Suplemento Letra 266

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seguían siendo ignoradas en el aspecto antes mencionado. La normalización religiosa en nuestro país todavía era, y es, una asignatura pendiente. Fue un solo pastor protestante, Francisco Manzanas, con el apoyo de la Iglesia Evangélica Española (una de las familias protestantes más antiguas en España), quien tomó la decisión de interponer una demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la Seguridad Social reclamando su pensión. Todo quedó en agua de borrajas. El pastor Manzanas decidió entonces reclamar al Tribunal Constitucional que, sin dilación, desestimó su caso. Un solo hombre contra el Estado español La Iglesia Evangélica Española al ver la indefensión en la que se encontraban sus pastores decidió demandar al Estado español ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) presentando el caso del pastor Francisco Manzanas. La primera satisfacción llegó cuando dicho tribunal decidió admitir a trámite la demanda. Pero lo que llenó de esperanza y satisfacción a la Iglesia Evangélica Española y a todo el mundo protestante fue cuando, el pasado 3 de abril, la Corte Europea de Derechos Humanos sentenció contra el Estado español por atentar, en el caso del pastor Manzanas y en el de todos los pastores protestantes, contra el artículo tercero de la Convención Europea de Derechos Humanos. Era un caso de clara discriminación por motivos religiosos el trato dado a los pastores protestantes frente al gozado por los sacerdotes católicos 22 años antes, ya que ambos grupos realizaban y realizan trabajos similares. Lo realmente

importante de todo el caso es que el TEDH ha dado la razón a Francisco Manzanas, y con él a todos los protestantes españoles. Ahora el Gobierno de España tiene tres meses para responder, de no hacerlo, o los jueces de TEDH consideren no procedente su argumentación, la sentencia será firme. Ahora la pelota está en el tejado del Gobierno español ¿responderá positivamente? ¿o demostrará una vez más su desinterés por el disfrute de los derechos que la Constitución Española reconoce a los protestantes como ciudadanos españoles? Y que nadie se preocupe de qué manera ello puede afectar la situación económica de nuestro país. El reconocimiento del legítimo derecho a que a los pastores protestantes se les reconozcan sus años de trabajo anteriores a 1999 son migajas económicas que en nada van afectar a los presupuestos Generales del Estado y, por lo tanto, a la economía de nuestro país. Como afirmó hace unos días Joel Cortés, presidente de la Comisión Permanente de la IEE, en un conocido diario catalán (Ara.cat), “esperamos que el gobierno español quiera sentarse a negociar esta discriminación histórica para no tener que acudir de nuevo a los tribunales”. Mientras tanto, los protestantes y las minorías religiosas en el Estado español seguiremos esperando el reconocimiento de los legítimos derechos que a nuestros ministros de culto, en justicia, les corresponden. No estamos pidiendo la luna, en absoluto. _________________________________________ JORNADAS PRESBITERIANAS (1872-2012) Mesa redonda: “Historia e historiografía del presbiterianismo”, 19 de mayo, 17 hrs., Iglesia Ammi-Shadday Participan: Hugo Daniel Sánchez E. y Penélope Ortega Aguilar

