Fj 177 junio 2018

Page 1

No 177 junio 2018

$60.00




Contenido JUNIO 2018

4 / CARTA EDITORIAL Voto 2018, un Nuevo México

6 / EDITORIAL Fuero vs Gobernabilidad

8 / FORO DE LECTOR

28 / Zonas Económicas Especiales:

Oportunidades para Campeche y Tabasco Lic. Jorge Alberto Amador

32 /Principales Retos para una

Mejor Educación en Derechos Humanos

Mtro. Manuel Jorge Carreón Perea

EN LA OPINIÓN

16 / La Formulación de la Imputación en el Sistema Penal Acusatorio y Declaración del Imputado Dr. Elías Polanco Braga

16

61

28

66

20 / Derechos Humanos y

Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Mtra. Ma. Elena Pacheco Velio Mejía

24 /México Cuenta con Nueva Ley de Propiedad Industrial

Lic. Héctor E. Delgado Pedroza

10

EN PORTADA REPORTAJE ESPECIAL

Tráfico y Donación de Órganos Con los comentarios de Monseñor Marcelo Sánchez Sorondo Canciller de la Pontificia Academia de las Ciencias Sociales

Dr. Rafael Reyes Acevedo Presidente de la Sociedad de Trasplantes de América Latina y del Caribe

2 | Foro Jurídico


36

Presunto Inocente

Segundo Aniversario del Sistema Penal Acusatorio

Rafael Heredia Rubio

Gerardo Laveaga Rendón

Edmundo Garrido Osorio

Luis Camilo Osorio Isaza

EN PORTADA

54 / ¿Qué se Votará el 1

0

de julio?

68 /MÁQUINA DEL TIEMPO Futbol, Elecciones y el Interés Superior del Menor

EVENTOS

Lic. Jesús A. Aquino Rubio

58 / INE con Fortaleza para Hacer Frente a la

70 /FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Elección 2018: Lorenzo Córdova Vianello

Se Solicita Youtuber

Lic. Jaime A. Díaz Limón

61 / Rosalinda Vélez Juárez, Nueva Magistrada Presidenta del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje

72 /ABOGADO DIGITAL

62 / La Facultad de Derecho de la UNAM Rinde

Lic. Luis Mario Lemus Rivero

Consideraciones Legales del Comercio Electrónico en México

Homenaje a Ricardo Franco Guzmán

64 / Día del Maestro en la Universidad Ius Semper

76 / CADALSO

SECCIONES

78 / LIBROS

66 / DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

80 / EL MARCO DEL PODER

La Nueva Competencia de los Jueces de Distrito para Resolver las Solicitudes de Réplica

Enfrentando Nuestro Destino

Marco V. Herrera

Lic. Martha Leticia Mercado Ramírez

Junio 2018  |  3


CARTA EDITORIAL Voto 2018, un Nuevo México

T

erminan las campañas electorales y el domingo primero de julio todos los mexicanos en edad de votar tendremos que tomar una de las decisiones más trascendentales en la historia moderna de México. Con el fin de apoyar a nuestros lectores en ese proceso, Foro Jurídico diseñó una sección especial titulada: ¿Qué se votará el 1o de julio?, que contiene toda la información sobre los diferentes puestos que estaremos eligiendo en esta elección de 2018.

En junio se cumple el segundo aniversario de la puesta en marcha del Sistema Penal Acusatorio en todo el territorio nacional, al respecto, nuestro artículo central de este mes presenta un balance de los logros y los grandes pendientes

Director General Dr. Elías Huerta Psihas Director Editorial Marco V. Herrera Directora Ejecutiva Lic. Janet Huerta Estefan Consejo Editorial Dr. Sergio García Ramírez Dr. Ricardo Franco Guzmán Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dr. Carlos Quintana Roldán Dra. Ruth Villanueva Castilleja Dr. Miguel Ángel Aguilar López Dr. David Vega Vera

en torno al tema. El análisis incluye las opiniones de los diferentes actores sociales que participan a diario en el funcionamiento del sistema: abogados litigantes, investigadores y Organizaciones de la Sociedad Civil; todos ellos nos ofrecen sus opiniones sobre la situación actual del Sistema Penal Acusatorio. Finalmente, además de los diferentes artículos de nuestros expertos, les traemos una entrevista con el Doctor Rafael Reyes Acevedo, Médico Cirujano y Presidente de la Sociedad de Trasplantes de América Latina y el Caribe, quien nos brinda su opinión sobre el tema de la donación de órganos y las controvertidas modificaciones a Ley General de Salud. Esperamos disfruten nuestra edición de este mes.

Editor Marco A. Ríos editorial@forojuridico.org.mx

Diseño Editorial Mónica Salazar Sánchez diseno@forojuridico.org.mx

Coordinación de Distribución Antonio Estevez Celestino

Fotografía Néstor Daniel Winchester Cabrera nwinchester@gmail.com Agencia Cuartoscuro

Foro Jurídico, tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la sep, número issn 1870–1183, transformado al número ean–13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título núm. 13058, expediente 1/432’05’/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Num. 10631, expediente 1–432 ‘05’–16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Platón 429, Colonia Palmitas, CDMX, Tel 84359950. Impresión: Servicios Profesionales de Impresión S.A. de C.V. Mimosas #31, Colonia Santa María Insurgentes, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06430,CDMX. Distribución: Platón 429, Colonia Palmitas. INTERMEX. Foro Jurídico No. 177, Junio 2018.

4 | Foro Jurídico


Junio 2018  |  5


EDITORIAL Fuero vs Gobernabilidad

L

a reciente aprobación fast track en la Cámara de Diputados de una reforma que pretende eliminar el fuero de los altos funcionarios gubernamentales, incluidos el Presidente, consejeros, senadores, diputados, gobernadores, ministros, magistrados y presidentes municipales, representa un acto demagógico e irresponsable, con tintes electoreros, cuya autoría asumen los candidatos de las principales fuerzas políticas para obtener votos. Como señaló acertadamente el reconocido jurista Diego Valadés, “se trata de una decisión precipitada que puede conducir a la ingobernabilidad”. En efecto, el fuero constitucional (o parlamentario) es una de las instituciones que históricamente han servido para la consolidación de los Estados democráticos contemporáneos, particularmente para construir una real división de poderes, con pesos y contrapesos. Surgió como una piedra angular del parlamentarismo moderno, a fin de propiciar gobernabilidad y evitar que los “caprichos del rey” afecten a los propios gobernantes de los otros poderes y que los ciudadanos sean víctimas de abusos de poder. Es decir, que el correcto uso del fuero abona a la estabilidad del Estado, evita enfrentamientos y que los funcionarios, durante su encargo, no se distraigan al enfrentar acusaciones de enemigos políticos o injustas persecuciones. El fuero es también indispensable para que los legisladores ejerzan su libertad de expresión y no sean perseguidos por sus ideas o por sus intervenciones en tribuna al criticar al gobierno, a los poderosos, a otros partidos o al oponerse a nombramientos de jueces y consejeros. Desde luego que la sociedad está cansada de funcionarios que se escudan en el fuero para delinquir y quedar impunes, por lo que es urgente revisarlo, acotarlo y replantearlo. Es más viable agilizar el trámite para retirarlo a quienes cometen conductas ilícitas bajo su protección, pero no desaparecerlo de un plumazo, sin mayor argumentación que la lucha contra la corrupción. Es preciso encontrar un “justo medio” que garantice la independencia de los parlamentarios, de los jueces, de los alcaldes, y que no sea un medio de impunidad en caso de que cometan delitos y puedan ser ágilmente separados de sus cargos y procesados. Tratar de eliminar el fuero es no entender la importancia de garantizar la independencia que deben tener legisladores y jueces, incluso el titular del Ejecutivo, frente a inconformes o fuerzas políticas opositoras. Imaginemos a un Presidente de la República sujeto a restricciones en su libertad, libre

6 | Foro Jurídico

tránsito o en su actuación, por órdenes de jueces locales, en lugares gobernados por la oposición. Si lo observamos en perspectiva, frente a los casi 6 mil servidores públicos federales, estatales y locales que permanentemente gozan de fuero, los nueve desafueros aplicados durante el siglo pasado y lo que va del presente resultan insignificantes. El primer desafuero se llevó a cabo en 1909 contra el diputado José López Portillo y Rojas (abuelo del exPresidente José López Portillo), quien perdió el fuero para ser procesado por fraude. Otros casos destacados son: en 1935, contra el senador Manuel Riva Palacio, por conspirar contra la presidencia de Lázaro Cárdenas; en 1983, contra el senador Jorge Díaz Serrano, ex Director de Pemex, por un fraude de 5 millones de pesos contra la paraestatal; en 2004 le tocó el turno a René Bejarano Martínez, entonces colaborador cercano de López Obrador, por la revelación de unos videos donde se le implica recibiendo dinero del empresario Carlos Ahumada; en 2005, el mismo amlo fue acusado de haber violado la suspensión de un juez federal; en 2010, al Diputado del prd, Julio César Godoy Toscano, se le eliminó el fuero porque se le demostraron vínculos con la organización criminal La Familia Michoacana; el último caso ocurrió en junio de, 2016, la implicada fue la diputada del pan de Sinaloa, Lucero Sánchez, la Chapo diputada, quien finalmente fue procesada por ingresar con documentos falsos al penal del Altiplano para visitar al famoso narcotraficante Joaquín el Chapo Guzmán. Afortunadamente, el Senado frenó la minuta que propone desaparecer el fuero y ahora será motivo de un amplio debate y de un análisis profundo, una vez que concluya el proceso electoral y se instale la próxima Legislatura en septiembre. Sin justificar a los funcionarios corruptos que, amparados en el fuero, se enriquecen y cometen actos ilícitos, y justificando el malestar y la desconfianza de la sociedad en la clase política, la solución no está en suprimirlo de manera generalizada, sino en adecuarlo, acotarlo y restringirlo. Sería peligroso eliminar el fuero a todos los funcionarios que hoy lo tienen, incluidos los del poder judicial, en el contexto de violencia, inseguridad e impunidad que propicia la expansión y fortalecimiento de las peligrosas bandas de la delincuencia organizada de todo tipo que operan en todo el país, lo que seguramente nos llevaría a niveles insospechados de ingobernabilidad y a un retroceso democrático.


Junio 2018  |  7


FORO DEL LECTOR IÓN

EN LA OPIN

El Cartel de la Toga Por Elías Huerta Psihas

te, todos

, Leonardo

yle Fayad

, Musa Besa

Moreno Silva

do Ricau Pinilla y Ricar

n.

en prisió

ebas ocer la pru lo eral dar a con alía Gen y lo luego de r” tra, la Fisc Algun s en su con tro de su “bunke cionario resa de de 50 Fun detuvo den ión, ante la sorp a, Más is Suprem sus segu a pris lucrado te ió de y Invo env Cor lica s y con la tendía ción reión púb cionario que pre General informa de 50 fun - la opin ticos, ya por el o toda la upción judi A la fecha, más obernadores, con abriend dores polí to presidencial misred de corr exg de la es de lativa a esta a como El Cartel jue- judiciales, algunos familiar ser candida servador. En esa en có lucray los cial conocid ndo la lista de ticos gresistas s han sido invo del Partido Conia también se colo los a ega ado lo; además o, y ma audienc de los acusados Toga, entr ados y de los polí ado magistr reescánda lo lucr Corte Sup habían pag i- dos en este s Gustavo Moren do el banquil ces invo tes de la crim istas que nar Lui y congres icios de la red o en exFiscal el abogado Leo ero expresiden serv laró núm por los su amigo, reno dec un buen detetavo Mo el senador Pinilla Gómez, s ha sido nal. Gus ino contra onsable más el maprimer térm y su mentor, de los resp detenciones que las te, aile Cor ción son Musa Bes residente de la nido. Las Faexp ado la aten . gistrado han llam r Musa Besayle o Ricaurte te de la senado Francisc ción del y la del expresiden Según informa yad Ricaute. o con la , o, por te Ricardo General De acuerd ada por Moren y las Cor rmó la Fiscalía s que proporcion ades de la dea info ione declarac nes de las autorid s investigacio esta una de las los expresiden en ente del taron a curso–, subsecu a dela la Corte fue la –aún en , de la Tog de aile tel la Fiscalía tes Bes Car 20 Musa inal del al menos red crim congresista itió haber heimplicados resolverse en estarían quien adm millonarios de dientes ancias os casos pen de El a, con gan fun- cho pag grantes Suprem Los la Corte a los inte Toga. dólares. la rias en lica dos millona jud icia les imp Cartel de ilegias cion ario información priv para al ma igos cua nto utilizaron o ard e- En aron a test Ric ben ipul o es que da y man gist rad el 20 de declaracion ”, asimismo, cambiar ntes Ricaute, bre de a sus “clie ción viciada a ficiaron sep tiem informa una aun para entregaron de comunicació o al- 2017, en , pública ios igos cia med test a los dien ibilidad restar cred ias. enc terar evid s en el caso

implicado os de los

son: Luis

Gustavo

Miguel Alberto Reyes: Extiendo una felicitación por la Editorial de mayo de Foro Jurídico, en donde se propone modificar el “modelo de cuotas partidistas con las que se eligen magistrados electorales y ministros de la Corte”; y por el artículo El cartel de la Toga, del Dr. Elías Huerta Psihas, en el que, ante la grave crisis de justicia, inseguridad, corrupción e impunidad, propone se cuestione a los candidatos a la Presidencia de la República acerca de si la sociedad mexicana (como la colombiana) está preparada para librar la batalla contra el cáncer de la corrupción político-judicial.

dico

Jurí 12 | Foro

Ma. de La Luz Saucedo Huerta: Me gustaría estar actualizada a diario y saber los aconteceres del mundo jurídico, ya que soy pasante en Derecho y tengo años trabajando para el gobierno del estado de Colima, pero en el área pericial realizando peritaje social, como trabajadora social que soy también. Ernesto González Bernal: Me parece un medio de comunicación muy respetable e interesante. Lilian Bahena Oropeza: Me interesa conocer los puntos de vista desde al ámbito de la tendencia de la gestión política, nuestro panorama real en nuestra entidad y los efectos socio-políticos que conllevan las acciones de nuestros personajes políticos. Diana Laura Ventura Benito: Desde mi perspectiva, creo que este foro es de suma importancia para la sociedad ya que nos permite sumergirnos en actividades políticas y así tener aspectos más claros sobre lo que las leyes de jurisprudencia establecen para el buen funcionamiento y transparencia del buen desarrollo. Mario Humberto Manzanilla Rodríguez: Agradecido de pertenecer a su espacio esperando aportar conocimientos en el área del derecho. Un saludo desde la ciudad de Campeche.

A Favor de la Democracia Participativa: INE-Coparmex Paola: Este tema es realmente importante, ya que la democracia es efectuada por los mismos ciudadanos, debido a que son ellos los que tienen la facilidad de elegir a sus representantes. Me parece una excelente propuesta porque será más fácil para ellos hacer notar sus necesidades y que los representantes estén enterados, para así dar una solución conveniente y solventar cada necesidad.

CONOCE MÁS

Necesaria una Resignificación de los Derechos Humanos Jasubi Merari Morales Najar: Los Derechos Humanos en México han alcanzado un punto relevante en el escenario jurídico nacional, ya que están plasmados en nuestra Constitución en su parte dogmática antes mejor conocidos como garantías individuales. Es de suma importancia que éstos tengan una rectificación, ya que a muchos de ellos en nuestro país no se le da la importancia que tienen y las consecuencias conlleva no respetarlos.

8 | Foro Jurídico

CONOCE MÁS


Seis Áreas de Especialización para el Abogado Digital Elsa:Hoy tenemos en cuenta que la tecnología ha apoyado de manera desmedida a las personas y hace la vida más práctica. Ayuda a adquirir nuevos conocimientos de manera aún más rápida, pero entonces ¿cómo es posible que muchas personas sean dañadas por este medio? Día con día son acosadas, existen muchos secuestros gracias a este medio y es claro que no se tiene privacidad.

CONOCE MÁS

Las Abogadas más Influyentes

No 174 $60.00

Javier Tapia: @JavierQ_Tapia. No bueno, si a esas vamos estimado Miguel, por fortuna aún hay editoriales serias y aquí una muestra para dejar clara la presencia de las mujeres en la vida jurídica.

marzo 2018

Miguel Pulido: @nomus77.- El machismo jurídico es cosa del pasado (Decían).

CONOCE MÁS

Análisis de la Nueva Reforma Laboral José Luis Morfín Cervantes: Respecto a la responsabilidad del tercero ajeno al juicio, creo que tal vez es para evitar las famosas “chicanadas” en lo que respecta al litigio. Evitar demandar por demandar, es decir, que un trabajador labore un mes y con eso inventar demandas con prestaciones que no son; o en otro contexto que el abogado postulante lo piense más al asesorar al cliente (patrón) para ganar tiempo y desgastar al trabajador y no pagar las prestaciones como lo marque la ley. Aquí algo bien interesante, y ahora cómo cobrarán sus honorarios. Por otro lado, me queda claro que con esta judicialización será un buen avance en temas de eliminar la corrupción tan grande que impedía avanzar con más agilidad los asuntos en las jca. Agradezco sus textos compartidos, sin duda enriquecen éste derecho tan interesante, el derecho laboral.

CONOCE MÁS

Envíanos tus Comentarios a:

contacto@forojuridico.org.mx o a nuestras redes sociales:

ForoJuridico

Foro Juridico Junio 2018  |  9


REPORTAJE ESPECIAL

Tráfico y Donación de Órganos Trata de Personas y Tráfico de Órganos son formas de esclavitud moderna que preocupan al Papa Francisco y que está interesado en combatir y erradicar: Monseñor Marcelo Sánchez Sorondo

Por Juan Balanzátegui Sánchez

D

urante una visita relámpago a nuestro país, el Canciller de la Pontificia Academia de las Ciencias Sociales del Vaticano, Monseñor Marcelo Sánchez Sorondo, participó con otros líderes religiosos y organizaciones de la sociedad civil en la firma de un pacto para combatir la trata de personas, la prostitución y el tráfico de órganos, consideradas como modernas formas de la esclavitud, comprometiéndose a crear juntos una agenda para que en el año 2020 sean erradicadas, afirmando que al Papa Francisco está interesado en combatirlas. Particularizando sobre el tráfico de órganos, comentó que sigue aumentando en el mundo y que existen 80 millones de personas migrantes en situación de gran vulnerabilidad para las mafias de tráfico de órganos, prostitución y esclavitud en el trabajo y que los representantes de la comunidad ortodoxa, judía y católica están empeñados en sumar esfuerzos y acciones para acabar, no solo con el tráfico de órganos, sino también con la trata de personas, el trabajo forzado y la prostitución, coincidiendo los líderes religiosos en que las actividades que no respeten la convicción fundamental de que “todas las personas son iguales, que tienen la misma libertad y la misma dignidad”, constituyen un delito grave contra la humanidad. Comentó el Canciller de la Pontificia Academia de las Ciencias Sociales que antes de viajar a la Ciudad de México, participó el 11 de mayo en San José de Costa Rica en un encuentro con la Ministra de Salud de ese país, Dra. Giselle Amador Muñoz, con el Ministro de Relaciones Exteriores Christian Guillermet Fernández, con la Presidenta de la Sociedad de Trasplantes de Estados Unidos, Dra. Nancy L. Ascher y con el representante de la Organización Mundial de la Salud (oms), Dr. Francis L. Delmonico, para abordar la problemática mundial del tráfico de órganos y los asuntos relacionados con los protocolos de donación de órga-

10 | Foro Jurídico


Memoria nos para trasplantes. A propósito de este encuentro sostuvieron una reunión con el mismo motivo con el Secretario de Salud de México, Dr. José Narro Robles, en la que se convocó a varios especialistas vinculados con los trasplantes de órganos, entre otros el Dr. Rafael Reyes Acevedo, Presidente de la Sociedad de Trasplantes de América Latina y del Caribe.

Prólogo:

Dr. Elías

Huerta P

sihas

Memoria de la Cumbre de Jueces sobre Trata de Personas

En el marco de las actividades que Sánchez Sorondo realizó en México, concedió una entrevista a Foro Jurídico para comentar la reciente publicación de la Memoria de la Cumbre de Jueces sobre Trata de Personas y Crimen Organizado, obra elaborada en forma conjunta por la Pontificia Academia de las Ciencias Sociales y la Universidad Ius Semper, contiene en idioma español los trabajos que presentaron más de 60 especialistas de 50 países de América, Europa, Asia y África que participaron en junio de 2016 en un encuentro sobre este tema se llevó a cabo en la Casina Pio iv en la Ciudad del Vaticano. El evento fue convocado e inaugurado por el Papa Francisco, para compartir experiencias y reflexiones en la defensa de la dignidad y libertad de hombres y mujeres, niñas y niños que han sido víctimas de alguna de las formas de esclavitud moderna como la trata y el tráfico de personas, la prostitución, el tráfico de órganos y los trabajos forzados. Afirma el Canciller de la Pontificia Academia de las Ciencias Sociales que el Papa Francisco ha manifestado su voluntad para que sean perseguidas y erradicadas todas estas nuevas formas de esclavitud y criminalidad organizada, y que durante la celebración de la Cumbre exhorto a los jueces y fiscales del mundo para que tomen conciencia de este desafío, invitando a los asistentes

PONTIFIC

IA ACAD

EMIA DE LAS

CIENCIAS

SOCIALES

Ciudad de

l Vaticano

Edición en

Español

Los jueces y fiscales del mundo deben tomar conciencia de este desafío y compartir experiencias y buenas prácticas para abrir nuevos caminos de justicia en beneficio de la dignidad humana, la libertad, la solidaridad y la paz: Papa Francisco

Gabriela Marino, Francis Delmonico, María Matamoros, Giselle Amador, Nancy Ascher y Marcelo Sánchez Sorondo

Junio 2018  |  11


es que después de Estados Unidos y Canada, el país que más sentencias condenatorias ha dictado contra la trata de personas es México y dentro de este país, las autoridades judiciales de la Ciudad de México. La importancia de este hecho radica en que este flagelo que afecta la libertad y la dignidad de seres humanos en todo el mundo, sin respetar edad, sexo, credo e ideología, se ha convertido en la tercera actividad ilícita mas lucrativa para las bandas de delincuencia organizada en todo el mundo, después del narcotráfico y del tráfico de armas y que de acuerdo con cifras del Departamento de Estado de los Estados Unidos, deja ganancias anuales de 150 mmd, y afecta a más de 20 millones de personas. Esperemos, señaló, que podamos continuar juntos, la Pontificia La trata de personas junto con el Academia y la Universidad Ius tráfico de órganos, son la tercera Semper de México en éste importante trabajo de difusión, que sin actividad ilícita más lucrativa duda representa un parteaguas para las bandas de delincuencia en los esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar éstas fororganizada en todo el mundo, mas modernas de la esclavitud, después del narcotráfico y del y que en breve publiquemos la Memoria de la Cumbre de Juezas tráfico de armas, con ganancias y Fiscales que tuvo lugar el paanuales de 150 MMD, que sado mes de noviembre de 2017, también en el Vaticano, en el que afectan a más de 20 millones tuvieron brillantes participaciode personas. nes las dos ministras mexicanas, Margarita Luna Ramos y Norma Lucía Piña Hernández, así como el próximo encuentro que en ésta materia estamos preparana compartir experiencias y buenas nunciado durante la inauguración do para finales de éste año, con practicas que abran nuevos cami- del evento y la declaración que en el propósito de dar continuidad nos de justicia en beneficio de la 10 puntos presenta las conclusiones a los esfuerzos de la comunidad dignidad humana, de la libertad, la del foro, que fueron suscritas por to- internacional, cumpliendo con solidaridad y la paz, y que en esta dos los participantes. los deseos del Papa Francisco, dirección. La importancia de este para combatir y erradicar lo que libro radica en poner a disposición M éx i c o Te r c e r Pa í s c o n el considera una de las principalos estudiosos y especialistas de ha- Sentencias Condenatorias en les llagas abiertas de la sociedad bla hispana una obra que contiene Delitos de Trata de Personas contemporánea. Finalmente fecasi 70 intervenciones de quienes licitó al Rector de la Ius Semper acudieron a la Cumbre de Jueces, Un dato importante que surgió Elías Huerta Psihas por éste exel mensaje del Papa Francisco pro- de la Cumbre, señaló el Obispo traordinario trabajo editorial. 12 | Foro Jurídico


El Dilema de la Donación de Órganos en México

DONACIÓN DE ÓRGANOS

EN PORTADA

EN MÉXICO

Detiene la Cámara de Diputados la polémica reforma a la Ley General de Salud, que autoriza la donación de órganos tácita, sin consentimiento alguno, en caso de fallecimiento. Por Marco A. Ríos Rico

L

a donación de órganos ha sido un tema sensible para la sociedad mexicana, sobre todo por dos situaciones preocupantes: la necesidad de una mayor cultura en la materia y el tráfico generado a su alrededor. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (oms), la escasez de órganos disponibles ha llevado a muchos países a elaborar procedimientos y sistemas destinados a aumentar la oferta, pero también estimulan el tráfico comercial, sobre todo de donantes vivos sin parentesco con los receptores.

tasas más bajas del mundo en cuanto a donación de órganos cadavéricos se refiere, llegando a 5 personas por millón por habitantes al año.

Para ahondar en este tema, entrevistamos al Médico Cirujano mexicano, Dr. Rafael Reyes Acevedo, Presidente de la Sociedad de Trasplantes de América Latina y del Caribe, para que nos diera su punto de vista sobre el tema.

Para explicar el escenario de la ley es importante señalar en qué consiste la donación y cuáles son las barreras. Mucha gente en México podría considerar poco creíble que no haya suficientes donadores cuando a diario fallecen muchas personas. Sin embargo, lo que poco se sabe es que sólo una pequeña proporción de quienes pierden la vida son en realidad candidatos; de acuerdo con el Dr. Reyes se estima que menos del 1% pueden ser elegibles para donación.

