Presentacion proyecto comunicacional 2016

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El proyecto comunicacional Hacia los medios de comunicaciรณn inclusivos y socialmente responsables


¿Quiénes somos?

Institución encargada de establecer normativa a favor de una comunicación incluyente

Desarrollamos mecanismos para mejorar la calidad y variedad de la información y garantizar el ejercicio de los derechos a la comunicación de la ciudadanía.

Somos el Consejo articulador del sistema de comunicación social.

Normativa Const. Art. 384 LOC Art. 46-1 Reg. Gen. LOC Art. 20


Función en el Sistema de Comunicación Social

• PREVENCIÓN

CORDICOM

• Normativa • Política pública • Mecanismos

• REPARACIÓN

SUPERCOM

• Controla • Audita • Sanciona

• MEDIACIÓN

SOCIEDAD

• Inclusión progresiva de actores públicos, privados y ciudadanía

Normativa Const. Art. 384 LOC Art. 45-47-55 Reg. Gen. LOC Art. 20


Espectro radioeléctrico El espectro radioeléctrico es un bien de dominio público del Estado, inalienable, imprescriptible e inembargable.

La administración para el uso y aprovechamiento de este recurso lo hará el Estado a través de la autoridad de telecomunicaciones.

Distribución equitativa de frecuencias

Comunitarios 34%

Públicos 33%

Privados 33%

En ningún caso la administración del espectro implica actividades de control sobre los contenidos de los medios.

Normativa Públicos

Privados

Comunitarios Const. Art. 261-313408 LOC Art. 105-106-111


Frecuencias Concursables El artículo 17 de la Constitución indica que el Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación “a través de métodos transparentes y en igualdad de condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias”. Tipo de Medio

Frecuencias

Frecuencias exclusivas para medios comunitarios

Radio FM

846

131

Radio AM

478

30

TV

148

45

TOTAL

1472

206


Modalidades de Adjudicación Modalidades

Adjudicación directa

Medios Públicos

Medios Públicos Oficiales

Adjudicación por concurso

Medios Privados

Medios Comunitarios

Adjudicación para la operación de un canal local de los proveedores de un sistema de audio y video por suscripción (AVS).

Normativa Adjudicación de las frecuencias temporales que sean necesarias para la migración de televisión abierta analógica a digital terrestre.

Const. Art. 17 LOC Art. 108 -110


Términos básicos – Tipos de Medios Medio público Personas jurídicas de derecho público. Se crearán a través de decreto, ordenanza o resolución según corresponda a la naturaleza de la entidad pública que los crea. Pueden constituirse como empresas públicas al tenor de lo establecido en la Ley Orgánica de Empresas.

Medio público oficial Tiene como objetivo difundir la posición oficial de la entidad pública que los crea en relación a los asuntos de su competencia y los de interés general de la ciudadanía, cumpliendo con las responsabilidades comunes a todos los medios de comunicación.

Medios comunitarios Aquellos cuya propiedad, administración y dirección corresponden a colectivos u organizaciones sociales sin fines de lucro, a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades. Los medios de comunicación comunitarios tienen rentabilidad social.

Medios privados Personas naturales o jurídicas de derecho privado con o sin finalidad de lucro, cuyo objeto es la prestación de servicios públicos de comunicación con responsabilidad social.

Normativa Const. Art. 17 (2) LOC Art. 78 – 83 – 84 - 85


1. Proyecto comunicacional; 2. Plan de gestión y sostenibilidad. 3. Estudio técnico.

El Cordicom revisa el proyecto comunicacional de cada uno de ellos.

Paso 4

La Autoridad de Telecomunicaciones remitirá al Cordicom los expedientes de los 5 solicitantes mejor puntuados.

Paso 3

Presentar los requisitos a la Autoridad de Telecomunicaciones:

Paso 2

Paso 1

Proceso concurso de frecuencias (Privados – Comunitarios)

El Cordicom envía el informe vinculante a la Autoridad de Telecomunicaciones para proceder con la concesión.


Inhabilidades para concursar (Privados y Comunitarios)

1 2

• Quienes tengan relación de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquiera de los miembros del Cordicom y con la Autoridad de Telecomunicaciones. • Quienes estén asociados o tengan acciones o participaciones superiores al 6% del capital social en una empresa en la que también son socios cualquiera de los miembros del Cordicom o la Autoridad de Telecomunicaciones.

