ANÁLISIS COMPARATIVO ENTRE EL DECRETO 2649 Y LA NIC 1

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Si se buscan en la estructura de IASB los conceptos contenidos en los artículos 160 en mención, puede afirmarse que se encuentran con matices y diferencias de tipo lexicográfico. En ese sentido, la conclusión es que el 2649/93 incorpora los estándares internacionales de contabilidad de los años 1990s.

Sin embargo, si se realizan de más fondo, aparecen diferencias importantes. Por ejemplo, la estructura de IASB esta centrada en los estados financieros, mientras que la del 2649 lo está en la información contable. Por eso se encuentran cualidades diferentes, no solo en su orden sino en su estructura lógica.

Una diferencia importante se da en la comparabilidad. Para el decreto 2649/93, solamente en ciertos casos se requiere que la información sea comparable y ello significa que esté preparada sobre bases uniformes. Para la estructura/marco conceptual de IASB, la comparabilidad es una cualidad inherente a los estados financieros: son los usuarios quienes deben ser capaces de comparar y para ello requieren ser informados de las políticas de contabilidad empleadas en la preparación de los estados financieros, así como de cualquier cambio en esas políticas y de los efectos de tales cambios. Para IASB está claro que la necesidad de comparabilidad no se debe confundir con la sola uniformidad y no se debe permitir que se convierta en un impedimento para la introducción de estándares de contabilidad mejorados”3.

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MANTILLA B., Samuel Alberto. Estándares/normas Internacionales Información Financiera IFRS(NIIF). página 238

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