Informe final práctica supervisada

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UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA DIRECCIÓN GENERAL DE POSTGRADO MAESTRÍA EN EDUCACIÓN SUPERIOR CURSO: PRÁCTCA EN DOCENCIA SUPERIOR CATEDRÁTICA: LICDA. M.A. SARA MARISOL MEJÍA ALBUREZ

“INFORME PRÁCTICA EN DOCENCIA SUPERIOR”

PRESENTADO POR: Evelin Aleyda Enriquez Zavala

Carné: 3475-11-18220

LINK PORTAFOLIO DIGITAL: http://issuu.com/evelinenriquez/docs/informe_final_pr__ctica_supervisada_8f824118753593

HUEHUETENANGO, 13 DE JUNIO DEL AÑO 2013.


ÍNDICE Carta Solicitud al Director

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Carta Solicitud al Catedrático

4

Carta de Autorización para Realizar la Práctica

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Carta de Catedrático donde se hace constar la realización de la práctica

6

Ficha con datos del Asesor

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Informe del Catedrático

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Dedicatoria

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Introducción

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Plan de Práctica

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Proceso Contencioso Tributario

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Juicio de Cuentas

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Conclusiones

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Recomendaciones

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Referencias Bibliográficas

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Anexo 1 Guía de Observación

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Anexo 2 Guía de Auxiliatura

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Anexo 3 Fotografías

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Anexo 4 Links de Videos

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CARTA SOLICITUD AL DIRECTOR 2


CARTA DE SOLICITUD AL CATEDRÁTICO 3


CARTA DE AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LA PRÁCTICA 4


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CARTA DEL CATEDRÁTICO DONDE SE HACE CONSTAR LA REALIZACIÓN DE LA PRÁCTICA

FICHA CON DATOS DEL ASESOR DE LA PRÁCTICA 6


INFORME DEL CATEDRÁTICO SUPERVISOR DE CURSO

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DEDICATORIA

El presente trabajo se lo dedico a:

DIOS por ser mi luz en todo momento y por su grande amor derramado sobre mí.

MIS PADRES por ser los encargados de traerme a este mundo y por su apoyo incondicional.

HERMANOS por su cariño y confianza en todo lo necesario para cumplir mis objetivos como persona y estudiante.

MI MEJOR AMIGA por ser una verdadera hermana y por apoyarme en todo para lograr mis metas.

SOBRINAS para que les sirva de ejemplo, motivación y logren superarse en la vida.

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INTRODUCCIÓN Para lograr una educación de excelencia que lleve a formar a los profesionales del siglo XXI, es necesario fortalecer la cultura de superación y evaluación del proceso educativo por medio de instrumentos y mecanismos que permitan retroalimentar la calidad de este proceso; uno de ellos es a través de la especialización y la caracterización de la práctica profesional. Es importante que los docentes constantemente se actualicen y se sumerjan en el mundo globalizado principalmente como lo es la tecnología. Por otro lado en la actualidad la evaluación del sistema educativo se enfoca en la obtención de un empleo, es decir, se juzga la eficiencia de las instituciones desde la perspectiva del empleo de sus egresados. El presente trabajo se realiza con el objetivo de plasmar la práctica docente realizada en el centro universitario de Huehuetenango, puesto que con esta se culmina la preparación que por dos años se ha tenido en la Maestría de Educación Superior. Como maestranda puedo determinar que ha sido un trabajo arduo, sin embargo el conocimiento adquirido es de suma importancia pues me ha permitido llevar a la práctica los mismos y poner en alto el nombre de la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala así como contribuir con el proceso educativo de nuestra querida Guatemala.

PLAN DE PRÁCTICA 10


UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE HUEHUETENANGO

Sección:

B

PLAN SEMANAL DE CLASES___ Nombre del (la) docente

Licda. Arabella María Méndez Alvarado

Curso: Derecho Financiero y Tributario

Carrera: Derecho

Horario: 10:15 a.m. -12:15 p.m.

Período o fecha semana del 11 de Mayo de 2013 Practicante: Licda. Evelin Aleyda Enriquez Zavala CONTENIDOS

ACTIVIDADES

TIEMPO

Contencioso administrativo tributario.

Clase Magistral.

