: Firma Ilegible Dr. Washington Bucheli H. SECRETARIO Lo que pongo en conocimiento de la citada para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta ciudad, dentro de los veinte días a contarse desde la última publicación, bajo prevenciones de ley.- Quero, a 14 de Marzo del 2012. Firma Ilegible Dr. Washington Bucheli H. Secretario del Juzgado de lo Civil de Quero Hay dos sellos 21363/105958

MENORES CITACIÓN JUDICIAL SECRETARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO AL SEÑOR H U RTA D O QUIROLA RÓMULO XAVIER, LE HAGO SABER LA SIGUIENTE DEMANDA: EXTRACTO CAUSA: INTERVENCIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO ACTORA: MUÑOZ SANTAMARÍA ALEXANDRA ANGÉLICA DEMANDADO: HURTADO QUIROLA RÓMULO XAVIER MENOR: HURTADO MUÑOZ JUAN JOSE CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ: JUZGADO OCTAVO DE LA NIÑEZ ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO. PROVIDENCIA JUZGADO OCTAVO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 6 de marzo del 2012, las 15h02. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda en virtud del sorteo que antecede, en mi calidad de Juez titular.En lo principal de conformidad con el Art. 65 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el Art. 268, 269 y 270 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, en concordancia con los Arts. 11 y 44 de la Constitución de la República y el Art. 11 Ibidem. En vista que la peticionaria declara bajo juramento desconocer el domicilio del demandado y pide se le cite por la prensa, este Juzgado con fundamento en el Artículo 82

del Código de Procedimiento Civil vigente, se dispone citar con el contenido de la demanda y este auto al señor HURTADO QUIROLA ROMULO XAVIER, por uno de los diarios de mayor circulación del país, mediante tres publicaciones que se harán cada una en días diferentes, previniéndole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial para recibir sus notificaciones, en caso de no hacerlo se sustanciará el trámite en rebeldía.- Cuéntese en la presente causa con la Oficina Técnica, Ministerio Publico y DINAPEN, a fin de que investigue sobre el paradero del señor HURTADO QUIROLA ROMULO XAVIER padre del menor JUAN JOSE HURTADO MUÑOZ, ubique e informe el lugar donde se encuentre el indicado señor, realice la investigación social, y policial, quienes presentarán el informe respectivo en el menor tiempo posible. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la peticionaria y agréguese la documentación presentada CITESE Y NOTIFIQUESE. f).- DRA. ELENA B. ORTEGA ROJAS, JUEZ PRINCIPAL. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Quito, 09 de marzo del 2012 DR. DIEGO ANGEL MARCELO CAMACHO CHAVEZ SECRETARIO DEL JUZGADO OCTAVO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO Hay firma y sello AC/84633/tf REPUBLICA DEL ECUADOR CITACIÓN JUDICIAL SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO AL SEÑOR EDGAR FERNANDO TALBOT CRESPO Y AL PUBLICO EN GENERAL LES HAGO SABER LO SIGUIENTE EXTRACTO ACTORA: CAROL ELIZABETT ANDINO FRANCO D E M A N DA D O : EDGAR FERNANDO TALBOT CRESPO CAUSA: DECLARATORIA DE ADOPTABILIDAD

JUDICIAL QUITO

MENORES: CARLOS G U I L L E R M O, R E B ECA ALEXANDRA, JHONATAN RICARDO Y NATALY ELIZABETH TALBOT ANDINO CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: JUZGADO SEGUNDO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO JUZGADO SEGUNDO DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO.- Quito, lunes 6 de febrero de 2012: las 11h28.VISTOS. En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez. En lo principal por cuanto la señora CAROL ELIZABETT ANDINO FRANCO, ha reconocido sus firma y rúbrica impresa al pie de la demanda que antecede, la misma que se la califica, como clara completa y precisa, reúne los requisitos de Ley, por lo que se acepta a trámite. Por cuanto la actora ha declarado bajo juramento que ha sido imposible dar con la individualidad o residencia del demandado se dispone CITAR al señor EDGAR FERNANDO TALBOT CRESPO, por la prensa mediante tres publicaciones que se harán en fechas distinta, por uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia. Si contados veinte después de la última publicación no compareciere a este Juzgado a señalar domicilio judicial para sus notificaciones, se declarará su rebeldía y este Juzgado actuará conforme a la Ley. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y agréguese al proceso la documentación adjunta. NOTIFIQUESE. f) Dr. Fabricio Pacheco Concha. Juez encargado. Lo que comunico a usted para los fines de Ley. ATENTAMENTE, DR. EDWIN LALAMA VAYAS SECRETARIO Hay firma y sello AC/84401/tf JUZGADO DECIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A LA SEÑORA MERI DE JESUS VEGA GUALAN ACTOR: Luis Orlando Quimbiulco DEMANDADA: Meri de Jesús Vega Gualán JUICIO Tenencia de los menores ANTHONY ORLANDO Y AITANA CAROLINA QUIMBIULCO VEGA JUICIO 990 del 2011 DEFENSOR DR. MAURO MARTINEZ CASILLERO 23. JUZGADO DECIMO CUARTO

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CLÍNICA GENESIS CIA. LTDA. Convócase a los socios de la Compañía Clínica Genesis a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará en Quito D.M., el día Lunes 9 de Abril del 2012, a las 09H00 en las oficinas de la compañía, ubicada en la Calle Cardenal de la Torre S13-115 y Vicente Reyes, sector El Calzado, para tratar los asuntos que constan en el siguiente orden del día: 1. Conocer el informe del Gerente General correspondiente al ejercicio económico 2011 y adoptar las resoluciones del caso; 2. Conocer y resolver sobre el Balance General al 31 de diciembre del 2011 y sobre el Estado de Ganancias y Pérdidas correspondiente al ejercicio económico 2011; 3. Resolver sobre los resultados del ejercicio económico 2011; 4. Nombrar y designar Administradores de la Compañía de ser necesario; 5. Adopción de las Normas NIIF’s dentro de los procesos contables de la empresa; y, 6. Tratar asuntos varios que se encuentren pendientes de resolver y las propuestas que se pongan a consideración por parte de los socios de la compañía. Los estados financieros e informes relativos al ejercicio económico 2011 estarán a disposición de los socios en las oficinas de la compañía.

Asusta pensar que acaso las admiraciones más sinceras que tenemos son las de las personas que no nos han comprendido. Benito Pérez Galdós DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Cayambe Febrero 3 del 2012. Las 08h45. VISTOS: La demanda presentada es clara y reúne los requisitos legales. En consecuencia, se la acepta al trámite previsto en los artículos 271 y siguientes del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. En mérito al juramento rendido por el actor se dispone que la citación a la demandada señora MERI DE JESUS VEGA GUALAN se lo realice por la prensa de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado. Cuéntese con el señor Fiscal del Distrito de Pichincha con funciones en el Cantón Cayambe. Notifíquese. f) Dr. Cristobal Ojeda. Lo que llevo a su conocimiento y LE CITO previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones. BRAULIO PEREZ PEÑAFIEL SECRETARIO DECIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Existe firma y sello. A.P./52028/k.m. JUZGADO MULTICOMPETENTE DE NAPO CITACIÓN JUDICIAL ACTORA: OLGA LUCÍA PINTO RIPALDA . DEMANDADO: CARLOS STÁLIN VELOZ SEVILLA JUICIO: ESPECIAL DE ALIMENTOS No. 90-2011-S AUTO: JUZGADO MULTICOMPETENTE DE NAPO:- Baeza, septiembre 07 del 2011, las dieciséis horas cincuenta minutos. VISTOS:- En mi calidad de Juez Temporal, Dr. Telmo Erazo Puetate, encargado del Juzgado Multicompetente de Napo, mediante oficio No. 248-DPN-CJ-11, de fecha 30 de agosto de 2011, suscrito por el Dr. Luis Ordóñez Guarderas, Director Provincial de Napo (E.), Avoco conocimiento de la causa de Alimentos No. 90-2011-S.- Agregúese a los autos el escrito de demanda

CONVOCATORIA MODUCON CIA. LTDA., basada en lo dispuesto en los estatutos de la Compañía, tiene el honor de invitar a usted a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS La cual se llevará a cabo el día viernes 30 de Marzo del 2012 a las 9:H00 en el local de producción, ubicado en la calle Shelton y Derby del barrio Pamela Cristina en la Parroquia de Calderón. La Junta tiene como objetivo: Dar a conocer el Balance General Económico, el Estado de pérdidas y ganancias correspondiente al año 2011, el informe por parte de los administradores de la compañía, dictar su resolución, revisar y resolver la distribución de los beneficios sociales. Atentamente

Atentamente, Alicia Romero Cóndor Gerente General CLIGEVISA CIA. LTDA. AR/86113/cc

presentado por OLGA LUCÍA PINTO RIPALDA la partida de nacimiento y demás documentos.- En lo principal la demanda que antecede por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara, precisa y completa y se la admite al procedimiento contemplando en el Título V Libro II de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, esto es, al trámite Especial.- De conformidad con el Art. Innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia y la disposición transitoria V del cuerpo legal referido, en armonía con los artículos 11 y 14 del mismo Código, concomitante con la Resolución No. 12 dictada por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, considerando: 1.- Que se halla justificada la calidad de la reclamante y el derecho de la beneficiaría.- 2.Que el menor Carlos Gabriel Veloz Pinto al momento tiene la edad de 10 años; y en mérito procesal, el suscrito Juez DECRETA fijar como pensión alimenticia provisional la cantidad de Setenta y cinco dólares americanos con treinta y un centavos (USD 75,31), valor que el señor CARLOS STALIN VELOZ SEVILLA, cancelará mensualmente a favor del prenombrado menor, a partir del 01 de septiembre del 2011, fecha de presentación de la demanda, más los beneficios de ley; esto es, décimos tercero y cuarto en un valor igual.- Cítese bajo prevenciones de ley al demandado, señor CARLOS STALIN VELOZ SEVILLA, en la forma y en el lugar indicado por la actora, advirtiéndole la obligadón de señalar casilla judidal para sus notificaciones.- Una vez citado el demandado, se procederá a señalar día y hora para la audiencia única.- Como anuncio de prueba, el día y hora de la audienda única, el demandado previo juramento rinda su absolución de conformidad a las preguntas que presentará previamente la actora por escrito para su calificarión, las mismas

A.P./52434/k.m.

Arq. Juan Trujillo PRESIDENTE

que serán formuladas en el momento de la diligencia.Diríjase el oficio solicitado.Téngase en cuenta la designación del abogado y la casilla judicial No. 60 para las notificaciones de la demandante.CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- f.Dr. Telmo Erazo Puetate.- JUEZ TEMPORAL JUZGADO MULTICOMPETENTE DE NAPO:- Baeza, noviembre 10 del 2011, las catorce horas diez minutos. Por cuanto ha sido imposible proceder a dar cumpimiento con la citación al demandado, conforme se halla ordenado en el auto de calificación de la demanda, y en atención a lo solicitado por la actora en el escrito que antecede, se dispone que OLGA LUCÍA PINTO RIPALDA, comparezca en este despacho en días y horas laborales, para que bajo juramento realice su declaración sobre la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia del demandado, hecho lo cual vuelvan los autos para proveer lo que corresponde en derecho. Remítase el oficio solicitado.JUZGADO MULTICOMPETENTE DE NAPO.- Baeza, noviembre 28 del 2011, las nueve horas cuarenta y cinco minutos.- Por cuanto la adora ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, se dispone la CITACIÓN con la demanda y auto recaído al demandado señor CARLOS STÁÑIN VELOZ SEVILLA, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la demandante, bajo juramento afirma desconocer el domicilio actual e individualidad y resi-

dencia del demandado, esto es, por tres veces en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia de Pichincha, por no existir ninguna clase de diario en esta localidad. Para efecto la Actuaria confiera el extracto respectivo.- Notifíquese.- f.- Dr. Marco Proaño López.- JUEZ Lo que comunico a ud. para los fines de ley. Se le previene de la obligación de señalar casillero judicial en esta Judicatura para futuras notificaciones. Baeza, noviembre 28 del 2011.Certifico. Dra. María Suárez Jiménez SECRETARIA. Existe firma y sello. A.P./52401/k.m. R. DEL E. JUZGADO DECIMO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUICIO: ALIMENTOS NRO. 107 – 2011. OBJETO: DECLARATORIA DE PAT E R N I D A D Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA ACTOR: MARIA AURORA TOCAGON COBACANGO DEMANDADOS: JOSÉ GERARDO FA R I N A N G O SANCHEZ, JOSÉ MIGUEL FARINANGO Y MAGDALENA SANCHEZ. CUANTÍA: $7.000,00 SENTENCIA: “JUZGADO DECIMO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Tabacundo, a 3 de Octubre del 2011.- Las 8:H5.- Una vez que la actora la señora María Aurora Tocagón Cobacango ha declarado bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad del domicilio

y residencia del demandado el señor José Gerardo Farinango Sánchez.- Cítese con la demanda y esta providencia por la prensa de conformidad con el art. 82 del Código de Procedimiento Civil en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional de la ciudad de Quito.- Además a los señores José Miguel Farinango y señora Magdalena Sánchez, se le citará mediante boleta única.- NOTIFIQUESE.-“ F)Dra. Ana Intriago. Jueza. Lo que CITO a usted, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial fuera del Juzgado y dentro del perímetro legal de esta Judicatura para recibir futuras notificaciones .- Tabacundo, 20 de marzo de 2012.Lcdo. Eduardo Michilena V SECRETARIO (E) JUZGADO DECIMO SEXTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Existe firma y sello. A.P./52404/k.m.

EJECUTIVOS R. del E. JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIONJUDICIAL Al demandado NELSON BAYARDO TULCAN BECERRA se le cita con la demanda ejecutiva seguida por el señor ENRIQUE MILTON LASCANO, en calidad de Gerente y Representante Legal de la actora COOPERATIVA DE AHORRO y CREDITO “POLICIA NACIONAL” LTDA, hay lo que sigue: JUICIO. No. 13-2012 TRAMITE: Ejecutivo ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO y CREDITO “POLICIA

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO

DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA BPWORK SOLUCIONES EMPRESARIALES CÍA. LTDA.

