Programa de gobierno de la Unidad Nacional

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MUD. Lineamientos para el Programa de Gobierno de Unidad Nacional. 23 de enero de 2012.

Pensiones Situación actual 892. Durante los últimos trece años, el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) ha logrado duplicar la cobertura del sistema de pensiones de vejez al pasar de 25 a casi 50 por ciento de la población en edad de retiro. 893. La incorporación de nuevos beneficiarios ha sido posible sólo a través a la transferencia masiva de recursos generados por la bonanza petrolera. Lo más preocupante, sin embargo, es que dicha incorporación no ha venido acompañada por medidas orientadas a garantizar la viabilidad financiera de un sistema que anuncia déficits crecientes en ausencia de reformas importantes. 894. Los parámetros de contribución y beneficios del sistema se hacen cada vez más insostenibles producto del proceso de envejecimiento acelerado de la población venezolana. La tasa de dependencia, entendida como el cociente entre la población en edad de trabajar y la población en edad de retiro, ha pasado de 29 en 1950, a 14 en el año 2000 y se prevé que para el año 2050 descienda a cuatro. Postergar la reforma no es una opción. 895. El número de contribuyentes activos como porcentaje de la población trabajadora es sumamente bajo y continúa descendiendo, producto de los altos niveles de informalidad y desempleo y de las altas tasas de evasión estimuladas por la ausencia de incentivos para cotizar. 896. Las debilidades institucionales del sistema de pensiones venezolano no han sido atendidas. El IVSS no cuenta con la autonomía ni la capacidad técnica para realizar estudios y proponer cambios paramétricos o de otro tipo, y no existe un ente rector que vele por la sostenibilidad financiera de los más de 400 regímenes especiales de pensiones y jubilaciones funcionando dentro del sector público venezolano. Ello ha traído como resultado un sistema sumamente atomizado y regresivo que ofrece beneficios financieramente inviables a unos pocos a través de regímenes especiales, y relativamente modestos a otros tantos a través del IVSS. Lineamientos de acción 897. Iniciar cuanto antes un levantamiento actuarial de los fondos de pensiones y jubilaciones dependientes del sector público, tal como está establecido en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS). En primer lugar, porque representan pasivos implícitos potencialmente importantes cuyo crecimiento debe ser detenido antes de que se conviertan en una pesadísima carga fiscal. En segundo lugar, por la necesaria racionalidad y consistencia que deben tener la estructura de beneficios de los empleados de la administración pública. Y en tercer lugar, porque abordar de manera efectiva los problemas de mayor importancia para la ciudadanía, tales como la educación, la salud y

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