TIPOS IMPOSITIVOS DE IVA TIPO IMPOSITIVO GENERAL 18% Se aplica en todas las operaciones que no estén exentas, excluidas o sujetas a los tipos reducido o superreducido, es decir:
Entregas y adquisiciones nacionales e intracomunitarias de bienes. Prestaciones de servicios. Importaciones.
TIPO SUPERREDUCIDO: 4% Se aplica en los siguientes casos: 1. EN LA COMPRAVENTA DE LOS SIGUIENTES PRODUCTOS:
A Alimentos básicos de primera necesidad: pan, las harinas panificables, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos y cereales.
Los libros, periódicos y revistas, excepto los dedicados fundamentalmente a publicidad y los elementos complementarios entregados conjuntamente, se incluye el material escolar, excepto los artículos y aparatos electrónicos.
Medicamentos de uso humano.
Coches y prótesis para minusválidos.
Las viviendas de protección oficial
2. PRESTACION DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
Los servicios de reparación de los vehículos para personas con movilidad reducida y de las sillas de ruedas y los servicios de adaptación de los autotaxis y autoturismo, los vehículos a motor que transporten habitualmente a personas con minusvalía en sillas de ruedas o con movilidad reducida.
Los arrendamientos con opción a compra de edificios destinados exclusivamente a viviendas de protección oficial.
Los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y de noche y atención residencial, siempre que no estén exentos y se presten en plazas concertadas en centros o residencias o mediante precios derivados de concurso administrativo adjudicados a las empresas prestadoras.
TIPO REDUCIDO: 8% Se aplica en los siguientes casos: 1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los siguientes bienes:
Alimentación en general, excepto bebidas alcohólicas y refrescos. Medicamentos para uso animal. Aguas para alimentación humana, animal o para riego.
Material médico, prótesis ortopédicas y gafas graduadas. Los edificios aptos para ser utilizados como viviendas, incluidos los garajes, con un máximo de dos, excepto las de protección oficial.
Productos agrarios, ganaderos y forestales (semillas, plantas, fertilizantes, pesticidas) destinados a actividades agrarias, excepto maquinaria y herramientas.
2. Las prestaciones de los servicios siguientes:
Transporte de viajeros y de sus equipajes por cualquier medio, excepto aéreo y marítimo, si tienen como destino y origen las Islas Baleares que tributan al 18%.
Servicios de hostelería, acampamento y balneario, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.
Los servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
La entrada a teatros, circos espectáculos taurinos, con excepción de corridas de toros, parques de atracciones y atracciones de ferias, conciertos, bibliotecas, museos, parques zoológicos, salas cinematográficas y exposiciones y manifestaciones similares.
Los servicios de práctica de deportes o educación física no exentos de Impuesto.
Las prestaciones de servicios de asistencia social que no estén exentas ni les de aplicación al tipo del 4%
Los servicios funerarios prestados por empresas funerarias y cementerios.
La asistencia sanitaria, dental y curas termales que no estén exentas. Los espectáculos deportivos de carácter aficionado. Las exposiciones y ferias de carácter aficionado. Los servicios de peluquería y complementarios. Los servicios de radiodifusión y televisión digital, excepto la explotación de las infraestructuras de transmisión y las comunicaciones electrónicas necesarias. Los arrendamientos con opción a compra de edificios o parte destinados exclusivamente a viviendas incluidos las plazas de garaje. Las ventas con instalación de armarios de cocina, baño y empotrados. Importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección y las entregas intracomunitarias de objetos de arte en determinadas condiciones.