1. ANTECEDENTES.- BPWORK SOLUCIONES EMPRESARIALES CÍA. LTDA., se constituyó ante el Notario Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito el 5 de abril del año 2006 y se inscribió en el Registro Mercantil del mismo Distrito bajo el No. 1184, Tomo 137, el 17 de mayo del año 2006; 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de disolución voluntaria y anticipada de BPWORK SOLUCIONES EMPRESARIALES CÍA. LTDA., otorgada ante la Notaria Trigésima Primera del Distrito Metropolitano de Quito, el 9 de noviembre de 2011, ha sido aprobada, por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJDL.Q.12.0771 de 10 FEB de 2012. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada el señor Carlos Darwin Bolaños Alomoto, en su calidad de Gerente General de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, domiciliado en este Distrito, de estado civil casado. 4. PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública pertinente, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público la disolución voluntaria y anticipada de BPWORK SOLUCIONES EMPRESARIALES CÍA. LTDA., a fin que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. Distrito Metropolitano de Quito, a 10 FEB 2012 AB. PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ DIRECTORA JURIDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS

A.P./52425/k.m.


NACIONAL” LTDA. D E M A N DA D O : NELSON BAYARDO TULCAN BECERRA TRAMITA: Dra. María Elena Guerrero PROVIDENCIA: “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 17 de febrero del 2012, las 09h50.- VISTOS: Agréguense al proceso el escrito y anexos que anteceden: En lo principal, la demanda es clara y reúne los requisitos legales, en consecuencia se la acepta al tramite Ejecutivo.- El señor Nelson Bayardo Tulcán Becerra, en el término de tres días, cumpla con la obligación demandada o proponga las excepciones a las que se crea asistido.- Atento al juramento rendido por el señor ENRIQUE MILTON LASCANO, en calidad de Gerente y Representante Legal de la actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “POLICIA NACIONAL” LTDA., de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese al demandado NELSON BAYARDO TULCAN BECERRA, por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta ciudad de Quito.- Agréguese al proceso el documento que acompaña.- De conformidad con el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, desglósese los documentos adjuntos, dejando copias certificadas y recibo en autos.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado”.Notifíquese.- f) Dr. Julio Amores Robalino, Juez. Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes y se le previene de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus notificaciones.- Certifico. Dr. Jorge Palacios H. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84834 (2) JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.CITACIÓN JUDICIAL

AL SEÑOR JAIRO FEDERICO VELEZ GOMEZ DE LA DEMANDA EJECUTIVA PROPUESTA EN SU CONTRA POR EL SEÑOR ENRIQUE MILTON LASCANO, EN CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “POLICIA NACIONAL” LTDA. ACTOR: SEÑOR ENRIQUE MILTON LASCANO, EN CALIDAD DE GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “POLICIA NACIONAL” LTDA DEMANDADO: JAIRO FEDERICO VELEZ GOMEZ . JUICIO: No. 2012-0007-MM. TRAMITE: EJECUTIVO. CUANTIA: USD.$ 15.000,oo FECHA DE INICIACIÓN: Quito, 7 de febrero del 2012. PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, martes 7 de febrero del 2012, las 10h58.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los requisitos de Ley. En consecuencia se la acepta a trámite ejecutivo, el demandado señor JAIRO FEDERICO VELEZ GOMEZ, pague al actor la cantidad demandada o proponga excepciones en el término de tres días. En mérito al juramento rendido por el actor y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite al demandado señor Jairo Federico Vélez Gómez, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Agréguese al proceso la documentación acompañada.- Dejando copias y recibo en autos desglósese la documentación solicitada.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada por el actor.- Notifíquese. f) Dra. Mónica Flor Pazmiño, JUEZA. OTRA PROVIDENCIA PROVIDENCIA: JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE LA COMPAÑÍA URGERCOM S.A. Se convoca a los Accionistas de la COMPAÑÍA URGERCOM S.A. a la Junta general ordinaria a celebrarse el 03 de Abril del 2012, a las 15H00, en las oficinas de la compañía ubicada en las calles Acuña OE3-135 y Ulloa, de la ciudad de Quito. Conforme lo estipula los Art. 235 y 236 de la Ley de Compañías y Art. 10 de los Estatutos Sociales de la Compañía; para efectos de tratar y resolver el siguiente orden del día: 1) Lectura y aprobación del acta anterior. 2) Conocimiento y aprobación del Informe de gerente correspondiente al periodo desde 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2011. 3) Conocimiento y aprobación del Informe de comisrio correspondiente al periodo desde 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2011. 4) Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros General y de Resultados correspondientes del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2011. 5) Destino de las Utilidades o Cuentas con las que se va a abonarse las pérdidas.

DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, jueves 1 de marzo del 2012, las 08h54.- Agréguese al proceso el escrito presentado.En mérito al juramento rendido por el actor y de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone que se cite al demandado Juan Florencio Galán Amaya, por la prensa, mediante tres publicaciones que se realizarán en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Notifíquese. f) Dr. Milton Castillo Maldonado, JUEZ TEMPORAL. Particular que llevo a su conocimiento par los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. Ab. Mario Lasso Ortega. SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Hay firma y sello AC/84833 (1) R. del E. JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A los demandados NILO DELFIN ANAGUANO ANAGUANO y EYDI SULAY PILLAJO SOTALIN, se le cita con la demanda ejecutiva seguida por por la Dra. ALEXANDRA BELEN DAMACELA VACA, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO PROCREDIT S. A, hay lo que sigue: JUICIO. No. 342-2011 TRAMITE: Ejecutivo ACTOR: BANCO PROCREDIT S. A DEMANDADO: NILO DELFIN ANAGUANO ANAGUANO y EYDI SULAY PILLAJO SOTALIN TRAMITA: Dra. María Elena Guerrero PROVIDENCIA: “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 31 de marzo del 2011, las 11h28.- VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Encargado, mediante Acción de Personal No. 204-DP-DPP del 03 de Febrero del 2011, y en virtud del sorteo realizado.En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, se acepta al trámite Ejecutivo.- Los señores Nilo Delfín Anaguano Anaguano y Eydi Sulay Pillajo Sotalin, en calidad de deudores principales; y los señores César Delfín Anaguano Anaguano y Dora

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Ángel Tupe M. GERENTE CI: 040085831-2

S a n t i ag o R u s i ñ o l

María Anaguano Pilapaña, en calidad de garantes, en el término de tres días, cumplan con la obligación demandada o propongan las excepciones respectivas.- En mérito al Certificado del Registro de la Propiedad que acompaña y de conformidad con lo dispuesto en el Inciso Segundo del Art. 421 del Código de Procedimiento, se ordena la prohibición de enajenar del inmueble de propiedad de los demandados César Delfín Anaguano Anaguano y Dora María Anaguano Pilapaña, cuyas características constan en el certificado mencionado, para cuyo efecto, notifíquese al señor Registrador de la Propiedad de Quito, mediante oficio y envíese suficiente despacho.- Cítese a los demandados NILO DELFIN ANAGUANO ANAGUANO, EYDI SULAY PILLAJO SOTALIN, CESAR DELFIN ANAGUANO ANAGUANO y DORA MARIA ANAGUANO PILAPAÑA, en las calidades invocadas, en las direcciones que indica el actor, a quienes se les entregarán copia de la demanda y providencia.- Agréguese al proceso la documentación presentada.- De conformidad con lo establecido en el Art. 992 del Código de Procedimiento Civil, dejando copias certificadas y recibo en autos, desglósese los documentos adjuntos.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado2.- Notifíquese.- f) Dr. Edwin Argati Reyes, Juez Encargado “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 24 de enero del 2012, las 14h57.- Atento al juramento rendido por la Dra. ALEXANDRA BELEN DAMACELA VACA, en calidad de Procuradora Judicial del BANCO PROCREDIT S. A., de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los demandados NILO DELFIN ANAGUANO ANAGUANO y EYDI SULAY PILLAJO SOTALIN, por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en esta ciudad de Quito”.- Notifíquese.- f) Dr. Julio Amores Robalino, Juez

CONVOCATORIA Convocase a los socios de la empresa Tecnovita Cia. Ltda. a la junta general ordinaria de accionistas que se llevará a cabo el día viernes 6 de abril de 2012 a las 9:30 am en la oficina de la empresa en la calle Pio Valdivieso E478, Quito, para dar a conocer y resolver los siguientes puntos: 1.- Informe del gerente 2.- Resolución sobre el balance general al 31 de diciembre de 2011. 3.- Conocimiento del estado de pérdidas y ganancias. 4.- Destino de las utilidades de la empresa.

Quito DM, a 23 de Marzo del 2012 Luis Silva C. PRESIDENTE CI: 170805032-1

Para sentir admiración hacia un sabio es preciso no acabar de entenderlo bien.

El Gerente Quito, 27 de marzo de 2012. A.P./52429/k.m.

Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes y se le previene de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en la ciudad de Quito, para sus notificaciones.- Certifico. Dr. Jorge Palacios H. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84832 R. DEL E. JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: ISAEL PAGUAY TENEZACA Y MARIA ZENAIDA TROYA QUISZHPI JUICIO: EJECUTIVO Nro. 2262009-H.E. ACTORA: VILMA CUMANDA ROBALINO CADENA DEMANDADOS: ISAEL PAGUAY TENEZACA Y MARIA ZENAIDA TROYA QUIZHPI FUNDAMENTO LEGAL: Arts. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil. TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: $ 7.000,00 dólares americanos DOMICILIO LEGAL: Nro. 1803-DR. ANDRES BENITEZ TRIVIÑO. AUTO DE CALIFICACION Y PROVIDENCIA: JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.QUITO, 09 de marzo del 2009, las 10h22.- VISTOS: En virtud del sorteo realizado, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede es clara, completa, precisa y reúne los demás requisitos determinados por la ley.- Declarándose procedente al trámite en juicio Ejecutivo, se dispone que en el término de tres días los señores: ISAEL PAGUAY TENEZACA y MARIA ZENAIDA TROYA QUIZHPI, cumplan con la obligación demandada o propongan excepciones sean estas dilatorias o perentorias que se crean asistidos en derecho.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 423 del Código de Procedimiento Civil, se ordena

el embargo del bien inmueble de propiedad de los demandados, cuyos linderos y más especificaciones constan detallados en el certificado de gravámenes que se acompaña; para la práctica de esta diligencia, cuéntese con uno de los señores Alguacil Mayor y Depositario Judicial del Cantón Quito.- Hecho que sea inscríbase el embargo en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito.- Cítese a los demandados en la dirección señalada para el efecto.Agréguese la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial designado por la compareciente para sus posteriores notificaciones, y, la autorización conferida a su Abogado defensor a fín de que intervenga dentro del presente juicio.- Notifíquese.DR. RUBEN DARIO GILER CEDEÑO. JUEZ JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.Quito, miércoles 15 de febrero del 2012, las 12h23.- De acuerdo al juramento rendido por la actora sobre la imposibilidad de determinar la individualidad o residencia de los demandados señores: ISAEL PAGUAY TENEZACA, y, MARIA ZENAIDA TROYA QUIZHPI, cítese a éstos por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación nacional de los que se editan en esta ciudad de Quito, en la forma que preceptúa el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.-Notifíquese.DR. RUBEN GILER CEDEÑO. JUEZ Lo que pongo en su conocimiento para los fines de Ley; y le CITO, previniéndole de la obligación que tienen los demandados de señalar casillero judicial a fin de que reciban sus posteriores notificaciones. LIC. GUIDO ESPINOZA E. SECRETARIO Hay firma y sello AC/84845/tf

ORDINARIOS CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ALBERTO AMADOR ABDO, MARIA TERESA AMADOR YARAD Y LUIS ROBERTO AMADOR YARAD JUICIO. ORDINARIO - P R E S C R I P C I Ó N E X T R A O R D I N A R I A ADQUISITIVA DE DOMINIOCAUSA No. 547-2011 ACTOR. LAURA MARINA TOBAL ALMEIDA

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE INMOBILIARIA LA MAGDALENA S.A. MAGDASA Se convoca a los señores Accionistas a la compañía INMOBILIARIA LA MAGDALENA S.A. MAGDASA a Junta General Ordinaria de Accionistas, que tendrá lugar el día jueves 5 de abril del 2012. A partir de las 9:00 horas en las oficinas de la Compañía, ubicadas en las Av. Rodrigo de Chávez Oe2357 y Galte de esta ciudad con el objeto de que dicha Junta General conozca y resuelva sobre los siguientes asuntos. 1. Informe de la Gerencia por el Ejercicio Económico del año 2011. 2. Informe del Comisario por el Ejercicio Económico del año 2011. 3. Aprobación del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias del ejercicio Económico 2011. 4. Nombramiento del Comisario de la Compañía El Comisario ha sido personalmente e individualmente convocado. Los Informes, Balance General y Estado de Pérdidas y Ganancias y Anexos del año 2011, se hallan a diposición de los señores Accionistas en las oficinas de la Compañía. Quito, marzo 26 del 2012. CARLOS F. DASSUM ANDRADE GERENTE AC/84855/tf

Revista judicial MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador DEMANDADO. HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ALBERTO AMADOR ABDO, MARIA TERESA AMADOR YARAD Y LUIS ROBERTO AMADOR YARAD CUANTÍA. INDETERMINADA “JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, miércoles 23 de noviembre del 2011, las 10h07. VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en calidad de Juez titular de la Judicatura. En lo principal, la demanda es clara y reúne los demás requisitos de Ley; en consecuencia, se admite a trámite Ordinario establecido en el Art. 395 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Los demandados en el término de quince días propongan las excepciones a las que crean estar asistidos. Cítese a Angela Yarad vda. de Amador; Salomón Farid, Jessica, Yazmín y Miryam Amador Yarad; Patricio Alberto Proaño Amador; Reem Helmi Abedrabbo vda. de Amador; Salwa, Amira y Michel Amador Abedrabbo; Omar Amador Marín en el lugar señalado, mediante deprecatorio al Juez de lo Civil del cantón Urcuquí. Atento al juramento rendido por la actora y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los herederos presuntos y desconocidos de Alberto Amador Abdo, María Teresa Amador Yarad y Luis Roberto Amador Yarad por medio de la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en la ciudad de Quito. Cuéntese en la causa con el Alcalde y Procurador del Distrito Metropolitano de Quito, a quienes se los citará legalmente. De conformidad con lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, remítase oficio. Agréguese la documentación. Téngase en cuenta el casillero judicial No. 431 y la autorización concedida al Dr. Gustavo Carrera”. Notifíquese. Dr. Julio Cesar Amores Robalino, Juez. Lo que comunico para los fines de ley, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.Atentamente, Dr. Jorge Palacios H. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/86119/cc REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO A los PRESUNTOS HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MANUEL EDUARDO PEREZ VEGA, se les hace conocer el Extracto de la demanda ORDINARIA y la Providencia que ha continuación sigue: Actores: MANUEL VENANCIO PEREZ PEREZ, MARIA ELENA PEREZ PEREZ, ZOILA VICENTA PEREZ PEREZ Y JOSE MARTIN PEREZ PEREZ. Demandados: INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL. CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: REINVINDICACION Fecha de Iniciación: 3 DE FEBRERO DEL 2010. Causa: Ordinario No. 152-2010 DR. EDISON BARROS. PROVIDENCIA: JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 11 de Febrero del 2010, las 08h06.VISTOS: La competencia de esta causa se ha radicado en esta judicatura por lo tanto avoco conocimiento de la misma. En lo principal la demanda que antecede es clara precisa y reúne los requisitos de Ley, por lo que se le admite a trámite Ordinario.

