Informe Observación Electoral - Elecciones Provinciales del 07 de agosto de 2011

Page 1

INFORME OBSERVACION ELECTORAL

Elecciones Provinciales 07 de Agosto de 2011 Provincia de C贸rdoba

Defensor del Pueblo de la Provincia de C贸rdoba


INFORME OBSERVACION ELECTORAL Elecciones Provinciales 07 de Agosto de 2011 Provincia de Córdoba Defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba El Defensor del Pueblo y los Derechos Políticos La figura del Defensor del Pueblo nace con el objeto de defender los derechos de los ciudadanos y es su obligación convertirse en un educador en y de los valores políticos, jurídicos y éticos que conforman la vida democrática porque es la manera de ejercer libremente los derechos individuales y colectivos, esto es todo el espectro de derechos humanos reconocidos internacional, regional y localmente. Es desde esa perspectiva que el Defensor del Pueblo concibe los Derechos Políticos y considera conveniente adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el legítimo ejercicio de los mismos a todos los cordobeses en los procesos electorales que se avecinan. Por consiguiente el Defensor decide asumir un rol activo para la protección de los derechos políticos en la Provincia de Córdoba, en especial teniendo en cuenta que la reforma política electoral ha importado la aplicación del sistema de Boleta Única de Sufragio, lo que demanda la necesidad de formar al electorado, toda vez que significa un instrumento electoral de capital importancia para la decisión consciente del elector. Asimismo, son objetivos del Defensor del Pueblo en relación a los derechos políticos: promover la participación en un ambiente de libertad, igualdad y respeto; colaborar con los poderes públicos de la Provincia para contribuir al pleno ejercicio de los derechos políticos; verificar la accesibilidad a los lugares de votación, y otros.


Marco Jurídico de los Derechos Políticos Con el surgimiento de la democracia representativa, el voto, como los derechos políticos en general, se convirtió en un derecho reconocido constitucionalmente, frente a cuya vulneración, cabe interponer los mecanismos

previstos

para

la

defensa

de

los

derechos

constitucionalmente reconocidos al individuo. Así, primero en la progresiva constitucionalización de los derechos humanos y, posteriormente en su internacionalización (desde la Declaración Americana y la Declaración Universal, ambas de 1948), los derechos políticos fueron configurándose como una categoría de los derechos humanos, hecho reforzado por su inclusión en numerosos tratados y convenciones que han desarrollado lo que hoy en día conocemos como el derecho internacional de los derechos humanos. Los derechos políticos atañen a la efectiva presencia de las personas en la esfera pública y de decisión, haciendo posible su incorporación dentro de la estructura política. Se conciben dentro del derecho internacional de derechos humanos en virtud de un proceso de internacionalización que se ha venido generando tanto en lo regional como en lo universal. Cronológicamente,

debemos

iniciar

con

la

mención

de

la

Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, adoptada en la IX Conferencia Internacional Americana, en abril de 1948, que dispone: Artículo XX. Toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres. Artículo XXXII. Toda persona


tiene el deber de votar en las elecciones populares del país de que sea nacional, cuando esté legalmente capacitada para ello. Por su parte, en el marco del Sistema Universal, la incorporación de los derechos políticos tiene lugar en diciembre de 1948, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, donde destaca en su artículo 21 el derecho a participar en el gobierno, directamente o a través de representantes libremente escogidos. Desde el punto de vista de los derechos humanos, los derechos políticos

han

tenido

un

avance

significativo,

al

pasar

de

ser

instrumentos declarativos a ser parte de la normativa internacional convencional que asegura un efectivo sistema de protección y certificación de cumplimiento. En este segundo terreno, debe mencionarse el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconoce los derechos políticos: Artículo 25. Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. Respecto a los sistemas regionales de protección de los derechos humanos,

el

Sistema

Interamericano

desarrolla,

mediante

la

Convención Americana de Derechos Humanos (1969), el ejercicio de una serie de derechos políticos específicos: de voto secreto, de


participación, elecciones auténticas y periódicas, ser electo, sufragio universal, acceso a las funciones públicas y la posibilidad de reglamentar únicamente los derechos políticos en condiciones de respeto a las garantías fundamentales: Artículo

23.

