Estatutos FEMCIC

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CONTENIDO 1) Prólogo…………………………………………..….………………………..……………………………………….4 2) Mensaje del presidente…………………………………………………………………………………………6 3) Sinopsis histórica…………………………………………………………………………………………………8 4) Historia Reciente…………………………………………………………………………………………………9 5) Mensajes de los presidentes de la FEMCIC…..…………………….……………………………..10 6) Misión y visión……………………….............................................................................20 7) Estatuto………………………………………………………………….………………………………………..…22 8) Reglamento de elecciones………………………………………………………………………………....46 9) Reglamento de premios……………………………………………………………………………………..51 10) Zonificación nacional………………………………………….…………………………………………….59 11) Logos de los Colegios de Ingenieros Civiles que integran la FEMCIC …………..60

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1.- PRÓLOGO “El Cosmos es todo lo que es o lo que fue o lo que será alguna vez”. Profesor Carl Sagan.

Cuando nació la idea de este libro, la que se cristalizó al entender lo mucho que significa para todos aquellos que respetan los principios de equidad, valores éticos, morales, responsabilidad social y profesional. Para quienes puedan llegar a pensar que en este compendio no se reconocen trabajos y méritos de muchos colegas, que en el pasado han puesto sus esfuerzos para el engrandecimiento de nuestra Federación, aquellos sin quienes hubiera sido totalmente imposible lograr la creación de una organización que cada día se fortalece más aún en contra de quienes no ven el camino de la unidad en torno a las gestiones y trabajos de la FEMCIC como el camino ideal para conseguirla, a todos ellos es mi obligación decirles que estoy de acuerdo, y que estas palabras sirvan en este sentido. Sin embargo deberán ver que lo importante son precisamente los hechos de aquel momento histórico de la creación de nuestra Asociación, los que se necesitaron para la transición a una nueva y renovada Asociación, los que nos dejaron como una gran herencia, como una gran responsabilidad para velar por nuestra profesión desde la perspectiva ética, moral, profesional y responsable por medio de un gremio organizado. Y desde el privilegio de mi investidura en esta gestión, con un punto de vista basado en la lógica y razonamiento de la responsabilidad profesional, social y humanista de nuestra Ingeniería Civil, son los hechos que nos llevan a realizar esta obra. “Las grandes obras no dependen de grandes hazañas”, el acierto de este pequeño pero importante libro, debe estar en función de la suma de esfuerzos personales de todos y cada uno de los integrantes de los Colegios de Ingenieros Civiles, afiliados o no a la FEMCIC, de su participación, colaboración y aportación a su vida gremial, una obra de este tipo busca lograr que los ingenieros civiles mexicanos de manera personal conozcan las reglas que rigen la existencia y vida de nuestra Asociación como la representante de uno de los gremios más importantes y de más tradición en nuestro país, que conozcan el cómo poner a disposición de nuestro gremio sus capacidades y talentos para el beneficio de la Ingeniería Civil Mexicana, obra que sirva para que los que ocupen los cargos de representación puedan crear con su trabajo las mejores condiciones de ejercicio profesional, de convivencia profesional y personal imbuida de un espíritu libre y de forma pacífica, condiciones en el que todos los Colegios de Ingenieros Civiles Mexicanos puedan desarrollar todas sus capacidades, potencialidades, y realizar el trabajo que se requiere de acuerdo a sus propias ideas y convicciones y con el respeto a la de los demás. Es por eso que quiero recalcar que lo importante de esta obra, tal como pasa con toda modificación a un documento normativo, no es este libro, sino la forma y respeto a la aplicación de las reglas contenidas en él, de cómo las integramos y adaptamos a nuestra vida institucional, a nuestra vida gremial.

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Decir también que todo lo que se presenta en este texto está de acuerdo a las leyes mexicanas de profesiones, que es el sentir de nuestro gremio hacerlas y respetarlas en un marco de respeto y acatamiento a todas y cada una de las Leyes que tenemos que considerar en el actuar de nuestro ejercicio profesional, en el actuar de la FEMCIC. Ahora en este momento de la vida de nuestra Federación, quiero expresar mi más profundo reconocimiento para todos aquellos que han colaborado no solo en lograr este Estatuto y Reglamentos, sino a todos los que hoy participan, colaboran y apoyan a nuestra Federación, ya que gracias a ellos nuestra Asociación se mantiene en el rumbo que le permite ser la referente de nuestro gremio en México, que le permite de una manera organizada y responsable colaborar para el desarrollo de nuestra nación, de nuestro país, de nuestro México. Les invito pues a conocer y a sumergirse en las profundidades de este trabajo, pequeño pero relevante, a fin de mantener siempre el conocimiento de lo que se requiere para conservar los valores institucionales que la hicieron y hacen la Asociación que fue y hoy es, valores que hacen posible la “Federación Mexicana de Colegios de ingenieros Civiles, A.C,” la FEMCIC.

V Consejo Directivo 2013 -2015 Ing. José Luis Brenez Moreno Presidente

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2.- MENSAJE DEL PRESIDENTE DEL V CONSEJO DIRECTIVO EN SU TOMA DE PROTESTA EL 18 DE MAYO DE 2013 EN LA CIUDAD DE PACHUCA DE SOTO, HIDALGO. Convencidos estamos los que hoy convergemos con nuestro esfuerzo profesional, que el planteamiento del Presidente de la República Don Enrique Peña Nieto en el “Pacto por México”, es la gran oportunidad de nuestros compatriotas y de las próximas generaciones para lograr salir adelante en un País con grandes y graves problemas, con fuertes rezagos, con grandes desafíos, pero también, con grandes oportunidades. Por eso, los que hoy conformamos la FEMCIC queremos alzar la voz para que se escuche fuerte y quede claro: LOS INGENIEROS CIVILES DE MÉXICO SÍ QUEREMOS FORMAR PARTE DEL PACTO POR MÉXICO; no queremos estar fuera y mucho menos queremos atisbar por el postigo, queremos ser actores, estamos en el ojo del huracán, tenemos en nuestras manos la planeación y desarrollo de la infraestructura para la comunicación, para la educación, para el bienestar social, para el campo, para la productividad, para el desarrollo energético, es por ello, que queremos estar donde se toman las decisiones, para que éstas se asocien a la técnica de los que sí sabemos y la conocemos, es decir, que la opinión de los profesionales de la ingeniería sea marco de las políticas públicas y que éstas se lleven a cabo con responsabilidad y con visión de corto, mediano y largo plazo, que queden en el pasado las decisiones de coyuntura o peor aún, decisiones con criterio electoral. México merece la incorporación de los profesionales de la ingeniería en su desarrollo. También queremos decir que la nueva cultura y formación de los ciudadanos ya no ofrecen apoyos incondicionales. NO, hoy día, la participación ciudadana debemos condicionarla, pero no en aras de beneficios personales o de grupo, debemos condicionarla a que, haya cumplimiento cabal a los compromisos y no me refiero solo al Gobierno (que de por sí debe cumplir, es su obligación),me refiero también a los Organismos Sociales que deben pasar de la contemplación a la acción, a las Universidades para que oferten profesionistas mejor preparados, a los Sindicatos porque urge que se democraticen, a los Partidos Políticos para que vayan de la crítica y el chantaje a la conclusión de acuerdos para beneficio de la sociedad, a los Legisladores para que su trabajo se aterrice en leyes más justas y equitativas, al Poder Judicial para que cumpla con la máxima de “Una Justicia pronta y expedita” y a todos los ciudadanos para que con cada reclamo y exigencia se empeñen también en sus obligaciones, esa es nuestra convicción y estamos dispuestos a participar con un trabajo ético, responsable y de calidad. Los ingenieros fuimos formados en la cultura de la responsabilidad, del honor y el cumplimiento de la palabra, sabremos cumplir y estamos dispuestos a todo por un México próspero y de primer mundo. Reforzar la conciencia de la necesidad urgente de la planeación para el desarrollo. México ya no está para experimentos, la exigencia de la población reclama acciones de corto plazo donde el combate al hambre y la pobreza, tal como se ha planteado en la “Cruzada por el Hambre”, requiere no solo programas de asistencia social, sino que, se apliquen ¡YA! recursos en infraestructura para que sea más redituable lo que en esa acción se invierta, que se activen en todo el País programas urgentes de obra pública porque con ésta se genera una gran cantidad de empleos directos e indirectos y a la vez, se modernizan las estructuras para producir más y mejor, donde una mejor comunicación por tierra, agua o aire (incluyendo las telecomunicaciones) permiten a todas las capas sociales acceder a un mejor modo de vida, esta cruzada urge, no hay plazo más corto que aquel que se extingue.

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Hay familias y comunidades enteras que están esperando la intervención del Gobierno sin saber que es un conjunto ciudadano los que debemos ir juntos con el Gobierno por su rescate, reactivemos el campo mexicano y volvamos a tener suficiencia alimentaria. Respecto al mediano plazo, no debemos esperar a que éste se convierta en corto plazo, los ingenieros sabemos de planeación, desde nuestra formación académica se nos enseñó a planear y visualizar hacia plazos más largos para cumplir en tiempo y forma con las exigencias, es por ello, que la infraestructura que se va a ejecutar en 5, 10 y 30 años, debemos de estarla escribiendo y dibujando hoy, lo que se paga por planear y luego proyectar no es un gasto sino una inversión, basta de proyectos sobre las rodillas o a cargo de los mismos recursos con los que se ejecuta una obra. La Inversión en proyectos debe ser una política pública urgente y formar parte de una nueva cultura de todos los involucrados en el desarrollo. Y si debemos de hablar del largo plazo, debemos pugnar porque se formalice una Secretaría para la Planeación del Desarrollo de la Infraestructura Nacional, que se legisle para que los planes y proyectos que dicha Secretaría genere, se respeten y se cumplan aun cuando rebasen los periodos de gobierno, no es posible, que solo los países más desarrollados que el nuestro discutan en sus cabildos o cámaras, lo que deben hacer y construir dentro de 5 10 y 30 años, los recursos públicos que en ese momento están invirtiendo, ya fueron discutidos y aprobados al menos uno o dos periodos gubernamentales anteriores. En México, ¿por qué no hacerlo? Tenemos todo para lograrlo, pero requerimos leyes que lo avalen para evitar las tentaciones políticas de desmantelar y desechar lo que ya se hizo. Por otra parte, debemos adoptar procedimientos de inversión más acordes a nuestra época, no nos debe asustar la participación privada en los proyectos que generen mejores expectativas de productividad, los capitales de nuestro país deben invertirse y no guardarse ni especularse. Todos debemos de participar en el desarrollo y en materia de desarrollo urbano, debemos adecuarnos a una dinámica que al momento ha sido inevitable y que si visualizamos hacia adelante podemos capitalizarla a favor de la sociedad. Me refiero a la migración de personas de las poblaciones interiores de los estados hacia las ciudades capital, ésta es una realidad, pero debemos ordenarla y regularla para que ese crecimiento sea más equilibrado, en muchas entidades federativas ya se vive en zonas metropolitanas compuestas por más de un municipio, es entendible que las personas quieran el confort de la ciudad, pero con cada habitante que se incorpora a la metrópoli, se hace necesaria la dotación de servicios que cada vez requieren de más recursos públicos que a veces no están disponibles. Sin embargo, la idea no es mala si la planeamos y la proyectamos con cautela y con técnica, pugnemos por la metropolización, pero visualicemos qué municipios pueden conformarlas para que sea más de una zona por estado, donde los municipios con posibilidades de comunicación y de interacción productiva, formen esas zonas metropolitanas, creando polos de desarrollo hacia el interior de cada entidad haciendo con esto, ciudades más vivibles y donde municipios que por sí solos no tengan posibilidades de crecer, vean en este proceso de incorporación, una esperanza de ser parte importante para el desarrollo de su estado y de tener un mejor modo de vida. Compañeros ingenieros: el futuro nos ha alcanzado, las necesidades ya están aquí, no perdamos tiempo y hagamos un esfuerzo adicional para cumplir con nuestras metas, de nosotros y de nadie más depende alcanzarlas. Tu compromiso de participación es importante para la consolidación de nuestra Federación, juntos lograremos nuestros objetivos comunes.

Ing. José Luis Brenez Moreno.

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3.- SINOPSIS HISTÓRICA En el marco del VII Congreso Nacional de Ingeniería a propuesta del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A. C.--CICM--, del Colegio de Ingenieros Civiles de Nuevo León, A.C., y de la Sociedad de Ingenieros y Arquitectos de Guadalajara A.C., se tomó el acuerdo de crear una Federación de Colegios, de Ingenieros Civiles y en cumplimiento del mismo, el 27 de noviembre de 1968 se realizó en el local del CICM la Asamblea Constitutiva en la que plasmaron su visión de crear un esquema que fomentará el desarrollo de los Colegios de Ingeniería Civil constituidos en el país, y más que nada, visión fuertemente motivada por el interés y el rumbo que percibían de las vigorosas y distintas ideas de los Ingenieros Civiles de las respectivas regiones de nuestra Nación, es así que ese día se constituye La Federación de Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana, A.C.--FECIC--, alentando de esta manera la creciente y activa vida gremial de los profesionistas de los distintos estados del país y que es válido mencionar, que en aquel ayer en algunos estados del país las agrupaciones de los Ingenieros Civiles se organizaban gremialmente como secciones del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C., así el día 30 de noviembre se obtiene con el Folio No. 23831 y No. de Expediente 337965, la autorización definitiva de la naciente Federación. En su ordenamiento, se establecen entre otros objetivos, la vigilancia del ejercicio profesional, la más amplia colaboración con nuestras autoridades de los 3 órdenes de gobierno, que los Colegios sean los órganos de opinión y de consulta en nuestra materia y participar con las autoridades educativas para la elaboración de los planes de estudio de nuestra profesión. Este espíritu gremial conjugado con el servicio intrínseco y humanista que tiene nuestra Profesión, ha sido y es el pilar de la hoy renovada Federación, que por azares del destino, sumados a la motivación de las necesidades del entorno actual, de la visión ética y responsable de la mayoría de los Colegios Asociados, se crea lo que hoy es la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C.-FEMCIC--.

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4.- HISTORIA RECIENTE Consolidando los esfuerzos de la mayoría de los Colegios formalmente establecidos al día de hoy en todo país, y de sus más de 22,000 afiliados en su conjunto, para tener de esta manera la oportunidad de un trabajo unido, de contar con más y mejores organizaciones colegiadas, y profesionistas que actúen con esa responsabilidad y ética que caracteriza la actividad y el ejercicio de nuestra profesión. Hoy es pues la cosecha del fruto sembrado por medio del trabajo de nuestros antecesores y que todo ha redundado en la importancia y preponderancia que ha tenido la Ingeniería Civil y los Ingenieros Civiles mexicanos como uno de los actores importantes en la historia de la construcción de nuestro país. El estatuto constitutivo de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. se integra y protocoliza ante notario público en la Ciudad de México el día 28 de septiembre de 2005, con la escritura número 33,373. Dicho estatuto ha pasado por una serie de modificaciones que se mencionan a continuación: A partir del año 2011 de acuerdo a la decisión de la Asamblea celebrada en Culiacán, Sinaloa, el día 28 de agosto de 2010, las elecciones para el nuevo Consejo directivo se celebrarán con una anticipación de un año al cambio del Consejo Directivo, es decir en los años pares. Para el caso específico de la renovación del Consejo Directivo Mayo 2013 – Mayo 2015, el Vicepresidente de Representación electo en la Asamblea General Extraordinaria de mayo de 2011 en la ciudad de Mérida, Yucatán, para el Comité Directivo Mayo 2011 – Mayo 2013, por esta única ocasión asumirá el cargo de Presidente del Consejo Directivo para el período Mayo 2013 – Mayo 2015, debiéndose realizar por única ocasión las elecciones en Mayo de 2012 solamente para: Vicepresidente, Secretario General y Tesorero, todos ellos asumirán sus cargos en mayo de 2013. Se realizaron las últimas modificaciones al Estatuto en la Asamblea General Extraordinaria realizada en la Ciudad de México el 29 de junio de 2011.

