Diario la hora zamora 5 de julio de 2010

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50c incl. iVA

Zamora

¡buenos días!

Lunes 5 de Julio de 2010 SEMIFINALES PARTIDOS

regreso de controles frenaría delincuencia

martes 6 de julio 13:30

uruguaY

holanda

miÉrcoles 7 de julio 13:30

alemania

esPaÑa

la frase

Pasajeros y transportistas coinciden que desde que se eliminaron los controles aumentó la inseguridad en las carreteras. Página Ba13

impuesto no cuaja

organizaciones demandaron que asambleístas impulsen reformas a ley de equidad tributaria para tierras rurales. Alrededor de 300 personas asistieron a la asamblea convocada por el Comité Defensa por la Vida y Soberanía del cantón El Pangui, que tuvo lugar en el salón de sesiones de la Municipalidad local. Al cónclave asistieron Rodrigo Aucay, directivo de la referida organización, los asambleístas Cléver Jiménez y Zobeida Gudi-

ño; el alcalde Modesto Vega, de Nangaritza, y Luis Portilla, de El Pangui; Ángel Torres, asesor de la AME, entre otras autoridades. Luego de todas las intervenciones se enfocó el discurso de desacuerdo con el pago de los impuestos por la tenencia de tierras, dentro la nueva Ley de Equidad Tributaria de terrenos en el sector rural. Página a2

“He sido objeto de mucha agresión de muchas amenazas por los moradores de la zona” galo tiwi,

haBitantE dE GUadaLUPE.

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Mejora precio del café ecuatoriano

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Posición. Los agroproductores se mostraron inconformes con la normativa tributaria.

feria con los días contados

el barrio la Península se convirtió en el punto de concentración para moradores y funcionarios municipales con el propósito de iniciar el acondicionamiento del sitio donde próximamente funcionará la ferialibre.desdeelmiércoles30 de junio hasta el reciente fin de semanaseavanzóenlalimpieza de maleza, nivelación de suelos y el relleno de 600 metros cúbicos de toscón, en un terreno que hasta la semana anterior permanecía sin utilización. Página a15

infórmese

animal

vehículo

ganadores

numero

0 486,351.76 32 1,000.00 1,417 20.00 3,140 5.00 1.361.042

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ciudad Agroproductores mantienen rebeldía a2 tiempo lectura 15 min.

Lunes 05 de Julio de 2010 La Hora zamora

la hora del leCtor

Dentro del programa de aniversario de la Universidad Técnica Particular de Zamora, para hoy a partir de las 20:00 se llevará a cabo la inauguración del Campeonato Interno de Deportes en el coliseo de Deportes de la ciudad de Zamora.

Karla Apolo Coordinadora de la extensión de Zamora

TIEMPO DE OPINAR Conéctate y respóndenos a: www.lahora.com/denuncias.

“Cada día se ponen interesantes, vamos a ver si un país de Sur América entra a la última fase” Carlos Puna, comerciante

“Al parecer nos quedamos fuera los países del sur, pero esperemos que gane el mejor” María JiMénez, estudiante

40% 60%

no

“El país que deseaba que sea campeón no ganó las semifinales, los resultados no son los mejores” José Paladines, estudiante

siguiente Pregunta:

¿está de acuerdo usted que la feria libre sea reubicada?

“Son buenos, el puntaje y la ubicación es como lo prefiero” Pablo Cabrera, empleado público

Asambleísta exige respeto a indígenas El Comité Ejecutivo Nacional del Movimiento de Unidad Plurinacional Pachakutik-Nuevo País MUPP-NP, presidido por Rafael Antuni, en calidad de Coordinador Nacional, junto a los Asambleístas Lourdes Tibán, Magali Orellana, Diana Atamaint, Gerónimo Yantalema, Cléver Jiménez y varios dirigentes de las organizaciones de base del Movimiento Pachakutik denunciaron la pretensión de criminalizar las actividades realizadas por el Movimiento Indígena por parte del Presidente de la República y de su gobierno. En su alocución, el asambleísta por Zamora Chinchipe, Cléver Jiménez, jefe del Bloque Legislativo Pachakutik, rechazó la intensión de separar los temas relacionados con las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades en la elaboración de las distintas leyes que se tramitan en las comisiones

Alrededor de 300 personas asistieron a la asamblea convocada por el Comité Defensa por la Vida y Soberanía del cantón El Pangui, que tuvo lugar en el salón de sesiones de la municipalidad local. Al cónclave asistieron Rodrigo Aucay, directivo de la referida organización, los asambleístas Cléver Jiménez y Zobeida Gudiño; el alcalde Modesto Vega, de Nangaritza, y Luis Portilla, de El Pangui; Ángel Torres, asesor de la AME, entre otras autoridades. Luego de todas las intervenciones se enfocó el discurso de desacuerdo con el pago de los impuestos por la tenencia de tierras, dentro de la nueva Ley de Equidad Tributaria de terrenos en el sector rural. Los ponentes aseguraron que ellos ya cancelan un rubro a cada Municipio de su jurisdicción y tener que pagar otro impuesto afectaría a todos los que hacen producción agropecuaria a nivel nacional. Ante ello, pedirán una reforma a la Ley de Equidad Tributar-

EL PANGUI, LA HORA •

Arranca campeonato de deportes

¿Considera buenos los resultados del mundial “sub África 2010” en los partidos realizados la mañana y tarde de ayer?

asociación de ganaderos en desacuerdo con nueva norma tributaria.

deCisión. Cléver Jiménez, asambleísta provincial.

de la Asamblea Nacional. “Exigimos que se cumpla el Art. 57 y sus 21 numerales de la Constitución de la República que fueron aprobados por la mayoría del pueblo ecuatoriano, y que no se olviden que este Ecuador es un Estado Plurinacional e Intercultural”, puntualizó. El Movimiento Pachakutik, dijo, denuncia a la comunidad ecuatoriana, la persecución en contra de los principales dirigentes de las organizaciones indígenas, sin embargo aseguran que pese a estas intenciones del Gobierno de Rafael Correa, continuarán con su lucha, en defensa de los derechos e intereses de los 14 millones de ecuatorianos.

PosiCión. Los agroproductores se mostraron inconformes con la normativa tributaria.

ia de terrenos en el sector rural, julio a una asamblea provincial para que el pago de impuestos a desarrollarse en la ciudad de sea pasado las 50 hectáreas, y no Zamora con la finalidad de buscar una solución al proba las 25 como está previsto lema existente con la noren la ley. ma legal tributaria. Asimismo piden una Además decidieron asireforma a la Ley de Min- PERSONAS aproximadastir con una delegación de ería y expresaron su total mente asistieron rechazo a las empresas a la asamblea. 80 personas aproximadamente a la Segunda Cummineras e hidroeléctricas bre Regional Amazónica, transnacionales. También la Asociación de Ganaderos del a desarrollarse el 04 de Agosto cantón El Pangui se declararon del 2010 en la ciudad de Macas en rebeldía al pago de dichos im- provincia de Morona Santiago, donde asistirán asambleístas, puestos. La asambleísta provincial, prefectos, alcaldes, concejales, Zobeida Gudiño hizo la invit- presidentes de juntas parroquiación para el día sábado 10 de ales, actores sociales y políticos.

300

Plazo vence hoy, para becas El Ministerio de Cultura y el Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y Becas, firmarán un convenio específico para poner en marcha el Fondo de Becas Culturales, que en este 2010 es de 300 mil dólares. Este apoyo tiene por objetivo beneficiar a gestores, artistas y activistas culturales de las nacionalidades indígenas, pueblo negro y mestizo de escasos recursos económicos, que no hayan tenido la oportunidad de estudiar, y que estén trabajando por el fortalecimiento cultural y

el desarrollo de las artes en sus comunidades. Los aspirantes podrán aplicar para estas becas no reembolsables, en las áreas de artes plásticas, artes musicales, arte teatral, arte visual-cine, danza, antropología cultural, gestión cultural, literatura y letras y patrimonio, en cualquier centro educativo del país y el exterior. En este periodo serán 90 los beneficiados. Según el cronograma establecido, la recepción de carpetas de los solicitantes será del 21 de mayo

al 05 de julio, y los resultados de la calificación y preselección será el 6 de agosto del año en curso. Entre los requisitos para acceder a este beneficio están: ser ecuatoriano, ser bachiller, tener la carta de preadmisión de un centro educativo, poseer aval de alguna organización cultural o comunitaria y presentar la hoja de vida. Esta cartera de cultura invita a gestores, actores y activistas que trabajan en el ámbito de la cultura a participar en este importante concurso nacional.

Nueva agresión se suscitó en la parroquia de Guadalupe Galo Tiwi, de 49 años de edad, habitante de la parroquia de Guadalupe, en días anteriores fue agredido en el momento en que se dirigía a su domicilio, supuestamente por dos ciudadanos. El hecho, a decir de Tiwi, se suscitó aproximadamente a las 19:30 el pasado jueves en horas de la noche cuando se trasladaba desde la comunidad de Numpan al sector de Guadalupe. “Estaba retornando a mi otra casa cuan-

do se aparecieron dos personas que procedieron a agredirme intente defenderme y cuando sentí me dieron un corte en la parte frontal”, mencionó. Comentó que realizará la denuncia respectiva ante la fiscalía a fin de que este tipo de hechos no se vuelvan a suscitar, asegurando “he sido objeto de mucha agresión, de muchas amenazas por los moradores de la zona (…) resaltó.

exPresión. Galo Tiwi fue agredido recientemente por dos ciudadanos.


VII censo de población y VI de vivienda con fecha

El 28 de noviembre, el INEc prevé cumplir proceso. USd 30 millones se invierten.

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), ha definido la fecha para cumplir con el séptimo (VII) censo de población y sexto (VI) de vivienda en el Ecuador. Claudio Gallardo, director del Censo visitó Loja, la semana anterior e informó que el 28 de noviembre de 2010 cumplirán la actividad en el área urbana. En el caso del sector rural, el censo iniciará ese día, pero se extenderá hasta el 5 de diciembre por razones geográficas y por el tiempo que les va a llevar a los encuestadores recabar la información. Según el funcionario, el INEC ha fijado una inversión de 30 millones de dólares para cumplir con este proceso que se realiza cada 10 años en el país, el último se cumplió en el 2001. América Latina

De acuerdo a la planificación del INEC, el censo debería desarrollarse en el 2011, sin embargo, explica que en América Latina los años ceros, son espacios que son aprovechados para realizar los censos y lo que intenta Ecuador es coincidir con otros países del continente. Claudio Gallardo anunció que previo al censo de población y vivienda se cumplirá el censo económico del Ecuador. Ese proceso se realiza a los 30 años y se prevé desarrollar

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mINUTERO Placacentro cumple

LCD fue el premio que °seUn llevó a casa Yherman

SOcIEdAd. El incremento de población que registró en el 2001 el INEC, fue bastante fuerte se prevé números mayores en este año.

en septiembre de este año. Los establecimientos económicos del Ecuador serán los encuestados en el censo. De ahí que el funcionario indicó que el INEC está haciendo ahorros con la finalidad de cumplir con ambos censos en este 2010. Claudio Gallardo añadió que entre los datos a recabar con el censo de vivienda, está el tipo de casa y quiénes la ocupan. Además, en la encuesta se han establecido interrogantes como: servicios de la vivienda, infraestructura, cosas del hogar, qué tiene el hogar, en cuanto a los accesos y tercero las personas: ocupación, fecundidad, educación, accesos a partes tecnológicas, cuyo contenido es nuevo y permitirá, dijo Claudio Gallardo, establecer quiénes tienen acceso a la tecnología en el Ecuador.

Loja será sede de feria de panela granulada

El Ministerio de Inclusión Económica y Social a través del Programa de Provisión de Alimentos (PPA) en coordinación con el MIES-IEPS, desarrollará la Feria Inclusiva para la provisión de Panela Granulada INEN 2332:02 este lunes y martes. En esta feria se espera la participación de pequeños productores, organizaciones de economía popular y solidaria y fundaciones, así como de microempresas provenientes del sur del país, quienes deberán presentar sus ofertas para la provisión de panela granulada hasta mañana, en el tercer piso del edificio del MIES-LOJA, ubicado en calle Lourdes entre Olmedo y Bernardo Valdivieso. Este proceso privilegia la participación de micro y pequeños productores, razón por la cual

ciudad

solo podrán participar los productores que cumplan con los requisitos, por tanto, los oferentes, deberán estar inscritos en el RUP bajo el código 23510, entregar los documentos según su categoría o condición a la que pertenecen, y entregar una muestra del producto ofertado en fundas de 100 gramos, junto con la oferta. La ampliación de los requisitos se encuentran publicados en el portal de compras públicas y en la página www.mies.gov.ec. El lunes 5 de julio se estará desarrollando el registro y calificación de la veeduría social, la recepción, apertura, convalidación y evaluación de las ofertas, y el martes 6 de julio la realización de una casa abierta en los bajos del MIES para cerrar la feria, con la adjudicación y firma de los contratos.

Toda la información no se usa, ni se entrega de manera individual, ni siquiera los jueces pueden pedirnos la información estadística”

censo

Población y Vivienda

° Domingo 28 de noviembre se cumplirá censo.

cLAUdIO GALLARdO DIrECTor DEL CENSo

° Del 28 de noviembre al 5 de diciembre se cumplirá el censo en área rural.

Ley seca

El director del Censo manifestó que cerca de 300 mil estudiantes de los niveles de bachillerato, de quinto y sexto año, participarán de la actividad. Agregó que un número de 20 mil profesores, también van a colaborar en el censo. Además, se suma el contingente del Ministerio de Salud, Policía y Ejército. Claudio Gallardo expresó que 48 horas al domingo 28 de noviembre se declarará Ley seca y el día del censo de 07:00 a 17:00 se declara la

Delgado Pardo con cédula de identidad 1103346761, tras participar en el sorteo que Placacentro Masisa Decomaderas realizó por el día del Padre, el mismo que se llevó a cabo el martes 29 de junio de este año ante la presencia de sus clientes. Es menester informar que se realizó el segundo sorteo de un LCD, y fabulosos premios más, el día sábado 3 de julio de los corrientes a las 10:30, y finalmente el tercer sorteo el sábado 10 de julio en ese mismo horario, por lo que se hace un llamado a la ciudadanía a participar de esta promoción con la compra de 50 dólares en productos Masisa.

° 300 mil estudiantes participarán del censo. ° En septiembre y octubre capacitará el INEC a los estudiantes y profesores. ° En septiembre, el INEC prevé cumplir el censo económico en el país. inmovilización de las personas, no habrá transporte. Los resultados del censo estarán listos en julio de 2011, pero la publicación de los datos se hará en agosto de 2011.

Se realizará curso de formación

La Dirección Provincial de °Educación de Loja a través de la Dirección Provincial de Desarrollo Profesional, DIPRODEP, hace un llamado a Supervisores de niveles educativos y a los facilitadores seleccionados para las diferentes áreas de estudio, con la finalidad de que asistan al Seminario Taller de Formación para el “Uso y manejo de guías y textos escolares” del programa vitrinas pedagógicas, régimen costa que se desarrollará el día lunes 5 de junio del año en curso de 08:00 a 14:00.

Medicina alternativa se abordará en Vilcabamba Reconectarnos con la naturaleza. Así se denomina el evento internacional que se realizará en Vilcabamba del 24 al 30 de julio. Se alistan diversas exposiciones. En el evento se abordarán aspectos relacionados con la utilización de herramientas como el yoga, meditación, danza, reiki, aparte de los paseos por la naturaleza, pláticas espirituales profundas, entre otros. El encuentro internacional también comprende desayuno sano con productos orgánicos de la región, almuerzo con productos orgánicos de la región, alternativa de platos vegetarianos, clases de yoga (Yoga Kundalini). Estos temas estarán a cargo de exponentes destacados. Asimismo se impartirán clases de meditación con metodología de Deepak Chopra, famoso escritor y líder hindú; primordial sound meditación

EVENTO. Diversas son las temáticas que se abordarán durante el encuentro en Vilcabamba.

(meditación introductoria con sonido Inner-New Age; soundsoul sound; sesiones de reiki. De igual forma, se realizará el seminario de las Siete Leyes Espirituales; pláticas diarias de profundo contenido para alimentar el alma; clases de “Laughing Yoga” (Técnica mediante la risa); paseos por la naturaleza del Valle de Vilcabamba y sus encantos: Estoraques, Ce-

rro Mandango, Rutas turísticas, Filón de Taranza, Cerro la Guaranga, Bosque –Protector Rumi Wilco, Ríos Chamba y Uchima, Refugios Naturales, entre otros; incluye un city tour por Loja. Información sobre la cita internacional pueden los interesados consultarla en www.sacrednaturejourney.com o a los correos mayracmontalvo@gmail.com, jpindustrial@aol.com.


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Con el apoyo de organismos internacionales como el COSV de Italia, a través del Proyecto Binacional Integración Regional, que interviene en el cordón fronterizo sur del Ecuador y norte del Perú, se ha logrado que un significativo número de familias organizadas en Pre-asociaciones tanto del Distrito peruano de Lancones como del cantón Zapotillo alcancen avances en el manejo de fincas integrales. A decir de sus directivos esto se ha logrado mediante la capacitación técnica, en la preparación y aplicación de abonos y sustancias orgánicas, aprovechando el estiércol de chivo, así como bio insecticidas y trampas para combatir plagas, preparadas por los propios finqueros, logrando conseguir resultados muy positivos para las familias beneficiarias en ambos países.

La agricultura orgánica se consolida en Zapotillo La IV Feria Agropecuaria que tuvo lugar en días pasados en Zapotillo, fue la vitrina apropiada para mostrar las capacidades de calidad y producción agroecológica de los agricultores campesinos de Limones, Garzarreal, Paletillas y Mangahurco, que han visto en la agricultura orgánica una alternativa para mejorar sus ingresos y la salud de sus familias. La certificación de la producción que es otra de las prioridades del proyecto se encuentra en pleno proceso. PROBIO, que es una entidad con experiencia en la materia está capacitando y facilitando la conformación de las instancias pertinentes como el Comité de Ética que a futuro se convertirá en pieza clave para obtener la deseada certificación de los productos orgánicos de Zapotillo.

PRoyecto. Poblaciones de Zapotillo en Ecuador y Lancones del Perú están juntas en el tema de agricultura orgánica.

Veedurías con reglamento Son mecanismos de seguimiento y control social de la gestión pública.

El Consejo de Participación Ciudadana o quinto poder del Estado, en el marco de sus funciones de promover e incentivar el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana e impulsar y establecer mecanismos de control social en asuntos de interés público, aprobó el reglamento general de veedurías ciudadanas, mismo que orientará la tarea de estos cuerpos colegiados. Es así que en ese documento, los consejeros del organismo establecen que las veedurías constituyen mecanismos de seguimiento, vigilancia, fiscalización y control social de la gestión pública, de las personas naturales o jurídicas de derecho privado que manejen fondos públicos. Las veedurías podrán exigir rendición de cuentas y contribuir a mejorar la administración de lo público. Funcionamiento

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Además, se habla del funcionamiento de las veedurías. Según el reglamento, las veedurías podrán adoptar diversas formas y modalidades según la función del Estado, el nivel de gobierno y el ámbito y objeto de la veeduría sobre el cual ejerzan su derecho al control social. Su accionar será objetivo e imparcial. Son de carácter temporal y se conformarán

Sociedad. Los barrios, comunidades, entre otros sectores, están llamados a ser veedores.

de forma previa, simultánea o posterior a la ejecución de los actos del poder público o del sector privado. Asimismo se determina el nivel de procedimiento y conformación que estará definido por iniciativa ciudadana en forma colectiva o por iniciativa de las organizaciones de la sociedad, en el siguiente orden: inscripción, difusión, registro, capacitación y acreditación. También, contempla que los informes estarán suscritos por sus miembros o por la mayoría de ellos y serán remitidos por el Coordinador de la Veeduría a la o el Director Nacional de Control Social para que ésta a su vez lo remita al Pleno para su conocimiento.

¿Quiénes pueden ser veedores?

Requisitos

a. Encontrarse en ejercicio de los dere°chos de participación; y, b. En el caso de representantes de °personas jurídicas o de organizaciones

sociales, se requiere el documento de representación o delegación, señalando además en el mismo que ninguno de sus miembros tiene conflicto de intereses con el objeto de la veeduría.

Si del informe de la veeduría se observare que existen indicios de responsabilidad, se comunicará a la Dirección Nacional de Admisión y Orientación Jurídica para el inicio de los procesos respectivos.

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Dicentes en una gira de observación y negocios

Charlotte e Ilvem incorporaron alumnos Para el nuevo período se incorpora Peque Ilvem, para desarrollar motricidad fina y gruesa de niños. Luego de su respectivo período de estudios 200 alumnos de la escuela de inglés Charlotte y del Instituto de Lectura Veloz y Memoria (Ilvem) Internacional se graduaron como interpretes bilingües, en el idioma inglés; y expertos en métodos de estudio en lectura sináptica, en su orden. Gabriel Altamirano Ibarra, director nacional de (Ilvem), señala que las dos escuelas llevan en la comunidad un año y en el país cuenta con sucursales en todo el Ecuador y posee la franquicia de Ilvem Internacional, al igual que ocho países; su fundador vive en Argentina. “La aceptación ha sido exitosa y forma parte de una profunda estructura metodológica en aprendizaje y método de estudio para los alumnos que encuentren en nuestras escuelas la oportunidad de mejorar la técnica con la que estudian en su vida académica”, precisa Altamirano Ibarra.

Los alumnos desde ya se convertirán en importadores de productos que los comercializarán. Durante una semana 10 estudiantes de séptimo y octavo módulo de la carrera de Negocios Internacionales, de la Universidad Internacional del Ecuador de Loja (Uide-l) desarrollarán una gira de observación y negocios en las zonas francas de Tagna en Perú e Iquique en Chile, para que conozcan cómo se desarrolla la comercialización a nivel internacional. Extánder Narváez Reyes, docente de la carrera de Negocios Internacionales, de la Uide-l, destaca la gira de observación y negocios de los estudiantes porque les servirá para saber que en las zonas francas, que están regidas bajo el principio de extraterritorialidad en donde se ofertan un sinnúmero de productos que serán adquiridos para exponerlos en la localidad. “No buscamos que nuestros alumnos únicamente egresen de nuestra universidad con un cartón y sin ninguna experien-

GiRa. Siete días es el tiempo que los estudiantes permanecerán fuera del Ecuador.

cia; este evento académico servirá para que ellos conozcan el desenvolvimiento de las zonas francas en esos países; cómo se hace un tránsito; cuáles son las funciones de un broker; o qué hace la Aduana”, dice docente. Narváez Reyes afirma -según un estudio de mercado que él elaboró- que en la ciudad y provincia de Loja no existen importadores y lo único que existen son los revendedores de productos que los adquieren en Quito, Guayaquil y Cuenca; por todo ello, el docente busca que sus alumnos se conviertan en importadores de productos y los comercialicen. Los productos importados por los estudiantes serán ofer-

tados al público en una feria que se organizará en la Universidad Internacional del Ecuador, cuando ellos regresen de su gira. Eso permitirá que alumnos adquieran las destrezas y habilidades de la negociación internacional. “Tenemos previsto dialogar con el agregado comercial de Ecuador en Lima, Perú, el doctor Diego Cordobés, a quien conocí en un encuentro de comercio en Piura”, manifiesta Narváez Reyes, quien observa que la entidad ha apoyado sus iniciativas, que son tomadas para el mejoramiento profesional de los alumnos que se educan en ese centro de estudios superiores.

desarrollar capacidad de cerebro

Las técnicas de estudio que utiliza Charlotte e Ilvem permiten en los alumnos desarrollar más

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Con la garantía del maestro Pepe Roque, desde el lunes se inician los talleres de música, cuya característica especial, es que son cursos prácticos, con una técnica especial, que en 30 lecciones lo tendrán tocando el instrumento que usted prefiere. Pepe Roque, está a cargo de los cursos; es un maestro, que tiene 16 años de experiencia en estos talleres musicales a nivel local, nacional e internacional. “Las edades son desde los 6 años en adelante, en diferentes horarios y les ofrecemos esta alternativa de aprender y mejorar los niveles de concentración, que le ayudará en diferentes campos de su actividad”. Los cursos que se ofertan son de instrumentos de piano, sintetizador, guitarra, violín y canto. Los horarios están dispuestos según cada instrumento pero estos se dictan de 08:00 a 18:00. Los cursos se impartirán en el taller de música de Pepe Roque, ubicado en la Bolívar 075, frente a la iglesia de San Francisco, segundo piso.

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Talleres de música en vacaciones

ciudAd Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJA

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edUcaciÓN. Yajaira Veintimilla Loaiza y Gabriel Altamirano Ibarra pertenecen a Ilvem; ella en Loja y él a nivel nacional.

del 10 % de su cerebro. Las matriculas son permanentes y los horarios sumamente flexibles. Se cuenta con niveles para niños, jóvenes y adultos. “Hemos hecho el lanzamiento de una nueva oferta académica que se la ha denominado Peque Ilvem, la cual está dirigida al desarrollo de la motricidad fina y gruesa de los niños y el desarrollo de actitudes básicas para que la lectura memoria y actividades como la oratoria sean fiables en ellos”, dice Altamirano Ibarra. Yajaira Veintimilla Loaiza está al frente de Ilvem de Loja e indica que la aceptación que la ciudadanía ha dado a la oferta ha sido excelente y se encuentra satisfecha por la acogida. Destaca que los productos educativos son los que requieren los estudiantes en la actualidad, por ello invita a sumarse a sus proyectos.


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Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJA

Las alumnas y docentes de la escuela Zoila Alvarado de Jaramillo, en el transcurso de esta semana, le apostaron a conocer la Biblioteca Braille Parlante del Consejo Provincial. Allí se enteraron de la actividad que esta dependencia realiza a favor de la ciudadanía. José Jaramillo Villalta, responsable de la Biblioteca, cuenta que la visita de las alumnas y docentes al local ha sido masiva y que ello

Educandos van hacia la biblioteca Braille satisface al personal que allí labora. El miércoles anterior, por ejemplo, estuvo en el lugar otro grupo. Fue José Jaramillo quien explicó de las tareas realizadas. Por ejemplo, las estudiantes solicitaron información de quiénes visitan la Biblioteca. Fue José Jaramillo quien les indicó que sirve a las personas con discapacidad visual, así como les explicó qué es un invidente y las fortalezas que tiene dentro de su limitación. Allí también aprovechó para solicitarles a las visitantes su comprensión y colaboración con este sector vulnerable.

Las educandas también conocieron de primera fuente quiénes son las personas ciegas, cómo escriben, cómo leen. Aparte de ello fueron conociendo el sistema tecnológico con que cuenta la institución. José Jaramillo invitó a todos los establecimientos educativos de la localidad a acudir a la Biblioteca Braille para que conozcan y se informen de la realidad y los servicios que brinda. Dentro de los servicios están la impresión de textos en el sistema Braille para las personas invidentes, consultas a través del In-

Visita. Alumnas y docentes de la escuela Zoila Alvarado de Jaramillo conocieron el trabajo que desarrolla la Biblioteca.

ternet, grabaciones para lectura e información, entre otros. La Biblioteca atiende, en par-

ticular a los invidentes, de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 y de 15:00 a 18:00.

Debatieron derechos sexuales Los estudiantes del décimo módulo de la carrera de Medicina del Área de la Salud Humana de la Universidad Nacional de Loja (UNL), en el marco de la enseñanza-aprendizaje que se imparte en el centro de estudios, en el Jardín Botánico Reinaldo Espinosa, llevaron a cabo un taller sobre derechos sexuales. La actividad fue una idea que surgió entre universitarios y catedráticos, quienes con frecuencia están apoyando las iniciativas de los estudiantes. Es que el objetivo del taller fue poner en el tapete del análisis académico el tema; segundo profundizar la problemática cuyo contenido está relacionado con el estudio del módulo 10. Betty Carrión, docente de la UNL, dirigió el debate entre universitarios.

Educación. Patricia Pineda y Betty Carrión en su visita a Diario La Hora.

en el módulo estudian 35 alumnos, sin embargo, como el tema se cumplió en dos talleres, un grupo de 15 asistió el primer día y ayer el resto. El taller se extendió hasta las 17:00, ambos días. Vale destacar que los talleres fueron gratuitos y contaron con el apoyo de la Cruz Violencia intrafamiliar Roja, quien facilitó el Según la docente, la material didáctico que violencia intrafamiliar TOME NOTA se va utilizó para el fue otra de las ponendebate y análisis de la cias del taller. De ahí que Patricia Pineda, Betty Carrión es problemática. Además, docente en el taller, los estudipresidenta del módulo, una universitaria con expresó que la temática 27 años de expe- antes pusieron a prueba su conocimiento. La del taller se convirtió en riencia y un masterado un espacio para afian- en Salud Pública. docente por su parte compartió su experienzar los conocimientos cia como profesional de adquiridos, así como la medicina y especialpara disipar las inquietudes que surgen entorno ista en obstetricia. Betty Carrión y Patricia a éstos derechos y su efectiva Pineda invitaron a los alumnos aplicación. Betty Carrión, agregó que del módulo a participar.

Dr. Wilson Guamán Álvarez CARDIÓLOGO CLÍNICO ECOCARDIOGRAFISTA

Especializado en Argentina y Chile TRATANTE DEL HOSPITAL MONTE SINAI

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Comunica a sus pacientes que está atendiendo permanentemente en la ciudad de Loja los días sábados, en la clínica San José, a partir de las 09H00 Citas: Loja: 2584072 / 2588552 Cuenca: 2816093 / 084365643 wilsonguaman-@hotmail.com

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eNToRNo Ayudan al desarrollo del cantón A7 Los hermanos Manuel saraguro.

María y Carlos Antonio Toalongo Montaño, de 84 y 80 años, respectivamente, han ayudado al desarrollo de Saraguro a través de las diferentes labores que han emprendido. Son oriundos de Azogues y llegaron a esta ciudad hace más de 50 años. Manuel es un hábil maestro de la construcción y recuerda el trabajo desarrollado en la iglesia matriz de este cantón. Marco Zhigüi, corresponsal

OBRa. La planta de tratamiento de aguas servidas hace algunos meses estaba abandonada.

La planta de tratamiento de aguas servidas de Vilcabamba entró a funcionar después de cuatro años. el pueblo de Vilcabamba y San Pedro de Vilcabamba, para que la planta de tratamiento de aguas servidas empiece a funcionar. Esta obra tiene como fin garantizar un tratamiento adecuado de las aguas servidas con filtros biológicos en ambas parroquias. La inversión es de 60 mil dólares. Sergio Espinosa, jefe de Alcantarillado, a través de un boletín de prensa, indicó que este tipo de trabajos demuestran el interés que tiene el Municipio de mejorar los servicios, sobre todo en infraestructura sanitaria y ambiental. Para el concejal Geovanni Agüinsaca la obra permitirá disminuir la contaminación del río Catamayo que por varios años los pobladores exigían. Incluso se conformó un Comité por la defensa del medio ambiente del cantón y en varias ocasiones recorrieron con las autoridades las parroquias sur orientales del cantón Loja para demandar una pronta solución a este problema sanitario. Los trabajos se retomaron en mayo y hace algunas semanas culminaron. “El 90 por ciento de las aguas que caen al río no están contaminadas. La presión de los catamayenses y de los dirigentes parroquiales, obligó al Municipio a tomar medidas drásticas”, manifestó Adálber Gaona presidente de la Junta. Sin embargo, para que la obra esté completa hace falta el cambio de tubería en sectores como Cucanamá Alto y

Bajo, así como en otros sectores de la parroquia San Pedro de Vilcabamba. Obra directa

Gaona expresó que hace cinco años existió la predisposición de realizar esta obra con un monto de 29 mil dólares del presupuesto participativo, sin embargo en varias ocasiones se quedó paralizada. “Nos deja una mala experiencia la ejecución de esta obra de manera directa. Mil veces se hubiese entregado en contrato y teníamos la posibilidad de exigir su cumplimiento de acuerdo a un cronograma”. Cabe indicar que la obra sufrió dos paralizaciones en el 2008, dos en el 2009

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Vilcabamba. Cuatro años esperó

Beneficiados dos parroquias

° En San Pedro de Vilcabamba existen más de dos mil personas. ° En Vilcabamba son 5.200 habitantes. ° La planta de tratamiento tiene una proyección de vida de 20 años para atender una población de 20 mil habitantes.

y en el 2010 se terminó. La Unidad Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Umapal) entre las obras que ha realizado en las parroquias está: construcción del sistema de alcantarillado en el barrio Paquisha, parroquia Santiago; rehabilitación de la planta de tratamiento de aguas servidas de la parroquia Vilcabamba; lavado de filtros de las plantas de tratamiento de agua potable de Malacatos y Vilcabamba; adecentamiento de las plantas de aguas servidas y tratamiento de agua potable de Yangana; colocación de tapas en los pozos de revisión de la parroquia Gualel; construcción de redes de distribución de agua potable en barrios y comunidades en convenio con el Consejo Provincial de Loja, entre otras.