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Cítese a los demandados Econ. Fernando Guijarro Cabezas en su calidad de Director General del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) , en los lugares señalados para el efecto con la copia de la demanda y esta providencia a fin de que la conteste dentro del término de 15 días proponiendo las excepciones dilatorias y perentorias que se creyere asistido bajo prevenciones de Ley.- De conformidad a lo dispuesto por el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la inscripción de la demanda en el Registro de la Propiedad consecuentemente notifíquese al mismo a fin de que tome nota de este particular en los libros respectivos.- Cuéntese con el Distrito Metropolitano Téngase en cuenta la casilla judicial señalada. Agréguese al proceso la documentación acompañada.- NOTIFIQUESE.f) Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 15 de marzo del 2012, las 10h14.- Agréguese al proceso el escrito presentado, atento al juramento rendido por los actores y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cítese a los presuntos herederos conocidos y desconocidos del causante Manuel Eduardo Pérez Vega por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación y que se editan en esta ciudad.- N OTIFIQUESE.- f) Dr. Armando Aceldo Gualli. Juez Lo que comunico a usted de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial en el Palacio de Justicia de esta ciudad para recibir futuras notificaciones. Quito, 26 de marzo del 2012. Dr. Francisco Justicia SECRETARIO Hay firma y sello AC/84856/tf REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: A CARMEN AMELIA RAMOS GUERRA Y LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ROSA ELENA RAMOS GUERRA ACTORES: CARLOS JULIO HERNÁNDEZ APUNTE Y NANCY YOLANDA PÁEZ RAMOS DEMANDADOS: CARMEN AMELIA RAMOS GUERRA Y HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE ROSA ELENA RAMOS GUERRA CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: ORDINARIO No. 2862012-MG PATROCINADOR: DR. LUIS ALBERTO OÑA CASILLA JUDICIAL: No. 792 FECHA DE INICIO: 05 DE MARZO DE 2012 PROVIDENCIA: JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, jueves 15 de marzo del 2012, las 08h23.- VISTOS: La demanda que antecede, es clara, precisa y reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite al trámite ordinario.- Con su contenido y presente providencia se corre traslado a CARMEN AMELIA RAMOS GUERRA y a los herederos presuntos y desconocidos de Rosa Elena Ramos Guerra por el término de quince días bajo apercibimiento en rebeldía.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito.- Atento el juramento rendido por los Actoras. CÍTESE a los prenombrados Demandados por la prensa de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, mediante publicaciones efectuadas en un periodico de circulaciòn nacional.- Cuéntese en la presente causa con los personeros del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito.Tèngase en cuenta la casilla judicial señalada por Carmen

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Revista judicial C6

MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

Amelia Ramos Guerra para sus posteriores notificaciones y la autorizaciòn conferida a su patrocinadora.- NOTIFIQUESE. f). Dr. Alfredo Grijalva Muñoz, JUEZ Lo que comunico a usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación que tiene que señalar casillero judicial en la presente causa.Quito, Dr. Juan Pablo Toro Carrillo SECRETARIO Hay firma y sello AC/84813/tf

REMATES JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL DE REMATE JUICIO EJECUTIVO No. 9932009- COO ACTOR: LIDIA MARCELA ENDARA ORTEGA Se pone en conocimiento que el día lunes 9 de abril de 2012, desde las trece hasta las diecisiete horas, en la secretaria de esta Judicatura, tendrá lugar el Remate del bien inmueble que a continuación se detalla y por tratarse del segundo señalamiento las posturas se recibirán en base al cincuenta por ciento del avalúo practicado: El bien inmueble se encuentra signado con el número SEIS, ubicado en la Hacienda San Francisco de Jijón, perteneciente a la parroquia Sangolquí, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha y más detalles que se encuentran descritos en el informe pericial. 1.- UBICACIÓN. El predio materia de la presente diligencia se encuentra ubicado en la Provincia de Pichincha, Cantón Rumiñahui, Parroquia Sangolquí, Hacienda Jijón Lote Nº 6, en el camino que conduce a Loreto. 2.- LINDEROS Y SUPERFICIE - LINDEROS GENERALES: Norte: Con una longitud de 552.73 m con Lote Nº 5 propiedad del Ing. Raúl Terán y Sr. Errol Cartwrigth Sur: Con una longitud de 146.30 m con Lote Nº 7 propiedad del Dr. Carlos Egas Egas. Este: Con una longitud de 379.69 m con Quebrada Oeste: Con una longitud de 291.10 m con camino que conduce a LORETO. ÁREA DEL INMUEBLE: 136850.90 m2 3. I N F RA EST RU CT U RA URBANA BASICA: La propiedad en mención dispone de servicio de Energía Eléctrica, Agua Potable, el camino que conduce a Loreto es empedrado. 4.- ACCESIBILIDAD: El acceso a la propiedad se lo realiza desde La ciudad de Sangolquí por la Autopista Inter valles, hasta llegar al sector de Cashapamba a la intersección con la vía que conduce a Loreto, luego continuamos por la misma un tiempo aproximado de veinte minutos hasta llegar a la propiedad motivo del presente avalúo. 5.- USO DEL SUELO: El uso exclusivo para Vivienda, Agricultura y Ganadería. 6.- DESCRIPCIÓN: La propiedad consta de: Lote de terreno a.- Casa de principal de dos plantas. b.- Casa de huéspedes c.- Centro de Alto rendimiento d.- Estructura pista de salto e.- Caballerizas f.- Casa destruida g.- Cancha de tenis PROGRAMA FUNCIONAL: a.- CASA DE PRINCIPAL DE DOS PLANTAS: Área: 710.00 m2 (en dos plantas) Nº de pisos: 2 Ambientes: P.B.: Sala principal, comedor, cocina, sala de estar, baño social, bodega, dos dormitorios y un baño completo,

además existe área de piscina con área para descanso, sauna, turco, hidromasaje, área de vestidores y baños, en la parte posterior existe la vivienda para empleada que consta de un dormitorio, baño completo y cuarto de lavado P.A.; cuneta con Dormitorio master, baño completo con yacussi y área de vestidor. b.- CASA DE HUESPEDES. Área: 183.00 m2 Nº de pisos: 1 con altillo Ambientes: Sala, comedor, cocina, dos dormitorios y baño completo, en el altillo una sala de estar. c.CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO Área: 812.13 m2 Nº de pisos: 2 Ambientes: Salón grande, en estado de construcción suspendida, en la planta baja se encuentra área con piscina, áreas de vestidores y baños, en estado de obra suspendida. d.- ESTRUCTURA DE PISTA DE SALTO Área: 1100.00 m2 Nº de pisos: 1 Ambientes: Sistema De graderíos y terrazas en forma rectangular e.- CABELLERIZAS Área: 1604.82 m2 Nº de pisos: 1 Ambientes: 41 caballerizas, un área de ensille, un área para herrajes, 7 bodegas, además en este bloque existe área de vivienda para empleados que consta de tres dormitorios, dos baños, y comedor, además existe una oficina con bodega y baño, además existe un dormitorio y baño. f.- CASA DESTRUIDA. Área: 340.00 m2 Nº de pisos: 2 Ambientes: No se determinan ambientes por su estado de destrucción. G.- CANCHA DE TENIS Área: 482.00 m2 Ambientes: Área de cancha de tenis con frontón SISTEMA CONSTRUCTIVO: a.- CASA DE PRINCIPAL DE DOS PLANTAS. Cubierta: Losetas de hormigón armado inclinadas sobre estructura de madera y con recubrimientos impermeabilizantes Estructura: Columnas y vigas de madera de eucalipto Entrepisos: Duela de chanul laqueada sobre vigas de eucalipto Paredes: mampostería de ladrillo revocado y pintado, en todas las áreas excepto en baños y cocina que tienen madera y cerámica. Pisos: Con tablonsillo de chanul en sala, comedor y hall, baldosa en cocina, baños, piscina y áreas complementarias de la planta baja, la planta alta con tabloncillos de chanul alfombrado. Puertas interiores: De madera laqueadas Closets: De madera laqueada Muebles de cocina: De madera laqueada Gradas: De madera de con pasamano Puerta de entrada: De madera laqueada y vidrio Ventanas: De madera laqueada y vidrio. Mesones: De hormigón armado con cerámica Pórticos: De piedra en planta baja Chimenea: De piedra con cenefa de madera b.- CASA DE HUESPEDES. Cubierta: teja sobre loseta con estructura de madera Estructura: Columnas y vigas de madera de eucalipto. Entrepisos: Duela de chanul laqueada sobre vigas de eucalipto. Paredes: Mampostería de ladrillo revocado y pintado, en todas las áreas excepto en baños y cocina que tienen madera y cerámica. Pisos: Con tablonsillo de chanul en sala, comedor, dormitorios y hall, baldosa en cocina, baños.

JUDICIAL QUITO

Puertas interiores: De madera laqueadas Closets: De madera laqueada Muebles de cocina: De madera laqueada Gradas: De madera de con pasamano Puerta de entrada: De madera laqueada y vidrio Ventanas: De madera laqueada y vidrio Mesones: De hormigón armado con cerámica Pórticos: De piedra en planta baja Chimenea: De piedra c.CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO. Cubierta: Eternit sobre estructura de madera y losa de hormigón armado sobre área de piscina. Estructura: Columnas y vigas de hormigón armado Paredes: Mampostería de bloque enlucido, en todas las áreas excepto en área de piscina baños y cocina que tienen cerámica. Pisos: Con Cerámica en todos los ambientes. Puertas interiores: No tiene Gradas: De hormigón Puerta de entrada: De Aluminio y vidrio (mamparas) Ventanas: De Aluminio y vidrio d.- ESTRUCTURA DE PISTA DE SALTO. Cubierta No tiene Estructura: Columnas y vigas de hormigón armado Paredes: Mampostería de bloque enlucido Pisos: Pavimentados Gradas: De hormigón e.- CABELLERIZAS. Cubierta: Teja sobre estructura de madera Estructura: Columnas y vigas de madera Paredes: Mampostería de Ladrillo revocado y pintado Pisos: Pavimentados y con duela y baldosa en las áreas de vivienda. Puertas interiores: De madera Puerta de caballerizas: De madera Ventanas: De madera y vidrio en área de vivienda y oficinas. f.- casa destruida. Cubierta: Teja sobre loseta de hormigón armado y vigas de madera Estructura: Columnas y vigas de hormigón armado Paredes: Mampostería de bloque enlucido Pisos: Pavimentados g.- CANCHA DE TENIS. Contrapiso: Hormigón armado Pisos: Pavimentados E S TA D O DE LAS CONSTRUCCIONES: a.- CASA DE PRINCIPAL DE DOS PLANTAS.

La admiración es el fundamento de toda filosofía. M o n ta i g n e

ESTADO: MUY BUENO b.- CASA DE HUESPEDES. ESTADO: REGULAR c.CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO. ESTADO: REGULAR d.- ESTRUCTURA DE PISTA DE SALTO. ESTADO: REGULAR e.- CABELLERIZAS. ESTADO: BUENO f.- CASA DESTRUIDA. ESTADO: MALO g.- CANCHA DE TENIS ESTADO: REGULAR 7.- AVALÚO DE LA PROPIEDAD Para realizar el avalúo del inmueble he tomado en consideración los siguientes parámetros técnico urbanístico y constructivo tales como: - Ubicación del inmueble con respecto al sector de la ciudad. - Identificación del inmueble con respecto a la importancia, calidad, estado y de las vías que circundan el inmueble. - Forma y tamaño del inmueble. - Posibilidades de logística del inmueble. - Disponibilidad de servicios de infraestructura en el inmueble. - Estado de conservación del inmueble (construcción). - Estado y calidad de los materiales utilizados en la construcción y sus acabados. - Estudio de precios de los predios cercanos al inmueble y su área de influencia. AVALÚO TOTAL DE LA PROPIEDAD TERRENO 273.701,80 USD. Casa Principal (inc. piscina) 568.000,00 USD. Casa de huéspedes 32.940,00 USD Centro de alto rendimiento (inc. piscina) 203.032,50 USD Estructura pista de salto 20.000,00 USD Caballerizas 112.337,40 USD Casa destruida 13.600,00 USD Cancha de tenis 19.280,00 USD. MONTO TOTAL AVALUADO 1’242.891,70 USD. Son: UN MILLÓN DOS CIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO con 70/100 dólares.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS DE LA COMPAÑIA SERPAPEL CIA. LTDA. De conformidad con las disposiciones legales y a lo dispuesto en el artículo dieciséis del Estatuto Social, se convoca a los señores socios de la compañía SERPAPEL CIA. LTDA., a la Junta General Ordinaria de socios que se realizará el día 12 de abril del 2012, a las 15h00, en el domicilio de la compañía ubicada en la calle Mariano Cardenal Oe1-44 y Galo Plaza Lasso, Km. 8, sector Carcelén Alto, de esta ciudad de Quito, para conocer y resolver el siguiente orden del día: 1. Conocer y resolver sobre el informe del Gerente General por el ejercicio económico de 2011.

JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 28 de febrero del 2012, las 16h04, VISTOS: Agréguense al proceso los escritos presentados.- En lo principal y atendiendo el petitorio de la parte actora y conforme lo determina el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, señalase para el día lunes 9 de abril de 2012, desde las 13h00 a 17h00, a fin de que tenga lugar en la Secretaría de esta Judicatura el remate del bien inmueble lote de terreno signado con el número SEIS, ubicado en la Hacienda San Francisco de Jijón, perteneciente a la parroquia Sangolquí, cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha y más detalles que se encuentran descritos en el informe pericial.- Las posturas se recibirán en base al cincuenta por ciento del avalúo practicado, por tratarse del segundo señalamiento, depositando en dinero en efectivo o en cheque certificado a nombre de esta Judicatura.- Comuníquese al público por medio de tres publicaciones que se realizarán en un diario de mayor circulación de los que se editan en esta ciudad de Quito.- Colóquense los respectivos carteles y dese cumplimiento a todas las formalidades legales.- Para la fijación de carteles DEPRÉQUESE al señor Juez Décimo Séptimo de lo Civil de Pichincha, con asiento en el cantón Rumiñahui, a quien se le remitirá despecho en forma.- Señalase el 2 de marzo del presente año, a las 09h30, para que la CBA. Susana Flores, se posesione del cargo para el cual ha sido nombrada.Notifíquese. Abg. Jorge Mier Burbano

S EC R E TA R I O J U ZGA D O VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay un sello AR/85675/cc R. del E. AVISO DE REMATE JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Se pone en conocimiento del público en general que el día 30 de abril del 2012, desde las trece horas hasta las diecisiete horas, en la secretaria del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Pichincha, se procederá al remate del bien inmueble que a continuación se detallan: Juicio Ejecutivo No. 1189-2009PC 1. UBICACION DEL BIEN INMUEBLE: Provincia Pichincha Cantón Quito Parroquia San Antonio de Pichincha Conjunto habitacional Equinoccio Azul Dirección Calle Lulubamba s/n y La Unión 2. SITUACION LEGAL. 2.1. DATO S S EG Ú N CERTIFICADO DE GRAVAMENES DEL CANTON QUITO: Forma Adquisición Compra. Celebración Escritura 27 de Junio del 2008 Notario Dr. Luis Vargas Hinostroza lnscripción R. Propiedad de Quito 15 de Agosto deI 2008 2.2. LINDEROS: Casa 20 Planta Baja Norte: en 5,07 m con casa 19 PB. Sur: en 5,07 con patio C20. Este: en 6,00 m patio C20. Oeste: en 6,00 m, con Ccirc, Peat. Arriba: en 30,44 casa 20 PB Abajo: en 30,44 suelo firme Casa 20 Planta afta Norte: En 5,37 casa 19 PA Sur: en 0,3 con Circ. Peat. y 5,07 con patio. Este: en 6,00 patio C20 Oeste: en 3,20 Circ. Peat, y 2,4 Circ. Peat. Arriba: en 30,8 Terr. lnacc. Abajo: en 30,44 casa 20 PB y 0,36 Circ. Peat. Patio Norte: En 3,0 patio C19 y 5,07 casa 20 PB. Sur: en 8,07 lote sur Este: en 9,04 patio C24 Oeste: en 6,0 casa 20 PB y 3,04 área comunal Arriba: en 42,34 aire Abajo: en 42,34 suelo firme Estacionamiento Nro. 12 Norte: en 5,0 Estac. 13 Sur: en 5,0 Estac. 11 Este: en 2,3 Circ.

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EX­TRAC­TO

EX­TRAC­TO

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA LEHEN ARQUITECTURA CIA. LTDA. La compañía LEHEN ARQUITECTURA CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Cuarto del Distrito Metropolitano de Quito, el 13/ marzo/2012, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.001517 de 21/marzo/2012, con la siguiente modificación: En el artículo noveno, donde DICE: “... por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital suscrito y pagado” DIRA: “..., por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital social”. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 2.000,00 Número de Participaciones 2.000 Valor US$ 1,00

3. Conocer y resolver sobre el destino de las utilidades.

5. Aprobar el Acta.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: ...: UNO) EL DISEÑO, PLANIFICACIÓN, CONSTRUCCIÓN, SUPERVISIÓN, PROMOCIÓN, MANTENIMIENTO, ESTUDIOS, REHABILITACIÓN, DIRECCIÓN TÉCNICA, FISCALIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PROYECTOS INMOBILIARIOS,...

Quito, 23 de marzo del 2012.

Quito, 21/marzo/2012.

Sra. Maria Eugenia Peñaherrera Manzano Gerente General AC/84852/tf

planta es mediante escaleras de cemento. En la planta alta existe dos habitaciones y un baño; la habitaciones son pintadas y enlucidas, no poseen puertas ni armarios, el piso de una habitación es de cemento y el de la otra de baldose, el baño posee sanitarios y baldosas en pisos y paredes. Además en la planta baja posee una puerta que lleva al patio, el mismo que es de cemento en gran parte y una pequeña parte es de tierra, en el cuaI existe una piedra de lavar de cemento. El parqueadero se encuentra identificado con el Nro. 12, y su piso es de cemento, en buen estado 4. BIENES AVALUADOS. Los bienes a ser avaluados son los siguientes: a) Vivienda (2 Plantas) b) Parqueadero Nro. 12 5. REDES DE INFRAESTRUCTURA Y ACOMETIDAS Vías Colindantes Vía principal calle “Lulubamba”, adoquinada. Agua Potable De red pública. Energia Eléctrica De red pública Alcantarillado De red pública Telefonía De red pública 6. CONSIDERACIONES PARA LA VALORACION Se han tomado en cuenta los aspectos relacionados con el tiempo de la construcción, los acabados del inmueble, la infraestructura básica existente tanto en el sector como en el conjunto habitacional, el equipamiento urbano, el entorno y las vías de acceso. 7.- VALORACION NRO.; DESCRIPCIÓN; AREA m2; COSTO $ ;COSTO TOTAL 1; Terreno; 72,74; 60,00; 4.364,40 1: Vivienda (2Plantas); 61,24; 400,00; 24.496,00 1; Patio; 42,34; 45,00; 1.905,30 1; Parqueadero; 11,50; 50,00; 575,00 1; Piedra de lavar; ;60,00; 60,00 Total. 31.400,70 SON: TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES AMERICANOS CON 70/100. El valor aquí estableci-

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2. Conocer y resolver sobre el balance anual y el estado de pérdidas y ganancias del ejercicio 2011.

4. Aprobación del cronograma para implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera.

Veh. Oeste: en 2,3 área verde Arriba: en 11,5 aire Abajo: en 11,5 suelo firme Superficie total de la casa Nor. 20: 61,24 m2 Superficie del patio de la Casa Nro, 20: 42,34 m2 Superficie del Parqueadero Nro, 12: 11,5 m2 3. DESCRIPCION DE LA ZONA: 3.1. CLASIFICACION: Residencial X Comercial 3.2 Actividad desarrollada dentro del inmueble: Vivienda y parqueadero 3.3 Análisis descriptivo de la propiedad: El bien inmueble avaluado, se encuentra ubicado en el Conjunto Habitacional Equinoccio Azul, en la calle Lulubamba S/N, de la parroquia de San Antonio de Pichincha, del Distrito Metropolitano de Quito, La zona es considerada residencial y comercial, goza de los principales servicios básicos como: Agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, servicio telefónico, vía principal adoquinada, aceras, bordillos y de transporte público. El inmueble es de formar regular; el mismo que tiene un cerramiento del bloque enlucido y pintado, las puertas de ingreso al Conjunto es metálica color azul y blanco, El inmueble, forma parte de lo que es el conjunto habitacional Equinoccio Azul, al ingreso de la misma existe un portón con garita de control de ingreso y salida de personas y vehículos. El inmueble avaluado se encuentra identificado como la casa Nro. 20, en el inmueble se encuentra construida una casa de dos plantas, su puerta de ingreso es metálica con vidrio de color blanco; su estructura es de hormigón armado y losa de entre piso. Las paredes son enlucidas y pintadas, ventanas de aluminio y vidrio; en la planta baja se encuentra una sala comedor y la cocina, los pisos de la sala comedor es de cementos, sus paredes son enlucidas y pintadas, en la cocina su piso es de baldose y azulejos en paredes, posee muebles de cocina, el acceso a la segunda

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA HORIZONTES DEL VALLE HORIZVALLE S.A.

La compañía COMPAÑIA DE TRANSPORTE DE CARGA PESADA HORIZONTES DEL VALLE HORIZVALLE S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 08 de Febrero de 2012, fue aprobada por a Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC.IJ.DJC.Q.12.001515 de 21 de Marzo de 2012. 1.- DOMICILIO: Cantón RUMIÑAHUI, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: “TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA PESADA A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL, SUJETANDOSE A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL....” Quito, 21 de Marzo de 2012.

Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS

AC/84866/tf

Dr. Oswaldo Noboa León. DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS AC/84862/tf


do de TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES AMERICANOS CON 70/100, es un precio justo del mercado, de acuerdo a las condiciones y características actuales del inmueble. Lo que comunico para los fines legales por tratarse de primer señalamiento, se aceptarán posturas que cubran al menos las dos terceras partes del avaluó aprobado del bien inmueble objeto de remate, las cuales deberan ser depositadas en la forma y monto establecido en la Ley mediante cheque certificado a la orden del Juzgado o en dinero en efectivo. Dr. Galo Báez Jaime SECRETARIO Hay firma y sello AC/84587/tf JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de las partes, que en la sala de audiencia de esta Judicatura el día 24 de abril del año en curso desde las trece horas a las diecisiete horas, tendrá lugar la diligencia de Remate del bien INMUEBLE embargado en la presente causa. Juicio Ejecutivo No 925-2007JT Depositario Judicial Sr. Homero Criollo UBICACIÓN DE LA

PROPIEDAD El terreno y construcción se encuentra ubicado en la provincia de Pichincha, Cantón Quito, Parroquia de San Antonio de Pichincha, calle Pululahua nomenclatura Municipal actual E1-663; E1-667; E1-671; E1679. LIMITES LINDERACIONES Y SUPERFICIE DEL PREDIO Norte:17.90m con su propiedad del Jacinto Ibáñez y Vicente Molina. Sur: 18.30m con calle Pululahua Este: 56.00m con propiedad de Luis Valenzuela y Zoila Mantilla, actual Nomenclatura Municipal E1-685. Oeste: 56.00m con propiedad de Manuel Caiza Chipantasi Superficie: 1005.00m2 ENTORNO DE PROPIEDAD Es parte del entorno la ciudad turística Mitad del Mundo, y las Ruinas Arqueológicas de Rumihurco. Las vías de comunicación son asfaltadas, adoquinadas y de tierra, tienen aceras pavimentadas con alumbrado público, luz eléctrica, alcantarillado, agua potable. recolección de basura, transporte público, escuelas y colegio público y privado. restaurantes, y comercio de todo tipo. CARACTERÍSTICAS DE LA PROPIEDAD La propiedad tiene nivel negativo con respecto a la rasante de

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EX­TRAC­TO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE LBT CONSTRUCCIONES S.A. A BAUCONSA S.A. Y REFORMA DE SUS ESTATUTOS. 1. ANTECEDENTES.- LBT CONSTRUCCIONES S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Primero del cantón Quito, el 16 de enero del 2007, inscrita en el Registro Mercantil del cantón Quito el 8 de diciembre del 2011. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN La escritura pública de cambio de denominación, de LBT CONSTRUCCIONES S.A. a BAUCONSA S.A. y reforma de sus estatutos otorgada el 14 de febrero de 2012 ante el Notario Décimo Octavo de Distrito Metropolitano de Quito, actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.Q.12.001491 de 21 de marzo de 2012. 3. OTORGANTE- Comparece al otorgamiento de la escritura pública antes mencionada, la señora BETTY LORENA CEVALLOS JARAMILLO en su calidad de GERENTE GENERAL de la compañía, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil casada y domiciliada en el Distrito Metropolitano de Quito. 4. CAMBIO DE DENOMINACIÓN Y REFORMA DE ESTATUTOS La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No SC.IJ.DJC.Q.12.001491 de 21 de marzo de 2012 aprobó el cambio de denominación de LBT CONSTRUCCIONES S.A. a BAUCONSA S.A.; y, la reforma de sus estatutos. Ordenó a publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de denominación referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación de LBT CONSTRUCCIONES S.A. a BAUCONSA S.A., a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales. En virtud de la presente escritura pública la Compañía reforma el artículo primero del estatuto social, referente a la denominación, que en adelante dirá: “Artículo Uno.- DENOMINACIÓN La compañía se denominará BAUCONSA S.A....”. DM. Quito, 21 de marzo de 2012. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURIDICO DE COMPAÑIAS

