Educación multicultural

Page 1

Educación multicultural: orígenes, definición y leyes. 1.Origen: La educación multicultural nace de una reflexión sobre la presencia en las escuelas occidentales de minorías que, además de necesitar un trato adecuado por la «distancia» entre su cultura y la cultura presentada y representada por la escuela occidental, necesitan una atención especial ante el fracaso continuado cuando acceden a esta última. Se diseñan entonces programas que tratan de mejorar la situación de estos colectivos en las escuelas y que, en algunos casos, promuevan un respeto hacia su cultura de origen y una integración en la cultura de «acogida» (o al menos eso es lo que se pretende). Ésta es la idea genérica sobre la aparición de la educación multicultural, aunque hoy existen diferentes formas de entender qué es una educación multicultural. La multiculturalidad tiene lugar cuando empezaron las migraciones y se produce una mezcla de razas y culturas. Especialmente vamos a tratar el tema de las migraciones en España que es la que influye en nuestro trabajo. Las migraciones son movimientos que realizan las personas de una población a otra y que implica un cambio de localidad en su residencia habitual en un intervalo de tiempo determinado, cruzando fronteras o límites territoriales de una región geográfica. Desde mediados de la década de los años noventa se inicia también un nuevo proceso que hasta ese momento apenas si había tenido precedentes en la historia de las migraciones en nuestro país. Por primera vez en muchos siglos, España se ha convertido en receptora de inmigrantes. El motivo de este hecho hay que buscarlo en la elevación del nivel de vida que se produce en España durante las últimas décadas, sobre todo tras la entrada en la Unión Europea en 1986. El crecimiento económico y la recuperación de determinados sectores de actividad, ha favorecido un proceso de llegada de inmigrantes que buscan en nuestro país unas condiciones de vida mucho más favorables que las que encuentran en sus países de origen. Se calcula que desde mediados de la década de los años noventa hasta hoy día, cerca de cinco millones de personas han llegado a España utilizando todos los medios posibles para entrar, en la mayor parte de los casos de forma ilegal, en nuestro país. Estos inmigrantes proceden básicamente de tres zonas del mundo. En primer lugar del norte de África, bien sean de los países del Magreb, intentando la travesía del Estrecho de Gibraltar para llegar a la costa andaluza mediante frágiles pateras, o bien de países del África subsahariana, empleando otro tipo de embarcaciones llamadas cayucos para tratar de llegar con ellas a las islas Canarias. El segundo lugar de procedencia es el de los países del Este de Europa, en especial de las Repúblicas de la antigua URSS tras su disolución en 1991, o bien de áreas balcánicas, en especial de Rumania, que se ha convertido en uno de los mayores núcleos de emigración desde su entrada en la Unión Europea en 2007. El tercer ámbito desde el que España recibe inmigrantes es del continente americano, en especial del sur y del Caribe, destacando particularmente los procedentes de Ecuador. Estos inmigrantes se ocupan de los trabajos más difíciles y peor pagados, en general los relativos a las labores del campo, la producción industrial o el servicio doméstico en las ciudades. Su situación de ilegalidad los convierte en mano de obra muy barata y dócil por lo general, por lo que su número está aumentado considerablemente para sustituir a los españoles en aquellas tareas más ingratas o de menor remuneración económica.


Se ubican o bien en las zonas rurales, en general de la periferia mediterránea (huerta murciana, cultivos de invernadero en la costa andaluza, regiones agrícolas de Cataluña y Valencia, etc.) o bien en las grandes ciudades (Madrid, Barcelona, Valencia, etc.), donde desempeñan labores marginales (vendedores ambulantes) o en el sector servicios.

2. Definición: El análisis de las diferentes maneras de entender la educación multicultural se realizará a partir del concepto de cultura. Sostenemos que detrás de cada modelo de educación multicultural se encuentra una concepción de la cultura. A partir de ellos construiremos, desde la antropología social y cultural, una versión del concepto de cultura y expondremos, desde tales premisas, lo que nosotros entendemos por educación multicultural. Existen muchas definiciones de Educación multicultural que exponen diversos autores a lo largo del tiempo pero una de las definiciones más claras y concisas de cuáles son las pretensiones que se ciernen sobre la Educación Multicultural es la propuesta por Cameron McCarthy (1993: 295) cuando manifiesta que la Educación Multicultural representa un esfuerzo por reconocer la diversidad cultural existente en el Currículo, y en última instancia, también debe ser una propuesta de política educativa. El análisis de las diferentes maneras de comprender la cultura tiene una incidencia directa e inmediata en lo que se entiende por Educación Multicultural. El concepto de cultura es una de las ideas nucleares de este ámbito del conocimiento que estoy definiendo.

