El proceso de filiacion extramatrimonial

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ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

mil novecientos ochentinueve, en el Distrito de San Martín de Porres, de esta capital, habido de sus relaciones maritales con doña Nelly Ida Solano Suasnabar, oficiándose oportunamente al señor Alcalde de la Municipalidad de San Martín de Porres, para que en el margen de la partida de nacimiento número mil trescientos cuarentidós, se anote la filiación extramatrimonial declarada judicialmente en el Libro cinco - A de dicha Municipalidad, registrado de acuerdo al Decreto Ley número diecinueve mil novecientos ochentisiete, y así mismo que el demandante pague a la demandada la suma de tres mil dólares americanos o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio a la fecha de pago por concepto de toda indemnización, más intereses y costas del juicio; la REVOCARON en el extremo que declara infundada la demanda de fojas uno en todas sus partes, REFORMÁNDOLA la declararon improcedente; y, los devolvieron. S.S. MANRIQUE ZEGARRA; PEÑARANDA PORTUGAL; QUIROGA LEÓN

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