En América Latina, Cuba, por ejemplo, con todas las limitaciones de su sistema de salud tiene una tasa de alrededor de 15 donantes por millón, por año, Argentina alrededor de 13, similar a Colombia. España, refiere, tiene una tasa superior a 45 donantes; en Estados Unidos es de rededor de 26-27; esto nos indica que independientemente de la situación geográfica, económica o cultural, la productividad mexicana es A partir de ahí, la oms, emitió los Principios Rectores muy baja. Los trasplantes de órganos, refiere Reyes de la donación, con la finalidad de proporcionar un Acevedo, se hicieron factibles en la década de los 50s. marco ordenado, ético y aceptable en la materia. En Con el paso de los años se volvió una herramienta México se pretendió atender este llamado por parte de tratamiento destinadas en atender a un número del Poder Legislativo, para lo cual se propuso reformar creciente de personas con enfermedades crónico dela Ley General de Salud; la iniciativa, tiene como obje- generativas. tivo integrar en el marco legal, que la donación pueda contar con el supuesto del “consentimiento presunto”, Por lo anterior, la propuesta de reforma a la Ley con lo cual los órganos de cualquier persona fallecida General de Salud, considera el médico, es un inpuedan ser donados. tento para resolver el problema y al mismo tiempo, incrementar la tasa de donación de órganos. Con Con ello, se pretende fomentar la cultura de donación ella se propone adoptar un esquema en donde se de órganos, inhibir el tráfico ilegal de los mismos y asume que toda la población es donante a menos abatir el rezago en la materia al disminuir las listas que en vida haya manifestado su desacuerdo. En de espera para trasplantes. Y es que de acuerdo con general existen 2 esquemas para la donación de el Centro Nacional de Trasplantes existen más de 20 órganos, uno es el de consentimiento presunto, un mil personas en espera de un órgano, en su mayoría modelo existente en muchos países en Europa; el de riñón y córnea. Sin embargo, l a propuesta no fue segundo, es el utilizado en eu denominado conbien recibida en la sociedad, ni en el foro jurídico y sentimiento informado; es decir, no se asume nada médico, en donde de inmediato se alzaron las voces, hasta el momento de la muerte y es la familia quien lo que llevó a los diputados a detener la iniciativa. decide si es donante o no.

Al respecto, el Dr. Rafael Reyes Acevedo, refiere que la tasa de trasplante de órganos de donantes fallecido en México es un problema grave de salud. Sobre todo, porque nuestro país tiene una de las

Junio 2018  |  13


REPORTAJE ESPECIAL

un donante fallecido, pero el trabajo desde que se detecta, hasta que pueda convertirse en donador formal requiere de un proceso sumamente extenso y exhaustivo. Es necesario, detalla, reunir una gran cantidad de requisitos médicos y administrativos, como la demostración de la muerte encefálica. Además, muchos de los casos tienen implicaciones médico legales en donde se requiere la presencia del Ministerio Público para la determinación de la muerte.

pareciera que el Estado dispondrá de los órganos de la población, lo cual no ocurre bajo ninguna circunstancia. Siempre se requiere de la voluntad de la familia; una donación es un acto de generosidad. “La mayor parte de la población está a favor de que se ocupen sus órganos al momento de morir, pero no necesariamente para que se utilice como una estrategia o una herramienta para obligar a las familias a donar”. Tráfico de órganos

Rafael Reyes considera que hablar de tráfico de órganos –entendido como la obtención ilegal–, es un tema delicado. Es difícil, considera, que se de en México. Es un país en donde la clandestinidad de trasplantes es impensable por tratarse de un proceso medicamente complicado en No se pueden hacer cuentas ale- cuanto a infraestructura. “No es Aunque la ley gres de que, con una ley, advierte fácil que alguien obtenga los órel médico especialista, se incre- ganos y los trasplantes en forma hubiera modificado mentaría la donación. Este tema ilegal” el número de se dejó en claro en la Cámara de Diputados, en donde incluso el Hay riesgos de prácticas ilícidonantes, no Secretario de Salud, el Dr. José tas en trasplante que tiene que habría la capacidad Narro Robles, entendió que será ver con el acceso a las listas de difícil avanzar en la donación si espera, tal vez, advierte, podría logística ni no se mejora la infraestructura haber comercialización en los dohospitalaria. de las instituciones de salud. “Su- nantes vivos, pero son prácticas poniendo que la ley hubiera mo- que están prohibidas por la Ley dificado el número de donantes, General de Salud, supervisadas no habría la capacidad logística por cofepris, por la Secretaría ni hospitalaria para el manejo de de la Función Pública y el propio un número mayor de donantes.” Centro Nacional de Trasplantes. Esto tiene que ver, detalla, con Hay una supervisión cada vez el hecho que los donantes sólo El problema más grave que se vio mayor en cuanto a la actividad, pueden ser considerados cuando con la propuesta de reforma a la hay orden en la asignación y en tienen la condición denominada ley de Salud es que la población la obtención de los órganos. muerte encefálica –en donde una requiere de información. Es nepersona ha perdido la vida por cesario, advierte Rafael Reyes, Quien propuso la modificación a muerte cerebral, pero de manera una campaña para que la socie- la ley, comenta, tal vez lo hizo de artificial se mantiene la circulación dad sepa y entienda en qué con- buena fe al querer poner en prácde algunos órganos vitales–, la cual siste el modelo de consentimien- tica en México lo que se realiza en se encuentra desde el punto de vis- to presunto –habilitado a generar otros países. Lo que quizás faltó es ta jurídico, aceptada. un ambiente jurídicamente favo- haberse relacionado con la parte rable a la donación– o el modelo técnica y operativa del trasplante, Hay un número de órganos y teji- de consentimiento informado. de no resolverse la ley puede ser de dos que pueden ser utilizados de Como se comunicó la reforma, poca utilidad. Es importante advertir que en México el sistema de salud no ha profesionalizado la actividad del llamado Coordinador de Donación, persona encargada de este proceso que inicia desde la detección, hasta el término de la donación.

14 | Foro Jurídico


Junio 2018  |  15


EN LA OPINIÓN DE

La Formulación de la Imputación en el Sistema Penal Acusatorio y Declaración del Imputado Calificada de legal la detención del imputado por flagrancia o caso urgente, éste se mantendrá en la sala de audiencia; como secuencia de la audiencia inicial, el juez de control preguntará a las partes si tienen alguna petición, ellas pueden solicitar copia de los registros del evento (videos y grabaciones); en específico el Ministerio Público deberá solicitar continuar con la audiencia para que se le permita formular la imputación al imputable.

Dr. Elías Polanco Braga Profesor de Carrera Titular B, Definitivo y Profesor Definitivo por Concurso de Oposición en Derecho Procesal Penal en la UNAM. elías_polanco_braga@hotmail.com

L

a formulación de imputación es la continuación de la audiencia inicial, como audiencia específica, la que rige dentro del término constitucional de las 72 o 144 horas, si se solicitó su ampliación que comienza a computarse desde que el detenido se encuentra a disposición del juzgador, de acuerdo a lo señalado en el artículo 19 de la Constitución. En caso de no haber sido detenido, si el Ministerio Público (mp) cuenta con los elementos de prueba para formalizar la investigación judicial, deberá solicitar al juez de garantías que señale hora y fecha para que comparezca el indiciado; en caso de no atender el citatorio, el representante social solicitará la orden de presentación si la sanción del hecho delictivo es pecuniaria o alternativa; en caso de que se penalice con pena privativa de libertad, solicitará la orden de aprehensión.

El procedimiento para que se decrete esta última, consiste en la celebración de una audiencia privada en la que únicamente comparece el Ministerio Público. Ahí argumenta la petición de la orden de aprehensión al juzgador de control, quien podrá negarla o decretarla; en este último caso, será la policía la encargada de cumplimentar el mandamiento. Al ser aprehendido, el sujeto quedará a disposición del juez de control ordenadora, esta autoridad fijará día y hora para que el mp formule la imputación con la asistencia del defensor del imputado.

16 | Foro Jurídico


La audiencia de imputación es el acto procesal por medio del cual el mp, en audiencia pública, ante el juez de garantías y el defensor, comunica a una persona el delito que le atribuye. La trascendencia para éste último y su abogado es preparar su defensa de manera eficaz, contradiciéndola, refutándola, negándola, aclarándola, adicionándola, aceptándola o manteniéndose callado. A lo anotado se nos ilustra minuciosamente: “Para formular la imputación, el Juez de Control concederá el uso de la palabra al MP para que éste comunique detalladamente al imputado el hecho que se le atribuye, con todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo de comisión, en la medida conocida, incluyendo aquellas que fueren de importancia para su calificación jurídica, las disposiciones legales que resulten aplicables y los

antecedentes que la investigación hasta el momento de la declaración arroje en su contra”.1 De lo establecido, determinamos: La formulación de la imputación es un acto procesal unilateral del mp, por medio del cual se comunica verbal y detalladamente, y en audiencia pública, al imputable los cargos por la comisión o participación en el hecho que se investiga, precisando todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo; en presencia del juez de control y de su defensor, a fin de que conozca bien el hecho punible que se le atribuye y pueda comenzar a preparar su defensa, además de contestar al rendir su declaración y ofrecer medios probatorios para desvanecerla.

La dinámica de la audiencia de formulación de imputación es la siguiente: •

El mp debe cumplir con las siguientes formalidades y requisitos: •

• •

• •

La descripción del hecho, precisando con claridad las circunstancias de tiempo, fecha, lugar y modo como ocurrieron. La clasificación jurídica preliminar (robo, lesiones, fraude). La participación del imputable, si lo realizó con dolo o culpa, apoyándola con las reglas del Código Penal. Nombre del denunciante o querellante, salvo en los casos de delincuencia organizada o cuando se solicite reserva por la víctima al requerir protección. Ello con apoyo en la Constitución y la ley procesal. Grado de intervención del imputado (autor o partícipe). Formas de realización del hecho delictivo (tentativa o consumado).

Individualización (identificación) de los intervinientes (sólo si es el inicio de la audiencia preliminar), si hubo audiencia de control de detención, no es necesario. El juzgador explica al imputado que el mp le manifestará el hecho delictivo que le atribuye para que ponga atención y lo entienda. El mp le expresará el hecho delictivo y el fundamento legal. En el hecho delictivo explicará cómo ocurrió, además de las circunstancias de lugar, tiempo y ocasión, la calificación jurídica del delito, grado de participación, formas de participación y nombre del denunciante o querellante. El juez le concederá la voz a la defensa para que, de ser el caso, solicite la aclaración o precisión respecto a la imputación. El juzgador específicamente le solicitará al mp que desahogue la petición de la defensa. El juez le preguntará al imputado si entendió la imputación o requiere que se le explique nuevamente. En caso de haber entendido la imputación, el juez preguntará al imputado si desea declarar o guardar silencio; si decide declarar se procede a su práctica. El juzgador declara formulada la imputación al haber declarado el imputado o al manifestar que no es su deseo declarar.

Constantino Rivera, Camilo. Introducción al estudio sistemático del proceso penal acusatorio, 4ª ed. México, Magister, 2001, p. 83.

1

Junio 2018  |  17


EN LA OPINIÓN DE

La declaración judicial del imputado en la audiencia es una manifestación sobre los hechos punibles que se le atribuyen.

pueda contestar el cargo; el derecho que tiene para defenderse por sí mismo y para nombrar defensor, advirtiéndole que si no lo hiciere, el juez le nombrará un defensor público; además, se le harán saber las garantías que le otorga el artículo 20 constitucional en su apartado B. Declaración judicial del inculpado

Al declarar el juzgador formulada la imputación, se producen los siguientes efectos: • •

• • • • •

Se suspenderá el curso de la prescripción. Se tiene por ejercida la acción penal (artículo 211 del Código Nacional de Procedimientos Penales, penúltimo párrafo). El mp no podrá archivar temporal o definitivamente la investigación. Cesan los efectos de las providencias precautorias y surgen medidas cautelares. Las actuaciones subsecuentes deberán ser del conocimiento del defensor. La defensa puede practicar diligencias y pruebas con autorización del juez. Se definen los hechos objeto de la investigación judicial.

Antes de que declare el imputable durante la audiencia de imputación, el juzgador procederá de la siguiente manera: •

Se le hará saber que puede declarar o guardar silencio y, en su caso, esta conducta

Se encuentra reglamentada como un derecho de defensa en la Constitución y en la ley procesal nacional, que en su numeral 312 no le perjudicará; además, impone al juez preguntarle al imno existe la rebeldía en el putado si es su deseo contestar el procedimiento penal para cargo; en caso afirmativo, éste lo considerar por cierta la im- realizará rindiendo su declaración ante el juez y con la asesoría de su putación. • Que al aceptar los hechos ilí- defensor. citos imputados, dará lugar a realizar el procedimiento La declaración judicial del imabreviado con una rebaja de putado en la audiencia es una manifestación verbal, voluntapenalidad. • Que puede renunciar al tér- ria y formal ante la autoridad mino constitucional de las jurisdiccional, sobre los hechos 72 horas. Puede solicitar punibles que se le atribuyen haque se agote dicho término ber cometido o haber participado. o pedir la ampliación del Al contestar el cargo, el imputado mismo para ofrecer y des- los podrá admitir, negar, contradecir, aclarar, modificar o adicioahogar pruebas. nar, como mecanismos defensiVerificadas estas conductas, se le vos. Así, la declaración judicial se tomará la declaración preliminar, puede describir como: “un acto ésta es: la manifestación oral del procesal de carácter complejo, imputado ante la autoridad judi- destinado a garantizar el derecial encargada de realizar el pro- cho del imputado a ser oído frente ceso penal, quien está obligada a a la imputación que existe en su diligenciarlo después de la impu- contra, en un espacio que puede tación. Se practicará en un local ser fuente eventual de prueba de en el que el público pueda tener ‘cargo’ o de ‘descargo’ y que según libre acceso. Se le hará saber al las circunstancias concretas pueinculpado en este acto: el nombre de exteriorizarse como medio de del denunciante o querellante, el defensa o como medio de prueba, de los testigos que declaren en su sin perder su verdadera esencia”.2 contra, la naturaleza y causa de la acusación para que conozca bien el Esta declaración tiene caracteríshecho punible que se le atribuye y ticas propias y nos apoyamos en

Cfr. Polanco Braga, Elías. Nuevo diccionario del sistema procesal penal acusatorio. Juicio oral. 2ª ed. México, Porrúa, 2015, p. 93.

2

18 | Foro Jurídico


LEYES

el siguiente criterio,3 al que se le modifican ciertos aspectos: • •

• •

Es derecho del imputado manifestarse sobre los hechos delictivos o abstenerse. Se le harán saber sus derechos: contar con un abogado defensor, ser asistido por el abogado y, además, estar presente al rendir su declaración, no autoincriminarse, guardar silencio, respetarle su dignidad e integridad física o psíquica y tener acceso a la carpeta de investigación. Ser informado de las repercusiones que genera su declaración. Al imputado no se le debe presionar, coaccionar, amenazar, ni prometer beneficios para que declare.

• • •

Es voluntario, debe rendirla en forma espontánea. Se realiza ante el juez de control o ante el juez o tribunal de juicio oral. Se le debe conceder el tiempo que requiera para que la rinda sin que incurra en divagaciones o dilaciones maliciosas. Podrá ser interrogado por las partes, a lo que contestará o guardará silencio como un derecho constitucional de mantenerse callado. La declaración rendida o su abstención en la audiencia deberá de constar

en un acta mínima y en los registros de actuaciones. Rendida la declaración en la que se reconozcan los hechos imputados por el mp, se procede, previo acuerdo con el imputado, a substanciar el procedimiento abreviado. En el supuesto de la negativa, aclaración, modificación, adhesión, rectificación, etcétera, de los hechos imputados, se podrá resolver la situación jurídica del imputado, con un auto de no vinculación o de vinculación a proceso, o que se ofrezcan medios de prueba para atacar los datos de prueba del mp.

Fuente principal de consulta: Polanco Braga, Elías. Procedimiento penal nacional acusatorio y oral. 2ª ed. México, Porrúa, 2016.

Cfr. Benavente Chorres, Hesbert. La audiencia de control de la detención en el proceso penal acusatorio y oral. México, Flores Editor y Distribuidor, 2011, pp. 334-335.

3

Junio 2018  |  19


EN LA OPINIÓN DE

Derechos Humanos y Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias son medios que sirven para lograr un acuerdo reparatorio, solucionar el conflicto y/o reparar el daño. Resultan fundamentales para la operación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio y la protección de los Derechos Humanos.

Mtra. Ma. Elena Pacheco Velio Mejía Asesora en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en la PGR

Sistema de Justicia Penal Acusatorio

México atraviesa por la implementación de un sistema de justicia procesal penal. Antes de la reforma del 18 de junio de 2008, la sociedad en general entendía que la forma de resolver un problema de índole penal era que un tribunal dictara una sentencia condenatoria; sin embargo, debido a la saturación del sistema procesal, tanto la víctima como el imputado se enfrentaban a una dilación en la justicia. Era urgente un cambio en la procuración de justicia que proveyera de mecanismos alternativos para que, a través de estos, a las víctimas u ofendidos les fuera reparado el daño causado sin la necesidad de esperar una sentencia condenatoria. Los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (masc) además de poner fin al conflicto penal de manera pronta, también brinda una solución a la conflictiva penal para las partes a través de soluciones alternas establecidas en el artículo 184 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Ahora la ley, con el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, establece que existen soluciones alternas, como los acuerdos reparatorios para solucionar el conflicto penal, logrando resarcir el daño a la víctima, así como con el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el acuerdo reparatorio; para así una vez aprobados por la autoridad competente, extinguir la acción penal. Esto implica romper el paradigma de que sólo cuando el imputado está preso se procura justicia.

20 | Foro Jurídico


El modelo de justicia restaurativa nos permite aplicar un sistema penal encaminado a la reinserción social del victimario y de la víctima, otro gran cambio de paradigma nos aproxima a un derecho garantista propio de un verdadero estado democrático. Por eso, la justicia alternativa representa todo un reto tanto para la sociedad en general como para los abogados y autoridades competentes, porque nos obliga a conocer y aplicar los mecanismos de solución de controversias

en materia penal. Su finalidad es propiciar, por medio del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad.

Etapa Procesal en que Proceden los masc

Los acuerdos reparatorios procederán desde la presentación de la denuncia o querella hasta antes de decretarse el auto de apertura de juicio. En el caso de que se haya dictado el auto de vinculación a proceso y hasta antes de que sea dictado el auto de apertura a juiLos acuerdos reparatorios son cio, el Juez de control, a petición de aquellos celebrados entre la las partes, podrá suspender el províctima u ofendido y el imputa- ceso penal hasta por 30 días para do que, una vez aprobados por que las partes puedan concretar el el Ministerio Público (mp) o el acuerdo con el apoyo de la autoriJuez de control y cumplidos en dad competente especializada en sus términos, tienen como efecto la materia. la extinción de la acción penal. El artículo 187 del Código Nacional Aun cuando la ley establece que de Procedimientos Penales esta- en la etapa de investigación le coblece su procedencia: rresponde al representante social derivar el asunto al Órgano Espe• Delitos que se persiguen por cializado, mientras que en la etapa querella, por requisito equi- de investigación complementaria valente de parte ofendida o le corresponde hacerlo al Juez, en que admiten el perdón de la la operación algunos jueces desconocen el trámite y los requisitos víctima o el ofendido. para realizar la derivación al Órga• Delitos culposos. • Delitos patrimoniales come- no Especializado. tidos sin violencia sobre las Desde su primera intervención, el personas. mp o, en su caso, el Juez de control, Es importante considerar que podrán invitar a los interesados a el Código Nacional de Procedi- suscribir un acuerdo reparatorio, mientos Penales establece que: explicándoles sus efectos, siempre “No procederán los acuerdos repa- y cuando cumplan con los requisiratorios en los casos de que el im- tos de procedencia y oportunidad. putado haya celebrado anterior- El plazo para el cumplimiento de mente otros acuerdos por hechos las obligaciones suspenderá el tráque correspondan a los mismos mite del proceso y la prescripción delitos dolosos”. Esto es, para de- de la acción penal. Si el imputado rivar los asuntos al Órgano Espe- incumple sin justa causa las oblicializado, las autoridades compe- gaciones pactadas, la investigación tentes deberán verificar que no o el proceso, según corresponda, hayan firmado algún acuerdo continuará como si no se hubiera por los mismos delitos dolosos celebrado acuerdo alguno. antes de derivar el asunto. Tampoco procederán cuando se trate Los masc Coadyuvan en la de delitos de violencia familiar o Protección de los Derechos sus equivalentes en las entidades Humanos federativas, ni cuando el imputado haya incumplido previamente El Facilitador Penal Federal es el un acuerdo, salvo que haya sido personal certificado por el Órgano absuelto. Especializado, su función es propi-

Junio 2018  |  21


EN LA OPINIÓN DE

El modelo de justicia restaurativa nos permite aplicar un sistema penal encaminado a la reinserción social del victimario y de la víctima.

ticia. Ésta se puede ejercer con su aplicación mediante la suscripción de la firma de un acuerdo reparatorio a fin de reparar el daño, así como solucionar el conflicto penal.

Para salvaguardar los derechos de los intervinientes, la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias específica que tendrán los derechos siguientes:

Otra forma de garantizar los derechos de los intervinientes en la aplicación de los mecanismos alternativos, es que la autoridad competente, previo a la aprobación del Acuerdo, el Juez de control o el mp verifiquen que las obligaciones contraídas no resulten notoriamente desproporcionadas, en donde los intervinientes estuvieron en condiciones de igualdad para negociar y que no hayan actuado bajo condiciones de intimidación, amenaza o coacción.

1. Recibir la información necesaria en relación con los Mecanismos Alternativos y sus alcances; 2. Solicitar al titular del Órgano o al superior jerárquico del Facilitador la sustitución de este último, cuando exista conflicto de intereses o alguna otra causa justificada que obstaculice el normal desarrollo del Mecanismo Alternativo; 3. Recibir un servicio acorde con los principios y derechos previstos en esta Ley; 4. No ser objeto de presiones, intimidación, ventaja o coacción para someterse a un Mecanismo Alternativo; 5. Expresar libremente sus necesidades y pretensiones en el desarrollo de los Mecanismos Alternativos sin más límite que el derecho de terceros; 5. Dar por concluida su participación en el Mecanismo Alternativo en cualquier momento, cuando consideren que así conviene a sus intereses, siempre y cuando no hayan suscrito el Acuerdo; 6. Intervenir personalmente en todas las sesiones del Mecanismo Alternativo; 7. De ser procedente, solicitar al Órgano, a través del Facilitador, la intervención de auxiliares y expertos.

Cuando un acuerdo reparatorio sea aprobado por el representante social en la etapa de investigación inicial, las partes tendrán derecho a acudir ante el Juez de control, dentro de los cinco días siguientes, cuando se estime que el mecanismo alternativo de solución de controversias no se desarrolló conforme a las disposiciones previstas en la ley en la materia. Si el Juez determina como válidas las pretensiones, podrá declarar como no celebrado el acuerdo y, en su caso, aprobar la modificación acordada. En caso de no lograr un acuerdo, los intervinientes conservarán sus derechos para resolver la controversia mediante las acciones legales que procedan. Cuando se trate de comuLos masc se elevaron a rango nidades indígenas o personas que no Constitucional, el artículo 17 de la entiendan el idioma español, debeConstitución mexicana reconoce el rán ser asistidos durante las sesiones derecho humano de acceso a la jus- por un intérprete. ciar la comunicación entre los intervinientes en la aplicación de los masc. Ayuda a los intervinientes a concretar un acuerdo reparatorio, que se repare el daño, en su caso, y resolver el conflicto penal. Una vez que los intervinientes acuerdan sujetarse al masc, el Facilitador será el garante de respetar los derechos de los intervinientes; hará una presentación general y explicará brevemente el propósito de la sesión, el papel que él desempeñará, las reglas y los principios que rigen la sesión. Para lograr su éxito es muy importante respetar las reglas y los principios, y cumplir con las obligaciones adquiridas.

Conclusión

La justicia alternativa y sus mecanismos son una herramienta que protege y fortalece los Derechos

Principios rectores de los Mecanismos Alternativos • • • • •

Voluntariedad Información Confidencialidad Flexibilidad y simplicidad Imparcialidad, Equidad, Honestidad

22 | Foro Jurídico


sociedad en su conjunto. En este momento estamos en la fase de implementación, por lo que todavía hay mucho que avanzar; se podría decir que nos encontramos picando piedra para romper paradigmas en relación a cómo la ciudadanía Desde luego los masc no son figu- observa la impartición de justicia. ras mágicas de acabada perfección Es nuestra obligación impulsar el que con su sola presencia nos ayu- buen funcionamiento de los misLa voluntad de las partes es de- darán al fortalecimiento de la vida mos. En el camino, como en la vida terminante en la aplicación de jurídica penal mexicana, pero sí constitucional mexicana, deberán los masc para generar el diálogo, redundarán en el fortalecimiento de hacerse los cambios corresponesencial en la solución de un con- de los Derechos Humanos y brin- dientes según lo vaya aconsejando flicto. Su implementación propicia darán seguridad y bienestar a la la práctica jurídica penal.

Humanos de los intervinientes. Son medios para fomentar la cultura del diálogo, la paz, el respeto y la restauración de las relaciones tanto humanas como sociales. Surgen para atender y ayudar a las víctimas u ofendidos y a los imputados, a que voluntariamente asuman su responsabilidad.

la cultura de la justicia alternativa, en donde los intervinientes proponen solución al conflicto penal, reparan el daño, cuando sea el caso, y se procura una justicia pronta y expedita.