3.Leyes : La atención a la diversidad se concibe a partir del principio de inclusión. Según MARCHESI (2008) el movimiento de las escuelas inclusivas plantea impulsar un cambio profundo en los centros docentes que permita el acceso a ellos de todo el alumnado sin discriminación y una respuesta educativa adaptada a sus posibilidades. La LOE 2/2006 establece la atención a la diversidad como principio fundamental de la enseñanza básica. Además, el Decreto 230/07, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondiente a la educación primaria en Andalucía, concreta que la etapa se organizará de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. ARNÁIZ (2003) considera la diversidad como el "conjunto de características que hacen a las personas y a los colectivos diferentes con relación a factores físicos, genéticos, culturales y personales". Según CABRERIZO, RUBIO Y CASTILLO (2007) la atención a la diversidad es un principio regulador de la función docente, que implica a todos los agentes de la comunidad educativa y que tiene como finalidad aprovechar las peculiaridades de cada alumno o alumna para potenciar su desarrollo a través de su aprendizaje. Principios generales de atención a la diversidad cultural. La Orden de 25/7/2008, por la que se regula la atención a la diversidad, formula los principios generales de atención a la diversidad. Los aspectos más destacados son los siguientes:


1. Los centros dispondrán las medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, que les permitan una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades. 2. La atención a la diversidad del alumnado será la pauta ordinaria de la acción educativa en la enseñanza obligatoria, para lo cual se favorecerá una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza. 3. Las medidas de atención a la diversidad que se apliquen estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y a la adquisición de las competencias básicas y de los objetivos del currículo establecidos. 4. Las medidas curriculares y organizativas para atender a la diversidad deberán contemplar la inclusión escolar y social y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación. 5. Los centros docentes dispondrán de autonomía para organizar los recursos humanos y materiales con objeto de posibilitar la atención a la diversidad de su alumnado. Medidas organizativas, curriculares y didácticas de atención a la diversidad. El Decreto 230/07 establece las siguientes medidas de atención a la diversidad: Agrupamientos flexibles y no discriminatorios, desdoblamientos de grupos, apoyo en grupos ordinarios, programas y planes de apoyo, refuerzo y recuperación y adaptaciones curriculares. Dicho decreto manifiesta que estas medidas están caracterizadas por: 1. Deberán ponerse en práctica tan pronto como se detecten dificultades de aprendizaje. 2. Estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y al desarrollo de las competencias básicas y de los objetivos de la etapa. 3. No podrán suponer una discriminación que impida al alumnado alcanzar dichos objetivos. Medidas curriculares: Según BLANCO (2007) un currículo abierto y flexible es una condición fundamental para dar respuesta a la diversidad, ya que permite tomar decisiones razonadas y ajustadas a las diferentes realidades sociales, culturales e individuales. Esta es la principal razón por la que se establecen los diferentes niveles de concreción curricular que aseguran la atención a la diversidad del alumnado al contextualizar el currículum desde la Administración hasta el propio alumno/a: Medidas organizativas: La Orden de 22/7/2008 establece que, con carácter general, los centros docentes harán una propuesta de organización académica para la atención a la diversidad que podrá contemplar agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en su grupo específico, desdoblamientos de grupos en las áreas instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza, apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo maestro o maestra dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos y modelo flexible de horario lectivo semanal, que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado.


Medidas didáctica: La Orden de 25/7/2008 establece los siguientes programas de refuerzo: I. Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas. II. Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquirido. III. Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de Curso.

Para el alumnado con integración tardía en el sistema educativo español la LOE (2/2006) establece que corresponde a las Administraciones públicas favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Por otra parte, el Decreto 230/2007 establece con respecto a este alumnado lo siguiente: La escolarización se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. En el caso de presentar graves carencias en la lengua española, recibirán una atención específica en éste ámbito, así como medidas de refuerzo en el caso de presentar un desfase en su nivel de competencia curricular, pudiendo ser escolarizados en un curso inferior al que le correspondería por edad.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.