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Disminuye contaminación de río Catamayo

Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJA

LOs dos hermanos son unidos y se dedican a diversas labores.


entorno Puente A8

Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJA

Un trabajo arduo realizaron los moradores de los barrios Celen, El Ari y Saracuña, de las parroquias Chuquiribamba y Gualel, en días anteriores, para trasladar el puente que construyó Tony “El Suizo” hasta Saracuña, un sector que contaba con un puente de tabla y estaba a punto de colapsar. Caminaron dos kilómetros aproximadamente con el puente en sus hombros. El concejal rural Geovanni Agüinsaca y las autoridades de ambas parroquias también ayudaron. El trabajo empezó a las 09:00 y culminó a las 18:00. Fue una jornada dura dijo el edil, sin

une a parroquias

embargo valió la pena porque los pobladores de los dos sectores podrán comunicarse con mayor facilidad. Cerca de 50 habitantes y con la intervención de algunos militares del cantón Catamayo se realizó este trabajo. La dimensión del puente es de 12 metros de largo y 1.70 de ancho. Ese día la unidad permitió alcanzar grandes retos. Sus rostros reflejaban cansancio y a su vez alegría por mejorar sus condiciones de vida. Geovanni Agüinsaca recalcó que su compromiso en la campaña fue participar de las mingas comunitarias y lo está cumpliendo.

obrA. Más de 50 hombres y mujeres ayudaron a trasladar el puente durante dos kilómetros.

Docentes decididos a capacitarse

Saraguro. En el Instituto Saraguro, cerca de 200 maestros llevaron a cabo el curso de Introducción al Currículo, con la mediación pedagógica de Rolando Salazar. Con la finalidad de facilitar el trabajo, se formaron cuatro grupos, cada uno asiste cinco horas y de esa manera completar las 10 que contempla esta propuesta. El trabajo se enmarca en tres objetivos básicos: familiarizarse con la estructura, terminología y ejes del macro y meso currículo de la Educación General Básica. Además, de comprender la importancia de estructurar el currículo como un sistema pedagógico y didáctico interrelacionado, que responda

TALLereS. Profesores durante un proceso de capacitación.

a la demanda que la sociedad hace a la educación y comprender la relación existente entre la aplicación del currículo y la calidad de la práctica docente. Proceso. El interés demostrado por los asistentes fue masivo.

Marco Zhigui, corresponsal

Deben reintegrarla a la Junta Jorge Torres, presidente del Círculo de Abogados de Paltas, denunció sobre el problema laboral que viene atravesando la secretaria de la Junta Parroquial de Orianga, Martha Alulima, desde que se posesionó Jorge Freire como presidente de la misma. “Freire tomándose atribuciones, sin haber motivado el acto administrativo de ilegalidad absoluta, la despidió aduciendo que existen denuncias por parte de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Orianga, la argucia es que ha sido justificada plenamente. La Consti-

tución en su artículo 26, afirma que todos los actos administrativos deben ser debidamente motivados, por lo tanto no se le ha comprobado dichas denuncias en contra de la funcionaria, pero el presidente de la Junta le agradeció sus servicios”. Recalcó que como defensor de Alulima impugnó este proceso y apeló ante el pleno de la Junta Parroquial y la resolución de los vocales fue reintegrarla al trabajo ya que el acto tomado por el presidente de la Junta es “ilegitimo”.

Manuel Mora, colaborador

Convenio. Los artesanos de San Lucas fueron capacitados el miércoles pasado.

Artesanos se capacitan

San Lucas, Taquil, vilcabamba, Malacatos, son parte del proyecto que lleva adelante el Municipio y Universidad nacional de Loja. Los artesanos tendrán título de técnicos. El convenio firmado entre el Municipio de Loja, la Universidad Nacional de Loja (UNL) y la comunidad, permitirá que ebanistas (fabricantes de muebles) y talladores de ocho parroquias del cantón Loja obtengan el título de técnicos. Así lo informó Vicente Ramos técnico de la Unidad de Gestión Económica y Desarrollo Micro empresarial del Municipio, tras destacar que pretenden llegar a las 13 parroquias. La capacitación empezó en El Cisne y de acuerdo a un cronograma se cumplirá este proceso. Por ejemplo, en Chantaco las clases serán los martes; San Lucas y Santiago (miércoles y jueves); Vilcabamba, San Pedro de Vilcabamba y Malacatos (viernes y lunes). El objetivo a decir del técnico del Municipio es facilitar las herramientas necesarias a los arte-

sanos para que puedan mejorar sus productos y con ello su estilo de vida, ya que tendrán mejores ingresos económicos. Los interesados recibirán tres módulos de cinco meses cada uno. Es decir que en 15 meses obtendrán el título de técnicos en ebanistería y tallado, avalado por la Universidad Nacional de Loja. El mismo les servirá para trabajar en cualquier entidad. Ramos dijo que los docentes impartirán clases sobre los tipos de la madera, diseños artísticos, dibujo, entre otras áreas. Aporte

El fin de semana también asistieron al barrio Cera, de la parroquia Taquil, con la finalidad de explicar el proyecto que llevan adelante y el interés que tienen de que participen. Es que la mayoría de los habitantes de este sector se dedican a la elaboración de ollas de barro, jarrones,

Significado °El ebanista es una persona que fabrica muebles y paneles, en

madera, compuestos de un armazón de carpintería sobre el cual se aplican hojas de maderas preciosas llamadas chapeados o de cualquier otra materia que disimula entera o parcialmente el armazón. Puede producir por unidades o en reducido número. El ebanista es, sobre todo, un artesano. Los muebles fabricados por los ebanistas pueden ser de estilo antiguo o creación contemporánea.

adornos, entre otros objetos. El funcionario manifestó que los alumnos también recibirán clases de historia, geografía, problemas socioeconómicos, derechos y obligaciones. Recordó que el Municipio aporta con el material, la UNL con los docentes y la comunidad con los espacios para la práctica. Vale destacar que el Municipio también lleva adelante un proyecto asociativo y micro empresarial. También realizarán la difusión para mejorar la comercialización de sus productos.

Realizan concurso de maíz criollo

Celica. El 27 de junio en la ciudad de Celica se desarrolló el concurso de la mejor mazorca de maíz criollo, donde participaron productores de las organizaciones de base pertenecientes a la Unión Cantonal de Productores Agropecuarios de Celica (UCPACE). El evento se realizó como parte de la feria agropecuaria organizada por el Municipio de Celica, contando además con el apoyo del Proyecto del Fondo Ítalo Ecuatoriano FIE-108. En el concurso se presentaron las mejores mazorcas de variedades criollas, cultivadas en el presente año con el apoyo del proyecto FIE 108, el mismo que impulsa un proceso de rescate de semillas nativas de maíz, zarandaja y otros productos tradicionales de la finca. Variedades como el Manabí, Tusilla, Sabanilla-108, Milpa y Perla, se destacaron en la exposición.

ProdUCCión. Los ganadores recibieron un premio que les permitirá mejorar su comercialización.

El primer lugar del concurso fue obtenido por el grupo del barrio Pindo Huayco, parroquia Algarrobillo, con la variedad “Sabanilla 108”, el segundo lugar fue para el grupo Guineo Chico, parroquia Sabanilla, con la variedad “Manabí” y el tercer puesto lo obtuvo la organización Nuevos Horizontes de la parroquia Sabanilla, con la

variedad “Sabanilla 108”. El premio entregado consistió en muebles de oficina que serán utilizadas en beneficio comunitario por parte de cada grupo. Es así como el FIE en asociación con los Gobiernos locales de Puyango, Pindal y Celica y las organizaciones de productores, incentiva el rescate de las semillas nativas.


JvC se coronó campeón en la Segunda Categoría JvC y Universidad Técnica Particular de Loja ya están clasificados al zonal de ascenso.

Partido

definición

Loja Fútbol Club, no reaccionó a la arremetida de sus contrarios,

TriUnFo. Ayer, el JVC se proclamó campeón de la segunda categoría.

hasta que en el minuto 81 el moreno volante José Caicedo, marcó el segundo gol, que lo ponía a JVC cerca del triunfo y del título. Ya en el tiempo de descuen-

en Macará hubo empate °Macará. Luego de una seguidilla de resultados negativos en condición de local, MS de Macará salvó un empate (1x1) ante el conjunto de la Universidad Técnica

Particular de Loja. El cuadro local se adelantó en el marcador al minuto 33 por intermedio de Luís Cordero, pero cuando todo apuntaba a una despedida honrosa del conjunto macareño, el delantero Kevin Pullaguari de la UTPL, concretó la paridad en el tanteador al minuto 54 de la segunda etapa del compromiso. A pesar de que el conjunto macareño no hizo un mal partido apenas le alcanzó para sacar un honroso empate. Y precisamente los goles fueron convertidos mediante tiros libres. El arbitraje que presidió Jorge Bustamante, a decir de Marlon Suquilanda, dirigente del MS Macará, tuvo un pésimo desenvolvimiento y consideró que los referís dirigen los encuentros para favorecer a los equipos de Loja.

José rosales, corresponsal

to, Loja Fútbol Club, anotó por intermedio del jugador Andrés Angulo. Este campeonato provincial se destacó con la presencia de 5 equipos que jugaron en los estadios de tres ciudades de la provincia: Loja, Macará y Catacocha.

168 años de parroquialización de San Pedro de la Bendita, la Pre Asociación de Motociclismo de Loja realizó, este último domingo, la cuarta válida del campeonato provincial de motocross, llamado Copa UV televisión, con la participación de 10 categorías diferentes, y la presencia de más de 100 competidores. Andrés Benenaula, competidor reconocido en Latinoamérica, manifestó que la pista está

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gio Eloy Alfaro en la tanda de penales. En la lotería de los penales fueron más certeros los “marianos” que acertaron en cinco oportunidades contra cuatro de los “alfarinos”, lo que motivó la alegría de los y las compañeras que estuvieron apoyando al equipo. Lo contrario se vio en los deportistas del Eloy Alfaro que derramaron lágrimas por la derrota. Seguidamente se procedió a la entrega de medallas a los deportistas triunfadores.

muy bien preparada para este deporte, “he tenido el gusto de competir tres años continuos, mediante una larga preparación física para dar un espectáculo digno a los espectadores”, comentó. Además agradeció a los organizadores por la invitación a este evento deportivo. De esta manera el público de Catamayo y quienes visitaron este cantón disfrutaron del entretenimiento.

Johanna rimacuna, corresponsal

La VII Olimpiadas Deportivas “Copa IO Motors 2010”, organizadas por la Unión Provincial de Cooperativas de Taxis de Loja, se halla en sus instancias finales. Así, en lo que se refiere a la disciplina de fútbol, hoy se cumplirán los cuartos de final, en la cancha del sector de Nueva Granada. Las cooperativas clasificadas son: Miguel Riofrío, Sevilla de Oro, La Pradera, Orillas del Zamora, Libertadores Loxa, La Universitaria, Occidentaxi y Ecuador. Fecha

Los compromisos programados para la mañana y tarde de hoy son los siguientes: 09:00 Miguel Riofrío vs. Libertadores Loxa; 10:30 Sevilla de Oro vs. La Universitaria; 14:30 La Pradera vs. Occidentaxi; y, 16:00 Orillas del Zamora vs. Ecuador. Los equipos ganadores se enfrentarán el miércoles a las 09:30 y 11:00, en las semifinales del torneo; mientras que la final se jugará el viernes 16 de

AMAriLLoS. Los compromisos se juegan en las canchas de Nueva Granada (Jipiro).

julio a las 09:30. otras disciplinas

Además se informó que el viernes 2 de julio comenzó el campeonato de ecuavoley en las categorías abierta y más de 45 años, en horarios de 13:00 a 17:00. La disciplina de ecuavoley también culmina el viernes 16 de julio, a partir de las 14:00.

Reconocimiento a medallistas SegUndA. Incidencias del partido jugado ayer en Macará.

Cuarta válida de Motocross en San Pedro de la Bendita Catamayo. En celebración a los

En el estadio del Batallón “Capitán Díaz”, de la ciudad de Cariamanga, se cumplió el partido final del triangular intercolegial de fútbol, categoría sub. 14, entre el Instituto Tecnológico “Mariano Samaniego” y el colegio Eloy Alfaro. El compromiso se desarrolló la semana anterior y sin duda fue muy emocionante, porque los estudiantes se esforzaron al máximo para conseguir la victoria. Al final el Instituto Tecnológico “Mariano Samaniego” venció al cole-

cronos

Olimpiadas de taxistas en instancias finales

Ayer, en el estadio Reina del Cisne, con muy poca asistencia de aficionados, el equipo lojano JVC se coronó vencedor del campeonato provincial de segunda categoría, organizado por la Asociación de Fútbol Profesional de Loja. En la definición del título, JVC la protagonizó con el conjunto Loja Fútbol Club, que ya no tenía opciones de puntuar en la tabla. El compromiso concluyó con un marcador de 2-1 a favor de JVC. En el primer tiempo el marcador registró a cero goles por bando. En la segunda etapa, el partido se llenó de buenas jugadas y avances rápidos entre los dos conjuntos, pero fue en el minuto 70, que el delantero Ronald Valdivieso, concreta la primera unidad para poner a ganar al elenco del JVC.

‘Mariano Samaniego’ ganó triangular en Calvas

CoMPeTenCiA. Habilidad y buen manejo de la motocicleta se pudo observar en la pista.

Las deportistas de Federación Deportiva Provincial de Loja, Lissette y Mayra Antes, de la disciplina de lucha, quienes obtuvieron medallas de plata y bronce, respectivamente, en los Juegos Odesur de Medellín, fueron parte de un reconocimiento especial por parte del Gobierno. El reconocimiento público y un almuerzo en el Palacio de Carondelet con el presidente de la República, Rafael Correa Delgado, formaron parte de los honores que recibieron ochenta deportistas, en retribución a su esfuerzo competitivo en los Juegos de la Organización Deportiva Suramericana (Odesur), que se realizaron entre el

17 y 30 de marzo, en Medellín. Sandra Vela, ministra del Deporte, aseguró que el reconocimiento a los medallistas de oro, plata y bronce va acompañado de un sentido de concienciación para destinar los recursos necesarios para las prácticas deportivas en el país; en tal sentido se presentó el proyecto sobre el fondo de apoyo para los deportistas y se trataron los alcances de la Ley de Deportes, aprobada por la Asamblea Nacional, el mes pasado. Como parte de los premios que recibieron los deportistas, se entregaron órdenes de compra de entre 100 y 500 dólares a cada deportista.


gente A10 tiempo lectura 6 min.

Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJA

Caballeros DiVersión

en el Howard Johnson, Claudia Polo, Guissel Monteros, Paola Martínez, belén Mora, Paola Paredes y anita Flores.

Viictoriano Vélez, Camilo borrero, Felipe burneo, enrique espinosa, Wadei Mahauad y Claudio burneo.

aMiGos

Carlos alfredo ramírez, liliana de silva y Ximena Vélez

DiVersión

Daniela Villavicencio, Daniela Moreira, Pablo eguiguren, Franklin Chuquimarca y Karol loján.

CaMaraDería

Hugo aragón, roxana Vera, Johana rivera, nadia Peña y alfonso ramos.

reuniDos

stalin silva, letty sánchez, Karen Vélez, María del Carmen de ocampo y Pedro ocampo

DePartienDo

Jorge, Mariana, Gloria, Carlos, Maíta, andrea, Jimena y Verónica.

DisFrutanDo

silvana riofrío, María Mercedes regalado y luis barrazueta.


WEB Más fotografías en www.lahora.com.ec

gente Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJA

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Priscila Serrano junto a sus padres, Mariela Benítez y Gonzalo Serrano. Claudia Luzuriaga, Pablo Yazbek, Gonzalo Serrano, Priscila Serrano, Mariela Benítez, Lorena Torres, Irma Novillo ,Stefanía Flores, Marcia Yazbek, Mercedes Sánchez, Stefanía Benítez y Letty.

Quinceañera

En el salón Social Majestic se realizó la fiesta de quince años de Priscila Serrano Benítez.

Andy Ruiz, José Arias, José Ríos, Fabián Larriva, Priscila Serrano, José Andrés García, Israel Durán y Diego Palacios.

Priscila Serrano junto a sus amigas.

CaMaraDería

en el Hotel libertador, Marcelo Pulla, eva Carrión, Miguel Valarezo, César Correa, Marlene Cisneros y rosa ordóñez.

De Fiesta aMiGos

rigo, iván, Joffre, Juan Pablo, Marco, Carlos, Jefferson y Diego.

Camila aguirre, María soledad sotomayor, Felipe Cisneros, nicole Zárate, Doménica rodríguez, Carlos Mogrovejo y José David Castro.

CoMPartienDo en el Hotel bombuscaro, María González, María Dolores ortiz y luz américa espinoza.


OPINIÓN A12 tiempo lectura 15 min.

LUNES 5 DE JULIO DE 2010 La Hora LOJA

Saber escuchar es el mejor remedio contra la soledad, la locuacidad y la laringitis”. WILLIAM GEORGE WARD

La idea de implementar un hospital de tercer nivel en Loja fue acogida por la Dirección Nacional del Seguro de Salud, Individual y Familiar”. EDISON CASTILLO,

PRESIDENTE DEL COMITÉ DE DEFENSA DE SEGURIDAD SOCIAL.

CARTAS Posesión de Sindicato

De la manera más comedida nos permitimos solicitarle la designación de los señores reporteros de este importante medio de comunicación, para que cubran la posesión del Comité Ejecutivo del Sindicato de Obreros de la Salud de la Provincia de Loja. Este importante evento tendrá lugar el día miércoles 7 de julo del presente año a partir de las 15h00, en el Salón Auditorio del Hospital “Isidro Ayora” de la ciudad de Loja. Comité organizador

Feria inclusiva

El Ministerio de Inclusión Económica y Social a través del Programa de Provisión de Alimentos (PPA), se permite invitar a los medios de comunicación a la entrega de resultados de la Feria Inclusiva, que tiene como propósito realizar la adjudicación y firma de contratos a los productores y/o organizaciones ganadores para la “Provisión de panela granulada”, a realizarse el martes 6 de julio del 2010 desde las 10:00, en el local del edificio del Ministerio de Inclusión Económica y Social (Lourdes entre Bernardo V. y Olmedo.

¿Defensa del patrimonio?

Con asombro e impotencia, se lee, y se escucha a través de los medios, y no con poca frecuencia, declaraciones del Director del INPC (Instituto de Patrimonio Cultural), sobre los esfuerzos que realiza en beneficio de la conservación del Patrimonio Cultural de Loja, igualmente se ve y con mucho desagrado la forma en que desdice la labor de los técnicos y funcionarios del I. Municipio de Loja, concretamente del Arq. Henri Carrión Jefe del Centro Histórico, a quienes acusa de permitir el derrocamiento de Bienes Patrimoniales Inventariados sin su autorización, y es que, ¿el adelanto, progreso y desarrollo de una ciudad depende de la opinión de quien ejerce un cargo sin mayor conocimiento y solo conseguido por amistades o coyunturas políticas? Arq. Silva Calle Joffre Aníbal 1102467410 DIRIJA SUS CARTAS A: editorloja@lahora.com.ec Requisitos: Nombres y apellidos completos; número de Cédula; teléfono (fijo); dirección domiciliaria o de trabajo y correo electrónico.

COMO EN EL BOXEO

Se conoce que en el deporte del boxeo dos personas combaten entre sí sólo con sus puños. Sin embargo, en el boxeo de la política ecuatoriana el oficialismo utiliza todas las armas de que dispone y no sólo los puños. Tampoco obedece a las reglas establecidas por la Constitución de cuya autoría se ufana. No hay cómo fiscalizar a alguno de sus funcionarios y utiliza los tribunales como escenario para “limpiar” de culpa a alguno caído en desgracia o para “pasar la cuenta” a alguien que intente ponérsele delante. La semana pasada, pese a los reparos del Fiscal subrogante, un tribunal se abstuvo de acusar a una ex ministra. Pese a meses de debates, consultas, observaciones, tira y afloja constantes, promesas y audiencias con los interesados, así como desfiles y concentraciones

LUIS MUÑOZ MUÑOZ.

Moral y ética

La crisis social en Ecuador, ha generado la crisis familiar, y a eso se suma la crisis de los valores. La gran mayoría de la población ha perdido los valores humanos, morales , cívicos y éticos, por lo que el hombre se ve sumido en un mundo de inconsistencias, todo lo que hasta ayer fue válido, hoy, ya no lo es, campea la corrupción moral y no existen rectores del pensamiento, reiteradamente se busca como salida a esta crisis poseer

de protesta, el proyecto de Ley de Educación Superior tiene los votos necesarios en la Asamblea Nacional para aprobarse. Lo que no le convenga al Ejecutivo será vetado y habrá añadidos, y otra vez los votos para que vaya al Registro Oficial estarán asegurados. En el boxeo o pugilismo cada púgil busca golpear a su oponente, para intentar provocar su caída e incapacitarle para volver a ponerse en pie y defenderse. Las universidades del país han recibido fuertes golpes, pero los que le vienen les impedirán volver a ponerse en pie. Así ocurrirá con los medios de comunicación independientes, a los que el oficialismo golpea sin contemplaciones. Y el proyecto de ley que acabará incapacitándolos, como antes ocurrirá con el de Ecuación Superior, también irá victorioso al Registro Oficial.

bienes materiales no importa cómo, detentar el poder económico al margen de la ley, de las buenas costumbres y de la ética, no existe un principio de solidaridad y compromiso para con los demás integrantes de nuestra sociedad organizada. La crisis en la que estamos inmersos los ecuatorianos, no se soluciona atacando los efectos, sino que debe buscarse las causas más íntimas que las generan, y entre ellas están: El ingreso per cápita que no llega a ochocientos dólares, el alto índice de analfabetos, la supresión en todos los niveles de educación de las asignaturas de moral y cívica, el costo de la canasta familiar que se ha elevado desproporcionadamente, la

riqueza está en pocas manos y es notable el contraste entre pobres y ricos, el cordón de miseria se incrementa aceleradamente, los salarios de los trabajadores no cubren sus necesidades primarias, y la tasa de desocupación es alta, la inseguridad jurídica casi generalizada. Ante este panorama, es menester actuar con urgencia, fomentando los valores humanos, éticos y morales, respetando la dignidad de las personas que incluye una serie de atributos, morales, psicológicos, materiales y espirituales, todos ellos enlazados en una simbiosis única, que pierde su cohesión cuando son manipulados y abusados por los que ostentan el poder.

RAÚL AUQUILLA ORTEGA

Libertad de difamación El proyecto de la Ley de Comunicación en la Asamblea Nacional, ha desatado las pasiones. Ardorosas posiciones de lado y lado: por el uno, los “revolucionarios” pugnando por obtener el poder total; por el otro, los “contra revolucionarios” desgañitándose en rechazo a la mordaza. Es la guerra entre la verdad y la mentira; el mentir se ha hecho casi una costumbre, hemos arrinconado la verdad; brillan la ambición, la envidia y el dinero. El mentir es una falta grave, sobre todo si al hacerlo se daña el buen nombre del prójimo, entonces, se convierte en el aborrecible pecado de la calumnia. La calumnia hiere al ser humano, en lo que más aprecia, su reputación. Hay gente que se revuelca de gusto con la calumnia: son los propagadores del escándalo. ¿Quiénes son más culpables? ¿Los difamadores? ¿Los que les leen, les ven, les escuchan, les pagan y les prestan atención? ¿Los que les brindan facilidades y cooperación? Algunos medios de comunicación han sido convertidos en medios de difamación. Que la comprensión de la verdad como atributo divino nos ayude a aborrecer todo lo que sepa a doblez, simulación, charlatanería y murmuración. Abramos la boca solo para decir lo que estamos seguros de que es cierto y que es oportuno para el bien de nuestro interlocutor. Hablemos del prójimo para decir cosas buenas, y si tenemos que decir de él algo negativo, hagámoslo obligados por la justicia, soportados por la probidad y suavizando nuestras palabras con la caridad. (Ricardo Sada). Reparar los males causados y compensar las difamaciones, deben ser los principales valores de los comunicadores. “SÍ A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, NO A LA LIBERTAD DE DIFAMACIÓN”.

Presidente Nacional FRANCISCO VIVANCO RIOFRÍO Director NICOLÁS KINGMAN Gerente General EDUARDO VIVANCO C. Editora General JUANA LÓPEZ SARMIENTO Editor Regional CÉSAR SANDOYA VALDIVIEZO Edihora Cía. Ltda. Dirección: Imbabura 1584 y 18 de Noviembre Teléfonos: 257-7099 Telefax: 257-7099 Email: loja@lahora.com.ec Año: XII No. 4876

www.lahora.com.ec Esta sección representa el pensamiento de los editores. Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento del periódico.


REPORTE A13 tiempo lectura 15 min.

LUNES 5 DE JULIO DE 2010 La Hora LOJA

La falta de controles acrecienta inseguridad En la provincia hay contados puestos pero vigilados por militares y no policías. Transportistas reconocen incremento de delincuencia. TRÁNSITO. En la vía Loja-Malacatos, donde por años había un control de tránsito, hoy los vehículos circulan libremente.

Muchos de los controles de tránsito sirvieron para fastidiar al transportista”, NIXON GRANDA,

PRESIDENTE DE LA COOPERATIVA UNIÓN CARIAMANGA.

Ahuyentaremos a la delincuencia con más presencia policial”, MARCO VINICIO SALAZAR, COMANDANTE DE LA POLICÍA.

Es necesaria la construcción del control integrado en Velacruz”, IVÁN LUDEÑA ASTUDILLO,

DIRIGENTE DE LOS CHOFERES LOJANOS.

Fue en el 2008. Alrededor de 30 pasajeros de una unidad de servicio público, al filo de la media noche, fueron asaltados en el sector Guayabal, en Catamayo. Allí los delincuentes, que abordaron el vehículo en la Terminal Terrestre, a la voz de “esto es un asalto”, desviaron al automotor por un lado de la vía, bajaron a los usuarios y los desvalijaron. Uno de los afectados dice que si hubiera habido un control eso no habría ocurrido aquel día. Un caso reciente es el de la cooperativa Viajeros, que cubría la ruta Quito-Loja. Varios delincuentes, en el sector Las Juntas, asaltaron a los pasajeros. Es a raíz de la suscripción del acuerdo de paz entre Ecuador y Perú, en 1998, según recuerda el director de Turismo Fabián Altamirano, que se abolieron los controles de tránsito, esto para posibilitar la libre movilidad. Víctor Calva Vargas, presidente del Círculo de Periodistas y quien fue una de las víctimas del asalto en el Guayabal, dice que, dado el alto índice de atracos en las carreteras, los controles de tránsito deben retornar a las salidas de la ciudad y en los diversos cantones de la provincia de Loja. Un desacierto

Es que, en criterio de Nixon

Granda, presidente de la cooperativa Unión Cariamanga y dirigente de la transportación lojana, nada acertado constituyó el hecho de retirar los controles de tránsito de las carreteras porque con ello vinieron a incrementarse los robos, asaltos e incluso crímenes. Sin la presencia de los controles de tránsito, según expresa, los delincuentes salen libremente de la ciudad sin que nadie los detenga. Si bien dice la idea de suprimir los puestos tuvo que ver con la libre circulación y con ello darle fortaleza al turismo, sin embargo, ello ha sido contraproducente, en razón que los visitantes ya no se sienten seguros porque no hay efectivos que vigilen en las carreteras. Aunque también se queja Nixon Granda en el sentido que muchos de los controles de tránsito sirvieron para fastidiar al transportista y obstaculizar la circulación con cualquier pretexto. Cree que ello debe cambiar y que los puestos físicos retornen a las vías. Para lo cual exhorta a las autoridades como el gobernador Pablo Cabrera, al comandante de la Policía Marco Vinicio Salazar, para que interpongan sus oficios y que se concrete el pedido. Al momento, son pocos los controles existentes. Por ejemplo, en El Empalme, en Saucillo

(para llegar a Zapotillo), en Sabiango, en El Limo, pero están a cargo de militares. En esta ciudad, en El Plateado, de vez en cuando, un par de efectivos solicitan documentos; en la vía a Zamora, el tránsito es libre. En ese puesto se encuentran policías encargados de controlar el no paso de madera. Control integrado

El dirigente recuerda que fue en la prefectura de Rodrigo Vivar que el comandante de la Policía de ese entonces, Galo Acosta Balseca, impulsó la construcción de un control integrado en el sector Velacruz, pero no recibió el apoyo necesario. Fabián Altamirano, director de Turismo en la administración de Vivar, dice que no podía concretarse porque de por medio estaba un acuerdo binacional. Nixon Granda considera que debe retomarse el proyecto del control integrado. Iván Ludeña Astudillo, secretario General del Sindicato de Choferes de Loja, opina igual y recuerda que fue en la administración provincial de Raúl Auquilla que se elaboró el plan, pero que no se concretó. Ahora, solicita al prefecto Rubén Bustamante reiniciar el tratamiento de esa obra en Velacruz. Si ello no se plasma, en su criterio, la inseguridad conti-

Controles Las cifras

° En las vías de salida e ingreso a Loja el control es mínimo. ° En la Terminal Terrestre, donde laboran alrededor de 14 cooperativas, se realiza la labor de sellar las puertas. ° Militares tienen puestos de control en El Empalme, Saucillo (para llegar a Zapotillo), en Sabiango, en El Limo. nuará en las vías. De allí que insiste en el control integrado de Velacruz. Es Adálber Gaona Gaona, presidente de la Asociación de Juntas Parroquiales, quien considera que, a falta de los controles de tránsito, debe haber una mayor presencia policial en las diversas vías de la provincia. Ello evitará el consumo de alcohol, tráfico de drogas, gas, entre otros. Presencia policial

El comandante de la Policía, Marco Vinicio Salazar Jarrín, dice que, previo a una planificación, habrá más presencia de efectivos en las diversas vías. Ello, según comentó, ahuyentará a la delincuencia. Para el control del tráfico de drogas y de combustibles, la autoridad anuncia que desde Catamayo saldrá un grupo operativo especializado a efectuar vigilancia.


cuLtura guia turismo barrios jóvenes

cultura

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Lunes 5 de Julio de 2010 La Hora loJa

Un viaje a París te espera Organizado por la Fundación Alianza Francesa de París, la revista Courrier International, y las Alianzas Francesas en el Ecuador, invitan a participar del Concurso Internacional de fotografía sobre el tema “Yo tengo 20 años en mi país”. El objetivo del concurso es que los participantes muestren a través de las imágenes a la juventud de su país. El concurso se desarrollará localmente, donde se realizará un proceso de selección del finalista, el mismo que participará del concursos internacional. El jurado calificador estará conformado por la Alianza Francesa de París, que será quien designe al ganador de este evento visual. Para poder participar los concursantes deberán entregar dos fotografías, que participarán conjuntamente como una sola composición.A ello se adjuntará un formulario que deberá ser retirado en la Alianza Francesa de Loja, ubicado en la Av. Ma-

IdentIdad. Históricamente los tejidos tradicionales son parte de nuestros valores culturales que nos identifican y nos unen.