Junio 2018  |  23


EN LA OPINIÓN DE

México Cuenta con Nueva Ley de Propiedad Industrial La Propiedad Industrial en México ha experimentado reformas notables y un progreso sustancial durante los últimos años, lo cual mejora la competencia y alienta la inversión extranjera en nuestro país.

Lic. Héctor E. Delgado Pedroza Consultor-Abogado en Clarke, Modet & Co. México

E

n abril pasado los senadores aprobaron, con 75 votos a favor, un dictamen que reforma la Ley de Propiedad Industrial, para actualizar su contenido a la dinámica nacional e internacional. Con esto se podrán registrar marcas “no tradicionales”, estimular la competencia y atraer nuevos productos a nuestro país.

Así, se amplía el concepto de marca para que esta definición se entienda no sólo como todo signo visible, sino como “todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representación gráfica, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado”. Se incluyen a este ordenamiento las marcas sonoras y olfativas, así como la pluralidad de elementos operativos o de imagen, incluidos el tamaño, diseño, color, disposición de la forma, etiqueta, empaque o la decoración que, al combinarse, distingan productos o servicios en el mercado. El derecho a su uso exclusivo se obtendrá mediante su registro en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (impi). Además, la reforma también amplía la protección de las marcas colectivas e incorpora las de certificación como instrumentos para apoyar a pequeñas y medianas empresas, al permitirles potenciar su producto en el mercado y garantizar el origen geográfico, material, modo de fabricación u otras características comunes de bienes y servicios, de productos similares. Es evidente la urgencia de contar con un marco legal más actualizado y enfocado al rol comercial de Méxi-

24 | Foro Jurídico


co. La Propiedad Industrial (pi) en marcas no tradicionales. Se trata nuestro país ha experimentado re- de la figura en la cual los signos no formas notables y un progreso sus- ordinarios o perceptibles por otros tancial durante los últimos años sentidos adicionales a la vista, son con la armonización de nuestras susceptibles de protección para prácticas, así como el aumento de distinguir productos o servicios en la transparencia en nuestros pro- el mercado. Este tipo de marcas se cedimientos y el fortalecimiento en divide en dos tipos, visibles y no vila protección de los derechos de pi, sibles: lo cual mejora la competencia y, en consecuencia, alienta la inversión 1. Visibles: Colores, animaciones, extranjera en nuestro país. hologramas. La reforma, pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación, contempla la modificación de diversos artículos para ampliar los de conceptos de marca, marcas colectivas, así como incluir aquellos de certificación a efecto de dotar al particular con más herramientas de registro para la protección de productos o servicios. Uno de los temas que aborda la nueva Ley es el de las

Un color por sí solo no es susceptible de registro a menos que éste sea empleado para proteger productos o servicios muy específicos, como es el caso del pantone del color púrpura relacionado con la marca de chocolates Cadbury, en este caso dicho color lleva al público consumidor a indudablemente relacionar la marca con el producto.

En la regulación anglosajona las animaciones son perceptibles de protección siempre y cuando contengan un patrón de animación consistente en hasta cinco figuras, una descripción detallada y un espécimen en donde se muestre el patrón de animación (video, imágenes, etcétera) como se muestra en los siguientes casos:

este tipo son las llantas japonesas Sumitomo, cuya marca olfativa, producto del particular aroma que despiden, de igual manera lleva al público consumidor a relacionarla con los productos. Las marcas sonoras son aquellas no convencionales más comunes y susceptibles de protección. Éstas son capaces de distinguir productos o servicios a través de frecuencias de audio percibidas por el oído. Las marcas de certificación olfativas y sonoras a las que atiende la reforma, no se encuentran previstas de ninguna forma en la actual Ley. De ahí que su inclusión es muy importante porque el ámbito de protección se ampliará creando de esta manera nuevas y novedosas oportunidades de registro. Otros temas que se consideran necesarios en materia de Propiedad Industrial son: •

2. No visibles: olfativas, sonoras.

De acuerdo a los precedentes en las legislaciones de marcas en otros países, las marcas olfativas son aquellas que son capaces de otorgar distintividad adicional a los productos o servicios a través del olor de éstos, situaciones actualizables. El olor distintivo de las pelotas de tenis, ha sido el ejemplo por excelencia de un olor que indudablemente sólo puede relacionarse tanto con dicho producto como al deporte per se. Otro ejemplo de

Marcas colectivas: amplían la protección de las marcas colectivas. Con ello los sectores industrial, agrícola y comercial, contarán con mayores herramientas de propiedad industrial para su desarrollo productivo correspondiente, convirtiéndose en derechos comerciales competitivos generadores de empleos a través de su consolidación y permanencia en el mercado. Marcas de certificación: se incluye la figura de certificación, la cual se define como aquella cuyo objetivo es distinguir servicios y productos pero permite a las empresas o personas usar una marca más, además de su marca individual, a fin de garantizar al público consumidor que los productos o servicios de las marcas ya certificadas presentan características especiales.

Junio 2018  |  25


EN LA OPINIÓN DE

El legislador indicó qué letras y números aislados son susceptibles de registro, lo cual atenta directamente contra diversas disposiciones de la propia Ley de Propiedad Industrial.

Se incluye en la Ley la figura de la distintividad adquirida que, en virtud del criterio de la autoridad, las marcas que sean consideradas como descriptivas o carezcan de distintividad, podrán ser sujetas a registro como resultado de su uso en el comercio. En relación al procedimiento de oposición de marcas, se incluye un término de diez días para presentar alegatos. Se incluye la figura del trade dress o la imagen corporativa. Ésta se define como la pluralidad de elementos que, como consecuencia de su combinación, permite distinguir productos o servicios, representando una ventaja competitiva en virtud de la identificación generada.

La reforma en nuestro país alude a una importante actualización en materia de Propiedad Industrial, al grado de ser considerada la más importante que ha habido en la materia. A raíz de este hecho, los pendientes en atender se encuentran encaminados hacia una inclusión pacífica en la práctica jurídica, así como adiciones y modificaciones al Reglamento de la Ley, a efecto de dotar tanto a profesionales como a particulares de mayor certeza jurídica relativa a la obtención de

26 | Foro Jurídico

ros, elementos figurativos y combinaciones de colores, así como los signos holográficos”.

Como se observa, el legislador está indicando abiertamente qué letras y números aislados son susceptibles de registro, lo cual atenta directamente contra diversas disposiciones de la propia Ley y está sujeto a un sinfín de futuras controversias. Asimismo, se requiere establecer un periodo más adecuado para presentar la declaración o comprobación de uso de la marca; derechos de Propiedad Industrial. de tres años a cinco años (una vez De ahí que el papel del impi será cuando se cumplan los primeros el de emitir acuerdos y actualizar, cinco años de vigencia y otra vez mediante conferencias y foros, a cuando se solicite la renovación). todos los interesados en la materia sobre las implicaciones que las En estas épocas de desarrollo y enmiendas conllevarán, así como emprendimiento, el hecho de acfacilitar la transición de acuerdo a tualizar la Ley en México coloca al las diversas disposiciones modifi- país a la vanguardia con las demás legislaciones de la materia. Por si cadas de la Ley. fuera poco, permite a los empreEn la práctica de cualquier aboga- sarios y emprendedores tener disdo pueden llegar a ser preocupan- ponibles herramientas de registro tes, pues ningún cambio normativo adicionales que les ayudarán a pose adapta exactamente a la reali- sicionar su marca y, por ende, su dad jurídica de un país. En este negocio o empresa logrando una caso en particular, y de acuerdo a tendencia vanguardista en Méxila minuta aprobada por la Cáma- co y, como consecuencia, generanra de Senadores, existe un tema do mayor interés de inversión en relevante en el artículo 89, el cual nuestro país, así como fomentar la establece que: “Pueden constituir existencia de un número mayor de una marca los siguientes signos: I. profesionales que se arriesguen a Las denominaciones, letras, núme- emprender.

La Ley de la Propiedad Industrial Fue publicada y entró en vigor el día 27 de junio de 1991. Esta Ley sustituyó a la Ley de Invenciones y Marcas, misma que regulaba la materia de Propiedad Industrial en México desde 1976.


Foro jurídico obsequia a sus suscriptores 30 días de acceso sin costo a vLex

Para solicitar tu prueba envía un correo a avera@vlex.com o bien comunicate a los teléfonos (55) 4593 6035, (55) 1500 6975.

80 millones de documentos 120 jurisdicciones 13 idiomas

en:

Siguenos Junio 2018  |  27


EN LA OPINIÓN DE

Zonas Económicas Especiales:

Oportunidades para Campeche y Tabasco

Las zonas económicas especiales son regiones del país (área geográfica delimitada) que, por su situación geográfica y estratégica, cuentan con un alto potencial natural y logístico para convertirse en una región altamente productiva; con estas ventajas se aspira a superar la pobreza existente en aquellos lugares.

Lic. Jorge Alberto Amador Miembro Fundador del Colegio de Abogados Republicano @jorgealbertoama

E

28 | Foro Jurídico

$$$$$$$$$$$$$$$$$$$

”Derivado de ello, entre 1993 y 2014, las exportaciones nacionales crecieron 665%, de 51 mil 886 a 397 mil 129 millones de dólares, convirtiéndose México en el principal exportador de Latinoamérica. Las exportaciones

$$$$$$ $ $$$$$$$$$$$$$$$$$$ $

”El México moderno ha logrado posicionarse como una de las principales potencias exportadoras. Actualmente, el país es el décimo sexto exportador a nivel mundial y líder de América Latina, con un acceso a más de mil millones de consumidores y a un 60% del PIB mundial a través de una red de tratados de libre comercio y acuerdos comerciales con 45 países. Entre éstos, destaca el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que entró en vigor en 1994 y marcó un punto de inflexión no sólo para las exportaciones, sino para los flujos de inversión y desarrollo industrial del país.

$$$$$$$$$$$$$$$$ $$$$$$$$$$$$$$$$$$$

l 31 de mayo de 2016 se promulgó la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (zee), cuyo propósito es generar certidumbre y dar beneficios fiscales, laborales, un régimen aduanero especial, marco regulatorio ágil, una infraestructura de primer nivel, programas de apoyo (capital humano, financiamiento e innovación), así como estímulos y condiciones preferenciales, a los inversionistas. En su artículo “Las zonas económicas especiales. Una oportunidad de desarrollo incluyente”, Abraham Zamora Torres, principal impulsor de dichas Zonas y de la Ley, menciona que: “Hoy coexisten dos Méxicos: por un lado, uno moderno, con altas tasas de crecimiento, integrado a la economía global y muy competitivo, y, por otro, uno con menor nivel de desarrollo, altos niveles de marginación y pobreza, y donde predominan actividades de baja productividad.


manufactureras representan ya el 85% del total, creciendo a un ritmo medio anual de 10.5% desde la entrada en vigor del TLCAN (superior al ritmo de 8.5% de las petroleras). ”Por su parte, de 1999 a 2014 los flujos anuales de Inversión Extranjera Directa (IED) casi se duplicaron, al pasar de 13 mil 940 a 25 mil 140 millones de dólares.

$$$$$$$$$$$$$$$$

$$$$$$$$$$$$$$$$$$$

$$$$$$$$$$$$$$$$$$$

$$$$$$ $ $$$$$$$$$$$$$$$$$$ $

El México moderno ha logrado posicionarse como una de las principales potencias exportadoras, actualmente, el país es el décimo sexto exportador a nivel mundial y líder de América Latina.

$ $$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$$

”Esta apertura comercial y a la inversión ha propiciado un sólido desarrollo industrial en sectores como el automotriz, eléctrico-electrónico, aeroespacial y agroindustrial. En años recientes, México se ha posicionado como el sexto exportador más importante de vehículos en el mundo, el principal exportador de pantallas planas, el cuarto más importante de computadoras, el quinto de electrodomésticos y el octavo de celulares.

”Esta historia de éxito se ha concentrado en los estados del norte, por su cercanía geográfica a Estados Unidos, destino del 80% de las exportaciones del país, y en El Bajío, región ligada a estos estados y con acceso a otros mercados de tamaño relevante. ”Por su parte, el sur del país ha quedado al margen debido a diversas barreras estructurales que inhiben su potencial productivo y limitan su integración a la economía global: baja conectividad e infraestructura deficiente, bajos niveles de capital humano, un ambiente de negocios poco atractivo, falta de una masa crítica de empresas en sectores altamente productivos, escasa innovación y desarrollo tecnológico, acceso limitado al crédito, instituciones débiles, falta de seguridad y certidumbre jurídica, y un uso fragmentado de la tierra, entre otros elementos.” De la cita anterior es importante destacar las marcadas diferencias entre la región Norte y la región Sur de México, por lo que es importante impulsar la región Sur para una mayor justicia social. Las primeras declaratorias de zee son las de Puerto Lázaro Cárdenas, Coatzacoalcos, Veracruz y la de Puerto Chiapas. Posteriormente, se realizaron las declaratorias de Salina Cruz, Oaxaca y de Progreso, Yucatán, las cuales traerán beneficios a los Estados de Michoacán, Guerrero, Veracruz, Oaxaca, Chiapas y Yucatán, con inversiones comprometidas por más de 6 mil 200 millones de dólares. El 18 de abril del 2018 se promulgaron los decretos de Declaratoria de la Zona Económica Especial de Campeche y de Tabasco; fueron emitidos por el Titular del Ejecutivo Federal, previo dictamen favorable de la Comisión Intersecretarial de Zonas Económicas Especiales, dictamen aprobado el 14 de marzo del presente año. Con ellas, se pre-

Junio 2018  |  29


No todas las ZEE han sido exitosas, mucho depende de la existencia de apoyos a la innovación y transferencia tecnológica.

vé en Campeche una inversión de 4 mil millones de dólares y el asentamiento de 39 empresas nacionales e internacionales que generarán más de 50 mil empleos en las próximas tres décadas. En Tabasco se estima la creación de 20 mil empleos y una inversión inicial de mil 460 millones de dólares. Además, se destaca que la Banca de Desarrollo cuenta con 50 mil millones de pesos para financiamiento de las zee a través de la ventanilla única que se ha establecido.

modelo de desarrollo económico que se ha llevado a cabo en otras partes del mundo, y por primera vez en nuestra historia, decidimos adoptarlas para nuestro país […] Están siendo testigos auténticos de un cambio de paradigma y de una decisión de política pública bien relevante e importante para los próximos años […] Son zonas que por supuesto son especiales, no las puede tener toda entidad federativa, están diseñadas para donde más se necesitan y para impulsar la actividad productiva y la vocaEmitido el decreto, las entidades ción natural que tienen muchas de federativas y los municipios de- estas zonas y que tienen potencia”. berán suscribir un convenio de coordinación con la Secretaría Campeche, Potencial de de Hacienda, a través de la Auto- Crecimiento ridad Federal para el Desarrollo de las Zonas Económicas Espe- Campeche es el octavo estado con ciales y con la participación que mayor incidencia de pobreza excorresponda a otras dependencias trema. Esto a pesar de contar con y entidades federales. El objetivo áreas geográficas que destacan por será establecer acciones de ordena- su capacidad de desarrollo gracias miento territorial y desarrollo ur- a su ubicación estratégica para la bano, implementar mejoras regu- realización de actividades econólatorias como el establecimiento de micas más productivas, por lo cual una Ventanilla Única de trámites, tiene potencial en la agroindustria, promover el desarrollo integral de en la industria del plástico y del las personas y comunidades y su in- caucho. Como zee , tiene el objeclusión productiva, así como otras tivo de contribuir al abatimiento de acciones que coadyuven al buen la desigualdad y cerrar las brechas funcionamiento de la Zona y a po- de desarrollo a partir de acciones tenciar las derramas económicas y que promuevan el crecimiento económico sostenible y equilibrado del sociales en su Área de Influencia municipio ubicado en el Área de El Presidente de México, Enrique Influencia y que genere empleos y Peña Nieto, expresó en el acto de oportunidades productivas para su firma de los decretos: “Este es un población.

30 | Foro Jurídico

En el decreto se considera que el polígono ubicado en el municipio de Champotón, Campeche, es susceptible de integrarse con la infraestructura portuaria, aeroportuaria, carretera y ferroviaria. Con la posibilidad de consolidar un conglomerado industrial que permitirá detonar un cambio estructural en la región. Se prevé que los impactos sociales y ambientales sean con una visión de sustentabilidad y respeto al medio ambiente. Incidirá en el desarrollo de la población que se ubica actualmente en su Área de Influencia, en conjunto con las capacidades técnicas y laborales de los mexicanos que trabajen en instalaciones de última generación, que permitirá establecer procesos productivos y de servicios a la altura del contexto internacional. En ese sentido, la fuerza laboral es el principal factor para que esto sea posible, por tanto, con capacitación constante se logrará contar con una industria calificada en los más altos estándares técnicos y tecnológicos. La Ley Federal de zee reconoce la facultad del Ejecutivo Federal para establecer beneficios fiscales en materia de contribuciones que se consideren necesarios para impulsar su establecimiento y desarrollo. Se exenta a los Administradores Integrales del pago de derechos por el uso, goce o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Federación, a que se refiere el artículo 232 fracciones i y iii de la Ley Federal de Derechos, impulsando un marco regulatorio que agilice la apertura de empresas y la creación de infraestructura. Tabasco el Edén

En el caso de Tabasco se consideró que es la quinta entidad federativa con mayor incidencia de pobreza extrema de acuerdo con la información del Consejo Nacional de Evaluación


de la Política de Desarrollo Social. Sus áreas geográficas destacan su potencial de desarrollo debido a su ubicación estratégica para la realización de actividades económicas de mayor productividad. Se considera al municipio de Paraíso, sede del puerto de altura Dos Bocas, por lo que presenta una ubicación estratégica por su relevancia en el sector de hidrocarburos y brindar conectividad nacional e internacional. Sus sectores con potencial de desarrollo son: agroindustrial, industrias de bebidas, fabricación de productos de hule y caucho, así como maquinaria y equipo (fabricación para las industrias manufactureras, de equipo de aire acondicionado, calefacción, refrigeración industrial y comercial; para la industria metalmecánica y para la industria en general). La viabilidad del proyecto incluye aprobación de aspectos ambientales, de uso de suelo, susceptibles de establecimiento de empresas, con base en los criterios de cercanía e integración con la infraestructura portuaria, aeroportuaria, carreteras y ferroviaria; el entorno de usos industriales existentes o previos, la proximidad a asentamientos humanos de más de 50 mil habitantes que permitan la disponibilidad de mano de obra. A esto se suma el acceso disponible o potencial a fuentes de energía, agua, red de drenaje y tratamiento de aguas y residuos sólidos, entre otros. Si bien el recinto portuario de Dos Bocas moviliza principalmente carga de petróleo y derivados, también cuenta con infraestructura instalada para poder diversificarse hacia otras líneas de negocio. En el apartado ambiental de la Evaluación Estratégica sobre la situación de impacto social y ambiental, se obtuvo opinión favorable de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, considerándolo un proyecto ambientalmente

viable. Sin embargo, está sujeto a los requisitos y condiciones previstos en las disposiciones jurídicas aplicables en la materia, así como a la realización de las medidas de mitigación a realizarse para prevenir, reducir o compensar los impactos ambientales que, en su caso, podrían ocasionarse. En el mundo se tienen casos de éxito, por ejemplo, la región de Shenzhen, China, que en sólo 30 años logró un crecimiento del pib per cápita de más de 150 veces; asimismo, hay experiencias relevantes en Corea del Sur, Panamá, Irlanda y Marruecos. Evidentemente no todas las zee han sido exitosas, mucho depende de la existencia de apoyos a la innovación y transferencia tecnológica, acceso al crédito productivo, un desarrollo urbano sustentable, incentivos fiscales, un

régimen aduanero especial, capacitación permanente de los trabajadores, entre otras cosas. Por eso, el diseño de una zee debe ser bien planeada considerando todos los aspectos humanos, naturales, regionales, ambientales, tecnológicos, de comunicación, infraestructura y, sobre todo, con pleno respeto a nuestras leyes mexicanas. Es importante considerar que un desarrollo regional sustentable es fundamental para el crecimiento ordenado y funcional de una zee. De no hacerlo, se corre el riesgo de generar daños irreversibles a nuestras costas y medio ambiente por parte de las industrias que lleguen a invertir a la zona, lo que a futuro impactaría en el cuidado del planeta. Tener conciencia de este reto es relevante para nuestro país y para el mundo.

Junio 2018  |  31


EN LA OPINIÓN DE

Principales Retos para una Mejor Educación en Derechos Humanos El artículo tiene como propósito analizar la importancia que tiene la educación en Derechos Humanos en las sociedades democráticas y constitucionales, tomando en consideración su estrecha relación con la obligación estatal de promoverlos.

distintiva es el 10 de diciembre de 1948, día en el que fue aprobada la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Mtro. Manuel Jorge Carreón Perea Profesor-Investigador en la Universidad del Claustro de Sor Juana

D

e manera paulatina, los Derechos Humanos (dh)1 se han convertido en uno de los tópicos más importantes en la actualidad, debido a sus implicaciones y relación con otras esferas del mundo jurídico, por ejemplo el derecho penal y el procesal penal.

El actual desarrollo de los dh ha generado posiciones encontradas entre aquellas personas relacionadas con el mundo del derecho, ya sea desde el ámbito académico, profesional o institucional. Esta divergencia puede reducirse a las dos proposiciones que se presentan a continuación: •

Los derechos fundamentales son parte de una “moda” o un tema de actualidad cuyo interés ira disminuyendo gradualmente. • Lejos de constituirse como un tema actual, son el eje principal sobre el que se articulan los Estados Constitucionales de Derecho en la actualidad. En el primer supuesto, se puede hacer una concesión sobre la relativa y reciente aparición de los dh en la configuración actual y como parte de un interés de la comunidad internacional. En este caso, la fecha

Se hará uso indistinto de los términos “derechos humanos” y “derechos fundamentales”, al considerarse que su diferencia es formal y no conceptual.

1

32 | Foro Jurídico

En el caso de México, los dh fueron reconocidos en la Constitución a partir de la reforma constitucional del 10 de junio de 2011; de esa manera se superó la concepción histórica de que en México únicamente se protegían garantías acorde a lo plasmado por el Constituyente de 1917 o los derechos del hombre si nos remontamos al texto constitucional de 1857. El desarrollo y evolución constante y permanente de los dh es signo indistinto de que han pasado a incardinarse a los regímenes jurídicos actuales de la mayoría de los países occidentales y muchos de oriente.


divisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en Desde la reforma de 2011, el artí- forma global y de manera justa culo 1 constitucional contempla y equitativa, en pie de igualdad en su párrafo tercero, tres cuar- y dándoles a todos el mismo peso”, tetos de disposiciones jurídicas añadiéndose en el texto de la Ley de gran relevancia para la vida Fundamental el de progresividad. jurídica del país: principios, deberes y obligaciones estatales en En lo concerniente a los deberes materia de dh, mismos que se estatales en materia de derechos expondrán brevemente a conti- fundamentales, el numeral constitucional invocado recoge en su nuación. redacción lo siguiente: prevenir La reforma constitucional aludi- En el caso de los principios, el las violaciones de derechos huda dotó al Estado mexicano de un texto constitucional retoma en manos, en caso de materializarse marco regulador en materia de gran medida lo señalado en el corresponde investigarlas, sanderechos en el que se prevén es- numeral 5 de la Declaración y cionar a las y los responsables, así quemas de actuación para todas Programa de Acción de Viena como reparar el daño generado a las autoridades; destacando, sin de la Conferencia Mundial de las víctimas. Finalmente, se prelugar a dudas, las modificaciones a Derechos Humanos, en el que vén las siguientes obligaciones artículos tan importantes como lo se apunta: “Todos los derechos estatales: respetar, proteger, gason el 1, 3, 15, 89 y 102, entre otros, humanos son universales, in- rantizar y promover los derechos humanos, lo cual corre a cargo de todas las autoridades en el ámbito de su competencia, ya sea desde cualquiera de los Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) o atendiendo al nivel federal, estatal o municipal de gobierno.

Este panorama nos conduce al segundo punto relativo a su importancia en los Estados Constitucionales de Derecho. Resulta innegable que los derechos fundamentales actualmente son parte medular de las actuaciones estatales en los sistemas de gobierno en los que opera una división de poderes, cada uno de los cuales tiene como propósito distintivo asegurar, desde el ámbito de sus atribuciones, la garantía y protección de los dh.

que han consolidado una cultura de libertades y derechos humanos en nuestro país.

De tales obligaciones, la de promoción es la que resulta más llamativa ya que consiste en incentivar la realización de los dh y difundir su contenido y titularidad por parte de todas las personas. Se constituye como una obligación relacionada con la protección y efectividad de las mismas, tal como se aprecia en la redacción del artículo 2 de la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas, que a la letra dispone lo siguiente: •

Los estados tienen la responsabilidad primordial y el deber de proteger, promover y hacer efectivos todos

Junio 2018  |  33


EN LA OPINIÓN DE

los derechos humanos y las libertades fundamentales, entre otras cosas, adoptando las medidas necesarias para crear las condiciones sociales, económicas, políticas y de otra índole, así como las garantías jurídicas requeridas para que toda persona sometida a su jurisdicción individual o colectivamente, pueda disfrutar en la práctica de todos esos derechos y libertades.

fundir y promover la salvaguarda de la dignidad humana y los derechos que de ella se desprenden, teniendo el Estado un papel fundamental en tal labor.

a fortalecer e impulsar una cultura de libertades y respeto a los derechos de las personas es la educación en materia de derechos humanos, la cual no sólo consiste en brindar información mínima soBajo esta tesitura, un tipo de edu- bre tales derechos, sino que debe cación que se encuentra orientada estar enfocada en maximizar un

En este sentido, la obligación de promover permite difundir e impulsar el ejercicio de los dh a través de diversos canales comunicativos, tanto los tradicionales medios de comunicación masiva (radio, televisión, prensa escrita), como los presentados en el marco de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Una forma de promoción poco explorada consiste en la educación, misma que se esgrime también como un derecho y, por lo tanto, como una vía idónea para poder difundir los dh a través del ejercicio de uno de ellos. La educación es indispensable para “la conformación de una sociedad democrática, ya que permite el desarrollo pleno de los individuos, facilitando que éstos alcancen niveles óptimos y dignos de vida conforme a los intereses que consideren más convenientes a su propia vida” .2 Asimismo, posee una amplia protección en distintos instrumentos internacionales, motivo por el cual es posible afirmar que, dada la naturaleza teleológica de la educación, se convierte en uno de los principales medios para di-

Carreón Perea, Manuel Jorge. “Reflexión en torno al derecho humano a la educación”. En Derecho y Humanidades, núm. 21, p. 49.