1.00 hora para clase magistral 0.30 horas para discusión sobre los temas explicados 0.30 minutos para planteamiento de dudas

1. Definición. 2. Fundamento legal. 3. Organización jurisdiccional.

En esta cátedra se darán los fundamentos teóricos del contencioso administrativo tributario y las bases legales que lo respaldan

4. Características

(F)____________________ Docente

EVALUACION Los estudiantes deberán leer el libro de la licenciada Gladis Monterroso y la guía proporcionada por la catedrática para este tema. Los estudiantes presentarán el 18/05/2013 investigación sobre estos temas y los puntos a desarrollar las dos semanas siguientes buscando expedientes sobre esta clase de procesos

Vo. Bo._____________________ Coordinador(a) Facultad/Escuela

UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA 11

Sección:

B


CENTRO UNIVERSITARIO DE HUEHUETENANGO PLAN SEMANAL DE CLASES Nombre del (la) docente

Licda. Arabella María Méndez Alvarado Carrera: Derecho

Curso: Derecho Financiero y Tributario

Horario:

09:00 a.m. -10:00 a.m.

Período o fecha semana del 25 de Mayo de 2013 Practicante: Licda. Evelin Aleyda Enriquez Zavala CONTENIDOS

ACTIVIDADES

Proceso económico coactivo Definiciones. Fundamento legal. Organización jurisdiccional. Demanda económico coactivo.

Se trabajará en mesa redonda con ejemplos prácticos, asignados con anterioridad por la catedrática para la mejor comprensión de los temas y uso de las leyes relacionadas con el tema

Esquema

(F)______________________________ Docente

TIEMPO 1.00 hora para planteamiento de casos con el auxilio de la ley respectiva y discusión sobre los temas explicados aclarando las dudas que puedan resultar de la mesa redonda, planteamiento de casos y exposición oral de los dicentes

EVALUACION Estudiarán el proceso económico coactivo y en la clase del 01/06/2013 se discutirá el tema completando las fases que faltan del mismo.

Vo. Bo.___________________________________ Coordinador(a) Facultad/Escuela

UNIVERSIDAD MARIANO GÁLVEZ DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE HUEHUETENANGO PLAN SEMANAL DE CLASES 12

Sección:

B


Nombre del (la) docente

Licda. Arabella María Méndez Alvarado Carrera: Derecho

Curso: Derecho Financiero y Tributario

Horario:

09:00 a.m. -10:00 a.m.

Período o fecha semana del 1 de Junio de 2013 Practicante: Licda. Evelin Aleyda Enriquez Zavala CONTENIDOS

ACTIVIDADES

Continuación del Tema

Continuación

Proceso económico coactivo Definiciones. Fundamento legal. Organización jurisdiccional.

Se trabajará en mesa redonda con ejemplos prácticos, asignados con anterioridad por la catedrática para la mejor comprensión de los temas y uso de las leyes relacionadas con el tema

Demanda económico coactivo.

(F)_______________________ Docente

TIEMPO 1.00 hora para planteamiento de casos con el auxilio de la ley respectiva y discusión sobre los temas explicados aclarando las dudas que puedan resultar de la mesa redonda, planteamiento de casos y exposición oral de los dicentes

EVALUACION Estudiarán el proceso económico coactivo y en la clase del 01/06/2013 se discutirá el tema completando las fases que faltan del mismo.

Vo. Bo._____________________________ Coordinador(a) Facultad/Escuela

PROCESO ADMINISTRATIVO TRIBUTARIO, ECONÓMICO COACTIVO Y JUICIO DE CUENTAS

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A. DEFINICION El autor Cabanellas (1994), señala que por procedimiento administrativo se entiende la serie de actos y diligencias que regulan el despacho de los asuntos ante la administraci6n pública, en la modalidad gubernativa cuya expresión la constituye el expediente.

Por su parte, Castillo González (1994), define este indicando que es una serie de etapas o fases que se ejecutan por y ante las autoridades administrativas (funcionarios y empleados públicos) con la finalidad de tomar alguna decisión. Continua manifestando dicho autor que el procedimiento existe para resolver problemas planteados por medio de peticiones e impugnaciones, siendo distinto al procedimiento o proceso judicial.

Menéndez Ochoa (2000), define el procedimiento administrativo tributario como aquella manifestación externa de la funci6n administrativa, configurado por una serie de formalidades y trámites de orden jurídico que se establece para poder emitir una decisión por parte de la autoridad tributaria.