A.C./84816

la calle Pululahua, y es de forma irregular está construido sobre línea de fábrica y adosada al lindero Este y Oeste se encuentra una construcción realizada en estructura puntual de hormigón armado, losas de entrepiso y de cubierta con paredes de bloque enlucidas y pintadas con ventanas de hierro con vidrio y en la segunda planta las ventanas son de aluminio con vidrio azul. CONSTRUCCIÓN DE DOS PISOS PLANTA BAJA. Adosada al lindero Sur y Oeste se encuentra un pequeño departamento conformado por un área social, cocina con mesón de cocina recubierto con cerámica y dos dormitorios con closet y piso de cemento; baño con revestimiento de cerámico a media altura, las instalaciones eléctricas y sanitarias son empotradas, las puertas exteriores como interiores son de madera este departamento tiene dos accesos uno desde la calle y otro a través del patio posterior, en este departamento las ventanas son de hierro con protección de hierro, este departamento tiene 55,00m2. PLANTA BAJA LOCALES COMERCIALES Adosadas al lindero Sur y sobre la línea de fábrica se encuentran dos locales comerciales que tienen puertas de hierro enrollable las ventanas son de hierro con protección de hierro, local tiene medio baño con cerámica en piso y medio baño, tiene humedad. Y en el mismo lindero Sur está el acceso vehicular a través de una puerta de hierro que da acceso al garaje y al resto de la propiedad estos locales tienen 38.00m2. PLANTA ALTA A este nivel se accede por el patio posterior y también por unas escaleras ubicadas sobre la acera se ingresa a través de unas escaleras de hormigón con pasamanos de hierro forjado y madera, se ingresa a un departamento en varios niveles al subir a mano derecha está un estar, un comedor y una sala, también hay estudio, baño

No depende de nosotros el ser pobres; pero si depende siempre de nosotros el hacer respetar nuestra pobreza. V o lta i r e social con revestimiento de cerámica en piso y paredes totales y cocina con mesón y piso y paredes cubiertas de cerámica tiene muebles altos y bajos de cocina los pisos son de cerámica en todo el piso del ingreso a mano izquierda se encuentra el área íntima tres dormitorios con baño completo cada una con cerámica de pared a pared, tiene closet de madera, la cubierta de todo el departamento tiene signos de humedad, las puertas de ingreso corno las internas son de madera. Las ventanas son de aluminio con vidrio. El departamento se encuentra en muy buenas condiciones de mantenimiento. Este departamento tiene 123.00m2. CASA ANTIGUA SOLO TIENE UNA PLANTA Es la casa original se ingresa por el garaje a un patio de cemento esta una casa realizada con paredes de adobe y ladrillo la cubierta es de estructura de pingos de madera con cubierta de zinc tiene cielo raso de tabla triplex en la parte de la sala tienen iluminación cenital con cubierta de translúcido, los pisos son de cerámico y solo un dormitorio tiene piso de parquet, tiene cocina con mesón recubierto de cerámica en estado regular, con dos dormitorios y un baño completo con cerámica de medio altura. Tiene humedad, Esta construcción tiene 115.30m2 Pasando esta propiedad en la parte posterior hay un baño completo pero sin acabados adosa a la casa antigua. CONSTRUCCIONES ADOSADA AL LINDERO OESTE SOLO TIENE UNA PLANTA

Es una construcción puntual de hormigón armado con cubierta de losa, hay dos bodegas con puertas de hierro y ventanas de hierro con vidrio y protección de hierro, con pisos de cemento. A continuación de unas escaleras de hormigón con acceso a la losa de cubierta hay un pequeño departamento con una cocina con mesón recubierta de cerámica, un área social y un dormitorio con baño con cerámica a media altura este departamento tiene piso de cemento esta parte de la construcción tiene 72.00m2, en el exterior de estas construcciones existen dos piedras de lavar con sus respectivos tanques de agua, el patio es de cemento. CONSTRUCCION ADOSADA AL LINDERO ESTE SOLO TIENE UNA PLANTA Es una construcción realizada con paredes de bloque con cubierta de eternit sobre pingos de madera con cielo raso de madera tiene pisos de cemento son varios ambientes de dormitorio cocina y bodega que tienen puertas de madera esta construcción tiene 36.00m2. AVALÚO Denominación ; Área m2 ; Valor m2 ; Valor total i.v.; Valor residual Terreno; 1005,00; 29,50 ; 29.647,50; 29.647,50 Dpto. PB 55,00; 195,00 , 10.725,00 ; 1.608,75; 9.116.25 Almacenes 38,00; 195,00; 7.410,00; 1.111,50 ; 6.298,50 Dpto, PA; 123,00 ; 330,00; 40.590,00; 4.059,00; 36.531,00 Casa antigua; 115,30 ; 195,00 ; 22.483,50; 6.745,05; 15.738,45

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EX­TRAC­TO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y CANCELACIÓN DE LA COMPAÑÍA PRODUCTOS ALIMENTICIOS DELSABEN CÍA. LTDA. 1.- Se po­ne en co­no­ci­mien­to del pú­bli­co que, la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías me­dian­te Re­so­lu­ción No. SC.IJ.DJDL.Q.12. 1568 de 26 MAR 2012, apro­bó la es­cri­tu­ra pú­bli­ca de di­so­lu­ción, liquidación y cancelación otorgada ante el Notario Vigésimo Octavo el 23 de febrero del 2012 de la compañía PRODUCTOS ALIMENTICIOS DELSABEN CÍA. LTDA., a fin de quie­nes se cre­ye­ren asis­ti­dos del de­re­cho de opo­si­ción pre­vis­to en el ar­tí­cu­lo 33 de la Ley de Com­pa­ñías, co­mo ac­to pre­vio a su ins­crip­ción, pue­dan pre­sen­tar su pe­ti­ción an­te uno de los Jue­ces de lo Ci­vil del do­mi­ci­lio prin­ci­pal de la com­pa­ñía, den­tro de los seis días con­ta­dos des­de la fe­cha de la úl­ti­ma pu­bli­ca­ción de es­te ex­trac­to y, ade­más, pon­gan el par­ti­cu­lar en co­no­ci­mien­to de la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías. El Juez que re­ci­ba la opo­si­ción no­ti­fi­ca­rá a es­ta Su­pe­ rin­ten­den­cia, den­tro del tér­mi­no de dos días si­guien­tes jun­ta­men­te con el es­cri­to de opo­si­ción y pro­vi­den­cia re­caí­da so­bre ella. En ca­so de no exis­tir opo­si­ción o de no ser no­ti­fi­ca­da en la for­ma an­tes in­di­ca­da se pro­ce­de­rá a la ins­crip­ción de la re­fe­ri­da es­cri­tu­ra pú­bli­ca de la citada com­pa­ñía y al cum­pli­mien­to de los de­más re­qui­si­tos le­ga­les. 2.- Al otor­ga­mien­to de la es­cri­tu­ra pú­bli­ca an­tes men­cio­na­da com­pa­ re­ce el señor Héctor Rosalino De Los Santos Rodas en su ca­li­dad de Ge­ren­te Ge­ne­ral. El com­pa­re­cien­te es de na­cio­na­li­dad ecua­to­ria­na, mayor de edad, de es­ta­do ci­vil divorciado, y do­mi­ci­lia­do en esta ciudad de Qui­to, quien pa­ra los efec­tos del ar­tí­cu­lo 393 de la Ley de Com­pa­ ñías, no­ti­fi­ca a los acree­do­res pa­ra que en el tér­mi­no de vein­te días con­ta­do a par­tir de la úl­ti­ma pu­bli­ca­ción de es­te Ex­trac­to, pre­sen­ten los do­cu­men­tos que acre­di­ten su de­re­cho en la di­rec­ción do­mi­ci­lia­ria de la com­pa­ñía. Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, a 26 MAR 2012

Construcción Oeste; 72,00; 195,00; 14.040,00; 2.808,00 ;11.232,00 Construcción Este; 36,00 ; 70,00; 2.520,00; 756,00; 1.764,00 Total 110.327,70 Son ciento diez mil trescientos veinte y siete dólares USD, con 70/100 Se recibirán posturas desde aquellas que cubran el cincuenta por ciento del avalúo, postura a la que deberán acompañar el diez por ciento en dinero en efectivo o cheque certificado girado a nombre de la Judicatura. Lo que comunico al publico en general para los fines de ley Dr. Luis Ron Villavicencio. Secretario (E) A.C./84609 EXTRACTO R. del E. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Se pone en conocimiento del público en general que en la Secretaria de esta Judicatura, el día jueves tres de mayo del dos mil doce, desde las trece hasta las diecisiete horas, se llevará a cabo el remate de los bienes inmuebles embargados dentro del Juicio EJECUTIVO No. 451-2008-A.C., mismo que a continuación se detalla: PROPIEDAD No UNO UBICACIÓN La propiedad se encuentra en la Urbanización La Colina lote No 127 de la parroquia Sangolquí perteneciente al Cantón Rumiñahui. LINDEROS NORTE: En 20,00 m con calle Pública SUR: En 20,00 m con lote No 126 ESTE: En 51,00 m con lote No 125 OESTE: En 50,00 m con lote No 129 AREA = 1.015,00 M2 D ESCRI P CI ON DE LA PROPIEDAD CERRAMIENTOS NORTE: Mampostería de bloque con columnas de hormigón armado y enlucidos en la parte externa y puerta de tool para acceso vehicular. SUR: Mampostería de bloque con columnas de hormigón armado ESTE: Mampostería de bloque y columnas de hormigón armado que pertenece al colindante OESTE: Sin cerramiento, forma un solo cuerpo con el lote No 129. TERRENO - De forma rectangular

Revista judicial MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador - Plano - La propiedad posee redes de los servicios básicos de infraestructura como agua potable, alcantarillado, luz eléctrica. - La propiedad No posee servicios básicos dentro de la propiedad - En la propiedad no existe ninguna construcción - En la propiedad no existe ningún sembrio - Las vías son asfaltadas, con aceras y bordillos PROPIEDAD No DOS UBICACIÓN La propiedad se encuentra en la Urbanización La Colina lote No 129 de la parroquia Sangolqui perteneciente al Cantón Rumiñahui. LINDEROS NORTE: En 20,00 m con calle Publica SUR: En 20,00 m con lote No 128 ESTE: En 50,00 m con lote No 127 OESTE: En 48,00 m con lote No 131 AREA = 980.00 M2 D ESCRI P CI ON DE LA PROPIEDAD CERRAMIENTOS NORTE: Mampostería de bloque con columnas de hormigón armado y enlucidos en la parte externa y puerta de tool para acceso vehicular. SUR: Mampostería de bloque con columnas de hormigón armado ESTE: Sin cerramiento forma un solo cuerpo con el lote No 127 OESTE: Parte mampostería de bloque y en otra de ladrillo con columnas de hormigón armado que pertenece al colindante. TERRENO - De forma rectangular - Plano - La propiedad posee redes de los servicios básicos de infraestructura como agua potable, alcantarillado, luz eléctrica. - La propiedad No posee servicios básicos dentro de la propiedad - En la propiedad no existe ninguna construcción - En la propiedad no existe ningún sembrio - Las vías son asfaltadas, con

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE ESPIRITU DEL ECUADOR S.A. E.E.S.A. Por medio de la presente, pongo en su conocimiento que se realizará la Junta Ordinaria de Accionistas de la Compañía Espíritu del Ecuador, el día 05 de Abril del presente año a las 17:00 pm en las instalaciones de la Compañía (Calle Roca E10-75 y Av. de Octubre, Edificio Gayal M-3), para tratar lo siguiente: 1. Informe del Gerente General, año 2010 2. Informe Comisario, año 2010 3. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros, año 2010 4. Proyecto de distribución de utilidades 5. Conocimiento de la renuncia del Gerente General 6. Nombramiento de Comisario 7. Nombramiento de Gerente General De manera especial e individual se convoca al Comisario. Los documentos contemplados en el Art. 292 de la Ley de Compañías se encuentran exhibiéndose en las oficinas de la Compañía. La Junta se instalará con el quórum contemplado en el estatuto de la Compañía. Atentamente,

AB. PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS

Eduardo Erazo M. Gerente General Espíritu del Ecuador S.A. EESA AR/86122/cc

AC/84864/tf

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aceras y bordillos. AVA L U O DE LAS PROPIEDADES Lote de terreno No 127 1.015,00 m2 a $ 60,00 c/m2 $ 60.900,00 Lote de terreno No 129 980,00 a $ 60,00 c/m2 $ 58.800,00 TOTAL: $ 119.700,00 SON CIENTO DIECINUEVE MIL SETECIENTOS, CON 00/100 DOLARES AMERICANOS Publíquese en uno de los diarios de mayor circulación que se editen en la provincia de Pichincha.- Fíjese los carteles conforme lo dispone la ley, para el efecto, con suficiente despacho depréquese al señor Juez Décimo Séptimo de lo Civil de Pichincha, con asiento en el Cantón Rumiñahui, a fin de que proceda a colocar los carteles correspondientes, en los parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia Sangolquí, lugar en que se encuentra ubicados los inmuebles a rematarse.- Se recibirán posturas que cubran como base las dos terceras partes del avalúo aprobado, que asciende a la suma de ciento diecinueve mil setecientos dólares, debiéndose acompañar el 10 % del valor de la oferta, en dinero en efectivo, o en cheque certificado a nombre del Juzgado.- Notifíquese. f) Dr. ARMANDO ACELDO GUALLI, Juez Lo que comunico a usted para los fines de ley. Dr. JUAN FRANCISCO JUSTICIA SECRETARIO Hay firma y sello AC/84620/tf AVISO DE REMATE JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EN EL DIA MIÉRCOLES DIECIOCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOCE, DESDE LAS TRECE HASTA LAS DIECISIETE HORAS, EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO, SE LLEVARA A CABO EL REMATE DEL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: JUICIO EJECUTIVO No. 2009519-DC UBICACION La propiedad se encuentra en la calle Tomas Guerron s/n y Calla Manuela Cañizares del Barrio La Libertad de la Parroquia de Conocoto, perteneciente al Distrito Metropolitano de Quito. LINDEROS NORTE: En 24,50 con propiedad de Bertha Eulalia González Guerrero SUR: En 24,50 m. con propiedad de Angel Salazar Guerrero ESTE: En 20,00 m. con calle pública Tomas Guerron OESTE: En 20,00 m. con propiedad de José María Moposita AREA= 490.00 m2 NOTA: Los 10,00 m. faltante al área que indica el Certificado del Registro de la Propiedad es por el ensanchamiento de la vía que se ha realizado para adoquinar la vía. D ESCRI P CI ÓN DE LA PROPIEDAD CERRAMIENTOS NORTE: Mampostería de bloque en parte y en otra de ladrillo que pertenece al colindante. SUR: Mampostería de bloque que pertenece al colindante que pertenece al colindante. ESTE: Mampostería de bloque con columnas de hormigón armado, sin puerta de acceso. OESTE: Mampostería de bloque que pertenece al colindante. TERRENO De forma rectangular. Plano No tiene los servicios básicos de infraestructura como agua potable, alcantarillado, luz eléctrica. No existe construcciones. No existe sembríos La propiedad se encuentra delimitada con cerramientos en su