2

34 | Foro Jurídico


Es preciso que las instancias oficiales tengan mayores puntos de encuentro con las Organizaciones de la Sociedad Civil en materia de formación y capacitación en DH.

esquema transversal de los contenidos que difunda y promueva, lo cual representa retos concretos. En la actualidad y en lo referente al contexto jurídico nacional, la educación en la materia atraviesa un período de transformación debido a diversos factores, entre los que destacan: •

Actualización de la legislación: las reformas estructurales que ha vivido el país en materias relacionadas con los dh (sistema penal, seguridad pública y combate a la corrupción) han propiciado un orden jurídico que requiere ser estudiado y analizado desde una perspectiva integral y transversal. Modernización de los medios de atención ciudadana: las nuevas tecnologías de la información y comunicación han propiciado que la relación entre los particulares y el Estado se modifique y se inscriba en una dinámica diferente a la tradicional atención al público, motivo por el cual se debe contar con una capacitación especializada a los servidores públicos

encargados de atender a la ciudadanía con el propósito de evitar afectaciones a sus derechos. Creación de instancias enfocadas a la protección de dh: durante años, las Comisiones de Derechos Humanos fueron las instancias encargadas de salvaguardarlos, lo cual se ha modificado con la existencia de otras instituciones que han surgido para atender la satisfacción y vigilancia de los multicitados derechos.

de servicio público es precisamente la capacitación. Sin embargo, la educación en dh debe mantenerse en constante actualización, seguir estándares internacionales novedosos, evitar formar parte de un único esquema general e impartirse en un lenguaje ágil y acorde a quien recibe la capacitación. En este sentido, es preciso que las instancias oficiales tengan mayores puntos de encuentro con las Organizaciones de la Sociedad Civil en materia de formación y capacitación, ya que pueden obtenerse resultados positivos al entablar un diálogo que permita atender temas fundamentales de la agenda política nacional. Debemos recordar que, en palabras de Sergio García Ramírez, “el desenvolvimiento de los derechos humanos no puede ser una tarea a pesar de los Estados, sino con los Estados” 3, razón por la cual se debe apostar por un trabajo conjunto.

Los motivos aludidos impactan todos los ámbitos y niveles de gobierno, por lo que se vuelve necesario generar estrategias de capacitación en derechos humanos que sean acordes a las necesidades sociales y jurídicas que vivimos día a día, sin dejar de lado que la profesionalización de las y los servidores públicos que integran las instituciones gubernamentales es, posiblemente, el principal reto al que Las anteriores se constituyen nos enfrentamos. como propuestas generales que pueden ayudar a maximizar la Lo anterior no supone negar la exis- educación en materia de dh, la tencia de profesionalización, por el cual es parte esencial para lograr contrario, uno de los rubros que una cultura de libertades y respemayor atención tiene en los progra- to mutuo, basado en la dignidad mas de trabajo de las instituciones humana.

García Ramírez, Sergio. La jurisdicción interamericana de derechos humanos. México, Corte Interamericana de Derechos Humanos-cdhdf, 2006, p. 294.

3

Junio 2018  |  35


Presunto Inocente

Presunto Inocente Segundo Aniversario del Sistema Penal Acusatorio

36 | Foro Jurídico


EN PORTADA

Por Lic. Juan Manuel Ramírez Ibarra | Lic. Marco V. Herrera

México se encuentra inmerso en un cambio de paradigma en el sistema de justicia desde hace dos años, cuando se puso en marcha la reforma en materia penal que trajo consigo al Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), hasta ahora desconocido por gran parte de los ciudadanos.

L

a reforma penal, como abreviadamente se le conoce, representa el cambio del sistema inquisitorio, propio de una época en la que se entendía al proceso penal como un sistema rígido, esencialmente escrito, con oralidad acotada y formalista, diseñado sólo para comprobar si existía o no un delito.

En ese sistema, en las más de las veces, el procesado sufría prisión preventiva, teniéndose que defender del caudal probatorio constante en la averiguación previa recabada por el Ministerio Púbico (mp) al que se le concedía valor probatorio pleno. El nsjp acusatorio adversarial es predominantemente oral y representa el avance a un sistema más transparente, abierto, dinámico, desformalizado, con mayor equilibrio entre las partes y comprometido con el debido proceso. Este nuevo sistema establece más derechos para las víctimas e imputados, además, ofrece salidas alternas para que algunos conflictos puedan solucionarse de manera pronta y sin tener que llegar al juicio oral, que es la fase final del proceso. Desde el 18 de junio del 2016, el nsjp se aplica para el 100% de los habitantes del país y para todos los delitos, lo que sin lugar a dudas representa un gran logro, de acuerdo con los implicados y especialistas consultados por Foro Jurídico. Aunque para su implementación se tomó un periodo de ocho años. El 18 de junio del 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto mediante el cual se reforman los artículos constitucionales 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones xxi y xxiii del artículo 73; la fracción vii del artículo 115; y la fracción xiii del apartado B del artículo 123. Esta reforma es la modificación estructural en materia penal más importante desde 1917. Desde la aplicación de la reforma se han tenido importantes avances, por ejemplo: la existencia de la inmediación total, representada por la presencia del juez, las partes y demás operadores en las audiencias, más

Junio 2018  |  37


Presunto Inocente

Actualmente se pueden encontrar importantes debilidades y deficiencias que han puesto en discusión la efectividad del Nuevo Sistema. derechos y mejor atención para las víctimas, resolución de casos mediante soluciones alternas o de suspensión del procedimiento a prueba; consecuentemente, menor número de casos que llegan a juicio, por lo que se atienden los de mayor impacto social y menor número de procesados recluidos en prisión preventiva durante el proceso.

tigación que impide su prosecución ante los órganos jurisdiccionales. También hay un déficit en sistemas informáticos, los existentes en muchos casos son incompatibles con los sistemas informáticos de otras entidades y corporaciones, lo que impide el flujo de información oportuna, sistemática y adecuada, amén de que los inadecuados procesos de reorganización institucional no garantizan la independencia No obstante, el sistema enfrenta operativa ni la coordinación de las grandes retos para lograr una ple- instituciones, el mp y la policía, lo na implementación que garantice que afecta seriamente las invessu correcta operación en el país. tigaciones y la integración de las carpetas de investigación. Actualmente se pueden encontrar importantes debilidades y defi- Pese a la existencia de salidas alterciencias que han puesto en dis- nas para la solución de conflictos cusión la efectividad del Nuevo que dejen satisfecha a la víctima u Sistema, como las que se presen- ofendido al ser resarcido del daño tan en materia de investigación sufrido, existe un rezago importande los hechos delictivos, área en te en la integración de carpetas de la que el proceso de capacitación investigación. a los agentes de la policía en el nuevo sistema penal se encuentra A casi 2 años de haberse instaurado muy rezagado, aunado a la reti- el nsjp, diversos actores políticos y cencia de dichos operadores para algunos funcionarios operadores su implementación. han aducido que el sistema parece ser una puerta giratoria, por la que Adicionalmente, existe deficiencia ingresan detenidos que finalmente en el registro de información, ésta son puestos en libertad. se exige demasiado formalizada, lo que conlleva complicaciones en su Por lo que se han pronunciado a fallenado no sólo por parte del pri- vor de aumentar el catálogo de demer respondiente, sino también por litos con prisión preventiva oficiosa, parte de la policía de investigación. reducir los derechos de los imputados, ampliar las facultades de la poA este inconveniente se suma la au- licía. Parece que lejos de proponer sencia de una verdadera conduc- mejoras, estas recomendaciones se ción de la investigación por parte dirigen a subsanar las deficiencias del agente del mp, lo que en mu- de la autoridad en la investigación chos casos resulta en la deficiente de los delitos y de su persecución integración de la carpeta de inves- en una carpeta de investigación co-

38 | Foro Jurídico

rrecta y legalmente integrada. Sin embargo, especialistas consideran en que esto sería un error ya que el Sistema aún no funciona a plenitud. Consecuentemente, es necesario dar la oportunidad al nuevo sistema para avanzar en su perfeccionamiento, por lo que es fundamental la calidad y el profesionalismo con que actúen sus operadores. Es indispensable que policías, peritos, agentes del Ministerio Público y los jueces de control, de enjuiciamiento y de ejecución de sanciones, tengan la capacitación permanente y adecuada para el ejercicio pleno y oportuno de sus atribuciones, y, de una manera destacada, que en todos los operadores exista una convicción del avance que representa el nuevo sistema, con apertura y disposición a las nuevas formas del mismo. Al respecto, se puede mencionar un ejemplo, en Chile hasta 10 años después de la entrada en vigor de la reforma a su sistema de justicia penal, las evaluaciones realizadas mostraron un cambio consolidado y sustancial en el mismo. Es innegable que la sustentabilidad del nsjp depende, en gran parte, de la erradicación de las deficiencias institucionales de las procuradurías y de las policías, instancias que no cuentan con las capacidades de investigación criminal necesarias para llevar a los delincuentes ante la justicia y por las fallas de coordinación entre ambas. Para su edición de junio, Foro Jurídico presenta la opinión de varios de los actores principales del Sistema Penal Acusatorio: magistrados, investigadores, litigantes y Organizaciones de la Sociedad Civil, quienes nos ofrecen sus puntos de vista sobre lo que falta para consolidar la operación de la justicia penal en México.


Junio 2018  |  39


Presunto Inocente

Eres inocente hasta que te demuestren lo contrario.

P

uede sonar a una frase trillada de alguna película estadounidense, en donde el acusado de un delito y su supuesta víctima se enfrentan en un juicio público. México intenta que este tipo de procesos sea una realidad en el sistema de justicia penal para garantizar el debido proceso y los derechos humanos de los implicados.

A diferencia del sistema anterior, el inquisitivo mixto, el cual partía del principio de presunción de culpabilidad, en el nuevo sistema toda persona es inocente hasta que no se declare su responsabilidad mediante un juicio oral en el que se le haya permitido defenderse. Es decir, todos somos inocentes hasta que se demuestre, en juicio y ante un juez, lo contrario. El nuevo sistema implica un cambio tan radical que, pese a que han pasado ocho años para su transición, los principales involucrados aún están inmersos en una curva de aprendizaje, ya que no sólo deben cambiar la forma en la que actúan, sino también su manera de pensar. Por lo que, de acuerdo con los especialistas consultados, su plena implementación aún tardará por lo menos una década. En opinión de María Novoa, coordinadora del Programa de Justicia de la organización México Evalúa, el nsjp: “Implica cambios y transformaciones que se han tenido que hacer en las instituciones que participan en el proceso, policías, ministerios públicos, jueces y la defensoría pública. Lo que hemos visto es que ha sido una implementación fallida en el sentido de que quedaron muchos pendientes y cambios estructurales”. Este nuevo sistema es clave para que la población recupere la confianza en las autoridades y para despresurizar el sistema penitenciario, ya que poco más del 40% de las personas recluidas no tiene una sentencia, gran parte de ellos han esperado años por un juicio y otra parte está presa por cometer un robo menor a 2 000 pesos. Lo anterior en un escenario en que el costo total de la inseguridad y el delito en hogares representó 229 100 millones de pesos, es decir, 1.1% del pib de México en el 2016, lo cual equivale a un promedio de 5 647 pesos por persona afectada por la inseguridad y el delito. En este contexto destaca que gran parte de los ciudadanos desconoce los cambios que trajo la Reforma Penal, por lo que para su pleno funcionamiento, también se requiere de la participación de la sociedad. Este nuevo modelo de justicia es conocido como sistema acusatorio adversarial. Acusatorio porque existen dos involucrados que intervienen en el juicio, uno que acusa y otro que se defiende. Adversarial porque tanto la acusación como la defensa se realiza mediante una confrontación de pruebas y argumentos de cada una de las partes que debe ser oída por la otra, comentada, negada o aclarada ante un juez.


EN PORTADA

Ventajas El nsjp fue diseñado para tener un desarrollo predominantemente oral, lo que representa el avance a una forma de hacer justicia de manera más transparente, dinámica y con mayor equilibrio entre las partes. Los participantes del proceso pueden exponer claramente ante el o los jueces del tribunal de juicio oral su teoría del caso, para lograr la condena o la absolución del imputado.

Los resultados han sido positivos desde el punto de vista de la celeridad, del conocimiento integral del conflicto, de la transparencia en el proceso y de la actuación ministerial. Edmundo Garrido osorio, Procurador General de pgjcdmx

“Si se aplica bien el nuevo sistema, los casos pueden llegar a término mucho más rápido. La gran ventaja es que víctima e imputado están en la misma posición y son tomados en cuenta de la misma manera”, dice Alejandra Gasca, coordinadora de atención a víctimas, monitoreo ciudadano en agencias del mp y salas de oralidad, de la organización México Unido Contra la Delincuencia. En el sistema inquisitorio la víctima tenía escasa o nula participación y generalmente quedaba al margen del proceso e impedida para obtener la reparación del daño. agiles, veraces y existe igualdad entre las partes. “Hay un público entendiéndose […] No sólo las puerEn tanto, el titular de la Procuraduría tas de los juzgados están abiertas General de Justicia de la Ciudad de a la gente, sino que el lenguaje que México (pgjcdmx), Edmundo Ga- utilicen los operadores del sistema rrido Osorio, opina: “Una vez que debe ser entendible y comprendido los casos llegan a la etapa final, ahí por cada uno de los asistentes”. se manifiesta con claridad la utilización de la oralidad, además, han Otra de las aportaciones del nsjp tenido resultados positivos desde el es la agilización de la solución de punto de vista de la celeridad, del los conflictos, para esto hay diverconocimiento integral del conflicto, sas posibilidades para que los inde la transparencia en el proceso y volucrados lleguen a un acuerdo A diferencia del sistema anterior, el de la actuación ministerial que ha antes de enfrentarse en un juicio, juicio se realiza mediante un deba- permitido obtener sentencias conde- esto siempre y cuando la ley lo permita y no se afecten los derechos te oral frente a un juez que en todo natorias”. de la víctima. Estas salidas alternas momento debe estar presente, y no como antes, cuando el proceso se En este sentido, para el fiscal ge- pueden darse para delitos menores, desarrollaba de manera escrita, lo neral de Morelos, Uriel Carmona mientras que para crímenes como que se prestaba a la opacidad. Todas Gándara, los juicios orales, son más violación y homicidio no aplican. Por su parte, Federico Carlos Soto, titular de la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la pgr (uisppa), considera que “se ha potenciado el debido proceso legal a partir del respeto de los derechos humanos de los imputados y las víctimas, quienes tienen mayor participación en el procedimiento. Se respeta con mayor claridad el principio de presunción de inocencia”.

las audiencias y juicio son orales y a la vista de quien quiera acudir.

Junio 2018  |  41


Presunto Inocente

el lenguaje que utilicen los operadores del sistema debe ser entendible y comprendido por cada uno de los asistentes. Uriel Carmona, fiscal general de Morelos. En el caso de las víctimas, el sistema busca fortalecer y ampliar sus derechos para que aporte pruebas y participe en el proceso; soliciten directamente la reparación del daño; impugnen ante un juez las resoluciones y omisiones del mp; soliciten al juez medidas de prevención para su protección y cuenten con un asesor jurídico gratuito, por mencionar algunos. En tanto, la publicación, en 2014, del Código Nacional de Procedimientos Penales (cnpp) uniformó los criterios para los procesos penales a nivel federal y estatal.

¿Cómo Funciona? El nsjp está basado en la oralidad, en la metodología de audiencias donde todas las partes tienen que estar presentes en una audiencia pública en la que se exponen los argumentos, lo cual da oportunidad, tanto a víctimas como imputados, de que el debido proceso y sus derechos sean garantizados.

co; y un tercero que resuelve, los jueces. Bajo este nuevo sistema un caso puede empezar de dos formas: con la presentación de la denuncia o con la detención del imputado en flagrancia, esto es, cuando se está cometiendo el delito, por lo que el policía se convierte en una pieza fundamental del sistema.

El caso termina hasta la audiencia de explicación de sentencia, Existen tres órganos que participan donde el juez determina si el imde manera directa: uno que inves- putado es inocente o responsable tiga, como la policía especializada; y el desarrollo se presenta en tres otro que acusa, el Ministerio Públi- etapas.

Las Tres Etapas Investigación. En esta primera fase el mp y la policía investigan si existe un delito y quién pudo haberlo cometido. Cuando cuenta con pruebas certeras, presenta cargos en una audiencia pública. El juez de control, con pruebas y datos, analiza la posibilidad de que el imputado esté relacionado, si es así, autoriza al mp para llevar el caso a juicio. Asimismo, el juez impone medidas cautelares al imputado para evitar situaciones que obstaculicen el proceso, dañen a la víctima o incluso eviten su fuga. intermedia o de Preparación del juicio oral. El mp presenta su acusación con las pruebas, además anexa una lista de testigos, peritos y expertos para que se presenten al juicio. En este parte, la víctima puede proponer pruebas que considere convenientes, en una audiencia se discutirá si se admiten como materia del juicio oral, decisión que recae en el juez de control.

42 | Foro Jurídico


EN PORTADA

Juicio oral. En esta etapa se desarrolla la audiencia pública, la cual es presidida por un tribunal de

enjuiciamiento, integrado por uno o tres jueces, que escuchará a las partes y valorará las pruebas para dictar sentencia, la cual será explicada verbalmente.

Cada fase es supervisada por un juez distinto. En la investigación, el juez de control revisa que ésta arroje realmente datos que indiquen la probable participación del imputado en el delito que se investiga, si es así, autorizará al mp a llevar a esa persona a juicio, para acusarle formalmente. En la etapa intermedia se desarrolla un debate ante el juez de control, en el cual el imputado y la víctima, a través de sus abogados o por ellos mismos, propondrán las pruebas que presentarán en el juicio, mientras que el juez de control decidirá cuáles se admitirán. La última fase, la del juicio oral, está integrada por uno o tres jueces según lo determine cada entidad federativa. Este Tribunal de Enjuiciamiento es la segunda figura del poder judicial que participa en cada juicio. El juez de juicio oral escuchará a las partes y valorará las pruebas que se desahogaron en los interrogatorios, después dictará la sentencia que determine la culpabilidad o inocencia del imputado, la cual será leída y explicada oralmente de una manera clara y precisa para el imputado y la víctima. En el caso de delitos menores, se podrán aplicar salidas alternas que permitirán encontrar solución al conflicto sin llegar a juicio, y que ayudarán a terminar el proceso en menor tiempo.

La Implementación A dos años de la puesta en marcha, autoridades y especialistas consultados coinciden en las ventajas que el nuevo sistema tiene para los ciudadanos, no obstante, a pesar del período de transición y los dos años que lleva en vigencia, su implementación enfrenta importantes deficiencias, las cuales han puesto en duda su efectividad. En particular, destacan las fallas en materia de investigación, el actuar de los policías, quienes ahora tienen un papel fundamental, así como la reticencia de los operadores para su debida implementación. “Debemos corregir las malas prácticas y deformaciones de la operación, haciendo evidente el daño que generan en un sistema diseñado para transparentar a los operadores y

evitar los actos de corrupción”, dice Soto, quien también indica que hay que alinear a las instituciones en la correcta operación del sistema acusatorio.

lo ajustado a la norma, suelta a la persona y ahí se dan varios vicios”.

A nivel de las procuradurías, fiscalías y mp, los expertos indican que no se han creado las capacidades Una de las principales fallas que de investigación criminal, por lo se han señalado radica en la poli- que muchos de los casos quedan cía, la cual juega un nuevo rol. El acumulados, debido a que el mp no oficial de policía es el detonante tiene la capacidad para obtener las del sistema en los casos de deten- pruebas. ción en flagrancia, en los que debe garantizar el debido proceso al Mexicanos Unidos Contra la Delinposible imputado y, además, debe cuencia (mucd) realizó un monitopreservar la evidencia. Al respecto, reo en los últimos dos años de 640 Novoa explica: “Hemos visto que ha audiencia, en donde detectó que en bajado el número de detenciones y el 40% de éstas, el mp ha presenes porque el policía no se siente con tado medios de pruebas inexistenlas capacidades de iniciar un pro- tes, no acreditan la detención por ceso penal. Sabe que tendrá respon- flagrancia, hacen una clasificación sabilidad administrativa si hace incorrecta del tipo penal durante algo mal. Lo que hace es, detiene, ve la investigación, entre otros desque no tiene la capacidad de hacer- aciertos. Junio 2018  |  43


Presunto Inocente

La Setec se creó para operar y ejecutar los acuerdos y determinaciones del Consejo de Coordinación y para brindar apoyo a las autoridades locales y federales en la implementación del Sistema de Justicia Penal. “Las fallas están desde el momento en que una víctima acude al mp. Es de esperarse, porque la misma gente del anterior sistema está trabajando. Una persona que se la pasó 20 años en el escritorio difícilmente ha desarrollado las técnicas de argumentación necesarias para una audiencia”, explica Gasca. Ante esta situación, Federico Carlos Soto coincide en que no se pueden esperar mejores resultados si las instituciones actúan con una lógica del sistema inquisitivo. “La evidencia empírica hace evidente una necesidad de transformación profunda de las arquitecturas institucionales, para que la consolidación del sistema acusatorio sea un proceso sin retrocesos”. La nueva figura del asesor jurídico también enfrenta desafíos importantes, de acuerdo con la evaluación de mucd, aún no cuentan con las habilidades suficientes para subsanar de alguna manera las deficiencias del mp durante la audiencia. En cuanto a los jueces, se enfrentan problemas de gestión para gerenciar las audiencias. El titular de la uisppa comenta que se debe modificar la arquitectura actual, de operación de los órganos jurisdiccionales, para evitar la saturación, congestionamiento y aplazamiento de las audiencias. Así podría lograrse una producción estable y razonable de las audien-

44 | Foro Jurídico

seño, planeación, ejecución y evaluación de los planes, programas y acciones necesarias para dicha consolidación. También es responsable de la coordinación de las diversas áreas administrativas involucradas en estos procesos y de la relación interinstitucional con las instancias de coordinación de los Poderes Ejecutivo y Legislativo Federal, y con las entidades federativas.

cias para que los asuntos judicializados se resuelvan de manera pronta y la actuación de los jueces sea clara, contundente y la toma de decisiones inmediata frente al cierre del debate Una de las instituciones de las en la propia audiencia. que poco se ha hablado son las A pesar de la previsible compleji- Unidades Estatales de Supervidad de la consolidación del nsjp, sión a Medidas Cautelares y Susen el 2016 desapareció la Secreta- pensión Condicional del Proceso, ría Técnica del Consejo de Coordi- conocidas como Umecas, las cuanación para la Implementación del les se crearon como parte de la implementación del Sistema de Sistema Penal (Setec). Justicia Penal. La Setec era un órgano administrativo desconcentrado de la Secre- Estas unidades constituyen una taría de Gobernación, con autono- pieza fundamental ya que la inmía administrativa, la cual se creó formación que aportan debe perpara operar y ejecutar los acuerdos mitir a los jueces determinar la y determinaciones del Consejo de medida cautelar idónea para un Coordinación; así como para brin- imputado, incluyendo la prisión dar apoyo a las autoridades locales preventiva. y federales en la implementación La prisión preventiva como del Sistema de Justicia Penal. medida cautelar puede dictarCon su desaparición se suspendió se para evitar la posible fuga la evaluación y monitoreo de los y garantizar la comparecencia avances y fallas de la operación del del imputado en el juicio, pronsjp en los estados y, por lo tanto, teger a la víctima, testigos o a la no existe una instancia que pueda comunidad en el desarrollo de regular, supervisar, coordinar y la investigación, así como para evaluar a nivel federal y estatal la evitar la reincidencia cuando el imputado es procesado o haya aplicación del nsjp. sido sentenciado por un delito La tarea de consolidar el nuevo doloso previamente. sistema en el Poder Judicial de la Federación quedó a cargo de la Adicionalmente, supervisan las uisppa, dependiente de la Presi- medidas cautelares, distintas a la dencia del Consejo de la Judica- prisión preventiva, y la suspensión condicional del proceso para tener tura Federal. la certeza del cumplimiento o inLa uisppa tiene a su cargo el es- cumplimiento de las obligaciones tudio, análisis y propuesta del di- impuestas.