3

• Quienes personalmente se encuentren en mora o estén impedidos de contratar con instituciones, organismos y entidades del sector público.

4

• Quienes tengan acciones o participaciones de una empresa que se encuentre en mora o esté impedida de contratar con instituciones, organismos y entidades del sector público.

5

• Quienes personalmente o como accionistas de una empresa hayan sido concesionarios de una frecuencia de radio o televisión y se la haya revertido al Estado por las infracciones determinadas en la ley.

Normativa LOC Art. 111


Responsabilidades comunes de los medios de comunicación 1. Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad. 2. Desarrollar el sentido crítico de los ciudadanos y promover su participación en los asuntos de interés general. 3. Acatar y promover la obediencia a la Constitución, a las leyes y a las decisiones legítimas de las autoridades públicas. 4. Promover espacios de encuentro y diálogo para la resolución de conflictos de interés colectivo.

5. Contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad. 6. Servir de canal para denunciar el abuso o uso ilegítimo que los funcionarios estatales o personas particulares hagan de los poderes públicos y privados. 7. Impedir la difusión de publicidad engañosa, discriminatoria, sexista, racista o que atente contra los derechos humanos de las personas. 8. Promover el diálogo intercultural y las nociones de unidad y de igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales. 9. Promover la integración política, económica y cultural de los ciudadanos, pueblos y colectivos humanos. 10. Propender a la educomunicación.

Normativa LOC Art. 71 - 80


Proyecto Comunicacional El proyecto comunicacional es una herramienta de diálogo social, mediante la cual los medios de comunicación, para obtener la concesión de una frecuencia, ofertan una programación a sus audiencias y el Estado.

Es un requisito para el concurso de frecuencias que se constituye en documento público mediante el cual el medio se compromete con la comunidad a brindar comunicación ajustada a los principios del Buen Vivir.

Su finalidad es informar, formar, educar o entretener a la ciudadanía, con ética y responsabilidad, en el marco de la Ley Orgánica de Comunicación, el respeto a la libertad de expresión y la garantía de los derechos a la comunicación e información

Normativa LOC Art. 49 (8) - 110 (1)


Obligaciones de cumplimiento de Ley Derecho a la comunicación intercultural y plurinacional

Art. 36

Todos los medios de comunicación tienen el deber de difundir contenidos que expresen y reflejen la cosmovisión, cultura, tradiciones, conocimientos y saberes de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, por un espacio de 5% de su programación diaria.

Derecho al acceso de las personas con discapacidad

Art. 37

Los medios de comunicación social, las instituciones públicas y privadas del sistema de comunicación social y la sociedad desarrollarán progresivamente, entre otras, las siguientes medidas: traducción con subtítulos, lenguaje de señas y sistema braille.

Espacio para la producción audiovisual nacional

Art. 97

Los medios de comunicación audiovisual, cuya señal es de origen nacional, destinarán de manera progresiva, al menos el 60% de su programación diaria en el horario apto para todo público, a la difusión de contenidos de producción nacional. Este contenido de origen nacional deberá incluir al menos un 10% de producción nacional independiente.

Difusión de los contenidos musicales

Art. 103

La música producida, compuesta o ejecutada en Ecuador deberá representar al menos el 50% de los contenidos musicales emitidos en todos sus horarios, con el pago de los derechos de autor conforme se establece en la ley. Están exentas de la obligación las estaciones de carácter temático o especializado.

Además de todas las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento General.


¿Qué información debe contemplar el Proyecto Comunicacional? 1. DATOS DEL MEDIO      

Clasificación de medio (radio o televisión). Tipo de medio (público, público oficial, privado o comunitario). Carácter del medio (nacional o demás medios: regional o local). Nombre Legal y nombre comercial del medio. Datos del representante legal del medio. Datos del administrador del medio.

2. LUGAR DE INSTALACIÓN      

Provincia. Cantón. Parroquia. Dirección de la matriz del medio. Cobertura: Declaración de los espacios territoriales a los que el medio llega con su señal. Audiencias (Art. 65 LOC)

3. RAZÓN DE SER DEL MEDIO (Parámetro de Libre Caracterización)     

Audiencia Objetivo Misión Visión Objetivos (general y específicos). Impacto social positivo que proyecta generar.

