El proceso de filiacion extramatrimonial

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ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

REVOCARON la sentencia apelada de fojas 88, su fecha 20 de agosto de 1999 que declara infundada la demanda, REFORMÁNDOLA declararon fundada la demanda interpuesta por don Eugenio Huarocc Huamán contra doña Marina Champi Huamaní sobre supresión de nombre y apellido, en consecuencia ORDENARON se oficie al Registro Civil correspondiente a efectos de que actúe conforme a ley de acuerdo a la presente resolución; DISPUSIERON la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, bajo responsabilidad, y los devolvieron. SS. PANTOJA; IBERICO; OVIEDO DE A.; CELIS; ALVA.

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