Las Umecas


EN PORTADA

De acuerdo con un diagnóstico del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que cubre el período de enero 2016 a marzo de 2017, las Umecas aún presentan importantes deficiencias, entre las que destacan: • De las 32 entidades federativas, 29 cuentan con Umecas con capacidades de operación heterogéneas (3 presentan condiciones de intermedias a óptimas; cuatro tienen condiciones mínimas de operación y 22 muestran debilidades diversas); y tres estados no cuentan con Umeca o funcionan improvisadamente. Querétaro, Morelos y Guanajuato son los estados con Umecas en condiciones intermedias u óptimas. • Solamente 18 entidades federativas han recibido capacitación teórica o práctica para los evaluadores y supervisores. • En el 33% de los casos, las Umecas no atienden solicitudes de evaluación de riesgo, por lo que no entregan opiniones técnicas y no realizan su función. Por lo tanto, en estos casos, los fiscales y defensores no cuentan con argumentos para solicitar la medida cautelar idónea. Esto es, uno de cada tres no cumplía con sus funciones hasta la fecha de la evaluación. • En 17 entidades federativas no acreditan la verificación de los antecedentes de los imputados. • En 11 estados no cuentan con sistema de registro de información de evaluación y seguimiento. • En el período de enero de 2016 a marzo de 2017, se impusieron 14 007 medidas cautelares distintas a la prisión preventiva. Considerando el personal adscrito a las Umecas, en promedio nacional existen 15.2 medidas cautelares impuestas por cada evaluador y supervisor. • En las cinco entidades donde se presenta el 60% del personal, se impusieron el 16.8% de medidas cautelares (2 359), es decir, 4.3 medidas por operador. En las 24 entidades restantes existe una relación de 36.6 medidas por operador. Con lo que se infiere que el personal que realiza las funciones de las Umecas no es suficiente y es desproporcionada entre estados. • Cuando llega a imponerse una medida cautelar, en uno de cada tres casos el imputado no la cumple, esto debido a falta de planes individualizados, carencia de personal para el seguimiento de la medida cautelar y la falta de voluntad de someterse a la medida o por adicciones. • No cuentan con una partida presupuestal específica. Dependen del presupuesto asignado a la dependencia a la que se encuentran adscritas, por lo que no tiene información sobre su costo operativo anual. En resumen, las principales carencias que presentan estas unidades son relativas al personal, recursos e infraestructura, así como a la falta de capacitación, equipamiento y nuevas tecnologías. Por lo que el secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Álvaro Vizcaíno, ha recalcado en diversos foros la necesidad de contar con una mayor inversión en las Umecas que para este año cuentan con un presupuesto de 36.2 millones de pesos.

El Aumento de la Inseguridad y el nsjp El 2017 se encumbró como el año más violento de México con un récord de 29 000 personas asesinadas, esto es, una tasa de 24 homicidios por cada 100,000 personas. Según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2017, publicado por el Inegi, en 2016 hubo 24.2 millones víctimas mayores de 18 años, lo que representó una tasa de prevalencia delictiva de 28 788 víctimas por cada 100 000 habitantes, cifra equivalente a las estimadas de 2013 a 2015. Algunas voces han culpado al nsjp del aumento de la inseguridad en el país, argumentado que sirve como una puerta giratoria para que el imputado no enfrente un proceso penal y salga nuevamente a delinquir. No obstante, los especialistas de la sociedad civil consultados, coincidieron en que esta situación obedece más bien a la impunidad. De acuerdo con María Novoa: “El sistema no tiene nada que ver, en todo caso puede estar más relacionado al tema de impunidad, es decir, como no funcionan bien estas instituciones los casos se quedan y hay esa percepción de que no hay respuesta frente a la criminalidad, de aquellos casos que llegan al sistema”. El porcentaje de mexicanos que piensan que la impunidad es el principal problema del aumento en la violencia fue de 20% en el 2017, un alza de siete puntos porcentuales desde el 7% del 2012, según cifras del Instituto para la Economía y la Paz.

Junio 2018  |  45


Presunto Inocente

el nsjp es un mecanismo más garantista en favor de un proceso más transparente y, en consecuencia, en muchos casos incómoda. Luis Camilo Osorio isaza, exfiscal General de la Nación en colombia Comenta Alejandra Gasca: “No se lo tomaron en serio, el tiempo corrió y entonces llegó el punto en que la gran mayoría de los estados no lo implementaron de manera gradual y lo hicieron de manera improvisada, seguimos practicando y ese es el tema, seguimos practicando con historias de vida, ya no son casos del aula”.

procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito sean reparados.

Carlos Soto los considera “anhelos constitucionales que para aterrizarlos a una realidad operativa, requieren de una transformación en serio y con proyectos sustentables a mediano y largo plazo de las instituciones opeEn este sentido, el exfiscal Gene- radoras que partan de la construcral de la Nación en Colombia, Luis ción de una política criminal que Camilo Osorio Isaza, dice que el realmente busque atender el reclamo nsjp es un mecanismo más garan- social de seguridad”. tista en favor de un proceso más transparente y, en consecuencia, en Colombia lleva más de una década muchos casos incómoda. La propia de haber transitado hacia el paracriminalidad representa un fuerte digma jurídico. Osorio reconoce enemigo, ya que no le gustan los que la crítica siempre estará premecanismos que expongan “las mi- sente, “la tuvimos en Colombia, hay serias” de la justicia. El exfiscal con- gente que nunca estará satisfecha, sidera que “Cuando hay corrupción primero porque ya conocen su oficio o un desvío de la justicia, es mejor y no desean el cambio de reglas”. hacerlo en un rincón aislado, en la sombra de un escritorio en donde Esto incluye a los jueces, los depueden guardarse las evidencias.” fensores, la policía judicial o los fiscales, quienes han realizado sus labores por décadas y no siempre están dispuestos a aprender algo distinto, aunque sea un mejor y más eficiente instrumento. Las metas del nuevo sistema implican la transformación del pro- Una de las críticas ha sido el tema de ceso de investigación, persecución, la capacitación, aunque para México juzgamiento y efectiva ejecución Evalúa este no es el problema de fonde la pena, por lo que se requiere do. En opinión de Novoa: “No sólo del debido proceso y el cuidado de es un tema de capacitación sino de los derechos humanos tanto de las cambiar las estructuras internas, las formas de trabajo que traen de antes, víctimas como de los imputados. cuando con un testigo podías llevar El objetivo no es sencillo, ya que a una persona a prisión y declararpara lograr dichos objetivos se re- la culpable, pero ahora tienes que quiere de personal especializado demostrarlo con evidencia”. que permita esclarecer el hecho que reviste características de ilí- El titular de la uisppa considera que cito; y así proteger al inocente y se debe modificar la arquitectura

¿Qué Falta?

46 | Foro Jurídico

actual de operación de los órganos jurisdiccionales, para evitar la saturación, congestionamiento y aplazamiento de las audiencias; y lograr, de esa manera, una producción estable y razonable de las audiencias para que los asuntos judicializados se resuelvan de manera pronta y la actuación de los jueces sea clara, contundente y la toma de decisión inmediata frente al cierre del debate en la propia audiencia. Los involucrados en el sistema consultados coincidieron en que son necesarios cambios legislativos para un mejor funcionamiento del sistema, aunque las organizaciones civiles consultadas indican en que esa opción aún sería precipitada Carmona comenta que como todo cambio, adolece de ajustes en las leyes para eficientarlo y obtener los resultados. “Debe de haber voluntad por parte de los distintos grupos parlamentarios que se unan, con la finalidad de hacer consenso para darle agilidad a estos cambios estructurales que nos exigen día con día”. En esta misma línea, el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México coincide en que es necesario hacer ajustes legislativos, además de mantener una coordinación entre los operadores del sistema, para que los criterios que se definan en la aplicación de las normas vayan encaminados a cumplir el propósito de ofrecer seguridad, justicia y respeto a los derechos humanos de los gobernados. De acuerdo con Gasca: “No es tiempo de una contrarreforma porque ni si quiera han dado tiempo al sistema para que funcione como se pensó que tendría que funcionar, deberíamos darle todas la herramientas”. Por su parte, Novoa indica que el sistema está en un escenario de riesgo de contrarreforma que no es saludable en términos de que no se puede echar atrás un proceso que más bien es una evolución institucional.


EN PORTADA

Recomendaciones Es una realidad que a diez años de la publicación del nsjp se han logrado grandes avances en su implementación. No obstante, dada su complejidad, aún deberá transcurrir por lo menos otra década, según los especialistas, para que termine por consolidarse, período en el que las instituciones involucradas tendrán que atender los aspectos pendientes. No basta con tener un excelente mecanismo y sistema de justicia si los operadores carecen de voluntad o de compromiso de vocación por su trabajo, dice el exfiscal de Colombia, quien también reconoce que, en su país, a 13 años de iniciar el primer juicio oral, tienen un rezago del 10% de procesos con el viejo sistema.

al mismo tiempo una capacitación enriquecida de teoría y práctica del Código Nacional de Procedimientos Penales, derechos humanos, técnicas de litigación, entre otros”. Por su parte, para Edmundo Garrido el fortalecimiento de la actuación de los operadores y del propio sistema debe ir acompañado de una permanente capacitación, del mejoramiento en la infraestructura, equipamiento tecnológico, incremento en el número de personas servidoras públicas y una adecuada difusión para que la ciudadanía conozca el alcance de este sistema. Según Garrido: “las instituciones encargadas de procurar e impartir justicia, deben cumplir con las obligaciones y cargas procesales que les son impuestas por la ley. De ahí que deben de contar con los insumos necesarios que garanticen la efectividad de su actuación”.

La transición en el país sudamericano tampoco ha sido fácil, sin embargo, se han dado a la tarea de generar estímulos para que los operadores, incluidos los jueces, se sumen y dejen atrás las resistencias Los entrevistados coincidieron en que la práctica habituales. temporal de diligencias pertinentes será fundamental para fortalecer la curva de aprendizaje. “Es neEn palabras de Novoa: “Lo que planteamos es ge- cesario empoderar al Ministerio Público para que nerar una política nacional, una política integral hago uso responsable, objetivo, eficaz y eficiente de de seguridad y justicia, que eso va a políticas ins- las facultades discrecionales que tiene como titular titucionales mucho más coherentes y que se dé un de la acción penal, del uso de las salidas alternas y proceso más sistemático, que se esté evaluando y los modos simplificados de solución de conflictos”, ver en dónde se puede hacer una mejora, nada de dice Soto. eso está funcionando en este momento”. Además, agrega que independientemente de los desafíos, Otro punto necesario es trabajar con los ciudadahay excepciones en el país en donde se ha dado un nos, ya que no sólo se requiere la capacitación de buen funcionamiento del sistema, principalmente policías, jueces o infraestructura, la sociedad también requiere tener una idea clara de cómo funciona en Querétaro y Guanajuato. este nuevo sistema. Al respecto, Gasca comenta: Por otro lado, resulta indispensable crear una ins- “más del 80% no sabe que tiene derecho a un asesor tancia coordinadora que se encargue de regular, jurídico, tampoco conoce sus derechos y no sabe que supervisar, coordinar y evaluar a nivel federal y hay un nuevo sistema de justicia, y quien sabe de estatal la aplicación del nsjp. Asimismo, es esen- su existencia no entiende de qué se trata. Tienen cial que los gobiernos federal y estatal destinen que informarse”. recursos económicos suficientes para lograr la consolidación del sistema. La realidad ha evidenciado una brecha entre los alcances y objetivos que se plantearon con la reforOpina Uriel Carmona que “para lograr una eficaz ma constitucional, sin embargo, los involucrados y implementación del nuevo sistema, desde el punto especialistas coindicen en que con voluntad política de vista de un estado que fue uno de los pioneros en se puede avanzar en la consolidación del nsjp, aunsu aplicación, es la voluntad de los operadores para que para esto se requerirán cambios considerables creer en este sistema y evitar los obstáculos, aplicar en el corazón de las instituciones. Junio 2018  |  47


Presunto Inocente

México Unido Contra la Delincuencia A.C.

Resultados del monitoreo del Sistema de Justicia Penal 2017 Enero 2018 Datos Generales Objetivo general

El programa de monitoreo ciudadano busca reducir la victimización secundaria, a través del monitoreo y evaluación del Sistema de Justicia Penal y del empoderamiento de los ciudadanos que viven en zonas con altos índices delictivos, interesados en colaborar con las autoridades en la implementación de acciones y estrategias en materia de seguridad y justicia.

Unidades monitoreadas

# guías de audiencia aplicadas

Período de aplicación

Horario de aplicación

Salas de oralidad

692

agosto a julio 2017

lunes a viernes de 09:00 a 20:00 horas Datos generales, salas de oralidad.

Sujeto Procesal

Calicación marzo 2017

Calicación septiembre 2017

Actuaciones judiciales

8.0

7.8

Actuaciones del Ministerio Público de Judicialización

7.7

7.8

Actuaciones del Defensor Público

7.4

7.6

Actuaciones del Asesor Jurídico Público

5.9

6.9

Calificación asignada a las actuaciones de los sujetos procesales en audiencias iniciales

48 | Foro Jurídico


EN PORTADA

Monitoreo en salas de oralidad de la CDMX Durante el desarrollo de las audiencias hemos detectado que los Jueces: • En ocasiones, no permitieron al Asesor jurídico intervenir no respetando el derecho de las víctimas a estar • debidamente representadas. • Son parciales en favor del Ministerio Público, subsanando sus deficiencias.

Durante el desarrollo de las audiencias hemos detectado que el Agente del Ministerio Público: • Presenta medios de prueba insuficientes. • Argumenta de manera deficiente. • No se respeta el principio de oralidad, leen en la mayor parte de sus intervenciones.

Durante el desarrollo de las audiencias hemos detectado que el Defensor Público: • No conoce la carpeta de investigación.

Monitoreo en salas de oralidad de la CDMX Durante el desarrollo de las audiencias hemos detectado que el Asesor jurídico público: • • • • •

No se ha entrevistado con la víctima, hasta el momento de la audiencia. No subsana las deficiencias de Ministerio Público para salvaguardar los derechos de la víctima. Argumenta y aporta medios de prueba insuficientes. Tiene poca intervención y su actitud es pasiva debido al desconocimiento de la carpeta de investigación. La participación del Asesor jurídico publico es apenas notoria, en la mayoría de los casos solo respalda lo que expone el Ministerio Público.

Exigencias ciudadanas • • • • •

Proveer a las Agencias del Ministerio Público, Fiscalías y Centros de la Procuraduría y audiencias suficientes Asesores jurídicos públicos. Capacitar al personal en funciones de Asesor jurídico en argumentación jurídica. Revisar cargas de trabajo asignadas a cada Asesor jurídico. Que la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la comunidad agilice la entrega de carpetas de investigación a los Asesores jurídicos. • Que el Asesor jurídico público sea una figura independiente de la Procuraduría General de Justicia de la • CDMX. Fuente: México Unido Contra la Delincuencia A.C.

Junio 2018  |  49


La Reforma de Justicia Penal se Hizo para los Ciudadanos Lic. Rafael Heredia Rubio El sistema de justicia penal requiere de mejoras, pero no al grado de detenerlo, mucho menos de regresar al modelo anterior.

Salvador Herrera Chávez, Rafael Heredia Rubio y Enrique Riquelme Torres.

U

no de los abogados que impulsó la reforma y la implementación del sistema penal acusatorio desde sus inicios es el Lic. Rafael Heredia Rubio, quien con su participación como defensor en el famoso documental Presunto Culpable, ayudó a alertar a la sociedad de la urgente necesidad de transformar la justicia penal por una más transparente, humana y con presencia de los juzgadores.

defensores, reflexionando sobre los retos, las oportunidades e incluso los ajustes necesarios para continuar con el nuevo paradigma de impartición de justicia en México.

La desaparición de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (setec), fue uno de los errores que cometió la Secretaria de Gobernación, aseA más de un lustro de estrenarse la veró Rafael Heredia, dicho organiscinta y al cumplirse los primeros mo debió permanecer para concre2 años de ponerse en marcha la tar la reforma: “No se concluyó su reforma penal en nuestro país, el trabajo ya que la implementación socio de Heredia Rubio Abogados, sigue después de la entrada en vien compañía de Enrique Riquelme gor de la reforma y se deben coordiTorres y Salvador Herrera Chávez nar muchos esfuerzos de todos los miembros de este bufete jurídico, poderes, en especial con la ciudanos comparten la experiencia que danía, quien debe entender en qué han tenido con el sistema como consiste y sus beneficios”.

50 | Foro Jurídico

Beneficios del Sistema Penal Acusatorio La sociedad tiene una mala percepción del nuevo sistema penal, porque no se han difundido o promovido adecuadamente sus alcances en la impartición de justicia. Existen tres puntos torales de gran beneficio que debemos entender muy bien: el primero es la presunción de inocencia que llega a la disminución en el uso de la prisión preventiva; el segundo es que limita actuaciones irregulares en los procesos de investigación y finalmente está la participación de la víctima. Sobre el primero, es preciso decir que los procesos que se instauran con personas en libertad han creado una nueva cultura respecto a la presunción de inocencia y limitado las actuaciones irregulares por parte del ministerio público o fiscal y la Policía de Investigación, así como la observancia de protocolos de cadena de custodia y técnicas de investigación judicializadas. La falta de profesionalización y capacitación, tanto de los fiscales como de las policías de investigación, es muy necesaria para evitar la “puerta giratoria”, fenómeno en el cual los delincuentes son detenidos y puestos en libertad. Si los fiscales explicaran al juez los motivos por los cuales no debe otorgarse libertad a los presuntos implicados, por registrar repetidos ingresos por ilícitos similares a los reclusorios de la Ciudad de México, éste difícilmente les otorgaría la libertad. Es necesario, además, atender el tema de la responsabilidad y actuación de la policía. Falta prestar atención a la policía para instruirla e involucrarla en el sistema; se deben de dedicar mayores fondos para la capacitación y equipamiento de la policía de investigación y los laboratorios de servicios periciales de las procuradurías.


EN PORTADA

Los mayores beneficios del sistema son: la presunción de inocencia, la limitación de actuaciones irregulares en la investigación y la participación de la víctima.

La participación de la Secretaría de Seguridad Pública fue omitida cuando es una parte integral del proceso; hemos sido testigos de cómo ignoran desde los procedimientos para conservar las pruebas hasta cómo llenar los formatos. Son ellos los primeros en garantizar que una investigación adecuada se desa- ces no permiten el ingreso de equipos rrolle para presentarse en el juicio. electrónicos a las salas, desde teléfonos celulares hasta computadoras, El último de estos grandes benefi- ante el temor de que se graben las cios torales es el rol preponderante audiencias y se haga mal uso de esa de las víctimas en el proceso. Hoy la información. En otras entidades no víctima cuenta con un asesor jurídi- hay ese problema, porque trabajan co que puede disentir del argumen- bajo el entendido que se trata de heto que presenta el fiscal, logrando rramientas para consultar doctrinas, así supervisar y cuidar sus derechos. criterios, legislaciones; aunque existe el apercibimiento de no grabar deÁreas de Oportunidad bido a que la audiencia de cualquier forma está disponible para las partes Al preguntarles sobre los aspectos con la videograbación del tribunal. que consideran se podrían mejorar del sistema, los 3 abogados del Des- Por otro lado, se requiere fortalepacho Heredia Rubio, coincidieron cer a las unidades de mediación, en que dos de las grandes áreas en ya que el uno de los pilares de este las que se tiene que trabajar es en sistema es precisamente que los unificar los criterios de actuación casos no lleguen a juicio sino que en las audiencias, reforzar los me- se resuelvan por medios alternacanismos alternativos de solución tivos. Para ello es necesario darles de conflictos, así como la eficiencia mayor intervención y más pronta en la gestión judicial. para despresurizar el sistema, así como optimizar y dotar de recurLos participantes en los juicios sos a las Unidades Estatales de buscamos reglas más claras y desa- Supervisión a Medidas Cautelarrolladas respecto a las pruebas en res y Suspensión Condicional del el juicio oral y también al descubri- Proceso (umecas). miento probatorio. En otros países, como Estados Unidos, cuentan con Las salidas alternas es otro de reglamentos de procedimientos y evi- los aspectos que valdría mucho dencia, ya que actualmente las reglas mejorar, pero sobre todo, difunrelativas a técnicas de litigación son dir entre la sociedad para que muy amplias y dan un margen de dis- entienda sus beneficios, sin que crecionalidad peligroso a los juzgado- esto implique su abuso. La labor res. Se podría profundizar a través de de los mediadores y conciliadores acuerdos, convenios o reglamentos es un gran aporte, sin embargo, que permitan el mejor desarrollo de advierte Enrique Riquelme, es las audiencias. La Ciudad de México importante evitar que se convieres una de las entidades en donde ya tan en burócratas, es necesario opera esta modalidad. Sería impor- que tengan un mayor comprotante, coinciden los litigantes, crear miso con su trabajo, porque no un reglamento estandarizado que siempre asumen un rol activo. se aplique en todas las entidades del Una muestra de la falla es que el país. Tenemos el caso, apunta Salva- procedimiento abreviado sigue dor Herrera, en donde algunos jue- siendo la salida más utilizada.

Es importante mejorar el sistema de gestión en el uso de salas de audiencias, pues se ha advertido que por cargas de trabajo muchas de las audiencias se suspenden de manera injustificada, y se señalan fechas de audiencias en los plazos máximos previstos por la ley, sin observar los principios de concentración y continuidad que son pilares del sano desarrollo del sistema acusatorio adversarial. Uno de los grandes cambios que trajo el sistema penal acusatorio fue en el ámbito de la gestión judicial con la creación de las Unidades de Gestión que transformaron la estructura jurisdiccional en beneficio de los justiciables ya que ahora se encargan de toda la carga administrativa, dejando al juez únicamente la labor de juzgar. Se debe adoptar una práctica general del uso de unidades de gestión judicial para hacer más eficiente el uso de salas de audiencias, pues se ha advertido que por cargas de trabajo muchas de las audiencias se suspenden de manera injustificada, y se señalan fechas de audiencias en los plazos máximos previstos por la ley, sin observar los principios de concentración y continuidad que son pilares del sano desarrollo del sistema acusatorio adversarial. El nuevo sistema de justicia penal, concluye Rafael Heredia, se hizo para los ciudadanos, el equilibrio que hay entre todos los involucrados lo hace mucho mejor que el anterior. Ahora el representante social dejó de tener fe pública, porque la defensa tiene el mismo derecho a ser escuchado. Los sistemas de justicia mejoran a medida en que la verdad cobra peso y sin duda que el principio de oralidad abona a la verdad.

Junio 2018  |  51


Por Buen Camino el Nuevo Sistema Penal Acusatorio Mtro. Gerardo Laveaga Rendón A dos años de poner en marcha el Sistema Penal Acusatorio en todo el país, Gerardo Laveaga Rendón, Director General del INACIPE, afirma que la Federación y las entidades están a la altura del desafío.

I

dentificado como uno de los principales promotores del cambio de paradigma de la justicia penal en México, el Maestro Gerardo Laveaga, Director General del Instituto Nacioanl de Ciencias Penales (inacipe) comenta a Foro Jurídico cuáles son, en su opinión, los avances en la materia y los retos que todavía se enfrentan. Asegura que aún es temprano para hacer un balance sobre su implementación, sin embargo, estamos a tiempo para mejorarlo y atender ciertos temas como la elaboración de registros sobre los imputados o la instauración de un auténtico servicio de carrera, entre otros. Ofrecemos a nuestros lectores la parte sustancial de la entrevista.

¿ C uá l e s s u d i ag n ó st i c o s o b r e l a implementación del nsjp ? En lo personal, quisiera que avanzara más de prisa, pero no puedo dejar de admitir que la Federación y las entidades han estado a la altura del desafío. Estamos aprendiendo un nuevo idioma y es natural que cometamos errores. Los seguiremos cometiendo. Así es como se aprende un idioma. El problema más delicado es el cambio cultural. Un buen número de operadores —principalmente los formados en el viejo sistema—, creen que las figuras sólo cambiaron de nombre: que la carpeta de investigación es lo mismo que la averiguación previa o que el juez sigue siendo un inspector de control de calidad que tiene que verificar que el agente

52 | Foro Jurídico

del Ministerio Público haya he- los más graves para ir a juicio y se castiguen con prisión. La apuesta es cho bien su trabajo. elevar los índices de confianza pero, ¿Cómo ha transformado a la impartición también, los de cohesión social. de justicia en México el nsjp? ¿Cuáles son los beneficios que se han Es pronto para hacer un diagnósti- tenido con los juicios orales? co completo, pero estoy convencido de que vamos por buen camino. Al Los juicios orales y públicos tienen hombre de la calle no le interesa que un fin muy claro: dar confianza a se envíe a prisión a quien se estrelló los ciudadanos y permitir que estos contra su automóvil, sino que le pa- puedan ver cómo investigan sus poguen los daños. El nuevo sistema está licías, cómo argumentan sus fiscales enfocado a solucionar los conflictos a y cómo juzgan sus jueces. Una societravés de medidas alternas y sólo deja dad oscura, donde nadie sabe nada


EN PORTADA

de nada, no es confiable, ni para los mexicanos, ni para los extranjeros que quieren invertir en el país. ¿Cuál es el aprendizaje y los retos en el mediano y largo plazo? El principal reto, decía, es el cambio cultural: los policías deben enten-

¿Qué ajustes considera necesarios? 1. Garantizar una actuación

homologada de los operadores (policías, peritos, fiscales, jueces y servidores públicos encargados de la ejecución penal). 2. Definir los alcances de la Fiscalía General de la República que, según la Constitución debe ser autónoma, pero nadie sabe qué tan autónoma. 3. Instalar un auténtico servicio de carrera, que no tenemos, pese a las declaraciones rimbombantes al respecto. Esto incluye certificar competencias. 4. Contar con un registro muy completo sobre los imputados. 5. Establecer Unidades de Medidas Cautelares (umecas) en todo el país, que permitan que una persona pueda ser juzgada sin estar tras las rejas. ¿Implementar estas medidas reduciría l a “ p u e rta g i r ato r i a” q u e ta n to s critican?