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MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

totalidad. AVALUO DE LA PROPIEDAD Terreno 490.00 m2 a $ 55.00 c/m2 $ 26.950.00 SUMA: $ 26.950,00 SON: VEINTE Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA, con 00/100 DOLARES AMERICANOS. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AMPLIACIÓN DEL INFORME PERICIAL ING. FRANCISCO HERRERA HERRERA. Perito del Consejo de la Judicatura, nombrado y legalmente posesionado dentro del juicio EJECUTIVO Causa: 0519-2009- Dr. Dilo Cevallos. Actor: Gloria Genoveva Rubio Rivera. Demandado: Angel Wilson Salazar Barreno y María Soledad Caiza Logacho. En relación al pedido de ampliación del informe pericial, solicitado manifiesto: 1.- El Lindero SUR colinda con terreno de los vendedores, esto es Sergio Rene Romero Garrido y Betty Alexandra Guaicha Chuquimarca y NO con propiedad de Angel Salazar Guerrero como indica en el informe pericial. 2.- De acuerdo a la sentencia el único demandado es Maria Soledad Caiza Logacho y No el esposo por lo que la demanda es del 50% de derechos y acciones de la propiedad, esto es: Costo de la propiedad $ 26.950.00 50% de derechos y acciones $ 26.950.00 x 50% de derechos y acciones = $ 13.475.00 SON: TRECE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO, con 00/100 DOLARES AMERICANOS. JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 23 de enero del 2012, las 08h42.- VISTOS: Agrèguese a los autos el escrito que antecede.- En lo principal, señalase para el día 18 de abril año en curso, desde las trece hasta las diecisiete horas, a fin de que tenga lugar el remate de los derechos y acciones del

bien inmueble embargado y avaluado, en la Secretaria de esta Judicatura. Publíquese el extracto en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan esta ciudad de Quito, debiendo mediar entre una y otra publicación por lo menos ocho días hábiles, y de la última publicación al día del remate también ocho días hábiles. Fíjense los carteles de ley. Las posturas se recibirán a todas aquellas que cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo practicado, por ser primer señalamiento, debiendo los interesados acompañar, por lo menos el diez por ciento de su oferta en dinero en efectivo o cheque certificado a ordenes de esta Judicatura. Notifíquese. Lo que pongo en conocimiento del Publico en general para los fines consiguientes.- Quito, 10 de febrero de 2011. Certifico.Dr. Pablo Toro Carrillo EL SECRETARIO JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84377/tf

VARIOS EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL A: EDGAR VINICIO SARMIENTO SARMIENTO ACTOR: ANA LUCIA GALARZA VERA DEMANDADO: EDGAR VINICIO SARMIENTO SARMIENTO JUICIO No. 163-2012-HCH. TRÁMITE: ORDINARIO OBJETO: Demanda la Prescripción Adquisitiva Ordinaria del bien mueble de conformidad con los Arts. 2392 y 2408 del Código Civil. CUANTÍA: INDETERMINADA PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, viernes 9 de marzo del 2012, las 11h50. VISTOS.Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Juez Suplente de esta Judicatura mediante oficio No. 12 DDP-JAR

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE EJECUTIVO RAPITRANS S.A.

De conformidad con la Ley General de compañías y el Estatuto Social de RAPITRANS S.A., convócase a los señores Accionistas, a Junta General Extraordinaria, que se llevará a efecto, el día lunes 23 de Abril del 2012 a las 2 p.m., en el domicilio de la Compañía, situado en la Urb. Cipreses 2da. Etapa, calle John F. Kennedy N72-08 y Bartolomé Murillo, para tratar el siguiente orden del día: 1. Elección de GERENTE GENERAL, PRESIDENTE, COMISARIO Y DIRECTORES PRINCIPALES Y SUPLENTES. 2. Elección de GERENTE DE OPERACIONES.

JUDICIAL QUITO

de 24 de Enero del 2005.- En lo principal, la demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que declarándosela procedente se la acepta a trámite ordinario.- En mérito del juramento rendido por la actora, sobre la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia del demandado, cítese con un extracto del contenido de la demanda y presente providencia al demandado Edgar Vinicio Sarmiento Sarmiento, por la prensa, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito y de conformidad con lo determinado por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que en el término de quince días conteste la demanda, proponiendo conjuntamente todas y cada una de las excepciones de que se crea asistido.- Incorpórese al proceso la documentación adjunta.Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora para sus notificaciones, así como la autorización dada su abogado defensor para que suscriba los escritos necesario.CITESE Y NOTIFIQUESE.- F) Dr. Reynaldo Flor Alvarado, JUEZ Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.- Certifico.ATENTAMENTE DR. LUIS CHULDE RUANO. SECRETARIO (E) Hay un sello AR/86104/cc Cámara de Comercio de Quito EXTRACTO NOTIFICACIÓN HEREDEDOS DESCONOCIDOS DE GERMÁN ÁVILA VARGAS ACTOR: PATRICIA JAQUELINE BOLICK DÁVALOS, RODRIGO JAVIER VALDEZ BOLICK, MARIA ALEXANDRA VALDEZ BOLICK, DANIELAVALDEZ BOLICK, Herederos de Rodrigo Valdez Valdez DEMANDADOS: GERMÁN ÁVILA VARGAS ASUNTO: CUANTÍA: USD$ 220.000,00 “TRIBUNAL ARBITRAL DEL CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE QUITO.(Proceso Arbitral No. 107-10). Quito, 9 de marzo de 2012, a las 11h59.- 1.Agréguese al proceso el escrito y el anexo presentados por la parte actora el 23 de febrero de 2012, a las 13h39.-

El medio más seguro para permanecer siendo pobre es el de ser un hombre honrado. Napoleón 2.- Téngase en cuenta el fallecimiento del Ingeniero Nelson Germán Ávila Vargas, conforme se desprende de la partida de defunción que presenta la parte actora.- 3.- En cumplimiento de lo que dispone el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil se dispone contar con los herederos del demandado en este proceso arbitral.- 4.- A los herederos conocidos y a la cónyuge sobreviviente del causante notifíquese en persona o por una boleta en sus respectivos domicilios, que el actor indica, conforme al siguiente detalle: a) a los señores Patricio Germán Ávila León, Luis Felipe Ávila León y María Belén Ávila León en la Av. Brasil No. 294 y J. de la Cueva, Edificio IACA, Primer Piso, de esta ciudad de Quito; b) al señor Juan Carlos Ávila León, en la calle Mariano Aguilera E7 -219 y Av. Diego de Almagro de la misma ciudad; y, c) a la señora Martha Cecilia León Andrade, cónyuge supérstite del demandado, en la Avenida Río Amazonas No. 101 y Avenida Río Bombonaza, en la parroquia San Rafael del cantón Rumiñahui.- 5.- A los herederos desconocidos del demandado se los notificará mediante una sola publicación de un extracto de esta providencia, para cuyo efecto se dispone que por Secretaría se entregue a la parte actora el extracto correspondiente.- 6.- Una vez realizada la publicación se conmina a la parte actora a agregar su constancia al expediente.- Notifíquese.-“ f) Dr. Diego Romero Ponce, Presidente del Tribunal; Dr. José María Rumazo Arcos, Árbitro; Dr. Alberto Peña Moscoso, Árbitro. AR/86112/cc JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA HAGASE CONOCER AL PUBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE ESTA TRAMITANDO EL SIGUIENTE JUICIO DE INSOLVENCIA A. BERTHA AURELIA

MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA ACUACULTURA Y PESCA SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA SUBSECRETARIA DE TIERRAS Y REFORMA AGRARIA, DIRECCION DISTRITAL, 16 de diciembre de 2011, a las 10H30.- Acto Administrativo No 81 .- VISTOS: En mi calidad de Directora del Distrito Central, avoco conocimiento de la petición de expropiación formulada por el señor: LAURO ENRIQUE REVELO PASTAS Presidente de la Corporación Agrícola de Tumbatu, respecto del predio de propiedad de los herederos del señor JORGE LUIS RIVERA ARIAS, que responden a los nombres de LUIS RAMIRO RIVERA CARDENAS, MARíA ANGELICA

RIVERA CARDENAS, ESTHER ALICIA RIVERA CARDENAS, G E O VA N Y REYNALDO RIVERA CÁRDENAS, BOLIVAR SALOMON RIVERA CÁRDENAS, ANGEL RIGOBERTO RIVERA CARDENAS, ROSARIO M A R G A R I TA RIVERA CARDENAS, RAQUEL GUILLERMINA RIVERA C A R D E N A S, S EG U N D O TIMOLEON RIVERA CARDENAS, JORGE VINICIO RIVERA CARDENAS, BLANCA SOFIA RIVERA CÁRDENAS, Y LA CONYUGE SOBREVIVIENTE SEÑORA MARIA ROSARIO CÁRDENAS SALCEDO. de una superficie de 58.30 hectáreas, ubicado en el sector denominado Tumbatú en la parroquia de Guayllabamba, cantón Quito, provincia de Pichincha, circunscrito dentro de los siguientes linderos.: NORTE.- Con barrancos, rumbo variable SUR.- Con barrancos del rio Coyago, rumbo variable; ESTE.- Con quebrada sin nombre que divide, que divide con la urbanización Bellavista, rumbo variable; con propiedad del señor Gerardo Cadena, rumbo variable; con calle pública sin nombre y quebradilla sin nombre rumbo variable; OESTE.- Con quebrada sin nombre, rumbo variable; con propiedad privada varios propietarios, rumbo variable y con proyecto de camino. Habiendo el peticionario establecido los presupuestos de hecho y las razones jurídicas en que se funda la petición y por asegurarse de que el predio se encuentre incurso en el literal c) del articulo 43 de la Ley de Desarrollo Agrario, y de conformidad con lo que establece el articulo 44 de la Codificada Ley de Desarrollo Agrario, acéptese la petición de expropiación a trámite.- Dese a la petición de expropiación el trámite de conformidad a lo que determina el Capitulo VIII del Reglamento General de la Ley de Desarrollo Agrario.- A los señores, LUIS RAMIRO RIVERA CARDENAS, MARÍA ANGELICA RIVERA CARDENAS, ESTHER ALICIA RIVERA CARDENAS, G E O VA N Y REYNALDO RIVERA CARDENAS, BOLIVAR SALOMON RIVERA CARDENAS, ANGEL RIOBERTO RIVERA CARDENAS, ROSARIO M A R G A R I TA RIVERA CARDENAS, RAQUEL GUILLERMINA RIVERA C A R D E N A S, S EG U N D O TIMOLEON RIVERA CARDENAS, JORGE VINICIO RIVERA CARDENAS, BLANCA SOFIA RIVERA CARDENAS, Y LA CONYUGE SOBREVIVIENTE

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

CONVOCATORIA

EX­TRAC­TO

EX­TRAC­TO

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA LUCERNAGOURMET CIA. LTDA.

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA TALLER MECANICO SUAUTOAPUNTO CIA. LTDA.

Se convoca con el carácter de urgente a los copropietarios del Conjunto Habitacional Sindicato de Choferes de Pichincha a sesión general el día sábado 31 de marzo del 2012 a las 17H00 en las instalaciones del conjunto. El vergel Nro. 22-15.

La com­pa­ñía LUCERNAGOURMET CIA. LTDA. se cons­ti­tu­yó por es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Vigésimo Cuarto del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 09/ marzo/2012, fue apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­ den­cia de Com­pa­ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ.DJC.Q.12.001516 de 21/marzo/2012.

La com­p a­ñ ía TALLER MECANICO SUAUTOAPUNTO CIA. LTDA. se cons­ti­tu­yó por es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Tercero del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 07 de Marzo de 2012, fue apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción SC.IJ.DJC. Q.12.001480 de 20 de Marzo de 2012.

1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­ to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha.

1.- DO­MI­CI­LIO: Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, pro­vin­cia de Pi­chin­cha.

2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00

2.- CA­PI­TAL: Sus­cri­to US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00

El comisario queda especial y señaladamente convocado. Quito, 26 de marzo del 2012.

Qui­to, 21/marzo/2012

A.P./52426/k.m.

