El proceso de filiacion extramatrimonial

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EL PROCESO DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL

debido proceso; Octavo.- Que, el recurrente goza de auxilio judicial, por lo que se encuentra exento de la condena de costas y costos; Noveno.- Que, por las razones expuestas y no presentándose la causal contemplada en el inc. 3 del art. 386 del C.P.C., con lo expuesto por la Fiscalía Suprema, declararon INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto por don Juan Hugo Zamata Aguirre, a fs. 281, NO CASAR la sentencia de vista de fs. 269, del 2 de abril de 2001; CONDENARON al recurrente al pago de la multa de dos Unidades de Referencia Procesal; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; en los seguidos por Rosario Yolanda Castro Luján con Juan Hugo Zamata Aguirre, sobre Filiación Extramatrimonial; y los devolvieron. SS. ECHEVARRÍA A.; LAZARTE H.; ZUBIATE R.; BIAGGI G.; QUINTANILLA Q.

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