La puerta giratoria sólo se detendrá cuando dispongamos de un sistema estadístico afinado. Hoy día, con los criterios de oportunidad, un fiscal puede echar mano del criterio de oportunidad y no ejercer la acción penal contra quien se roba un desodorante en una farmacia. der que su trabajo es investigar; los Pero si no se cuenta con un regisfiscales, que el suyo es acusar ante tro adecuado, ese mismo joven que juzgados y tribunales con base en hoy robó aquí, mañana roba allá… las pruebas que recabe la policía, y y siempre saldrá libre. Incluso, que la labor de los jueces es juzgar y puede cambiarse de nombre y conno limitarse a palomear, como en el fundir a las autoridades. Robar un viejo sistema. Los críticos del nuevo desodorante por única ocasión no sistema insisten en que estamos im- merece un castigo corporal; dediportando modelos extranjeros. Pue- carse a hacerlo de manera reiterada de ser que tengan razón. Pero adop- y sistemática, sí. Por eso señalo el tar modelos extranjeros exitosos no registro como un ajuste necesario. debe avergonzar a nadie ¿Por qué, si Urgente, diría yo. no, los sistemas de justicia de Estados Unidos y el Reino Unido tienen M u c h o s d e t r acto r e s d e l s i st e m a tan altos niveles de aceptación? a d u c e n q u e l a j u st i c i a n o p u e d e

Adoptar modelos extranjeros exitosos no debe avergonzar a nadie.

negociarse y han hecho señalamientos durísimos contra el procedimiento abreviado ¿comparte su enojo? Desde luego que no. Si una persona admite que cometió el delito y aporta elementos que prueben su dicho, está ahorrándole tiempo y dinero al Estado. ¿Por qué no concederle un beneficio a la hora de su condena? Quién reconoce su falta ha dado un paso al frente para la reinserción social, que señala nuestra Constitución, y la sociedad no perderá si se le castiga 7 años en lugar de 10. ¿Le parece razonable que un sujeto acusado de violar o asesinar, pueda seguir libre mientras se le procesa? Lo que nunca me pareció razonable fue que bastara una acusación para encerrar a cualquiera, fuera culpable o no. En el nuevo sistema, si el fiscal aporta elementos para señalar su peligrosidad o el riesgo de que escape un sujeto, el juez deberá dictar la prisión preventiva. Pero, si no es así, ¿por qué va a encerrársele? ¿Porqué a alguien se le ocurrió? Desde luego, si se prueba que, en efecto, violó o cometió un homicidio, se le debe privar de su libertad. Pero no antes. La prisión preventiva debe ser una medida cautelar extrema. De aquí que mencione a las umecas como otro pendiente para que el nuevo sistema penal resulte eficaz.

Junio 2018  |  53


ELECCIONES JULIO 2018

¿Qué se Votará el 1o de Julio?

El 1o de julio México tendrá la elección más grande de su historia: 3 mil 406 cargos de elección popular, incluidos la renovación de las Cámaras de Diputados (500) y Senadores (128), 8 gubernaturas, la Jefatura de Gobierno de la CDMX, 16 Alcaldes, 160 Consejales y 66 Diputados Locales pero la de mayor trascendencia sin duda será la Presidencia de la República.

Por Marco A. Ríos Rico

L

os mexicanos acudiremos a las urnas en medio de un escenario social, económico y político muy complicado, enmarcado por una grave crisis de inseguridad, impunidad, corrupción y violencia. Éstas serán las elecciones más seguidas, vigiladas y competidas de las que se tengan memoria en el país, pues lo ocurrido en la elección presidencial de 2006 sigue siendo una herida sin sanar. Es necesario añadir el gasto que se realizará en las campañas, el cual es uno de los más ostentosos, pues de acuerdo con el Proyecto de Financiamiento Público para las actividades de campaña, aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (ine), se destinarán 2 148 millones de pesos para los gastos de campaña de los nueve partidos que se integrarán a la contienda. Suma que supera por más del 20% al destinado a las campañas electorales de 2010. Las candidaturas independientes también tendrán una gran bolsa, cerca de 42 millones 963 mil pesos.

Para el 2018, en el ámbito federal estarán en juego la elección del Presidente de la República, 128 senadurías y 500 diputaciones. En el ámbito local, de acuerdo con cifras del ine, serán más de 3 406 cargos públicos a nivel federal y estatal en 30 estados. Se elegirán 8 gobernadores y un Jefe de Gobierno (cdmx). Debido a que cuenta con una nueva Constitución, ésta última entidad entra al campo electoral con nuevas reglas para elegir 16 alcaldes, 66 diputaciones y 160 consejales.


ELECCIONES DE ÁMBITO ESTATAL

ELECCIONES DE ÁMBITO FEDERAL

1 128 500

Presidente de la República

30 entidades

Senadores

tendrán elecciones para Congresos y Presidencias Municipales

Diputados Se elegirán:

545 Novedades

1

Candidato Presidencial Independiente

ELECCIONES EN LA CDMX

1

Jefe de Gobierno

33 Diputaciones de mayoría relativa 33 Diputaciones de representación proporcional

160 Concejales 16 Alcaldías

354

Diputaciones Locales de Mayoría relativa Diputaciones locales de representación proporcional

1527

Ayuntamientos

1101

Juntas Municipales

NUMERARIA

11 millones de personas fueron sorteadas para participar como funcionarios de casillas.

1 millón 400 mil ciudadanos contarán los votos el día de la jornada electoral.

8 Gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la CDMX Se Elegirán

• Chiapas • CDMX • Guanajuato • Jalisco • Morelos

• Puebla • Tabasco • Veracruz • Yucatán

¿QUIÉNES PODRÁN VOTAR?

88 millones

de persona inscritas en la Lista Nominal y con credencial para votar.

12.8 millones

de jóvenes de entre 18 y 23 años votarán por la Presidencia por primera vez.

44 mil

capacitadores, asistentes electorales y supervisores electorales recorrerán el país invitando y preparando a la ciudadanía para ser funcionarios de casilla. Se instalarán más de

155 mil

casillas en las cuales la ciudadanía podrá tener la confianza de que su voto será secreto y contado por sus vecinos.

VOTO EN EL EXTRANJERO Las y los connacionales residentes fuera del país, podrán votar por: presidente, senadores, gobernaturas, diputados federales y el jefe de gobierno de la CDMX. Fuente: INstituto nacional Electoral (INE)


10

Delitos Electorales que

Debemos Conocer y Denunciar1

UTILIZAR BIENES O SERVICIOS PÚBLICOS EN UNA CAMPAÑA Las personas que trabajan en el gobierno no deben destinar dinero, bienes o servicios públicos que tengan a su disposición, en virtud de su encargo, a los actores políticos que participan en los procesos electorales. Esto garantiza elecciones equitativas y libres. Por ello, comete un delito electoral el servidor público que utilice bienes en apoyo o perjuicio de un candidato o partido político. Sin detrimento de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado, este delito se sanciona hasta con 400 días de multa y prisión de 2 a 9 años.2

CONDICIONAR EL ACCESO A SERVICIOS PÚBLICOS Y PROGRAMAS SOCIALES Los servicios públicos y los programas sociales que el gobierno distribuye en beneficio de la población no pueden ser restringidos por motivos electorales. Condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias o la realización de obras públicas, a la emisión del sufragio en favor de un partido político o un candidato, es un delito electoral. La pena que se le impone al servidor público que cometa este delito es de 200 a 400 días de multa y de 2 a 9 años de prisión.3

COMPRAR O COACCIONAR EL VOTO DE SERVIDORES PÚBLICOS Trabajar en el gobierno no implica la obligación de apoyar a un partido político. Los servidores públicos, al igual que el resto de la ciudadanía, tienen el derecho de votar libremente y de tener la ideología política que cada uno quiera tener. Al servidor público que coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de campaña, voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición, se le impondrá una pena de hasta 400 días de multa y prisión de 2 a 9 años.4

INTIMIDAR DURANTE LA JORNADA ELECTORAL O IMPEDIR EL ACCESO A LAS CASILLAS Garantizar la seguridad de la ciudadanía en los lugares donde se instalan las casillas de votación es una situación indispensable para que se ejerza el voto de manera libre. A quien realice algún acto que provoque intimidación que atente contra la libertad del sufragio o imposibilite el libre acceso de los electores a la casilla, se le impondrá una pena de 50 a 100 días de multa y prisión de 6 meses a 3 años.Si esta conducta se realiza por personas armadas, la pena señalada aumentará hasta en una mitad, con independencia de las que correspondan por la comisión de otros delitos.5

REBASAR LOS MONTOS LEGALES O UTILIZAR DINERO ILÍCITO EN LAS CAMPAÑAS Los partidos políticos reciben financiamiento público para sus actividades ordinarias y para los períodos de campaña. También es legal que recurran a financiamiento privado con los límites que las leyes electorales establecen. Entregar o recibir aportaciones, en dinero o especie, a favor de algún partido político o coalición cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito o el monto rebase lo permitido por la ley, es un delito electoral. Se sanciona hasta con 5 mil días de multa y 15 años de prisión.6

DESTRUIR O DAÑAR MATERIAL ELECTORAL Los materiales y documentos electorales —como boletas, actas, urnas, modulares y marcadores indelebles— son fundamentales para realizar los procesos democráticos de elección de nuestros gobernantes. Sin esos

3 4 5 6 1

2

Diez delitos electorales que debemos conocer y denunciar. fepade-Inacipe 2018. Artículo 11, fracción III de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Artículo 11, fracción II de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Artículo 11, fracción I de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Artículo 7, fracción XVI de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. Artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.


insumos, las elecciones no tendrían certidumbre. No disponer de ellos implica una afectación directa al derecho a votar de la ciudadanía. Por eso, al miembro de un partido político que sustraiga, destruya o altere documentos o materiales electorales, se le impondrá una multa de 100 a 200 días y prisión de 2 a 6 años. Si la afectación la lleva un ciudadano sin afiliación partidista, la sanción será de 6 meses a 3 años de prisión.7

INCUMPLIR OBLIGACIONES DE RENDICIÓN DE CUENTAS La rendición de cuentas es uno de los pilares fundamentales del sistema electoral. Aquel candidato que compruebe y justifique el uso de los recursos que utiliza en campaña, siempre tendrá mayor legitimidad que aquel que no lo haga. Si, además, no se informa sobre los recursos que se utilizan en actos políticos a las autoridades fiscalizadoras correspondientes, esta conducta se considerará un delito. Al candidato o funcionario partidista que se abstenga de realizar la comprobación y justificación de los gastos ordinarios y de campaña, una vez que hubiese sido legalmente requerido dentro del ámbito de sus facultades, se le impondrá de 100 a 200 días de multa y prisión de 2 a 6 años.8

PUBLICAR ENCUESTAS FUERA DE LOS TIEMPOS AUTORIZADOS La democracia requiere de sondeos y encuestas que permitan a la ciudadanía conocer las percepciones sobre los actores políticos y sus propuestas. Los medios de comunicación adquieren un papel relevante en este ejercicio. Durante los 3 días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas, está prohibido publicar o difundir, por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos. La persona que no cumpla con los tiempos autorizados para publicar encuestas comete un delito que se sanciona hasta con 3 años de prisión y 100 días multa.9

INDUCIR EL VOTO SIENDO MINISTRO DE CULTO México es un Estado laico. Esto supone que los ministros de culto, sean de una u otra religión, no pueden invitar a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición. El artículo 130 de la Constitución establece “Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios”. Por esto, aquel ministro de culto religioso que, en el desarrollo de actos propios de su religión, induzca el voto de la ciudadanía, comete un delito electoral que se castiga hasta con 500 días de multa.10

ALTERAR LOS DATOS DE LA CREDENCIAL PARA VOTAR La credencial para votar es un documento público que cuenta con los datos personales de su titular: nombre, domicilio, fecha de nacimiento, registro de población (curp), huella dactilar y firma. Los datos personales de los ciudadanos que tienen credencial para votar están inscritos en el Registro Federal de Electores. Al alterar estos datos sin el mecanismo legal correspondiente, se comete una conducta delictiva. Aquella persona que altere el Registro Federal de Electores o participe en la expedición ilícita de credenciales para votar con fotografía, se le impondrá una sanción de 60 a 200 días de multa y prisión de 3 a 7 años.11 Presenta una Denuncia La FEPADE brinda diversas posibilidades para orientarte o para presentar denuncias:

Artículo 7, fracción 11 y artículo 9, fracción III de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. 8 Artículo 9, fracción VII de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. 9 Artículo 7, fracción XV de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. 10 Artículo 16 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. 11 Artículo 13, fracción I de la Ley General en Materia de Delitos Electorales. 7

Fepadetel Los 365 días del año 24 horas México 01 800 8333 72 33 EU, Canadá 18 6647 7960 Fepadenet www.fepade.gob.mx Fepade Móvil


EVENTOS ine con Fortaleza para Hacer Frente a la Elección 2018: Lorenzo Córdova Vianello

A poco menos de 50 días de la elección, el Instituto Nacional Electoral (INE) cuenta con la fortaleza institucional para hacer frente al reto de organizar el proceso electoral más grande de la historia.

Elías Huerta Psihas, Ayub Safar Boueri, Lorenzo Córdova Vianello, Macarita Elizondo Gasperín, Jessy Morr de Safar, Gerardo Gozaín Frangie y Osmar Cruz Quiróz al termino del Conversatorio, Garantía de Nuestro Voto 2018

E

l pasado 9 de mayo la comunidad libanesa organizó junto con el ine, la Asociación Nacional de Doctores en Derecho (andd), la Asociación Nacional de Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación y la Asociación Jurídica México-Libanesa al muhami el Conversatorio con Autoridades Electorales denominado, Garantías de Nuestro Voto 2018, en el que participaron, además de los dirigentes de las asociaciones mencionadas, el Consejero Presidente del ine Lorenzo Córdova Vianello y la Dra. Macarita Elizondo Gasperín, ex magistrada electoral y ex consejera del ife. Durante su intervención, Lorenzo Córdova, señaló que a lo largo de 58 | Foro Jurídico

los últimos años se han construido los mecanismos para que la ciudadanía pueda votar en libertad. Asimismo, señaló que las elecciones del 2018 cerrarán el primer ciclo de la reforma electoral del 2014, que dio al Instituto más atribuciones, pero también abrió muchos flancos que incluso lo han colocado en una situación de desgaste público. Reconoció que a pesar de que el ine no se encuentra entre los primeros lugares de credibilidad, se ha trabajado para mejorar la percepción de la sociedad sobre el Instituto. Un ejemplo de los resultados positivos es la participación de los ciudadanos en la jornada electoral de julio próximo, en donde dos millones de

personas aceptaron ser funcionarios de casillas, el doble del mínimo requerido —aseguró Córdova Vianello—. “A pesar del descrédito, el enojo justificado por los grandes problemas del país, la gente apuesta por la elección, por la democracia.” Los jóvenes —dijo— han mostrado un gran interés, una muestra es que del listado nominal, el 40% son jóvenes de entre 18 y 34 años (millenials); de ellos, 45% estarán revisando los votos. De acuerdo con Córdova Vianello, un elemento importante en cualquier elección es brindar información pronta y correcta para evitar especulaciones. Por eso, en un escenario como el que atraviesa nues-


tro país y con un antecedente como el suscitado en 2006, en donde los resultados fueron muy apretados y se generó mucha especulación, adelantó a los asistentes que en el ine están preparados para atender dos escenarios posibles. El primero, y menos complicado, es que haya un evidente diferenciador entre quien lidere la preferencia electoral de sus contrincantes. El segundo, y más preocupante, es que, como aconteció, exista una mínima diferencia entre el primer y segundo lugar. “Partimos de la premisa en la cual pudiera no definirse con claridad un ganador y, por lo tanto, será necesario salir a explicar qué sucede y llamar a la prudencia.” Lo que ocurrió en 2006 —dijo—, fue que se reservó la información, hoy con la nueva ley, estamos obligados a decir al país cómo va el conteo de los votos. Por eso, explicó que el conteo rápido es una estadística basada en información obtenida de entre 7 a 9 mil de las casi 157 mil casillas que se instalarán en todo el país. Indicó que la noche del 1 de julio a las 23 horas, de acuerdo con una resolución tomada entre el ine y el tepjf, se informarán las tendencias en la elección presidencial para evitar un escenario como el de 2006, “sean cual sean los primeros resultados”. Reiteró que el ine no da ganadores sino resultados, el que califica y da la constancia de ganador es el Tribunal Electoral.

institucional, no podemos permitir- la gubernatura de Baja California, nos ser fuente del problema”. se habrán elegido con los cambios de la última reforma; por lo cual se Los partidos políticos utilizan las tendrá una radiografía completa impugnaciones ante el tribunal de lo que funciona y lo que vale la electoral como una herramienta pena mejorar. Finalmente, el Prepolítica y no sólo jurídica. De acuer- sidente consejero del ine, recalcó do con Vianello, en México, parece que bajo una mirada objetiva, los que el sistema genera estímulos datos reflejan que el voto cuenta y para impugnar, informó que el te- sirve. Una muestra de ello es que, pjf tan sólo en 2018 ha tenido que durante los últimos tres años, Méresolver 50 mil juicios, lo cual pro- xico ha tenido el período de mayor voca una gran tensión entre las dos alternancia en la historia democráautoridades —ine y tepjf—. Por tica. “Nunca como en un período eso, es necesario mantener y gene- similar hubo tantos cambios de garar puentes de comunicación para nador, y no hay un partido que sea dirimir las controversias suscitadas; beneficiario exclusivo de ese fenósin embargo, acotó, del total de im- meno. Los ciudadanos son quienes pugnaciones cerca de un 85% de las deciden quién los gobierna. decisiones del ine son confirmadas Confianza Institucional por el Tribunal Electoral. Comentó que al finalizar la Jor- Durante su intervención, el Dr. nada Electoral todos los cargos de Elías Huerta Psihas, presidente elección popular del país, excepto de la andd, señaló que en el foro

A pesar del descrédito, el enojo justificado por los grandes problemas del país, la gente apuesta por la elección, por la democracia: Lorenzo Córdova Vianello

Impugnaciones

Lorenzo Córdova afirmó que seguramente habrá impugnaciones por parte de los dos candidatos punteros, quienes podrían desconocer los resultados y solicitar la nulidad del proceso. Por eso, dijo, es necesario explicar a la ciudadanía de manera preventiva qué hacen las instituciones electorales para que cuando se dé dicho señalamiento, “es importante construir un esquema de fortaleza Junio 2018  |  59


EVENTO

y en la académia existe confianza en nuestras autoridades electorales cúpulas, como lo son el ine y el tepjf. Y que en el caso del Consejero Presidente del ine, Lorenzo Córdova Vianello, su experiencia y seriedad han logrado permear un clima —dijo—, de certidumbre y tranquilidad de cara a la próxima jornada electoral del primero de julio, para garantizar el ejercicio del derecho al voto de los ciudadanos y que éstos se cuenten y se cuenten bien. “Los mexicanos debemos sentirnos tranquilos de que en poco más de dos décadas (1990-2018), hemos logrado construir instituciones electorales solidas y confiables como el INE y TEPJF.”

La historia reciente del INE y del Tribunal Electoral es el resultado de la evolución democrática en México: Elías Huerta Psihas

Lorenzo Córdova Vianello y Jaqueline Otálora Madeline lideran —comentó el Presidente de la andd—, los esfuerzos por tener un proceso electoral que garantice nuestro voto. A pesar de los momentos difíciles por los que atraviesa México, como la inseguridad, la pobreza y la impunidad, sabremos salir adelante gracias a su experiencia y acertada conducción, misma que tendrá el respaldo de los más de millón y medio de ciudadanos que colaborarán en la gran tarea de contar los votos el próximo 1 de mexicana. La transformación que ha julio. vivido México durante los últimos 40 años no son nada en comparación La historia reciente del ine, anterior- con los 200 años que llevamos como mente ife, y del Tribunal Electoral — nación independiente. “Debemos senacotó Huerta Psihas—, es el resultado tirnos orgullosos de haber impulsado de una evolución de la democracia como sociedad un proceso de transi-

60 | Foro Jurídico

ción a la democracia como el que hoy transcurre en nuetro país, y que hoy lleguemos a la elección más importante, compleja y competida de nuestra historia, con todos los elementos de tranquilidad, equidad y certeza que comentó Lorenzo Córdova.”


NOMBRAMIENTOS

ROSALINDA VÉLEZ JUÁREZ,

Nueva Magistrada Presidenta del Tribunal Federal de Conciliación

y Arbitraje

Designa el Presidente Enrique Peña Nieto a la nueva titular del TFCA

E

l pasado mes de mayo, Rosalinda Vélez Juárez fue designada por el titular del Ejecutivo Federal, Enrique Peña Nieto, como Magistrada Presidenta del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (tfca). En virtud del nombramiento, el Secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida, le tomó la protesta de ley y la conminó a velar por el eficaz funcionamiento del Tribunal, a fin de que los derechos de los trabajadores al servicio del Estado estén debidamente salvaguardados, y procurar de esta manera la relación armónica entre las dependencias, entidades y sus trabajadores.

Entre los compromisos que asume como nueva titular del tfca, órgano encargado de impartir justicia laboral, así como de conocer y dirimir conflictos individuales y colectivos en los que se involucren las dependencias o entidades del Gobierno de la República, se encuentra fortalecer la impartición de una justicia gratuita, pronta, imparcial y completa. Asimismo, hacer cumplir los principios constitucionales en materia laboral y privilegiar el pleno respeto de los derechos humanos. La Mgda. Vélez Juárez, se pronunció por el fortalecimiento de los principios, entre otros, de honestidad, excelencia, objetividad, profesionalismo e independencia, que rigen a todo órgano de impartición de justicia; y se comprometió a enfocar su labor en reforzar la eficiencia y la racionalidad en el uso de los recursos públicos. Vélez Juárez cuenta con una amplia experiencia en el tema laboral. Es Licenciada en Derecho por la Escuela Libre de Derecho, Maestra en Derechos Humanos por la Universidad Complutense de Madrid y cuenta con estudios en Derecho Financiero por la Universidad Nacional Autónoma de México.

TRAYECTORIA PROFESIONAL

• • •

Procuradora General de la Defensa del Trabajo Secretaria del Trabajo y Previsión Social del Gobierno de la República de 2011 a 2012. Directora General de Delitos Federales contra el Ambiente de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Ocupó diversos cargos en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Fue Jefa de la Unidad de Contratos del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.


EVENTO

La Facultad de Derecho de la UNAM Rinde Homenaje a Ricardo Franco Guzmán El pasado mes de mayo alumnos, catedráticos, y familiares, rindieron un homenaje por sus 64 años de cátedra ininterrumpida al maestro Ricardo Franco Guzmán.

L

a conmemoración se llevó a cabo en el Auditorio Ius Semper Loquitur, en la que se presentó también el libro publicado por esa facultad “Ricardo Franco Guzmán. Homenaje por sus 60 años de Vida Académica”. Encabezó el acto el Director de la Facultad, Dr. Raúl Contreras Bustamante, quien entregó una medalla al Dr. Franco Guzmán al reconocerle su fructífera labor académica. Comentó que Franco Guzmán es un icono, un jurista, un abogado exitoso y sobre todo, un ejemplo de vida. La Facultad ha tenido muchos juristas —dijo—, pero de pocos se guardan y recuerdan los nombres porque sólo ellos supieron tocar los corazones de sus alumnos cuando impartieron clases, “nuestro homenajeado es uno de ellos”. Se trata —agregó—, de un abogado exitoso con una larga trayectoria académica, un ejemplo de vida para todos los estudiantes de lo que debe ser un “hombre de bien”. Contreras Bustamante se refirió a la deuda que la Facultad tenía con el Dr. Franco Guzmán, de presentar esta obra que reúne reflexiones de más de una veintena de grandes personajes, quienes en un breve espacio compartieron sus experiencias con el homenajeado. Cada uno de los oradores -entre los que se encontraban el Dr. Elías Huerta Psihas, Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho (andd); Humberto Benítez Treviño, Presidente del Colegio Mexiquense; el Ministro de la scjn en retiro, Juan Silva Meza y el destacado litigante Juan Velázquez-, coincidieron en los atributos que han hecho de Ricardo Franco un gran profesor: su placer por la enseñanza, su honorabilidad y su ética, virtudes que lo han caracterizado toda su vida. El acto estuvo enmarcado con la asistencia de Arely Gómez González, titular de la Secretaría de la Función Pública y ex-alumna de Franco Guzmán. Juan Silva Meza señaló que el Dr. Franco es un ejemplo del ejercicio profesional del Derecho, hoy

62 | Foro Jurídico


Estuvieron en el presidium acompañando al homanajeado, Carlos Cuenca Dardón, Juan Velázquez, Humberto Benítez Treviño, Raúl Contreras Bustamante, Areli Gómez González, Juan Silva Meza, Elías Huerta Psihas y Víctor Manuel Garay Garzón.

tan necesario en México ante la reforma penal por la que transitamos, que requiere de la capacitación de todos los operadores, en donde es necesario —dijo— conocer todas las formalidades del procedimiento, del dominio del tema, atributos que siempre tuvo nuestro homenajeado, “Hay dos palabras para definir al maestro Ricardo Franco Guzmán: dignidad y libertad; no es cosa fácil, no es frecuente encontrar en una persona con tal congruencia.”

ñerismo y liderazgo que imprime a ésta organización profesional, definiendo la postura del homenajeado ante la vida, como la de una persona que le imprime amor y pasión a todo lo que hace.