B. CARÁCTERÍSTICAS Pese a que posteriormente se desarrolla 10 concerniente a las características propias del procedimiento administrativo de carácter tributario, considere conveniente desarrollar un apartado con las características del procedimiento administrativo en general, que cabe decir de paso, se aplican al procedimiento administrativo tributario en toda su extensión (al ser una especie del mismo). 14


Castillo

González

(1994),

identifica

como

características

de

los

procedimientos administrativos, las siguientes: 1. Sencillez: Es decir que carece de complejidad, se encuentra desprovisto de diligencias enredadas. En materia tributaria, el C6digo Tributario ha regulado el procedimiento administrativo proveyéndolo de pocos y sencillos actos o etapas. 2. Rapidez: Es conducido por la administraci6n con celeridad y prontitud. EI procedimiento administrativo tributario debe ser impulsado de oficio, por mandato legal. Sin embargo, la práctica demuestra que la petición de parte resulta de imperiosa necesidad a fin de asegurar el diligenciamiento rápido del procedimiento.

3. Informalidad:

Las

actuaciones

no

se

encuentran

sujetas

a

exterioridades específicas, ni requieren el auxilio de abogado. Salvo los requisitos taxativamente establecidos por el Código Tributario para la solicitud inicial y resolución que liquida el expediente, la legislaci6n impositiva no ha regulado formalismos especiales para el procedimiento administrativo. Algunas veces la Administración Tributaria ha caído en intentos de adicionar requisitos en el impulso del procedimiento, intentos que pueden considerarse una contravención a esta elemental característica y eventualmente a principios procesales e incluso constitucionales.

4. Iniciación de oficio: Significa que el procedimiento 10 inicia la misma administraci6n por su propio interés, sin descartar que también 10 empiece por su iniciativa el interesado. En cuanto a 10 tributario, el procedimiento en la mayoría de las veces es iniciado por la 15


Administración Tributaria, a través de la verificaci6n y formulaci6n de ajustes, para luego ser continuado por el contribuyente o afectado.

5. Prueba legal: Cuanto documento aporte el interesado y cuanta diligencia se lleve a cabo, constituye medio probatorio a favor o en contra de la petición del interesado, siempre que el documento y la diligencia se fundamenten en leyes y reglamentos, de manera que el funcionario y el empleado puedan resolver exclusivamente con base en 10 probado. EI Código Tributario preceptúa que en las actuaciones ante la Administración Tributaria podrán utilizarse todos los medios de prueba admitidos en derecho. AI no existir una enumeración de pruebas, resulta necesaria la aplicaci6n supletoria del Código Procesal Civil y Mercantil en 10 referente a la materia.

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EL JUICIO DE CUENTAS A. OBJETO El juicio de cuentas tiene por objeto establecer de manera definitiva si el patrimonio nacional o de las instituciones, entidades o empresas sujetas a fiscalización, han sufrido pérdidas en el manejo de su hacienda, la restitución o pago correspondiente en caso de responsabilidad y la imposición de sanciones de acuerdo con la ley. Es uno de los procedimientos seguidos en el Tribunal de Cuentas. B. FUNDAMENTO LEGAL La Constitución Política de la República de Guatemala, prevé la existencia del referido Tribunal concretamente en el Artículo 220, que establece: “La función judicial en materia de cuentas será ejercida por los jueces de la primera instancia y el tribunal de segunda instancia de cuentas. Contra las sentencias y los autos definitivos de cuentas que pongan fin al proceso en los asuntos de mayor cuantía, procede el recurso de casación. Este recurso es inadmisible en los procedimientos económicos-coactivos”. En la medida que los juicios son procedimientos que versan sobre cuentas, seguidos en el tribunal de cuentas, hay que tener presente que dichos procedimientos son procedimientos judiciales. Cuando se encontraba vigente la Ley Orgánica del Tribunal y Contraloría de Cuentas en el Artículo 70 se encontraba la definición legal del juicio de cuentas, como procedimiento que tienen por objeto analizar si se ha producido un perjuicio económico al erario público, estableciendo, en su caso, las correspondientes responsabilidades y sanciones que ello haya causado.”