JUZGADO SEPTIMO DEL TRABAJO DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL DE CITACIÓN JUDICIAL A RAÚL GUILLERMO CARTOFIELD BRIDA JUICIO: ORAL No. 0328-2011C. CH. ACTOR: FABRICIO JAVIER VALENCIA VELASTEGUI DEMANDADO: RAÚL GUILLERMO CARTOFIELD BRIDA CASILLERO JUDICIAL No. 1245 DEFENSORA: DRA. DANA ABAD A. PROVIDENCIA: “JUZGADO SEPTIMO DE TRABAJO DE PICHINCHA.Quito, lunes 12 de marzo del 2012, las 08h25.- En lo principal, habiéndose declarado bajo juramento que el actor desconoce el domicilio en el cual deba ser citado el demandado y por cuanto además no ha sido posible localizarlo en el

lugar indicado en la demanda, CÍTESE a RAUL GUILLERMO CARTOFIELD BRIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación conforme lo manda la cita legal antes indicada. A efectos de cumplir con dicha citación se hace saber al demandado RAUL GUILLERMO CARTOFIELD BRIDA de la acción propuesta en su contra por parte del actor FABRICIO JAVIER VALENCIA VELASTEGUÍ, en la cual manifiesta haber mantenido relación laboral con el demandado. En la acción constan varios rubros reclamados con una cuantía de NOVENTA MIL DÓLARES AMERICANOS. Notifíquese además con la fecha de la Audiencia Preliminar de Conciliación, Contestación a la Demanda y Formulación de Pruebas la cual tendrá lugar el día 13 de septiembre del 2012 a las 11h00. A la diligencia señalada deberán acudir las partes personalmente y acompañados de su abogado o mediante Procurador Judicial con Poder Especial amplio y suficiente con cláusula expresa para transigir, así como deberán presentar sus exposiciones y pedidos de pruebas por escrito. Cítese y Notifíquese.- f) DR. JOSE EDUARDO PROAÑO EGAS, Juez. Lo que comunico para los fines de Ley. Dr. Germán Alexander Venegas Carrasco S EC R E TA R I O J U ZGA D O SEPTIMO DE TRABAJO DE PICHINCHA Hay firma y sello AC/84865/tf

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

3.- OB­JE­TO: El ob­je­to de la com­pa­ñía es: A) TODAS LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS Y ACTIVIDADES RELACIONADAS, TALES COMO: RESTAURANTE, CAFETERÍA.....

Ing. Gissela Vinueza López PRESIDENTA RUC 1791295617001

VALDOSPINOS MORA ACTOR: DR. IVAN ALFREDO VERA JARA, PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR JULIO RODRIGO PAZ DELGADO D E M A N DA DA : BERTHA AURELIA VALDOSPINOS MORA JUICIO: ESPECIAL DE INSOLVENCIA No672-2.001 Abg. R. Bravo CASILLERO JUDICIAL No 1291 F U N DA M E N TO L EG A L : ART. 519 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL ABOGADO: DR. IVÁN VERA JARA CUANTIA: INDETERMINADA PROVIDENCIA: AUTO DE CALIFICACION JUZGADO VIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 2 de junio del 2011, las 10h08.VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud del sorteo realizado Dr. Felipe Infante Rey, en calidad de Juez encargado mediante acción de personal No.2682DP-DPP de 7 de diciembre del 2010.- La demanda que antecede es clara y reúne los requisitos de Ley. De la documentación que se acompaña, se desprende que la demandada: BERTHA AURELIA VALDOSPINOS MORA, se halla comprendido en la situación prescrita en el Art 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se presume su insolvencia y se declara con lugar al concurso de acreedores. En consecuencia procédase a la ocupación y deposito de los bienes, libros, correspondencia y demás documentos de la fallida, los mismos que se entregarán al sindico del concurso Dr. JORGE MACAS ROMERO, con quien se contara en la presente causa. Hágase conocer al público mediante publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación que se editan en esta ciudad de Quito. Que se acumulen todos los juicios seguidos en su contra por obligaciones de dar o hacer. Se ordena también que se remita copias de todo lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal para la cali-

ficación de la insolvencia, prohíbase al demandado ausentarse del país, ordenándose que en el término de ocho días, presente el balance de sus bienes con la indicación de activo y del pasivo. Como el fallido queda en interdicción de administrar sus bienes, notifíquese el particular a los señores: Notarios, Registrador de la Propiedad, Registrador Mercantil Gerentes de los bancos locales, al señor Superintendente de Bancos, señor Director de Migración y Extranjería, Jueces de lo Civil. Cúmplase con las diligencias pertinentes en esta clase de enjuiciamiento. El demandado sin embargo podrá oponerse dentro de tres días de ser citado legalmente, pagando la deuda o dimitiendo bienes equivalentes. CITESE, a la demandada señorita: BERTHA AURELIA VALDOSPINOS MORA, en el lugar indicado, para el cumplimiento de esta diligencia se enviará atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de lo Civil del Cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha- Agréguese al proceso los documentos que se acompaña. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el actor y la calidad en que comparece.- Notifíquese.f) Dr. Felipe Infante rey Juez Encargado. Lo que comunico al público en general para los fines de ley.- Certifico. AB. JORGE MIER BURBANO SECRETARIO Hay un sello A.C./84848

Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS AR/86110/cc

3.- OB­JE­TO: El ob­je­to de la com­pa­ñía es: "PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES, MOTORES, AUTOMOTORES EN GENERAL, REPUESTOS Y PARTES DE DICHAS MÁQUINAS. SE DEDICARÁ DE MANERA HABITUAL, DENTRO DEL GIRO ORDINARIO DE SUS NEGOCIOS, A PRESTAR LOS SERVICIOS DE MECÁNICA AUTOMOTRIZ..."

Con el siguiente orden del día 1.- PUNTOS VARIOS Se ruega la puntual asistencia Atentamente, Henry Ramón Zambrano PRESIDENTE Quito, Marzo 26/2012

Qui­to, 20 de Marzo de 2012. Dr. Oswaldo Noboa León DIRECTOR JURÍDICO DE COMPAÑÍAS AR/86111/cc

AR/86120/cc


SEÑORA MARIA ROSARIO CARDENAS SALCEDO. Asi como también a los presuntos herederos y terceros que creyeren tener derechos, se los citará mediante tres publicaciones que se harán cada una de ellas en fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito. Téngase en cuenta el casillero Judicial No 4382 del Palacio de Justicia de la ciudad de Quito, correspondiente a los Doctores Luis Zambrano y Segundo Poaquiza, a quien el peticionario nombra como su Abogado patrocinador.Actué en calidad de Secretario Ad-Hoc de la Dirección Distrital. Dr. Luis Escobar Pérez.NOTIFIQUESE.Dra. Lourdes Garcés Bucheli. DIRECTORA DEL DISTRITO CENTRAL Hay firma y sello AC/84860/tf

ANULACIONES

banco INTERNACIONAL Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610713247 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14183 (1)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500833481 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14183 (2)mg

======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500798181 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14183 (3)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6500760744 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14183 (4)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380766307 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14183 (5)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380758339 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14183 (6)mg ======= Por haberse extraviado el certificado de inversión emitido por el Banco Internacional S. A No. 80109641 por valor de US$ 1000.00 con vencimiento al 19 de marzo de 2012, se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre este certificado, deberá presentar por escrito su reclamo al Banco, dentro de los 15 días contados desde la última publicación de este aviso.

AC/14184/ (1) mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 450728080 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (1)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 390779931 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (2)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640600937 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (3)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900765788 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (4)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500714522 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (5)mg =======

REPUBLICA DEL ECUADOR SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑIAS

La admiración no interroga nunca: con admirar comprende. B e nav e n t e

Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900769996 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (6)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400803570 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (7)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 2215957 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (8)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370703451 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (9)mg ======= Por haberse perdido la Libreta

de Ahorros de la cuenta No. 630710780 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (10)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250707362 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (11)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 640720931 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (12)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400720307 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (13)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE TERRAEARTH RESOURCES S.A.

RE­PU­BLI­CA DEL ECUA­DOR SU­PE­RIN­TEN­DEN­CIA DE COMPAÑIAS

EX­TRAC­TO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE DISOLUCIÓN VOLUNTARIA Y ANTICIPADA DE LA COMPAÑÍA EXPORTCLASS S.A. AN­TE­CE­DEN­TES.- EXPORTCLASS S.A., se constituyó me­dian­te es­cri­tu­ra pú­bli­ca otor­ga­da an­te el No­ta­rio Vigésimo Octavo del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, el 27 de julio de 2009, ins­cri­ta en el Re­gis­tro Mer­can­til del mis­mo Dis­tri­to ba­jo el No. 2591, To­mo 140, el 13 de agosto de 2009. 1. CE­LE­BRA­CIÓN Y APRO­BA­CIÓN.- La es­cri­tu­ra pú­bli­ca de di­so­lu­ción vo­lun­ta­ria y an­ti­ci­pa­da de la com­pa­ñía EXPORTCLASS S.A., otor­ga­da el 21 de sep­tiem­bre de 2011 an­te el No­ta­rio Vi­gé­ si­mo Octavo del Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, ha si­do apro­ba­da por la Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías, me­dian­te Re­so­lu­ción No.SC.IJ.DJDL.Q.12. 1492 de 21 MAR. 2012 2. OTOR­GAN­TES.- Com­pa­re­ce al otor­ga­mien­to de la es­cri­tu­ra pú­bli­ca an­tes men­cio­na­da la se­ñora María Cecilia Castillo Luzuriaga, en su ca­li­dad de Ge­ren­te Ge­ne­ral y Representante Legal de la compañía, de na­cio­na­li­dad ecuatoriana, de es­ta­do ci­vil ca­sa­da y do­mi­ci­lia­da en el Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to. 3. PU­BLI­CA­CIÓN.- La Su­pe­rin­ten­den­cia de Com­pa­ñías or­de­nó la pu­bli­ca­ción del ex­trac­to de la re­fe­ri­da es­cri­tu­ra pú­bli­ca pertinente, por tres días con­se­cu­ti­vos, pa­ra efec­tos de opo­si­ción de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición como ac­to pre­vio a su ins­crip­ción. AVI­SO PA­RA OPO­SI­CIÓN.- Se po­ne en co­no­ci­mien­to del pú­bli­co la di­so­lu­ción vo­lun­ta­ria y an­ti­ ci­pa­da de la com­pa­ñía EXPORTCLASS S.A., a fin de que quie­nes se cre­ye­ren con de­re­cho a opo­ner­se a su ins­crip­ción pue­dan pre­sen­tar su pe­ti­ción an­te uno de los Jue­ces de lo Ci­vil del do­mi­ci­lio prin­ci­pal de la com­pa­ñía, den­tro de los seis días con­ta­dos des­de la fe­cha de la úl­ti­ma pu­bli­ca­ción de es­te ex­trac­to y, ade­más pon­gan el par­ti­cu­lar en co­no­ci­mien­to de la Su­pe­rin­ten­den­ cia de Com­pa­ñías. El Juez que re­ci­ba la opo­si­ción no­ti­fi­ca­rá a es­ta Su­pe­rin­ten­den­cia, den­tro del tér­mi­no de dos días si­guien­tes, jun­ta­men­te con el es­cri­to de opo­si­ción y pro­vi­den­cia re­caí­da so­bre ella. En ca­so de no exis­tir opo­si­ción o de no ser no­ti­fi­ca­da en la for­ma an­tes in­dica­da se pro­ce­de­rá a la ins­crip­ción de la re­fe­ri­da es­cri­tu­ra pú­bli­ca de la in­di­ca­da com­pa­ñía y al cum­pli­mien­to de los de­más re­qui­si­tos le­ga­les. Dis­tri­to Me­tro­po­li­ta­no de Qui­to, a 21 MAR 2012

Amparado en el artículo 236 de la Ley de Compañías, y en el artículo 17 de los estatutos sociales de la compañía TERRAEARTH RESOURCES S.A., se convoca a los señores accionistas de TERRAEARTH RESOURCES S.A., a la Junta General Ordinaria que se llevará a cabo el día 4 de abril de 2012, a las once horas, en las oficinas de la Compañía ubicados en la Av. Shyris N32-218 y Av. Eloy Alfaro, de la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, con el fin de tratar el siguiente orden del día: 1) Conocimiento y aprobación de los balances y estados financieros de la compañía del ejercicio económico 2011.; 2) Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente General de la compañía correspondiente al ejercicio económico del año 2011.; 3) Conocimiento y aprobación del Informe de Comisario de la compañía correspondiente al ejercicio económico 2011.; 4) Conocimiento y aprobación del Informe de Auditoría Externa correspondiente a la compañía.; 5) Resolución acerca de la distribución de beneficios sociales. Quito D. M., a 26 de marzo de 2012 Cordialmente,

PATRICIA CHIRIBOGA SÁNCHEZ DIRECTORA JURÍDICA DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMPAÑÍAS

Revista judicial MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador ma publicación de este aviso. AC/14181 (21)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 250767060 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (22)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 893776 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (23)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 460717331 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (24)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400792146 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (25)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 900772253 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (26)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800842329 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (27)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 700810465 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien

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creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (28)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500738848 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (29)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 861017 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (30)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 300748940 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (31)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 370736740 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (32)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380783392 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (33)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380798403 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (34)mg ======= Por haberse perdido la Libreta

AVISO A LOS ACREEDORES DE HUARTE DEL ECUADOR S.A., EN LIQUIDACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 393 de la Ley de Compañías vigente, NOTIFICO a los acreedores de la compañía HUARTE DEL ECUADOR S.A., EN LIQUIDACIÓN, para que dentro del término de veinte días contados desde la fecha de la última publicación de éste aviso, presenten los documentos que acrediten su derecho como Acreedores de dicha sociedad de conformidad con la Ley, en la Av. Amazonas E3-131 y Pasaje Guayas, Edificio Rumiñahui , piso 7, domicilio principal de dicha compañía. Transcurrido el término, el Liquidador tomará en cuenta solamente a los acreedores que hayan probado su calidad y a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía, con la debida justificación. Quito D.M., 26 de marzo de 2012

Christian White Hernández GERENTE GENERAL AR/86093/cc

No. 420713274 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (14)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 550747004 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (15)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500764120 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (16)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 420730373 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (17)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 833447 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (18)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 620754106 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (19)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 360721997 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (20)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400756735 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la últi-

AR/86129/cc

FYC REPRESENTACIONES CIA. LTDA. Liquidadora Principal HUARTE DEL ECUADOR S.A., EN LIQUIDACIÓN AR/86128/cc