El formato CORDICOM es el único que servirá para la presentación de los trámites a ARCOTEL


Parámetros de evaluación del Proyecto Comunicacional 1

• Promoción de Derechos

2

• Parámetro de Participación

3

• Parámetro de Diálogo

4

• Libre Caracterización del Medio

Programas

Microprogramas

Cápsulas

• Conjunto de sonidos, imágenes o la combinación de ambos, que forman parte de una programación o un catálogo de ofertas, emitidas por un medio de comunicación social con la intención de informar, formar o entretener.

• Productos de radio y televisión de duración breve, de uno a cinco minutos, que mantienen una unidad argumental y continuidad temática. Pueden tratar cualquier tema o género y ser incluidos en diferentes momentos de la parrilla de programación.

• Productos de radio y televisión más compactos que los microprogramas, menores a un minuto, que mantienen una unidad argumental y continuidad temática y pueden ser insertados en las tandas de la programación, es decir intercalados entre autopromoción, publicidad, promociones u otros formatos.


1. Promoción de Derechos

Los medios de comunicación deberán incorporar contenidos (microprogramas, programas o cápsulas) que promuevan, promocionen y difundan

a. Derechos humanos o enfoques de igualdad, pluralidad, diversidad e inclusión

b. Derechos y protección de niñas, niños y adolescentes y jóvenes o grupos de atención prioritaria y que presenten su voz, opiniones, intereses y puntos de vista, incentiven su autoestima o promocionen su integridad y respeto a su identidad

El cumplimiento de este parámetro deberá contemplar un mínimo del 5% de tiempo aire de la programación general. El puntaje a obtener es hasta 40 puntos.


2. Parámetro de Participación

Los medios de comunicación deberán incorporar microprogramas, programas o cápsulas que promuevan:

a. El periodismo ciudadano, la comunicación pública, la participación e información comunitaria

b. Difundan contenidos de interés de la comunidad, que se enmarquen en contenidos formativos/educativos/cultur al, que garanticen la promoción de participación colectiva en temas sociales y culturales.

El cumplimiento de este parámetro deberá contemplar un mínimo del 5%de tiempo aire de la programación general. El puntaje a obtener es hasta 26 puntos.


2.1 Parámetro de Participación 1. Plan de capacitación dirigido a sus audiencias (Plan de capacitación externo) que promueva y establezca los mecanismos de relacionamiento y participación. 2 puntos • La elaboración de contenidos con la ciudadanía. • Estimule el conocimiento de la gestión de medios de comunicación social. • Permita el ejercicio de los derechos a la comunicación e información de las audiencias en el medio de comunicación social.

2. Plan de capacitación dirigido a periodistas, editores, productores y demás trabajadores de la comunicación, (Plan de capacitación interno). 2 puntos • Promueva los derechos humanos y los enfoques de igualdad.

Argumento Periodo de ejecución


3. Parámetro de Diálogo

Los medios de comunicación deberán incorporar microprogramas, programas o cápsulas que fomenten:

a. La interacción del medio con sus audiencias para el ejercicio de sus derechos a la comunicación e información. Además, que traten temas relacionados a la transparencia de la información pública, de manera que se posibilite la participación ciudadana en temas de interés general y la rendición de cuentas periódica de la gestión institucional

b. Promuevan el diálogo intercultural y la organización de los colectivos, organizaciones sociales, comunas, comunidades, pueblos o nacionalidades.

El cumplimiento de este parámetro deberá contemplar un mínimo del 5% de tiempo aire de la programación general. El puntaje a obtener es hasta 20 puntos.


4. Parámetro de Libre Caracterización Expresa los objetivos, la razón de ser del medio de comunicación y su orientación. El parámetro será valorado, en su conjunto, por el Pleno del Cordicom. El puntaje a obtener es de hasta 10 puntos. 1. Audiencia objetivo.

2. Misión del medio 3. Visión del medio.

4. Objetivos (general y específicos). 5. Impacto social que proyecta generar (promoción de derechos humanos y enfoques de igualdad)


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional El sistema mostrarรก el formulario donde se llena el Proyecto Comunicacional, el cual estarรก dividido en 5 mรณdulos: Datos del Medio, Planes de Capacitaciรณn, Cumplimiento de Ley, Propuesta de Programaciรณn y Resumen


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional Datos del medio DATOS DEL MEDIO Clasificación de medio (radio o televisión). Tipo de medio (público, público oficial, privado o comunitario). Carácter del medio (nacional o demás medios: regional o local). Nombre Legal y nombre comercial del medio. Datos del representante legal del medio. Datos del administrador del medio.