ConCursos. La fecha máxima de entrega de las fotos para el concurso es hasta el 02 de agosto de 2010, en la Alianza Francesa de Loja.

nuel Agustín Aguirre y Miguel Riofrío. El galardonado del concurso internacional ganará un pasaje, más hospedaje de una semana en París, más la exposición y publicación de sus fotografías.

Muestra confrontación La muestra pictórica “Confrontación” del artista ecuatoriano Alfonso Alvear Endara, continúa exhibiéndose en el salón de exposiciones del teatro de la Casa de la Cultura de Loja hasta el 20 de julio. Endara tiene

más de 20 años de experiencia en el ámbito de las artes plásticas, viene recorriendo con la exposición itinerante “Confrontaciones”, diversas ciudades del país, donde se describe lo que es el Ecuador.

Tu nombre, Señor, bendito sea Cuando el cielo está limpio y diamantino y asoma la nívea pureza de unas nubes Señor, tras de ellas yo imagino que con limpiada mirada tú la pules. Pues tú eres más radiante que el fulgor del sol en cenit, emite tu soberana presencia llena de amor, ver de cerca el pecado no permite. Grande es la misericordia que has manifestado con nosotros al cuidarnos con amor tanto amas al mundo que has dado a tú único hijo, como nuestro salvador. Del mundo, el pecado has perdonado y propicia fue la sangre del cordero por nuestras culpas en la cruz fue sacrificado un puro, sin mancha e inocente verdadero. Cuando la noche de oscuridad el cielo cubre y el titilar de un lucero alumbra en él tu presencia se descubre porque tú eres luz en la penumbra.

Tejidos tradicionales son valorados

Cumpliendo con el plan de trabajo se realizará el taller de tejidos tradicionales en Puyango. El Ministerio de Cultura del Ecuador, a través de su Dirección Provincial, como parte del Proyecto de “Desarrollo de talleres de capacitación Artística y Cultural en los Cantones de la provincia de Loja”, desde este lunes 5 de julio, promueve el taller sobre tejidos tradicionales. El propósito de este taller es evidenciar el valor de los rasgos de identificación tradicional, a través de las artesanías y tejidos producidos por los artesanos

del cantón Puyango. Este proceso se cumplirá, por medio de la asistencia técnica y valiéndose de las herramientas de diseño y creación de tejidos en telar. El taller está dirigido a los habitantes del cantón Puyango. Este espacio teórico práctico tiene como meta llegar a contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los cantones de Gonzanamá, Calvas, Paltas y Pindal, por medio del fomento y la elaboración de artesanías.

Las bandas que integran pueblos Dentro de nuestras raíces tradicionales se encuentran las bandas tradicionales, que son las manifestaciones culturales de cada lugar. En la parroquia de San Pedro de Vilcabamba encontramos a una tradicional banda de pueblo, que con su música y alegría, son el alma de las fiestas donde quiera que vayan. La agrupación San Pedro Apóstol, está conformada por nueve integrantes, que tocan distintos instrumentos y de diferentes sectores de la provincia. Desde que se juntaron hace tres años han sabido llevar su talento a diferentes escenarios, donde han sido reconocidos por su música. “Para las fiestas de San Pedro, preparamos un buen repertorio. Los géneros más solicitados son los nacionales, las cumbias, los pasacalles, los san juanitos”, dijo Juan Jaramillo, integrante de la agrupación. Este artista, que es el más joven del grupo, dice sentirse

MúsICa. Esta banda de pueblo es una de las más conocidas del sector.

contento de ser parte de la banda, porque les permite conocer mucha gente y también es una forma de ganarse la vida, pero se lamenta que no tengan tanto apoyo. “Fuera bueno que otros organismos nos apoyaran, dándonos más capacitación, nosotros estamos aquí porque nos gusta y porque también se ha convertido en una manera de vivir, no ganamos mucho, mas lo hacemos por servir”. Están trabajando profesionalmente desde el 2006 y dicen que la aceptación del público ha sido muy buena y por ello están contentos del trabajo que vienen desempeñando.

Cultura. Los tejidos son una forma de supervivencia que han tenido nuestros ancestros.

Se quiere lograr potenciar fuentes de empleo e incentivar la microempresa. Este evento cuenta con la coordinación del Patronato Municipal del cantón Puyango y estará dirigido por Carmita Pogo, tejedora tradicional originaria del cantón Paltas.

Revista de Energía y Minas La asociación de profesores del Área de la Energía , las Industrias y los Recursos Naturales no renovables de la Universidad Nacional de Loja han editado su revista institucional, donde se encuentran temas de actualidad como de opinión sobre el software libre; descripción general del análisis de estabilidad de taludes; energía libre; gestión energética; investigación formativa; áreas académicas, actividades gremiales. Todos estos temas están recogidos en la revista que es un aporte a la colectividad, ahora que el tema de los recursos naturales ha tomado más vigencia.


ciudad

Feria Libre irá a La Península

El barrio La Península se convirtió en el punto de concentración para moradores y funcionarios municipales con el propósito de iniciar el acondicionamiento del sitio donde próximamente funcionará la feria libre. Desde el miércoles 30 de junio hasta el reciente fin de semana se avanzó en la limpieza de maleza, nivelación de suelos y el relleno de 600 metros cúbicos de toscón, en un terreno que hasta la semana anterior permanecía sin utilización. A ellos se suma la utilización del equipo caminero consistente en dos volquetes, un tractor, pala y rodillo. La actividad se cumplió sin inconvenientes y con la expectativa de continuar la minga en los días siguientes. Carmen Remache, residente del sector, manifestó su aspiración que el traslado del evento ferial contribuya a mejorar la imagen de la zona con una posterior ampliación de los servicios básicos, que tiene planeado la actual administración. Con la terminación de las adecuaciones quedará un amplio

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Lunes 05 de Julio de 2010 La Hora zamora

evento. La feria libre cambiará de sitio próximamente.

espacio disponible para el desarrollo de eventos culturales, deportivos y sociales, el mismo que se complementará posteriormente con una cubierta. El alcalde de Zamora, Smilcar Rodríguez, se mostró motivado por poder brindar solución a las incomodidades que se reflejan dentro y fuera del centro de abastos. Las particularidades de la puesta en marcha de la nueva feria libre están siendo analizadas y serán dadas a conocer en el momento oportuno. La intención de reubicar a la feria libre desde el Mercado Centro Comercial hasta La Península se basa en la consolidación de un reordenamiento urbano que garantice la oferta laboral de los comerciantes y calidad en el servicio para el comprador.

Cacao posee nuevo centro de acopio

En medio de una ceremonia simbólica, la Federación Provincial de Organizaciones Campesinas inauguró recientemente el primer centro de acopio de cacao, en la comunidad Playas de Cuje, perteneciente al cantón Centinela del Cóndor. El proyecto servirá para el manejo asociativo de la postcosecha del cultivo, en lo que respecta a fermentado y secado, el cual consta de un fermentador tipo cajón y una marquesina; y, en los próximos días se instalará una bodega y una secadora. Este centro servirá para acopiar toda la producción de las familias asociadas. Durante, el evento se firmaron convenios de cooperación entre la Federación Provincial de Organizaciones Campesinas de Zamora Chinchipe; y, la Asociación de Trabajadores Autónomos “Playas de Cuje” y la Asociación Artesanal de Cria-

editor regional CéSAr SANDoyA VALDIVIEZo Periodista zamora SoNIA VALLE edihora Cía. ltda. dirección zamora: Calle Luis Marquez y Amazonas (C.C. reina del Cisne) telefax: 260-6750 e-mail: zamora@lahora.com.ec año: x no. 3876

www.lahora.com.ec

inauguraCión. Los directivos agrícolas encabezaron la ceremonia.

dores de Cerdos “Defensores de Paquisha” para la instalación de dos jardines clónales con el apoyo de la Asociación Nacional de Exportadores de Cacao (ANECACAO). De igual manera, se realizó la entrega de herramientas y materiales al ciudadano Eduardo Lituma, socio de la Asociación de Trabajadores Autónomos “Playas de Cuje”, por el Segundo puesto obtenido en el Concurso de la Mejor Mazorca de Cacao, obtenido por la Federación Provincial de Organizaciones Campesinas de Zamora Chinchipe (FEPROCAZCH), en la segunda feria del cacao fino de aroma y chocolate “Napo 2010”. Como invitados especiales visitaron la provincia de Zamora Chinchipe, Xavier Elizalde, Gerente de la Asociación Nacional de Exportadores de Cacao (ANECACAO), Mónica Vaquerizo Lange, Coordinadora Sectorial y de Mercados de Cacao y Elaborados de la Corporación de Promoción de Exportaciones e Importaciones (CORPEI), Iván Ontaneda, Gerente de ECOCAFÈ S.A. y Director de ANECACAO.

Listo rubro para Escuela del Milenio ProyeCCión. Los alcaldes se reunieron con el representante de la DINSE.

dinse presupuestó un millón 600 mil dólares para el centro educativo bracamoros, en el barrio tunantza. Recientemente con la participación de los representantes de los municipios de Chinchipe, El Pangui, Centinela del Cóndor, Yantzaza y Zamora se llevó a efecto la exposición del Plan Operativo Anual de la Dirección Nacional de Servicios Educativos (DINSE) Regional Frontera Sur que se ejecutará en lo que resta del 2010, en el Gobierno Municipal de Zamora. Joe Jaramillo director Regional de la DINSE explicó las nuevas estrategias y políticas que se vienen empleando en el desarrollo de la inversión al servicio de la educación, de tal forma que las intervenciones sean integrales y con ello solucionar de forma certera las problemáticas que aquejan a las entidades educativas, para lo cual solicitó el apoyo in-

ra, explicó que de acuerdo a las gestiones efectuadas para Zamora en el Plan Operativo Anual se destaca un total de un millón 351 mil 113 dólares. La DINSE se comprometió condicional de los municipios. a intervenir con el 80 por La DINSE requirió el ciento de lo que será infraeapoyo de los municipios para structura educativa en estabrealizar el levantamiento lecimientos de todas las parroquias, en tanto que catastral de los estabel Gobierno Municipal lecimientos educativos de Zamora asume el 20 de cada cantón mediante fichas especiales, AlCAlDES por ciento restante. prePara el cantón Zamoque permitan establec- estuvieron sentes en la ra consta en el presuer el estado en el cual se reunión. puesto de la DINSE un encuentran y las necesimillón 600 mil dólares dades de cada plantel educativo, para así poder re- para la Escuela del Milenio alizar la intervención, dio a que se implementará en el barrio Tunantza, donde funciona conocer Jaramillo. Una de las primeras ges- la Escuela Bracamoros. “Es un compromiso del Gotiones a las cuales están comprometidos los municipios es bierno Nacional a través del a liquidar los convenios pasa- Ministerio de Educación, condos, y poner al día todo lo con- vertir esta escuela en un cencerniente a la cancelación de tro modelo, con tecnología de obligaciones anteriores, enfa- punta y condiciones idóneas para la enseñanza de las nuetizó el directivo regional. De otro lado el Smilcar vas generaciones”, dijo Joe JaRodríguez, alcalde de Zamo- ramillo.

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Pichincha y Zamora se dieron con todo ZUMBI, LA HORA • Liga

Deportiva Cantonal de Centinela del Cóndor en coordinación con Federación Deportiva Provincial desarrollaron el evento denominado tope amistoso entre los pugilistas de Pichincha y Zamora. La cartelera inició a la 20:00 y se prolongó hasta las 00:00 de este sábado en donde los boxeadores demostraron sus habilidades del ring, producto de una coordinación con la dirigencia de Concentración De-

portiva de Pichincha. El tope fue de carácter amistoso y se desarrolló con el propósito de preparación a pugilistas que estarán presentes en los juegos Juveniles de Cuenca, Azuay a fines de julio y binacionales a desarrollarse en Loja del 30 de julio al 6 de agosto del 2010. Milter Rivadeneira, entrenador de Boxeo de Zamora Chinchipe dijo contar con los mejores boxeadores. “Pichincha y Zamora siempre han es-

tado ocupando los espacios de pódium nacional y eso es un honor”, agregó. Edgar Wisum 44 kg., de Nangaritza; Diego Yaruqui, 51 kg., de Nangaritza; Ramiro Enzacua 54 kg., de El Pangui; Edwin y Eddy Vega en 60 y 46 kg., de Zamora; Roger Guerrero 63 kg., y Carlos Sánchez, 69 kg., de Zamora, Ángel Jiménez 48 kg., de Guadalupe; fueron los boxeadores que estuvieron en Zumbi defendiendo la camiseta de Zamora Chinchipe.


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Loja Zamora

LUNES Lunes 5 DE de JULIO Julio DE de 2010

12 heridos deja un accidente de la loja Loja la La madrugada de ayer, a eso de las 02:00, un bus de la cooperativa Cooperativa loja Loja se accidentó en el sitio tangula, Tangula, en macará. Macará. dejó Dejó 12 heridos, que no son de gravedad. Página A15 a15

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Bracamoros Percance será del milenio

en la vía a Catamayo

recientemente con la participación de los representantes de los municipios de Chinchipe, Pangui, CentiNo huboElheridos de nela del Cóndor, Yantzaza gravedad y ni el carroy Zamora se llevó apero efecto la fue retenido, exposición del Plande opelos ocupantes un rativo anual de la direcautomóvil, ayer, se ción nacional servicios llevaron el de peor susto. Educativos (dinsE)

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jvc, JVC, monarca del futbol de ascenso ayer, Ayer, en el reina Reina del cisne, Cisne, el equipo sufrirá Sufrirá otra operación

La cantante alejandra Alejandra Guzmán tendrá que someterse a una nueva operación en los glúteos.

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lojano jvc, JVC, se adjudicó el campeonato de la segunda categoría. ronald Ronald valdiValdivieso y josé José caicedo, Caicedo, con un gol cada uno, le dieron el triunfo al elenco.

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revistA judiCiAl es una ediCión de diario la hora

CONTENIDOS POr: Dr. JavIEr BuSTOS a.

Método de Crédito Fiscal Nuestro sistema tributario al igual que la mayoría de países aplicaba un sistema de tributación por renta mundial; esto es, tanto los ingresos obtenidos en el Ecuador como los generados en el exterior estaban sometidos al pago de impuesto a la renta en el país, para personas naturales y sociedades domiciliadas. Así por ejemplo, si Juan Pérez además de sus ingresos en relación de dependencia; tenía un fondo de inversión en Suiza y unas acciones de una compañía irlandesa. Para liquidar el impuesto a la renta, a sus ingresos del trabajo debía sumar los intereses generados por el fondo de inversión en Suiza y los dividendos de la compañía irlandesa. El problema ocurre cuando por esos intereses Juan Pérez debe pagar el impuesto a la renta en Suiza y por los dividendos, el impuesto irlandés. Hasta antes de la reforma, incluida en este gobierno, el derogado Art. 49 de la Ley1 de Régimen Tributario Interno, establecía el método de “crédito tributario” por el cual se permite descontar del impuesto a la renta causado en el Ecuador el impuesto pagado en el exterior. Retomemos nuestro ejemplo. Si por los intereses del fondo de inversión suizo recibía $45.000 dólares, en Suiza la tarifa es del 9,7%2 y el impuesto a pagar es de $4.365 dólares. Recibe dividendos de una compañía en Irlanda por $30.000 dólares, la tarifa es del 11,9%3; con lo que el impuesto a pagar es de $3.570 dólares; tal como se muestra a continuación. Sin embargo, esos ingresos -además de tributar en los países de origen- también tributan en el Ecuador a una tasa efectiva4 del 17,37% sobre los $75.000; que es el total de ingresos del exterior, con un impuesto a pagar de $13.030 dólares. Al intervenir varias jurisdicciones para exigir el pago del impuesto sobre una misma renta se genera doble tributación. Sin embargo para atenuar estos efectos nuestra norma permitía (Art. 49 citado) descontar del impuesto a pagar en el Ecuador el Impuesto pagado en el exterior. De tal forma que en el Ecuador, de los $13.030 dólares de impuesto causado se podía descontar los $7.935 pagados en Suiza e Irlanda; así el impuesto a pagar era de $5.095; solamente.

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Judiciales - C2 Mortuorios - C6-7 Convocatorias - C8

Inversión en el exterior Invertir en el exterior permite pagar menos impuestos en el Ecuador

Método de Exención Como se comentó el método de crédito fiscal, era el que aplicaba el Ecuador hasta diciembre de 2007 en que fue derogado, para implementar el método de exención, que consta en el reformado Art. 495 de la Ley. Por este método todos los ingresos obtenidos en el exterior se consideran exentos en el Ecuador, bajo la condición de que no provengan de “paraísos fiscales”6 (Actualmente 89 jurisdicciones); y que hayan sido sometidas a imposición en el otro estado. Bajo este método los ingresos del exterior se incluyen en la declaración de impuesto a la renta, en el casillero de ingresos exentos. El Método de Exención fomenta la huída de capitales a jurisdicciones con tasas inferiores. Supongamos que una persona tiene dinero para invertir en un Fondo de Inversión, y el capital para ello es de $1.000.000 de dólares que generan un rendimiento del 10% anual ($100.000). Si ese dinero lo invierto en Ecuador, al final del año sobre el rendimiento de $100.000 deberé tributar sobre una tasa marginal del 35%. Si ese mismo capital se invierte en un Fondo de Inversión suizo por el rendimiento pagaré una tasa de solamente el 9,7% (25 puntos de diferencia). Antes, con el método de crédito fiscal, el país por lo menos aseguraba que la diferencia entre la tarifa del Ecuador con la tarifa del impuesto pagado en los países de origen del ingreso; esa diferencia se pague en el Ecuador (35% – 9,7% = 25,3%)

Por lo que en la segunda opción, sobre igual capital de inversión a la misma tasa de rendimiento será sin duda más rentable invertir en un Fondo de Inversión en Suiza ya que se paga solamente el 9,7% y se asegura que ese ingreso no va a estar sometido a tributación en el Ecuador, por el método de exención, que ahora prevé la norma y que considera exentos esos ingresos. En el caso analizado, vemos que se cumplen las dos condiciones legales para que el ingreso se considere exento: A. Sometidas a imposición en el otro Estado.- El rendimiento de $100.000 dólares se somete a imposición en Suiza, aplicando un impuesto a la renta del 9,7% ($9.700) que se paga en Suiza. B. No provenientes de paraísos fiscales.- Suiza no es considerada

por el Ecuador como paraíso fiscal, e inclusive tiene suscrito con este país un Convenio para evitar la Doble Tributación. Este mismo ejemplo es perfectamente aplicable para, en lugar de adquirir acciones de compañías ecuatorianas cuyos dividendos tributan en el Ecuador hasta el 35%; adquirir en su lugar acciones de compañías que cotizan en la Bolsa de Valores de Irlanda7 en el que se liquida un impuesto a la renta de solo el 11,9%; con lo cual pasan a ser ingresos exentos ya que se cumplen los requisitos levgales; esto es, “sometidas a imposición en el otro Estado” e Irlanda no es considerada por nuestra legislación como “paraíso fiscal”. Con lo cual hemos demostrado que la inclusión del Método de Exención, lo que hace es fa-

DErECHO TrIBuTarIO

C1 Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

Clasificados - C10-12 vorecer la salida de recursos para que se inviertan en países con tasas tributarias inferiores a la tarifa de impuesto a la renta del Ecuador; y obtener así una rentabilidad más alta que de haberse realizado la inversión en el Ecuador; al renunciar el país a gravar dichos ingresos que sí tributaban antes de la reforma con el método de crédito fiscal. Por el Método de Exención el Ecuador financia el desarrollo de otros países Esto es una consecuencia de lo que analizamos en el considerando precedente; esto es, si las personas pueden escoger jurisdicciones para invertir con tasas inferiores de impuesto a la renta establecida en el Ecuador. El Método de Exención, lo que hace es favorecer a que terceros países diseñen su política tributaria de tal forma que teniendo una tasa inferior de impuesto hagan atractiva la inversión de contribuyentes ecuatorianos, ya que los rendimientos generados no van a gravar impuesto en el Ecuador. El Método de Exención genera discriminación frente a quienes invierten en el Ecuador Nuestra Constitución contiene dos principios aplicables al régimen tributario que son el de igualdad y generalidad. Sin embargo, estos principios se vulneran con el Método de Exención; toda vez que si una persona decide invertir en acciones de compañías ecuatorianas, con un rendimiento o dividendo en $100.000 dólares, por ejemplo, tributará al 35%; y otra persona con igual capacidad económica invierte también en acciones, y obtiene el mismo rendimiento de $100.000 dólares; pero lo hace en compañías irlandesas tributará por solo el 11,9%. La vulneración de los principios constitucionales del régimen tributario de igualdad y generalidad; se evidencia cuando dos personas con domicilio en el país, que tienen la misma capacidad contributiva y que obtienen un beneficio del mismo origen (acciones) tienen un trato abiertamente discriminatorio por el lugar donde invierten. La persona que invierte en el Ecuador, paga un impuesto superior a la otra que prefiere invertir en el exterior. Habrán notado Ustedes que el lugar de la inversión, no es un elemento objetivo que amerite un trato tributario distinto; y menos aún para quienes deciden reinvertir en su país.


JuDICIalES

judiCiAles C2

Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

JuDICIalES BANCO RUMIÑAHUI QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros No. 8117146500 Nro. Cartola 1654640024 del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/7525(1)aa QUEDA ANULADA Por pérdida de la libreta de ahorros No. 8158651100 Nro. Cartola 17642690006 del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/7525(2)aa JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN CARIAMANGA Def. Dra. Ena María Loaiza Loaiza Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite a la señora LUZ RIQUILDA SALINAS VEGA, cuyo extracto es como sigue: ACTORA: DRA. ENA MARÍA LOAIZA LOAIZA, procuradora judicial del señor JOSÉ ANÍBAL RUEDA RODRÍGUEZ. DEMANDADA: LUZ RIQUILDA SALINAS VEGA OBJETO DE LA DEMANDA: Divorcio TRÁMITE: Verbal Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO Nro. 090-10 JUEZ: Dr. Marcelo Saritama Carrera AUTO: Cariamanga uno de junio del año dos mil diez, a las 15h00.- VISTOS.- Estímese clara, precisa y completa la demanda propuesta por la señora Dra. ENA MARÍA LOAIZA LOAIZA, Procuradora judicial del señor JOSÉ ANÍBAL RUEDA RODRÍGUEZ, conforme al poder especial adjunto contra LUZ RIQUILDA SALINAS VEGA, por reunir los requisitos de forma, se la acepta al trámite verbal sumario que le corresponde.Provéase de curador ad-litem a los menores José Rolando e Hiparia Gabriela Rueda Salinas, para lo cual se dispone, oír a dos parientes más cercanos, a falta de estos a dos personas honorables de la localidad, a fin de que sugiera a la persona que deba representarlos en el presente proceso.- Cuéntese en este juicio con el señor Agente Fiscal Distrital de Loja con sede en Cariamanga, para que emita su dictamen de Ley.- En consecuencia, cítese a la demandada con el contenido de la demanda inicial y auto de aceptación a trámite, en vista de que la compareciente, bajo juramento manifiesta que le resulta imposible determinar la individualidad o residencia actual del demandado, se dispone citarla por la prensa en un diario de mayor circulación de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación social en esta ciudad, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese al proceso la documentación adjunta.Téngase en cuenta la cuantía y casillero judicial.- Hágase saber.- Particular que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes. Cariamanga, junio 02-2010 Dr. José E. Valle Acaro, SECRETARIO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA 434735

JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento del público en general que el señor Juez Vigésimo Segundo de lo Civil de Loja, Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo, dentro del juicio ejecutivo No. 39908, mediante providencia de fecha 3 de junio del 2010, a las 11h17, en atención al escrito presentado por el actor de fs. 102 del proceso y una vez que se ha dado cumplimiento a las diligencias ordenadas en el auto de embargo, señala para el día JUEVES CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ(Jueves 5 de agosto del 2010), desde las catorce horas hasta las dieciocho horas(desde las 2 hasta las 6 de la tarde), para que se lleve a efecto el REMATE en pública subasta del inmueble embargado en el presente proceso, ubicado en la parroquia El Valle, del cantón y provincia de Loja, inscrito con Nro. 002489 del Registro de la Propiedad del 11/06/2004; comprendido en los siguientes linderos y dimensiones: Por el frente u oeste, con la calle Portoviejo, en la longitud de 27.30 metros; por el fondo o cabecera con terrenos de los herederos Agustín Cabrera, cercas de méjicos propios del terreno que se vende, por división, en 15.60 metros; por el un costado, con camino de servidumbre, en 45.80 metros de longitud;y por el último costado, con inmueble de los herederos de Manuel Bermeo en 33.65 metros de longitud.- Se trata de un inmueble de topografía un tanto irregular, se encuentra cubierto de arbustos y árboles de eucaliptos en al parte Oeste y al Sur presenta cerramiento de ladrillo con cemento y un portón de metal, no existe a la fecha otras mejoras de consideración; debiendo publicarse este señalamiento por tres veces en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad y por carteles que se fijarán en tres de los parajes mas frecuentados del lugar en donde se encuentra el inmueble embargado, conforme lo establece el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Las posturas se presentaran en la Secretaría de este Juzgado, en dinero efectivo o cheque certificado a la orden del Juzgado, acompañadas del diez por ciento de la oferta presentada, las mismas que deberán cubrir las dos terceras partes del avalúo pericial del bien inmueble embargado, que asciende a la cantidad de CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES DÓLARES AMERICANOS CON VEINTE CENTAVOS(117.793,20).- Hágase saber.-f) Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO 22DO. Loja, 7 de junio del 2010. Dr. Luis Alfredo Rosales SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. 434901 JUZGADO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ZAPOTILLO AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público en general, que el señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Zapotillo, en providencia dictada el veinte y ocho de mayo del año dos mil diez, dentro del juicio coactivo No. 101-2009, para la recuperación del crédito No.

136333004806, HA SEÑALADO PARA EL DÍA VIERNES DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, desde las catorce a dieciocho horas(dos a seis de la tarde), para que tenga lugar el remate en pública subasta de un lote de denominado el CHILCO de la parroquia Garza Real, cantón Zapotillo de la provincia de Loja. El inmueble embargado consiste en un lote de terreno denominado CHILCO de propiedad de los coactivados, comprendido dentro de los siguientes linderos POR LA CABECERA: Con propiedad de Benito Rogel; POR EL PIE Y UN COSTADO: Con terrenos de Evaristo Panamito hoy de los herederos, POR EL ÚLTIMO COSTADO: con propiedades de los Herederos Zacarías Mendoza; con una extensión total de SETENTA HECTÁREAS(70 HAS). Por la ubicación y las condiciones en que se encuentra el lote de terreno, tiene una avalúo de CATORCE MIL DÓLARES($14.000USD) Por tratarse del segundo señalamiento a remate, se recibieran ofertas que cubran la base de las dos terceras partes del avalúo pericial. Las ofertas se presentarán en la secretaría del juzgado de Coactivas las mismas que irán acompañadas del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero efectivo o en cheque certificado a la orden del señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento en Zapotillo. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor a la indicada, no se aceptarán reclamaciones posteriores, conforme así lo determina el art. 1773 del Código Civil. Los gastos de escrituración, protocolización e inscripción, serán de cuenta del adjudicatario. Zapotillo, 28 de mayo del 2010. Alfonso Córdova C. SECRETARIO-. 435018 JUZGADO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ZAPOTILLO AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público en general, que el señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Zapotillo, en providencia dictada el veinte y ocho de mayo del año dos mil diez, dentro del juicio coactivo No. 382-2006, para la recuperación del crédito No. 2.36.33.3.01.29-04, HA SEÑALADO PARA EL DÁI VIERNES DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, desde las catorce a dieciocho horas(dos a seis de la tarde), para que tenga lugar el remate en pública subasta del siguiente bien. Un predio denominado “LOS MANGOS” ubicado en el Barrio Jaguay Grande, de la parroquia y cantón Zapotillo de la provincia de Loja, circunscrito dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con propiedad del señor Enrique Añazco, POR EL SUR: con el río Catamayo, POR EL ESTE: Con terrenos de los mismos compradores esposos Luis Felipe Córdova Ramírez y Lilia Adela Rentería y POR EL OESTE: Con terrenos del señor Enrique Añazco, el predio antes descrito tiene una extensión de TREINTA HECTÁREAS(30 HAS), de las cuales VEINTE Y CINCO se encuentran cercado con alambre de púas de nueve

hilos y cercas de madera. Por la ubicación y las condiciones en que se encuentra el inmueble, dicha propiedad tiene un avalúo de DOCE MIL DÓLARES (12.000 USD): Por tratarse del segundo señalamiento a remate, se recibieran ofertas que cubran la base de la mitad del avalúo pericial. Las ofertas se presentarán en la secretaría del juzgado de Coactivas las mismas que irán acompañadas del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero efectivo o en cheque certificado a la orden del señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento en Zapotillo. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la superficie resultare mayor o menor a la indicada, no se aceptarán reclamaciones posteriores, conforme así lo determina el así el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos de escrituración, protocolización e inscripción, serán de cuenta del adjudicatario. Zapotillo, 28 de mayo del 2010. Alfonso Córdova C. SECRETARIO-. 435019 JUZGADO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ZAPOTILLO AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público en general, que el señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Zapotillo, en providencia dictada el treinta y uno de mayo del año dos mil diez, dentro del juicio coactivo No. 140-2009, para la recuperación del crédito No. 1.36.33.3.019807, HA SEÑALADO PARA EL DÍA VIERNES DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, desde las catorce a dieciocho horas(dos a seis de la tarde), para que tenga lugar el remate en pública subasta del siguiente bien. Una casa de habitación ubicada en el centro de la ciudad de Zapotillo, perteneciente a la parroquia y cantón Zapotillo de la provincia de Loja, de las siguientes características: edificada de tres pisos con dos losas, acabado de fachada principal de mármol y su interior con paredes de Ladrillo y Bloque, piso baldosa, en el primer piso, sala, comedor, cocina con mesón, baño. Segundo piso compuesto de tres habitaciones y el tercer piso con piezas inconclusas, el estado actual del inmueble es bueno. Comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con casa de Adriano Becerra y mide 8.80 metros; POR EL SUR: Con casa de Juan Jesús Requena en la actualidad con el Dr. Juan Requena Díaz y mide 8.80 metros; POR EL ESTE: Con la calle Juan Montalvo y mide 9 metros, y POR EL OESTE: Con la casa de la señora Santos Tinoco hoy de Graciela Álvarez y mide 9 metros. Con superficie de SESENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA METROS(69.80M2). Por la ubicación y las condiciones en que se encuentra el inmueble, dicho lote de terreno tiene un avalúo de SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DÓLARES CON SESENTA CENTAVOS(62.959.60 USD). Por tratarse del primer señalamiento a remate, se recibieran ofertas que cubran la base de las dos terceras partes del avalúo pericial. Las ofertas se presentarán en la secretaría del juzgado de Coactivas las mismas que irán acompañadas del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero efectivo o en cheque certificado a la orden del señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento en Zapotillo. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor a la indicada, no se aceptarán reclamaciones posteriores, conforme así lo determina el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos de escrituración,