Por su parte, Juan Velázquez aseveró que a lo largo de estos 64 años, Ricardo Franco ha enseñado a quienes se dedican al derecho penal a litigar con conciencia, con técnica, pero sobre todo con ética. El libro publicado como parte de su homenaje —refirió— Humberto Benítez señaló que es apenas una parte del aprecio hablar de Ricardo Franco Guz- inmenso que la comunidad legal mán es el vivo ejemplo de la con- le tiene por ser el mejor penalista gruencia entre decir y hacer. Él de México, el gran maestro uniha mostrado a quienes lo han versitario. conocido que todo debe hacerse con pasión. Por su parte, el Dr. Pasión por la Enseñanza y el Elías Huerta refirió que Fran- Litigio co Guzmán siempre ha sido un miembro destacado de la andd, Al hacer uso de la palabra, el houn vivo testigo del paso de tres menajeado reconoció que a lo largo generaciones de doctores en de los más de 64 años de acudir a derecho que han transitado por las aulas de la Facultad de Derecho esa Asociación. Es, comentó, el de la unam, una de las fortalezas reflejo mismo del entusiasmo, del que lo animan a levantarse todos ánimo de superación, del compa- los días, es la pasión por transmi-

Mis tres pasiones, enseñanza, litigio y mi familia.

tir sus conocimientos y compartir con sus alumnos las bondades del Derecho Penal. La otra —confesó—, es el gusto por el litigio, por la cual siento todavía una gran pasión; su familia no podía quedar atrás, es parte, sin duda, de él, sus hijos y su esposa han sido un pilar importante en su vida —reconoció. Finalmente, luego de compartir con los asistentes su amplia trayectoria previa a convertirse en profesor, agradeció el homenaje, que no se compara —afirmó—, con cualquier otro premio o reconocimiento que hubiera tenido. “Gracias a todos ustedes el estar aquí, a mis hijos, a mis alumnos, a mis compañeros de clase.”

Junio 2018  |  63


EVENTO

Día del Maestro en la Universidad Ius Semper

En un ambiente de fiesta, compañerismo y camaradería, la Universidad Ius Semper festejó el Día del Maestro.

A

compañados por el Consejo Académico, encabezado por la Ministra Margarita Luna Ramos, el Dr. Ricardo Franco Guzmán y el Dr. Fernando Rangel Ramírez, el Rector de la Universidad Ius Semper, Elías Huerta Psihas, agradecio al claustro de maestros de ese centro de educación superior su participación, felicitándolos con motivo del Día del Maestro. En el evento se entregaron reconocimientos por su destacada labor y trayectoria en la universidad a la Ministra Luna Ramos, al Dr. Ricardo Franco Guzmán, al Magis-

64 | Foro Jurídico

nuestros egresados a jueces, magistrados, secretarios, ministerios públicos y, por supuesto, abogados litigantes. “Hemos consolidado la oferta de una educación de excelencia, con base en el talento, conocimientos y habilidades que tienen todos ustedes”.

trado Fernando Rangel Ramírez al Dr. Juan Balanzátegui Sánchez y a la Dra. Blanca Laura Rivero Banda. Durante su mensaje el Dr. Huerta Psihas destacó el compromiso asumido por quienes semana a semana El Futuro del Derecho acuden a transmitir su experiencia y conocimiento en las aulas de la Ius La Directora General de la universiSemper. Señaló que los miembros dad, Janet Huerta Estefan, comendel Poder Judicial Federal y del Po- tó que la Universidad está comder Judicial de la cdmx, que forman prometida con una enseñanza de parte del claustro de profesores, jun- vanguardia, acorde con los requeto con otros destacados académicos, rimientos del Derecho en el siglo han brindado su apoyo para darle xxi, en donde el ámbito digital será prestigio a la universidad, a fin de preponderante. En países como cumplir uno de los objetivos por China, Francia o Estados Unidos los cuales fue creada: brindar una —informó—, sus poderes judiciales educación de excelencia con base invierten mucho en la Inteligencia en el talento, el conocimiento, las Artificial (ai) para aplicarla en sus habilidades de sus maestros y, par- labores cotidianas, México apenas ticularmente, por su amor a México. avanza hacia allá, una prueba de ellos, reveló, es que en la SecretaEs un privilegio para nosotros — ría de la Función Pública crearon comentó el Rector— tener entre una comisión de ia para iniciar y


conocer sus bondades en el servicio público.

Nada más hermoso que impartir

Son temas —dijo— que, como Uniconocimiento con seriedad y con una versidad, existe el compromiso de plantilla de maestros comprometidos. incorporarlos al ámbito educativo con el apoyo y experiencia que tienen los jueces, los magistrados, los académicos y, por supuesto, los nuevos talentos digitales; se requiere de —aseveró— “generar el puente entre la experiencia y la juventud”. ciatura mixta, es decir, online y Por su parte, la Dra. Margarita presencial. “Serán testigos de cómo Luna Ramos, en representación Janet Huerta informó al cuerpo la Universidad estará más cerca del Consejo Académico de Ius docente que Ius Semper se en- del ambiente digital, tanto en su Semper, también felicitó a los cuentra en una etapa de profunda administración como en la educa- profesores, reconociendolos por transformación. Una muestra de ción con temas de ai en el sector ser parte de una institución seria, ello es la plataforma digital que jurídico.” No siempre nos damos comprometida con promover la entrará en operación a partir del cuenta —señaló Janet Huerta—, enseñanza del Derecho con propróximo ciclo escolar, en donde de los cambios tan profundos que fesionalismo y pasión. “Nada más los profesores tendrán una mayor vivimos, y que transforman los pa- hermoso que impartir conocimieninteracción con los alumnos al radigmas de cientos de años, por to, de hacerlo con seriedad y con compartir en línea los materiales eso, en el Derecho de hoy es nece- una plantilla de maestros comprode trabajo o subir las calificacio- sario un trabajo de equipo entre metida, que tiene la experiencia en nes. A esto —comentó— se suma la academia, el ejercicio público y el Derecho desde el punto de vista la puesta en marcha de la licen- los particulares. académico y profesional.”

Junio 2018  |  65


El presente artículo analiza el sistema de competencias jurisdiccionales en torno al derecho de réplica y sus implicaciones en materia electoral.

Lic. Martha Leticia Mercado Ramírez Magistrada del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como 11 y 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; a nivel nacional, está reconocido como derecho humano, en el primer párrafo del artículo 6° de la Carta Magna y se encuentra regulado en la Ley en materia de réplica.

Vale destacar que este derecho, a pesar de su incorporación constitucional y de su regulación tardía, pasó l presente artículo tiene cionalidad efectuado por la Supre- a ser parte de nuestro sistema jurícomo finalidad analizar el ma Corte de Justicia de la Nación dico desde el año 1917, al tener sus nuevo modelo competencial (scjn), así como sus implicaciones orígenes, respecto a la información y procesal del derecho de réplica, a a la esfera jurídica de los sujetos difundida en periódicos, en lo establecido por el artículo 27 de la Ley raíz de la emisión de Ley Regla- electorales. sobre Delitos de Imprenta; mienmentaria del artículo 6°, párrafo primero, de la Constitución Política En principio, es necesario refe- tras que, por cuanto a los medios de los Estados Unidos Mexicanos rir que, en sede internacional, el en radio y televisión, encontró sus (en adelante Ley en materia de derecho de réplica se encuentra raíces en el año 2002, en lo previsto réplica) y del análisis de constitu- tutelado por los artículos 17 del por el numeral 38 del Reglamento

E

66 | Foro Jurídico


de la Ley Federal de Radio y Televisión en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión.

culos que otorgan competencia a los Jueces de Distrito para conocer cualquier procedimiento con motivo del ejercicio de réplica, sin distinguir los procesos que interpuPor su parte, en materia electoral, sieran los sujetos electorales. sus antecedentes se remontan al artículo 186 del entonces cofipe, Asimismo, con votación mayoripublicado en 1990, al reconocér- taria, confirmaron la validez del sele el derecho a los partidos po- procedimiento judicial, en una líticos, coaliciones y candidatos, a primera instancia, sin distinguir solicitar la reclamación, respecto un procedimiento especial para la de información que consideraran materia electoral, pues a su juicio, deformaba hechos o situaciones el mismo resultaba expedito, en referentes a sus actividades o atri- cuanto a que, una vez admitida butos personales. Justamente, la la solicitud de inicio del proceregulación tardía del derecho de dimiento por el Juez de Distrito, réplica, dio cabida a que fuera el su sustanciación y resolución no Tribunal Electoral del Poder Ju- conllevaba más de 10 días hábiles. dicial de la Federación (tepjf), En tanto que, al no lograrse una quien, a través de sus criterios, votación de 8 votos, se confirmó la determinara la forma y términos constitucionalidad de una segunda en que lo ejercerían los sujetos instancia, mediante el Recurso de electorales, dotando de certeza y Apelación previsto por el Código seguridad jurídica a éstos y a la Federal de Procedimientos Civiles, ciudadanía, entre otros aspectos, que implica para los sujetos electorespecto al procedimiento suma- rales el agotarla en más de 45 días. rio en que se sustanciaría y resolvería. A nuestro parecer, debemos prestar atención al hecho de, otorgar Derivado de la reforma constitu- competencia a los Jueces de Discional y legal, en materia político- trito para el efecto de conocer las electoral, la réplica sería conocida solicitudes de inicio del procedien primera instancia, por la Sala miento judicial en materia de réRegional Especializada,1 vía Pro- plica, respecto aquellos asuntos cedimiento Especial Sancionador, en los que se involucren sujetos en tanto que, las decisiones que electorales, pues conforme a lo recayeran sobre ésta, podrían ser sostenido por la mayoría del Plesujetas a análisis de la Sala Supe- no de la scjn, si bien, el hecho rior, mediante el Recurso de Revi- de que sean promovidas por los sión correspondiente. A pesar de partidos políticos, los candidatos ser el organismo especializado en y los precandidatos, por sí, no es materia electoral y de los posibles suficiente para considerar que beneficios que podrían generar el se trata de una litis electoral, lo que siguiera siendo parte de la ju- cierto es que, por lo general, dirisdicción del tepjf, los Ministros chas solicitudes están relacionade la scjn, al resolver la Acción das con el desarrollo de un prode Inconstitucionalidad 22/2015 ceso electoral, con actividades y acumuladas, por unanimidad, partidistas o con el derecho a ser confirmaron la validez de los artí- votado de los candidatos.

Es indispensable que se identifique, que si bien estamos ante la garantía de un derecho fundamental, y en el diseño constitucional mexicano la materia está reservada a los tribunales federales; es necesario establecer que en materia electoral existe un sistema de protección de los derechos político electorales cuyo diseño puede ser considerado, ya que de otra manera se está ante un proceso competencial de compleja estructura. Ello, no sólo requiere de una instancia jurisdiccional sumaria, sino de una segunda que tenga la misma naturaleza, la cual, podría acotarse con el actual diseño legal, pues agotar una apelación que puede ser resuelta en más de 45 días, haría nugatorios derechos de los sujetos electorales. Por tanto, si en el derecho electoral, la réplica cobra importancia, porque cuando se busca el apoyo o el rechazo hacia determinado partido político, aspirante a candidato independiente, precandidato o candidato del electorado, es posible que se difunda información inexacta o errónea respecto a éstos, resulta necesario que esa información sea rectificada lo más pronto posible para que los votantes cuenten con los mejores elementos para emitir el sufragio y que el principio de equidad en el derecho a ser votado no sea vulnerado. Conforme a ello, es trascendental que se desarrolle un análisis con base en resultados del actual proceso electoral, en materia jurisdiccional, en el que participen tanto nuestro máximo tribunal como los órganos jurisdiccionales en la materia, de suerte tal que permita generar cauces en el marco de justicia abierta para establecer competencias que cumplan cabalmente con su fin.

Conforme al transitorio Décimo Noveno de la LEGIPE.

1

Junio 2018  |  67


MAQUINA DEL TIEMPO MUSICAL

Futbol, Elecciones y el Interés Superior del Menor

N

o sabemos discutir o somos increíblemente firmes para defender nuestros puntos de vista. No sé si es virtud o defecto, pero eso es lo de menos. Y tendremos que ser muy tolerantes porque en junio y julio se juntan acontecimientos que desbordarán la pasión de más de uno: Mundial de futbol, cierre de campañas políticas y elecciones.

Lic. Jesús A. Aquino Rubio

Pasión. Es la mejor palabra que describe el sentimiento del mexicano cuando se habla de futbol, política o religión. Es imposible tener un diálogo mesurado, sólo es cuestión de tiempo antes de que empiecen los tonos altos, los aspavientos, los gritos o el repentino fin de la plática terminada en discusión ante el retiro abrupto de alguno de los involucrados.

68 | Foro Jurídico

Por su parte, el himno Hala Madrid y nada más, afirma: “Historia que tú hiciste, historia por hacer, porque nadie resiste, tus ganas de vencer […] llevo tu camiseta pegada al corazón, los días que juegas son todo lo que soy […] soy lucha, soy belleza, el grito que aprendí: Madrid, Hala Madrid y nada más”.

En una discusión sobre Messi y Cristiano, referentes mundiales ¿Cree usted que esa mezcla será del Futbol Club Barcelona y del normal? Piense de nuevo. Basta Real Madrid, respectivamente, preguntar a cualquier amante del una airada plática terminó con futbol, quién es el mejor jugador una reflexión histórica de alguien del mundo. Las opciones obvias: que además era fanático del futbol Messi o Cristiano Ronaldo. Le nacional: “No se vale defender con garantizo que no pasarán más de tanta pasión a los equipos espados minutos antes de que la efer- ñoles, no olviden que nos tuvieron vescencia en la plática empiece a 300 años esclavos”. subir poco a poco de intensidad. Se expondrán virtudes y defectos Más pasión de uno y otro, se recordarán partidos y finales, destacarán esta- Ahora la discusión se torna hisdísticas, trofeos y copas, da igual, tórica y los sentimientos de dola discusión será interminable. lor, rencor, reproche o despecho surgen en muchas personas. ReEl himno del Futbol Club Barcelo- pentinamente ya se habla de si na tiene implícitas fuertes expre- México es mejor que España, se siones históricas, sociales y polí- discute por qué tardamos tanticas, al señalar: “Todo el campo to en independizarnos, cuánto es un clamor […] no importa de odio debemos tener por los años dónde vengamos […] una bandera de ocupación española, si debenos hermana […] todos unidos ha- mos combatir a los españoles que cemos fuerza, son muchos años de son exitosos en México, y demás sacrificio […] y se ha demostrado, reflexiones alusivas y poco constructivas. nadie nos podrá doblegar”.


Imposible no remitirnos a la letra del tema “Maldición de Malinche”, de Amparo Ochoa y Los Folkloristas: “Del mar los vieron llegar, mis hermanos emplumados, eran los hombres barbados, de la profecía esperada […] les abrimos las puertas por temor a lo ignorado […] en ese error entregamos la grandeza del pasado, y en ese error nos quedamos 300 años esclavos […] Maldición de Malinche, enfermedad del presente, cuándo dejarás mi tierra, cuándo harás libre a mi gente”. De las campañas políticas qué les puedo decir, no existe medio de comunicación, masivo o personal, red social o contexto informativo, que no esté saturado de propuestas, descalificaciones, opiniones, afirmaciones, noticias falsas y todo el juego de manipulación informativa propio de los tiempos electorales, con jingles y canciones incluidas. Pero todos esos argumentos se vuelven banales, secundarios, triviales o superfluos cuando recordamos que el 7 de junio se cumplen 81 años de un acontecimiento que está en el olvido de muchos millennials: el día que llegaron al puerto de Veracruz casi 500 niños provenientes de España, huyendo de la cruel Guerra Civil de su país. Esos niños que no tuvieron otra opción, era eso o la vida. Y emprendieron el infinito viaje en barco hacia el otro lado del Atlántico con la esperanza de encontrar una posibilidad de subsistencia. Si usted tiene hijos podrá imaginar la angustia de los padres de enviar en esas condiciones a sus pequeños, sin compañía, sin adultos, sin familiares, en barco, a un país muy lejano, sin certezas o garantías y con la comunicación limitada o nula. De dicho acontecimiento se pueden obtener muchas reflexiones:

tillero[…] y el chico le contesta, cuando sea grande, seré artillero”. Se podrán hacer muchas afirmaciones que no se han puntualizado, por ejemplo, que los niños eran catalanes; que si luchaban republicanos contra imperialistas en España; que si esta situación tiene repercusiones históricas y justifica mucha de la pasión que se traslada a los campos de futbol, entre Madrid y Barcelona; Los ahora tan estudiados dere- si esa rivalidad histórica se matechos de los refugiados, sobre todo rializa todos los días en los intenlas acciones oficiales por defender tos independentistas recientes de el interés superior del menor, se Cataluña y la represión estatal configuraron en este episodio de consecuente. Olvídese de todo, la historia nacional que no debe esos niños cambiaron los bomde olvidarse, cuando dos naciones bardeos diarios por una certeza se hermanaron por una gran causa de vida en nuestro país. humanitaria, a pesar de su pasado, a pesar de sus dolores, a pesar de La derrota republicana en la Guesus reproches, a pesar de sus dife- rra Civil Española y el inicio de rencias. la Segunda Guerra Mundial sellaron el destino de esos pequeños Se pretendía que los niños estu- en tierras mexicanas. ¿Conocías vieran en México sólo mientras la historia? ¿Tuviste la fortuna concluía el conflicto armado, y de conocer a alguno de los niños llegaron a suelo nacional con una de Morelia? Comparte con nomaleta, con la ilusión de pronto sotros esas historias en las redes regresar con sus padres. Fueron sociales señaladas al final de la refugiados en la escuela México- columna. España, ubicada en Morelia, Michoacán, de ahí el nombre atri- Pasión, esa que nos sobra, la que buido al grupo, pero la derrota puede sacar lo mejor y lo peor de de la causa republicana obligó nosotros, es la que debemos cona estos pequeños a envejecer en trolar para rendirla a los actos de nuestro país solos, huérfanos, sin gran nobleza humana como el sus progenitores y añorando vol- narrado. Que sea ese sentimiento de nobleza el que llene su mente ver a casa. querido lector, cuando empiece a Como hemos puesto de mani- sentir que su sangre hace ebullifiesto en numerosas ocasiones ción hablando de religión, futbol, en esta columna, la música no ha candidatos, campañas o partidos sido ajena a estos episodios, y fue políticos. Oscar Chávez en su álbum Canciones de la Guerra Civil y Resis- Se acercan un mundial, el cierre tencia Española 1936/1939/1975, de campañas y las elecciones. ¿Poen donde se sumerge en este pe- dremos dominarnos ante estos ríodo histórico, narrando en la acontecimientos tan profundos de canción “La Cigarrera”: “Iba la la cultura nacional? Si siente que Cigarrera, lleva un chiquillo, el se desborda, piense en los niños de chico le pregunta quién fue mi Morelia, ellos no tuvieron opción, padre […] fue un miliciano […] usted sí las tiene, y varias afortuque fue primero […] fue un ar- nadamente. la implícita súplica de ayuda de muchos padres que encontraron respuesta en México para darle una segunda oportunidad a su más valioso tesoro, sus pequeños hijos; mostrándose solidaridad por recibir a esos inocentes e indefensos niños, cuya suerte no sería fácil, pero sin duda era una mejor alternativa que continuar en medio del conflicto armado.

Junio 2018  |  69


FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Se Solicita

Youtuber En el año de 2005, tres antiguos empleados de la plataforma PayPal fundaron Youtube. Jawed Karim y compañía crearon el medio tecnológico que transformó la forma de compartir contenido y lo que ahora es el más grande repositorio del mundo. Un año después de su fundación, Google Inc. lo adquirió por la cantidad de 1,650 millones de dólares.

En 2015 se lanzó la primera lista oficial Forbes de los Youtubers más ricos del mundo,4 en la que se destacó el rango de edad de los seleccionados (menores a 30 años) y que cada canal produjo Lic. Jaime A. Díaz Limón al menos 2.5 millones de dólares en ganancias anuales. El ejercicio Especialista en Propiedad Intelectual en el ámbito Digital. se replicó en 2016 y 2017, años en los que Daniel Middleton, Evan Fong y Dude Perfect, ingresaron e estima que más de mil mula la cantidad de 49 millones a la lista con más de 14 millones millones de personas usan 682 mil 681 visitas.2 Los formatos de dólares producidos anualmenla plataforma y se miran al de video caseros pronto se trans- te.5 El secreto del éxito en Youtumenos 90 mil millones de horas formaron en negocio y los casos de be se encuentra en, además del de video por mes.1 “Me at the Zoo” éxito no son pocos, como ocurrió trabajo duro, la monetización de es el primer video —prehistoria con el Youtuber PewDiePie, quien sus contenidos originales (libres vlogger— que la plataforma alojó actualmente cuenta con más de 62 de copyright infringment), conel 23 de abril de 2005, cuya autoría millones de suscriptores y tiene in- tratos para eventos, patrocinios y pertenece a Jawed; en la actuali- gresos superiores a los 12 millones el trabajo con su marca personal (personal branding). dad, esta primera grabación acu- de dólares por año.3

S

López Michelone, Manuel. “Las sorprendentes estadísticas de Youtube”. UNOCERO. Consultado el 12 de mayo de 2018. https://www.unocero.com/ noticias/las-sorprendentes-estadisticas-de-youtube/. 2 Jawed. “Me at the Zoo”. Youtube. Publicado el 23 de abril de 2005. Consultado el 14 de abril de 2018. https://www.youtube.com/watch?v=jNQXAC9IVRw. En la descripción del video se transcribe la leyenda “El primer video en Youtube”. 3 PewDiePie. Youtube. Consultado el 14 de mayo de 2018. https://www.youtube.com/user/PewDiePie. 4 Berg, Madeline. “Los 10 youtubers más ricos del mundo”. Forbes. Consultado el 14 de mayo de 2018. https://www.forbes.com.mx/los-10-youtubersmas-ricos-del-mundo/. 5 Berg, Madeline. “Estos son los youtubers mejor pagados del 2017”. Forbes. Consultado el 14 de mayo de 2018. https://www.forbes.com.mx/losyoutubers-mejor-pagados-del-2017/. 1

70 | Foro Jurídico


El modelo de negocio no es ajeno para el talento mexicano, entre los Youtubers nacionales más destacados se encuentran Mariand Castrejón (Yuya), Patricia Caeli Santaolalla (Caeli), Alex Montiel (Reportero Internacional/El Escorpión Dorado) y Gabriel Montiel Gutiérrez (Werevertumorro). Éste último se asoció a otros Youtubers mexicanos y creó un proyecto que pretendía blindar y propiciar la difusión de sus obras; sin embargo, el abuso legal de su otrora representante, permitió que la marca y el canal Werevertumorro se colocaran en peligro; la misma suerte corrieron los signos distintivos del resto de los vloggers. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (impi) finalmente resolvió el caso a favor de Gabriel Montiel, quién ahora es el titular de al menos 11 registros marcarios en diferentes clases (41, 35, 38, 26, 16, 25 y 9).6 Empero, la falta de entendimiento de los autores nos deja una gran lección, por lo que comparto algunas consideraciones legales para quienes decidan iniciar su carrera como Youtubers:

¿Qué debo saber antes de iniciar un videoblog?

Reserva de derechos al uso exclusivo. En términos de la Ley Federal del Derecho de Autor, se otorga, mediante certificado, la reserva del uso y explotación de títulos, características físicas y psicológicas distintivas, en particular de publicaciones/difusiones periódicas y personajes humanos de ca-

racterización. El certificado cuenta con vigencia de un año (publicaciones) o cinco años (personajes), respectivamente, renovables por períodos sucesivos iguales. El certificado es indispensable para evitar que terceros exploten las ideas originales susceptibles de reserva. Registro de Marca. En términos de la Ley de Propiedad Industrial, se permite el registro de signos distintivos. Éstos permitirán distinguir y explotar comercialmente el producto (videoblog) de otros que se encuentren dentro de la plataforma. Es indispensable poseer este registro, sobre todo cuando se trata de la obtención legítima del sitio web (proveedores icann)7. Obras Originales. No sólo la Ley Federal del Derecho de Autor protege las obras originales desde su fijación en el soporte electrónico (upload en Youtube), además, la plataforma reconoce los derechos de autor de sus titulares y “premia” la originalidad de su contenido con la categoría Partner. Partner. Youtube cuenta con un programa de seguimiento a sus generadores de contenido, siempre que: 1) cuenten con más de 100 mil suscriptores, 2) no tengan ningún aviso de violación de normas de seguridad y máximo un aviso por incumplimiento de derechos de au-

tor, 3) difundan contenido apto para anunciantes.8 La ausencia de avisos por violación de derechos de autor se mantiene en tanto no se utilice contenido de terceros sin su permiso y no se atente contra los derechos morales. Los casos en los que existen reclamaciones de Content ID 9 difícilmente terminan en aviso de infracción. En cada escenario es importante distinguir la figura del “apoderado” del “titular”, ya que sólo el segundo tendrá derecho pleno a explotar de forma exclusiva sus obras y marcas (derechos patrimoniales); requisito indispensable para alcanzar la categoría de Partner. Verbigracia, en los expedientes 1144630, 1144624, 1144638 (Marca Mixta Werevertumorro) se advierte que un tercero diverso a Gabriel Montiel es titular y solicitante, a diferencia del expediente 1288221, en el que se tramita a favor de W2M Enterprises, s.a. de c.v. Mención adicional merece la falacia generalizada en que incurren los medios tradicionales de comunicación cuando mencionan exorbitantes ganancias a favor de los Youtubers mexicanos. Sugiero un análisis detenido al testimonio del influencer, Alex Montiel,10 en el cual se advierte la volatilidad de sus ingresos como vlogger; independientemente del incremento económico que implicaría el registro del activo intangible (marcas y obras) que beneficiaría la posición financiera y legal de los próximos millonarios de la web.