Derechos

Políticos.1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades: a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. 2. La ley puede reglamentar el ejercicio de los derechos y oportunidades a que se refiere el inciso anterior, exclusivamente por razones de edad, nacionalidad, residencia, idioma, instrucción, capacidad civil o mental, o condena, por juez competente, en proceso penal. Este reconocimiento internacional y regional de los derechos políticos encuentra su correlato nacional en primer término en el artículo 75, inc 22 de la Constitución Nacional que les otorga jerarquía constitucional: “22. Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la

Convención

Americana

sobre

Derechos

Humanos;

el

Pacto

Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la


Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos…” Asimismo expresamente la Carta Magna nacional reconoce en el Capítulo de nuevos derechos y garantías, los derechos políticos: Art. 37.- Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral. Finalmente, corresponde realizar el encuadre provincial de estos derechos políticos. Así la Constitución Provincial, en la Sección Segunda correspondiente a los derechos, contiene un capítulo referido a estos

derechos:

CAPÍTULO

TERCERO.

Derechos

Políticos.

EL

SUFRAGIO. Artículo 30.- Todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de participar en la vida política. El voto universal, igual, secreto y obligatorio para la elección de las autoridades es la base de la democracia y el único modo de expresión de la voluntad política del pueblo de la Provincia, salvo las excepciones previstas en esta Constitución.

El

régimen

electoral

provincial

debe

asegurar

la

representación pluralista y la libertad plena del elector el día del comicio. Esta Constitución y la ley determinan en qué casos los extranjeros pueden votar. Estos derechos políticos están reglamentados en el Código Electoral Provincial (Ley N° 9571 modificada por la Ley N° 9838), cuyas


reformas se comenzarán a aplicar en los procesos electorales desde 2011. Programa “Aprender a Elegir” Es insostenible una posición que pretenda negar a los derechos políticos su condición de derechos humanos. Y en este marco, teniendo en cuenta la función específica y prioritaria del Defensor del Pueblo, es que se ha creado a través de la Resolución 8914/2011 el Programa “Aprender a Elegir”, cuyas principales acciones fueron dirigidas a la información de la ciudadanía, capacitación de los distintos actores de la sociedad civil y difusión del tema a través de los medios de comunicación masiva. En ese sentido, personal de esta Defensoría, llevó a cabo una intensa actividad de capacitación sobre el uso de la boleta única. La misma fue dirigida a público en general abarcando un total de 4228 personas en 23 encuentros en Capital y 42 en distintas localidades del interior provincial. También se elaboró un video informativo que se publicó

en

internet,

a

través

del

portal

www.youtube.com,

(http://youtu.be/K6EWqsv8ESg) y fue consultado por más de 800 personas. Con el objetivo de comprobar el correcto desarrollo de los procesos electorales y colaborar con las autoridades y la ciudadanía en general para que se cumplan las disposiciones legales que regulan los comicios, así como generar iniciativas y recomendaciones para mejorar la organización de las elecciones, el Defensor del Pueblo en el marco del Programa

“Aprender

a

Elegir”,

dispuso

la

realización

de

una

Observación Electoral en los comicios que se llevaron a cabo el pasado 7 de agosto en la Provincia de Córdoba.


Objetivos de la Observación Electoral Los objetivos generales que se persiguen en la Observación Electoral

(OE)

están

relacionados

con

las

nuevas

instituciones

electorales que se aplican por primera vez en la Provincia, por un lado la Boleta Única y por otro lado el Fiscal Público Electoral; y junto con ello el proceso electoral en su conjunto. Por su parte, los objetivos específicos de la OE fueron los siguientes: 

Verificar a través de la observación directa, las condiciones de accesibilidad a los establecimientos para las personas no videntes, con movilidad reducida y adultos mayores.

Observar las condiciones de higiene y salubridad de los establecimientos designados para el comicio.

Constatar el horario de apertura y cierre del establecimiento.

Verificar a través de la observación directa en las mesas electorales relevadas en el momento de la constitución de la mesa, la llegada en tiempo y sin faltantes del material electoral conforme al Código Electoral Provincial.

Verificar a través de la observación directa el horario de constitución de la mesa electoral, el horario de apertura de la mesa, y la presencia de las autoridades y de los fiscales.

Verificar el horario de cierre del acto comicial y determinar si se cumplen las condiciones establecidas en el Código Electoral Provincial, como así también la presencia de autoridades y de los fiscales.