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5.- MENSAJES DE LOS PRESIDENTES Ing. Enrique Dau Flores 1973-1974 La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana, es una institución que ha acreditado la voluntad de servicio del gremio de los Ingenieros y su capacidad para organizarse. Potencializa el talento y la capacidad profesional del Ingeniero Civil y suma a los Colegios locales y estatales en un proyecto nacional de servicio a la comunidad y apoyo a las instituciones públicas. La FEMCIC ha transitado, con éxito, etapas difíciles y en 45 años de vida ha consolidado un gremio numeroso, valioso, independiente, comprometido con las mejores causas de México. Se inicia una nueva etapa con el V Consejo Directivo que conduce los destinos de nuestra Federación con un programa de trabajo visionario y comprometido, conformado con idealismo pero basado en la realidad y en la racionalidad, característica del Ingeniero Civil. Hagamos un compromiso para apoyar a los Consejos Directivos de nuestra Federación e impulsemos todos, sin tregua ni descanso, las mejores causas de México, que son las causas de los Ingenieros Civiles Mexicanos.

Ing. Carlos Martín del Castillo 1975-1976

La actividad fundamental de los ingenieros es aprovechar los recursos para resolver las necesidades de la sociedad, es decir, proporcionan a todos los mexicanos una mejor calidad de vida, especialmente podemos decir que las obras de ingeniería son obras de seguridad nacional. Cuando en la historia de la humanidad aparecen tiempos de paz los ingenieros militares son sustituidos por los ingenieros civiles; son estos pues soldados de la paz. Unamuno decía: “la política es la forma de resolver todos los problemas (civilizadamente, digo yo)”. Un filósofo griego decía que la política es la forma práctica de la virtud; J. W. Goethe dice en Fausto que la política es el buen uso del poder. La política debe ser ejercida por hombres cultos. Ese es el verdadero sentido de la FEMCIC hacer política para resolver los problemas de México. Durante la administración de Manuel Ávila Camacho, se impulsó la Ley de Profesiones que dio lugar a la formación de distintas asociaciones de profesionales en diferentes campos. Así el gobierno mexicano expidió con fechas 30 de diciembre de 1944 y 27 de septiembre de 1945, la ley reglamentaria y reglamento correspondiente a los artículos 4º y 5º constitucionales, relativa al ejercicio de las profesiones en el distrito y territorios federales. Conforme a esta ley reglamentaria, debían crearse organismos de carácter particular y los colegios de cada profesión debían apegarse a la ley. En el campo de la ingeniería civil, la Asociación de Ingenieros

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y Arquitectos de México, a través de los miembros y en su propio local, facilitó la constitución del Colegio de Ingenieros Civiles de México-CICM- registrado en la Dirección General de Profesiones el 23 de octubre de 1946 y cuyo primer presidente fue el ingeniero Luis Rivero del Val. La Federación de Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana se originó en el deseo de ingenieros civiles de distintas partes del territorio nacional por tener una asociación que les permitiera plantear sus inquietudes con respecto al ejercicio de la profesión. El antecedente directo de la FEMCIC es el Colegio de Ingenieros Civiles de México, constituido en 1946, que luego habría de promover la actividad gremial en varias partes de la república mediante la creación de delegaciones que sembraron la posibilidad de crear en los estados del país y municipios que contaran con el número suficiente para ello, colegios profesionales de ingenieros civiles, con base en lo estipulado en la Ley de Profesiones. En el marco del VII Congreso del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C., celebrado en Guadalajara, Jalisco, del 5 al 10 de noviembre de 1967 con el tema “La función social y la proyección de la ingeniería civil”, y del que fungió como director general el ingeniero Alberto J. Barocio Moll, entonces presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C., el ingeniero Jorge Aguilar Ortiz, presidente de la junta de honor del CICM, propuso en una ponencia la creación de la Federación de Colegios de Ingenieros Civiles. El ingeniero Aguilar Ortiz- quinto presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de México, de 1956 a 1957- contaba con una considerable experiencia en cuestiones gremiales ya que habían participado en la fundación de este organismo y había ocupado el cargo de director general del VI Congreso Nacional de Ingeniería Civil, celebrado dos años antes en el Palacio de los problemas nacionales. Por otra parte fue socio fundador y secretario de la Sociedad Mexicana de Ingeniería en el periodo 1960-1962, además de miembro fundador y presidente, de 1963 a 1964, de la Cámara Nacional de la Industria de la Construcción. Cabe señalar que el ingeniero Aguilar Ortiz tuvo también una destacada colaboración en la fundación de varios colegios de ingenieros civiles, entre ellos los de Sonora, Veracruz y Tampico. Como uno de los motivos para proponer la fundación de la Federación de Colegios de Ingenieros Civiles, el ingeniero Aguilar Ortiz, mencionó que los estados de la República se regían por diferentes constituciones y reglamentos. Por ello, para promover a través de los colegios las modificaciones a la ley necesarias para fortalecer estas nacientes asociaciones, lo más conveniente era crear una federación que pudiera representarlas a todas, cuando Alberto J. Barocio Moll fue electo presidente del Colegio de Ingenieros de México, en l966, ya operaban en el país aproximadamente ocho colegios más. Así, al presentarse la propuesta para fundar la Federación de Colegios de Ingenieros Civiles, el ingeniero Barocio manifestó un interés muy señalado para llevarlo a la práctica, al estimar que los colegios eran entidades independientes animadas por los mismos intereses y tal organización era necesaria para actuar de manera coordinada. Esta vasta historia muestra de nuestro gremio debe fortalecerse en una base sólida, generada desde los Estatutos y su Reglamento. Pero éstos deben contemplar un fundamento elemental en el ser humano la “Ética”.

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Ing. Rafael Aburto Valdés 1977-1978

Ing. Maximino Torres Silva 1981-1982

El gran trabajo que la FEMCIC desarrolla en todos los ámbitos del País sin dejar de tener la gran responsabilidad de llevar dignamente la representación de la Ingeniería Civil, ante los órganos oficiales y sociales de nuestro País. Por todo esto se hace un reconocimiento pleno y total a su órgano representativo que es la FEMCIC y que hasta ahora lo ha hecho con dignidad lo que nos hace estar orgullosos de pertenecer a dicho organismo.

Ing. Leopoldo Espinosa Benavides 1983-1984

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles es un organismo de verdadero carácter nacional que representa a la mayoría de los ingenieros civiles organizados. Con personalidad jurídica y profesional propia goza de cabal autonomía, rigiéndose por estatutos que consagran la libre determinación de los Colegios de Ingenieros Civiles, y su máxima autoridad es la Asamblea Plenaria. La FEMCIC está consciente que el nivel profesional de sus colegiados contribuye directamente a la productividad y competitividad de México, habida cuenta que la Ingeniería Civil soluciona problemas que el cardinal desarrollo tecnológico moderno plantea a nuestro país y al mundo. Por ello el V Consejo Directivo que preside José Luis Brenez Moreno se esfuerza en promover la actualización profesional de la membresía porque siempre habrá algo qué ingeniar y calcular en el proceso de politización nacional -en la mejor de sus acepciones- para dotar a los mexicanos de una expectativa de vida superior y creciente. Congratulaciones.

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Ing. Aldo Córdova Fermanni 1985-1986

Nuestra historia institucional como "Gremio Nacional de Ingenieros organizados e inquietos a Nivel Nacional" dirigidos por nuestros reconocidos compañeros: Ing. Alberto Barocio, (RIP), Ing. Enrique Dau Flores, Ing. Carlos Martín del Castillo, Ing. Rafael Aburto, Ing. Rodolfo Magdaleno, (RIP). Sembraron la abierta amistad de un Gremio Nacional Unido por nuestras propias tradiciones y profundos valores de México e integramos con espíritu libre, las Juntas de Honor con la profunda amistad de las nuevas generaciones de los gremios de Ingenieros Civiles de México.

Ing. José Antonio Córdova Ornelas 1987-1988

"Mi más sincera felicitación para el V Consejo Directivo y su Presidente el Ing. José Luis Brenez Moreno por el respaldo y el impulso que ha dado al gremio a través de los Colegios de Ingeniería Civil que conforman nuestra querida Federación”.

Ing. Carlos Arnulfo López López 1989-1990

Me correspondió presidir la Federación en 1989 y 1990, en esa época, la Federación era FECIC y tenía una posición histórica ganada por mis predecesores en el Sector Público, Educativo y Privado del País. Iniciamos actividades al inicio del Sexenio del Presidente Carlos Salinas de Gortari, un Presidente muy activo y de gran poder al inicio de su gestión. En esa época, la Federación: a) Era invitada oficial a todas las giras presidenciales de inauguración o inicio de grandes proyectos, como fueron: la Presa de Huites, la Presa Cerro de Oro, la Primera Autopista Concesionada Acapulco Tierra Colorada, la Autopista Mazatlán Culiacán, etc. b) La Convocatoria al Premio Nacional de Ingeniería Civil y al Congreso Nacional de Ingeniería Civil, eran convocatorias en conjunto con el Colegio de Ingenieros Civiles de México. c) El Estatuto de la Federación, marcaba que ningún Colegio podía organizar un evento nacional sin la participación conjunta de la Federación, todos los Colegios respetaban ese precepto. Entre las actividades más importantes tenemos:

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d) El Consejo Directivo en pleno fue recibido por el Presidente de la República en Cd. Victoria Tamaulipas. e) Recibimos la Federación en Palacio Nacional y entregamos en Los Pinos, con la presencia del Presidente de la República. f) Desarrollamos en convenio con el Gobierno Federal el Programa "Escuela Digna" y participamos en el Programa Nacional de Solidaridad. g) Celebramos el II Congreso Nacional de Colegios de Ingenieros Civiles en Hermosillo, Sonora con la participación internacional de los Presidentes de los Colegios de Ingenieros Civiles de: España, Cuba, Puerto Rico, Venezuela y de la American Society of Civil Engineers. h) Presentamos en Washington, DC, el trabajo terminado de los 47 Reglamentos de Construcción, elaborado por los Colegios de Ingenieros Civiles en Coordinación con la Secretaría de Desarrollo Urbano del Gobierno Federal en el seno de la Unión Panamericana de Asociaciones de Ingenieros, los cuales en ese tiempo estaban en proceso de promoción en los Cabildos de los Ayuntamientos, cabe notar que en 1989, solo estaban vigentes, los reglamentos del DF, de Guadalajara, de Mérida, de Hermosillo y Monterrey, los demás no existían o estaban en proceso de elaboración, en 4 años, de la gestión de José Antonio Córdova, que fue el impulsor de este programa y los dos años de nuestra gestión, se actualizaron estos que estaban vigentes y se elaboraron los demás, para completar los 47 Reglamentos con motivo de la Seguridad estructural de las construcciones, a raíz de los sismos de 1982 y el Huracán Gilberto de 1987. La importancia de los Estatutos y sus Reglamentos Nos parecen extremadamente relevantes, me correspondió Presidir la Junta de Honor de la Federación cuando se desarrolló la fractura de la misma. El origen de este problema fue que la Junta de Honor en pleno consideró que el Presidente y otros miembros del Consejo Directivo en ese tiempo en funciones, violaron los Estatutos vigentes, razón por la cual, se ejercieron las facultados que el Estatuto brindaba a la Federación para Presidir el Consejo Electoral que condujo al nombramiento del Ing. Juan Villegas Arce como Presidente del Consejo Directivo de la Federación de Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana AC y a la postre de la actual Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles AC. El Presidente de la FECIC en esa época era el Ing. Héctor Velasco Cantú, quien apoyaba al Ing. Damián Robledo, para que fuera el nuevo Presidente de la Federación y quien fungía como su Secretario. A su vez, el Ing. Robledo no fue apoyado por su Colegio original, el Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C. y ante esa negativa, solicitó y logró ser aceptado y presentado como candidato por el Colegio de Ingenieros Civiles de Tlaxcala, A.C. ante el Consejo Electoral de la FECIC, lo cual fue rechazado por contravenir a las decisiones de un colegio miembro de la FECIC y por violar los Estatutos por la antigüedad y requisitos de los candidatos. Por ello, el Ing. Velazco, el Ing. Jesús Guajardo y el Ing. Damián Robledo, contraviniendo el Estatuto de la FECIC, convocaron a una Asamblea Electoral paralela a la convocada originalmente por el Consejo Electoral de la FECIC y de ella se originó la ruptura de la Federación. Por razones operativas, se convino crear una nueva Federación, la actual FEMCIC con el mismo Consejo Directivo y los mismos Ex-Presidentes en la Junta de Honor y el Consejo Consultivo, que es la que actualmente opera con la gran mayoría de los Colegios originales fundadores de la Federación.

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Por lo mismo, esta mala experiencia nos señala la importancia de que los Colegios y sus representantes se apeguen estrictamente a los Estatutos para evitar conflictos y respetar la voluntad de los Colegios Trabajo del actual Consejo Directivo El Consejo Directivo, presidido por el Ing. José Luis Brenez Moreno es sobresaliente, como ex presidente le doy mucho valor a las reuniones nacionales que está organizando para mejorar la capacidad interna de los Colegios, como lo fue la Reunión Nacional de Tlaxcala, con motivo de la Educación y la próxima en Toluca, con el tema de Calidad, el fortalecer internamente a los Colegios les dará más capacidad de afrontar mejores retos a la Federación.

Ing. Fernando Favela Lozoya 1991-1992

Los estatutos así como los reglamentos de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles son de suma importancia para un buen desempaño de la Asociación, tener tacto para unificar criterios es indispensable para amalgamar los diversos criterios y llevar una amigable relación.

Ing. Leandro G. López Arceo 1993-1994

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, ha sido y es la Institución que no solo coordina la labor de los Colegios Federados, sino que representa la voz de la Ingeniería Civil Mexicana, y que por muchos años, ha sido sinónimo de vanguardia, innovación y excelencia profesional. La Federación a través de sus Colegios y de sus Ingenieros, ha sabido consolidar y dejar huella de su historia, en todas aquellas pequeñas y grandes obras de Ingeniería Civil presentes en todo el territorio nacional. Hoy día, deseamos que con el esfuerzo y trabajo cotidiano de la actual directiva se logre una mayor representatividad y unidad de todos los Ingenieros mexicanos. Nuestro reconocimiento a ese gran esfuerzo nacional que seguramente será en beneficio de la Ingeniería Civil Mexicana.