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Este juicio se inicia con el envío de los expedientes al tribunal de cuentas, de los reparos no desvanecidos, contra las personas que manejen fondos públicos o del Estado. Cuando el juez recibe los autos, da audiencia a los interesados por el plazo de quince días y les entrega copia literal del pliego de reparos no desvanecidos. Vencido el plazo, si los demandados no hubieren manifestado nada en su defensa, el juez dictará sentencia, a menos que estime necesaria la apertura del juicio a prueba. Si los interesados pidieren abrir el juicio a prueba, el juez lo decretará por un plazo de quince días, pero si los medios de prueba hayan que obtenerse fuera de la república, el plazo será de sesenta días. Vencido el período de prueba el juez dictará sentencia dentro de los ocho días siguientes, la sentencia deberá condenar o absolver a los enjuiciados. Si se interpone recurso de apelación, el expediente será enviado al tribunal de segunda instancia, el que dará audiencia al recurrente por cuarenta y ocho horas para que exprese los motivos de su inconformidad y pueda proponer las pruebas que sean procedentes. En este último caso se fijará un plazo de seis días para recibirlas. Si no hubiere pruebas que rendir o cuando éstos hubieran sido presentadas, el tribunal dictará sentencia dentro de un término de ocho días, durante los cuales los interesados podrán presentar sus alegatos. En esta instancia no se admitirán más pruebas que las que no se hubieren recibido en la primera, siempre que hayan sido propuestas oportunamente. Las sentencias dictadas en juicio de cuentas, en primera instancia, han de pronunciarse sobre los reparos contenidos en los correspondientes expedientes formulados por la Contraloría de Cuentas, declarando su aprobación o, por el contrario, considerándolos desvanecidos o infundados. Por tanto, los tipos de perjuicios objeto de los juicios de cuentas serán aquellos que pueden aparecer en los reparos, realizados por la Contraloría de Cuentas, en el transcurso de una fiscalización.

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CONCLUSIONES

1. La práctica en docencia superior es de suma importancia pues conlleva a la culminación de un proceso educativo que permite la aplicación de los conocimientos adquiridos.

2. El proceso de enseñanza- aprendizaje a nivel universitario requiere de una preparación constante y sobre todo de una especialización en la materia, ya que los estudiantes a los cuales se dirige la misma son personas adultas que exigen aprender lo que realmente les servirá en la vida.

3. Educar es un privilegio y quien lo realiza debe estar preparado ya que representa también una gran responsabilidad que será replicada en grandes cantidades y si ese proceso no es el adecuado las repercusiones pueden sentirse o impactar en la sociedad en forma negativa por décadas.

4. Sin duda alguna aprender para saber enseñar es importante y se convierte en la única forma en que el proceso educativo sea el correcto permitiendo el desarrollo del país y del mundo entero.

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RECOMENDACIONES

1. Que los docentes universitarios culminen los estudios de posgrado en educación para un mejor desarrollo del proceso educativo.

2. La calidad del personal docente y de los programas académicos, en las distintas universidades del país permitirá el egreso de estudiantes competitivos y el cómo la universidad responde a las necesidades económicas, sociales y culturales de su entorno.

3. La educación es un puente que permite que la gente supere las desigualdades intergeneracionales y que contribuya a la movilidad social y de ingresos, generando así una sociedad más igualitaria, por lo que si esta es de calidad contribuye también a reducir la pobreza y la exclusión social, al mismo tiempo que democratiza las sociedades.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

CABANELLAS, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual. Torno VI. Editorial Heliasta. Argentina. 23ª. Edición. 1994. CASTILLO GONZALEZ, Jorge Mario. Derecho Administrativo. Centro de Impresiones Graficas. Guatemala. 4'. Edición. 1994. ESCOBAR MENALDO, Hugo Rolando. El Procedimiento Tributario. Septem Partitarum. Ano XXIX. No. 1. Guatemala. 1995. MENENDEZ

OCHOA,

Ángel.

El

Procedimiento

Administrativo

Tributario.

Compilaci6n de Leyes Tributarias. Superintendencia de Administraci6n Tributaria. Editorial FM. Guatemala.1". edici6n. 2000. PEREZ DE AYALA, José Luis; GONZALEZ, Eusebio. Curso de Derecho Tributario. Torno II. Editorial de Derecho Financiero. España. 6a. Edici6n. 1991. CONGRESO DE LA REPUBLICA. Decreto 6-91. Código Tributario y sus Reformas. Guatemala.

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ANEXO 1 GUÍA DE OBSERVACIÓN DE CLASE

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ANEXO 2 GUÍA DE AUXILIATURA 24


ANEXO 3 FOTOGRAFÍAS PRÁCTICA

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ANEXO 4 LINK DE FRAGMENTO DE VIDEO DE PRテ,TICA

http://youtu.be/Y9j4MWv3tkg

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