Verificar a través de la observación directa el horario de cierre de la mesa, el desempeño de las autoridades de mesa y la presencia de los fiscales,

Verificar la presencia del FiPE, y su fácil visualización.

Constatar por medio de entrevista con las autoridades de mesa, su capacitación para tal fin, inconvenientes y problemas surgidos


durante el transcurso del acto comicial, horario de apertura y cierre de las mesas a su cargo. 

Constatar por medio de entrevistas a electores, la información que disponían de la boleta única y el grado de dificultad y demora para sufragar.

Constatar por medio de entrevistas al Fiscal Público Electoral los inconvenientes surgidos para la apertura del acto comicial en cada mesa, faltas y delitos electorales constatados, solicitud de plantilla Braile para el voto de electores no videntes y problemas que pudieran generarse para el cierre del comicio en el establecimiento a su cargo.

Metodología de Trabajo. A los fines de relevar la información relacionada con estos objetivos, se dispuso la presencia de observadores en distintos establecimientos de la Ciudad de Córdoba y del Interior Provincial, donde

cada

uno

de

ellos

tiene

asignado

un

establecimiento

determinado, con una mesa testigo predefinida, y varias asignadas para relevar determinada información, haciendo un total de 270 mesas y 1500 electores, aproximadamente. Para ellos se generaron cuatro Cuestionarios de Observación Electoral El primero es un cuestionario de observación directa, donde el observador debe responder una serie de preguntas a partir de su propia percepción, y que se relacionan con el establecimiento asignado y la mesa testigo definida. Los restantes contienen preguntas de observación indirecta, es decir que deben ser formuladas a terceros distintos del observador, a saber, Electores (Cuestionario 2), Presidentes de Mesas (Cuestionario 3) y a los Fiscales Públicos Electorales (Cuestionario 4).


Resultados de la Observación Cuestionario de Observación Electoral N° 1 – Preguntas de Observación Directa  Establecimiento Accesibilidad e Infraestructura

Del total de establecimientos relevados se constató que el 44,44% no cuenta con medios que faciliten la accesibilidad de electores no videntes, con movilidad reducida y adultos mayores. Aún cuando el 37,04 % de los establecimientos cuenta con rampas utilizables para acceder a los mismos, al elector se le generan inconvenientes para llegar a la mesa respectiva para sufragar, ya sea porque la misma se encuentra en una planta alta y no posee ascensores, ya sea porque debe bajar o subir escalones una vez dentro del establecimiento, o porque la rampa no se encuentra debidamente señalizada y visible en el acceso principal del mismo.

Accesibilidad

62,96%

37,04%

Rampas al ingreso

Dificultad acceso mesa


En general, no se previó un lugar especial habilitado para el voto de discapacitados. Sin embargo, debe destacarse que en el 69,57% de los casos relevados, los Presidentes de Mesa resolvían esta situación movilizando la urna hasta un lugar más accesible y solicitando una cabina a otra mesa en algunos casos, y en otros se dispuso que el voto se emitiera en una sala

de la secretaría o dirección escolar, no

acondicionada para tal fin. En las mesas testigos, el 56,52% de las mismas cumple con el orden de preferencia establecido

en el art. 107 del Código Electoral

Provincial, lo que significa que en la casi mitad de las mismas, las personas

con

dificultades

motrices,

discapacitadas,

ancianas,

embarazadas, etc., deben aguardar sin ningún tipo de preferencia para poder votar. También surgió de los relevamientos efectuados que en la gran mayoría de los establecimientos, esto es el 95%, los baños habilitados se encontraban en buenas condiciones de funcionamiento e higiene. En relación al ingreso al establecimiento para los electores, solamente en el 37,50% de las escuelas relevadas se habilitó el acceso a los electores a las 8:00 hs., tal como lo establece el Código Electoral Provincial.

Horario de Apertura del Establecimiento Educativo

62,50% 37,50%

Apertura 8:00 hs.

Apertura después 8:00 hs


Información al elector En relación a la información que recibe el elector en el establecimiento donde debe sufragar, se detectó que en el 75% de los mismos no hay padrones visibles. Por otro lado

la asistencia y

orientación que reciben los electores al ingresar a la escuela es repartida entre diversos actores, a saber: en el 30,95% de los casos esa función la cumple el Fiscal Público Electoral, en un 26,19% la llevan a cabo los fiscales partidarios, en un 23,81% el personal de seguridad, en un 4,76% son situaciones particulares en las que probablemente otro elector o persona conocida da la información y en un 14,29% de los casos relevados no se observa la presencia de personas que cumplan esa tarea de asistencia.