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Ing. José Rafael Giorgana Pedrero 1995-1996

“La historia de la organización gremial de los Ingenieros Civiles Mexicanos, es la historia de un esfuerzo de casi medio siglo por integrar y consolidar una representación nacional que proyecte nuestro quehacer cotidiano en beneficio de la sociedad y que unifique la visión, compartida por todos los Colegios, de un sector profesional comprometido con el desarrollo de nuestro país a través de la generación de infraestructura, con el avance y buen ejercicio de nuestra profesión y con la permanente actualización de nuestros conocimientos. La Ingeniería Civil es el principal instrumento de las sociedades para generar calidad de vida y desarrollo social y económico, sin afectar negativamente nuestro medio ambiente; por ello, los Ingenieros Civiles pugnamos por hacer trascender nuestra actividad en el concierto nacional y nos empeñamos en ser auténticos factores de cambio en beneficio de nuestro país. La FEMCIC, como en toda Asociación, su Estatuto y su Reglamento constituyen la suma de los derechos y obligaciones de los Colegios como Asociados. En ellos, se concentran los objetivos y se detalla la manera de lograrlos. De ahí, la importancia de contar con documentos actualizados y operativos que conduzcan todas las acciones, que se emprendan. El V Consejo Directivo de la FEMCIC es depositario y heredero de una larga lucha por estructurar y significar nuestra Federación, sin menoscabo de sus principios, valores y aspiraciones y está haciendo su mayor esfuerzo, logrando éxitos que permiten el fortalecimiento de esta Organización Nacional. Hoy, constituye la vanguardia de nuestro anhelo común: “Ser dignos Ingenieros Civiles, cumplidos y leales Mexicanos”.

Ing. Francisco Jaime Navarro Celaya 1997-1999

La Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles debe ocupar el espacio que le corresponde, el cual es ofrecer a la sociedad un servicio que se refleje en hechos concretos y que sea un factor de cambio, los ingenieros civiles hemos construido la infraestructura de México y debemos seguir contribuyendo a ello desde todas las trincheras somos un gremio que debe representar el cambio que este país necesita, la Federación tiene la obligación de representar a la Ingeniería Civil dentro y fuera de México, en este sentido el V Consejo Directivo tiene un gran reto por delante, José Luis Brenez Moreno tiene muy claros estos conceptos y con el apoyo de todos logrará su cometido.

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Ing. Eric Luis Moreno Mejía 1999-2000

Felicito al Presidente de la FEMCIC, Ing. José Luis Brenez Moreno, por la reciente actualización de los Estatutos de nuestra organización. El contar con documentos básicos correspondientes a la realidad que vive México, nos dará la oportunidad a los ingenieros civiles de cumplir como profesionales al propio gremio, así como cumplir con el mandato de ley de ser órgano de consulta del poder público.

Ing. Juan Villegas Arce 2005-2007

La FEMCIC, organización comprometida con el desarrollo profesional de la Ingeniería Civil Mexicana, la cual desde sus inicios agrupa colegios de gran prestigio y de historia nacional altamente reconocida, comprometida con la disciplina, respeto a su desarrollo gremial, así como a sus estatutos y sus órganos de gobierno establecidos. La integración de su Consejo Consultivo, es la muestra clara de la seriedad de la organización y que a través de la FEMCIC se continúan escribiendo las páginas de la historia de la vida gremial de la ingeniería civil mexicana. La FEMCIC es una organización en constante movimiento, la modificación a los artículos básicos del estatuto y sus reglamentos, nos brinda la seguridad de su fortalecimiento interno, mi reconocimiento al trabajo del V Consejo Directivo, en este periodo se ha logrado la modificación profunda al estatuto, actualizado a los tiempos que hoy vivimos. La numerosa asistencia a las reuniones regionales, es la muestra de reconocimiento al trabajo del actual consejo directivo. Mis más amplias felicitaciones por el trabajo realizado del V Consejo Directivo de la FEMCIC a la mitad de su gestión, ánimo y adelante!!!!

Ing. Armando Roque Cruz 2007-2009

El Reglamento y Estatutos de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, son documentos muy adoc (precisos) a los tiempos actuales que estamos viviendo, esto nos garantiza si llevamos a cabo cada uno de los artículos que ahí mencionan, el buen funcionamiento de nuestra Organización. Abarcan todos los lineamientos que una Institución de la envergadura (importancia) de nuestra Federación se merece, por lo tanto cada uno de los integrantes de la Asociación

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tenemos que cumplirlos cabalmente, cada uno de los puntos que ahí establecen, la verdad que en los últimos años se ha estado, reformando, modernizando para que nuestra Organización, tenga un funcionamiento adecuado, de acuerdo a las condiciones que tenemos en el día a día es un documento que está a la vanguardia, actualizado y que debemos de aprovechar los Colegios de Ingenieros Civiles en el País, acatarlos y de alguna manera venir coadyuvando para que se apliquen cada uno de los artículos que se mencionan, nos rigen para el buen funcionamiento de nuestra Organización. Como su nombre lo indica, un estatuto es una ordenanza para regular el funcionamiento de cualquier organización, y por tal motivo es de suma importancia que estos sean redactados, perfilados, dirigidos y delimitados por y para los miembros de nuestra Federación. Deben siempre de velar por el interés supremo del gremio en general y no de ninguna persona o grupo en particular. Los ingenieros civiles debemos basar nuestros preceptos profesionales y gremiales en los estatutos que emanan de las asambleas, sin embargo, en contadas ocasiones nos hemos adentrado en las profundidades de los mismos. Puedo asegurar que muy contados son los miembros de la federación que saben realmente que indican dichos estatutos. Por lo anterior, sugiero que sean estudiados, analizados y en su caso, adecuados a la estructura y circunstancia actual de nuestro gremio. Se le debe dar cabida a las nuevas generaciones quienes se constituyen en la fortaleza futura de nuestro gremio.

Ing. Enrique C. Cervera Aguilar 2009-2011

“Una cosa es continuar la historia y otra repetirla." -Jacinto BenaventeFelicito al V Consejo Directivo, la idea de tener en un solo acervo las reglas y normas que rigen la vida gremial e institucional de nuestra querida FEMCIC es un gran acierto. Desde su creación en aquel 1968, nuestra Federación se conformó con la idea de tener una presencia de nuestro gremio en el territorio nacional, con una actividad que conjugara las opiniones y convicciones de los ingenieros civiles mexicanos, labor que nuestros antecesores llevaron a cabo con gran mérito y que les debemos el justo reconocimiento. Sin embargo, como todo en la vida, se tiene que evolucionar, se tiene que actualizar, razón por la que a mediados de la primera década del siglo XXI, por el deber de trabajar con responsabilidad y ética profesional, por el respeto a lo maravillosa que es nuestra profesión, por tener la representatividad de uno de los gremios más importantes a nivel internacional así como de nuestro país, se tomó una nueva dirección, un nuevo rumbo en el horizonte nacional para lograr lo que es hoy la FEMCIC. Hoy el consejo Directivo que encabeza el Ing. José Luis Brenez Moreno presenta un trabajo que debemos conocer todos los Ingenieros integrantes de los Colegios afiliados a la FEMCIC, documentos de suma importancia para la sana convivencia entre todos, y el marco que nos rija el actuar de la FEMCIC en su día a día, en su vida gremial, documentos que permiten la transparencia en sus actividades para ser el coadyuvante que toda la sociedad mexicana, y nuestras autoridades necesitan para el beneficio y desarrollo de nuestro país.

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Ing. Antonio Murrieta Necoechea 2011-2013

Reitero mi reconocimiento y agradecimiento personal al Ing. JOSÉ LUIS BRENEZ MORENO y lo felicito por el trabajo realizado a favor de la FEMCIC, no sólo en la actual etapa como Presidente, sino a través de años anteriores en que le ha aportado su valiosa colaboración.

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6.- MISIÓN Y VISIÓN Misión Coordinar, apoyar y fortalecer a los Colegios que la integran, respetando invariablemente su autonomía y representatividad, interviniendo en los casos en que a petición de ellos a través de sus instancias legalmente reconocidas sea solicitada su participación, para servir a la sociedad con la actitud, aptitud, ética y responsabilidad que nuestra profesión demanda, ser el órgano de consulta especializada a nuestras autoridades de los 3 órdenes de gobierno y que este ejercicio sea además el vehículo de apoyo a las autoridades para lograr los objetivos nacionales, en los que de acuerdo a su naturaleza sean de nuestra competencia, así como el representar y defender legítimamente los interés de los Colegios, de la Profesión, de sus Agremiados y Sociedad en General.

Visión Ser la organización líder, representativa por su propia naturaleza e integridad, de la Ingeniería Civil Mexicana, del fortalecimiento del gremio como organización única que goce del pleno reconocimiento, de nuestra sociedad, autoridades y asociaciones afines nacionales o extranjeras en el entorno globalizado actual, así como la forjadora de los servicios para las mejores prácticas en el ejercicio de nuestra profesión, proveedora de excelentes servicios y beneficios a sus afiliados, para que puedan contar con la capacidad de generar los satisfactores básicos y la infraestructura necesaria para el desarrollo de los Colegios, de la Ingeniería Mexicana, de nuestra sociedad y nuestra nación, MÉXICO.

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FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

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7.- ESTATUTO FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C. CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1º DEL NOMBRE. De conformidad con lo que establece el Artículo 74º del Capítulo Octavo del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, del permiso otorgado por la Secretaría de Relaciones Exteriores bajo el No. 10000479 de fecha 23 de Junio de 2005 (Folio 2LOB1JI5, Expediente 2510000215), el nombre de esta asociación es “Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, Asociación Civil”, la cual podrá usar las iniciales “FEMCIC, A. C.”, para su identificación expedita.

ARTÍCULO 2º DEL OBJETO. La FEMCIC, A. C. tendrá por objeto coordinar, apoyar y fortalecer a los colegios que la integran, respetando invariablemente su autonomía y representatividad, e interviniendo en los casos en que a petición de ellos a través de sus instancias legalmente reconocidas sea solicitada su participación, además servirá a la comunidad como medio para lograr los objetivos nacionales, en los que de acuerdo a su naturaleza sean de su competencia y será la que representará a los colegios federados en el ámbito nacional e internacional.

ARTÍCULO 3º DE LA DURACIÓN. La duración de la FEMCIC, A. C., será por un término de noventa y nueve años, según acuerdo tomado en la Asamblea General Extraordinaria realizada el día 10 de enero de 2007 en la sede del Colegio de Ingenieros Civiles de México, A. C., en la Ciudad de México, Distrito Federal.

ARTÍCULO 4º DEL DOMICILIO SOCIAL. El domicilio social de la FEMCIC, A. C., será en primera instancia en el interior del inmueble que ocupa el Colegio de Ingenieros Civiles de México, A. C., con domicilio en Camino a Santa Teresa No. 187, Colonia Parques del Pedregal, Delegación Tlalpan CP 14020, en la Ciudad de México, D.F

ARTÍCULO 5º DEL GOBIERNO DE LA FEMCIC, A. C. La FEMCIC, A. C., se gobernará mediante los siguientes organismos: Asamblea General, Consejo Directivo y Junta de Honor.
Las facultades y limitaciones de cada una de estas instancias de gobierno se definen en los capítulos V, VI, VII, y VIII de este mismo estatuto.

ARTÍCULO 6º DE LOS REGLAMENTOS. 6.1 El presente estatuto para su aplicación e interpretación, será normado por los reglamentos que para tal efecto se expidan, los cuales no podrán oponerse a este ordenamiento.
Los Reglamentos Generales serán elaborados por la “Comisión” o “Comisiones” especialmente designadas por el Consejo Directivo y aprobada por éste, de conformidad con las atribuciones que le otorga el presente estatuto.

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6.2 Los reglamentos que regulen al Consejo Directivo, las Asambleas y la Elección de la planilla que encabece el Presidente, deberán ser aprobados en Asamblea General Extraordinaria. 6.3 Los Reglamentos aprobados, entrarán en vigor en la fecha que fijen el Consejo Directivo y la Asamblea General de la FEMCIC, A. C., debiendo darles las más amplia difusión, para el conocimiento pleno de la membresía y publicarse en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días a partir de su aprobación.

ARTÍCULO 7º DE LAS PROHIBICIONES. Queda estrictamente prohibido a la FEMCIC, A. C., como tal, su participación en actividades de carácter partidista, político o religioso, de conformidad con lo que establece el capítulo VI, Artículo 48º de la Sección III de la “Ley Reglamentaria del Artículo 5to Constitucional”; salvo en los casos de análisis y resolución de problemas de carácter público y de utilidad social relacionados a la ingeniería civil, los cuales no se considerarán dentro de esta prohibición, sino que se alentará a sus asociados para que participen en dichas soluciones.

CAPÍTULO SEGUNDO. DE LOS OBJETIVOS Y POLÍTICAS. ARTÍCULO 8º DE LOS OBJETIVOS GENERALES. 8.1. Fomentar la unidad y la colaboración entre todos los colegios de ingenieros civiles asociados en la FEMCIC, A. C., entre éstos y los colegios de profesionistas en general, estén éstos agrupados o no en federaciones similares a ésta, cuando así se le requiera. 8.2. Promover y apoyar en la coordinación, en su caso, de las actividades de carácter regional o nacional que promuevan los colegios asociados a la FEMCIC, A. C. 8.3. Promover en los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., todas aquellas actividades técnicas académicas y sociales, que propicien el fortalecimiento de los mismos, así como el desarrollo integral de todos sus miembros. 8.4. Propiciar el intercambio permanente de información entre los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C. 8.5. Impulsar y avalar todas aquellas acciones que le soliciten los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., siempre que no contravengan los objetivos de la misma y de los propios colegios. 8.6. Promover el Congreso Nacional de Colegios de Ingenieros Civiles de la FEMCIC, A. C., procurando la asistencia de todos los colegios afiliados a ella, así como de todas aquellas asociaciones de profesionistas extranjeras equivalentes, que sean invitadas para este fin.

ARTÍCULO 9º DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS. 9.1. Propiciar y fomentar el desarrollo científico y tecnológico, la excelencia académica y la calidad en el ejercicio profesional de la ingeniería civil en México, en niveles de competitividad internacional. 9.2. Difundir entre los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., el contenido humanista y cultural de la ingeniería civil; avalándolos en la vigilancia del ejercicio profesional de sus miembros, en el cumplimiento del Código de Ética y de la prestación del Servicio Social Profesional.

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9.3. Fundar y promover en coordinación con los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., el Centro Nacional y los Centros Estatales de Actualización y Certificación Profesional, con el objeto de implantar la educación continua a nivel nacional, en igualdad de circunstancias. 9.4. Promover, impulsar y difundir entre los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., las experiencias relativas a la obtención de bienes y servicios que los fortalezcan, así como todo lo relativo a la coordinación y organización de los eventos que realicen dichos colegios en forma individual o regional. 9.5. Generar y difundir los programas financieros entre los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., que les permitan a ambos disponer de recursos económicos suficientes para lograr sus objetivos propuestos. 9.6. Implementar en conjunto con los colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., las medidas y programas necesarios para realizar y mantener actualizado el Censo Nacional de Ingenieros Civiles, así mismo la expedición o reforma de Leyes y Reglamentos que normen el ejercicio profesional de la ingeniería civil. 9.7. Apoyar a los Colegios afiliados a la FEMCIC, A. C., cuando así se lo requieran, en su relación y gestión ante todos los organismos del sector público y privado y ante las instancias universitarias y educativas del país y del extranjero. 9.8. Suscribir y realizar toda clase de convenios, acuerdos y contratos con Instituciones nacionales del sector público o privado o extranjeras similares a la FEMCIC, A. C., con el objeto de establecer y mantener relaciones de intercambio técnico-científico, cultural y social que logren la integración de la ingeniería civil mexicana en forma global y permitan el acceso de la misma a la excelencia académica y a los estándares de calidad, en niveles de competitividad internacional. 9.9. Suscribir y realizar toda clase de convenios, acuerdos y contratos con organismos públicos o privados, nacionales e internacionales con el objeto de servir como consultores o desarrollar investigaciones relacionadas con la ingeniería civil. 9.10. Promover la suscripción de convenios con las autoridades federales, estatales y municipales, para el apoyo en la realización de sus planes y programas. 9.11. Promover la información necesaria y oportuna sobre la situación que guarda el mercado de trabajo y los aranceles que lo regulan. 9.12. Velar porque en los puestos públicos en que se requieran conocimientos propios de la Ingeniería Civil, estén desempeñados por ingenieros civiles que tengan la cédula profesional legalmente expedida conforme a la Ley. 9.13. Promover entre los colegios asociados a la FEMCIC, A. C., el reconocimiento a la labor y el desempeño sobresaliente, de los ingenieros civiles en el país, con el objeto de significarlos como un ejemplo para las actuales y las futuras generaciones. 9.14. Impulsar la actualización y la certificación profesional de los ingenieros civiles en las diferentes áreas y especialidades con que cuenta nuestra profesión.

