Asocios públicos privados: entre la burocracia institucional y la voracidad empresarial

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William Fernando Marroquín Flores – 00179108 La principal diferencia entre el Estado y la empresa privada más allá de las discrepancias sobre el modelo económico adoptado por el gobierno de turno o las posturas ideológicas entre los representantes de las gremiales empresariales radica básicamente en su funcionamiento como organización; sobre todo en el tema de la eficiencia y gestión con la que se manejan los recursos humanos, materiales o financieros en la ejecución de los proyectos impulsados. Mientras el Estado se caracteriza por ser tradicionalmente lento, burocrático y poco eficiente en el tratamiento y resolución de procesos –a veces muy poco estudiados o sistematizados-­‐ que le competen, la empresa privada sabe que la burocracia, el bajo rendimiento y la poca productividad cuesta dinero y no está dispuesta a invertir ni un centavo más de lo que debe para generar la ganancia calculada con la explotación –a veces voraz y con poca proyección social-­‐ de los recursos. Algunos datos de la Reserva Federal Mexicana aseguran que un 35% del presupuesto asignado al gobierno federal mexicano se “gastan” en burocracia, en Estados Unidos, por su parte y según informes de la Oficina de Contabilidad del Gobierno, cerca de 10 billones de dólares son “desperdiciados” en trámites burocráticos e ineficiencia del Estado por año. Sin embargo no todo está perdido. Si bien el Estado debe de aprender muchas cosas de la empresa privada y se esfuerza por “eficientizar” la gestión pública reconoce que trabajar con la empresa privada –pese a sus diferencias de visiones de conducción del país-­‐ no es malo y reconoce que hay experiencias en muchos países del mundo incluidos algunos de América Latina en donde los asocios públicos-­‐privados, alianzas entre el Estado y las empresas o sociedades de capital mixto han realizado proyectos exitosos de infraestructura social y servicios para los ciudadanos. En El Salvador hace algunas semanas la Asamblea Legislativa aprobó de forma unánime, luego de estudiar durante años, la Ley Especial de Asocios Públicos Privados (APP) que busca generar una mayor inversión privada en el país, en proyectos de


infraestructura y de servicios públicos. Pese a la presión de algunos sectores de incluir dentro de lo “comercializable” servicios esenciales y con una alta rentabilidad como el agua, la educación, salud, custodia de presos y la seguridad pública finalmente se dejaron fuera por ser considerados derechos humanos fundamentales. El proyecto de ley también establece que el monto mínimo para una inversión que utilice el mecanismo del asocio público-­‐privado debe de ser de más de $10 millones y deberá ser aprobada por los diputados durante una sesión plenaria. Debemos de reconocer que, no todos los servicios o proyectos son aptos para desarrollarse en asocios-­‐públicos privados o más no todos son de interés de las empresas, sobre todo aquellos que generan menos lucro como la construcción de viviendas de interés social. El Estado para motivar la participación de las diferentes empresas debe asegurar, como bien apunta el libro “Los Retos del Gobierno Urbano”, un mercado con reglas claras para las empresas interesadas puedan competir en bajo condiciones igualitarias y con competidores de su mismo nivel. El Estado debe de cuidar que los Asocios Públicos Privados no se conviertan en una forma privatización de servicios básicos que deberían ser accesibles a la ciudadanía como sucedió aquí en el caso de las telecomunicaciones o del sistema financiero o lo que llevó a la crisis al gobierno argentino hace una década cuando todas las empresas habían sido “vendidas” a privados y el Estado se quedó sin fuentes de ingresos. Para prevenir esta situación es necesario, por una parte abrir los espacios de participación de las empresas en los proyectos de infraestructura pública o prestación de servicios como el tratamiento de los desechos sólidos bajo alguna de las distintas modalidades detalladas en artículo de Batley (Asociaciones público-­‐privadas para servicios urbanos) en donde el Estado mantenga un nivel de participación aceptable y reglamentado claramente en la toma de decisiones de las estrategias a implementar pero de la suficiente libertad a la empresa que ha recibido la “concesión” de alguno de los servicios de ejecutar los recursos de la manera más eficiente y rentable posible.


Uno de los proyectos en el que podría aplicarse el Asocio Público Privado es el Sistema Integrado de Transporte del Area Metropolitana de San Salvador (SITRAMSS) bajo la modalidad de arrendamiento o concesión de manera que una empresa o varias empresas constituidas como una sociedad administren la red de transporte público pero en donde el Estado decida la expansión estratégica del sistema de movilidad y reciba ciertas compensaciones económicas por la adjudicación del servicio durante un tiempo determinado. Los Asocios Públicos Privados no son malos si las reglas del juego están claramente definidas, para el crecimiento y desarrollo urbano de las ciudades, sobre todo aquellas en vías de desarrollo como la nuestra es muy difícil transformar la imagen urbana si el Estado no abre los espacios de participación a la empresa privada en los negocios de infraestructura y de servicios urbanos.


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