PROYECTO. CONVENCIÓN COLECTIVA UNICA FETRAUVE-FENASINPES-FENASTRAUV

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persigue la transformación de los Institutos y Colegios Universitarios Oficiales en Universidades Politécnicas. PARÁGRAFO SEGUNDO: El personal administrativo de manera voluntaria será incorporado en las líneas de investigación de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. CLÁUSULA N° 4 – REVISIÓN DE LOS INSTRUMENTOS JURÍDICOS NACIONALES QUE RIGEN A LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA OFICIALES El EMPLEADOR se obliga a revisar y actualizar la Normativa General que rige las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. A tal fin, el EMPLEADOR designará una Comisión Bipartita y Paritaria, en la cual se garantizará la participación de al menos de Un (1) representante de cada una de las federaciones (FENASINPRES, FETRAUVE y FENASTRAUV). La Comisión preparará los anteproyecto los cuales serán sometidos a la opinión de la comunidad universitaria de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, para luego elevar las propuestas a la consideración del EMPLEADOR. Dicha Comisión deberá ser juramentada dentro de los Treinta (30) días hábiles siguientes a la firma de la presente Convención Colectiva. CLÁUSULA Nº 5 – DEMOCRACIA PROTAGÓNICA UNIVERSITARIA El EMPLEADOR acuerda implementar los mecanismos que permitan el derecho al voto a los trabajadores universitarios en igualdad de condiciones, para la elección de las autoridades universitarias. Asimismo, el EMPLEADOR se obliga a reconocer y garantizar la representación de los TRABAJADORES UNIVERSITARIOS (Administrativos y Obreros) en los organismos de Cogobierno y Dirección de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. Esto en cumplimiento con los principios constitucionales de participación como derecho fundamental que debe sustentar el Estado Venezolano y en lo establecido por la Ley Orgánica de Educación. Así mismo, cualquier trabajador universitario con formación profesional de cuarto o quinto nivel podrá optar a integrar los organismos de dirección de las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA a excepción de las dependencias estrictamente académicas, que por su naturaleza deba ser ocupado por un docente. PARÁGRAFO ÚNICO: Los representantes de cada sector de los TRABAJADORES UNIVERSITARIOS en los organismos de cogobierno universitario tendrán voz y voto en la toma de decisiones y serán elegidos en asamblea de trabajadores. CLÁUSULA N° 6– DESARROLLO DE VALORES SOCIALISTAS El EMPLEADOR y la FENASINPRES, FETRAUVE, FENASTRAUV convienen en aunar esfuerzos para promover y sensibilizar a los Trabajadores Universitarios en la toma de conciencia de los valores Humanos que constituyen el poder moral en estas INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. El EMPLEADOR y la FENASINPRES, FETRAUVE, FENASTRAUV se comprometen a poner en práctica actividades de divulgación de los valores humanos universales e institucionales, de los principios de la justicia social, ética, superación, austeridad, probidad y excelencia, valores morales y ética socialista, en pro de la consolidación y desarrollo del proceso educativo en las INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA oficiales y en su praxis de Iera Convención Colectiva, en el Marco de la Reunión Normativa Laboral de los Trabajadores Universitarios de Venezuela / 2010 – 2012 / FENASINPRES, FETRAUVE, FENASTRAUV – MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (MPPES) / Versión del 22-03-2010 / Hg

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