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ARTÍCULO 10º DE LAS POLÍTICAS PARA CUMPLIR LOS OBJETIVOS DE LA FEMCIC, A. C. 10.1. De continuidad. Al inicio de cada gestión, el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., deberá presentar el Plan General de Trabajo para el bienio para el cual fue electo, integrando en ellos, invariablemente el cumplimiento de los objetivos mencionados en el Artículo Octavo de este mismo estatuto, con el fin de darles continuidad y congruencia en sus metas, así como los programas anuales de trabajo a ejercer. 10.2. De financiamiento. Los programas de trabajo que presente el Consejo Directivo, deberán incluir la forma en que obtendrá los recursos económicos y financieros necesarios con los que llevará a efecto dichos programas, cuidando en todo momento salvaguardar la autonomía de la FEMCIC, A. C., y que el origen de esos recursos sea lícito y transparente. 10.3. De participación. Será obligación del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., invitar a los Colegios afiliados a participar en todas y cada una de las actividades que haya establecido en su calendario de trabajo, otorgándoles preferentemente actividades concretas de las cuales se responsabilicen, reconociéndoles a cada uno de ellos el esfuerzo entregado, sin que esto se entienda o genere una violación a la autonomía de decisión y acción de los propios Colegios. 10.4. De información y comunicación. El deber de informar será uno de los puntos obligados que cada consejo directivo de la FEMCIC, A. C., atienda con todo esmero, con el objeto de dar a conocer en la brevedad posible, todos aquellos asuntos que son de interés para la vida institucional de la misma, así como los referentes a la de los colegios afiliados, para ello deberá implementar todos los recursos que la técnica moderna de comunicación tenga disponibles para lograr este fin.

CAPÍTULO TERCERO.
 DEL PATRIMONIO Y DE LOS BIENES. ARTÍCULO 11º DEL PATRIMONIO. El patrimonio de la FEMCIC, A. C., se constituye con: 11.1 Las cuotas ordinarias y extraordinarias, autorizadas por la Asamblea General, aportadas por los Colegios Asociados. 11.2 Cualquier ingreso que obtenga por donativos, subsidios, servicios, eventos, bonos, regalías, cooperaciones, contribuciones y en fin, todos aquellos que por cualquier título obtenga, siempre y cuando su aceptación no comprometa la autonomía de la institución y que su origen sea lícito.

ARTÍCULO 12º DE LA APROBACIÓN DEL PATRIMONIO. 12.1 El patrimonio que se genere por las administraciones de los Consejos Directivos de la FEMCIC, A. C., de conformidad con lo establecido en el Artículo Onceavo de este mismo estatuto, se empleará exclusivamente en los objetivos que estén establecidos en este ordenamiento y que deberán contemplarse en los Planes Generales de Trabajo de cada Consejo Directivo, por lo que ningún Colegio Asociado, ni persona extraña a la FEMCIC, A. C., pueden pretender derechos individuales, sobre dicho Patrimonio.

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12.2 La reglamentación necesaria para la formación del patrimonio, es facultad del consejo directivo, siempre y cuando no contravengan lo establecido por los Artículos Nos. 2674 y 2686, Capítulo Primero del Título Onceavo del Código Civil Federal; además, para la enajenación o la aplicación de cualquier tipo de gravamen del mismo, se requiere autorización expresa de la Asamblea General, de conformidad con lo que establece el Artículo No. 2677 del ordenamiento civil antes citado.

ARTÍCULO 13º DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES. 13.1 El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. en funciones, podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles que coadyuven en la realización de sus objetivos, de conformidad con lo que se establezca en el reglamento relativo a la formación del patrimonio, según se expresa en el Artículo Doceavo. 13.2 Es responsabilidad de cada Consejo Directivo, al término del periodo para el cual fue electo, la de entregar mediante inventario notariado, al siguiente Consejo Directivo, la relación de todos los bienes muebles o inmuebles de la FEMCIC, A. C., adquiridos hasta su gestión.

CAPÍTULO CUARTO. DE LOS ASOCIADOS. ARTÍCULO 14º DE LOS ASOCIADOS. La FEMCIC, A. C., estará integrada por los Colegios de Ingenieros Civiles de la República Mexicana, que estén reconocidos y constituidos conforme a la Ley General para el Ejercicio de las Profesiones y que soliciten y obtengan su registro en los términos de este estatuto.

ARTÍCULO 15º DE LOS REQUISITOS PARA SER ASOCIADOS. 15.1. Ser Colegio de Ingenieros Civiles, legalmente constituido de conformidad con el Artículo Catorceavo. 15.2. Presentar solicitud de ingreso por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., firmada por el representante legal acreditado, anexando copia de los siguientes documentos: a.- Acta constitutiva protocolizada y registrada ante la fe de Notario Público. b.- Copia simple del Registro ante la Dirección General de Profesiones de su estado o del Distrito Federal. c.- Copia del directorio de su membresía. d.- Copia del Estatuto, del Reglamento del Estatuto y del Código de Ética, vigentes. e.- Copia de la nómina por especialidad, de los asociados que integren la Comisión Técnica, de aquellos colegios que la tengan constituida. 15.3. Previo análisis y evaluación por la Comisión de Admisión, designada por el Consejo Directivo, si procede, será admitido. 15.4. Para el caso de solicitudes de admisión de algún Colegio ubicado en un estado de la República donde ya existe otro u otros Colegios Asociados a la FEMCIC, AC., la Comisión deberá recabar la opinión de dichos Colegios, para su análisis y evaluación.

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ARTÍCULO 16º DE LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS. Además de los que se establecen en el Capítulo Primero, del Título Decimo Primero del Código Civil Federal, los asociados a la FEMCIC, A. C., tienen los siguientes derechos: 16.1. Hacer mención de tal calidad en los membretes de su papelería y en las publicaciones que éstos editen. 16.2. Participar de los servicios que otorgue la FEMCIC, A. C., en beneficio de sus asociados, de conformidad con los objetivos y requisitos mencionados en este mismo Estatuto. 16.3. Dado el caso y a solicitud por escrito del colegio asociado, ser representado por el pleno de la FEMCIC, A. C., ante cualquier autoridad o instancia gubernamental que se requiera, previo acuerdo con la Junta de Honor. 16.4. Participar con voz y voto, a través de su representante en la designación y elección del consejo directivo de conformidad con lo que se establece en el Artículo 49° del Capítulo Sexto y el Capítulo Décimo de este mismo Estatuto. 16.5. Participar en las actividades que el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., haya propuesto en sus programas de trabajo, con el fin de fortalecerla y unirla. 16.6. Participar en las Asambleas Ordinarias ò Extraordinarias, con voz y voto en los asuntos para los cuales hayan sido convocados. 16.7. El voto será 1 por Colegio para todas las decisiones de Asamblea sea Ordinaria o Extraordinaria siempre que no tengan consecuencia directa en una elección y solo para el caso de la Asamblea general Extraordinaria de Elección de un nuevo Consejo Directivo, la votación será de acuerdo a lo que indica el art. 49.4.1 del presente Estatuto.

ARTÍCULO 17º DE LOS DEBERES DE LOS ASOCIADOS. Además de los enunciados en el Capítulo Primero, del Título Décimo Primero del Código Civil Federal, los asociados a la FEMCIC, A. C., tendrán los siguientes deberes: 17.1. Participar en las actividades que el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., haya propuesto en sus programas de trabajo, para coadyuvar al cumplimiento de los objetivos enunciados en este mismo estatuto. 17.2 Cubrir dentro del PRIMER BIMESTRE del año natural por transcurrir, las cuotas ordinarias anuales aprobadas por la Asamblea General; así como las cuotas extraordinarias que hayan sido aprobadas por la Asamblea General, dentro del tiempo límite establecido para ello. 17.3. Previa aceptación, desempeñar los cargos y las comisiones que les hayan sido encomendados por la Asamblea General o por el Consejo Directivo. 17.4. Asistir de acuerdo con la convocatoria respectiva que emita y publique el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., a las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias. 17.5. Asistir a las reuniones de trabajo y convivencia, congresos regionales o nacionales, que el

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Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., convoque con el fin de fortalecer la identidad y los lazos afectivos de los asociados. 17.6.En un plazo no mayor de treinta días a partir de que ocurra, informar por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., el resultado de la elección para renovar el Consejo Directivo, así como la designación de su representante ante la Asamblea General de la FEMCIC, A. C. 17.7. Presentar dentro del PRIMER BIMESTRE del año natural por transcurrir, el número de miembros activos con que cuenta, detallando los nombres y especialidades de cada uno de ellos. 17.8. Informar el cambio de su domicilio cuando éste ocurra, en un plazo no mayor de treinta días. 17.9. Informar e invitar por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., de cualquier evento de carácter internacional, nacional o regional.

ARTÍCULO 18º DE LA REPRESENTATIVIDAD ANTE LA FEMCIC, A. C. De conformidad con lo que establece el Capítulo Primero, del Título Décimo Primero del Código Civil Federal y del Artículo Catorceavo del Capítulo Cuarto de este mismo estatuto, cada uno de los colegios asociados a la FEMCIC, A. C., tendrá derecho a ser representado ante la Asamblea General o ser parte del consejo directivo, por el asociado que pertenezca a cada colegio y cumpla con los siguientes requisitos: 18.1. Ser mexicano, ingeniero civil titulado, con cédula expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y sin antecedentes penales. 18.2. Ser asociado activo del Colegio de procedencia, de conformidad con su estatuto vigente y cuando menos con cinco años de antigüedad, salvo en los colegios de reciente creación. 18.3. Ser designado por escrito, por el Consejo Directivo del Colegio de procedencia, cuando el presidente en funciones de dicho Colegio así lo indique, para ejercer la representatividad de su Colegio ante la FEMCIC, A. C. Dicho escrito deberá presentarse oportunamente ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., para su acreditación formal, debiendo contener la aceptación firmada del representante. 18.4. Conocer el marco normativo de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 19º DE LA SEPARACIÓN DE LA FEMCIC, A. C. Con fundamento en lo que establecen los Artículos Nos. 2680, 2681 y 2682 del Código Civil Federal, el carácter de asociado se pierde por: 19.1 Separación voluntaria, previo aviso por escrito firmado por el Presidente del Colegio respectivo y acreditado ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., dado con dos meses de anticipación. 19.2 La falta de pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias que se hayan fijado, quedando a criterio del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., su aceptación en reingreso. 19.3 Por suspensión o expulsión, según estudio de la Junta de Honor, previa audiencia con el afectado, dándosele a conocer el dictamen final a través del Consejo Directivo de la FEMCIC, A.C. 19.4 Los Asociados que voluntariamente se separen o que fueren expulsados, perderán todo derecho al haber de la asociación.

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CAPÍTULO QUINTO. DE LAS ASAMBLEAS. ARTÍCULO 20º DE LA ASAMBLEA GENERAL. Con fundamento en lo que establece el Artículo No. 2674 del Código Civil Federal, el poder supremo de la FEMCIC, A. C., reside en la Asamblea General, constituida por todos los representantes de los colegios asociados, acreditados de conformidad con el Artículo 18o de este mismo Estatuto. 20.1 La Asamblea General puede ser Ordinaria o Extraordinaria.

ARTÍCULO 21º DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA. 21.1 La Asamblea General Ordinaria, se reunirá una vez al año, dentro de la primera quincena del mes de mayo. 21.2 Asuntos a tratar: A) Informe anual de actividades del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., que incluya lo relativo al estado patrimonial de la asociación.
 B) Informe anual de actividades de la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C.
 C) Propuesta del programa anual de actividades del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., que incluya el presupuesto económico que ejercerá en ese mismo lapso y si hubiera, las modificaciones a las cuotas de inscripción, a las anuales ordinarias y extraordinarias que les corresponda aportar a los Colegios Asociados, así como los casos de exención que procedan. D) Los asuntos de interés general para los Colegios Asociados, que a juicio del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., deban ser tratados y que hayan sido presentados a él por escrito, antes de la primera publicación de la convocatoria respectiva y que no estén incluidos en el Artículo 25o de este mismo Estatuto. E) En los años de terminación non, se incluirán los siguientes puntos en el Orden del Día: a.- Presentación del Informe de Actividades del Consejo Electoral; b.- Toma de Protesta del Consejo Directivo entrante. 21.3 Lectura, revisión y firma del Acta de Asamblea que con ese motivo levante el Secretario General del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. 21.4 Quórum Legal. La Asamblea General Ordinaria, se constituirá con el número de representantes legalmente acreditados que a ella asistan, como resultado de la Convocatoria en los términos siguientes: A) En primera convocatoria: 50% más uno de los representantes legalmente acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., de los colegios asociados. B) En Segunda Convocatoria, treinta minutos después de la hora fijada para la primera: con los representantes de los colegios asociados que estén presentes.

ARTÍCULO 22º DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA. 22.1. La Asamblea General Extraordinaria, podrá reunirse en cualquier tiempo, de conformidad con lo que establece el Artículo 23o de este mismo Estatuto. 22.2. Causas para convocar: A) Cuando a juicio del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., lo estime conveniente.

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B) Cuando el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., reciba petición por escrito y firmada de cuando menos un 50% de los representantes legalmente acreditados de los colegios asociados. C) Cuando el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., reciba una solicitud por escrito de la Junta de Honor en tal sentido.
 D) Cuando a juicio de la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C., decida convocarla por sí misma, una vez agotado lo que establece el inciso C.
 E) Por mandato judicial, de conformidad con lo que establece el Capítulo Primero del Título Decimo Primero del Código Civil Federal. En los casos de las fracciones B y C, la fecha que se fije para la celebración de esa asamblea, no excederá de 60 días de calendario de la fecha en que fuere recibida tal petición. 22.3. Asuntos a tratar.
En Asamblea General Extraordinaria se tratarán únicamente los asuntos expresados en el Orden del día de la convocatoria respectiva, mencionando entre otros: A) Reformas al Estatuto de la FEMCIC, A. C., y sus Reglamentos. B) Asociarse en Confederación con otras Asociaciones o Federaciones de Profesionistas, nacionales o Internacionales. C) Disolución de la FEMCIC, A. C., y dado el caso, el nombramiento y otorgamiento de facultades a los 
liquidadores, así como el destino y aplicación de los bienes de la misma conforme lo marca el Artículo 
No. 2686 del Capítulo Primero, del Título Decimo Primero del Código Civil Federal. D) Elecciones del Consejo Directivo. E) Lectura, revisión y en su caso aprobación, del acta que por ese motivo haya levantado el Secretario General del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. 22.4. Quórum Legal.
A. En primera convocatoria: 50% más uno de los representantes legalmente acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., de los colegios asociados. B. En Segunda Convocatoria, treinta minutos después de la hora fijada para la primera: con los representantes de los colegios asociados que estén presentes. C. Excepto cuando se trate de la disolución de la FEMCIC, A. C., y sea éste el único punto a tratar, será necesario una asistencia mínima en Segunda Convocatoria del 50% de los representantes de los colegios asociados y una votación mínima del 75% a favor de esta medida.