protocolización e inscripción, serán de cuenta del adjudicatario. Zapotillo, 31 de mayo del 2010. Alfonso Córdova C. SECRETARIO-. 435020 JUZGADO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL ZAPOTILLO AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público en general, que el señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Zapotillo, en providencia dictada el veinte y ocho de mayo del año dos mil diez, dentro del juicio coactivo No. 045-2009, para la recuperación del crédito No. 433333486208, HA SEÑALADO PARA EL DÍA VIERNES DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, desde las catorce a dieciocho horas( dos a seis de la tarde), para que tenga lugar el remate en pública subasta de un lote de terreno signado con el No. 01 que se desprende de la manzana B ubicado en el sitio Catamaillo de la parroquia y cantón Zapotillo de la provincia de Loja. El inmueble embargado consiste en un lote de terreno signado con el No. 01 que se desprende de la manzana B, comprendido dentro de los siguientes linderos POR EL NORTE: Con el lote del señor Rodrigo Ramírez y mide 15 metros; POR EL SUR: Con una calle sin nombre y mide 15 metros; POR EL ESTE: con la calle No 2 y mide 13.50 metros;y POR EL OESTE:; Con el lote de la señora Violeta Coronel y mide 13.50 metros, con una extensión total de DOSCIENTOS DOS PUNTO CINCUENTA(202.50M2) Por la ubicación y las condiciones en que se encuentra el lote de terreno, tiene una avalúo de DOS MIL VEINTE DÓLARES(2.020 USD) Por tratarse del segundo señalamiento a remate, se recibieran ofertas que cubran la base de la mitad del avalúo pericial. Las ofertas se presentarán en la secretaría del juzgado de Coactivas las mismas que irán acompañadas del diez por ciento del valor de la oferta, en dinero efectivo o en cheque certificado a la orden del señor Juez de Coactivas del Banco Nacional de Fomento en Zapotillo. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor a la indicada, no se aceptarán reclamaciones posteriores, conforme así lo determina el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos de escrituración, protocolización e inscripción, serán de cuenta del adjudicatario. Zapotillo, 28 de mayo del 2010. Alfonso Córdova C. SECRETARIO-. 435021 JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y demás constancias procesales a la señora ESTELA NARCISA BUSTOS TELLO, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: Víctor Eduardo Mendieta Ludeña DEMANDADA: Estela Narcisa Bustos Tello ASUNTO: Divorcio CUANTÍA: Indeterminada PROCESO: Número 657-08 JUZGADO: Tercero de lo Civil JUEZ: Dra. Talía Maldonado Castro AUTO: Loja, a tres de febrero del dos mil nueve, a las catorce horas nueve minutos.- VISTOS:- Cumpliendo lo dispuesto en decreto último, se califica de clara, completa y precisa a la demanda de divorcio que presenta el señor VÍCTOR EDUARDO MENDIETA LUDEÑA contra la señora ESTELA NARCISA BUSTOS TELLO, por lo que se la acepta al trámite verbal sumario que

le corresponde.- La cuantía es indeterminada.- Acaparada su demanda en lo dispuesto en el Art. 110, ordinal 11 causal 2 del Código Civil.- Por cuanto bajo juramento manifiesta desconocer el domicilio, individualidad y residencia de la demandada señora ESTELA NARCISA BUSTOS TELLO, se dispone citarla por la prensa, esto conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil.- Recibe notificaciones en la casilla Nro. 511 y autoriza al Dr. Bolívar Torres Sandoval, abogado, para que suscriba a su nombre.- Hágase saber.-f) Dra. Talía Maldonado Castro, Juzgado Tercero de lo Civil de Loja. Certifico. Particular que me permito poner en conocimiento del público en general para los fines consiguientes. Loja, 03 de febrero del 2009. Dr. Manuel Armijos SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOJA. 435141 JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento del público en general que el señor Juez Quinto de lo Civil de Loja, Dr. Ángel Romero Ochoa, mediante decreto de fecha 1 de junio del 2010, a las 08h5, ha señalado para el día DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, desde las catorce horas, hasta las catorce horas para que se lleve a cabo el remate en pública subasta del bien inmueble materia de la partición y que consiste en un lote de terreno con casa de habitación, signado con el Nro. 6, de la Manzana Mz-5, ubicado en la Urbanización Labanda, perteneciente a la Parroquia Sucre, del cantón y Provincia de Loja, dentro del juicio especial de partición número 511-08- OTRO DECRETO.- Con fecha 7 de junio del 2010, a las 14h15, el señor Juez Quinto de lo Civil de Loja, dicta el siguiente decreto.- De la revisión del proceso se establece que al redactar el decreto de fojas 73, inadvertidamente se hace constar “Señálase el día DIECINUEVE DE AGOSTO del presente año desde las 14h00 a las 14h00, para que tenga lugar el remate en pública subasta del inmueble motivo del presente juicio de partición...”, lo cual no es lo correcto.- En tal virtud y de conformidad a lo estipulado en el Art. 289 y 290 del Código de Procedimiento Civil, se lo aclara y amplía en el siguiente sentido: Señálase el día DIECINUEVE DE AGOSTO del presente año desde las 14h00 a las 18h00, para que tenga lugar el remate en pública subasta del inmueble motivo del presente juicio de partición, con la participación de extraños, quedando lo demás conforme consta en el referido decreto, cuyos linderos y dimensiones son: Por el Norte, con el lote Nro. 4, en la extensión de dieciocho metros lineales (18.00m); por el Sur, con el lote Nro. 8, en la extensión de dieciocho metros lineales (18,00m); por el Este, con la calle C. hoy calle Jimbilla, en la Extensión de diez metros lineales con veinte centímetros (10.20m); y, por el Oeste, con el lote Nro. 5, en la extensión de diez metros lineales, con cincuenta centímetros (10.50m). Dando una área total del terreno de 183,70m2. El lote de terreno cuenta con los servicios de agua potable, energía eléctrica y alcantarillado, dentro del mismo se encuentra construida una vivienda compuesta de dos plantas, de hormigón armado, mampostería de ladrillo, se encuentra pintada en su interior y exterior, revestidos de cemento y con losas de entre piso de hormigón armado; esta vivienda tiene la siguiente distribución: PRIMERA PLANTA.- Se encuentra compuesta de sala, comedor, cocina, un baño social y dos dormitorios con baño privado cada uno; los pisos del área social

es de cerámica y los pisos de los dormitorios son de duela, las puertas son de madera y ventanas de aluminio y vidrio. SEGUNDA PLANTA.- Está compuesta de sala, comedor, cocina, un baño social y dos dormitorios con baño privado cada uno; los pisos del área social es de cerámica y los pisos de los dormitorios son de duela, las puertas son de madera y ventanas de aluminio y vidrio. TERRAZA. En la losa de cubierta de la segunda planta en su parte norte del inmueble hay dos habitaciones tipo media agua, sus paredes son de ladrillo, revestido con un paleteado grueso, sin pintar, la cubierta es de ardex y zinc, puertas de madera. El área de construcción de la primera planta es de 142.43m2; el área de construcción de la segunda planta es de 142,43m2, y el área de construcción de habitación tipo media agua es de 34,65m2. Total de la construcción es de 319.51 m2. El señor Perito único la avalúa en la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, CON CINCUENTA CENTAVOS DE DÓLAR ($ 57.651,50). El remate se llevará a efecto de acuerdo al avalúo antes indicado.- Las ofertas se presentarán acompañadas del 10%, en dinero en efectivo o cheque certificado en la Secretaría de este Juzgado conforme a ley. No se admitirán ofertas por lo menos de las dos terceras partes del avalúo pericial correspondiente por tratarse de un primer señalamiento. Particular que pongo en conocimiento del público para los fines de ley. Loja, 9 de junio de 2010 Dr. Ángel V. Cevallos SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE LOJA 435588 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en general, que el señor Juez Delegado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el quince de junio de dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 0402005, señaló con el carácter de segundo señalamiento, para el día MARTES TRES DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, de las 14h00 a las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de Coactivas de la Sucursal, para que se realice el remate en pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente en un lote de terreno denominado “BERBENAS” barrio Berbenas, sector rural de la parroquia y cantón Saraguro, provincia de Loja, comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: un camino público que separa terrenos de propiedad de María Angelita Cango; AL SUR, terrenos de propiedad de los herederos Teodosio Jaramillo, cerco de montes por división; POR EL ESTE, terrenos de propiedad de los herederos de María Carmen Fárez, piedras clavadas pro división; POR EL OESTE, terrenos de propiedad de los herederos de María Carmen Fárez, sigue el lindero con terrenos de propiedad de José Manuel Sarango, piedras clavadas por división. El lote de terreno termina en punta de lanza. CABIDA. El lote de terreno tiene una cabida aproximada de 8.809M2. MEJORAS: dentro del terreno se encuentra edificada una casa de habitación de construcción antigua, paredes de adobe, techo de eternit, puerta de madera. No dispone el bien de servicios básicos. Topografía irregular. VÍAS DE ACCESO. Se llega a la cabecera cantonal de Saraguro y continúa 1km al sitio Berbenas, allí queda el predio motivo de este peritaje. AVALÚO. El lote de terreno se encuentra avaluado por el señor perito en la suma de CINCO

MIL NOVECIENTOS NUEVE DÓLARES AMERICANOS: (USD.5.909,OO). Por tratarse del segundo señalamiento las ofertas se presentarán ante el infrascrito secretario del procedimiento, sobre la base de la mitad del precio de avalúo, acompañadas del diez por ciento del valor de las mismas en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden del Juez Delegado de Coactivas. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor, no se aceptarán reclamaciones posteriores, de conformidad a lo dispuesto en el art. 1773 del Código Civil. Los gastos por concepto del pago de alcabalas, tasas, impuestos, registro, protocolización e inscripción y otros serán de cuenta del adjudicatario. Loja, a 15 de junio de 2010. Dr. Roger Carrión Cabrera SECRETARIO 436495 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en general, que el señor Juez Delegado de coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el dieciséis de junio de dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 25-2006, señaló con el carácter de primer señalamiento, para el día MIÉRCOLES CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, de las 14h00 hasta las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de Coactivas de la Sucursal, para que se realice en remate en pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente en un predio denominado Chaipiguayco, ubicado en el sitio Pacanuma, barrio Fátima, perteneciente a la parroquia Chuquribamba del cantón y provincia de loja, comprendido dentro de los siguientes linderos: POR LA CABECERA: Con terrenos del señor Víctor Caraguay y terrenos del señor Germán Caraguay, jarata por división, en una extensión de doscientos metros lineales aproximadamente; POR EL PIE, con una punta de lanza porque el terrenos así se encuentra ubicado, de acuerdo a su forma,POR EL UN COSTADO, con terrenos de los herederos de Reinaldo Satana, y así mismo con terrenos de los herederos de Venacio Pauta, quebrada de agua por división;y, POR EL OTRO COSTADO, ya que el terreno queda indicado tiene la forma triangular con terrenos de Petrona y Casilda Díaz. Topografía inclinada, CLASE DE SUELOS: arcillosos. MEJORAS, no tiene, lote de terreno pajonal y pasto natural kicuyo, secano VÍAS DE ACCESO, se toma la carretera Loja.- Chantaco- Fátima, de allí se desvía hacia el Oeste a 1 hora a pies, allí queda el predio motivo de este peritaje. CABIDA. El lote de terreno tiene una cabida aproximada de tres hectáreas, (3 has), AVALÚO. EL predio se encuentra avaluado en al suma de DOS MIL CUATROCIENTOS DÓLARES AMERICANOS, (USD.2.400,OO). Por tratarse del primer señalamiento, el remate se lo hará sobre la base de las dos terceras partes del valor de la cosa que se va a rematar. No se admitirán posturas en que fijen plazos que excedan de cinco años contados desde el día del remate ni las que no ofrezcan el pago de por lo menos en interés legal, pagaderos por anualidades adelantadas. Las posturas estarán acompañadas por lo menos del 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en efectivo o cheque certificado por el Banco a la orden del Juez de la Coactiva. El remate se lo hace como cuerpo cierto, sin relación a la cabida, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos por concepto de alcabalas, registro, escrituración, inscripción y otros serán de cuenta del rematista. Loja a 16 de junio de 2010.


Dr. Roger Carrión Cabrera SECRETARIO 436496 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en general, que el señor Juez Delegado de coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el quince de junio de dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 416-2009, señaló para el día LUNES DOS DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ, de las 14h0 hasta las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de coactivas de la Sucursal, para que se realice en remate ene pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente en un lote de terreno denominado “Las Lagunas”, de la parroquia y cantón Saraguro, provincia de Loja. comprendido dentro de los siguientes linderos: POR LA CABECERA Y UN COSTADO, predios de la compradora; POR EL PIE, predios de Manuel Agustín Quizhpe, un zanjo de agua por división;y, POR EL UN COSTADO, piedras clavadas por división, con una cabida de más o menos sesenta metros lineales de largo por cincuenta metros de ancho. TOPOGRAFÍA. Plano. TIPO, arcillosos. MEJORAS: Una chanchera de madera 12M2, cultivo de alfalfa, papa, maíz con riego 510m2. CABIDA APROXIMADA: 510M2, VÍAS DE ACCESO: Se toma la vía que conduce Loja- Saraguro 100 metros antes de llegar a la ciudad, se desvía hacia el este 400 metros allí queda el predio motivo del peritaje. AVALÚO DEL PREDIO. El señor perito avalúo el predio referido en la suma de SEIS MIL CIEN DÓLARES AMERICANOS (USD.6,100,oo). Las ofertas se presentaran ante el infrascrito Secretario del procedimiento, sobre la base de las dos terceras partes del avalúo pericial, acompañadas del diez por ciento del valor de la misma en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juez Delegado de coactivas. El remate se lo hace como cuerpo ciento y si la cabida resultare mayor o menor, el lote de terreno materia del presente señalamiento, no se aceptarán reclamaciones posteriores de conformidad a lo dispuesto en el art. 1173 del Código Civil. Los gastos por concepto de pago de alcabalas, tasas, impuestos, registro, protocolización e inscripción y otros serán de cuenta del adjudicatario. Loja, a 15 de junio de 2010. Dr. Roger Carrión Cabrera SECRETARIO. 436497 JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN MACARÁ CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales que anteceden a la demandada MARTHA MARÍA SOLANO COBEÑA, dentro del proceso Verbal Sumario de Divorcio No. 208-10, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: Kléber Eduardo Solano Solano JUICIO: Divorcio No. 208-10. TRÁMITE: Verbal Sumario CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dra. Kruskaya Larrea Ontaneda AUTO: La señora Juez Duodécimo de lo Civil de Loja con sede en Macará, mediante auto de fecha veintiuno de Mayo del dos mil diez, a las 10h35.- VISTOS: Estímase clara, completa y precisa la demanda presentada por KLÉVER EDUARDO SOLANO SOLANO contra MARTHA MARÍA SOLANO COBEÑA, sobre juicio de divorcio, por reunir los requisitos de forma, se la acepta al trámite Verbal Sumario que es el que le corresponde, conforme a lo estipulado en el Art. 118 del Código Civil, en relación con lo estipulado en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia con la

acción propuesta se dispone entregar copias de la demanda y este auto a la demandada a fin de que proponga las excepciones de que se crea asistida; por cuanto existen los menores Jinson Eduardo, Kevin Alexander, Angie Lizeth y Carlos Daniel Solano Solano, provéaseles de un Curador Ad-litem, para lo cual se dispone que dos de los parientes más cercanos indique la persona que en calidad de Curador Ad-litem los represente en este proceso. Cuéntese con el Señor Agente Fiscal de lo Penal de Loja con sede en Macará, quien determinará sobre la Curaduría en su oportunidad.- Por cuanto el actor del proceso bajo juramento manifiesta que es imposible determinar el actual domicilio de la demandada: Se dispone se la cite por la prensa conforme a lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en relación con lo dispuesto en el Art. 119 del Código Civil. Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado y la autorización que se concede al Dr. Omar Eladio Cobos Tandazo, Ab. Defensor.- Hágase saber.- Macará, ocho de junio del dos mil diez.- Lo Certifico.- EL SECRETARIO.-. Dr. Tuesman V. Tandazo Ruiz. SECRETARIO DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN MACARÁ. 436654 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Defensor: Abg. Julio Elías López Pitisaca, consultorio Jurídico. Loja: Sucre 07-26 oficina Nro. 5., entre José Antonio Eguiguren y 10 de agosto, planta alta, teléfono Cel. 097751284. Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor JOSÉ ALBERTO NAMCELA JADÁN, cuyo extracto es como sigue: Actora: Yéssica Alexandra Ochoa Gaona. Demandado: José Alberto Namcela Jadán. Objeto de la demanda: Divorcio Litigioso. Trámite: Verbal Sumario Cuantía: Indeterminada Juicio Nro. 0881-2009. Juez: Dr. Manuel Salinas Ordóñez, Juez Sexto de lo Civil de Loja. Secretario: Dr. José Berrú AUTO: JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE LOJA.- Loja, martes 22 de diciembre del 2009, las 10h09.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente en mi calidad de Juez Suplente Sexto de lo Civil de Loja, en virtud del oficio Nro. 0707-DCNJL-JP-JV de fecha veintitrés de julio de dos mil siete y en virtud del sorteo constante, así también por las disposiciones contenidas en los oficios Nro. 159-09-CJDL-Circ.- del 16 de marzo del 2009;y, of. Nro. 148-DE-CJMJ-09 del 13 de marzo del 2009, en los que se dispone el acatamiento a la resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por la que los Juzgados de lo Civil de todo el país continúen ejerciendo la misma competencia en razón de la materia hasta que se apliquen las nuevas competencias de los denominados Juzgados de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.- En lo principal.- La demanda de divorcio presentada es clara, completa y precisa por cuanto reúne los requisitos de forma exigidos pro la Ley, en virtud de ello se la acepta a trámite verbal sumario que le corresponde y es el procedente.- Por cuanto dentro del matrimonio, se ha procreado la menor Paula Fernanda Namcela Ochoa, nómbresele curador ad-litem en forma legal.- Cuéntese con un Agente Fiscal Distrital de Loja, designado para este juzgado, quien dictaminará sobre la curaduría.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero señalados.- Agréguese a los autos los documentos aparejados.Cítese al señor JOSÉ ALBERTO NAMCELA JADÁN, mediante la prensa de conformidad al

Art. 82 del Código de Procedimiento Civil en relación con el Art. 119 del Código Civil. Hágase saber.f) Dr. MANUEL SALINAS, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Loja, 23 de diciembre de 2009. Dr. José F. Berrú Ontaneda SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE LOJA. 436775 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA CITACIÓN JUDICIAL Def. Dr. Francisco Hernán Luzuriaga Martínez Con la demanda y auto de aceptación a la misma, cito a los herederos BENIGNO DE JESÚS, JOSÉ MODESTO, ROSARIO MARCELINA GUAMÁN MOROCHO, JOHANA MARIVEL, JIMMY PATRICIO CHIRIBOGA GUAMÁN, y a los herederos presuntos o desconocidos de la causante MÉLIDA MOROCHO QUEZADA, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: JUAN JUVENTINO GUAMÁN CORREA DEMANDADOS: Herederos de la causante ASUNTO: Inventario y avalúos de los bienes sucesorios TRÁMITE: Especial JUICIO Nro. 320-09 JUEZ: Dr. Ramiro Carrión Torres AUTO: El señor Juez Segundo de lo Civil de Zamora con sede en Yantzaza, mediante auto de fecha diecisiete de febrero del dos mil diez, a las nueve horas diez minutos, dicta el siguiente auto.- VISTOS: De clara, precisa y completa se estima la demanda que antecede incoada por JUAN JUVENTINO GUAMÁN CORREA, sobre los bienes de quien en vida fuera MÉLIDA MOROCHO QUEZADA, y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta a trámite especial de inventarios que le corresponde.- En consecuencia, se declara abierta la sucesión intestada y se manda a formar el inventario y avalúo solemne de los bienes relictos de la sucesión, con la intervención del perito Dr. Frank Ricardo Caamaño Ochoa, el mismo que previamente se posesionará en este despacho.- Cuéntese en este proceso: a) Con el compareciente en calidad de cónyuge sobreviviente; b) Con los hijos de la causante: Laura Sabina, Benigna de Jesús, José Modesto, Bertha María, Rosario Marcelina, María del Rocío, Ángel Alejandro, Ana Lucía, Melania Patricia y Carmen Esperanza Guamán Morocho, esta última, por haber fallecido, con sus hijos: Johana Marivel, Jimmy Patricio Chiriboga Guamán; c) Con el Agente Fiscal de lo Penal del Cantón Yantzaza; d) Con el delegado del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe; e) Con los señores Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de El Pangui; f) Con los herederos ausentes, presuntos o desconocidos del causante.Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón El Pangui.- Cítese a los demandados e insinúeseles sobre la obligación que tienen de señalar casillero judicial en esta ciudad de Yantzaza para las notificaciones posteriores que le correspondan. Para la citación a los herederos: Laura Sabina, Bertha María, María del Rocío y Ángel Alejandro Guamán Morocho, al señor Alcalde y Procurador Síndico del Gobierno Municipal de El Pangui, así como para la notificación al Registrador de la Propiedad de El Pangui, se comisiona al señor Comisario Nacional de Policía de dicho cantón, mediante el envío del suficiente despacho, concediéndole el término extraordinario de diez días en razón de la distancia.- Para la citación de los herederos Ana Lucía y Melania Patricia Guamán Morocho, se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Chicaña, mediante el envío del suficiente despacho, concediéndole el término extraordinario de seis días en

razón de la distancia.- Para la citación al Delegado del SRI de Zamora Chinchipe, se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil del citado cantón mediante el envío del suficiente despacho a la oficina de sorteos respectiva, concediéndole al señor Juez que conozca sobre el asunto el término extraordinario de cinco días en razón de la distancia, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- Por cuanto el actor, expresamente bajo juramento declara desconocer el domicilio y actual paradero de los herederos Benigna de Jesús, José Modesto, Rosario Marcelina Guamán Morocho; y, Johana Marivel, Jimmy Patricio Chiriboga Guamán, así como los herederos presuntos o desconocidos de la causante, se dispone citarlos por la prensa, en uno de los periódicos de Loja con circulación en la provincia de Zamora Chinchipe, por no existir medios de difusión escritos en esta jurisdicción, de conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta el casillero judicial y la cuantía fijados por la parte actora, así como la Autorización concedida a la Ab. Vilma Juliana Guartatanga, para que firme en su nombre y representación los escritos necesarios en este asunto.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda.- OTRA PROVIDENCIA.-- Yantzaza, veinticinco de febrero del dos mil diez, a las nueve horas diez minutos.Despachado el escrito que antecede, previa notificación, se dispone lo siguiente: a) de la partida de defunción adjunta se establece el fallecimiento de la demandada señora Melania Patricia Guamán Morocho, se dispone notificar a los herederos presuntos o desconocidos de la extinta antes mencionada, por medio de la prensa, en uno de los periódicos de la ciudad de Loja, con circulación en la provincia de Zamora Chinchipe, de conformidad a lo ordenado en el inciso segundo Art. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil; y, b) De la partida de nacimiento que adjunta se establece que la Exta. Melania Patricia Guamán Morocho ha dejado como heredero a su hijo menor de edad Francisco Bolívar Cabrera Guamán en calidad de padre y representante legal del antes referido menor, e insinúesele sobre la obligación de señalar casillero judicial en esta ciudad de Yantzaza, para las notificaciones posteriores correspondientes, para la notificación antes referida se comisiona al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón El Pangui, a quien se remitirá despacho en forma, concediéndole el término de cuatro días en razón de la distancia.- OTRA PROVIDENCIA.- El señor Juez del Juzgado Segundo de lo Civil de Zamora con sede en Yantzaza mediante providencia de fecha dos de junio del dos mil diez, a las ocho horas cincuenta minutos.- Despachando el escrito que antecede, previa notificación, se dispone lo siguiente: a) Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la señora Laura Sabina Guamán Morocho, así como la autorización concedida al señor Dr. Francisco Hernán Luzuriaga Martínez, para que en su nombre y representación firme los escritos necesarios en este asunto; b) Previo atender lo solicitado por la compareciente y de la inscripción de la defunción que antecede, se dispone notificar a los herederos presuntos y deseconocidos de quien en vida fuera Juan Juventino Guamán Correa, por la prensa en uno de los periódicos de la ciudad de Loja, con circulación en esta provincia de Zamora Chinchipe, por no existir medios de difusión escritos en esta jurisdicción, de conformidad a lo ordenado en los Arts. 82 y 83 del Código de Procedimiento Civil.- (...)”. El Secretario subrogante que certifica.Yantzaza, 15 de junio del 2010 Dr. José Vladimir Simancas Merino SECRETARIO SUBROGANTE

DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA 436975 JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE ZAMORA CITACION JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a la señora BALBINA EMITELIA GUAPISACA NOVOA, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: ANGEL AUGUSTO MOROCHO MEDINA DEMANDADA: BALBINA EMITELIA GUAPISACA NOBOA CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO ASUNTO: DIVORCIO JUICIO NRO. 0144-2010 JUEZ. DR. SEGUNDO ALBERTO SANTIN GOMEZ Zamora, martes veintidós de junio del año dos mil diez, a las 09H00.- VISTOS: Una vez que se ha cumplido con lo ordenado en la providencia anterior, de clara y completa se califica a la demanda de divorcio que antecede, propuesta por el señor: ANGEL AUGUSTO MOROCHO MEDINA, contra su cónyuge: BALBINA EMITELIA GUAPISACA NOBOA; y por reunir los requisitos legales de forma se la acepta al trámite verbal sumario.- En consecuencia entréguese a la demandada copia de la demanda y este auto de aceptación.- Por cuanto bajo juramento se afirma sobre la imposibilidad de establecer el domicilio actual de dicha demandada, se dispone citarla en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 119 del Código Civil, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad para sus notificaciones.Téngase en cuenta la casilla judicial y la cuantía del asunto fijadas por el demandante, así como la autorización concedida a su abogado defensor para que suscriba peticiones relacionadas en este asunto.Agréguese los documentos aparejados.- Hágase saber.Particular que pongo en conocimiento para los fines de Ley.- Zamora, a 23 de junio del 2010.- El Secretario.Dr. Shubert Omar Castro Tamay SECRETARIO Ref. 437339 JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con la demanda y auto de aceptación a trámite a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fueron señores José Antonio Aguirre Vizñay, Amira Eufemia Carrión Jaramillo y Carmela Yolanda Aguirre Carrión, la misma que en extracto dice: ACTOR: CÉSAR PATRICIO AGUIRRE CARRIÓN DEMANDADOS: AGUIRRE CARRIÓN CARLOS HUMBERTO, AGUIRRE CARRIÓN EDUARDO JOSÉ, AGUIRRE CARRIÓN ILDA MARÍA, AGUIRRE CARRIÓN JOSÉ ANTONIO, AGUIRRE CARRIÓN MERCEDES REBECA, MURILLO AGUIRRE GINA DEL CARMEN. OBJETO DE LA DEMANDA: Inventario TRÁMITE: ESPECIAL CUANTÍA: Indeterminada Nro. JUICIO: 393-2010. JUEZA: DRA. TALÍA MALDONADO CASTRO, JUEZA TEMPORAL DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOJA. AUTO: Loja, martes 29 de junio del 2010, las 08h18.VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de las disposiciones contenidas en los oficios Nor. 159-09-CL-Circ.- del 16 de marzo del 2009; y, Of. Nro. 148- D-CJ-MJ-09 del 13 de marzo del 2009; en los que se dispone el acatamiento a la resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por lo que los Juzgados de lo Civil de todo el país continúen ejerciendo la misma competencia en razón de la materia hasta que se aplique las nuevas competencias de

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los denominados Juzgados de la Familia, Mujer y Niñez y Adolescencia.- Se califica de clara, completa y precisa a la demanda de inventarios de los bienes de quien en vida fueran señores JOSÉ ANTONIO AGUIRRE VIZÑAY Y AMIRA EUFEMIA CARRIÓN JARAMILLO, propuesto por el señor CÉSAR PATRICIO AGUIRRE CARRIÓN, Por lo que se la acepta a trámite especial que le corresponde.- La cuantía es indeterminada.- Se contará en el presente proceso con los herederos: ILDA MARÍA AGUIRRE CARRIÓN, MERCEDES REBECA AGUIRRE CARRIÓN, EDUARDO JOSÉ AGUIRRE CARRIÓN, CARLOS HUMBERTO AGUIRRE CARRIÓN, JOSÉ ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN Y GINA DEL CARMEN MURILLO AGUIRRE, heredera de la extinta CARMELA YOLANDA AGUIRRE CARRIÓN.- Así mismo, se contará con los señores Fiscal Dr. Gabriel Paz Costa;y, con el señor Procurador Tributario del Loja, a quienes se los citará en sus oficinas para lo cual entréguese despachos.A los herederos: MERCEDES REBECA AGUIRRE CARRIÓN, EDUARDO JOSÉ AGUIRRE CARRIÓN Y CARLOS HUMBERTO AGUIRRE CARRIÓN, se los citará ante el señor Fiscal.- A los herederos: ILDA MARÍA AGUIRRE CARRIÓN, JOSÉ ANTONIO AGUIRRE CARRIÓN Y GINA DEL CARMEN MURILLO AGUIRRE, en la dirección que consta de autos, para lo cual pase el proceso a la Oficina de Citaciones.- Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de quienes en vida fueran: JOSÉ ANTONIO AGUIRRE VIZÑAY, AMIRA EUFEMIA CARRIÓN JARAMILLO Y CARMELA YOLANGA AGUIRRE CARRIÓN, por la prensa, esto conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Recibe notificaciones en la casilla Nro. 949 y autoriza al Ab. CÉSAR PATRICIO AGUIRRE TENE, para que suscriba escritos a sus nombres.- Hágase saber.-f) Dra. Talía Maldonado Castro, Jueza Temporal del Juzgado Tercero de lo Civil de Loja.- Certifico. Loja, 29 de Junio de 2010. Dr. Hugo Mora Palacios SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE LOJA. 437943 LIBRETA DE AHORROS EXTRAVIADA Se comunica al público que se ha extraviado la Libreta de Ahorros Nro. 200290313 de la Mutualista Pichincha, perteneciente al Sr. Carmen Jacoba Maldonado Romero, C.I. 1102453576, por lo cual se procederá a su anulación. 437982 JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Se cita a los herederos desconocidos y presuntos de la causante: JULIA MARGARITA JARAMILLO VIUDA DE ORTEGA, con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales, cuyo extracto es como sigue: JUZGADO: Vigésimo Segundo de lo Civil de Loja JUICIO Nro. 231-2010. TRÁMITE: Especial CUANTÍA: $65.000.00USA. JUEZ: Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo ACTOR: Ing. Guillermo Ortega Jaramillo OBJETO DE LA DEMANDA: Partición AUTO DE ACEPTACIÓN: Loja, miércoles 28 de abril del

