Edición Dominical (4 marzo)

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10A EL NUEVO SIGLO l DOMINGO 4 DE marzo de 2012 l www.elnuevosiglo.com.co

3. EL LEGISLATIVO: Reforma como espada de Damocles El proceso de elección del Fiscal General exhibe esta vez en el Congreso un protagonista principal, que si bien no tiene injerencia directa ni indirecta en la postulación de candidatos como tampoco en la escogencia final, sí jugará desde afuera de la mesa. Como se sabe, en el proyecto de reforma a la justicia que cursa en el Parlamento, uno de los artículos más polémicos es el que propone que se le quiten las facultades electorales y nominadoras a las altas Cortes, de forma tal que no puedan, en adelante, proponer candidatos, confeccionar ternas o hacer la elección final de jefes de entes de control. De esa manera, las cortes Suprema de Justicia y Constitucional, así como los consejos de Estado y Superior de la Judicatura perderían la facultad de intervenir en la escogencia de Fiscal, Contralor y Procurador generales, funciones que pasarían a manos del Presidente y el Congreso. La reforma judicial va a mitad de camino en Senado y Cámara, pues apenas ha superado cuatro de los

ocho debates necesarios. Se calcula que en junio podría ser aprobada y sólo entraría a regir en el segundo semestre. Por lo mismo es claro que aún si el Gobierno o la Corte se demoraran en la postulación de la terna o en la votación de la misma, difícilmente esas nuevas reglas del juego,

en caso de ser aprobadas finalmente, entrarían a operar en la selección del sucesor de Morales. Sin embargo, cada día de interinidad en la Fiscalía lo único que conseguirá es darle piso a quienes en el Congreso insisten en que a las altas Cortes hay que quitarles las

facultades nominadoras y electoras, bajo la tesis de que éstas politizan el accionar de los máximos tribunales y los distraen de sus tareas principales: administrar justicia. Por igual, mientras permanezca en interinidad la Fiscalía, a los presidentes de las altas Cortes les quedará muy difícil ir a defender en comisiones y plenarias de Senado y Cámara que no les quiten las funciones de postulación y elección. No hay que olvidar aquí que fue el mismo proyecto del Gobierno el que traía originalmente ese polémico artículo y en ambas cámaras legislativas, por más oposición de los magistrados y su retiro de las discusiones, ya logró ser aprobado en cuatro debates, sin importar, incluso, que se diga en varios sectores que detrás de este cambio hay un tufillo de revanchismo del Congreso contra los máximos tribunales por decisiones como la caída del referendo reeleccionista o el proceso de la parapolítica, que se ha llevado por delante casi 60 parlamentarios.

4. LO INSTITUCIONAL: el peso de las reglas del juego La celeridad o no de la escogencia del Fiscal General tiene en las reglas del juego, no del mecanismo en sí, puesto que ya está fijado que el Presidente postula y la Corte elige, sino del

periodo de quien entre a dirigir el ente acusador, una cuestión muy relevante. Es claro que con el quórum de 23 magistrados, el alto tribunal tiene el margen de acción para lograr sin ningún

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problema que el elegido lo sea con, por lo menos, 16 votos. No habrá, entonces, necesidad de modificar el reglamento interno de la Corte, que fue, en últimas, la base que utilizó el fallo del Consejo de Estado para declarar nula la elección de Morales. Igual, Santos ya dio muestras claras de que no teme cambiar una terna si se entiende que de la misma no saldrá un elegido. El problema de las reglas del juego se refiere, entonces, a cuál será el periodo que tendrá que cumplir el nuevo Fiscal General. Como se sabe, en el anuncio del fallo del Consejo de Estado ese asunto no quedó claro y pululan las interpretaciones jurídicas al respecto. Hay quienes sostienen que el sucesor de Morales deberá estar en el cargo sólo hasta julio de 2013, que es cuando se completan los cuatro años después de la salida de Mario Iguarán de la Fiscalía. Su tesis se basa en que el periodo debe ser institucional y, por lo tanto, el elegido por la Corte tendrá que completar lo que falta del lapso cuatrienal que tienen los titulares de la entidad.

Sede Fiscalía General

Pero otros juristas consideran que el nuevo titular del ente acusador no es un reemplazo, ni de Guillermo Mendoza (que estuvo como fiscal encargado entre julio de 2009 y diciembre de 2010), como tampoco de Morales (que ejerció como titular de enero 2010 a febrero 2011), sino que es un nuevo Fiscal y, por lo tanto, su periodo es cuatrienal, es decir que debería estar en el cargo hasta comienzos de 2016. Incluso los defensores de esta hipótesis sostienen que el hecho de que Morales haya renuncia-

do y se inicie todo el proceso de elección formal, le da más argumento a que estamos en un borrón y cuenta nueva. Agregan que la jurisprudencia que se está citando sobre periodos personales y periodos institucionales es una norma que se aplica a quienes ocupan cargos de elección popular y no a otros altos funcionarios. Es claro que la confección de la terna será muy distinta si el Fiscal es apenas para año y medio, que si lo es para cuatro años. Eso sería ingenuo negarlo.


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