Asistencia, orientación e información al ingreso del establecimiento 100,00% 80,00% 60,00% 40,00%

30,95%

26,19%

23,81% 14,29% 4,76%

20,00% 0,00% Fiscal Público Electoral

Fiscales Personal de Partidarios Seguridad

Ninguna persona

Otro

En la totalidad de las escuelas observadas se constató la presencia de al menos un Fiscal Público Electoral, aunque también se percibió que en el 41,67% de los casos, el mismo no era fácilmente identificable para el elector.


En cuanto a la información que se le suministra a los electores en relación a los delitos electorales, en el 70,83% de los establecimientos relevados los carteles se encontraban en lugares visibles, lo que no ocurre en el 29,17% de los casos.  Mesa Testigo Constitución de la mesa testigo

Del total de las mesas testigos relevadas, el 87,5% de las mismas, no se constituyeron a las 7:45 hs, tal como lo dispone el Código Electoral

Provincial.

En

relación

al

material

necesario

para

la

constitución de la mesa, no estuvo o estuvo incompleto en un 75% de los casos a la hora indicada anteriormente. Si bien se pudo observar que el mismo fue llegando a los establecimientos con posterioridad a las 07.45 hs, en un 45% de las mesas relevadas se constató que hubo faltantes de algún material electoral. Cabe destacar que el elemento que más faltó fue la plantilla confeccionada en sistema braille, esto ocurrió en el 32% de las mesas testigos. Otros elementos que faltaron en algunas mesas, en el 4% de las observadas, fueron las fajas de seguridad y algún sello. En relación a las actas de apertura pudo apreciarse que se demoró la habilitación de algunas mesas porque los Presidentes de Mesa no las encontraban en el material recibido, pues estaba debajo de todos los Padrones Electorales. Apertura de la mesa testigo Por otra parte, en promedio el horario de apertura de las mesas fue entre las 8:30 y 9:30 hs; solo el 8,34% de las mesas testigos relevadas fueron habilitadas para el voto del elector antes de las 8:30 hs.; en tanto el 25% se habilitó entre las 8:31 y 8:45 hs.; el 45,83% lo hizo entre las 8:45 y las 9:00 hs. Mientras que el 20.83% de ellas, se habilitaron después de las 9:00 hs.


Es importante destacar nuevamente que casi el 62,50% de los establecimientos no abrieron sus puertas al elector hasta tanto no estuvieron constituidas todas las mesas de votación. En relación a los fiscales partidarios, se observó que solamente en el 8,33% de estas mesas relevadas no se constató su presencia al momento de la apertura, aunque estos llegaron más tarde. Y en el 50% de casos se encontraban presentes más de 3 fiscales partidarios. La legislación vigente ordenaba la publicación en lugares visibles de las listas completas de candidatos propuestos por los partidos o alianzas que participaban de la elección, y esto se verificó en el 87,50% de las mesas relevadas, mientras que en un 8,33% si bien estaban publicadas lo hacían en un lugar poco visible. Mientras que solo en el 4,17% de las mesas no se publicaron dichas listas.

Publicidad de listas de candidatos Lugares poco visibles, 8,33% No estaban visibles, 4,17%

Lugares visibles, 87,50%

Cierre del Comicio En relación al cierre de los comicios, debe destacarse que la mayoría de los establecimientos relevados, esto es el 87,50%, fueron cerrados en el horario establecido (18:00 hs), existiendo un mínimo


porcentaje, el 12,50% que demoró su cierre sólo el tiempo necesario para hacer ingresar a los electores que faltaban de votar y que se encontraban fuera del mismo.

Horario de cierre del establecimiento

100,00% 80,00% 60,00% 40,00% 20,00%

87,50%

12,50%

0,00% Puntualmente 18 hs.

Más tarde de las 18 hs.