IGLESIA: ¿PUEBLO DE DIOS? Zwinglio M. Dias Tradicionalmente identificamos a la Iglesia institucionalizada como la depositaria de la herencia bíblica. Recordando la secular definición de los reformistas de que la Iglesia se encuentra allí donde el Evangelio es proclamado y los sacramentos correctamente administrados, hemos tomado la historia de la institución eclesiástica como la historia de la salvación. De este modo entendemos que los actos de Dios en la vida de los hombres, después del evento de Pentecostés, se llevan a cabo única y exclusivamente por la instrumentalidad del canal eclesiástico históricamente visible. Si observamos los rumbos tomados por la Iglesia a través de los tiempos, verificamos que no siempre su ser en el mundo coincidió con la voluntad de Dios, esto es, en muchas circunstancias históricas la Iglesia, de hecho, dejó de ser Iglesia, el verdadero instrumento de Dios para los hombres; esto aconteció cada vez que la comunidad histórica de la fe perdió su identidad peculiar, confundiéndose con los poderes de este mundo o se olvidó de la tarea de actualización de su mensaje para las nuevas circunstancias vividas por el hombre. Este hecho, con las consecuencias trágicas que nos permite inferir, presupone la pregunta: ¿quién es realmente el pueblo de Dios? O, formulada de otra manera: ¿puede la Iglesia institucionalizada, dividida y, muchas veces alienada de la dura realidad humana y vuelta hacia el cultivo de una espiritualidad etérea, irreal, ser llamada en todo tiempo el verdadero pueblo de Dios? […] el propio Jesucristo, previendo un futuro desgarramiento de la Iglesia que entonces estaba fundando: ya decía “Os digo que el Reino de Dios os será quitado y entregado a un pueblo que produzca los frutos correspondientes” (Mt 21.43). Así como lo que quedaba del pueblo de Israel en el tiempo de Cristo no era identificado por él como el pueblo de Dios genuino, a causa de su infidelidad y fariseísmo, no podemos hoy creer que, por el simple hecho de sustentar una determinada tradición eclesiástica o un tipo particular de experiencias religiosas, cualquier asociación religiosa sea, solamente por eso, expresión verdadera del pueblo de Dios. Por otra parte, Jesús dejó bien claro cuál sería el camino a recorrer por el pueblo de Dios: “De cierto os digo que no hay ninguno que haya dejado casa,


o hermanos, o hermanas, o padre, o madre, o mujer, o hijos, o tierras, por causa de mí y del evangelio, que no reciba cien veces más ahora en este tiempo; casas, hermanos, hermanas, madres, hijos, y tierras, con persecuciones; y en el siglo venidero la vida eterna” (Mr 10.29-30). “Dijo entonces Jesús a los judíos que habían creído en él: Si vosotros permaneciereis en mi palabra, seréis verdaderamente mis discípulos; y conoceréis la verdad, y la verdad os hará libres” (Jn 8.3132). […] Estos y otros textos nos permiten inferir que el pueblo de Dios es aquel que nace de la palabra de Jesús, del “Verbo que se hizo carne y habitó entre nosotros” y que por eso lleva a la práctica la voluntad de Dios en el tiempo de su vida. O sea, aquél que está abierto para oír la Palabra de Dios en su vida presente y para realizarla en los múltiples aspectos que encierran su existencia. El pasado para estos no es repetido mecánicamente, sino tomado como fuente de inspiración para el presente y el futuro. La Biblia es leída y estudiada por ese pueblo que procura interpretarla de acuerdo con su experiencia presente, tratando de comprender sus promesas en el contexto de las nuevas realidades que debe vivir. La comunidad humana que así se comporta puede ser llamada con propiedad “pueblo de Dios”. Pues no está haciendo otra cosa que aquello que Jesús se propuso hacer y, de hecho, concretó en su tiempo. A diferencia de los fariseos procuró ver la situación humana de sus días con los lentes de Dios y no con los gastados cristales de la religión oficial y anunció de forma escandalosa y atrevida lo que significaba el mensaje de Dios para la humanidad. Por otro lado, forman parte del pueblo de Dios todos aquellos que fueron liberados por la palabra salvadora de Jesús: “Si el Hijo os libera, seréis verdaderamente libres” (Jn 8.36). Esa libertad que Jesús no sólo proclamó sino también encarnó —pues jamás hubo hombre más libre que él— es aquella que permite la plenitud de la realización humana. En el comienzo de su ministerio, haciendo eco a las palabras del profeta Isaías, las repite en un contexto nuevo, reafirmando el carácter de su misión y también la naturaleza de la obra de Dios y su pueblo junto a todos los hombres: la redención de los hombres oprimidos por las injusticias generadas por el pecado, por el apartamiento de Dios (Lc 4.17-21). […] La obra de Dios es profundamente humana. Tiene que ver directamente con la redención del hombre de los males producidos por su impotencia ante la vida. Se realiza en función de las necesidades vitales de su existencia, inscribiéndose en los límites de su vivencia social y política, psicológica y espiritual porque es ahí donde se da la gran batalla entre los hombres, que puede ser tanto para el beneficio de todos como para la satisfacción de unos pocos a costa de la desgracia de muchos. Es precisamente en esta confrontación donde se distingue el pueblo de Dios. Éste no es identificado por su tradición religiosa sino por su trabajo al lado de Dios, en favor de los hombres. Recordemos a propósito, las palabras de Juan, el Bautista: “Haced, pues, frutos dignos de arrepentimiento, y no comencéis a decir dentro de vosotros mismos: Tenemos a Abraham por padre; porque os digo que Dios puede levantar hijos a Abraham aun de estas piedras” (Lc 3.8).