IMPI-Marcanet. Consultado el 14 de mayo de 2018. http://marcanet.impi.gob.mx/marcanet/. Díaz Limón, Jaime. “Solución de controversias entre marcas y nombres de dominio”. Foro Jurídico. Consultado el 14 de mayo de 2018. https://www. forojuridico.org.mx/solucion-de-controversias-entre-marcas-y-nombres-de-dominio 8 Youtube. “Políticas del programa para Partners”. Consultado el 14 de mayo de 2018. https://support.google.com/youtube/answer/1311392. 9 Díaz Limón, Jaime. “El proceso de autorregulación autoral en Youtube”. Foro Jurídico. Consultado el 14 de mayo de 2018. https://www.forojuridico.org. mx/proceso-autorregulacion-autoral-youtube/. 10 Montiel, Alex. “Datos reales de cuánto dinero se gana en Youtube #Anecdotario”. Youtube. La Lata. México, 28 de febrero de 2018. Consultado el 10 de mayo de 2018. https://www.youtube.com/watch?v=2XIWmQFdr0s. 6 7

Junio 2018  |  71


ABOGADO DIGITAL

Consideraciones Legales del Comercio Electrónico en México No es ajena la realidad que actualmente enfrentan diversas empresas ante la evolución de la era digital y la sociedad de la información, sobre todo cuando dentro de sus actividades principales se encuentra la prestación de un servicio o la venta de un producto a través de internet.

P

oner en marcha un negocio en internet supone diversas ventajas en cuanto a tiempo y dinero, no obstante, pudiera traer diversos riesgos si no se apegan a lo dispuesto por los marcos normativos aplicables en nuestro país. Es indispensable analizar las figuras jurídicas fundamentales para la puesta en marcha de una plataforma de comercio electrónico en México.

Lic. Luis Mario Lemus Rivero Socio en Calderón & De la Sierra y Cía., S.C. @luismariolemusr Luis Mario Lemus Rivero luismariolemus.com

72 | Foro Jurídico

Nombres de Dominio

El sistema de asignación de nombres de dominio es un facilitador para el comercio electrónico, permite atribuir diferenciadores para distinguir un sitio web de otro. En nuestro país, nic México es la organización encargada de la administración del nombre de dominio territorial (cctld,


country code Top Level Domain) .mx, el código de dos letras asignado a cada país según el iso 3166. Entre sus funciones están proveer de los servicios de información y registro para dominios .mx, asignar direcciones ip y encargarse del mantenimiento de las bases de datos respectivas de cada recurso. Los nombres de dominio —de forma coloquial— son un distintivo al igual que una marca registrada, por lo tanto, es importante, previo a la apertura de un negocio en línea, realizar un estudio de fondo sobre el nombre para nuestra plataforma de comercio electrónico. Esto ante la posibilidad de afectar un derecho, lo cual acarrearía consecuencias legales en caso de existir una empresa con el mismo nombre. Contrario a lo anteriormente expuesto, en caso de querer registrar un dominio y notar que es utilizado por un tercero, el cual presume tener un mejor derecho, existe un procedimiento por virtud del cual se puede solicitar su titularidad o asignación. Este procedimiento —dependiendo del tipo de dominio— se tramita en línea ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ompi, o bien ante un proveedor de controversias acreditado por la Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (icann, por sus siglas en inglés). Se recomienda, posterior al proceso y estudio para elegir y solicitar un nombre de dominio, analizar la posibilidad de crear una cartera de nombres, a fin de proteger nuestra plataforma de un robo de identidad corporativo, el cual se realiza mediante nombres de dominio similares o idénticos, cambiando únicamente la región y/o tipo de dominio. Hoy, al igual que las marcas, dicha cartera conforma una parte

ducto, formando uno de los activos intangibles más importantes para una persona, ya sea física o moMarcas ral. De no hacerlo, existe el riesgo de ser negado por el impi, lo cual Uno de los mayores conflictos al presupone una doble inversión, así abrir una plataforma de comer- como una pérdida económica y recio electrónico es la inversión que putacional importante. representa. Asimismo, una de las cuestiones que más se acostum- Protección al Consumidor bra dejar de lado es el registro de la marca. Es común encontrar La Ley Federal de Protección al negocios que invierten recursos Consumidor dispone en su artículo en cuestiones secundarias, como 76 bis de diversos derechos respecpor ejemplo el marketing, pero to a las transacciones efectuadas a ¿cuál es el riesgo de no conside- través de medios electrónicos, óprar el registro de una marca como ticos o de cualquier otra naturaleza. prioridad al momento de abrir un Además, establece, entre otras, las negocio? Una marca es uno de los siguientes obligaciones: activos intangibles más importantes de una empresa, es un signo que 1. Confidencialidad de la inpermite diferenciar los productos formación del consumidor. o servicios de una y otra empresas. Es indispensable proteger y resguardar la información de En México, una marca puede prolos consumidores, sea esta de tegerse registrándola ante el Insticarácter personal o no, por lo tuto Mexicano de la Propiedad Inque se recomienda establecer dustrial (impi), organismo público medidas de seguridad que descentralizado con personalidad permitan garantizar la conjurídica, patrimonio propio y aufidencialidad de la informatoridad legal para administrar el ción. sistema de propiedad industrial en 2. Seguridad de la información nuestro país. En el plano internaproporcionada por el concional existen dos opciones: presumidor e informarle a éste, sentar una solicitud de marca en la previamente a la celebración oficina de marcas de cada uno de de la transacción, sobre las los países en que se quiera obtener características generales de protección o utilizar el sistema de los elementos de seguridad. Madrid. En principio, el registro 3. Proporcionar al consumide marca confiere al titular el dedor, antes de celebrar la recho exclusivo a utilizarla, es decir, transacción, su domicilio podrá ser utilizada exclusivamenfísico, números telefónicos te por el titular o ser concedida en y demás medios a los que licencia a un tercero a cambio de pueda acudir el propio conun pago. Además, ofrece seguridad sumidor para presentarle sus jurídica y refuerza la condición del reclamaciones o solicitarle titular del derecho, por ejemplo, en aclaraciones. caso de litigio. 4. Evitar las prácticas comerciales engañosas respecto Por lo anterior, es indispensable de las características de los que si se quiere desarrollar una productos, por lo que debeplataforma de comercio electrónirá cumplir con las disposicioco, previo a ponerla en marcha, se nes relativas a la información registre la marca y se proteja, pues y publicidad de los bienes y es lo que identificará a nuestro proservicios que ofrezca. de los activos intangibles más importantes de una empresa.

Junio 2018  |  73


ABOGADO DIGITAL

Protección de Datos Personales

México cuenta con disposiciones legales en la regulación de comercio a través de medios electrónicos.

5. El consumidor tendrá dere-

cho a conocer toda la información sobre los términos, condiciones, costos, cargos adicionales, en su caso, formas de pago de los bienes y servicios ofrecidos por el proveedor 6. Respetar la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir. 7. Respetar la decisión del consumidor, en su caso, de no recibir avisos comerciales en general. 8. Abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para esa población.

Para que una plataforma de comercio electrónico cumpla con su objetivo final, el cual —en la mayoría de los casos— se define con la venta de algún producto o servicio, necesariamente se realiza el tratamiento de datos personales. Ya sea por el hecho de generar una cuenta de usuario, registro, datos de contacto, recolectar datos de envío de productos, o bien procesar un pago, lo anterior tiene como resultado que sea aplicable la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

gocio considere: la elaboración e implementación de políticas y programas de privacidad; se ponga en práctica un programa de capacitación, actualización y concientización del personal; establezca procedimientos para recibir y responder dudas y quejas de los titulares de los datos personales; disponga de mecanismos para el cumplimiento de las políticas y programas de privacidad, así como de sanciones por su incumplimiento; establezca medidas físicas, técnicas y administrativas para el resguardo de los datos personales. Contrato de Adhesión

Dicha norma, en su artículo 3, define “tratamiento de datos personales” de la siguiente manera: “XVIII. Tratamiento: La obtención, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales, por cualquier medio. El uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de datos personales”.

Se recomienda elaborar un apartado de Términos y Condiciones de Uso (contrato de adhesión) de la plataforma de comercio electrónico. En éste se puede deslindar, en la medida de lo posible, a los propietarios de ciertas conductas ilícitas que puedan llevarse a cabo en su plataforma, así como la previsión de lo establecido por la Ley Federal Así, podemos determinar que si de Protección al Consumidor y la nuestra plataforma utiliza, divul- Ley Federal de Protección de Datos ga o almacena datos personales, Personales en Posesión de los Partiautomáticamente tenemos que culares, entre otras. cumplir con lo dispuesto por la Ley. Al presentarse tan sólo una Los Términos y Condiciones son de las acciones previamente men- los acuerdos de voluntades refecionadas, estamos dentro de lo que rentes a la propuesta de obligaciose considera “tratamiento de datos nes y derechos inflexibles ofrecidos personales”. por el oferente al ofertado, para que éste únicamente decida acepPor lo tanto, en nuestra calidad tarlos o rechazarlos. Esto significa de responsables debemos cumplir, que de aceptarse la propuesta del primero, con la elaboración de un oferente (la plataforma), el ofertaaviso de privacidad a través del do (usuario) sólo puede manifestar cual se le haga saber al usuario la su conformidad adhiriéndose a los información personal que le será mismos, pero es indispensable que recabada, las finalidades del trata- la oferta se presente por escrito, lo miento, entre otras, y los medios relevante es que el consentimiento Es indispensable que el proveedor por los cuales puede oponerse o se manifieste afirmativa o negatide servicios por internet cumpla en ejercer su derecho de Acceso, Rec- vamente, sin discusión. general con lo dispuesto en la Ley tificación, Cancelación y Oposición. Federal de Protección al Consumi- No obstante, se recomienda que, en La Ley Federal de Protección al dor: condiciones de venta, calidad, cumplimiento con el principio de Consumidor define los contrainformación, publicidad, garantías, responsabilidad consagrado en la tos de adhesión en el artículo 85. promociones y ofertas, etcétera. norma en comento, nuestro ne- Adicionalmente, el Código Civil

74 | Foro Jurídico


Federal, en sus artículos 1807 y 1810, establece que para que una oferta sea vinculante para el proponente, la aceptación del destinatario (usuario) debe de ser lisa y llana, sin modificar sus términos; el contrato se define en el momento en el que el proponente recibe la aceptación de la oferta. En este caso en particular, proponemos que el consentimiento se manifieste a través de las figuras informáticas denominadas click wrap o browse wrap. Con los términos y condiciones se busca que el usuario conozca las condiciones del servicio a través de la plataforma de comercio electrónico, para que se concrete la actividad de compra y venta a través de dicho medio sin dejar dudas de por medio y con ambas partes enteradas de las condiciones e implicaciones de la operación. Contrato de Desarrollo de la Plataforma

Otro de los temas a tomarse en cuenta es la publicidad en reUno de los aspectos que más se des sociales, pues, al igual que el toma en cuenta para el desarrollo marketing a través de los canales y crecimiento de un negocio es sin tradicionales, éste se encuentra reduda el marketing. Es común escu- gulado, por lo que se recomienda char que en internet no está regu- conocer los términos y condiciones lado, pues no se cuenta con una ley establecidas para las redes sociales, específica para estos casos, lo cual así como la legalidad en la activies erróneo ya que en nuestro país dad publicitaria que se pretende si bien no hay una ley en concreto realizar, pues en caso de ser ilegal, que regule dichos actos, existen acarrearía un riesgo para la marca. disposiciones legales que deben observarse para dichos casos, por Conclusiones ejemplo, la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley General de Salud, México es un país que cuenta con la Ley de la Propiedad Industrial, diversas disposiciones legales tenel Código de Comercio, entre otras. dientes a la regulación de los actos de comercio, incluidos, por supuesAlgunas de las actividades ilícitas to, aquellos que se realizan a través más frecuentes son la piratería, el de medios electrónicos. Por lo que uso de imágenes protegidas, uso de resulta fundamental conocer la lemarcas sin licencia y violaciones gislación aplicable previo a poner en generales a derechos de autor. És- marcha una plataforma de comercio tas tienen riesgos muy altos, ya que electrónico, no hacerlo acarrea dipueden derivar en una responsabi- versos riesgos como lo son la responlidad penal, civil y administrativa, sabilidad penal, civil y administratiasí como en el daño reputacional va, así como el impacto económico y de la marca. reputacional en el negocio. Marketing Online

En la actualidad, es frecuente que quienes solicitan un servicio de desarrollo de página web, no firmen un contrato con su desarrollador, lo cual implica un riesgo enorme, pues el desarrollador es la persona que tiene el control de la plataforma, desde el dominio, contraseñas, códigos, know how, etcétera. Para mayor protección del desarrollo de una aplicación, plataforma de comercio electrónico y/o una página web, se recomienda celebrar un Contrato de Desarrollo con la persona y/o empresa encargada del desarrollo de los servicios. El contrato deberá contener, entre otros aspectos, cláusulas en las que se establezca que la propiedad del objeto en todo momento será del solicitante del servicio, cláusulas de confidencialidad, asignación de propiedad intelectual, protección de datos y contraseñas, entrega de códigos, pagos por fase, alcance, etcétera.

Junio 2018  |  75


CADALSO

Se Aleja “Napito” del Senado Cada vez más lejos se ve la posibilidad que el dirigente sindical minero Napoleón Gómez Urrutia (a) “Napito”, sea senador de Morena en la próxima legislatura por la vía plurinominal, luego del severo golpe que le asestó la Junta Especial Número Diez de la JFCA para obligarlo a devolver, por segunda ocasión, más de 50 millones de dólares al gremio minero. Hace 8 años, en 2012, la Junta dictó un laudo similar. Sin embargo, el sindicato interpuso un amparo ante un tribunal colegiado en materia laboral, que ordenó reponer las fallas de procedimiento, y ahora, en la víspera de la jornada electoral, nuevamente se le obliga a devolver el dinero. Y si bien el Consejero del INE, Marco A. Baños ha declarado que este hecho no invalida la candidatura, este laudo se convierte en otra piedra en el zapato para el exlíder sindical radicado en Vancouver, Canadá, ya que su ingreso a la Cámara Alta pende de un hilo en espera del fallo del TEPJF, que estudia si la renuncia que hizo el líder sindical a la ciudadanía canadiense es suficiente para llegar al cargo, pues la ley impide tener doble nacionalidad, o si cumple con el requisito de la residencia. Esperemos que el TRIFE no entregue otra sorpresa poco creíble jurídicamente, como la de Jaime Rodríguez, “El Bronco”, y que de último momento los magistrados electorales encuentren un resquicio legal para dejarlo en la boleta.

Proceso Electoral Enmarcado por la Violencia Trágico ha resultado el actual proceso electoral en México, pues como nunca antes se han registrado más de 78 homicidios de candidatos a diferentes cargos de elección popular, en su mayoría a alcaldías, regidurías y diputaciones locales de todos los partidos políticos. De poco han servido los llamados a la civilidad política de las autoridades electorales encabezadas por el Presidente Consejero del INE, Lorenzo Córdova Vianello. De acuerdo con el estudio Tercer Informe de Violencia Política México 2018, elaborado por la firma Etellekt Consultores, desde que inició el proceso electoral al mes de abril pasado, se reportaron 173 agresiones directas contra políticos, en donde el 80% de los casos de homicidio, se atribuyen al crimen organizado. De ahí que estas elecciones sean tal vez las más violentas de las que se tenga memoria, por eso es urgente atender con toda seriedad los avisos y denuncias de amenazas hechas a los aspirantes de cualquier cargo, incluso presidencial, ya que los ánimos se están calentando en la recta final del proceso electoral.

76 | Foro Jurídico


Cambio de Capitán en el Tricolor Con la designación del ex gobernador de Guerrero René Juárez Cisneros como Presidente del PRI, sin duda que el Candidato Meade toma el control de su campaña, y dejó fuera al improvisado Enrique Ochoa y a su equipo, quienes nunca habían organizado una campaña política. Era evidente que al interior del PRI las cosas estaban mal. El exceso de confianza fue tal vez su talón de Aquiles, pues creyeron que el voto duro sería suficiente así como un candidato ciudadano para ganar, que haría olvidar todo el negro historial detrás; si a esto sumamos la novatez en campañas, el costo fue muy alto, lo cual se reflejó casi de inmediato en las encuestas. La cúpula priista espera que con la experiencia y la puesta en marcha del colmillo tricolor, encabezado por Juárez Cisneros, se dé un giro total a la estrategia y a la comunicación del candidato oficial en lo que resta de campaña para remontar en las preferencias electorales. Sin embargo, los cercanos a Meade y gran parte de la militancia se preguntan cuál será el costo real para el Presidente EPN, de este tardío relevó.

Promulga EPN Ley vs Corrupción Parece que también resultó tardía la promulgación de la Ley General de Mejora Regulatoria por parte del Presidente Enrique Peña Nieto, que pretende ser un antídoto contra la corrupción, ineficacia, falta de ética en el servicio público y la poca transparencia que enmarca la etapa final de su administración. Aunque al publicar esta Ley General el pasado 15 de mayo, expresamente EPN señaló que no llegaba tarde, a seis meses de concluir su gobierno, lo cierto es que estas bases legales obligatorias para los tres niveles de gobierno ( federal, estatal y municipal), debieron ser promovidas cuando menos a la mitad del sexenio y evitar los cientos de actos de corrupción que marcaran la administración del actual presidente y de al menos una docena de gobernadores que lo acompañaron en este tramo. Lo positivo del asunto es que la nueva legislación sienta las bases para combatir actos de corrupción y opacidad en todo el país, pretendiendo dar certidumbre a empresas y permitir el crecimiento económico en todo el país. Los 4 ejes centrales de esta ley son: 1) Se eleva a rango de política de estado la mejora regulatoria obligando a las autoridades de todo el país a simplificar trámites y optimizar servicios; 2) genera un Sistema Nacional que vinculará a todas las autoridades púbicas; 3) El Sistema Nacional concentrará en un portal de internet los requerimientos federales, estatales y municipales y; 4) Se creará un Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria que vigilará el cumplimiento de la ley. Con ello se pretende empoderar al ciudadano con certeza jurídica en los trámites administrativos y abrir un expediente único para tramites acabando con duplicidades. Eso queremos que Peña Nieto impulse, éste sistema antes de que se vaya y no suceda lo que con el Sistema Nacional Anticorrupción que lo ha frenado el propio gobierno federal.

Junio 2018  |  77


LIBROS RECOMENDADOS

Tratado de Justicia Restaurativa. Un Enfoque Integrador Gabriel de Jesús Gorjón Gómez (coordinador). Tirant lo Blanch, 2017.

La Devolución del IVA al Consumidor. Manual Práctico de Devolución y/o Compensación con Formularios Carlos Sánchez Tapia. Anaya, 2018.

L

a presente obra aporta una visión integral de los matices de la justicia restaurativa, en la que interactúan de manera ecléctica diversas vertientes del derecho para estructurar un apoyo a la culturización de ésta, desde ángulos diversos que permitan entender y aplicar a mayor profundidad la elección más humanista que el derecho puede considerar para resarcir el tejido social. El objetivo de la obra es difundir la cultura de la paz a través de la escuela de pensamiento de los Medios Alternativos de Solución de Conflictos, que permita al lector una comprensión y coherencia fundamentada científicamente en las distintas áreas de aplicación para la solución de conflictos.

78 | Foro Jurídico

E

l libro brinda al lector una serie de estrategias que propone Sánchez Tapia para la recuperación del IVA en sus devoluciones en efectivo a compensaciones solicitadas al SAT. A lo largo de ocho capítulos, el autor explica en qué consiste el Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto al consumo del IVA de 16%, la ciencia fiscal en nuestro país. Detalla por qué este gravamen viola los derechos humanos del consumidor final; por lo cual propone a la Procuraduría Federal del Consumidor tomar cartas en el asunto ante la serie de lagunas del consumidor sobre el tema.


C

Sistema de Justicia de Ejecución Penal

La Sentencia de Amparo Indirecto: Contenido y Efectos

Miguel Sarre, Gerardo Manrique. Tirant lo Blanch, 2018.

Fernando Córdova del Valle. Ediciones Jurídicas Alma, 2018.

on la promulgación en México de la Ley Nacional de Ejecución Penal (2016), se materializan y desarrollan aportes de fuente interna e internacional para lograr una prisión sin abusos ni privilegios, una prisión con ley. Así, los autores, ante la evidente insuficiencia de enfoques acotados a la gestión penitenciaria, examinan las bases conceptuales y los cauces procesales para la funcionalidad de este nuevo subsistema de justicia penal; de ahí la utilidad de esta obra para adentrarse en su conocimiento, participar en su instrumentación o beneficiarse con su aplicación.

E

n su segunda edición, la obra está orientada a facilitar al lector la comprensión del amparo mexicano sin importar materia o especialidad alguna y, por supuesto, grado académico. Todo aquel que sufra o sea vulnerado en la esfera jurídica de los Derechos Humanos debe conocer los alcances del amparo. Para el autor es importante señalar que la comunidad jurídica y social no puede quedarse con el concepto tradicional del juicio de amparo, sino ir más allá para entenderlo como un recurso judicial efectivo que sirve para impugnar la inconstitucionalidad o incluso la inconvencionalidad de una disposición de observancia general.

Junio 2018  |  79


El MARCO DEL PODER

Enfrentando Nuestro Destino

Marco V. Herrera marco.herrera@forojuridico.org.mx www.twitter.com/@Marcovherrera

N

o hay plazo, que no se cumpla, ni deuda que no se pague”, dice el refrán. En nuestro caso aplicará para la democracia mexicana. Llegaremos al día de la votación en el cual elegiremos a 3 406 autoridades en 30 estados, quienes serán los que dirijan al país durante los próximos 3 y 6 años.

Estamos a días de la elección y no hay certeza de quién será el posible ganador de la Presidencia de México. Todos los candidatos y sus seguidores claman que van en la delantera o en camino a consolidar sus posiciones para dar la sorpresa y ganar el domingo 1° de julio, sin embargo, lo que nos dice la historia de las últimas elecciones, es que aún pueden pasar muchas cosas. Un claro ejemplo de esta situación es la declinación de Margarita Zavala a la candidatura presidencial, incluso hay quienes dudan de que el Bronco llegue al final de la contienda. Desde mi perspectiva, todavía pueden ocurrir algunos

80 | Foro Jurídico

acontecimientos importantes que pueden cambiar la ruta de nuestro destino como país, por ejemplo: campañas negras, noticias fatídicas o alianzas que parecerían inauditas al día de hoy. Por otra parte, habrá que ver cómo se define la ecuación del día de la elección, relacionada con cuatro factores específicos que también pueden afectar el resultado final: a) la carga de los negativos en cada uno de los candidatos que les puede restar votos efectivos el día de la elección; b) la decisión definitiva de los indecisos y los primeros votantes, quienes representan más del 30% de los sufragios, por lo que ellos son quienes pueden dar un giro a las intenciones del voto; c) la eficiencia de la operación del voto duro de cada uno de los partidos y el desempeño de sus simpatizantes durante el día de la elección, lo que posteriormente derivaría en posibles delitos y conflictos poselectorales, por ejemplo, la posible derrota en tribunales de

algunos supuestos ganadores; y finalmente lo más importante, d) la conciencia de los electores y su racionalidad ante los problemas reales y la carga de la furia social. A raíz del resultado del día de la elección, sea cual sea, los ciudadanos debemos ocuparnos de que estas 2 777 autoridades tengan una visión clara de hacia dónde quieren dirigir nuestro país, que establezcan una comunicación efectiva entre ellos y trabajen en conjunto para guiar a México por el mismo camino, de otra manera, el escenario de gobernabilidad se puede complicar. Recordemos que en las autoridades electas estarán representadas todas las alianzas, los partidos nacionales, locales, independientes y los partidos que están coligados nacionalmente pero en lo local van solos. Debido a la natural confrontación, será muy difícil alinearlos para balancear los intereses políticos de cada uno de ellos. Algo muy importante por mencionar es que los escándalos que se avecinan no nos desanimen y corramos el riesgo de dejar la suerte del país en manos equivocadas, debemos, hoy más que nunca, ejercer nuestro voto más allá de lo que digan las encuestas o las estrategias deshonestas que inundan las redes sociales. Sin duda, lo más importante es ejercer nuestro voto.


INGLÉS CURSO ONLINE Con el INGLÉS de IUS SEMPER no perderás tiempo en desplazarte y conseguirás tu certificado oficial ESTUDIA DESDE LA COMODIDAD DE TU CASA Te ofrecemos un curso enteramente ONLINE, con más de 350 hrs de audio y video. CON CERTIFICADO OFICIAL Al superar el examen final de INGLÉS IUS SEMPER podrás certificar tu nivel de inglés con College Board e incorporar el título en tu CV.

INSCRIPCIONES ABIERTAS CONOCE MÁS

Contacto 2595 6354 ext.107 (044) 55 7724 7717 informes@iussemper.edu.mx Universidad Ius Semper @IusSemperMx

www.iussemper.edu.mx


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos tiene el honor de invitar a la

PRESENTACIÓN DEL LIBRO Comentan: Lic. Luis Raúl González Pérez

Presidente de la Comision Nacional de los Derechos Humanos.

Dr. Luis Rodríguez Manzanera

Experto de la Organización de las Naciones Unidas.

Dr. Elías Huerta Psihas

Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho.

Dra. Elia Quiterio Montiel

Presidenta de la Sociedad Mexicana de Criminología.

Dra. Ruth Villanueva Castilleja Tercera Visitadora General de la CNDH.

Viernes 1° de junio de 2018, a las 13:00 hrs Auditorio del Centro Nacional de Derechos Humanos. ubicado en Av. Río Magdalena No. 108, colonia Tizapán San Ángel, delegación Álvaro Obregón, C.P. 01090, Ciudad de México

MAYORES INFORMES Tel.: (55) 5681-8125, ext. 1258 E-Mail: etapia@cndh.org.mx

.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.