El 91,30% de las mesas testigos observadas fueron cerradas en el horario fijado, sin que hubiera electores esperando votar. Y en el 8,70% de las mesas restantes se encontraban entre 1 y 5 electores aguardando su turno. Y en relación con esto se observó que en el 4,35% de los casos el último elector votó antes de las 18:30 hs. y en igual porcentaje, el último elector lo hizo después de las 18:30 y antes de las 19 hs. Clausura de los comicios. Escrutinio El proceso de cierre y escrutinio en las mesas testigo se desarrolló sin mayores inconvenientes. Sin embargo debe destacarse que en un 22,73% de dichas mesas, el Presidente no colocó los sellos de “sobrante” en las boletas únicas no utilizadas previamente a comenzar con el escrutinio. Y en el 15,70% no lo hizo con el sello “escrutada” en las Boletas, inmediatamente después de escrutada cada una de ellas, tal como lo indica el Código Electoral Provincial.


Asimismo se observó que en un 30,45% de las mesas testigo, el Presidente de Mesa no fue el único que manipuló las Boletas tal como lo dispone el Código Electoral Provincial, siendo en un porcentaje del 77,78% de estos casos los fiscales partidarios quienes intervinieron. Ambas situaciones podrían inferir que se trataría de los Presidentes de Mesa que no han recibido capacitación adecuada en relación a las garantías de transparencia indispensables sobre el manejo de las Boletas Únicas en el escrutinio.

Manipulación de BU durante el escrutinio

100,00% 80,00% 60,00% 40,00% 20,00%

69,55%

30,45%

0,00%

Presidentes de Mesa

Otras personas


Cuestionario de Observación Electoral N° 2 – Preguntas de Observación Indirecta Información y Conocimiento De los electores consultados, un 86,61% manifestó haber recibido información sobre el sistema de Boleta Única.

Información al elector sobre BU

13,39% NO recibió información

86,61% Recibió información

0,00%

50,00%

100,00%

Debe destacarse que la mayoría de ellos, el 65,64%, expresaron que la obtuvieron a través de los medios de comunicación. El 5,54% contestó haber recibido la información desde el Poder Judicial. Pero es importante destacar que si bien el medio fue la radio, la televisión o el diario, precisando más la respuesta puede decirse que la campaña de difusión e información llevada a cabo por el Poder Judicial es la referencia más específica en relación a este tema. El 3,27% la recibió a partir de Organismo No Gubernamentales y el 2,36% fue de parte del Defensor del Pueblo. El 23,37% manifestó que recibió información por otras vías no enunciadas, familiares, amigos, escuelas, partidos políticos, etc.


Medios a través de los que el elector recibió información sobre BU 3,27%

5,54%

2,36% 23,37%

65,64%

Medios de Comunicación

Poder Judicial

Organización No Gubernamental

Defensor del Pueblo

Otras vías (fliares, escuela, etc)

En general se observó que ha sido positiva la presencia del FiPE. Sin embargo, aquí debe distinguirse que el 63,24% de los electores consultados en Capital manifestaron no haber visualizado a este funcionario. Diferente resultado se obtuvo de la respuesta en el Interior ya que, por ser conocido o una persona foránea, en un 54,46% lo identificaron.

Visualización del FiPE por el electorado 100,00% 80,00%

63,24%

45,54%

54,46%

60,00% 36,76%

40,00% 20,00%

Interior

0,00%

Capital No

Si


Emisión del voto Al 88,35% de los electores relevados dijeron que les había resultado fácil el sistema de Boleta Única para expresar su voto. Sin embargo, si analizamos esta respuesta en relación a la significativa cantidad de votos en blanco en algunas categorías de candidatos, por ejemplo; puede presumirse que podría haberse cometido algunos errores de percepción sobre la manera de emitir el voto. Solamente al 8,17% de los electores consultados le resultó difícil y el 3,49% manifestó que no lo entendió. Obsérvese que entre los electores a los que les resultó difícil y los que no entendieron el sistema de boleta única suma el 12,19% de los consultados, lo que se condice en forma muy similar con aquellos ciudadanos que no recibieron información sobre el nuevo sistema, esto es el 13,39%.

Cómo le resultó la BU para emitir su voto? 88,35%

8,17% 3,49%

Fácil Difícil No lo entendió

Finalmente puede decirse a través de lo expresado por los electores que el proceso fue ágil (una vez abierto el comicio), ya que el 31,81% no tuvo espera para emitir su voto, en el 26,75% la misma fue inferior a los cinco minutos, el 26,10% aguardó para sufragar entre 5 y


10 minutos, el 9,83% tardó en hacerlo entre 10 y 20 minutos y solo el 5,51% más de 20 minutos.