Forman parte de esta hueste de santos todos aquellos que se colocan al lado de Cristo en favor de la verdad y la justicia. Los que producen “frutos dignos de arrepentimiento”. Y todo aquél que lucha por la justicia de acuerdo con las Escrituras de Dios, aunque no posea ninguna tradición religiosa, es miembro del verdadero pueblo de Dios. Es uno de los hijos de Abraham que Dios hacía nacer de las piedras. Discusión sobre la Iglesia (desde América Latina). México, CUPSA; 1983, pp. 92-98. ___________________________________________________________________________

UN HOMBRE CONTRA EL ESTADO ESPAÑOL Ignacio Simal www.protestante.eu/un-hombre-contra-el-estado-espanol Son aproximadamente 70 pastores protestantes jubilados –en algunos casos sus viudas-, al día de hoy, a los que se les sigue cerrando el camino para acceder a una pensión de jubilación por parte del Estado español. Pensión, a la que sin duda, tienen derecho. ¿Cómo se ha llegado a esta situación? Todo es una rémora que arrastramos de nuestro reciente pasado. Durante la larga noche franquista a los ministros de culto de las iglesias no católicas se les impidió cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social, ya que el gobierno franquista nunca reconoció su estatus profesional. Una vez que la democracia se abrió paso en nuestro país, un horizonte esperanzador se abrió para las minorías religiosas. Sin embargo el primer golpe bajo que recibieron fue el texto de la Constitución española que se propuso a los ciudadanos, y que fue aprobado por una inmensa mayoría de los españoles, donde se mencionaba de forma explícita a la Iglesia Católica. A las minorías religiosas se las mencionaba en el cajón de sastre de “las otras confesiones”. La Iglesia “oficial” seguía teniendo un peso específico en el pensamiento de los padres constituyentes, los no católicos ninguno. El peso específico de la Iglesia “oficial” se hizo notar a continuación. A los sacerdotes católicos, a partir del año 1979, se les concedía el derecho a cobrar una pensión de jubilación computando para ella todos los años en los que ejercieron su ministerio eclesiástico. En ese año a los pastores protestantes ni siquiera se les permitía cotizar a la Seguridad Social como tales. Tuvieron que pasar 22 largos años (1999) hasta que a los ministros de culto evangélicos se les permitió afiliarse a la Seguridad Social como cualquier ciudadano español. Parecía que entrábamos en nueva etapa, pero no fue así. Los años trabajados con anterioridad a 1999 no computaban a la hora de obtener una pensión de jubilación. Eso dejó fuera del derecho a una pensión a 150 pastores evangélicos. Y a los que iniciaban su periplo como cotizantes a la caja de la Seguridad Social en aquel año o en los posteriores, se les dejaba en un lugar muy incómodo. Muchos de ellos cuando lleguen a la edad de jubilación no habrán cotizado el período necesario como para acceder a una digna pensión. De poco sirvieron las negociaciones de FEREDE con los diferentes gobiernos de España, ya fueran éstos “populares” o “socialistas”. Las minorías religiosas


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