2010, las 09h16.- VISTOS.Avoco conocimiento del presente asunto, en mi calidad de Juez Suplente del Juzgado Vigésimo Segundo de lo Civil de Loja, Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo mediante Of. Nro. 01971-DPCJL-JP-SO de 26 de octubre del año dos mil nueve y en virtud del acta de sorteo del mismo como en virtud de las disposiciones contenidas en los oficios Nro. 159-09- CJ-DL del 16 de marzo del 2009 y Of. Nro. 148-D-CJ-MJ-09 del 13 de marzo del presente año, en los que se dispone el acatamiento a la resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por lo que los Juzgados de lo Civil de todo el país continúen ejerciendo la misma competencia en razón de la materia hasta que se apliquen las nuevas competencias de los denominados Juzgados de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.- En lo principal se estima que la demanda de partición judicial de los bienes dejados de quien en vida fue JULIA MARGARITA JARAMILLO CARRIÓN, que antecede, presentada por el Doctor AUGUSTO RENGEL ESPINOSA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR ING. CIVIL GUILLERMO ORTEGA JARAMILLO, conforme consta en el poder que se adjunta, en su calidad de heredero, es clara, completa y precisa, por lo que se la acepta al trámite especial del juicio de partición, previsto en la Sección 8a del Título II, del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia se concede al compareciente el término de quince días, para que presente todas las cuestiones cuya resolución fuere necesaria para llevar a cabo la partición, inclusive lo relacionado con la competencia o Jurisdicción del Juez.- En la secuela del juicio se contará con los siguientes interesados: con mi mandante Ing. Guillermo Ortega Jaramillo, sus hermanos Beatriz Amada, Ofelia Thalía, Teresita del Niño Jesús, y Lilia Piedad Ortega Jaramillo así como cesionaria de los derechos y acciones del heredero Dr. Rubén Darío Ortega Jaramillo y del fallecido heredero Eufenio Noel Ortega Jaramillo, con Benjamín Franklin, y Mariana de Jesús Ortega Jaramillo, con el Dr. Juan José Puertas Ortega en su calidad de Cesionario de los derechos y acciones de la heredera Mercedes del Rosario Ortega Jaramillo; con los señores Agente Fiscal Distrital de Loja, Director Provincial del Servicio de Rentas Internas de Loja, Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de Loja, a quienes se los citará en sus respectivos despachos; cítese a todos los herederos en la dirección que se indica mediante la Oficina de citaciones, mientras que a la heredera señora Ofelia Thalía Ortega Jaramillo, se la citará en la ciudad de Quito, en la dirección que se indica para lo cual se depreca a uno de los Jueces de lo Civil del Cantón Quito, concediéndole un término de diez días, en razón de la distancia.- Igualmente cítese a los herederos presuntos o desconocidos de la fallecida Julia Margarita Jaramillo Carrión, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Inscríbase la presente demandada en la Registraduría de la Propiedad del cantón Loja conforme lo dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual notifíquese a dicho funcionario en su Despacho.- Tómese en cuenta el Juicio de Inventario Nro. 167. Del año 2003, tramitado en el Juzgado Décimo Noveno de

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lo Civil de Loja, de los bienes dejados por la causante Julia Margarita Jaramillo Carrión, para proseguir con la partición.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado y la autorización concedida a su abogado defensor para que a su nombre suscriba los escritos necesarios en el presente asunto.Agréguese al proceso la documentación que se adjunta a la demanda par los fines legales consiguientes.- Cuéntese con el señor Doctor Cosme Becerra en calidad de Secretario Subrogante por excusa del secretario titular de este despacho.- HÁGASE SABER.-F).DR. ROBERTH VALDIVIESO JARAMILLO, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO 22DO DE LO CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. OTRA PROVIDENCIA.Loja, jueves 27 de mayo del 2010, las 09h12.- VISTOS.Avoco conocimiento del presente asunto, en mi calidad de Juez Suplente del Juzgado Vigésimo Segundo de lo Civil de Loja Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo mediante Of. Nro. 01971-DPCJL-JP-SO del 26 de octubre del año dos mil nueve y en virtud del acta de sorteo del mismo como en virtud de las disposiciones contenidas en los oficios Nro. 159-09-CJDL del 13 de marzo del 2009, y Ofic. Nro. 148-D-CJ-MJ-09 del 13 de marzo del 2009 en los que se dispone el acatamiento a la resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por lo que los Juzgados de lo Civil de todo el país continúen ejerciendo la misma competencia en razón de la materia hasta que se apliquen las nuevas competencias de los denominados Juzgados de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.- En atención al escrito que antecede por ser procedente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se atiende la reforma a la demanda solicita por la parte actora, examinada la misma en lo principal se estima que la demanda de partición judicial de los bienes dejados de quien en vida fue JULIA MARGARITA JARAMILLO CARRIÓN, que antecede, presentada por el Doctor AUGUSTO RENGEL ESPINOSA EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL SEÑOR ING. CIVIL GUILLERMO ORTEGA JARAMILLO, conforme consta en el poder que se adjunta, en su calidad de heredero, es clara, completa y precisa, por lo que se la acepta al trámite especial del juicio de partición, previsto en la Sección 8a del título II, del Libro Segundo del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se concede al compareciente el término de quince días, para que presente todas las cuestiones cuya resolución fuere necesaria para llevar a cabo la partición, inclusive lo relacionado con la competencia a Jurisdicción del Juez.- En la secuela del juicio se contará con los siguientes interesados: Con mi mandante Ing. Guillermo Ortega Jaramillo, sus hermanos Beatriz Amada, Ofelia Thalía, Teresita del Niño Jesús, y Lilia Piedad Ortega Jaramillo así como cesionaria de los derechos y acciones del heredero Dr. Rubén Darío Ortega Jaramillo y del fallecido heredero Eugenio Noel Ortega Jaramillo, con Benjamín Franklin, y Mariana de Jesús Ortega Jaramillo, con el Dr. Juan José Puertas Ortega en su calidad de Cesionario de los derechos y acciones de la heredera Mercedes del Rosario Ortega Jaramillo, con su esposa Beatriz Salomé


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Rosales Tapia, con Vicente Rodrigo Puertas Ortega y con su esposa María Gabriela de los Dolores Riofrío Arias, con los señores Fiscal Distrital de Loja, Director Provincial del Servicio de Rentas Internas de Loja, Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de loja, a quienes se los citará en sus despachos; Cítese a todos los herederos en la dirección que se indica mediante la oficina de citaciones, mientras que la heredera señora Ofelia Thalía Ortega Jaramillo y a los esposos Vicente Rodrigo Puertas Ortega y María Gabriela de los Dolores Riofrío Arias se los citará en la ciudad de Quito en la dirección que se indica para lo cual se depreca a uno de los Jueces de lo Civil del cantón Quito concediéndole un término de diez días en razón de la distancia.- Igualmente cítese a los herederos presuntos o desconocidos de la fallecida Julia Margarita Jaramillo Carrión, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Inscríbase la presente demanda en la Registraduría de la Propiedad del cantón Loja conforme lo dispone el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual notifíquese a dicho funcionario, en su despacho.Tómese en cuenta el Juicio de inventarios Nro. 167 del año 2003, tramitado en el Juzgado Décimo Noveno de lo Civil de Loja, de los bienes dejados por la causante Julia Margarita Jaramillo Carrión, para proseguir con la partición.Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado y la autorización concedida a su abogado defensor para que a su nombre suscriba los escritos necesarios en el presente asunto.- Agréguese al proceso la documentación que se adjunta a la demanda para los fines legales consiguientes.- Cuéntese con el señor Dr. Cosme Becerra en calidad de Secretario Subrogante por excusa del Secretario Titular de este despacho.- HÁGASE SABER.-F) DR. ROBERTH VALDIVIESO JARAMILLO, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO 22DO DE LO CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Loja, 24 de junio del 2010. Dr. Cosme Becerra Becerra SECRETARIO SUBROGANTE DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. 437999 JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA CITACION JUDICIAL Cito con la demanda, auto de pago y más constancias procesales, en el juicio ejecutivo a los señores: RAMON PEDRO QUEZADA CABRERA Y BLANCA ALJOVINA RODRIGUEZ ORDOÑEZ, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA DEMANDADOS: RAMON PEDRO QUEZADA CABRERA, BLANCA ALJOVINA RODRIGUEZ ORDOÑEZ Y MARIA CARMEN PUCHAICELA GUALAN TRAMITE: EJECUTIVO CUANTIA: USD. 7.035.04 JUEZ: DR. FRANCO MARTINEZ ESPINOSA ASUNTO: COBRO DE DINERO JUICIO NUMERO: 96-2010 Yantzaza, siete de abril del dos mil diez, a las 16H20.VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda ejecutiva que antecede en mi calidad de Juez titular de este Juzgado en virtud del sorteo de Ley, y presentada por el señor Ing. Leonardo Burneo Muller, Gerente General del Banco de

Loja S.A., en contra de los señores: Ramón Pedro Quezada Cabrera, Blanca Aljovina Rodríguez Ordóñez y María Carmen Puchaicela Gualán, la misma que por reunir los requisitos de Ley, se la acepta a trámite ejecutivo que es el que le corresponde, ordenándose que los demandados en el término de tres días paguen lo adeudado o propongan las excepciones u otros medios de defensa de que se crean asistidos, disponiendo se proceda a citarlos en el lugar que se indica en la copia del escrito de demanda y este auto de aceptación a trámite, se les advertirá de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en Yantzaza para efectos de notificaciones posteriores.- Tómese en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado por el actor para efectos de notificaciones posteriores y la autorización que le concede el Dr. Jorge Maza Vera, para que en lo venidero lo represente en este juicio.- Agréguese al proceso toda la documentación que se adjunta a la demanda.- Que la Secretaría del Juzgado proceda a inventariar conforme a Ley la presente causa.- Hágase saber.- f) Dr. Franco Martínez Espinosa, Juez Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en Yantzaza.- OTRA PROVIDENCIA.Yantzaza, dieciséis de junio del dos mil diez, a las 11h33.- VISTOS: una vez que se ha cumplido con lo dispuesto en providencia que antecede y por cuanto bajo juramento el actor afirma desconocer el actual paradero domicilio y residencia de los demandados: Ramón Pedro Quezada Cabrea y Blanca Aljovina Rodríguez Ordóñez, cíteselos en la forma establecida en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por medio de la prensa local de mayor circulación en el cantón Yantzaza y Provincia de Zamora Chinchipe.- Agréguese al proceso el despacho remitido a la señora Jueza del Juzgado Tercero de lo Civil de Loja, una vez que ha cumplido con la diligencia deprecada.Notifíquese.- f) Dr. Franco Martínez Espinosa, JUEZ SEXTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA.- Certificado Yantzaza, 29 de junio del 2010 Dr. Vanessa Jiménez Silva SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA Ref. 438017 JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CON SEDE EN ZUMBI CITACION JUDICIAL Def. Dr. Leonardo V. Medina Cito con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite que antecede, a los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Segundo Teodoro Viñán Jiménez y Zoila Florencia Zhingre Duque, cuyo extracto es como sigue: ACTORES: Jenny Ofelia, Nivia Janeth, Bayron Segundo y Jhulissa Isabel Viñán Zhingre DEMANDADOS: Herederos presuntos y desconocidos de los causantes Segundo Teodoro Viñán Jiménez y Zoila Florencia Zhingre Duque ASUNTO: Inventarios TRAMITE: Especial CUANTIA: Indeterminada JUICIO Nro. 94-2010 JUEZ: Dr. Gualberto González Zumbi, a dos de junio del año dos mil diez, a las ocho horas con veinte minutos.- VISTOS: de clara y completa se estima la demanda de inventarios

que antecede incoada por JENNY OFELIA, NIVIA JANETH, BAYRON SEGUNDO Y JHULISSA ISABEL VIÑAN ZHINGRE, sobre los bienes de quien en vida fueron señores SEGUNDO TEODORO VIÑAN JIMENEZ Y ZOILA FLORENCIA ZHINGRE DUQUE, y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite especial de inventarios que le corresponde.- En consecuencia se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes y se manda a formar el inventario y avalúo solemne de los bienes relictos de la sucesión, con la intervención de peritos que designarán las partes y testigos conforme manda la Ley, los mismos que se posesionarán en legal forma.- cuéntese en este proceso: a) con los comparecientes: Jenny Ofelia, Nivia Janeth, Bayron Segundo, y Jhulissa Isabel Viñán Zhingre; b) Con el señor Director Provincial del Servicio de Rentas Internas de Zamora Chinchipe; y c) Con los herederos presuntos y desconocidos de los causantes Segundo Teodoro Viñán Jiménez y Zoila Florencia Zhingre Duque, a quienes se dispone citarlos por la prensa conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Para la citación al Director Provincial del S.R.I. de Zamora Chinchipe, se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil de Zamora, mediante suficiente despacho, y concediéndole el término de cuatro días en razón a la distancia.A la autoridad deprecada se le ofrece reciprocidad de servicios.- Remítase el despacho pertinente a la oficia de sorteos de la Corte Provincial de Justicia de Zamora.- Téngase en cuenta la cuantía la designación de Procurador Común que hacen los peticionarios en la persona de la señora Nivia Janeth Viñán Zhingre, con quien se contará en lo posterior del proceso.- Téngase en cuenta la cuantía y el domicilio judicial señalados; así como la autorización que le conceden a su abogado defensor, para que suscriba petitorios relacionados con este asunto.Agréguese a los autos la documentación aparejada.- Hágase saber.- f) Dr. Gualberto González, Juez Cuarto de lo Civil de Zamora con sede en Zumbi.- Particular que pongo en conocimiento del público en general para los fines legales pertinentes.- Zumbi, a dos de junio del año dos mil diez.- EL SECRETARIO.Dr. Marcelo Hurtado Hurtado SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CON SEDE EN ZUMBI, CANTON “CENTINELA DEL CONDOR” Ref. 438023 JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN ZUMBI CITACION JUDICIAL Def. Dr. Manuel E. Zhinín Cito con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite que antecede, a los señores: José colón Tillaguango Vega y Gladis Enith Tillaguango Gaona, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: Cristóbal Aparicio Calva Correa DEMANDADOS: José Colón Tillaguango Vega y Gladis Enith Tillaguango Gaona, ASUNTO: Restitución de la posesión TRAMITE: Verbal Sumario CUANTIA: Indeterminada JUICIO Nro. 106-2010 Zumbi, a veintiuno de junio del año dos mil diez, a la nueve horas.- VISTOS: De clara y completa se la estima a

la demanda de restitución de la posesión, propuesta por el señor CRISTOBAL APARICIO CALVA CORREA, en contra de los señores JOSE COLON TILLAGUANGO VEGA, GLADIS ENITH TILLAGUANGO GAONA Y ANA MARIA GAONA GIRON, la misma que por reunir los requisitos de Ley, se la acepta al trámite Verbal sumario que le corresponde.En consecuencia, cítese a los emplazados en el lugar y en la forma que se indica, insinuándole la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta ciudad de Zumbi para las notificaciones.- Cuéntese en este proceso con el señor Delegado Provincial del INDA de Zamora Chinchipe.- Inscríbase la demanda en el registro de la Propiedad de este cantón, al efecto notifíquese a su titular.- Para la citación al señor Delegado Provincial del INDA, se depreca a uno de los señores Jueces de lo Civil de Zamora, mediante suficiente despacho y concediéndole el término de tres días en razón a distancia.- A la autoridad deprecada se le ofrece reciprocidad de servicios.- Remítase el despacho pertinente a la oficina de sorteos de la Corte Provincial de Justicia de Zamora.- Para la citación a la demanda Ana María Gaona Girón, se comisiona al señor Teniente Político de Paquisha, mediante suficiente despacho y concediéndole el término de tres días en razón a la distancia.- Por cuanto el actor bajo juramento manifiesta que le es imposible determinar el domicilio de los demandados José Colón Tillaguango Vega y Gladis Enith Tillaguango Gaona, se dispone citarlos por la prensa, conforme lo señala el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la cuantía y el domicilio judicial señalados por el accionante.- Agréguese a los autos la documentación aparejada.- Hágase saber.- f) Dr. Gualberto González, Juez Cuarto de lo Civil de Zamora con sede en Zumbi.- Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales pertinentes.- Zumbi, a veintiuno de junio del año dos mil diez.- EL SECRETARIO.Dr. Marcelo Hurtado Hurtado SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DEL ZAMORA CON SEDE EN ZUMBI, CANTON “CENTINELA DEL CONDOR” Ref. 438024 JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. CITACIÓN JUDICIAL Cito con la demanda que antecede y auto de aceptación a trámite de la misma, a los coherederos MARIANA DE JESÚS, MARÍA UBALDINA Y MARÍA ADOLFINA BENÍTEZ, así como a los herederos ausentes, presuntos y desconocidos de los causantes DOMINGO CUENCA CUENCA Y ROSA MARGARITA BENÍTEZ ARÉVALO, y cuyo extracto es como sigue ACTORES: LUIS BALTAZAR NERO GUAMÁN y ROSA ISABEL CUENCA BENÍTEZ. DEMANDADOS: MARIANA DE JESÚS, MARÍA UBALDINA Y MARÍA ADOLFINA CUENCA BENÍTEZ. JUICIO: PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO. TRÁMITE: ORDINARIO NÚMERO: 341-2008. JUEZ: Dr. Manuel Paccha, Juez Temporal del Juzgado 22 de lo Civil de Loja. Loja, diecisiete de marzo del año dos mil nueve, las nueve horas, treinta y dos minutos.- VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento a la providencia de fs 13vta, del doce de diciembre del año dos mil ocho; en lo principal, se estima que la demanda de prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio que antecede, presentada por los señores LUIS BALTAZAR NERO GUAMÁN Y ROSA ISABEL CUENCA BENÍTEZ, en contra de los coherederos señores MARIANA DE JESÚS, MARÍA UBALDINA Y MARÍA ADOLFINA BENÍTEZ, en calidad de hijos de los causantes

DOMINGO CUENCA CUENCA Y ROSA MARGARITA BENÍTEZ ARÉVALO, es clara, completa y precisa, por lo que se la acepta al trámite ordinario que le corresponde.- En consecuencia se corre traslado a los demandados con el indicado escrito y el presente auto, para que contesten en el término de quince días, proponiendo conjuntamente todas las excepciones dilatorias y perentorias de que se creyeran asistidas.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Loja al tenor de lo dispuesto en el Art. 1000 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual, notifíquese a su titular.- Cítese a las demandadas así como a los herederos ausentes, presuntos y desconocidos de los causantes DOMINGO CUENCA CUENCA Y ROSA MARGARITA BENÍTEZ ARÉVALO, por medio de un periódico de amplia circulación de esta ciudad, conforme a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Cuéntese en este procedimiento con los señores Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de Loja, a quienes se los citará en sus respectivos despachos.- Téngase en cuenta, el casillero judicial señalado y la autorización concedida al señor Abogado de la defensa.Agréguese al juicio la documentación que se acompaña al escrito de la demanda y el escrito de fs,13 debidamente atendido.- HÁGASE SABER.Dr. MANUEL PACCHA, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO 22 DE LO CIVIL DE LOJA. Particular que se pone en conocimiento de la ciudadanía para los fines legales consiguientes. Loja, a junio de 2010. Dr. Luis Alfredo Rosales. SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉISMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA(E). 438026 REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Distrito Judicial de Zamora Chinchipe CITACION JUDICIAL A JUAN DARWIN HERRERA MARTINEZ Ab. Def. Dr. Enrique Armijos González Juicio Nro. 0181-2010 Objeto: Prestación Alimenticia CITO: al demandado principal señor JUAN DARWIN HERRERA MARTINEZ, con el extracto de la demanda y auto de aceptación a trámite y más diligencias procesales recaídas dentro del expediente especial de Prestación Alimenticia Nro. 0181-2010 incoada por MARIELA DEL ROCIO RAMON ORTIZ, a favor de EMILIA JULIANA RAMON ORTIZ, que en extracto comprende lo siguiente: ACTORA: MARIELA DEL ROCIO RAMON ORTIZ DEMANDADO: JUAN DARWIN HERRERA MARTINEZ JUICIO NRO. 0181-2010 OBJETO: Prestación Alimenticia TRAMITE: ESPECIAL CUANTIA: MIL OCHOCIENTOS DOLARES AMERICANOS JUEZ: Dr. Nelson Márquez Jiménez AUTO: El señor Dr. Nelson Márquez Jiménez, Juez de la Niñez y Adolescencia de Zamora, con auto de fecha jueves 3 de junio del 2010, las 14h56, dice.- Atendiendo la demanda de prestación alimenticia, propuesta por MARIELA DEL ROCIO RAMON ORTIZ, en contra de JUAN DARWIN HERRERA MARTINEZ y subsidiariamente de: ROSARIO HERMINIA HERRERA MARTINEZ, se la estima clara, precisa y completa, por ello se la acepta al trámite especial que le corresponde; conforme a las reformas al Código de Niñez y Adolescencia, publicadas en el R.O 643 de julio 28-2009; cítese a los demandados así a) Juan Darwin Herrera Martínez, mediante tres publicaciones en días distintos en uno de los periódicos de amplia circulación en esta ciudad y provincia, conforme al art. 82

del C.P.C previo a conferirse los extractos de demanda y auto de aceptación la actora comparezca al juzgado portando documentos personales, para que reconozcan firma y rúbrica que imprime en su demanda; b) a Rosario Herminia Herrera Martínez, en el barrio Bombuscaro de esta ciudad, para ello, remítase el expediente a la Oficina de Sorteos y citaciones de la H. Corte Provincial del Justicia de Zamora, a quienes se concede cinco días de término; a los demandados, se les insinuará la obligación de designar defensor y señalar casilla judicial, para que reciban posteriores notificaciones, porque en diez días se celebra la audiencia única de conciliación y prueba. La actora brinde las facilidades e información para cumplir con la citación. Atento a lo ordenado en las reformas invocadas y a lo solicitado por la actora, se dispone: UNO, que el señor Juan Darwin Herrera Martínez, contribuya con la prestación alimenticia mensual de cincuenta dólares, más beneficios de Ley, a favor de la niña Emilia Juliana Ramón Ortiz, esta pensión corre a partir del presente mes, junio 2010 y debe pagarla por mesadas adelantadas a más tardar el día cinco de cada mes, bajo prevenciones legales en la cuenta de ahorro que para el efecto designe la actora y luego debe registrar las notas de depósito en Pagaduría del Juzgado, para controles de rigor. Se obligará contribuir con pensión alimenticia a la demandada subsidiaria, de demostrarse alguna incapacidad del demandado principal. DOS. Anuncien prueba las partes, oportunamente, para que sea contradicha. Una vez citados los demandados se señalará día y hora, para la audiencia única.- Téngase en cuenta la cuantía, trámite, casillero y autorización que concede la actora a su defensor.- Dr. Enrique Armijos González.- Agréguese al proceso los documentos que presenta.- Notifíquese.- f) Dr. Nelson Márquez Jiménez, Juez de la Niñez y Adolescencia de Zamora.- Particular que hago conocer al demandado principal señor JUAN DARWIN HERRERA MARTINEZ, con la finalidad de que comparezca a juicio oportunamente señalando casillero judicial en la ciudad de Zamora y haga valer sus derechos conforme a las reglas del debido proceso. Zamora, junio 28 del 2010 Dr. Jorge Erazo Novillo SECRETARIO DEL JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE ZAMORA Ref. 438031 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los señores LENYN FREDY PUCHA SINCHE, PASTORA ROCÍO CÓRDOVA COLLAGUAZO, EDISON ALFREDO AGUILAR TENESACA, JAKELINE BEATRIZ TENE GONZÁLEZ y JUAN CARLOS MORQUECHO GONZAGA, dentro del proceso Ejecutivo, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: BANCO DE LOJA S.A. DEMANDADOS: LENYN FREDY PUCHA SINCHE, PASTORA ROCÍO CÓRDOVA COLLAGUAZO, EDISON ALFREDO AGUILAR TENESACA, JAKELINE BEATRIZ TENE GONZÁLEZ y JUAN CARLOS MORQUECHO GONZAGA. OBJETO: Cobro de dinero TRÁMITE: Ejecutivo CUANTÍA: Doce mil noventa dólares de los Estados Unidos de América JUICIO: Nro. 372-2010 JUEZ: Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. AUTO: Loja, viernes 18 de junio del 2010, las 16h48.- VISTOS.- En atención al escrito que antecede y por cuanto la parte actora ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia de fecha 10 de junio

del presente año.- En lo principal la demanda incoada por el Ing. LEONARDO BURNEO MÜLLER en calidad de Gerente General del Banco de Loja, en contra de los señores LENYN FREDY PUCHA SINCHE, PASTORA ROCÍO CÓRDOVA COLLAGUAZO, EDISON ALFREDO AGUILAR TENESACA, JAKELINE BEATRIZ TENE GONZÁLEZ y JUAN CARLOS MORQUECHO GONZAGA y por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por la que se la acepta a trámite del juicio ejecutivo que le corresponde.- Por lo tanto se dispone que los demandados paguen el capital adeudado, más los intereses correspondientes y las costas procesales o propongan excepciones en el término de tres días, bajo prevenciones legales.- Cítese a los demandados LENYN FREDY PUCHA SINCHE, PASTORA ROCÍO CÓRDOVA COLLAGUAZO, EDISON ALFREDO AGUILAR TENESACA, JAKELINE BEATRIZ TENE GONZÁLEZ Y JUAN CARLOS MORQUECHO GONZAGA mediante la prensa de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 421 y 424 del Código de Procedimiento Civil y de acuerdo al documento que adjunta y que consta en autos, se ordena la prohibición de enajenar del bien inmueble de propiedad del demandado JUAN CARLOS MORQUECHO GONZAGA. Cuyas características constan en el documento que se adjunta para lo cual notifíquese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Loja.Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la parte actora para posteriores notificaciones en el presente asunto, agréguese al proceso la documentación que adjunta, confiérase el desglose del documento solicitado dejando copias en autos luego que se le entregue a la abogada Priscila Yasbek Monge, previo al recibo correspondiente para los fines legales consiguientes.- Hágase saber.- f) Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Loja, 21 de junio del 2010. Dr. Luis Alfredo Rosales SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA 438040 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL CITO con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a la señora JHONNY DEL CARMEN VALLEJO RAMÍREZ dentro del proceso Ejecutivo, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: Banco de Loja S.A., a través de su Gerente y Representante Legal Ing. Leonardo Burneo Müller. DEMANDADA: JHONNY DEL CARMEN VALLEJO RAMÍREZ OBJETO: Cobro de dinero TRÁMITE: Ejecutivo CUANTÍA: Dos mil seiscientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América JUICIO Nro. 270-2010 JUEZ: Dr. José Luis Ojeda Sarmiento, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA AUTO: Loja, viernes 23 de abril del 2010, las 08h31.VISTOS: La demanda que precede, presentada por el Ing. LEONARDO BURNEO MÜLLER, GERENTE GENERAL DEL BANCO DE LOJA, en contra de la señora JHONNY DEL CARMEN VALLEJO RAMÍREZ, es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos legales del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil; y, como se considera ejecutivo el título así como la obligación de conformidad con el Art. 421 Ibidem, se la acepta a trámite ejecutivo.- Cítese a la demandada en el domicilio señalado mediante la Oficina de Citaciones, para que en el término de tres días pague la obliga-

ción o proponga excepciones a la acción. Téngase en cuenta el trámite, la cuantía y casillero judicial señalados, por la parte demandante; dejando copias debidamente certificadas, confiérase el desglose del documento que solicita y entrégueselo a su abogada defensora.- Notifíquese.- f) Dr. JOSÉ LUIS OJEDA SARMIENTO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Dr. Cosme Becerra, Secretario del Juzgado Cuarto de lo Civil. OTRA PROVIDENCIA: Loja, martes 15 de junio del 2010, las 16h16. Habiéndose cumplido con lo ordenado en la última providencia, cítese a la demandada JHONNY DEL CARMEN VALLEJO RAMÍREZ, por la prensa, como lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFÍQUESE.- f) Dr. José Luis Ojeda Sarmiento, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Loja, 18 de junio del 2010. Dr. Cosme Becerra Becerra SECRETARIO 438041 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO, el mismo que en extracto es como sigue: ACTORA: GRACIELA MARGARITA CUMBICUS CASTILLO DEMANDADO: SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO OBJETO: Alimentos TRÁMITE: Especial CUANTÍA: $ 1.800,00 JUICIO Nro. 170-2010 JUEZ: Dr. Ángel Capa Ortiz AUTO.- JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.- Loja, miércoles 2 de junio del 2010, las 15h00- VISTOS: Una vez cumplido con el auto anterior.- De clara, completa y precisa se califica la demanda de alimentos deducida por GRACIELA MARGARITA CUMBICUS CASTILLO, en contra de SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO y subsidiariamente ELADIO AGUSTÍN CUMBICUS QUEVEDO, a favor de la menor GUISELLA FERNANDA CUMBICUS CASTILLO, por lo que se la acepta a trámite especial que le corresponde.- Cítese al demandado de conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos de la localidad de amplia circulación, puesto que el actor bajo juramento manifiesta que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO.- Para a citación al obligado subsidiario señor ELADIO AGUSTÍN CUMBICUS QUEVEDO comisiónase al Teniente Político de la Parroquia El Lucero, Cantón Calvas, Provincia de Loja, enviándole suficiente despacho y concediéndole el término de cinco días en razón de la distancia, ofreciéndole reciprocidad en casos similares.En cumplimiento a lo previsto en el Art. Innumerado 35 de la Ley reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se fija en la cantidad de SETENTA DÓLARES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS MENSUALES y más los beneficios de ley, la pensión provisional que deberá pagar el demandado señor SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO que correrá a partir de la presentación de la demanda, marzo del 2010, y que deberá depositarlas por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que para el efecto dispondrá el Juzgado en el Banco de Guayaquil.- Téngase en cuenta que la parte actora se acoge al derecho previsto en el Art. Inn. 34, respecto de la enunciación de pruebas que


la parte actora, se dispone la práctica de las siguientes diligencias: a) Que se recepten las declaraciones de los testigos indicados en el literal a de la solicitud de obtención de pruebas; b) Ofíciese conforme lo solicita en fojas 7 que adjunta a la demanda.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. Inn. 26 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia en concordancia con el Art. 421 del Código de Procedimiento Civil, se dispone la prohibición de enajenar del vehículo de placas LCHO725, MARCHA HYUNDAI, MODELO SEDAN, AÑO DE FABRICACIÓN 2005, LUGAR DE MATRÍCULA: JEFATURA DE TRÁNSITO DE LOJA, de propiedad exclusiva del demandado señor SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO.Para cuyo acto notifíquese al señor Registrador Mercantil de Loja, así al Jefe Provincial de Transporte terrestre, tránsito y seguridad Vial, a fin de que procedan a inscribir la prohibición de enajenar el vehículo antes indicado.- De conformidad a lo establecido en el Innumerado 25 de la Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, se dispone la prohibición de salida del país del Sr. SEGUNDO EDILSON CUMBICUS QUEVEDO con cédula Nro. 1103288781.- Para cuyo efecto ofíciese al Jefe de Migración en Loja a fin de cumplir con la medida cautelar.- El demandado podrá hacer su anunciación de prueba hasta cuarenta y ocho horas antes de la audiencia única a señalarse una vez citados los demandados. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora, la cuantía de la acción y la autorización que le concede a su abogado defensor.Agréguese al expediente la documentación aparejada a la demanda.- NOTIFÍQUESE.Hágase saber.- f) Dr. ÁNGEL CAPA ORTIZ, JUEZ PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Loja, 29 de junio del 2010 Dr. Luis Quezada SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑES Y ADOLESCENCIA DE LOJA 438049 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor ROQUE ESTALIN FREIRE PALADINES, cuyo extracto es el siguiente: JUICIO Nro. 222-2010 ACTORA: LISSETH MARICELA JARAMILLO JIMÉNEZ DEMANDADO: ROQUE ESTALIN FREIRE PALADINES ASUNTO: Prestación de alimentos TRÁMITE: Especial CUANTÍA: MIL DOSCIENTOS DÓLARES AMERICANOS ($ 1.200,00) JUEZ: DR. VÍCTOR ALBERTO BURNEO HERRERA AUTO DE ACEPTACIÓN DE LA DEMANDA.- Loja, jueves 29 de abril del 2010, las 11h43.- VISTOS.- Por reunir los requisitos legales, de clara y precisa se califica la demanda de alimentos deducida por LISSETH MARICELA JARAMILLO JIMÉNEZ contra ROQUE ESTALIN FREIRE PALADINES, por la que se la acepta al trámite especial que le corresponde.- En consecuencia se dispone citar al demandado, en su domicilio singularizado en el libelo de la demanda, a quien se le prevendrá de la obligación de señalar casilla judicial en esta ciudad para ulteriores notificaciones, y que de no comparecer a juicio, se procederá en rebeldía, para el efecto, se depreca al Juez Séptimo de lo Civil de El Oro, con sede en el cantón Santa Rosa, provincia de El Oro, a quien se le remitirá suficiente despacho, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.En cumplimiento al Art. Inn. 9 y 35 de la Ley Reformatoria al

Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, se fija en sesenta y seis dólares mensuales, la pensión provisional que deberá pasar el demandado ROQUE ESTALIN FREIRE PALADINES, a favor del menor EDER STALIN FREIRE JARAMILLO, y más beneficios previstos en el Art. Inn. 16 de la misma Ley; obligación que correrá a partir de la presentación de la demanda (martes 20 de abril del 2010) y que deberá depositar por mensualidades anticipadas, dentro de los primeros cinco días de cada mes, en la cuenta que para el efecto deberá aperturar y mantener la actora en el Banco de Guayaquil.- Ofíciese a Pagaduría haciéndose conocer de esta imposición.- Dentro de la anunciación de prueba hecha por la parte actora, se dispone: 1) Agréguese al expediente y reprodúzcase a favor de a actora los documentos y pruebas que adjuntos al formulario de demanda y singularizados en los literales a, b, c y d; 2) Recéptese el testimonio de los testigos; 3) Téngase en cuenta la decisión de la actora de abstenerse de demandar a posibles obligados subsidiarios, como lo solicita en el numeral 1 del escrito de fojas 14; 4) Téngase por reproducido a favor de la actora los documentos descritos en el numeral 2 del escrito de fojas 14.- Tómese en cuenta la cuantía y la casilla judicial señaladas por la actora y la autorización que le concede a su defensor.- Notifíquese.- f) Dr. VÍCTOR ALBERTO BURNEO HERRERA, JUEZ TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, miércoles 2 de junio del 2010, las 15h34.- Una vez que se ha dado cumplimiento al decreto que antecede, y por cuanto la demandante sostiene que pese a las averiguaciones que ha realizado, le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia del demandado señor: ROQUE ESTALIN FREIRE PALADINES, se dispone citarlo por la prensa local en la forma señalada en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- f) Dra. SARITA OCHOA TAMAY.- JUEZA ENCARGADA DEL JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA. Lo certifico, Loja, 22 de junio del 2010.Carmen Luisa Paladines C. SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA 438050 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE CATAMAYO CITACIÓN JUDICIAL Cito con la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los señores: MIRIAN ORTEGA SAMANIEGO, RICHARD ORTEGA SAMANIEGO, IRENE ELIZABETH ORTEGA SAMANIEGO, MÓNICA ORTEGA, MANUEL ORTEGA PULLAGUARI, TATIANA ORTEGA PULLAGUARI, JIMSOP OMAR ORTEGA GALVÁN y VANESSA ANAIS ORTEGA CÓRDOVA, THALÍA LIZBETH ORTEGA TORRES cuyo extracto es como sigue: ACTOR: REINA FRANCISCA TORRES JIMÉNEZ DEMANDADOS: Sres. MIRIAN ORTEGA SAMANIEGO, RICHARD ORTEGA SAMANIEGO, IRENE ELIZABETH ORTEGA SAMANIEGO, MÓNICA ORTEGA, MANUEL ORTEGA PULLAGUARI, TATIANA ORTEGA PULLAGUARI, JIMSOP OMAR ORTEGA GALVÁN y VANESSA ANAIS ORTEGA CÓRDOVA, THALÍA LIZBETH ORTEGA TORRES. OBJETO DE LA DEMANDA: Declaratoria de Unión de Hecho TRÁMITE: Ordinario CUANTÍA: Indeterminada JUICIO Nro. 372-2010 JUEZ: Dr. Otto Montesinos Guarnizo, JUEZ SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA SEDE CATAMAYO. AUTO.- Catamayo a veintiséis de mayo del dos mil diez, a

las ocho horas con cincuenta y cinco minutos.- VISTOS: La demanda de declaratoria de Unión de Hecho que antecede presentada por Reina Francisca Torres Jiménez contra MANUEL ENRIQUE ORTEGA UCHUARI y por su fallecimiento en contra de sus herederos conocidos: Mirian Ortega Samaniego, Richard Ortega Samaniego, Irene Elizabeth Ortega Samaniego, Mónica Ortega, Manuel Ortega Pullaguari, Tatiana Ortega Pullaguari, Jimsop Omar Ortega Galván, Vanesa Anaís Ortega Córdova y Thalía Lizbeth Ortega Torres y demás herederos desconocidos y presuntos del causante Manuel Ortega Uchuari, reúne los requisitos de Ley, en consecuencia se la admite al Trámite ordinario.Con su contenido y la presente providencia se corre traslado a los demandados, por el término de QUINCE DÍAS, para que opongan las excepciones de que se crean asistidos, bajo apercibimiento en rebeldía.En vista del juramento presentado, cítese a los accionados: Mirian Ortega Samaniego, Richard Ortega Samaniego, Irene Elizabeth Ortega Samaniego y Mónica Ortega; así como a los herederos desconocidos y presuntos de quien en vida fue MANUEL ENRIQUE ORTEGA UCHUARI por la prensa, conforme lo determina el Art. 82del Código de Procedimiento Civil.- Provéase de un Curador Ad-Litem a la menor Thalía Lizbeth Ortega Torres previa audiencia de dos parientes del grado más cercano.- De igual forma al menor JIMSOP OMAR Ortega Galván, el que por ser menor de edad se dispone citar a su madre Olfa Paola Galván Galván, en la dirección que se indica así como a los menores Manuel y Tatiana Ortega Pullaguari, por ser menores de edad se dispone citar a su madre la Sra. María Aurora Pullaguari, y en el lugar que se indica y en la forma prevista por el Art. 34 del Código de Procedimiento Civil. Y, a la menor Vanessa Anais Ortega Córdova, por ser menor de edad se dispone citar a su madre Nerida Morayma Córdova Huanca y en el lugar que se indica y en la forma prevista por el Art. 34 del Código de Procedimiento Civil.- Cuéntese en la secuela del juicio con el señor Agente Fiscal de Catamayo, quien se pronunciará sobre las curadurías. Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la accionante, así como la autorización que le confiere a su defensor.- Notifíquese.- f) Dr. OTTO MONTESINOS GUARNIZO, JUEZ SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN CATAMAYO Certifico. OTRA PROVIDENCIA.- AUTO.- Catamayo a veinticinco de junio del dos mil diez, a las ocho horas con cuarenta minutos.- VISTOS: En vista del juramento dado por la actora, se dispone que se cite a la demandada OLFA PAOLA GALVÁN GALVÁN por la prensa conforme lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en vista del juramento rendido por la actora.- Hágase saber.- f) Dr. OTTO MONTESINOS GUARNIZO, JUEZ SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN CATAMAYO. Certifico. Particular del cual me permito poner en conocimiento del público en general para los fines legales consiguientes. Catamayo, 29 de junio del 2010 Dr. Mg. Franco Astudillo Montalván SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA SEDE CATAMAYO 438051 JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL DE INSOLVENCIA Cito con el escrito de demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a la señora PAULINA GUARNIZO MORA, cuyo extracto es como sigue: ACTORA: BLANCA LUCÍA RAMÓN ORDÓÑEZ DEMANDADA: PAULINA

GUARNIZO MORA OBJETO DE LA DEMANDA: Insolvencia JUICIO Nro. 188-2010 TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Es de TRES MIL CIENTO CUARENTA Y UN DÓLARES AMERICANOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS. JUEZ: Dr. Richard Maza Arrobo DEFENSOR: Dr. Vicente Flores Erráez AUTO: Loja, martes 30 de marzo del 2010, las 17h45. VISTOS.- Clara y completa es la demanda que antecede, incoada por Blanca Lucía Ramón Ordóñez, contra PAULINA GUARNIZO MORA. Por reunir los requisitos de forma, se la acepta al trámite especial; de la documentación presentada con la demanda, se constata, que la demandada no ha cumplido con su obligación en el término respectivo, por lo que se presume su estado de INSOLVENCIA, y se declara haber lugar a la formación del concurso de acreedores; en consecuencia, se manda cumplir con lo dispuesto en el Art. 509 del C. de Procedimiento Civil, y se dispone que la presunta insolvente, presente el estado del balance de sus bienes en el término de ocho días. Cítese a la demandada en el lugar indicado. Ofíciese en la forma solicitada. Téngase en cuenta la cuantía y casilla judicial señalada.- Hágase saber.- f) Dr. Richard Maza Arrobo, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE LOJA. Particular que pongo a conocimiento del público en general para los fines de Ley. Dr. Manuel Armijos SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL DE LOJA 438056 JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LOJA Def. Dr. Vicente Azanza Granda Cito: Con la demanda, auto de aceptación a trámite, a los herederos desconocidos y presuntos de quien en vida se llamó MARTHA DE LA VIRGEN DEL CISNE MARTÍNEZ ZÚÑIGA, cuyo extracto es como sigue: JUICIO NRO. 381-10 ACTOR: CÉSAR AUGUSTO LOAIZA VEGAS DEMANDADOS: Herederos desconocidos y presuntos ASUNTO: Inventarios TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Jorge Eduardo Alvarado Loja, miércoles 9 de junio del 2010, las 08h36.- Se continúa en conocimiento en virtud de las disposiciones en los oficios Nro. 149-09.- Cir. del 13 de marzo del 2009 y 148 de CJMJ-09 de fecha 13 de marzo del 2009, en los que se dispone el acatamiento a la Resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por lo que los Juzgados de lo Civil de todo el país continúen ejerciendo las mismas competencias en razón de la materia, hasta que se apliquen las nuevas competencias a los denominados Juzgados de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.- La parte actora complete su demanda dentro del término de tres días en conformidad con lo dispuesto en el Art. 67 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese.- f) Dr. Jorge Eduardo Alvarado, JUEZ DEL JUZGADO 21RO. CIVIL DE LOJA. Lo que comunico para los fines de ley. HAY OTRA PROVIDENCIA. Loja, lunes 14 de junio del 2010, las 09h56.- VISTOS.- Una vez que se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior.- Avoco conocimiento de la presente demanda en virtud del sorteo que consta en la misma, demanda presentada por el Dr. CÉSAR AUGUSTO LOAIZA VEGAS, calificándola de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos legales, por lo que en conformidad con lo dispuesto en el Art. 629 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se la acepta a trámite Especial del juicio de INVENTARIOS que

le corresponde.- Se dispone la formación del inventario y avalúo de los bienes sociales, con la intervención de peritos.Agréguese la documentación adjunta a la presente demanda.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos de la causante MARTHA DE LA VIRGEN DEL CISNE MARTÍNEZ ZÚÑIGA por medio de la prensa local en conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el demandante.- Notifíquese.- f) Dr. Jorge Eduardo Alvarado, JUEZ DEL JUZGADO 21ro. CIVIL DE LOJA. HAY OTRA PROVIDENCIA. Loja, jueves 17 de junio del 2010, las 10h01.- Atendiendo al escrito que antecede, se amplía el auto inicial en el sentido de que, en la presente demanda se cuente con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DE LOJA.- Notifíquese.- f) Dr. Jorge Eduardo Alvarado, JUEZ DEL JUZGADO 21ro. CIVIL DE LOJA. Loja, a 24 de junio del 2010 Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LOJA 438071 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA CITACION JUDICIAL CITO: Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al señor: VICENTE ORLEY PLACENCIA JAYA, cuyo extracto es el siguiente: ACTORA: ANA LUISA CHACHA GORDILLO DEMANDADO: VICENTE ORLEY PLACENCIA JAYA TRAMITE: ESPECIAL DE ALIMENTOS JUEZ: Dr. Ramiro Carrión Torres JUICIO: Nro. 165-2005 Yantzaza, diecisiete de febrero del dos mil diez, a las ocho horas treinta minutos.- VISTOS: Examinada que ha sido de clara, precisa y completa se estima la demanda que antecede incoada por ANA LUISA CHACHA GORDILLO, contra VICENTE ORLEY PLACENCIA JAYA, y por reunir los requisitos de Ley se la acepta a trámite de alza de alimentos que le corresponde de conformidad con lo previsto en el Art. Imnumerado 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia.- Cítese al demandado en el lugar que indica la demanda e insinúesele sobre la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Yantzaza para las notificaciones posteriores que el correspondan, bajo prevenciones que de no comparecer, procederá en rebeldía.- Por cuanto la parte actora expresamente bajo juramento declara desconocer el individualidad, residencia o actual paradero del demandado, se dispone citarlo por la prensa, en uno de los periódicos de la ciudad de Loja, con circulación en la provincia de Zamora Chinchipe, de conformidad a lo ordenado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por no existir medios de difusión escritos en esta jurisdicción.- De conformidad a lo establecido en el Art. Imnumerado 19 del Código de la Niñez y Adolescencia.- LA accionante ha determinado la cuenta de ahorros Nro. 41101-000166-3, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Manuel Esteban Godoy Ortega, para que se deposite las pensiones alimenticias y luego sean retiradas por la madre del alimentario.- Conforme al Art. Imnumerado 34 del Código de la Niñez y Adolescencia.- Actúese lo siguiente en el anuncio de prueba como justificación de la parte actora; a) Agréguese al proceso las notas de venta así como la documentación adjunta al proceso.- Yantzaza 22 de junio del dos mil diez. Dr. Vladimir Simancas M. SECRETARIO SUBROGANTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE YANTZAZA

judiCiAles Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

Ref. 438088 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Def. Dr. Augusto Guamán Rivera Dr. Ofic. Sucre y Colón 1497. Con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite de la misma cito a la señora. IÑIGUEZ LÓPEZ DIANA JUDITH, en calidad de madre y representante legal del menor KEVIN VINICIO IÑIGUEZ LÓPEZ, cuyo extracto es el siguiente: Nro. de Juicio 10-2010. CLASE DE JUICIO: Ordinario. ACTOR: Delgado Rodríguez Vinicio Rodrigo. DEMANDADA: Iñiguez López Diana Judith OBJETO DE LA DEMANDA: Impugnación de la Paternidad. CUANTÍA: Indeterminada. JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. Loja, sábado 20 de febrero de 2010, las 11h59. VISTOS: La demanda que antecede es clara y completa, por lo que se la acepta al trámite Ordinario. Con su contenido y la presente providencia se corre traslado al menor KEVIN VINICIO DELGADO IÑIGUEZ, representado por su madre la señorita DIANA JUDITH IÑIGUEZ LOPEZ, por el término de quince días, para que se opongan las excepciones de que se crea asistido, bajo apercibimiento en rebeldía. En virtud del juramento rendido, cítese a la señorita. Diana Judith Iñiguez López, en su calidad de madre y representante legal del menor Kevin Vinicio Delgado Iñiguez, por la prensa en la forma que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Agréguese la documentación que se adjunta. Avoco conocimiento del presente proceso, en mi calidad de Juez suplente del Juzgado Segundo de lo Civil de Loja, mediante oficio Nro. 055-DCNJL-JP-JV, de fecha 15 de enero de 2008 y continuo en conocimiento en virtud de las disposiciones contenidas en los oficios Nro. 159-09-CJ-DL.- Circ. del 16 de marzo del 2009;y, oficio Nro. 148-DCJ-MJ-09, del 13 de marzo de 2009, en los que se dispone el acatamiento de la resolución del pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por la que los juzgados de lo Civil de todo el país continúen ejerciendo la misma competencia en razón de la materia hasta que se aplique las nuevas competencias de los denominados Juzgados Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.Notifíquese.-f).DR. BOLÍVAR ORTEGA JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. Loja, 24 de febrero de 2010. Dr Raúl Jaramillo SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. 438989 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de escrito de demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales, a los herederos desconocidos y presuntos de la fallecida señora Svetlana Baladin Baladina, cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nro. 420/2010 ACTORES: LUIS ORLANDO ASTUDILLO, KIRILL AMADOR Y KATHERINE LUISA ASTUDILLO BALADIN. DEMANDADOS: Herederos conocidos y presuntos de la

causante Svetlana Baladin Baladina ASUNTO: Inventario TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Diego Jaramillo Sarmiento AUTO: Loja, jueves 24 de junio del 2010, las 16h18.VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda que antecede, en virtud del sorteo que consta en la misma y en base a las disposiciones contenidas en los oficios Nro. 159-09-CJDL.- Circ. de fecha 16 de marzo del 2009 y Of. Nro. 148-D CJ-MJ-09, de fecha 13 de marzo del 2009, en los que se dispone el acatamiento a la resolución del Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, por la que los Juzgados de lo Civil de todo el país, continúen ejerciendo la misma competencia en razón de la materia, hasta que se apliquen las nuevas competencias de los denominados Juzgados de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.En lo principal, la demanda incoada por los señores LUIS ORLANDO ASTUDILLO, KIRILL AMADOR y KATHERINE LUISA ASTUDILLO BALADIN, se la califica de clara y completa de sus requisitos legales, por cuya razón se la acepta al trámite especial del juicio de inventario.- Por tanto, en virtud del fallecimiento de la señora SVETLANA BALADIN BALADINA, conforme consta del certificado de defunción que se agrega a los autos, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes; disponiéndose en consecuencia, que se forme inventario solemne y el avalúo de dichos bienes sucesorios, mediante intervención de peritos que serán designados por las partes en su debida oportunidad.- En el procedimiento se contará a más de los comparecientes con los herederos presuntos y desconocidos de la causante Svetlana Baladin Baladina, cuya individualidad es imposible determinar, a quienes se los citará por la prensa, conforme lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Cuéntese en este proceso con los señores Procurador Tributario de la provincia de Loja y Fiscal de Loja, funcionarios que deberán ser notificados en sus respectivos despachos.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la parte actora.- Hágase saber.- f) Dr. Diego Jaramillo Sarmiento, JUEZ DÉCIMO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA. Loja, 29 de junio del 2010 Dra. Rosa Beatriz León O. SECRETARIA JUZGADO DÉCIMO NOVENO CIVIL DE LOJA 438761 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EN LOJA CITACION JUDICIAL CITO: A los herederos ausentes, conocidos y presuntos de quien en vida fue MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ GONZÁLEZ; así mismo: por cuanto se afirma la imposibilidad de poder determinar la individualidad o residencia de la heredera del extinto MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ GONZÁLEZ, señorita CARLA BETINA LÓPEZ ORDÓÑEZ, LOS CITO, con el auto de pago de 13 de octubre del 2009 y más constancias procesales, a quienes se les hace conocer que en el Juzgado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal en Loja, se encuentra en trámite el Juicio Coactivo No. 767-2009 seguido contra PUCHAICELA ERREYES LORENI MARÍA, LÓPEZ GONZÁLEZ MIGUEL ÁNGEL, PUCHAICELA LEÓN RUBÉN DE JESÚS, ERREYES LEÓN AMALIA, PUGLLA PLACENCIA JUAN OSWALDO,

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PUCHAICELA ERREYES MARCIA MERI Y HEREDEROS, para la recuperación del crédito No. 167331089308 concedido por la suma de CUATRO MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 4.000,00 USD), habiendo dispuesto el señor Juez de Coactivas que paguen dicho capital, los intereses y costas procesales o dimitan bienes equivalentes y saneados bajo apercibimiento de que, al no hacerlo, se les embargará bienes equivalentes. Particular que se les hace conocer, citándolos legalmente de conformidad con lo dispuesto en el Art. 148 de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Fomento y Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial en esta ciudad para posteriores notificaciones. Loja, 1 de julio del 2010 Dr. Roger A. Carrión Cabrera SECRETARIO COACTIVAS 438827 REPÚBLICA DEL ECUADOR SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA COORDINACIÓN REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO CATAMAYO CÍTESE A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS DE LA QUEBRADA “CHURUZHIMA”, UBICADA EN LA PARROQUIA GUALEL, CANTÓN Y PROVINCIA DE LOJA. PROCESO Nro. 5848-2010C EXTRACTO: ACTOR: Andón Policarpio Angamarca Morocho, Luz Itamar Angamarca Curipoma, Germán Olivio Tene Curipoma, Juvenil Curipoma Macas, Ángel Benigno Tene Curipoma, Zara del Rosario Morocho Curipoma, Manuel Ángel Saquinaula y María Eulalia Tene Curipoma. DEMANDADO: José Antonio Curipoma Curipoma, José María Murquincho, Manuel Ignacio Curipoma Macas, Braulio Tene Murquincho, Juan Tene Murquincho, Clemente Saca, Rosario Tene Tene, Manuel Domínguez Sánchez, Sixto Curipoma Morocho, Rubén Angamarca Tene, Luis Mauricio Tene, Enrique Sisalima Chunco y Ángel Cornelio Angamarca. OBJETO DE LA SOLICITUD: Concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas indicadas, ubicadas en la parroquia Gualel, cantón y provincia de Loja, para destinarlas exclusivamente en usos domésticos, abrevaderos de animales, riego y criadero de truchas. PROVIDENCIA: SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA.- COORDINACIÓN REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA PUYANGO-CATAMAYO.- Loja, dieciocho de junio del dos mil diez, a las 10h30.- Atento a la Acción de Personal No. 160233 del 26 de mayo del año dos mil diez, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Coordinador Regional de la Demarcación Hidrográfica Puyango - Catamayo de la Secretaría Nacional del Agua.- En lo principal: la solicitud de concesión del derecho de aprovechamiento de las aguas de la quebrada “CHURUZHIMA”, ubicada en la parroquia Gualel, cantón y provincia de Loja, presentada por los señores: Andón Policarpio Angamarca Morocho, Luz Itamar Angamarca Curipoma, Germán Olivio Tene Curipoma, Juvenil Curipoma Macas, Ángel Benigno Tene Curipoma, Zara del Rosario


Mortuorios Y judiCiAles C6

Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

Morocho Curipoma, Manuel Ángel Saquinaula y María Eulalia Tene Curipoma, se la acepta al trámite previsto en la Ley de Aguas. En consecuencia se dispone: 1.- A los señores: José Antonio Curipoma Curipoma, José María Murquincho, Manuel Ignacio Curipoma Macas, Braulio Tene Murquincho, Juan Tene Murquincho, Clemente Saca,

Rosario Tene Tene, Manuel Domingo Sánchez, Sixto Curipoma Morocho, Rubén Angamarca Tene, Luis Mauricio Tene, Enrique Sisalima Chunco y Manuel Cornelio Angamarca, cíteseles con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite, en el domicilio señalado para el efecto, a fin de que lo contesten y hagan valer sus derechos en el

término de ocho días a partir de la fecha de citación; apercíbeseles de la obligación que tienen de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de esta Coordinación. 2.- A los usuarios conocidos o no cíteseles por la prensa de conformidad con lo dispuesto por el Art. 87 de la Ley de Aguas en uno de los diarios que se editan en esta

Fine-Tuned English, profundamente consternados ante el sensible fallecimiento de quien en vida fuera, distinguido Señor:

ING. JORGE EMILIO GUERRERO ARMIJOS Expresamos nuestro sentimiento de profundo pesar por tan irreparable pérdida, y nos unimos al dolor que embarga a todos y cada uno de sus familiares, de manera especial a Luz Marina Acebedo esposa del descesado, a sus hijos Geovanny, Yenny, Jorge y Mónica Guerrero Acebedo, a sus hijos politicos y nietos Loja, Julio de 2010 Lcdo. Edgar Iván Abad Villavicencio 439126

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

Dra. Mg. Saula Aguilar de L. DIRECTORA ACADÉMICA

ciudad, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y providencia por tres veces, mediando entre una y otra el plazo de ocho días. 3.- Fíjense carteles en tres de los lugares más frecuentados de la parroquia Gualel, durante el plazo de treinta días mediante comisión librada al señor Teniente Político de la indicada parroquia; a quien además se le comisiona la citación de los usuarios señalados en líneas anteriores, enviando suficiente despacho y concediéndole el término de ocho días en razón de la distancia. 4.- Oportunamente se designará perito para que realice el estudio técnico de la presente petición de concesión. 5.- Los peticionarios cumplirán con lo dispuesto en el Art. 126 del Reglamento de la Ley de Aguas. 6.- Téngase en cuenta la designación realizada de Procurador Común hecha en la persona de Manuel Ángel Saquinaula. 7.- Se agrega al expediente, croquis, documento personal de los actores, y pago de tasa por servicios prestados, que acompañan a esta petición. 8.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su Abogado Defensor.- NOTIFÍQUESE.- f) Ing. Gonzalo Barreiro Saritama, Coordinador Regional de la Demarcación Hidrográfica Puyango - Catamayo. Particular que pongo a conocimiento del publico en general para los fines de ley consiguientes, previniéndoles a quienes interese la obligación que tienen de señalar domicilio judicial dentro del perímetro legal de esta Coordinación. Loja junio 18, 2010 Dra. Patricia Cisneros Jaramillo LA SECRETARIA AD-HOC 438832 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en

general, que el señor Juez Delegado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el veintinueve de junio del dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 038-2006, señaló para el día MARTES DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, de las 14h00 a las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de Coactivas de la Sucursal, para que se realice el remate en pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente en el lote de terreno denominado MATARA, ubicado en el barrio del mismo nombre, sector rural de la parroquia Saraguro. Comprendido bajo los siguientes linderos: POR LA CABECERA: con terrenos de los vendedores que adquirió por compra a Vicenta Cango, un bordo pequeño por división; POR EL PIE, con terrenos de Angelita Guamán, piedras clavadas por división; POR EL UN COSTADO, con terrenos de José Manuel Cango, piedras clavadas por división; Y POR EL OTRO COSTADO, con pertenencias de Zoila Chávez, un camino y piedras clavadas por división; lote de terreno que tendrá una superficie aproximada de treinta metros de ancho, por cincuenta metros de largo. MEJORAS: En el lote de terreno existe pastos naturales 1.500 M2, Topografía Plano, Clase de suelo arcilloso. VÍAS DE ACCESO, se llega hasta la cabecera cantonal de Saraguro y se toma la carretera que conduce al Barrio Matara a 500 metros queda el predio. CABIDA. El lote de terreno tiene una cabida aproximada de mil quinientos metros cuadrados (1.500 M2). AVALÚO. El lote de terreno se encuentra avaluado por el señor perito en la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS, (USD. 4.500,00). Las ofertas se presentarán ante el infrascrito secretario del procedimiento sobre la base de la mitad del predio del avalúo, acompañadas del

diez por ciento del valor de las mismas en dinero en efectivo o en cheque certificado a la orden del Juez Delegado de Coactivas. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor, no se aceptarán reclamaciones posteriores, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos por concepto del pago de alcabalas, tasas, impuestos, registro, protocolización e inscripción y otros serán de cuenta del adjudicatario. Loja, a 29 de junio de 2010 Dr. Roger Carrión Cabrera SECRETARIO 438826 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en general, que el señor Juez Delegado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el primero de julio de dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 6032009, señaló con el carácter de primer señalamiento, para el día JUEVES DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, de las 14h00 hasta las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de coactivas de la Sucursal, para que se realice en remate en pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente un lote de terreno con construcción, ubicado en LA TENERÍA, perteneciente a la parroquia El Valle, cantón y provincia de Loja, comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: con terrenos de Hugo Bustamante, en cincuenta y dos metros aproximadamente, actualmente plantas de pinos por división; POR EL SUR, con propiedad de Hugo Gordillo, en setenta metros, dejando un camino de tres metros de ancho a favor de los vendedores; POR EL ORIENTE, con propiedades de Vicente Guamán o antiguos vendedores en setenta y tres metros, cer-

co de alambre por división, POR EL OCCIDENTE, con un camino público, en una parte, en otra con propiedades de Bedicto Garrochamba y Manuel Antonio Cuenca, en la extensión de ciento cincuenta metros y se concede una servidumbre al vendedor para que pueda abastecerse de agua en la quebrada La Concepción y para que el comprador utilice el abrevadero de Agustín Cango, así como se concede el derecho del camino público pasando por los derechos de Bedicto Garrochamba y Manuel Antonio Cuenca, hasta llegar a la carretera principal. TOPOGRAFÍA. El predio es plano e inclinado. CLASE DE SUELOS: Rocosos. MEJORAS: Casa de habitación de un piso, de 96 M2, compuesta de 3 dormitorios, 1 servicio higiénico, una sala, un comedor 1 cocina, estado nuevo. Estructura de Hormigón y ladrillo, piso de cemento, madera y cerámica, paredes exteriores e interior de ladrillo, cubierta, estructura metálica con Eurolit, con cielo raso, con pintura exterior e interior, con instalaciones eléctricas, empotradas, instalaciones sanitarias 1 servicio higiénico de Tanque bajo, con ventanas con vidrios, con rejas, puertas de hierro, destinado para vivienda. GALPÓN DE ESTRUCTURA METÁLICA: de 264 M2, de pisos cemento, tierra, paredes exteriores de Bloque, no tiene paredes interiores, cubierta de estructura metálica con dura techo, no tiene cielo raso, sin pintura exterior e interior, no tiene instalaciones eléctricas, no tiene instalaciones sanitarias, sin ventanas, sin puertas, destinado a producción, estado bueno. CABIDA APROXIMADA: SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (7.536 M2). Este lote y sus mejoras se encuentra ubicado en zona no central, existen facilidades de la zona, teléfono señal de Porta, con luz eléctrica, con agua potable, con línea de buses, calles pavimentadas y lastrado. VÍAS DE ACCE-

SO: Se toma la carretera Loja-Cuenca, en el Km. 9 se desvía 400 metros hacia el sur. AVALÚO DEL PREDIO. El señor perito avalúa el predio referido en la suma de CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO DÓLARES AMERICANOS, (USD. 145.440,00). Las ofertas se presentarán ante el infrascrito Secretario del procedimiento sobre la base de las dos terceras partes del avalúo pericial, acompañadas del diez por ciento del valor de la misma en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juez Delegado de coactivas. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor, el lote de terreno materia del presente señalamiento, nos e aceptarán reclamaciones posteriores de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos por concepto de pago de alcabalas, tasas, impuestos, registro, protocolización e inscripción y otros serán de cuenta del adjudicatario. Loja, a 1ro. de julio de 2010 Dr. Roger Carrión Cabrera, SECRETARIO 438825 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en general, que el señor Juez Delegado de coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el veintitrés de junio de dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 122008, señaló para el día LUNES DIECISÉIS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ, de las 14h00 hasta las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de coactivas de la Sucursal, para que se realice en remate en pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente en dos lotes de terreno el un lote de terreno rústico con casa de habitación denominado

AGRADECIMIENTO E INVITACIÓN RELIGIOSA

Fuiste lo más bello que nos acompañó en la tierra, estarás siempre en nuestras vidas con tu ejemplo en los momentos más difíciles nos enseñaste a enfrentarlos y a seguir adelante. Seguros estamos que desde la eternidad estarás vigilando a tu familia y nosotros desde aquí con nuestras oraciones, pediremos al Señor de la Misericordia te tenga en su gloria.

