Ley de Fomento Artesanal

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Junta Nacional de Defensa del Artesano

b) Llevar un libro de registro de las solicitudes presentadas, de su aceptación o rechazo y de los Acuerdos Interministeriales de concesión de beneficios; c) Llevar un registro de maquinarias, equipos auxiliares, accesorios, repuestos y materia prima importados con exenciones tributarias, con los datos necesarios para su identificación y verificar su existencia, uso y funcionamiento; d) Constatar las inversiones y reinversiones en activos fijos; e) Comprobar el cumplimiento de los plazos y de las condiciones determinadas en dichos Acuerdos Interministeriales; f) Controlar el monto de la producción artesanal para determinar el valor de la materia prima importada con liberación de derechos e incorporada en los artículos exportados, y g) Las demás establecidas en la Ley y en los reglamentos. Para la constancia de los controles y comprobaciones realizadas, se levantarán las actas correspondientes. Art. 17.- Los beneficiarios que no cumplieren con las obligaciones previstas en esta Ley, en los reglamentos o en los acuerdos, serán sancionados con: a) Multa; b) Suspensión temporal de los beneficios de que gocen, y c) Suspensión definitiva de dichos beneficios. De acuerdo con la gravedad de infracción la multa podrá acompañar a las sanciones establecidas en los literales b) y c) de este artículo. Art. 18.- La falta de cumplimiento en la entrega de las informaciónes periódicas u ocasionales solicitadas por el Ministerio de Industrias, Comercio, Integración y Pesca será sancionada con multa de hasta diez salarios mínimos vitales generales según la gravedad de la infracción. La reincidencia será sancionada con el doble de la multa impuesta anteriormente. Los actos de defraudación serán sancionados de conformidad con el Código Tributario, sin perjuicio de la suspensión temporal o definitiva de los beneficios concedidos. Art. 19.- Serán causas de suspensión temporal del goce de los beneficios: a) Impedir o dificultar las inspecciones o comprobaciones de los funcionarios de los Ministerios de Industrias, Comercio, Integración y Pesca y de Con la fuerza del trabajo Artesanos al Poder

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