ARTÍCULO 23º DE LAS CONVOCATORIAS. 23.1 Las convocatorias para las Asambleas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, se notificarán por circular escrita al domicilio social registrado de los Colegios asociados ante la FEMCIC, A. C., con una anticipación mínima de cuarenta y cinco días naturales. En dicha convocatoria se dará a conocer el Orden del Día de la Asamblea, con el objeto de modificarla o aceptarla. Los asociados contarán con un plazo máximo de 15 días naturales para hacer llegar sus observaciones y requerimientos para incluirse en el Orden del Día. Para el caso de Asambleas Generales Extraordinarias, la Convocatoria no podrá contener el inciso de Asuntos Generales. Además el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., una vez aceptado el Orden del Día por los Asociados, publicará dicha convocatoria como sigue: veinte días naturales antes de la fecha asignada para la asamblea, en el Diario Oficial de la Federación o del Estado del Presidente en Turno el cual tendrá que ser enviado a todos los Colegios para su Conocimiento o en un periódico de circulación nacional; diez días naturales antes de la fecha asignada para la asamblea, se enviará un recordatorio escrito a todos sus asociados. Invariablemente, las convocatorias deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario General del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en funciones; o por la Junta de Honor en pleno, cuando ésta

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haya convocado; o bien por la Autoridad Judicial, de conformidad con lo que establece el Capítulo Primero del Título Decimo Primero del Código Civil Federal.

ARTÍCULO 24º DE LA VOTACIÓN EN LAS ASAMBLEAS. Para poder emitir su voto, los representantes de los Colegios Asociados, legalmente acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., deberán asistir personalmente a las asambleas o designar a un representante por escrito y las decisiones que se adopten se consideraran válidas, cuando sean acordadas por la mayoría de los asistentes y en consecuencia obligatorias para todos los Asociados. El procedimiento para votar en las Asambleas lo fijaran de común acuerdo el Consejo Directivo y la Junta de Honor, excepto cuando se trate de la elección del Vicepresidente de Representación en contienda democrática, este deberá ser personal y secreto.

CAPÍTULO SEXTO. DEL CONSEJO DIRECTIVO. ARTÍCULO 25º DE LA ESTRUCTURA Y DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO. 25.1 DE LA ESTRUCTURA El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., tendrá para su operación la siguiente estructura: Un Presidente, Un Vicepresidente de Representación, Un Vicepresidente, Un Secretario General y Un Tesorero Electos de conformidad con lo que establece el artículo 48°Adicionalmente: Un Vicepresidente de Asuntos Internacionales, ocho Vicepresidentes Regionales, Un Subsecretario General, Un Subtesorero y Ocho Consejeros, propuestos por el Presidente del Consejo Directivo a la Asamblea General Ordinaria para su aprobación. 25.2 DE LOS REQUISITOS PARA SER MIEMBRO
Para ser miembro del Consejo Directivo, se requiere ser de nacionalidad mexicana, estar en pleno ejercicio de sus derechos ciudadanos, pertenecer a algún Colegio Asociado a la Federación, con una antigüedad mínima de cinco años y el haber sido miembro activo o numerario de su colegio cuando menos durante: A.- Cinco años para ocupar los cargos de Presidente, Vicepresidente de Representación, Vicepresidente, Secretario General y Tesorero. B.- Tres años para ocupar los cargos de Vicepresidente de Asuntos Internacionales, Vicepresidente Regional, Subsecretario General y Subtesorero. C.- Un año para ocupar el cargo de Consejero.

ARTÍCULO 26º DE LA DURACIÓN. Todos ellos durarán en su ejercicio dos años y no recibirán emolumento alguno por el desempeño de estos cargos.

ARTÍCULO 27º DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA FEMCIC, A. C. El Presidente del Consejo Directivo será el Representante Legal de la FEMCIC, A. C., con las

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facultades que para dicho encargo establece el Título Noveno del Código Civil Federal, pudiendo delegar dichas facultades en cualquier miembro del Consejo Directivo. Será facultad exclusiva del Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., que en ningún caso podrá delegar, la suscripción de Títulos y Operaciones de Crédito, actos para los que necesitará, invariablemente, la autorización de la Asamblea General.

ARTÍCULO 28º DE LAS FACULTADES DEL CONSEJO DIRECTIVO. 28.1 Representar a la FEMCIC, A. C. 28.2 Dirigir a la FEMCIC, A. C., de acuerdo con las disposiciones del presente estatuto, sus reglamentos y disposiciones de aplicación supletoria. 28.3 Coordinar la ejecución de los programas y la aplicación de sus presupuestos. 28.4 Disponer lo necesario para el cumplimiento de los acuerdos tomados por Asamblea General, así como presentar los proyectos de programa, presupuestos y acuerdos.
 28.5 - Nombrar al Director Ejecutivo, quien dependerá directamente del Consejo Directivo, llevando a cabo las acciones inherentes a su cargo y las que el Presidente, Vicepresidente de Representación, Secretario General y Tesorero le soliciten. 28.6 Considerar, evaluar y emitir dictamen por mayoría de votos de sus miembros a través de la evaluación de la Comisión de Admisión, sobre las solicitudes de nuevos asociados, si son de admitirse o no. 28.7 Nombrar integrante sustituto, cuando alguno de los puestos adicionales del Consejo Directivo quede vacante por renuncia, incapacidad física, fallecimiento o por ausencia definitiva. El nombramiento deberá recaer en un miembro que cumpla los requisitos fijados en el Artículo 25.2 y deberá informarlo de inmediato a todos los asociados. 28.8 Conceder Distinciones, Reconocimientos, Premios o Nombramientos Honorarios a personas físicas o morales que hayan colaborado en forma excepcional en beneficio de los objetivos de la FEMCIC, A. C., o que hayan hecho alguna aportación importante a la ingeniería civil mexicana. 28.9 El Consejo Directivo podrá nombrar Coordinadores Generales, Directores, Representantes, Asesores, Comités, Comisiones, y contratar empleados eventuales o permanentes, para que lo auxilien en el desarrollo de sus actividades, estableciendo el Reglamento de Trabajo a que haya que sujetarse. 28.10 El Consejo Directivo nombrará de entre sus miembros, a propuesta del Presidente del propio Consejo al representante para establecer los nexos con otras asociaciones afines, nacionales o extranjeras, con el propósito de promover el aliento y la fortificación mutua necesaria con todas ellas. 28.11 Determinar el establecimiento o conclusión de relaciones con las Asociaciones, Federaciones, Confederaciones o Sociedades afines nacionales con las que mantenga vínculos, informando a la siguiente Asambleas General Ordinaria. 28.12 Sustituir a miembros que se ausenten en forma temporal o definitiva sin causa justificada de acuerdo a lo que establece el Reglamento respectivo, aprobado por el propio Consejo Directivo.

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ARTÍCULO 29º DE LAS REUNIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C. 29.1 El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., se reunirá en Sesión Ordinaria cuando menos cuatro veces por año, las cuales se programarán en fecha y lugar para su realización, al inicio de la gestión de cada Consejo Directivo y en Sesión Extraordinaria cuando lo convoque su Presidente, lo soliciten la mitad o más de sus miembros o la Junta de Honor. 29.2 Para la realización de las reuniones del Consejo Directivo se deberán observar los siguientes puntos: A) La convocatoria deberá ser enviada por escrito a todos los integrantes del consejo directivo con 10 días de anticipación. B) En la convocatoria de referencia se deberán incluir los temas a tratar. 29.3 De cada sesión se levantará acta escrita al término de la reunión, misma que será firmada por todos los asistentes, siendo responsabilidad del Secretario General entregarla en el acto posterior a su firma.

ARTÍCULO 30º DE LAS DECISIONES Y QUÓRUM LEGAL DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C. Las decisiones del Consejo Directivo se tomaran por mayoría de votos de los miembros presentes. En caso de empate el Presidente tendrá Voto de Calidad o en su ausencia el Vicepresidente de Representación. Para que haya Quórum Legal se requiere la presencia del Presidente o el Vicepresidente de Representación, el Secretario o el Subsecretario, el Tesorero o el Subtesorero y por lo menos tres Vicepresidentes.

ARTÍCULO 31º DE LAS FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C. 31.1 Del Presidente:
31.1.1. Representar a la FEMCIC, A. C., y al Consejo Directivo en los términos del Artículo 28° del presente Estatuto. 31.1.2. Ejecutar los acuerdos que el Consejo Directivo tome conforme a las disposiciones del presente Estatuto y las de aplicación supletoria. 31.1.3. Proponer y promover todas aquellas actividades que conduzcan a lograr los objetivos de la FEMCIC, A. C., y mantener una comunicación constante con todos sus miembros. 31.1.4. Convocar con el Secretario General, a las Asambleas Generales. 31.1.5. Presidir las Asambleas Generales y las sesiones del Consejo Directivo, así como todas aquellas instancias que por estatuto le correspondan, dirigiendo los debates y presentando las sugerencias pertinentes que conduzcan a lograr acuerdos y decisiones. 31.1.6. Vigilar el cumplimiento de este Estatuto y sus reglamentos, así como los acuerdos emitidos por la Asamblea General, dentro del plazo establecido para ellos. 31.1.7. Coordinar el esfuerzo de los diferentes órganos ejecutivos de la FEMCIC, A. C., de conformidad con el Capítulo Octavo de este Estatuto y vigilar la realización de las actividades programadas por ellos.

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31.2. De las Vicepresidencias. 31.2.1 Para cumplir con los objetivos de la FEMCIC, A. C., contará el Consejo Directivo con once Vicepresidencias, que se denominarán: 1.- Vicepresidencia de Representación 2.- Vicepresidencia 3.- Vicepresidencia de Asuntos Internacionales 4.- Vicepresidencia Zona Noroeste 5.- Vicepresidencia Zona Noreste 6.- Vicepresidencia Zona Centro-Oriente 7.- Vicepresidencia Zona Centro-Occidente 8- Vicepresidencia Zona Centro-Sur 9.- Vicepresidencia Zona Sureste 10.-Vicepresidencia Zona Norte 11.-Vicepresidencia Zona Sur 31.2.2. FUNCIONES COMUNES DEL LOS VICEPRESIDENTES. A.- Asistir a las Asambleas Generales y sesiones del Consejo Directivo. B.-Auxiliar al Presidente en el desempeño de sus funciones, en la forma y grado que este considere más conveniente. C.- Representar al Presidente en los encargos que éste le encomiende. 31.2.3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS VICEPRESIDENTES.

Del Vicepresidente: A.- En caso de ausencia definitiva del Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., el Vicepresidente, asumirá el cargo de Presidente, hasta completar el periodo de la gestión del Consejo Directivo en funciones, para el cual fue electo. B.- Representar al Presidente, ante instituciones gremiales, asociaciones afines y Organizaciones No Gubernamentales nacionales, con el objeto de establecer y consolidar los nexos necesarios, que permitan relaciones de carácter institucional de beneficio para la FEMCIC, A. C. C.- Coordinar y coadyuvar con los diferentes representantes de la FEMCIC, A. C., en el cumplimiento de las acciones encomendadas.

Del Vicepresidente de Representación: A.- Representar al Presidente, ante instituciones gremiales, asociaciones afines y Organizaciones no Gubernamentales nacionales, con el objeto de establecer y consolidar los nexos necesarios, que permitan relaciones de carácter institucional de beneficio para la FEMCIC, A. C. B.- Coadyuvar al Presidente y Vicepresidente en funciones en la coordinación de los diferentes representantes de la FEMCIC, A. C., en el cumplimiento de las acciones encomendadas.

Del Vicepresidente de Asuntos Internacionales. A.- Establecer relaciones, ante instituciones gremiales, asociaciones afines y Organizaciones no Gubernamentales extranjeras, con el objeto de establecer y consolidar los nexos necesarios, de carácter institucional de beneficio para la FEMCIC, A. C.

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De los Vicepresidentes Regionales. A.- Coordinar a los colegios asociados a la FEMCIC, A. C., para el logro y cumplimiento de los objetivos de la federación, en el ámbito geográfico que les corresponde. 31.3. Del Secretario General. 31.3.1. Asistir a las asambleas y a las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. 31.3.2. Preparar el Orden del Día de las Asambleas Generales y de las sesiones del Consejo Directivo; emitiendo en conjunto con el Presidente las convocatorias respectivas, auxiliándolo en la conducción de las mismas y elaborando el Acta correspondiente a dichas reuniones. 31.3.3. Actuar como elemento de contacto permanente, entre el Consejo Directivo y el Gerente General de la FEMCIC, A. C., con fines de dirección, coordinación y control, así como con las asociaciones nacionales y extranjeras. 31.3.4. Implementar las medidas necesarias y suficientes, para llevar un control eficiente de los archivos de la FEMCIC, A. C. 31.3.5. Colaborar en los esfuerzos de los Directores Estatales, para la coordinación general de los Colegios Asociados, así como de las representaciones y comisiones. 31.3.6. Actuar como elemento de contacto con las asociaciones extranjeras. 31.4. Del Subsecretario General. A.- Asistir a las Asambleas Generales y a las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. B.- Desempeñar las funciones del Secretario General en su ausencia. C.- Colaborar estrechamente con el Secretario General y apoyarlo en todo lo relativo al desempeño de sus funciones. 31.5. Del Tesorero. 31.5.1. Asistir a las Asambleas generales y a las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. 31.5.2. Custodiar y administrar los bienes que integren el Patrimonio de la Asociación, implementando las medidas necesarias y suficientes para el uso eficaz de los mismos, establecidos en los Objetivos Generales y Específicos de la FEMCIC, A. C. 31.5.3. Elaborar el Presupuesto Anual por ejercer, revisar en conjunto con el Contador Público designado, los estados contables y patrimoniales de la Asociación, presentándolos para su análisis y ser aprobados por la Asamblea General. 31.5.4. Mantener informada a la Junta de Honor, sobre todos los aspectos de su responsabilidad, antes de la Asamblea General Ordinaria, o cuando así se lo soliciten por escrito. 31.5.5. Vigilar y coordinar los esfuerzos que realizan las representaciones y comisiones de carácter financiero y patrimonial. 31.6. Del Subtesorero. A.- Asistir a las Asambleas Generales y a las Sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. B.- Auxiliar al Tesorero en el desempeño de sus funciones y suplirlo en su ausencia.

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31.7. De los Consejeros. A.- Asistir a las Asambleas Generales y participar activamente en las sesiones del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. B.- Colaborar estrechamente con las funciones y actividades que programe el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., así como propiciar la armonía y el espíritu de trabajo, individual y colectivo, dentro del mismo.

ARTÍCULO 32º. LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C., PODRÁN CESAR EN SUS FUNCIONES: 32.1. Por renuncia voluntaria. 32.2. Por ausencia no justificada temporal o definitiva. 32.3. Por suspensión. 32.4. Por expulsión. La renuncia será presentada por escrito y aprobada por el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. * La ausencia no justificada a tres reuniones de Consejo Directivo o Asambleas Generales, continuas o discontinuas, en un año causará baja del Consejo Directivo. * La ausencia definitiva deberá comunicarse por escrito al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., quedando facultado éste para nombrar sustituto de acuerdo con las facultades que le confiere el Artículo 28° de este mismo Estatuto.