Al recordar con profundo dolor y tristeza el primer año de su fallecimiento de quien en vida fue abnegada esposa, madrecita ejemplar, cariñosa abuelita, bisabuelita y leal amiga, Señora Doña

Enmita Targelia Alvarado Sánchez vda. de Palacios

437482

Su esposo Carlos Arturo Palacios Rivera (†); sus hijos: Rosita Adela, Nila Mercy, Ercila Esthela, Gloria Enith, Martha Rebeca, Arturo Vicente. Ruth María, Nelson Rolando, Walter Oswaldo, Carlos Marcelo y Max Geovanny Palacios Alvarado; sus hijos políticos: Manuel Murillo, Máximo Muñoz, Adolfo Suárez, Daysi Granda, Truman Cueva, Susana Córdova, Lorgia Palacios, Verónica Ortega y Xiomara Agila; sus hermanos (as): Mélida (†), Adolfo, Segundo (†), Carmen (†), Amable, Dolores, Augusto Alvarado Sánchez; sus hermanos y hermanas políticas, sus nietos: Murillo Palacios, Coronel Palacios, Esparza Palacios, Muñoz Palacios, Suárez Palacios, Palacios Granda, Cueva Palacios, Palacios Córdova, Palacios Palacios, Palacios Ortega, Palacios Agila, nietos políticos, bisnietos, sus primos, sobrinos y demás familiares expresamos nuestro profundo y sincero agradecimiento a todos quienes nos acompañaron en estos momentos de inmenso dolor por la pérdida de nuestra madrecita, de manera especial a los doctores: Aurelio Saritama, Franklin Padilla y Patricia González, Clínica Sánchez, por haberle proporcionado su importante asistencia médica, a las Hermanas Dominicas de la Escuela Eduviges Portalet y a las hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora de San Pedro, quienes le ofrecieron sus oraciones y celebraciones eucarísticas; a nuestras amigas(os) y compañeras(os) de las instituciones educativas: Filomena Rojas, San Gabriel, Eduviges Portalet, Julio María Matovelle Ceprodis, Damerval Ayora No. 1, José Miguel Burneo, Pre Asociación Reina del Cisne, La Confraternidad de Ex Bernardinos Pancho Bravo “Promoción 71 - 72”, UNE Provincial de Loja, Padres de Familia y Alumnos del Colegio Eugenio Espejo, Colegio de Arquitectos del Ecuador - Núcleo Provincial de Loja, Programa de Urbanización de Vivienda del Colegio de Arquitectos de Loja, Club Social y Deportivo San Juan de los Geranios, Coninpac, Compañía Ltda., Cooperativa de Ahorro y Crédito CADECOL, Cámara de Comercio de Loja, a nuestros familiares y amigos (as), que nos hicieron partícipes de su solidaridad mediante acuerdos y ofrendas florales, ligas de caridad, notas de condolencia y llamadas telefónicas, publicaciones por la prensa, radio y televisión. Invitamos para que nos acompañen a unirnos en oración en la santa eucaristía que en su memoria y por el eterno descanso de su alma se oficiará el día de hoy LUNES 5 DE JULIO DEL 2010, a las 18h00 (6 de la tarde), en la Capilla de las Madres Conceptas de la ciudad de Loja. Por vuestra asistencia le expresamos nuestra gratitud. Loja, julio del 2010


REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Def. Dr. Carli Padilla Andrade

demandada para que conteste en el término de quince días oponiendo las excepciones a las que se crean asistidos.Inscríbase la demanda en la Registraduría de la Propiedad del Cantón Loja, cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de Loja.- Cítese a los demandados por medio de la prensa local en conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalados por el demandante.- Notifíquese.- f) Dr. Jorge Eduardo Alvarado, JUEZ DEL JUZGADO 21RO. CIVIL DE LOJA. Lo que comunico a usted para los fines de ley. Certifico. Loja, a 24 de junio del 2010 El Secretario. Dr. Fabricio López Luzuriaga SECRETARIO DEL JUZGADO 21RO. CIVIL DE LOJA 439088 JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los señores FABIÁN FELIPE HURTADO PUMA, como obligado principal y la señora Digna Lutgarda Puma Mayancela, como obligada subsidiaria, cuyo extracto es como sigue: ACTORA: FANNY CECILIA LABANDA ROMERO DEMANDADOS: FABIÁN FELIPE HURTADO PUMA como obligado principal y la señora DIGNA LUTGARDA PUMA MAYANCELA, como obligada subsidiaria. TRÁMITE: Especial ASUNTO: Alimentos CUANTÍA: $ 2.400 JUICIO: 29-10 JUEZ: Dra. Blanca Mendoza La señora Juez del Segundo de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, mediante providencia de fecha veintinueve de enero del dos mil diez, ha dispuesto, que por cuanto la señora FANNY CECILIA LABANDA ROMERO, bajo juramento manifiesta que desconoce el domicilio o residencia de los señores FABIÁN FELIPE HURTADO PUMA y DIGNA LUTGARDA PUMA MAYANCELA, se lo cite por la prensa local, en cumplimiento

de lo dispuesto en el Art. 82 de la Codificación al Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico para los fines de ley.Loja, 2 de julio de 2010 Dr. Carlos Correa Jaramillo SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA 439102 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA, CON SEDE EN CARIAMANGA AVISO JUDICIAL Def. Abg. Romel Iván Santín Hidalgo. Telefax 2688707 Juicio Nro. 166-10 Se pone en conocimiento de la ciudadanía en general y de los interesados en particular, que de no mediar oposición alguna, el señor Doctor Marcelo Saritama Carrera, Juez Noveno de lo Civil de Loja, con sede en Cariamanga, en Sentencia y previo el trámite de Ley, procederá a ordenar se rectifique en el Acta de la Partida de Nacimiento del señor BYRON FABIÁN FLORES JIMA, la fecha de nacimiento, disponiendo que se haga constar como fecha de nacimiento del señor Byron Fabián Flores Jima el 17 de abril del año 1992 que es la fecha exacta y correcta del nacimiento; y, no el 17 de abril del año 1993 que es la incorrecta y que consta en la actual partida de nacimiento. Los demás datos permanecerán inalterables.- Lo certifico. El Secretario.- Cariamanga, uno de julio del año dos mil diez. Particular que pongo en conocimiento del público en general, para los fines de Ley. Atentamente. Dr. José Valle Acaro SECRETARIO DEL JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA, CON SEDE EN CARIAMANGA 439155 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO OCTAVO MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los señores herederos presuntos y desconocidos de los señores Federico Bravo Jiménez,

Mariana de Jesús Borrero Martínez, y de los herederos (fallecidos) Federico y Gustavo Manuel Bravo Borrero, cuyo extracto es como sigue: JUICIO No. 279-10 ACTOR: CARLOS ALBERTO BRAVO BORRERO DEMANDADOS: HERDEROS CONOCIDOS, PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE LOS SEÑORES FEDERICO BRAVO JIMÉNEZ y MARIANA DE JESÚS BORRERO MARTÍNEZ. OBJETO: Inventario de los bienes de los extintos Federico Bravo Jiménez y Mariana de Jesús Borrero Martínez. CUANTÍA: Indeterminada TRÁMITE: Especial JUZGADO: Octavo Multicompetente de Loja en Gonzanamá y Quilanga JUEZ: Dr. Ramiro Arévalo Malo AUTO: El señor Juez, mediante auto de fecha 25 de junio del 2010, aceptando la demanda presentada por CARLOS ALBERTO BRAVO BORRERO, sobre inventario de los bienes dejados por los señores FEDERICO BRAVO JIMÉNEZ y MARIANA DE JESÚS BORRERO MARTÍNEZ, y se dispone el alistamiento y avalúo de los bienes, con la intervención de peritos que las partes indicarán en el término de tres días. En el proceso se contará con los señores con el compareciente en la calidad invocada, y los señores: MAX AUGUSTO, ÁNGEL EDUARDO, JORGE EFRÉN, INÉS DEL ROSARIO, MARCELA DEL CARMEN, FEDERICO y GUSTAVO MANUEL BRAVO BORRERO, los dos últimos fallecidos, por lo que por Gustavo Manuel Bravo Borrero, se contará con sus hijos: FREDY MANUEL, CARLOS GUSTAVO y TANIA GUADALUPE BRAVO; y, respecto del fallecido Luis Federico Bravo Borrero, no ha dejado descendencia.- Cuéntese además, con los herederos desconocidos o presuntos de los causantes Federico Bravo Jiménez, Mariana de Jesús Borrero Martínez, y de los herederos fallecidos Federico y Gustavo Manuel Bravo Borrero, por la prensa local, conforme al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Se contará con los señores Agente Fiscal del Distrito con sede en Catamayo, con el Procurador Tributario en Loja. Particular que se pone en conocimiento de los interesados para los fines legales consi-

Mortuorios Y judiCiAles Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

guientes. Gonzanamá, junio 20 del 2010 Dr. Hugo Faggioni Sotomayor SECRETARIO DEL JUZGADO MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA 439160 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Def. Dr. Augusto Guamán Rivera Dir. Of. Sucre y Colón 14-97 Con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite de la

misma cito al señor. EDUARDO PATRICIO CUEVA CAJAS, cuyo extracto es el siguiente: Nro. de Juicio: 555-2003 TRÁMITE: Verbal Sumario CUANTÍA: Indeterminada ACTORA: Carmen Isabel Guamán Romero DEMANDADO: Eduardo Patricio Cueva Cajas OBJETO DE LA DEMANDA: Alza de pensión alimenticia JUEZ DR. Bolívar Ortega Luna. AUTO DE ACEPTACIÓN DE LA DEMANDA: Loja, jueves 24 de junio del 2010, las 14h15.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso, en calidad

C7

de Juez Suplente del Juzgado Segundo de lo Civil de Loja, mediante oficio Nro. 0055-DCNJL-JP-JV, de fecha 15 de enero del 2008. En lo principal, la demanda presentada por la señora CARMEN ISABEL GUAMÁN ROMERO, es clara y completa, por lo que se la acepta al trámite verbal sumario, debiendo substanciarse como incidente del juicio principal de divorcio Nro. 2003-0555. En virtud del juramento rendido, cítese al demandado EDUARDO PATRICIO CUEVA CAJAS por la prensa en la forma que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento

Ante la sensible e irreparable pérdida de quien en vida fue apreciado amigo Sr. Ing.

JORGE GUERRERO ARMIJOS

Expresamos nuestro más sincero sentimiento de pesar y solidaridad a toda su familia, en especial a su esposa, la señora Luz Acevedo de Guerrero y a su hijo Jorge Guerrero Acevedo. Loja, julio de 2010

439218

CITO.- Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales que anteceden a los señores: VACACELA TANDAZO ÁNGEL EDUARDO, PINEDA BARRIGA BLANCA PIEDAD, LOJÁN IDROVO MAX ROY, TORRES CABRERA PLINIO ALBERTO, ARAUJO MONTERO MARTHA ENRIQUETA, ORTEGA QUIROLA ENMA ADELA, LOJÁN IDROVO SERGIO ORLANDO, POMA LÓPEZ LIBIA ROSARIO, JUMBO SARANGO FLORA, ABAD JARAMILLO LUIS VICENTE, MEDINA YUPANGUI JUAN PEDRO, LOJÁN VALDIVIESO BLANCA AMABLE, DÁVILA GRANDA BERTHA MARÍA, CUEVA JULIA VICTORIA, CHIMBO PINTADO DELIA JUDITH, CABRERA LOJÁN SUSANA TARGELIA, ONTANEDA CASTILLO GLORIA HERMANDINA, BRAVO VÁSQUEZ JUAN GERARDO, CEVALLOS TORRES JULIA VICTORIA Y GONZÁLEZ ULLOA CARLOS FAUSTINO, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: SUÁREZ AGILA DARWIN EDISON DEMANDADOS: VACACELA TANDAZO ÁNGEL EDUARDO, PINEDA BARRIGA BLANCA PIEDAD, LOJÁN IDROVO MAX ROY, TORRES CABRERA PLINIO ALBERTO, ARAUJO MONTERO MARTHA ENRIQUETA, ORTEGA QUIROLA ENMA ADELA, LOJÁN IDROVO SERGIO ORLANDO, POMA LÓPEZ LIBIA ROSARIO, JUMBO SARANGO FLORA, ABAD JARAMILLO LUIS VICENTE, MEDINA YUPANGUI JUAN PEDRO, LOJÁN VALDIVIESO BLANCA AMABLE, DÁVILA GRANDA BERTHA MARÍA, CUEVA JULIA VICTORIA, CHIMBO PINTADO DELIA JUDITH, CABRERA LOJÁN SUSANA TARGELIA, ONTANEDA CASTILLO GLORIA HERMANDINA, BRAVO VÁSQUEZ JUAN GERARDO, CEVALLOS TORRES JULIA VICTORIA y GONZÁLEZ ULLOA CARLOS FAUSTINO. JUICIO Nro. 368-2010. ASUNTO: Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio TRÁMITE: Ordinario JUZGADO: Vigésimo Primero de lo Civil de Loja. JUEZ: Dr. Jorge Eduardo Alvrado CUANTÍA: Indeterminada AUTO: JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO CIVIL DE LOJA.- Loja, jueves 24 de junio del 2010, las 11h43.VISTOS: Una vez que se ha cumplido con lo ordenado en providencia anterior.- Avoco conocimiento de la presente demanda presentada por el señor DARWIN EDISON SUÁREZ AGILA, contra los señores VACACELA TANDAZO ÁNGEL EDUARDO, PINEDA BARRIGA BLANCA PIEDAD, LOJÁN IDROVO MAX ROY, TORRES CABRERA PLINIO ALBERTO, ARAUJO MONTERO MARTHA ENRIQUETA, ORTEGA QUIROLA ENMA ADELA, LOJÁN IDROVO SERGIO ORLANDO, POMA LÓPEZ LIBIA ROSARIO, JUMBO SARANGO FLORA, ABAD JARAMILLO LUIS VICENTE, MEDINA YUPANGUI JUAN PEDRO, LOJÁN VALDIVIESO BLANCA AMABLE, DÁVILA GRANDA BERTHA MARÍA, CUEVA JULIA VICTORIA, CHIMBO PINTADO DELIA JUDITH, CABRERA LOJÁN SUSANA TARGELIA, ONTANEDA CASTILLO GLORIA HERMANDINA, BRAVO VÁSQUEZ JUAN GERARDO, CEVALLOS TORRES JULIA VICTORIA Y GONZÁLEZ ULLOA CARLOS FAUSTINO, se la califica de clara y completa, por reunir sus requisitos legales por lo que en conformidad con lo dispuesto en los Arts. 603, 715, 2392, 2393, 2398, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil, se la acepta al trámite ORDINARIO que le corresponde.- En consecuencia se corre traslado con la demanda a la parte

Dr. Julio Valdivieso Burneo Sra. Maruja Burneo de Valdivieso Sr. Jorge Suárez Chacón Lcda. María Dolores Valdivieso de Suárez

“Padre mío que se cumpla tu voluntad y no la mía, porque quien cree en Ti, no morirá para siempre”. AGRADECIMIENTO E INVITACIÓN RELIGIOSA Al recordar con profundo dolor el sensible fallecimiento de quien en vida fue:

Sra. Jesús Honorina Hidalgo De Añazco

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MANZANO, y el lote de terreno denominado LOMA DE CHUMACO, ubicado en la jurisdicción de San Pablo de Tenta; cantón Saraguro, provincia de Loja, comprendido dentro de los siguientes linderos: LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN DENOMINADO “MANZANO”, POR LA CABECERA: con terrenos del comprador, POR EL PIE, con un camino público; POR EL UN COSTADO, con una quebrada con agua que separa terrenos de Abel Lozano Y POR EL OTRO COSTADO también quebrada de agua que separa terrenos de los herederos de Manuel María Japón, este terreno se aclara que en una parte lo divide un camino vecinal. MEJORAS Predio Manzano, Casa de habitación de 24 M2, estructura de adobe, piso de tierra, paredes exteriores e interiores de adobe Cubierta de teja, estado bueno, con instalaciones eléctricas; no tiene instalaciones sanitarias, puertas de madera, destinado para vivienda. Pasto Kicuyo, secano. TOPOGRAFÍA inclinado. CLASE DE SUELOS: Arcillosos. CABIDA APROXIMADA: Con una cabida aproximada de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS, (1.950 M2). AVALÚO: Este predio el perito lo avalúa en la suma de CUATRO MIL NOVECIENTOS DÓLARES AMERICANOS. (USD. 4,900.00).- LOTE DE TERRENO RÚSTICO “LOMA DE CHUMACO”, POR LA CABECERA con terrenos del comprador, POR EL PIE, con terrenos de Juan Gualán, piedras clavadas por división, POR EL UN COSTADO, con terrenos de Mariano Japón, piedras clavadas por división; y POR EL OTRO COSTADO, con un camino vecinal que separa terrenos de Luis Gualán y Alegría Gualán. TOPOGRAFÍA. Inclinado. CLASE DE SUELO: Arcilloso. MEJORAS: no tiene.; mantiene pasto de kicuyo, secano 150 M2; pasto Kicuyo y Eucalipto 700 M2. CABIDA PROXIMADA: Con una cabida aproximada de OCHOCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (800M2). AVALÚO: Este predio se encuentra avaluado por el señor perito en la suma de DOS MIL DÓLARES AMERICANOS, (USD. 2.000,00). VÍAS DE ACCESO: Se llega la parroquia Tenta del cantón Saraguro y se desvía hacia el Colegio y cerca de una planta de tratamiento de aguas residuales queda el predio motivo de este peritaje. Las ofertas se presentarán ante el infrascrito Secretario del procedimiento, sobre la base de las dos terceras partes del avalúo pericial, acompañadas del diez por ciento del valor de la misma en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juez Delegado de coactivas. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor, el lote de terreno materia del presente señalamiento, no se aceptarán reclamaciones posteriores de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos por concepto de pago de alcabalas, tasas, impuestos, registro, protocolización e inscripción y otros serán de cuenta del adjudicatario. Las ofertas se presentarán por separado, esto es, por cada uno de los lotes de terreno antes referidos. Loja, a 23 de junio de 2010 Dr. Roger Carrión Cabrera SECRETARIO 438824

Su esposo Juan de Dios Añazco (†), sus hijos: Bertha, Juan, Yolanda, Fanny, Enrique (†), Jorge (†), Estela, Rosa Ligia, José Antonio y Luis Gonzalo Añazco; sus hijos(as) políticos: Luis Valarezo (†), Sara Dávila, Guido Viteri, Vicenta Aguirre, Bárbara Amstron, Eduardo Carrión (†), Ramón Laucho, Alba Rojas, nietos, bisnietos y más familiares, expresan su profunda gratitud y sincero reconocimiento a familiares, amigos, instituciones públicas y privadas, asociaciones y a todas las personas que mediante acuerdos, ofrendas florales, tarjetas, llamadas telefónicas, visitas y más expresiones de solidaridad, nos acompañaron en tan difíciles momentos. Al mismo tiempo, nos permitimos invitar a la MISA de honras fúnebres que por el eterno descanso de su alma, se celebrará el día martes 06 de julio en: LOJA: Iglesia de las Madres Conceptas a las 17h30; y en QUITO: Templo del Monte Olivo a las 17h00. Vuestra presencia y oraciones fortalecerán nuestro espíritu, por lo que sus deudos quedamos eternamente agradecidos. PAZ EN SU TUMBA Loja, 05 de julio de 2010 NOTA: No se han pasado invitaciones personales.


Japón, afirma bajo juramento que desconoce la individualidad o residencia del demandado señor Franco Alonzo Reyes Guamán, se los cite por la prensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 82 de la Codificación al Código de Procedimiento Civil.Lo que comunico para los fines de ley.Loja, 1 de julio del 2010. Dr. Carlos Correa Jaramillo SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA 438983

espeCiAl C8

Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

Civil. Agréguese a los autos la documentación adjunta. Notifíquese f) DR. BOLÍVAR ORTEGA LUNA, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. Loja, 1 de julio del 2010. Dr. Raúl Jaramillo SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA. 438984

JUZGADO SEGUNDO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales al demandado Franco Alonzo Reyes Guamán, cuyo extracto es como sigue: Actora: Daysi Jackeline Medina Japón Demandado: Franco Alonso Reyes

Trámite: Contencioso General Asunto: Alimentos Cuantía: $3.600,00 Juicio No. 053-2007 Juez: Dra. Blanca Mendoza Guzmán

JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales en el juicio ordinario a los señores: ALBERTINA ARMIJOS RIOFRÍO, MAURO ARMIJOS RIOFRÍO, MANUEL ARMIJOS RIOFRÍO, ENRIQUETA ARMIJOS RIOFRÍO, DELIA AMADA ARMIJOS RIOFRÍO, NORMA ARMIJOS RIOFRÍO, ROSA HERMINIA ARMIJOS RIOFRÍO Y ESPERANZA ARMIJOS RIOFRÍO, así como a los herederos desconocidos y presuntos de quien en vida fueron señores Segundo Germán Armijos Jara o Segundo Germán Armijos Jaya y María del Carmen Riofrío Rivera, cuyo extracto es como sigue: ACTORES: LUIS JAVIER BENÍTEZ ORTIZ Y DIAMELA MERCEDES CASTRILLÓN SÁNCHEZ. DEMANDADOS: ALBERTINA ARMIJOS RIOFRÍO, MAURO ARMIJOS RIOFRÍO, MANUEL ARMIJOS RIOFRÍO, ENRIQUETA ARMIJOS RIOFRÍO, DELIA AMADA ARMIJOS RIOFRÍO, NORMA ARMIJOS RIOFRÍO, ROSA HERMINIA ARMIJOS RIOFRÍO, ESPERANZA ARMIJOS RIOFRÍO, LUCIANO ROBERTO ARMIJOS RIOFRÍO Y HUMBERTO ARMIJOS RIOFRÍO. TRÁMITE: ORDINARIO CUANTÍA. USD. 328,oo JUEZ: DR. JOSÉ LUIS OJEDA SARMIENTO ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO JUICIO NÚMERO: 03482010. Loja, lunes 7 de junio del 2010, las 16h22.- VISTOS.La demanda que antecede, presentada por los señores LUIS JAVIER BENÍTEZ ORTIZ Y DIAMELA CASTRILLON SÁNCHEZ. En contra de los señores SEGUNDO GERMÁN ARMIJOS JARA O SEGUNDO GERMÁN ARMIJOS JAYA Y MARÍA DEL CARMEN RIOFRÍO RIVERA, y por su fallecimiento en contra de sus herederos: ALBERTINA ARMIJOS RIOFRÍO, MAURO ARMIJOS RIOFRÍO, MANUEL ARMIJOS RIOFRÍO, ENRIQUETA ARMIJOS RIOFRÍO, DELIA AMADA ARMIJOS RIOFRÍO, NORMA ARMIJOS RIOFRÍO, ROSA HERMINIA ARMIJOS RIOFRÍO, ESPERANZA AR-

La señora Juez Segundo de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, mediante providencia de fecha treinta de junio del año dos mil diez, se ha dispuesto, que por cuanto la actora Daysi Jackeline Medina

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en la ficha de inventario de la edificación elaborada, aproximadamente, en 1984, “ya se habla que la vivienda está mal, de que el 50% de la infraestructura es irrecuperable”. Diseño tradicional

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EL COLEGIO NACIONAL “8 DE DICIEMBRE”

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Dr. Engiberto Villamagua RECTOR DEL COLEGIO Sr. Héctor Trujillo PRESIDENTE DEL C.C.P. FAMILIA

Político de Malacatos, enviándoles suficiente despacho;y, que se cuente con los señores Alcalde y Procurador Síndico del I. Municipio de Loja y con el señor Jefe del INDA en Loja, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Loja; los demás datos quedan inalterables; se le hace conocer al compareciente que la inspección judicial señalada para el día viernes 18 de junio del presente año, no se la realizará por cuanto aún no se ha citado a los demandados.OTRA PROVIDENCIA.- Loja, viernes 18 de junio del 2010, las 16h31.- En atención al escrito que antecede, se amplía el auto inicial en el sentido de que se cite a los herederos desconocidos y presuntos de los señores Segundo Germán Armijos Jara o Segundo Germán Armijos Jaya y María del Carmen Riofrío Rivera por la prensa, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- f) DR. JOSÉ LUIS OJEDA SARMIENTO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA. Certifico. Loja, 24 de junio de 2010. Dr. Cosme Becerra SECRETARIO DEL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL DE LOJA. 438859 JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN CATAMAYO CITACIÓN JUDICIAL Def. Dr. Julio César Ruiz G. ABOGADO. Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales del juicio de disolución de la sociedad conyugal que antecede, cítese a la señora: ELSIE ARACELLY VERA GONZABAY, cuyo extracto es como sigue: JUICIO: Nro. 472-2010. ACTOR: WILSON LEONIDAS SÁNCHEZ PULLA DEMANDADA: ELSIE ARACELLY VERA GONZABAY ASUNTO: Disolución de la sociedad conyugal CUANTÍA: Indeterminada TRÁMITE: Especial JUEZ: Dr. Otto Montesinos Guarnizo AUTO DE ACEPTACIÓN: Catamayo, veinticinco de junio del dos mil diez, a las ocho horas treinta minutos.- VISTOS.Clara y completa estímase la demanda de disolución de la sociedad conyugal, presentada por Wilson Leonidas Sánchez Pulla contra Elsie Aracelly Vera Gonzabay,, ya que reúne los requisitos de forma exigidos por la ley, por lo que se la acepta a trámite especial que le corresponde. En consecuencia se corre traslado a la demandada con la demanda y con este auto, por el término de tres días, deduciendo las excepciones que se crea asistida, bajo prevenciones legales. Cítese a la demandada, por la prensa conforme lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en virtud del juramento realizado. Téngase en cuenta la cuantía, el casi-

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MIJOS RIOFRÍO, LUCIANO NORBERTO ARMIJOS RIOFRÍO Y HUMBERTO ARMIJOS RIOFRÍO, es clara, completa y precisa según lo que dispone el art. 407 reformado del Código de Procedimiento Civil, se la acepta a trámite en la vía ordinaria.- Agréguese la documentación acompañada.- Cítese a los demandados: Luciano Roberto y Humberto Armijos Riofrío, en el domicilio señalado en la parroquia Malacatos y a los señores: Albertina Armijos Riofrío, Mauro Armijos Riofrío, Manuel Armijos Riofrío, Enriqueta Armijos Riofrío, Delia Amada Armijos Riofrío, Norma Armijos Riofrío, Rosa Herminia Armijos Riofrío y Esperanza Armijos Riofrío, por la prensa, conforme lo dispones el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para que en el término de ocho días proponga sus excepciones que se crean asistidos acompañando la prueba que disponga o anunciando la que deba actuarse en la audiencia de conciliación y juzgamiento; tómese en cuenta el trámite, cuantía y casillero judicial señalados; atendiendo la anunciación de prueba que hace la parte actora, se dispone la práctica de las siguientes diligencias: a) Téngase por reproducido lo que piden el parágrafo I; b) Tómese en cuenta lo que solicitan en los parágrafos II, III, y IV de escrito de prueba; c) Al momento de realizar la audiencia de conciliación y juzgamiento recíbase las declaraciones de los señores Yofre Amador Herrera Barzallo, Miria Geovanny Armijos Villavicencio y Jacinto Américo Valdéz Ramírez de conformidad con el cuestionario de preguntas que será formulado en el día de la audiencia de conciliación y juzgamiento; se señala para el día viernes 18 de junio del presente año a las 10h00, para que tenga lugar la diligencia de inspección judicial que se solicita, para dicha diligencia, se nombra perito al Ing. Millner Carrión González, a quien se lo notificará, para de aceptar el cargo comparezca a este despacho a posesionarse; en cien dólares americanos se regula sus honorarios profesionales valores que serán pagados previa la presentación de la factura autorizada por el SRI. El perito presentará su informe luego de cuarenta y ocho horas de realizada la diligencia para la citación a los demandados se comisiona al señor Teniente Político de Malacatos, a quien se le enviará suficiente despacho. OTRA PROVIDENCIA.- Loja, martes 15 de Junio del 2010, las 15h26.- En atención a los escritos que antecede, se aclara y se amplía el auto inicial en el sentido de que el nombre de uno de los demandados es Luciano Roberto Armijos Riofrío, más no Luciano Norberto como inadvertidamente se ha hecho constar. Que para la citación a los señores Luciano Roberto y Humberto Armijos Riofrío, se comisiona al señor Teniente

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llero judicial señalado por el demandante y la autorización que concede a su abogado defensor. Agréguese a los autos los documentos acompañadas a la demanda. Hágase saber.- Dr. Otto Montesinos Guarnizo. JUEZ SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA EN CATAMAYO. Catamayo, 29 de Junio de 2010. Dr. Mg. Franco Astudillo M, SECRETARIO DEL JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL DE LOJA CON SEDE EN CATAMAYO 438957 JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA - CARIAMANGA CITACIÓN JUDICIAL Def. Dr. Jairo Loaiza Carrillo Oficinas Cariamanga Cito con el contenido de la demanda inicial, auto de aceptación a trámite y más diligencias procesales al señor JUAN CARLOS MARCILLO MARMOL, cuyo extracto es como sigue: ACTORA: BEATRIZ BELÉN NARVÁEZ NARVÁEZ DEMANDADO JUAN CARLOS MARCILLO MÁRMOL OBJETO DE LA DEMANDA: Divorcio TRÁMITE: Verbal Sumario JUICIO Nro. 165-10 CUANTÍA: Indeterminada JUEZ: Dr. Marcelo Saritama Carrera AUTO.- En Cariamanga, a veintinueve de junio del año dos mil diez, a las 08h20. VISTOS.- Estímase clara, precisa y completa la demanda propuesta por la señora BEATRIZ BELÉN NARVÁEZ NARVÁEZ, contra JUAN CARLOS MARCILLO MÁRMOL, por reunir los requisitos de forma, se la acepta al trámite verbal sumario que le corresponde. Provéase de curador ad-litem a los menores Juan Carlos, Gloria Belén y Cristhian Alexander Marcillo Narváez, para lo cual se dispone, oír a dos parientes más cercanos, a falta de estos a dos personas honorables de la localidad, a fin de que sugieran a la persona que deba representarlos en el presente proceso, así mismo notifíquese personalmente a los menores adultos: JUAN CARLOS Y GLORIA BELÉN MARCILLO NARVÁEZ, para que sugieran a la persona que deba representarlos en el presente proceso.- Cuéntese en este juicio con el señor Agente Fiscal Distrital de Loja, con sede en Cariamanga, a fin de que emita su dictamen de Ley.- En consecuencia, cítese al demandado con el contenido de la demanda inicial y auto de aceptación a trámite; en vista de que la compareciente, bajo juramento manifiesta que le ha sido imposible determinar o individualizar el domicilio actual o residencia del demandado, se dispone citarlo por la prensa en un diario de mayor circulación de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación social en esta ciudad, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.Agréguese al proceso la documentación adjunta.- T´engase en cuenta la cuantía, casillero judicial y la autorización que le concede a su Abogado defensor.- Hágase saber.- Particular que pongo en conocimiento para los fines legales. Cariamanga, 30 de junio del 2010 Dr. José E. Valle Acaro SECRETARIO JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE LOJA 439203 REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO OCTAVO MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite de la misma y más constancias procesales a los señores a los señores

a los herederos presuntos y desconocidos de los señores MANUEL MARÍA PIEDRA OJEDA, LUZ AMÉRICA VÁZQUEZ RIOFRÍO o LUZ AMÉRICA VÁSQUEZ RIOFRÍO, y al heredero (fallecido) FRANCEL ANTONIO VÁSQUEZ; cuyo extracto es como sigue: JUICIO Nro. 276-10 ACTORES: MARÍA JOSEFINA PIEDRA VÁSQUEZ Y NELSON PEDRO PIEDRA VÁSQUEZ. DEMANDADOS: Herederos conocidos, presuntos y desconocidos de los señores MANUEL MARÍA PIEDRA OJEDA, LUZ AMÉRICA VÁZQUEZ RIOFRÍO O LUZ AMÉRICA VÁSQUEZ RIOFRÍO. OBJETO: Inventario de los bienes de los extintos Manuel María Piedra Ojeda, Luz América Vázquez Riofrío o Luz América Vásquez Riofrío. CUANTÍA: Indeterminada TRÁMITE: Especial JUZGADO: Octavo Multicompetente de Loja en Gonzanamá y Quilanga. JUEZ: Dr. Ramiro Arévalo Malo AUTO: El señor Juez mediante auto de fecha 24 de junio del 2010, aceptando la demanda presentada por la señora MARÍA JOSEFINA PIEDRA VÁSQUEZ y NELSON PEDRO PIEDRA VÁSQUEZ, se declara abierta la sucesión de los bienes dejados por MANUEL MARÍA PIEDRA OJEDA, LUZ AMÉRICA VÁZQUEZ RIOFRÍO O LUZ AMÉRICA VÁSQUEZ RIOFRÍO, y se dispone el alistamiento y avalúo de los bienes, con la intervención de peritos que las partes indicarán en el término de tres días, bajo prevenciones legales. En el proceso se contará con los señores con los comparecientes por sus propios derechos y con los herederos: NOEMÍ MARLENE, GILBER SEGUNDO, MARÍA JOSEFINA, JULIO CÉSAR, JOSÉ EDUARDO, MARTHA ESPERANZA, NELSON PEDRO, LUIS EMILIO, NORMAN LUCÍA y JORGE STALIN PIEDRA VÁSQUEZ; y, con los hijos biológicos: MARIANA DE JESÚS MARTÍNEZ y FRANCEL ANTONIO VÁSQUEZ.Cuéntese además, con los herederos desconocidos o presuntos de los causantes Manuel María Piedra Ojeda, Luz América Vázquez Riofrío o Luz América Vásquez Riofrío, así como del heredero fallecido Francel Antonio Vásquez, por la prensa, como lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Se contará con los señores Agente Fiscal del Distrito con sede en Catamayo, con el Procurador Tributario en Loja. Particular que se pone en conocimiento de los interesados para los fines legales consiguientes. Gonzanamá, junio 29 del 2010 Dr. Hugo Faggioni Sotomayor SECRETARIO DEL JUZGADO MULTICOMPETENTE DE LOJA EN GONZANAMÁ Y QUILANGA 439159 BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL LOJA AVISO DE REMATE Se pone en conocimiento de los interesados y público en general, que el señor Juez Delegado de Coactivas del Banco Nacional de Fomento Sucursal Loja, mediante providencia dictada el primero de julio de dos mil diez, en el juicio coactivo Nro. 122009, señaló, con el carácter de primer señalamiento, para el día MIÉRCOLES DIECIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ de las 14h00 hasta las 18h00 y en las oficinas del Juzgado de coactivas de la Sucursal, para que se realice en remate en pública subasta del bien embargado en el indicado procedimiento, consistente en el predio denominado “Guacallazhca”, ubicado en la parroquia Taquil del cantón


REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA CITACIÓN JUDICIAL Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a tramite y más constancias procesales a los herederos desconocidos y presuntos de la causante señora ALIZ PRISCILA MONTERO JARAMILLO, dentro del juicio especial de inventarios signado con el

Nro. 225-2010, propuesto por la señorita Romina Priscila Monteros Monteros, cuyo extracto es como sigue: ACTORA: ROMINA PRISCILA MONTEROS MONTEROS TRÁMITE: Especial CUANTÍA: Indeterminada JUICIO Nro. 225-2010 ASUNTO: Inventario y Avalúo de los bienes de la causante SEÑORA ALIZ PRISCILA MONTEROS JARAMILLO. JUEZ: Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo JUZGADO: Vigésimo Segundo de lo Civil de Loja. AUTO: Loja, martes 11 de mayo del 2010, las 16h01.VISTOS: En atención al escrito que antecede y por cuanto la parte demandante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia que antecede.- En lo principal, se estima que la demanda que antecede, presentada por la actora ROMINA PRISCILA MONTEROS MONTEROS, en calidad de heredera de la extinta ALIZ PRISCILA MONTEROS JARAMILLO, es clara, completa y precisa, por lo que se la acepta a trámite especial del juicio de inventario que le corresponde.- Por haberse comprobado el fallecimiento de quien en vida fue la señora Aliz Priscila Monteros Jaramillo, conforme consta de la partida de defunción que se acompaña, se declara que se encuentra abierta la sucesión intestada de los bienes dejados por el indicado causante, desde la fecha de su fallecimiento, particular que se manda a poner en conocimiento del público en general.- En la secuela del juicio se contará con la comparecencia con el señor Procurador Tributario de la Provincia de Loja, con el señor Fiscal de Loja, el señor Alcalde y Procurador Síndico Municipal de Loja, quienes serán citados en sus respectivos despachos.- Cítese a los herederos Byron Ernesto Monteros Jaramillo y cónyuge sobreviviente, de la causante Alfonso María Riofrío Rentería en el domicilio señalado mediante la oficina de citaciones y a los desconocidos, ausentes y presuntos de la causante ALIZ PRISCILA MONTEROS JARAMILLO conforme consta en la partida de defunción que constan en autos por medio de un periódico de amplia circulación de la ciudad de Loja, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Fórmese e inventario y avalúo de los bienes sucesorios del indicado causante con la intervención de peritos judiciales que serán designados oportunamente conforme a ley.- Téngase en cuenta la cuantía, el casillero judicial señalado para posteriores notificaciones y la autorización que le concede a su abogado defensor para que a su nombre suscriba los escritos

necesarios en el presente asunto, agréguese al proceso la documentación que adjunta a la demanda para los fines legales consiguientes.Hágase saber. Dr. Roberth Valdivieso Jaramillo, JUEZ TEMPORAL DEL JUZGADO 22DO. DE LO CIVIL DE LOJA.- Lo que comunico a usted para los fines de Ley. Dr. Luis Alfredo Rosales SECRETARIO DEL JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LOJA 439131 DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA JUBONES DIRECCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL AGUA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA JUBONES SE CITA DE CONFORMIDAD CON EL ART. 87 DE LA LEY DE AGUAS CODIFICADA A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS TENDIENTE A OBTENER LA CONCESIÓN Y AROVECHAMIENTO DEL CAUDAL DE 4 L/S DE LAS AGUAS DE LA VERTIENTE TOLAPO UBICADA EN PREDIOS DE LA SEÑORA LUZ DEL CARMEN ORTEGA DOTA EN LA PARROQUIA LLUZHAPA, PERTENECIENTE AL CANTÓN SARAGURO, CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. EXTRACTO: ACTOR: PROCURADOR COMÚN JOSÉ MODESTO ROMERO ORTEGA OBJETO DE LA PETICIÓN: Concesión y aprovechamiento del caudal de 4 l/s, de las aguas de la vertiente Tolapo ubicada en predios de la señora Luz del Carmen Ortega Dota en la parroquia Lluzhapa, perteneciente al cantón Saraguro, cantón Loja, provincia de Loja, para destinarla al consumo humano y abrevadero de animales. TRÁMITE Nrto. DHJ-20100050-C SECRETARÍA NACIONAL DEL AGUA, DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA JUBONES. Machala, junio 22 de 2010.Las14h25. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Subsecretario Regional de la Demarcación Hidrográfica de Jubones. En lo principal la solicitud presentada por el señor José Modesto Romero Ortega para obtener la concesión y aprovechamiento del caudal de 4 l/s, de las aguas de la Vertiente Tolapo ubicada en predios de la señora Luz del Carmen Ortega Dota en la parroquia Lluzhapa, perteneciente al cantón Saraguro, provincia de Loja, para destinarla al consumo humano y abrevadero de animales, es clara y reúne los requisitos determinados en el Art. 86 de la Codificación de la Ley de Aguas; en tal virtud se la acepta al trámite y en consecuencia dispongo: 1.- Cítese

a los señores Aníbal Romero Pesantez, herederos de Rafael Cabrera y, a María Morocho con copia del escrito y providencia recaída en ella en sus domicilios ubicados en la parroquia Lluzhapa, mediante comisión librada al señor Teniente Político de esa jurisdicción parroquial, a fin de que en el término de ocho días hagan valer sus derechos; 2.- A los usuarios presuntos y desconocidos cíteseles por la prensa de conformidad con el Art. 87 de la Codificación de la Ley de Aguas en uno de los diarios que se editan en la ciudad de Loja, mediante la publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia por tres veces, mediando entre una y otra el plazo de ocho días; 3.- Fíjense carteles en tres de los lugares más frecuentados de la cabecera parroquial de Lluzhapa, durante el plazo de 30 días de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del Art. 22 del Reglamento de la Ley de Aguas, mediante comisión librada al señor Teniente Político de esa jurisdicción parroquial; 4.- Se designa a la Ing. Beatriz Ajila Ramos, en calidad de perito, para que realice el estudio técnico de lo solicitado; 5.- Agréguese al trámite el escrito de adhesión presentado por los señores Flavio Marcelo Romero Ortetga, Celsa Macrina Ortega Romero, Manuel Rodrigo Chalán Ortega, Luis Aníbal Romero Ortega y Luz del armen Ortega Dota, el que se lo acepta y será considerado al momento de realizarse la inspección técnica y al resolver; 6.- Téngase en cuenta la designación del señor José Modesto Romero Ortega en calidad de Procurador Común, así como la casilla judicial Nro. 123, señalada para notificaciones y la autorización conferida a su patrocinador Dr. Carlos Calle Mosquera. Se dispone que los peticionarios presenten en el plazo de treinta días el documento legal que justifique la tenencia o propiedad de la tierra. Que actúe en calidad de Secretaria la Ab. Jeny Chávez Carranza. Notifíquese.- f) Ing. Juan Arévalo Zambrano, SUBSECRETARIO REGIONAL DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA JUBONES. Lo que comunico al público para los fines legales consiguientes la obligación de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso. 22 de junio 2010 FIRMA ILEGIBLE. 439207 JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA CITACIÓN JUDICIAL Con el contenido de la de-

manda y auto de aceptación a trámite CITO: A VÍCTOR EMILIO GUARTÁN TORAL Y MÉLIDA YOLANDA TAPIA LEÓN, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTOR: EZEQUIEL DE JESÚS GUARTÁN URGILES DEMANDADOS: VÍCTOR EMILIO GUARTÁN TORAL Y MÉLIDA YOLANDA TAPIA LEÓN. OBJETO DE LA DEMANDA: Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Domicilio TRÁMITE: Ordinario CUANTÍA: $ 13.521,63 JUICIO Nro. 170-2010 JUEZ: Dr. Franco A. Martínez Espinosa AUTO: El señor Juez Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe con sede en Yantzaza, con fecha veintidós de junio del dos mil diez, a las 10h00, dicta el siguiente auto.- VISTOS: Conforme al sorteo de Ley, y en mi calidad de Juez titular del Juzgado Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en Yantzaza, avoco conocimiento del presente asunto, en lo principal: de clara, concreta y precisa se califica la demanda incoada por el señor Ezequiel de Jesús Guartán Urgilés en contra de los señores: Víctor Emilio Guartán Toral y Mélida Yolanda Tapia León, por reunir los requisitos de ley se la acepta al trámite ordinario que le corresponde de Prescripción extraordinaria adquisitiva de domicilio. A los demandados se manda citarlos por un periódico de amplia circulación en la ciudad de Yantaza y provincia de Zamora Chinchipe, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; previo a conferirse los extractos de la demanda y auto de aceptación, los actores comparezcan al juzgado a reconocer firma y rúbrica que imprimen en su demanda. A los accionados insinúeseles sobre la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad de Yantzaza para futuras notificaciones; en consecuencia con el contenido del escrito de demanda y el presente auto de aceptación a trámite córrase traslado a las partes demandadas por el término de quince días, a fin de que la contesten o propongan excepciones de las que se crean asistidos bajo apercibimientos en rebeldía. Se dispone lo siguiente: a) Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón El Pangui, para lo cual se notificará al titular en su despacho; b) Cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico del Municipio de El Pangui; c) Cítese al señor Delegado del INDA de Zamora Chinchipe, para cuya diligencia se depreca a un señor Juez de lo Civil de Zamora, enviándole suficiente despacho y concediéndole el término de

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tres días para su cumplimiento, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, para lo cual se remitirá el despacho a la Oficina de Sorteos de la Corte Provincial de Justicia de Zamora. Para las notificaciones al señor Registrador de la Propiedad del Cantón El Pangui, y a los señores Alcalde y Procurador Síndico del Municipio de El Pangui, se comisiona al señor Comisario Nacional de Policía del Cantón El Pangui, enviándole despacho suficiente y disponiendo que en el término de cinco días cumpla dichas diligencias. Téngase en cuenta la casilla judicial Nro. 6 que señalan los actores para notificaciones ulteriores, la cuantía fijada, así como la autorización concedida a la Dra. Vilma Guartatanga, Abogada que suscribe la demanda para que firme los escritos necesarios en este asunto hasta su total terminación. Hágase saber.- f) Dr. Franco Martínez Espinosa, Juez Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe con sede en Yantzaza. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general para los fines de Ley consiguientes. Yantzaza, 01 de julio del 2010 Dra. Vanessa Jiménez Silva SECRETARIA DEL JUZGADO SEXTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA 439208 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA CITACIÓN JUDICIAL Con el contenido de la demanda y auto de aceptación a trámite

CITO a FAUSTO ROLANDO PINOS CAMPOVERDE, cuyo contenido en extracto es como sigue: ACTORA: MAYRA GABRIELA PINOS CHICA DEMANDADO: FAUSTO ROLANDO PINOS CAMPOVERDE OBJETO DE LA DEMANDA: Alimentos TRÁMITE: Especial CUANTÍA $ 3000,00 JUICIO Nro. 120-10 JUEZ: DR. Ramiro Carrión Torres AUTO: El señor Juez Segundo de lo Civil de Zamora Chinchipe con sede en Yantzaza con fecha veintidós de junio del dos mil diez, a las 08h25, dicta el siguiente auto.- VISTOS: Examinada que ha sido de clara, precisa y completa se estima la demanda que antecede incoada por MAYRA GABRIELA PINOS CHICA, contra FAUSTO ROLANDO PINOS CAMPOVERDE, y como obligado subsidiario al señor ROMÁN TARQUINO PINOS CAMPOVERDE por reunir los requisitos de Ley, se la acepta a trámite especial de alimentos que le corresponde de conformidad a lo previsto en el Artículo Innumerado 34 del Código de la Niñez y Adolescencia.- Cítese al demandado en el lugar que indica en la demanda e insinúesele sobre la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Yantzaza para las notificaciones posteriores que le corresponda, bajo prevenciones de no comparecer, proceder en rebeldía; y, por cuanto la parte actora expresamente bajo juramento declara desconocer la individualidad, residencia o

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actual paradero del demandado principal, se dispone citarlo por la prensa en uno de los periódicos de la ciudad de Loja, con circulación en la provincia de Zamora Chinchipe, de conformidad a lo ordenado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por no existir medios de difusión escritos en esta jurisdicción. Para la citación del obligado subsidiario se lo citará mediante comisión al señor Comisario Nacional de Policía del cantón El Pangui, a quien se dispone remitir despacho en forma y concediéndole el término de ocho días para su cumplimiento.- La accionante determine la cuenta de ahorros o corriente de institución financiera donde se ha depositar las pensiones alimenticias, conforme lo ordenado en el artículo innumerado 19 del Código de la Niñez y Adolescencia.- Conforme lo ordenado en el Art. Innumerado 35 del Código de la Niñez y la Adolescencia, el Juzgado Segundo de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en Yantzaza RESUELVE: fijar a favor de la menor Mayra Gabriela Pinos Chica una pensión provisional de sesenta dólares americanos, más los adicionales de Ley y por mesadas anticipadas, por cada menor, pensión que se pagará a partir de la presentación de la demanda, la misma será depositada por el accionado en la cuenta corriente 1106013777 que este Juzgado mantiene en el Banco de Loja, para que dichos dineros sean retirados directamente a la madre de los alimentarios.- Actúese lo siguiente en el anuncio de prueba como justificación de la parte actora: a) Reprodúzcase lo solicitado en

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CACPE ZAMORA CONVOCATORIA La Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Pequeña Empresa CACPE ZAMORA, en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento Especial de Concurso de Precios para las Cooperativas controladas por la Dirección Nacional de Cooperativas, invita a los propietarios de almacenes de Electrodomésticos, o artículos en General a presentar sus ofertas para la compra y adquisición de una MOTO, para la Cooperativa. Las propuestas se presentarán en un solo sobre cerrado, y contendrán lo siguiente Carta de presentación y compromiso Descripción del vehículo, con las siguientes características básicas como las siguientes: VEHICULO MOTO MODELO XL200 MARCA HONDA MOTOR 4 TIEMPOS CILINDRADA 196,2 cm3 TRANSMISION 5 VELOCIDADES Arranque Eléctrico FRENO TRASERO TAMBOR DELANTERO DISCO CONSUMO DE GASOLINA 110Km/gl. Xerocopia del Registro Único de contribuyentes Copia de cédula y certificado de votación del Gerente Propietario Garantía de la moto a adquirir, (únicamente el ganador) Oferta Económica La forma de pago del contrato será del 50% a la suscripción del contrato y el otro restante 50% a la entrega de la obra y, a satisfacción de la Cooperativa. Las ofertas serán redactadas en castellano y, se presentarán en un solo sobre cerrado con las debidas seguridades que impidan conocer su contenido anticipadamente, debiendo ser entregadas en la Secretaría de la Cooperativa, ubicado en la ciudad de Zamora, provincia de Zamora Chinchipe; calles Sevilla de Oro y Av. Héroes de Paquisha, teléfonos 07 2605077; o al 07 2605747; hasta las 17h00 del día miércoles 14 de julio de 2010. La apertura de los sobres se realizará en una fecha posterior, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento Especial de Concurso de Precios. No se receptará ofertas remitidas por télex o fax, como tampoco las presentadas fuera del tiempo reglamentario, o presentadas en otro lugar del señalado. La Cooperativa se reserva el derecho de declarar desierto el concurso si las ofertas no convienen a sus intereses.

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y provincia de Loja; comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL PIE, con camino que conduce a Taquil a las Juntas, que separa terreno de los compradores; POR EL UN COSTADO, con terreno de Gabriel Sinche, deslindando con un árbol de Nogal y zanjo por división; POR LA CABECERA, con los herederos de Polibio Ponce, zanja y cerca de alambre propia por división; y, POR EL ÚLTIMO COSTADO, con terrenos de los herederos de Polibio Ponce, deja de monte por lindero, de allí sigue una planta de capulí en línea recta, luego sigue deslindando con terrenos de Simón Castillo y Carlos Ponce, cerca de alambre por división y, finalmente con terrenos de Lorenzo Sarmiento, peña en línea recta por lindero. CABIDA APROXIMADA: seis hectáreas (6 has). TOPOGRAFÍA, inclinada. CLASE DE SUELOS: arcillosos; predio con bosque artificial de Eucalipto con rebrote, ha sido talado en parte, 1 ha.; Pasto Natural Kicuyo Secano 5 Has. MEJORAS: cerca de alambre. VÍAS DE ACCESO: Se toma carretera Loja-Cuenca en el Km. 24 se desvía hacia Cenen Bajo Escuela Mixta Pedro Pinto Guzmán y continúa media hora a pies hacia el Este allí queda el predio. MEJORAS: cercas de alambre. AVALÚO DEL PREDIO. El señor perito avalúa el predio referido en la suma de CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS (USD. 5.000,00). Las ofertas se presentarán ante el infrascrito Secretario del procedimiento, sobre la base de las dos terceras partes del avalúo pericial, acompañadas del diez por ciento del valor de la misma en dinero en efectivo o cheque certificado a la orden del Juez Delegado de coactivas. El remate se lo hace como cuerpo cierto y si la cabida resultare mayor o menor, el lote de terreno materia del presente señalamiento, no se aceptarán reclamaciones posteriores de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1773 del Código Civil. Los gastos por concepto de pago de alcabalas, tasas, impuestos, registro, protocolización e inscripción y otros serán de cuenta del adjudicatario. Loja, a 1o. de julio de 2010 Dr. Roger Carrión Cabrera SECRETARIO 439202

Zamora, 02 de julio de 2010


Lunes 05 de julio de 2010 La Hora lojA

el numeral 1 y 2; b) Agréguese al proceso y téngase como prueba de la documentación que se refiere en el numeral 3, 4, 5 y 6; c) Téngase en cuenta la impugnación que se refieren en los numerales 7, 8 y 9; d) Recíbase las declaraciones en forma oral, en la audiencia única a los testigos presentados en el numeral 10; e) Repregúntese a los testigos de la contraparte en la audiencia única en forma oral, conforme lo solicita en el numeral 11; f) Téngase en cuenta lo solicitado en el numeral 12 y 13.- Téngase en cuenta el casillero y la cuantía fijados por la parte actora, así como la autorización concedida a la Ab. Vilma Juliana Guartatanga G., para que en su nombre y representación firme los escritos necesarios en este asunto. Agréguese la documentación aparejada a la demanda.- Hágase saber.- f) Dr. Ramiro Carrión Torres, Juez Segundo de lo Civil de Zamora Chinchipe con sede en Yantzaza. Particular que pongo en conocimiento de la ciudadanía en general para los fines de Ley consiguientes. Yantzaza, 01 de julio de 2010 Dr. José Vladimir Simancas Merino SECRETARIO SUBROGANTE DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL ZAMORA CHINCHIPE CON SEDE EN YANTZAZA 439209 CITACION JUDICIAL Def. Dr. Marlon Geovanny Cabrera Cabrera Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales que antecede al señor Segundo Rafael Tenecela Lazo, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: NEL ARNALDO VIVANCO MEJIA DEMANDADOS: MACAS JOSE MARIO, CORDOVA ELSA MARIANA Y SEGUN-

DO RAFAEL TENECELA LAZO OBJETO DE LA DEMANDA: PRESCRIPCION ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO OBJETO DE LA DEMANDA: PRESCRIPCION ORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO TRAMITE: Ordinario CUANTIA: TRECE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS CON TREINTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR JUEZ: DR. FRANCO MARTINEZ ESPINOSA JUICIO Nro. 124-2010 JUZGADO: SEXTO DE LO CIVIL DEL CANTON YANTZAZA AUTO: Mediante auto de aceptación a trámite de la demanda, pronunciado el once de mayo del dos mil diez, a las diecisiete horas treinta minutos.- VISTOS: Conforme al sorteo de Ley y en mi calidad de Juez Titular del Juzgado Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en el cantón Yantzaza, avoco conocimiento del presente asunto, en lo principal: De clara, concreta y precisa se califica la demanda que antecede incoada por NEL ARNALDO VIVANCO MEJIA en contra de los señores JOSE MARIO MACAS; ELSA MARIANA CORDOVA Y SEGUNDO RAFAEL TENECELA LAZO y por reunir los requisitos de Ley, se la acepta a trámite ORDINARIO DE PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO que le corresponde. A los demandados, JOSE MARIO MACAS; ELSA MARIANA CORDOVA Y SEGUNDO RAFAEL TENECELA LAZO se los citará en el lugar donde se indica, para lo cual se comisiona al señor Teniente Político de la parroquia Los Encuentros, cantón Yantzaza, enviándole despacho y concediéndole ocho días para su cumplimiento en razón a la distancia; y como el actor declara bajo juramento desconocer el domicilio y/o residencia del demandado Segundo Rafael Tenecela Lazo se manda citarlo por un periódico de amplia circulación en la ciudad de Yantzaza y provincia de Zamora Chin-

Dra. Vanessa Jiménez Silva Secretaria del Juzgado Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe, con sede en Yantzaza Ref. 438964 REPUBLICA DEL ECUADOR JIUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL CANTON ZAMORA DISTRITO JUDICIAL DE ZAMORA CHINCHIPE CITACION JUDICIAL Cito con el escrito de demanda y auto de aceptación a trámite a los señores MARIA YAURIPOMA GUILLIN Y JUANA YAURI-

Zamora, 25 de junio del año 2010 Dr. Guillermo Piedra Ordóñez SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE ZAMORA Ref. 438860 REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Distrito Judicial de Zamora Chinchipe CITACION JUDICIAL EDISON JUDICIAL EDISON DANIEL JAEN BONE Y ELSA ISABEL VALENCIA GAONA Ab. Def. Dr. Freddy Jiménez Cabrera Juicio Nro. 0141-2010 Objeto: TENENCIA CITO: a los señores EDISON DANIEL JAEN BONE Y ELSA ISABEL VALENCIA GAONA, con el extracto de la demanda y auto de aceptación a trámite y más diligencias procesales recaídas dentro del expediente Contencioso General de TE-

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NENCIA Nro. 0141-2010, incoado por los esposos Valencia Yanza José Oswaldo y Elsa Carmita Gaona Gaona, a favor del niño Jhair Alexander Jaen Valencia que en extracto comprende lo siguiente: ACTORES: JOSE OSWALDO VALENCIA YANZA Y ELSA CARMITA GAONA GAONA DEMANDADOS: EDISON DANIEL JAEN BONE Y ELSA ISABEL VALENCIA GAONA JUICIO NRO. 0141-2010 OBJETO: TENENCIA TRAMITE: Contencioso General CUANTIA: INDETERMINADA JUEZ: Dr. Nelson Márquez Jiménez AUTO: El señor Dr. Nelson Márquez Jiménez, Juez de la Niñez y Adolescencia de Zamora, con auto de fecha mayo seis del dos mil diez, las 14h10, dice: Atendiendo la demanda de TENENCIA del niño Jhair Alexander Jaén Valencia, propuesta por los esposo Valencia Yanza José Oswaldo y Elsa Carmita Gaona Goana, abuelos del niño, en contra de los progenitores de Edison Daniel Jaen Bone y Elsa Isabel Valencia Gaona, se la considera clara, precisa y completa, en tal virtud, se la acepta al trámite contencioso general que le corresponde; como los actores declaran bajo juramento desconocer el paradero y/o domicilio actual de los demandados, se manda citarlos mediante tres publicaciones en días distintos en uno de los periódicos de amplia circulación en esta ciudad y provincia; a los demandados se les insinuará designen defensor y señalen casilla judicial en esta ciudad de Zamora, para futuras notificaciones; previo a conferirse extractos de demanda y auto de aceptación, comparezcan en días hábiles portando sus documentos personales para que reconozcan firma y rúbrica que imprimen al pie de su demanda.- Téngase en cuenta la cuantía, trámite casilla judicial y autorización que conceden los actores a su defensor Dr. Freddy Jiménez Cabrera.- Agréguese al proceso los documentos que presentan.- Notifíquese.- f) Dr. Nelson Márquez Jiménez Juez de la Niñez y Adolescencia de Zamora.- Particular que hago conocer a los demandados señores EDISON DANIEL JAEN BONE Y ELSA ISABEL VALENCIA GAONA, con la finalidad de que comparezcan a juicio oportunamente señalando casillero judicial en la ciudad de Zamora y haga valer sus derechos conforme a las reglas del debido proceso.-

BIENES raíCES

439211

BIENES raíCES

Yantzaza, 1 de julio del 2010

actual, se dispone se proceda a citarlas de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es por la prensa y en un diario que tenga libre circulación en esta provincia.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por el actor para efectos de notificaciones posteriores y la autorización que le conceden al Dr. Bolívar Márquez Quezada para que en lo posterior lo represente en este proceso.- Agréguese al juicio toda la documentación que se adjunta a la demanda.- Hágase saber.- Firma “ilegible”.- Dr. Luís Arias Suárez.- Juez Quinto de lo Civil de Zamora Chinchipe Encargado.- OTRO AUTO.- JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE.- Zamora, miércoles 16 de junio del 2010, las 17h09. Continuando con la tramitación del proceso, con notificación a las partes, se dispone: a) Por cuanto al dictar el auto de aceptación a trámite por un lapsus que se ha omitido ordenar o mejor deprecar la citación a la demandada señora Beatriz Amada Maldonado Villamagua conforme se ha solicitado en el escrito de demanda, razón por la cual se procede hacerlo, esto es que la diligencia de citación a la demandada antes singularizada se la depreca a uno de los Jueces de los Civil de la ciudad de Loja, por lo que el despacho se lo remitirá a la Oficina de Sorteos del indicado Distrito a fin de que se radique la competencia, se remitirá suficiente despacho y se ofrece reciprocidad en casos similares.- Notifíquese.- Firma “ilegible”.- Dr. Luís Arias Suárez.- Juez Quinto de lo Civil de Zamora Chinchipe Encargado.-

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C10

POMA GUILLIN, cuyo extracto es como sigue: ACTOR: Franklin Ramiro Vargas Ulloa DEMANDADAS: María Yauripoma Guillin, Juana Yauripoma Guillin y Beatriz Amada Maldonado Villamagua OBJETO DE LA DEMANDA: Nulidad de instrumento Público TRAMITE: Ordinario CUANTIA: Indeterminada JUICIO Nro. 115-2010 JUEZ ENCARGADO: Dr. Luís Arias Suárez ABOGADO: Dr. Bolívar Márquez Quezada JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE ZAMORA CHINCHIPE.- Zamora, lunes 7 de junio del 2010, las 15h06.- VISTOS: Avoco conocimiento de la demanda ordinario (Nulidad de Instrumento Público) que antecede en mi calidad de Juez Tercero de lo Civil de Zamora Chinchipe, encargado de este Juzgado mediante oficio Circ. No. 0206-08-DD-CNJ-ZCH de fecha 19 de marzo del año 2008 y en virtud del sorteo de Ley y presentada por el señor FRANKLIN RAMIRO VARGAS ULLOA en contra de las señoras MARIA YAURIPOMA GUILLIN, JUANA YAURIPOMA GUILLIN Y BEATRIZ AMADA MALDONADO VILLAMAGUA, la misma que por reunir los requisitos de Ley y ser clara completa y precisa se la acepta a trámite ORDINARIO que es el que le corresponde, ordenándose que se proceda citar a las demandadas, con la copia del escrito de demanda y copia de este auto de aceptación a trámite para que en el término de quince días la conteste proponiendo las excepciones de que se crean asistidas, bajo apercibimiento en rebeldía, se les hará conocer de la obligación que tienen de señalar casillero judicial en la Corte Provincial de Justicia de Zamora Chinchipe para efectos de notificaciones posteriores.- Cuéntese en este procedimiento con el señor Agente Fiscal encargado de los asuntos de este Juzgado y con la Notaria Tercera del cantón, a quienes se procederá a citarlos conforme a Ley.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Zamora.- Cítese a los funcionarios llamados a intervenir en este proceso conforme a Ley.- Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Zamora.- Cítese a los funcionarios llamados a intervenir en este proceso conforme a Ley por lo que se remitirá el proceso a la Oficina de Citaciones de este Distrito.- En virtud del juramento rendido por el actor Franklin Ramiro Vargas Ulloa en el sentido de que desconoce el domicilio actual de las demandadas señoras MARIA YAURIPOMA GUILLIN, JUANA YAURIPOMA GUILLIN y que por lo tanto le es imposible determinar su individualidad o domicilio

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chipe, de conformidad a lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; previo a conferirse los extractos de la demanda y auto de aceptación el Actor comparezca al Juzgado a reconocer firma y rúbrica que imprime en su demanda.Cítese a los demandados en el lugar que se indica e insinúesele sobre la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad de Yantzaza para futuras notificaciones; en consecuencia con el contenido del escrito de demanda y el presente auto de aceptación a trámite, córrase traslado a las partes demandadas por el término de quince días, a fin de que la contesten o propongan excepciones de las que se crean asistidas bajo apercibimiento en rebeldía. Se dispone lo siguiente: a) Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del cantón Yantzaza, para cual se notificará en su despacho al titular.- b) Cítese al señor Delegado del INDA de Zamora Chinchipe, para cuya diligencia se depreca a un Señor Juez de lo Civil de Zamora enviándole suficiente despacho y concediéndole el término de tres días para su cumplimiento, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos, para cual se remite el despacho a la oficina de sorteo de la Corte Provincial de Justicia de Zamora.- Cítese al señor Alcalde y Procurador Síndico de Yantzaza, cítese a un señor Agente Fiscal, por así haberlo solicitado el actor téngase en cuenta el casillero judicial Nro. 24 que señala para notificaciones, la cuantía fijada por el actor; así como la Autorización concedida al Abogado Defensor que suscribe que suscribe la demanda para que firme los escritos necesarios en este asunto.- Hágase saber.f) Dr. Franco A. Martínez Espinosa, Juez Sexto de lo Civil de Zamora Chinchipe con sede en Yantzaza. Particular que pongo en conocimiento al público para los fines legales pertinentes.


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