CYAN MAGENTA YELLOW BLACK


CYAN MAGENTA YELLOW BLACK

Revista judicial C10

MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador

de Ahorros de la cuenta No. 380728987 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (35)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 600753891 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (36)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 380783929 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (37)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 400756891 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (38)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 610808468 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (39)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 800722723 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (40)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 500766980 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (41)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 6600753793 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (42)mg ======= Por haberse perdido la Libreta de Ahorros de la cuenta No. 3607331399 del Banco Internacional S.A., se está procediendo a su anulación. Quien creyere tener derecho sobre esta libreta, deberá presentar su reclamo al Banco, dentro de los 12 días, contados desde la última publicación de este aviso. AC/14181 (43)mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 200605046 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 769 al

número 769 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 610604155 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1336 al número 1336 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 500092943 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 767 al número 800 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 0400600876 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1430 al número 1430 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 630605562 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 1626 al número 1626 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 250609792 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 30 al número 30 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 300609747 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 75 al número 75 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 300609747 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 84 al número 85 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 300609747 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 91 al número 91 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 300609747 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 106 al número 106 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 360605742 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 627 al número 648 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 360605742 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 652 al número 653 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuen-

JUDICIAL QUITO

ta corriente No. 360605742 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 655 al número 657 AC/14182 ()mg ======= Por orden del titular de la cuenta corriente No. 3606005742 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) de cheque(s). Del número 659 al número 725 AC/14182 ()mg ======= Por haberse SUSTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 4200600462 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 5019 Valor: 145.00 Fecha de Giro: 17-03-2012. AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 6900609019 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 158 Valor: 75 Fecha de Giro: 16-03-2012 . A la orden de: S/N AC/14182 ()mg ======= Por haberse SUSTRACCION se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. ......0400610545 ... del Banco Internacional S.A. No. Cheque 57 Valor: 1340 Fecha de Giro: 19-03-2012. A la orden de: MIKE ORBE AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0500100678 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 3882 Valor: 1154 Fecha de Giro: 6-02-2012 . A la orden de: WILSON CERON AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta

Amamos solamente aquello por lo cual podemos también morir. S ta n l e y H a l l

corriente No. 0530601449 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 005 AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 0530601430 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 114 AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 9700605107 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 4516 Valor: 168.40 Fecha de Giro: 21-03-2012. A la orden de: GLORIA ORTEGA AC/14182 ()mg ======= Por haberse SUSTRAIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 550608366 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 160 Valor: 75.00 Fecha de Giro: 11-03-2012. A la orden de: AL PORTADOR AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 639820 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 108 Valor: 10.00 Fecha de Giro: 29-11-2011. A la orden de: ANTAMBA YASELGA KLEVER AC/14182 ()mg ======= Por haberse PERDIDO se va(n) a anular el (los) siguiente(s) cheque(s), a cargo de la cuenta corriente No. 610604155 del Banco Internacional S.A. No. Cheque 1336 Valor: 36.96 AC/14182 ()mg

banco PICHINCHA QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 2818 de la Cta. Cte. No. 3052429304 perteneciente a VILLACIS VINUEZA, JORGEEDUARDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (1) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 766 valor $308,22 de la Cta. Cte. No. 3457308604 perteneciente a SINGAUCHO HERRERA,MANUEL-HERNAN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (2) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1542-1547-1548-1550-15551563-1573-1574-1582-15831584-1586 al 0 valor $0,00 de la Cta. Cte. No. 3042613404 perteneciente a CUEVA CABRERA,SEGUNDO-JAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (3) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No

“CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA INVERSIONES ALFA C. A. De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y de los Estatutos Sociales, se convoca a los accionistas de la compañía Inversiones Alfa C. A. a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía, que se celebrará el 5 de abril de 2012, a partir de las 16h30, en las oficinas de la empresa, ubicadas en la Avenida de la Prensa N51-270 y Florida de la ciudad de Quito. Esta Junta deberá conocer y resolver sobre los siguientes puntos: 1. Conocimiento y aprobación del informe del Gerente General correspondiente al ejercicio económico 2011. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario 3. Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Resultados correspondientes al ejercicio económico 2011. 4. Destino de los resultados correspondientes al ejercicio económico 2011. 5. Nombramiento de Comisario Principal y Suplente y señalamiento de sus remuneraciones 6. Conocimiento y ratificación del respectivo cronograma de implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y aprobación de la conciliación del patrimonio neto de la compañía, del periodo de transición para implementación de las NIIF Se convoca expresamente a la señora Ximena Valencia y a la señora Carmen Zambrano, en sus respectivas calidades de Comisario Principal y Suplente de la compañía. Los estados financieros e informes a conocer, se encuentran a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la Compañía, ubicadas en la Avenida de la Prensa N51-270 y Florida de la ciudad de Quito. José Luis Gómez Calisto Presidente

1568 valor $569,97 de la Cta. Cte. No. 3409040604 perteneciente a TORRES GUAICHA, MAXIMO-VICENTE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (4) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 4743 valor $26,00 de la Cta. Cte. No. 3215138204 perteneciente a DISTRIBUIDORA DE REACTIVOS Y EQUIPOS DE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (5) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1601 al 1660 de la Cta. Cte. No. 3042613404 perteneciente a CUEVA CABRERA,SEGUNDOJAVIER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (6) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 4174 de la Cta. Cte. No. 3009545104 perteneciente a JACOME DIAZ, MYRIAN-FERNANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (7) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 5637 valor $40,00 de la Cta. Cte. No. 3265161104 perteneciente a ERAZO TAPIA,

GERARDO-MESIAS del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (8) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 578 valor $100,00 de la Cta. Cte. No. 3395615704 perteneciente a CORPORACION PARA EL DESARROLLO TIEMPO SO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (9) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 669 valor $200,00 de la Cta. Cte. No. 3366790704 perteneciente a CABRERA OJEDA, JAVIER-OLIVER del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (10) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 799-802 de la Cta. Cte. No. 3493127104 perteneciente a TIGASI TOAQUIZA,MARIABLANCA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (11) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 281 al 340 de la Cta. Cte. No. 3381437904 perteneciente a PURUNCAJAS AIGAJE, GLADYS-ELENA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho

deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (12) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 285 al 287 de la Cta. Cte. No. 3462696104 perteneciente a PUSDA GER, LIGIA-YOLANDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (13) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 2860 valor $691,71 de la Cta. Cte. No. 3017466504 perteneciente a IGLESIA EVANGELICA, ALIANZA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (14) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 464 de la Cta. Cte. No. 3474492104 perteneciente a REVELO VILLAREAL, SONIARAQUEL del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (15) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1078 valor $625,00 de la Cta. Cte. No. 3046379104 perteneciente a OROZCO VILLACRES, CARLOS-JULIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación.

“CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA CORPORACION EMPRESARIAL S. A. CORPESA De conformidad con las disposiciones de la Ley de Compañías y de los Estatutos Sociales, se convoca a los accionistas de la compañía CORPORACION EMPRESARIAL S. A. CORPESA a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Compañía, que tendrá lugar el 5 de abril de 2012, a partir de las 10h00, en las oficinas de la empresa, ubicadas en la Avenida de la Prensa N51-270 y Florida de la ciudad de Quito. La Junta General de Accionistas se convoca para conocer y resolver sobre los siguientes puntos: 1. Conocimiento y aprobación del informe del Presidente correspondiente al ejercicio económico 2011. 2. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario correspondiente al ejercicio económico 2011. 3. Conocimiento y aprobación del Balance General y Estado de Resultados correspondientes al ejercicio económico 2011. 4. Conocimiento y aprobación del informe de los Auditores Externos correspondiente al ejercicio económico 2011. 5. Destino de los resultados correspondientes al ejercicio económico 2011 6. Nombramiento Presidente y Vicepresidente Ejecutivo 7. Nombramiento de Comisarios Principal y Suplente para el período 2012 y fijación de sus honorarios. 8. Designación de Auditores Externos para el período 2012 y fijación de sus honorarios. 9. Conocimiento y ratificación del respectivo cronograma de implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y aprobación de la conciliación del patrimonio neto de la compañía, del periodo de transición para implementación de las NIIF. 10. Aprobación del presupuesto correspondiente al año 2012 Se convoca expresamente a la señora Carmen Zambrano, en su respectiva calidad de Comisario Principal. Los estados financieros auditados e informes a conocer, están a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la Compañía, ubicadas en la Avenida de la Prensa N51-270 y Florida de esta ciudad de Quito. BERNARDO GÓMEZ CALISTO PRESIDENTE

Quito, 27 de marzo de 2012.

Quito, 27 de marzo de 2012. AR/86115/cc

AR/86116/cc


AC/ (16) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 101 al 130 de la Cta. Cte. No. 3515376304 perteneciente a LLERENA MORALES,EDUARDOPATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (17) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 431 al 490 de la Cta. Cte. No. 3038580904 perteneciente a PINTO BARBA,MAIRA-LILIANA del Banco Pichincha. Quien

tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (18) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 551 al 610 de la Cta. Cte. No. 3453519304 perteneciente a GARZON VILLACRES,ERWINENRIQUE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (19) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 25702 valor $193,04 de la Cta. Cte. No. 3032105904

perteneciente a PRODUCTOS Y DISTRIBUCIONES MEDICAS ANDIN del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (20) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 430432 de la Cta. Cte. No. 3003952104 perteneciente a YEPEZ AREVALO,FABIANOLMEDO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (21) mg ======

Cuando más se juzga, menos se ama. Chamfort

QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 1226 de la Cta. Cte. No. 3042154104 perteneciente a LUPERA ASTUDILLO,EDWINPATRICIO del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días

Revista judicial

QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 1121 al 1180 de la Cta. Cte. No. 3012203504 perteneciente a ESPINOZA ASTUDILLO, ROCIO-ELIZABETH del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (27) mg

posteriores a la última publicación. AC/ (22) mg ====== QUEDA ANULADO Por PERDIDA del Cheque No 3123 de la Cta. Cte. No. 3463824404 perteneciente a STAR COLOURS REPRESENTACIONES CIA LTDA del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (23) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 72602 valor $281,45 de la Cta. Cte. No. 3026793704 perteneciente a QUITO TENIS Y GOLF CLUB del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (24) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 2565 de la Cta. Cte. No. 3061267604 perteneciente a LUNA PAZMINO,HECTOR-EDGAR del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (25) mg ====== QUEDA ANULADO Por ROBO del Cheque No 255929 al 255940 de la Cta. Cte. No. 3024919004 perteneciente a CASTILLO AVEIGA, MARIA-KATERINE del Banco Pichincha. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 60 días posteriores a la última publicación. AC/ (26) mg ======

COOPROGRESO Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0810081070 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a BUNCES CHICAIZA SEGUNDO GONZALO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14170/1mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0101652524 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AYALA SALAZAR JOSE EDUARDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14171/2mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0410239270 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CASHUIG MANOBANDA LUIS ANIBAL se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14172/3mg =====

MARTES 27 de MARZO de 2012 La Hora Quito, ecuador Debido a la pérdida de la Libreta de Aportaciones No. 0670051431 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a TORRES COLLAGUAZO NILO RODRIGO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14173/4mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0301334841 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a FLORES POZO MARIA SUSANA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14174/5mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0401570064 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CUASCOTA PAISANO MARIA INES se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14175/6mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0501175727 y Libreta de Aportaciones No. 0570016452 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CORREA MORALES ANDRES OCTAVIO se procederá a anularla. Particular que se pone en

CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE TURISMUNDIAL S.A. Conforme a lo dispuesto por la Ley de Compañías Codificada y los Estatutos Sociales de la Compañía, se convoca a los Accionistas de Turismundial S.A., a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día jueves 12 de Abril del 2012, a las 17:00H, en el local de la Compañía, ubicado en la Avenida Río Amazonas N22-59 y calle Ramírez Dávalos, con el objeto de conocer y resolver sobre el siguiente Orden del Día: 1.- Informe de Labores de la Administración 2.- Balance General, Estado de Resultados y demás Anexos correspondientes al Ejercicio Económico terminado el 31 de Diciembre del 2.011 3.- Informe del Comisario 4.- Destino de los beneficios correspondientes al Ejercicio Económico del Año 2.011 5.- Ratificación, convalidación y aprobación de las actuaciones de la Administración 6.- Reestructuración de los Libros Sociales de Compañía, en especial el Libro de Acciones y Accionistas, los Títulos y Talonarios de Acción 7.- Designación de los Miembros Principales y Suplentes del Directorio 8.- Designación de Comisarios Principal y Suplente, así como el señalamiento de sus remuneraciones. El Informe de la Administración, el Informe del Comisario, así como los Estados Financieros y sus Anexos, se encuentran a disposición de los Accionistas en el local de la Compañía. Quito, 26 de Marzo del 2012. Gloria Paulina Pérez Espinosa Presidente AR/86124/cc

C11

conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14164/1 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0801371879 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a CUADROS VERA CARMEN ANGELICA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14165/2 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0310173460 y Libreta de Aportaciones No. 0370103691 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a GUAMAN PULUPA MONICA DEL ROCIO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14166/3 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 410331181 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a AGUILAR LIMAICO REBECA MARISENA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14167/4 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 1601014330 y Libreta de Aportaciones No. 1607012765 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a BUÑAY TENEMAZA LUIS ESTUARDO se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14168/5 mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 01104008018 y Libreta de Aportaciones No. 170269094 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a HERNANDEZ CHUQUI ANGEL MARIA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14151 /1mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0301318569 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SIMBAÑA QUISILEMA FELICIANA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14152 /2mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0400015792 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a VELASCO RUALES TOA CELINA se procederá a anularla. Particular que se pone en conocimiento del público, para que quien se crea con derechos sobre el mencionado documento los reclame. AC/14153 /3mg ===== Debido a la pérdida de la Libreta de Ahorros No 0610101859 y Libreta de Aportaciones No. 0670053603 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cooprogreso Limitada, perteneciente a SUAREZ MOREIRA

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