CAPÍTULO SÉPTIMO. DE LA JUNTA DE HONOR. ARTÍCULO 33º DE SU INTEGRACIÓN. La Junta de Honor estará integrada por “Vocales”, que serán los cinco últimos Ex-Presidentes del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.; el más antiguo la presidirá, durando en su cargo dos años, que será el mismo periodo que dure cada Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.
En caso de muerte, renuncia, ausencia temporal o impedimento del Presidente de la Junta de Honor, lo sucederá en su cargo el Ex-Presidente que le siga en antigüedad y se integrará a ésta algún miembro del Consejo Consultivo, por invitación de la Junta de Honor.

ARTÍCULO 34º DE LAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE HONOR. Son atribuciones de la Junta de Honor: 34.1. Ser el órgano de vigilancia de los actos del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., quien tendrá la obligación de proporcionarle toda la información y medios necesarios que requiera para el desempeño de sus funciones; intervenir ante él y, en casos graves, convocar a Asamblea General Extraordinaria por sí mismo, que tendrá plena validez sobre cualquier otra convocatoria prevista por este Estatuto. 34.2. Revisar a petición del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., el cumplimiento y aplicación de las disposiciones del Código de Ética Profesional y someter a la Asamblea General su dictamen para que ésta resuelva lo conducente.

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34.3. Ordenar cuando así lo juzgue conveniente, una Auditoria Contable Externa, para su análisis y evaluación. 34.4. Propugnar por el decoro y buen nombre de la FEMCIC, A. C., y porque la conducta de sus asociados no se aparte de las normas que establezcan este Estatuto y el Código de Ética Profesional. 34.5. Conocer por sí, cuando se trate del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., o a petición de éste, de algún colegio asociado o su directiva, los casos de violación a las normas estatutarias y a las del Código de Ética Profesional. 34.6. Estudiar y dictaminar acerca de la conveniencia de la defensa de cualquiera de los miembros del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., o de cualquiera de los miembros de los colegios asociados a este organismo profesional, que fuere acusado ante los Tribunales Civiles o Penales, respecto de quien se hagan imputaciones que afecten su decoro o buena reputación, desde el punto de vista profesional. Esta defensa deberá recomendarse a solicitud del interesado, o en su defecto, se hará de oficio cuando menoscabe el prestigio o interés de la propia FEMCIC A. C., o de los Colegios Asociados a ésta. 34.7. Integrar el Consejo Electoral, de conformidad con lo que establece el Artículo 45º, de este mismo Estatuto. 34.8. Los miembros de la Junta de Honor sólo podrán ser juzgados en Asamblea General Extraordinaria.

ARTÍCULO 35º DE LAS REUNIONES DE LA JUNTA DE HONOR Y DEL QUÓRUM LEGAL. 35.1. La Junta de Honor se reunirá tres veces al año en forma ordinaria y extraordinaria de acuerdo a los siguientes casos: A.- Por petición escrita de alguno de sus integrantes.
B.- Por acuerdo del Consejo Directivo o de la Asamblea General. B.- Por solicitud escrita y firmada por los representantes legalmente acreditados, de un grupo de cinco Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., en la cual se explique el objeto de la reunión. 35.2. Dependiendo de la gravedad del caso y si el Presidente de la Junta de Honor no llegara a convocar a los demás miembros de la misma, en un plazo de quince días después de recibida la solicitud, el Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., tendrá facultad para citar a los integrantes de la Junta de Honor y efectuarla. 35.3. Las reuniones de la Junta de Honor y los acuerdos que de ahí emanen, sólo podrán tener validez con la asistencia de tres de sus miembros más su Presidente y las decisiones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

ARTÍCULO 36º DEL CONSEJO CONSULTIVO. El Consejo Consultivo está integrado por todos los Ex-Presidentes de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 37º DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO CONSULTIVO. 37.1. Servir de órgano de consulta del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. y de la Asamblea General de la misma.

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37.2. Preparar estudios y asesorar al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en los asuntos que le sean solicitados. 37.3. Presentar al Consejo Directivo o a la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C., las recomendaciones que estime convenientes. 37.4. Participar con el Consejo Directivo en la elaboración de los Reglamentos de la FEMCIC, A. C. 37.5. Dar seguimiento con el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. en funciones, a los programas inconclusos del Consejo Directivo saliente. 37.6. El Consejo Consultivo en coordinación con el Consejo Directivo, podrán cuidar, preservar y acrecentar, todo aquello que signifique parte importante del desarrollo y presencia de la FEMCIC, A. C., por lo que el Archivo de la historia y legado Gremial de ésta, deberá quedar bajo su resguardo. 37.7. Cuidar y velar por el buen nombre de la FEMCIC, A. C.

CAPÍTULO OCTAVO. DE LA ORGANIZACIÓN. ARTÍCULO 38º DE LA ESTRUCTURA GENERAL ORGANIZATIVA. La FEMCIC, A. C., es la asociación profesional de máxima representatividad de la ingeniería civil organizada de la República Mexicana, legalmente constituida, que tiene la atribución de conocer la actividad de los colegios de ingenieros civiles federados, así como propiciar que cada uno de ellos trabaje en su jurisdicción territorial. La FEMCIC tiene la facultad de signar convenios de intercambio tecnológico y profesional con organizaciones nacionales e internacionales que tienen relación directa con la ingeniería civil. El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., para alcanzar los objetivos de la propia Federación y de conformidad con lo que establece el Artículo 5o del presente Estatuto, se auxiliará, además, con el Consejo Consultivo, el Patronato, el Consejo Técnico Nacional, el Consejo Nacional de Certificación, el Consejo Académico Nacional y el Consejo de Confederaciones, así como de cualquier otra representación que se requiera en el territorio nacional.

ARTÍCULO 39º DEL PATRONATO. 39.1 El Patronato de al FEMCIC, A. C., tendrá como objetivo principal incrementar el patrimonio de la misma, gestionando apoyos económicos, contribuciones y financiamientos para lograr el objetivo mencionado, sin menoscabo de sugerir cualquier otro medio lícito que incremente dicho patrimonio. 39.2 Los miembros del Patronato serán nombrados por el Consejo Directivo y la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 40º DEL CONSEJO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN. 40.1 Tendrá el objetivo de asesorar y apoyar al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en el desarrollo de programas de actividades que promuevan la Certificación de Peritos Profesionales entre los miembros de los colegios asociados a la propia federación. 40.2 El Consejo Nacional de Certificación se integrará con cinco miembros eméritos de los Colegios Asociados que tengan a su cargo esta actividad y con los representantes de las Sociedades Técnicas

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que hayan suscrito convenios de colaboración con la FEMCIC, A. C. El Consejo Nacional de Certificación será presidido por el Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. y en su ausencia por un Coordinador Nacional. 40.3 Las facultades, funciones, organización y procedimientos de operación del Consejo Nacional de Certificación, se establecerán en su reglamento, el cual será aprobado de acuerdo a lo que se establece en el presente Estatuto.

ARTÍCULO 41º DEL CONSEJO ACADÉMICO NACIONAL. 41.1 El Consejo Académico Nacional será un órgano de consulta del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., con el objeto de analizar y proponer todas aquellas soluciones tendientes a definir el perfil del ingeniero civil en términos de competitividad internacional y además en la revisión de los planes de estudio y de los sistemas de docencia que se aplican en las Facultades y Escuelas de Ingeniería Civil de la República Mexicana. 41.2 El Consejo Académico Nacional se integrará por cinco miembros eméritos de la FEMCIC, A. C., quienes serán el medio a través del cual se establecerán los nexos de la propia federación con todas aquellas asociaciones y uniones que tengan o busquen el mismo fin. 41.3 Las facultades, funciones, organización y procedimientos de operación del Consejo Académico Nacional, se establecerán en su Reglamento, el cual será aprobado de acuerdo a lo que se establece en el presente Estatuto.

ARTÍCULO 42º DEL CONSEJO TÉCNICO NACIONAL. 42 .1 A propuesta de los colegios asociados, el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., designará al Consejo Técnico Nacional, que será integrado por los Presidentes de las Sociedades Técnicas, especialistas en cada una de las áreas relacionadas con nuestro quehacer Profesional, que hayan suscrito convenios de colaboración con la propia FEMCIC, A. C., quienes deberán expresar por escrito su aceptación y de entre ellos se elegirá a un coordinador. 42.2 Entre los fines de este Consejo, estará el de asesorar a las Autoridades Federales, Estatales o Municipales; en casos de desastre o emergencia, se integrarán gremialmente con la estructura técnica operativa de auxilio o ayuda social de la FEMCIC, A. C., con otros sectores gremiales u organizacionales en las entidades federativas en sus diferentes niveles y jerarquías de Gobierno. 42.3 Asesorar y apoyar al Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., en el desarrollo de sus programas de actividades, con la participación de las sociedades técnicas.

42 4 Apoyar a los Centros de Actualización Profesional e Innovación Tecnológica de los colegios asociados a la FEMCIC, A. C., en el diseño de los cursos anuales para la actualización profesional de sus asociados. 42.5 Las facultades, funciones, organización y procedimientos de operación del Consejo Técnico Nacional, se establecerán en su reglamento, el cual será aprobado de acuerdo a lo que se establece en el presente estatuto.

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CAPÍTULO NOVENO. DE LAS CUOTAS. ARTÍCULO 43º DE LAS CUOTAS. El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., con el acuerdo de la Asamblea General y previo estudio que presente su Tesorero, fijará las cuotas de inscripción, anuales y extraordinarias, así como sus futuras modificaciones, que deberán pagar los Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., para cubrir la parte proporcional que les corresponde de los gastos generados por la propia actividad desarrollada en la consecución de sus fines.

ARTÍCULO 44º DE LAS FORMAS DE PAGO. Todo lo relativo a las formas de pago de las cuotas, será establecido por el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

CAPÍTULO DÉCIMO. DE LAS ELECCIONES. ARTÍCULO 45º DE LA INSTALACIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL. 45.1. Durante la primera quincena del mes de MARZO de los años pares, el Presidente de la Junta de Honor de la FEMCIC, A. C., declarará instalado el Consejo Electoral que estará integrado como sigue: Presidente: El Presidente de la Junta de Honor. Secretario: El Presidente del Consejo Directivo en funciones. Vocales: Los vocales de la Junta de Honor y el Secretario del Consejo Directivo en funciones y dado el caso, de que existan dos o más planillas registradas, un representante de cada una de las mismas, integrándose éstos al momento en que se cierre el registro de estas últimos. 45.2. Instalado el Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., ningún miembro de él podrá retirarse o sustituirse, hasta terminado el proceso electoral.

ARTÍCULO 46º DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL. 46.1 Formular el padrón electoral en conjunto con el Secretario General del Consejo Directivo en funciones, en el que se incluirán los representantes legalmente acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, con derecho a voz y voto, el cual quedará integrado a más tardar en la primera quincena del mes de MARZO del año de elecciones. 46.2 Determinar y vigilar la forma en que se desarrollará el proceso electoral de conformidad con los lineamientos que establece este estatuto. 46.3 Elaborar la Convocatoria correspondiente a Elecciones, en la que se debe incluir toda la información suficiente y necesaria, respecto al proceso electoral en su conjunto, cuidando la claridad y exactitud de la información vertida. 46.4 Emitir el dictamen del resultado de la elección, levantando el acta correspondiente del proceso electoral, anotando en forma conjunta los acontecimientos que hayan ocurrido; cuando a juicio del Consejo Electoral se presenten causas muy graves, este Consejo está facultado para declarar nula la elección, cuando así lo acuerden cinco de sus integrantes y queden perfectamente claras dichas causas.

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ARTÍCULO 47º DE LA OPERACIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL. 47.1. El Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., se reunirá en sesión de trabajo en las fechas y lugares que fije su Presidente; las sesiones tendrán lugar a iniciativa del propio Presidente o a solicitud escrita de la mitad más uno de sus miembros. 47.2. Los acuerdos del Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., se tomarán por mayoría de votos de sus miembros y corresponderá al Presidente del Consejo Directivo, comunicar a éste, dichos acuerdos y darles cumplimiento en lo que corresponda. 47.3. El Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., se establecerá en sesión permanente durante el proceso electoral. 47.4. Todos los documentos emitidos por el Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., deberán estar firmados al menos por el Presidente y el Secretario de este Consejo.

ARTÍCULO 48º DE LA CONVOCATORIA A ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C.
 En los años pares, tendrá lugar la Asamblea General Extraordinaria para elegir al nuevo Consejo Directivo dentro de la primera quincena del mes de MAYO, las planillas para el Consejo Directivo deberán estar integradas por Un Vicepresidente de Representación, Un Vicepresidente, Un Secretario General y un Tesorero. El Consejo Electoral convocará a todos los Colegios Asociados de la FEMCIC, A. C., especificando en la Convocatoria de Elecciones, las fechas, los lugares y los horarios establecidos, así como los requisitos que deberán llenarse y la mecánica que se seguirá en el proceso electoral. Con diez días de anticipación, recordará a sus asociados, por el medio de comunicación que estime conveniente, la Convocatoria para la elección de miembros del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C.

ARTÍCULO 49º. DE LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FEMCIC, A. C. 49.1. El Consejo Electoral vigilará la elección del Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., durante la Asamblea General Extraordinaria convocada para ese fin, la cual deberá realizarse durante la primera quincena del mes de MAYO de los años con terminación par el día que fije el Consejo Electoral y dado a conocer en la Convocatoria respectiva y de conformidad con lo que señala este Estatuto y su Reglamento. 49.2. Las cédulas oficiales de votación, serán preparadas por el Consejo Electoral, debidamente foliadas y entregándose en la fecha señalada para la elección a todos los representantes legalmente acreditados ante el Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., con derecho a voto. 49.3. El voto será secreto y se depositará personalmente en la urna que para tal fin el Consejo Electoral haya elaborado, la cual se sellará antes del proceso, ante la presencia de toda la Asamblea. 49.4. Solamente serán válidos los votos de los representantes de los Colegios Asociados que cumplan con los siguientes requisitos: A.- Estar al corriente en el pago de las cuotas que se establecen en el Artículo 17o, inciso 17.2 de este Estatuto.

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B.- Tener una asistencia mínima del 60% a las reuniones nacionales y asambleas generales a las que hubiera sido convocado durante el año y medio -18 meses- inmediatos anteriores al que se realice la elección. 49.4.1 El voto que emitan los representantes acreditados de los Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., será de acuerdo a la siguiente Tabla: De 1 a 100 Colegiados
 De 101 a 200 Colegiados De 201 a 400 Colegiados De 401 a 900 Colegiados De 901 colegiados en adelante El voto será, personal y directo.

1 VOTO 2 VOTOS 3 VOTOS 4 VOTOS 5 VOTOS

49.5. Terminando el escrutinio en presencia del Consejo Electoral y del o de los representantes de los candidatos registrados, se levantará el acta correspondiente a la elección, haciendo constar el resultado; el acta será firmada por los miembros del Consejo Electoral y los representantes de los candidatos que así lo deseen. El Presidente del Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., hará la declaratoria del candidato triunfante. 49.6. El Consejo Electoral comunicará a todos los Colegios Asociados a la FEMCIC, A. C., el resultado de la elección, pudiendo darle toda la difusión que estime conveniente. 49.7. El Consejo Directivo electo de la FEMCIC, A. C., rendirá protesta e iniciará funciones el día que se celebre la Asamblea General Ordinaria en los años nones, misma que tendrá lugar en la primera quincena del mes mayo.

ARTÍCULO 50º DE LOS REQUISITOS REPRESENTACIÓN DE LA FEMCIC, A. C.