LUGAR DE INSTALACIÓN Provincia. Cantón. Parroquia. Dirección de la matriz del medio. Cobertura (declaración de los espacios territoriales a los que el medio llega con su señal). Audiencias (Art. 65 LOC).


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional Razón de ser del medio

Corresponde al Parámetro IV: Libre caracterización del medio e Impacto social. Este parámetro será valorado por el Pleno del CORDICOM, que verá la relevancia de los objetivos propuestos por el medio.


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional Plan de capacitación interno

Corresponden al Parámetro II: Participación El medio puede escoger una o varias de las temáticas propuestas. Además, señalar el número de ejecuciones que tendrán los planes por año. El cumplimiento otorga 2 puntos por cada Plan de Capacitación (externo e interno). Es decir, 4 puntos en total por ambos planes.


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional Plan de capacitaciรณn externo


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional Cumplimiento de Ley La informaciรณn que se presenta en este mรณdulo simboliza el compromiso que los medios tienen con la sociedad y el Estado para cumplir con las obligaciones de Ley. Este compromiso deberรก evidenciarse en los contenidos que el medio produzca para sus audiencias


Ingreso de la Propuesta de Programaciรณn


Ingreso de la Propuesta de Programación

Para que el medio postulante sea considerado para obtener la concesión de una frecuencia deberá alcanzar un mínimo de 70 puntos en la calificación.


Herramienta Virtual Proyecto Comunicacional FINALIZACIÓN DEL PROCESO


Metodología de Evaluación

Observación: Los 5 mejores puntuados se ponderarán a partir del 5% de cumplimiento obligatorio para determinar el puntaje a obtener según las referencias del cuadro.


Notificación

Una vez notificados, los solicitantes y el concesionario, en el término de tres días, podrán recurrir con la motivación correspondiente a la instancia del Cordicom en sede administrativa cuando consideren que se han afectado sus derechos. El Pleno del Cordicom resolverá el recurso en el término de hasta cinco días y su decisión causará estado.

Art. 11 del Reglamento de elaboración y expedición del informe vinculante contemplado en los artículos 49 numeral 8 y 110 numeral 1 e inciso final de la Ley Orgánica de Comunicación; y artículo 89 de su Reglamento General.


Rol de la ciudadanía Art. 38 LOC.

La ciudadanía tiene el derecho de organizarse para incidir en la gestión de los medios de comunicación. Art. 10 Reglamento Proyecto Comunicacional

En cualquier momento de la concesión, las personas naturales o jurídicas podrán, individual o colectivamente, denunciar el incumplimiento de los objetivos del proyecto comunicacional de un medio de comunicación social.

Compromiso del medio con la comunidad

Compromiso del medio con la comunidad

Concesión 15 años renovables a 30 años



Términos básicos – Clasificación de medios 

Radio temática o especializada.- Es aquella cuyo contenido de programación se centra en un tema o especialidad y no es musical en un 90%.

Radio Generalista.- Es aquella que difunde una variedad de géneros y de contenidos adaptados a las diferentes audiencias.

Radio Musical.- Es aquella cuya programación es musical en un 90%.

Canal de televisión.- Es una estación emisora de propiedad pública, privada o comunitaria, que brinda el servicio de comunicación audiovisual, y que comprende un conjunto de programas de televisión organizados dentro de un horario de programación que no puede ser alterado por el público.

Canal de televisión abierta nacional.- Es una estación emisora de señal abierta, de propiedad pública, privada o comunitaria, que cuenta con una programación organizada dentro de las franjas horarias, cuya cobertura alcanza el 30% o más de la población del país, de acuerdo al último censo nacional; o su sistema está conformado por una matriz y seis o más repetidoras en al menos dos regiones, de conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica de Comunicación;


1. Promoción de Derechos Promoción de Derechos Humanos Se considerará los contenidos comunicacionales que fomenten e informen a sus audiencias los derechos humanos que les asisten, especialmente los derechos económicos, sociales y culturales.

Promoción de Enfoques de Igualdad 1.

Equidad intergeneracional

2.

Equidad género

3.

Inclusión de personas con discapacidad

4.

Derecho de las personas en situación de movilidad

5.

Derechos de colectivos


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