PROYECTO. CONVENCIÓN COLECTIVA UNICA FETRAUVE-FENASINPES-FENASTRAUV

Page 16

CLÁUSULA Nº 9 - RED TELEMATICA Y DE MEDIOS COMUNITARIOS PARA LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA OFICIALES El EMPLEADOR se compromete a partir de la firma y depósito de la presente Convención Colectiva a incorporar una red telemática en cada una de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA que permita enlazar a todas estas con la Red Nacional de Educación Universitaria. Para ello el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (MPPEU) se compromete a crear y/o actualizar las Intranets de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, con acceso a Internet y garantizar dentro de las partidas presupuestarias los recursos para la adquisición, actualización de la tecnología necesaria para estos fines. Así mismo, en promover y crear una red nacional de radios y televisoras universitarias en las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. PARÁGRAFO PRIMERO: El MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA (MPPEU) gestionará ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y otras instituciones correspondientes, el otorgamiento de al menos Diez (10) radios y Seis (6) televisoras universitarias a partir de la firma de la presente Convención Colectiva. PARAGRAFO SEGUNDO: El MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (MPPES) financiara los cursos de adiestramiento a miembros de la comunidad universitaria que a través de la FENASINPRES, FETRAUVE y FENASTRAUV deseen participar en la labor comunicacional de radio y televisión universitaria. PARÁGRAFO TERCERO: La gestión de dirección de dichos medios de comunicación será por acuerdo entre la FENASINPRES, FETRAUVE, FENASTRAUV y el MPPES. CLÁUSULA Nº 10 – SALA DE CINE COMUNITARIA El EMPLEADOR se compromete a crear en cada una de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, una Sala de Cine Comunitario, que permita proyectar documentales, películas de actualidad, formación, educativas, de interés nacional, para toda la comunidad universitaria y las comunidades aledañas, sin costo alguno.

CAPÍTULO III CLÁUSULAS SOCIALES COMUNES CLÁUSULA N°11 - PARTICIPACIÓN EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN El EMPLEADOR se obliga a incluir en la Programación de todos los medios de Comunicación que posean cada Institución de Educación Universitaria, un espacio semanal; para que las Organizaciones Sindicales correspondientes comuniquen a sus afiliados las actividades gremiales y comunitarias. Basado en el principio constitucional de la participación en los asuntos públicos (Art. 62 CRBV). CLÁUSULA Nº 12 – DE LOS DERECHOS DE LOS DISCAPACITADOS Iera Convención Colectiva, en el Marco de la Reunión Normativa Laboral de los Trabajadores Universitarios de Venezuela / 2010 – 2012 / FENASINPRES, FETRAUVE, FENASTRAUV – MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (MPPES) / Versión del 22-03-2010 / Hg

16


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.