PARA

SER

VICEPRESIDENTE

DE

Podrá ser candidato para ocupar la Vicepresidencia de representación de la FEMCIC, A. C., quien cumpla con los siguientes requisitos: A. Tener una antigüedad mínima de cinco años como Socio Activo del Colegio que lo propone como su candidato. B. Ser propuesto por escrito dirigido al Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., por un mínimo del 10% de los Colegios Asociados, donde conste la aceptación firmada de aceptación a la candidatura por el socio propuesto. C. Haber ocupado alguno de los cargos de los que se mencionan en el Artículo 25o de este Estatuto, en cualquier Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C. a excepción del de Presidente o haber ocupado el cargo de Presidente de su Colegio. D. Ser mexicano, Ingeniero Civil titulado, con Cédula Profesional y sin antecedentes penales.

ARTÍCULO 51º DE LA DISOLUCIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL DE LA FEMCIC, A. C. Una vez terminado el proceso electoral, en las modalidades que se mencionan en este estatuto, y habiendo cumplido cabalmente con su cometido, el Consejo Electoral de la FEMCIC, A. C., quedará disuelto.

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CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO. 
DE LA DISOLUCIÓN DE LA FEDERACIÓN. ARTÍCULO 52º. GENERALIDADES. La FEMCIC, A. C., podrá disolverse por consentimiento expreso de la Asamblea General Extraordinaria, convocada para tal efecto por el Consejo Directivo y la Junta de Honor, con la formalidad que marca este Estatuto y en apego a lo que establecen los Artículos 2586 y 2685 del Capítulo Primero, del Título Onceavo del Código Civil Federal. Una vez acordada la disolución de la FEMCIC, A. C., si se cree conveniente, sus bienes y los fondos existentes, se entregarán a una institución de objetivo social similar a la federación y que la Asamblea General designe, firmando el acta donde se establezca su resolución, la cual se registrará en las instancias legales correspondientes, para que cause efecto legal contra terceros. TRANSITORIOS: PRIMERO.- El Consejo Directivo de la FEMCIC, A. C., tiene un plazo no mayor de sesenta días naturales, para publicar y difundir entre los colegios asociados a la federación éste Estatuto, contados éstos a partir del registro ante el Notario Público correspondiente. SEGUNDO.- Los miembros del I Consejo Directivo electos en la Primera Asamblea General Ordinaria del día 2 del mes de abril de 2005, quedó constituido bajo la siguiente estructura: Presidente: Vicepresidente de Representación: Secretario General: Tesorero:

Ing. Juan Villegas Arce Ing. Raúl Silva Ávila Ing. Hugo René Noé Lazcano Ing. Miguel Ángel Rodríguez

TERCERO.- Se establece que el Consejo Consultivo de esta Federación, queda integrada inicialmente por los siguientes miembros: Ing. Enrique Dau Flores Ing. Rafael Aburto Valdés Ing. Carlos Martín del Castillo Ing. Maximino Torres Silva Ing. Leopoldo Espinosa Benavides Ing. Aldo Córdova Fermanni Ing. José Antonio Córdova Ornelas Ing. Carlos Arnulfo López López Ing. Fernando Favela Lozoya Ing. Leandro G. López Arceo Ing. José Rafael Giorgana Pedrero Ing. Francisco Jaime Navarro Celaya Ing. Eric Luis Moreno Mejía

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CUARTO.- Se establece que la Junta de Honor de esta Federaci贸n queda integrada inicialmente por los siguientes miembros: PRESIDENTE: Ing. Fernando Favela Lozoya VOCALES: Ing. Leandro Gilberto L贸pez Arceo. Ing. Jos茅 Rafael Giorgana Pedrero. Ing. Francisco Navarro Celaya Ing. Eric Luis Moreno Mej铆a. QUINTO.- Respecto al Domicilio Social inicial de la FEMCIC, se establece ocuparlo de conformidad con el convenio celebrado ante las autoridades que administran dicho inmueble con este fin, sin detrimento de que sus actividades se desarrollen en cualquier entidad federativa.

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FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

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8.- REGLAMENTO DE ELECCIONES REGLAMENTO ELECTORAL Artículo 1.-La convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de Elecciones, s

los

Miembros de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles A.C.

Artículo 2.- La asistencia a la Asamblea Extraordinaria de elecciones es abierta para todos los miembros de los asociados a la FEMCIC, con la salvedad de que solo tendrán derecho a voz y voto los representantes acreditados de los asistentes que estén al día en sus derechos y obligaciones.

Artículo 3.indicar además del Orden del Día al menos: La forma como deberán integrarse las planillas. Los artí candidatos a todos los cargos que se deberán cubrir. La fecha de cierre de inscripción de las planillas ante el Consejo Electoral. Lugar para la entrega de las planillas.

Artículo 4.-El Consejo Directivo es el Órgano de Gobierno, representación y administración general de la “FEMCIC”, por lo que los interesados deberán integrar planillas que cubran los siguientes cargos:

Un Vicepresidente de representación Un Vicepresidente Un Secretario General Un Tesorero. Artículo 5.-Todos los integrantes de la planilla electa para ocupar los cargos del Consejo Directivo, tomarán posesión de sus cargos en la Asamblea Ord

en funciones.

Artículo 6.la Asamblea que estos se integren como Consejeros, al Consejo Directivo en Funciones.

Artículo 7.Artículo 8.excluida de ese proceso.

Artículo 9.-El proce Art. 3 de este regla mes de abril en horarios fijados por el Consejo Electoral.

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Artículo 10.-Las elecciones para renovación de Consejo Directivo se llevarán a cabo en reunión de la Asamblea General Extraordinaria en la primera quincena del mes de mayo de los años pares de acuerdo al Estatuto. que deberán estar en congruencia con el Estatuto y el presente Reglamento de Elecciones de la FEMCIC, A.C.

Artículo 11.te de las cuotas de acuerdo a los rangos establecidos en la Asamblea General Extraordinaria celebrada en la ciudad de Culiacán, Sinaloa el día 28 de agosto de 2010.

Artículo 12.- Son facultades del Consejo Electoral: 12.1. La vigilancia de que el proceso electoral se realice de acuerdo al Estatuto, en un marco de respeto y en apego al él y al presente reglamento. .12.2. Conformar el Padrón Electoral, con aquellos miembros activos y con goce de sus derechos de la Federación, requisito para formar parte de un tardar en la primera quincena del mes de marzo de los años pares. 12.3. Elaborar las Cédulas Oficiales de votación, debidamente identificadas con folio o con la firma del Presidente y Secretario del Consejo Electoral, serán entregadas al momento del registro para la Asamblea General Extraordinaria de elecciones. 12.4. Constatar que las planillas inscritas cumplan con los requisitos de la convocatoria, del Estatuto y estén debidamente integradas por un Vicepresidente de Representación, un Vicepresidente, un Secretario General y un Tesorero del Consejo Directivo cumplan con lo estipulado en el Estatutos y en el Reglamento de Elecciones. 12.5. Elaborar y entregar a los interesados por medio de oficio firmado por los integrantes del Consejo Electoral del resultado de la revisión que el Consejo realice de los documentos presentados por las planillas inscritas, informándoles de la aceptación o rechazo en su caso. 12.6. Todas las comunicaciones a los candidatos de las planillas se realizarán por medio de sus representantes, quienes se integrarán al Consejo Electoral previo aviso por escrito de quié representante posterior a la aceptación de la planilla. 12.7.- El Presidente del Consejo Electoral llevará la Asamblea General Extraordinaria donde se elija al Vicepresidente de representación, Vicepresidente, Secretario General y Tesorero del C elecciones de acuerdo al Estatuto. 12.8.- Todas decisiones tomadas por el Consejo Electoral, serán por mayoría simple de votos, teniendo en caso de empate, el voto de calidad el Presidente del mismo.

Artículo 13.ésta el nombramiento del o los escrutadores, quienes realizarán el conteo de votos ante la presencia del Consejo Electoral y el o los representantes de las planillas inscritas, verificando en todo momento que el número de votos coincida con el de las cédulas emitidas.

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Artículo 14.-

endo constar el resultado de la elección y de la p integrantes del Consejo Electoral, Presidente y Secretario como mínimo y representantes de la o las planillas. El Presidente declaratoria oficial de la planilla triunfante, ante el Pleno de la Asamblea.

Artículo 15.-Dentro de los 21 días hábiles siguientes a la Elección, el Consejo Directivo en funciones emitirá el Acta donde conste la planilla qu para los fines posteriores correspondientes.

Artículo 16.la Federación por todos los medios disponibles dentro de los 21 días hábiles siguientes a la Elección.

Artículo 17.Estatuto después de que el Consejo Directivo Electo tome protesta y en un plazo no mayor a 30 días después de la Asamblea General Ordinaria de los años nones.

Artículo 18.-Los participantes de todas las Planillas que contiendan en la Elección, asumen de antemano, siempre y particularmente durante el proceso electoral, el compromiso de ceñirse a los Principios de Ética y Conducta Profesional de la Federación, evitando siempre insultar, descalificar o desprestigiar al contrario.

Artículo 19.-Cualquier inconformidad o queja que manifieste una Planilla durante el periodo de elecc consideraciones y medidas necesarias por la misma.

éste proceda a tomar las

Artículo 20.manifieste su e.

Artículo 21.planilla, solicitándole la remoción del Miembro de la misma que haya quebrantado este Reglamento; o bien, proceder a la descalificación total de la planilla si esta resolución no se acata.

Artículo 22.-Este Reglamento como el Estatuto es de observancia general y obligatoria para todos los Asociados de la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles A.C.

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ARTÍCULOS TRANSITORIOS Artículo 1.Asambleas celebradas en la ciudades de: Culiacán, Sinaloa, en agosto 28 de 2010; Mérida, Yucatán, en mayo 13 de 2011 y México, D.F., en julio 29 de 2011; quedando en vigor al momento de su verificación por parte del Consejo Directivo en reunión convocada para este fin.

Artículo 2.-Las disposiciones contenidas en este Reglamento derogan a todas aquellas disposiciones que se opongan al Estatuto Vigente y al Presente Reglamento.

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FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES, A. C.

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9.- REGLAMENTO DE PREMIOS REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE PREMIOS Capítulo Primero Fundamento Jurídico Artículo 1.-El presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento para otorgar los Premios Nacionales de Ingeniería Civil, otorgados por la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A. C., FEMCIC, así como determinar los criterios de una manera transparente para la selección de las personas premiadas en sus diferentes modalidades con base en el artículo 9°, fracción 9.13 del Estatuto vigente, que a la letra dice: “Promover entre los Colegios asociados a la FEMCIC, A.C., el reconocimiento a la labor y el desempeño sobresaliente de los Ingenieros Civiles del país, con el objeto de significarlos como un ejemplo para las actuales y futuras generaciones”.

Capítulo Segundo De la Comisión de Premios Artículo 2.-El Consejo Directivo designará entre sus integrantes una Comisión de Premios que a partir del mes de junio de los años pares quede integrada, la mencionada comisión estará formada por un Responsable y al menos 4 auxiliares, correspondiendo a esta comisión las revisiones de las propuestas por cada tipo de premio, y que tendrá como funciones las siguientes: Emitir las invitaciones correspondientes de conformidad con lo estipulado en el artículo 17 del Capítulo Cuarto de este Reglamento. Coordinar el proceso de recepción de propuestas dentro de los tiempos establecidos. Verificar que las propuestas cumplan con lo establecido en la convocatoria contenida en las invitaciones respectivas. Convocar al Jurado Calificador para la evaluación de las propuestas previamente seleccionadas por la Comisión de Premios. Actualizar este Reglamento según sea necesario.

Artículo 3.-En caso de que algún Colegio proponga a uno de los auxiliares quedará a juicio del Consejo Directivo el sustituirlo o no, tomando en consideración las necesidades que plantee el Responsable. En el caso de que el propuesto fuere el Responsable, el Consejo Directivo tendrá que nombrar a otro, o escoger entre alguno de los auxiliares, según lo que considere más conveniente, para el desempeño expedito de la Comisión de Premios.

Artículo 4.-La Comisión de Premios, que en lo sucesivo será denominada “La Comisión” es un grupo de trabajo que laborará en cada Consejo Directivo, en forma permanente durante el proceso de selección e independiente de cualquier otra Comisión. Su objetivo es coordinar todo el proceso para seleccionar a los merecedores a los Premios Nacionales de Ingeniería Civil “Leandro Rovirosa Wade” y “Enrique Dau Flores”

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Artículo 5.-La Comisión estará integrada por cinco miembros: tres miembros del Consejo Directivo en funciones y por dos miembros del Consejo Consultivo a propuesta del Consejo Directivo.

Artículo 6.-En caso de que un miembro de “La Comisión” renuncie a su cargo, independientemente de las causas que lo originen, a petición expresa del responsable de la Comisión de Premios, el Consejo Directivo nombrará a otro integrante.

Artículo 7.-En caso de no contar con propuestas o de tener candidatos con una trayectoria relevante se podrá, si se considera necesario, incluir en las propuestas candidatos seleccionados del Banco Histórico que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria vigente y de los que se cuenten con la documentación solicitada. Será responsabilidad de la Comisión de Premios el avisar al candidato seleccionado del Banco de datos que está formado parte del proceso de selección.

Artículo 8.-Para ser miembro de “LA COMISIÓN” se requiere ser Ingeniero Civil con más de 25 años de titulado, ser miembro del Consejo Directivo de “La FEMCIC”, y miembro del Consejo Consultivo de acuerdo al artículo 2 de este reglamento.

Artículo 9.- “LA COMISIÓN” podrá también intervenir en el otorgamiento de otros premios o reconocimientos que el Consejo Directivo en funciones de la FEMCIC considere oportuno entregar, como pueden ser: a algún alumno destacado de las diferentes escuelas de Ingeniería del país, o en el nombramiento de miembros honorarios de la FEMCIC. Participando, en cualquiera de los casos, en la investigación previa y el análisis de los méritos que conduzcan al reconocimiento respectivo.

Artículo 10.- La “Comisión” quedará en funciones a partir de la primera quincena del mes de junio del año par de funciones del Consejo Directivo de la FEMCIC.

Capítulo Tercero Del Jurado Calificador Artículo 11.- El Jurado Calificador se reunirá durante la segunda quincena del mes de abril del año impar de funciones del Consejo Directivo de la FEMCIC.

Artículo 12.- El Jurado Calificador se instalará en el período de tiempo comprendido entre el 15 marzo y el 15 de abril del año impar de funciones del Consejo Directivo y estará constituido por siete personas, las cuales deberán ser miembros de Colegios miembros de la FEMCIC, debiendo integrarse de la siguiente forma:

1. 2.

El Presidente del Consejo Directivo de la FEMCIC. El Presidente de la Junta de Honor de la FEMCIC. El Responsable de la Comisión de Premios. Los demás integrantes serán seleccionados por el Consejo Directivo de tal forma que: Dos de los cuatro tengan una reconocida experiencia en el ejercicio profesional y trayectoria gremial. Los otros dos además de la participación gremial, trayectoria Política. Los postulados no podrán pertenecer al Jurado Calificador.

Artículo 13.-A las personas que sean propuestas e invitadas para formar parte del Jurado Calificador se les comunicará por escrito del Consejo Directivo, haciéndoseles saber que únicamente indiquen, igualmente por escrito, si aceptan o no, no debiendo en consecuencia en ningún caso nombrar a otra persona como representante personal, sí así fuere, la persona enviada como representante será

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desechada automáticamente como miembro del jurado, procediéndose en consecuencia de todas maneras a seleccionar a otra persona, puesto que es el Consejo Directivo el único facultado para designar a los miembros que integrarán el Jurado Calificador.

