Socioeconomía, Genética y Ley

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FUNDAMENTOS ECONÓMICOS Y SOCIALES DEL DESARROLLO DE LA GENÉTICA

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§ 140. DE LA ESCLAVITUD FÍSICA A LA ESCLAVITUD GENÉTICA Una persona nacía siendo esclavo o podía convertirse en ello. Un esclavo era un ser humano cuya propiedad correspondía a un dueño, significándole poder en cuanto al número que de ellos poseía y riqueza con su intercambio o venta. La esclavitud vulneraba los principios de igualdad y libertad que le corresponden al hombre, pues el dominus tenía disposición de vida y muerte sobre el esclavo, pudiendo castigarle, venderle o abandonarle. Hoy en día, la influencia de la genética es básica desde el ámbito terapéutico, sin embargo, su utilización eugenésica puede llegar a convertirnos en esclavos del determinismo genético fomentado por el Estado, ya que, a fin de mejorar la producción o productividad, es capaz de crear o generar hombres de acuerdo con sus necesidades: mineros de baja estatura y amplia capacidad torácica, nadadores espigados, aviadores insensibles a la altura y a las grandes velocidades, o gente hecha exclusivamente para ser obrera, administrativa o científica26. Esta predeterminación en la constitución física del hombre tiende al llamado reduccionismo genético, es decir, ir hacia el todo genético o a un determinismo biológico, a fin de encontrar una solución en la que primen la voluntad personal, el antojo científico o intereses económicos frente al verdadero bienestar del ser humano. Así, lo humano no es (solo) genético ni (tampoco) social, sino interrelacional. Un caso especial, en el que se ha comprobado el reduccionismo son los tests de genética prenatal que tienden a alentar el aborto. Merecer un castigo tal como el haber sido predeterminado en nuestra composición genética (reducido a lo meramente genético) es algo aberrante o similar a una esclavitud. Sería un caso actualizado de los servi poena, aquellos esclavos que no tenían más dueño que su castigo, como los condenados a las minas, a las bestias feroces o al internamiento en una escuela de gladiadores27. ¿Acaso debemos dar una ley Petronia geniticus para frenar la barbarie científica, la dependencia determinante y subordinación plena del hombre al manejo de sus semejantes, de las leyes de la herencia y la creación de paraísos genéticos?28. Creo convencidamente que sí. § 141. PROTECCIONISMO BIOTECNOLÓGICO: PODER, PATENTE Y GENÉTICA Como ya dejamos esbozado, la propiedad intelectual es una eficaz herramienta para el desarrollo económico. En este sentido, la biotecnología como ALDOUS HUXLEY, Un mundo feliz, Barcelona, José Janés Editor, 1952. Véase a EUGÈNE PETIT, Tratado elemental de derecho romano, Buenos Aires, Edit. Albatros, 1980, pág. 110. 28 Son aquellos lugares idealizados en los que se han creado seres a voluntad, a predisposición absoluta del hombre (CARLOS MARÍA ROMEO CASABONA, El derecho y la bioética ante los límites de la vida humana, XXVI, Madrid, Edit. Centro de Estudios Ramón Areces, 1994, pág. 514.). 26

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