Artículo 14.-Igualmente a todos los invitados a formar parte del Jurado Calificador, se les indicará que tienen un plazo de cinco días naturales para confirmar su asistencia, haciendo de su conocimiento que cumplido este plazo si no hubiere respuesta al respecto se considerará como no aceptada la invitación y se procederá a invitar a otra persona.

Artículo 15.-El Jurado Calificador al efectuar la evaluación curricular considerará toda la trayectoria de los candidatos. Primeramente, realizará, mediante votación, una selección de los tres mejores candidatos de los propuestos en cada categoría, y se pasará a una segunda ronda. En esta segunda ronda se ponderará exhaustivamente cada desempeño de los candidatos y se verificará una votación entre los miembros de dicho jurado. Se levantará un acta del resultado de las votaciones y la decisión será inapelable, pudiendo declararse desierto el premio.

Artículo 16.-El fallo del Jurado Calificador será dado a conocer al Consejo Directivo en funciones de la FEMCIC y a través del Presidente, el Consejo Directivo se abstendrá de darlo a conocer hasta que el presidente avise a los ganadores.

Artículo 16.a.-El presidente de Consejo Directivo avisará de manera directa a los ganadores de los premios nacionales en cada categoría y posteriormente lo hará público través de los medios que se consideren más convenientes para su amplia difusión, medio como la página web de “La FEMCIC” , correos electrónicos y medios impresos que considere.

Capítulo Cuarto De la Convocatoria Artículo 17.-La convocatoria a los Premios Nacionales de Ingeniería Civil, en la cual se establecerán las bases del procedimiento, modalidades y los requisitos de participación, deberá contener: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII.

El nombre del convocante “Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C.” La descripción de los Premios a otorgar y las áreas a ser consideradas en los premios. Los requisitos que deberán cumplir los candidatos que sean propuestos según artículos 22 y 23 del presente Reglamento Los Colegios que podrán proponer candidatos al premio. La fecha de inicio y de cierre de registro de candidatos al premio. La indicación de la forma de presentación de las propuestas de los candidatos, según el artículo 24,25 y 26 del presente Reglamento. Señalamiento de las causas expresas por las cuales algunas candidaturas propuestas no serán evaluadas. La fecha y el lugar de la entrega de los premios

Artículo 18.- “La Comisión” elaborará y enviará durante la segunda quincena del mes de octubre la convocatoria al premio, dirigida a los Colegios activos miembros de la “FEMCIC”, para proponer por sí mismos o por consulta a las instituciones de sus respectivos estados, sean èstas de Educación Superior, comunidades Científica, Tecnológica, a las Cámaras Empresariales, Asociaciones Civiles, Instituciones Públicas relacionadas con la Ingeniería Civil y a los socios de los mismos Colegios según lo consideren.

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Artículo 19.-Las propuestas se recibirán como máximo durante la primera quincena del mes de febrero del año impar y serán revisadas a fin de verificar que éstas cumplan todos los puntos establecidos en la convocatoria, así como el llenado de los formatos respectivos.

Artículo 20.-Las propuestas serán evaluadas desde su recepción y se presentarán al Jurado Calificador como máximo el día 15 abril del año impar y de las que hayan sido aceptadas, la “Comisión” elaborará un resumen comparativo en el que se señalarán los aspectos trascendentes del desempeño profesional de los candidatos propuestos, así como escrito en el que fundamenten las razones de las que fueran rechazadas.

Artículo 21.-Las áreas en las que serán reconocidas las contribuciones profesionales son: En el ámbito del ejercicio profesional, académico y gremial, premio “Leandro Rovirosa Wade” En la vida Gremial y participación en la Política con el ejercicio de cargos de elección, ejecutivos o legislativos, premio “Enrique Dau Flores”

Artículo 22.-Los requisitos que deben cumplir los candidatos propuestos al premio “Leandro Rovirosa Wade” serán: Ser de nacionalidad mexicana Ser mexicano de nacimiento o haber contribuido de manera destacada al desarrollo de la Ingeniería Civil en el país. Ser mexicano de nacimiento o haber contribuido de manera destacada a la docencia y/o a la investigación en el campo de la Ingeniería Civil en el País, en el ejercicio profesional y en el ámbito gremial Tener cuando menos 25 años de haberse titulado. Ser Ingeniero Civil No será requisito el ser miembro de algún Colegio miembro de la “FEMCIC”.

Artículo 23.-Los requisitos que deben cumplir los candidatos propuestos al premio “Enrique Dau Flores” serán: Ser de nacionalidad mexicana Haber participado activamente en la vida gremial de la Ingeniería Civil Haber contribuido de manera destacada en el ámbito político en el país, habiendo ocupando cargos de elección popular ejecutivos o legislativos. Tener cuando menos 25 años de haberse titulado. Ser Ingeniero Civil Será requisito ser miembro de algún Colegio miembro de la “FEMCIC”.

Artículo 24.-Las propuestas deberán contar con los siguientes documentos: Solicitud de Registro del Candidato por el promovente. Copia del Acta de Nacimiento. Carta dirigida a “La Comisión” en la que se detallen los méritos de la persona propuesta. Carta en la que el candidato acepta su postulación. Copia del título de Ingeniero Civil. Breve semblanza que establezca claramente cuáles son sus aportaciones a la Ciencia, a la Tecnología y a la Sociedad.

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Currículum vitae in extenso en formato libre, destacando sus aportaciones en el campo de la Ingeniería Civil, el cual deberá contener al menos: o Datos generales de la persona propuesta (nombre, dirección, fecha y lugar de nacimiento, teléfono y correo electrónico) o Datos generales de su centro de trabajo (Razón Social o Institución, dirección, teléfono y fax) Grados profesional y académico obtenidos. (Título, Institución, período y año de titulación) o Desempeño profesional y/o académico (Actividad o puesto, Organización o empresa y tiempo de labores) o Descripción de sus principales logros profesionales y/o académicos. (Media cuartilla por cada uno).

Artículo 25.-Los documentos a que se refiere el artículo anterior deberán presentarse impresos y en archivo electrónico, anexando los documentos probatorios en copia certificada que se requieran, serán recibidos en las instalaciones de la “FEMCIC” en horario de oficina, a más tardar el 15 de febrero de los años impares.

Artículo 26.-Cada uno de los Colegios participantes en la invitación al proceso, no podrán en ningún caso proponer a miembros del Consejo Directivo en funciones de la “FEMCIC”.

Artículo 27.-Serán rechazadas las propuestas que no cuenten con expedientes completos al cierre del plazo de recepción.

Capítulo Quinto De los Premios Artículo 28.-La periodicidad del premio será cada dos años, otorgándose en el segundo año de cada período del Consejo Directivo de la “FEMCIC”, durante la primera quincena del mes de mayo en el marco de la Asamblea Anual Ordinaria

Artículo 29.-El premio a otorgar consistirá en lo siguiente: Presea, Trofeo o placa conmemorativa. Fistol de la FEMCIC. Diploma. Reconocimiento de Miembro Honorario a la “FEMCIC” en caso de no ser asociado.

TRANSITORIOS Primero.-Este reglamento entra en vigor a partir del 1º de enero de 2012.

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Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de la Comisión de Premios

FORMATO GENERAL Reglamento de la Comisión de Premios Formato de Presentación de Propuestas Premios Nacionales de Ingeniería Civil

1.- Postulación al premio: Premio Leandro Rovirosa Wade

Premio Enrique Dau Flores

Otro

2.- Documentos (por triplicado): 1 2 3 4 5 6

Copia del Acta de Nacimiento Copia del Título de Ingeniero Civil Copia de la Cédula Profesional Acta de no antecedentes penales Copia de la tesis Carta de Postulación

3.- Currículo Vitae 1 2 3 4 5 6 7 8 9

Datos generales: Nombre: Dirección: Fecha de nacimiento: Lugar de nacimiento: Teléfono: Fax: Correo electrónico: Colegio Proponente:

4.- Datos del Centro de Trabajo: 1 2 3 4

Institución o Empresa: Dirección de la Empresa: Teléfono de Empresa: Correo electrónico de Empresa

5.- Grados profesionales y académicos (anexar copias): Titulo

Institución

Período

Año de obtención

1 2 3 4 5 6 Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de Premios nacionales. Abril 2014, V.1

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Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de la Comisión de Premios

Reglamento de la Comisión de Premios 6.- Actividad Profesional (las diez más importantes, en orden descendente) Puesto y/o Cargo

Organización

Tiempo

1 2 3 4

7.- Participación en cursos, seminarios y talleres (anexar copias) Nombre

Institución

Duración (hrs.)

Año

1 2 3

8.- Premios o Distinciones recibidas (en orden descendente, anexar copias) Nombre del Premio

Institución otorgante

Año

1 2 3

Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Reglamento de Premios nacionales. Abril 2014, V.1

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Reglamento de la Comisión de Premios Se deberá integrar al formato, adicionalmente, lo siguiente: a) Breve descripción de las principales actividades desarrolladas (utilizar máximo media cuartilla por actividad relevante, empezando por el año o período, en estricto orden descendente). En el caso de postulación a la mejor tesis de postgrado, incluir un resumen de la misma en este apartado, señalando el nombre del asesor de dicha tesis. b) Publicaciones, patentes, proyectos de investigación y/o vinculación, tesis dirigidas y conferencias impartidas (separarlos por tipo, presentarlos en orden descendente; en el caso de las publicaciones incluir ficha bibliográfica completa; en el caso de las patentes incluir número y año; en el caso de los proyectos incluir nombre, institución y/o organización patrocinadora, año y monto; en el caso de tesis dirigidas incluir título de la tesis, nivel académico de la misma, institución y año; en el caso de las conferencias impartidas incluir el nombre de la misma, institución sede, lugar y año). En el caso de postulación a la mejor tesis de postgrado, incluir en este apartado los datos solicitados para tesis dirigidas.

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10.- ZONIFICACIÓN NACIONAL FEDERACIÓN MEXICANA DE COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES A. C.

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11.- COLEGIOS DE INGENIEROS CIVILES QUE INTEGRAN LA FEMCIC (LOGOS)

Ing. Roberto Alfonso Amador Martínez

Colegio de Ingenieros Civiles de Aguascalientes, A.C.

Ing. Francisco Martín Romero Perdomo

Colegio de Ingenieros Civiles de Campeche, A.C.

Ing. Darío Villacaña Botello Ing. Oscar A. Coello Huerta

Colegio de Ingenieros Civiles de Celaya, A.C.

Ing. José Homófono Villaseñor Gómez

Colegio de Ingenieros Civiles de Ciudad Obregón, A.C.

Ing. Joaquín Manuel García Calzada

Colegio de Ingenieros Civiles de la Costa de Jalisco, A.C.

Colegio de los Ingenieros Civiles de los Municipios de Cozumel y Solidaridad, A.C.

Ing. Rafael Nava Zea

Ing. Hugo Saucedo Acosta

Colegio de Ingenieros Civiles de Cuautla, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles Del Estado de Colima, A.C.

Ing. Tomás Héctor Mitre Camargo

Ing. Miguel Ángel Barreto

Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Durango, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles del Edo. de Guerrero, A.C.

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Ing. Alejandro Guevara Castellanos

Ing. Eduardo Roque Medellín

Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Jalisco, A. C.

Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de México, A.C.

Ing. Gerardo Flores Rivera

Ing. Rodrigo Alarcón Sánchez

Colegio de Ingenieros Civiles de Guanajuato, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles Guerrerense, A. C.

Ing. Saúl Manrique Sánchez Ing. José V. Meneses Arrieta

Colegio de Ingenieros Civiles de Hidalgo, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Irapuato, A.C.

Ing. Julio Rodríguez Encino

Ing. Gildardo Magallanes Rayas

Ingenieros Civiles y constructores del Puerto de Guaymas, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de La Laguna, A. C.

Ing. Samuel Soto Ávila

Ing. Leandro Jesús Ibáñez Álvarez

Colegio de Ingenieros Civiles de León, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Mazatlán, A.C.

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Ing. J. Jesús Franco Anaya Ing Francisco Javier Paredes Rodríguez

Colegio de Ingenieros Civiles de Mexicali, A.C.

Colegio Metropolitano de Ingenieros Civiles de Jalisco, A.C.

Ing. Víctor Ortiz Ensástegui

Ing. Miguel Ángel Rojas Esquivel

Colegio de Ingenieros Civiles de México, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Morelos, A.C.

Ing. Roberto Gaytán Hank

Ing. Jorge Ignacio Medina Esqueda

Colegio de Ingenieros Civiles de Nayarit, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles Colegiados de Nogales, A.C.

Ing. Billy Hernández Mendoza

Ing. Jorge Luna Hernández

Colegio de Ingenieros Civiles de Oaxaca, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Playas de Rosarito, A.C.

Ing. Miguel Vidal Jaime

Ing. José de Jesús Alarcón Cardoso

Colegio de Profesionistas de Ingeniería Civil de Ensenada, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Puebla, A.C.

Ing. Ana Gardenia Moreno Mex

Ing. José Luis Ayala Ramírez

Colegio de Ingenieros Civiles de Quintana Roo Zona Norte A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Salamanca, A.C.

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Ing. Sergio Olvera Mancera

Ing. Joel Arechar Barrera

Colegio de Ingenieros Civiles de Saltillo, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de San Felipe, A.C.

Ing. Ageo Jafet González Olvera

Ing. Roberto Castillo Hernández

Colegio de Ingenieros Civiles de San Miguel de Allende, A.C.

Colegio de Ingenieros de San Luis Potosí, A.C.

Ing. Luis Camilo Anguiano Gutiérrez

Ing. Walter Ibán López Valenzuela

Colegio de Ingenieros Civiles de Silao, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Sinaloa, A. C.

Ing. Hugo Saúl Franco Puerto

Ing. Héctor Miguel Ruiz Arvizu

Colegio de Ingenieros Civiles de Solidaridad, A. C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Sonora, A.C.

Ing. José Rafael Giorgana Pedrero

Ing. Leonardo Castillo Rodríguez

Colegio e Instituto Tabasqueño de Ingenieros Civiles, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles del Noreste de Tamaulipas, A.C.

Ing. Martín Guzmán Montiel Ing. Pablo Santiago Hernández Lee

Colegio de Ingenieros Civiles de Tijuana, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Tlaxcala, A.C.

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Ing. Martín Paulino Sandoval Salmerón

Ing. José Luis Eusebio Hernández Suárez

Colegio de Ingenieros Civiles de Valle de Santiago, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Xalapa, A.C.

Ing. Enrique Molina Caballero

Ing. Rafael Guadarrama Padilla

Colegio de Ingenieros Civiles de Yucatán, A.C.

Colegio de Ingenieros Civiles de Zacatecas, A.C.

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Comisión para elaboración del libro de Estatuto y sus Reglamentos de la FEMCIC, A.C

Ing. José Luis Brenez Moreno Ing. Enrique Crescencio Cervera Aguilar Ing. Carlos Ernesto Fierros Pacheco Ing. Antonio Murrieta Necoechea Ing. Jorge Alfonso Arcila Arjona Ing. Manuel Jesús Moguel Castillo

Primera Edición 2014 Tiraje 2,000 ejemplares Derechos reservados por la Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles A.C. (FEMCIC)

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Impreso en México Federación Mexicana de Colegios de Ingenieros Civiles, A.C. Camino a Sta. Teresa 187, Col. Parques del Pedregal, C.P. 1401, Tlalpan, México, D.F. Teléfono: 01 (55) 51 71 00 20 Palacio de Minería: Tacuba No. 5 Centro Histórico Del. Cuauhtémoc, México, D.F. Teléfono: 01 (55) 55100720

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