Tiempo de espera para emitir el voto 26,75%

26,10%

9,83% 5,51%

31,81%

Sin espera

Menos de 5´

Entre 5´ y 10´

Entre 10´ y 20´

Más de 20´


Cuestionario de Observación Electoral N° 3 – Preguntas de Observación Indirecta Presidente de Mesa Información Se consultó a los presidentes de mesa si habían sido capacitados para el rol que les tocaba desempeñar, de los cuales el 93,04% contestó afirmativamente, y solo el 6,96% manifestó que no había recibido ningún tipo de capacitación.

Capacitación de los Presidentes de Mesa

No capacitados

6,96%

93,04%

Capacitados

0,00%

20,00%

40,00%

60,00%

80,00% 100,00%

Por su parte, del total de los presidentes que habían sido capacitados, el 23,02% lo hizo por intermedio del Juzgado Electoral, el 16,81% el Ministerio de Justicia, el 13,27 lo realizó de manera autónoma, y el porcentaje mayor, esto es el 46,90 por otras vías no mencionadas, como por ejemplo: partidos políticos, la misma escuela en la que se desempeña como docente, por intermedio de un familiar y/o amigo, etc. Por lo que se podría deducir que si bien el porcentaje de presidentes capacitados ha sido muy elevado, dicha instrucción no ha sido de manera uniforme.


Responsables de la Capacitación de los Presidentes de Mesa 39,83% Estado Provincial 46,90% De manera autónoma Otras vías (escuela, fliares, etc.) 13,27%

Incluso el 46, 09% de las autoridades de mesas consultadas, tuvo que llamar y consultar al Fiscal Público Electoral para resolver alguna situación. Desarrollo del Comicio Se les consultó a los presidentes de mesa cuánto era la demora aproximada de una persona en votar, informando que el 81,58% lo realizó en menos de 5 minutos y el 18,42% entre 5 y 10 minutos. Lo que confirma que la votación ha sido bastante ágil.

Demora del elector en votar

Entre 5´y 10´

Menos de 5´

0,00%

20,00% 40,00% 60,00% 80,00% 100,00%

En un 38,94% de las mesas consultadas se presentaron a votar ciudadanos que portaban su Documento Nacional de Identidad (DNI),


pero figuraban en los padrones con el Documento Único (DU). En el 47,73% de esas mesas fueron menos de cinco ciudadanos los que se encontraron en esta situación, en el 25% de las mismas fueron entre 5 y 10 y en el 27,70% superaron los diez electores. A pesar de lo dispuesto por el marco normativo provincial, al 40,58% de dichos electores se les permitió votar igual, aunque el documento que portaban era anterior al que constaba en el padrón electoral. Un pequeño problema que manifestaron algunos presidentes de mesa fue en relación a la dificultad para cortar las BU, ya que no estaba bien marcado el troquelado produciéndose la rotura de la misma. De las mesas consultadas, en el 35,78% no se presentó ninguna persona con movilidad reducida, dificultades motrices o no videntes, en el 60,55% de esas mesas se presentaron menos de 5 y en el 3,67% lo hicieron entre 5 y 10 electores con esas características. También se observó que en la gran mayoría de los presidentes de mesas relevados recibieron el refrigerio correspondiente, siendo solamente el 12,61% de los consultados quienes no recibieron nada en todo el día. Clausura del Comicio En términos generales se puede afirmar que el proceso de cierre y escrutinio en las mesas testigo se desarrolló sin grandes inconvenientes. Se relevó que en el 30% de los padrones oficiales de las mesas consultadas, no se incorporó a ningún nuevo elector, en el 10% solo a uno, en el 20,22% a dos, en el 26,97% a tres y en el 13,48% a cuatro o más electores.

Al consultar a estas autoridades de mesas acerca de si los


electores le reclamaron información sobre el instrumento de la boleta única, en el 13,98% de las mismas no los consultó ninguno de los ciudadanos que se presentaron a votar, en el 16,13% fue consultado por entre 1 y 5 ciudadanos, el 29,03% lo hicieron entre 6 y 10 personas, entre 11 y 15 en el 11,83% de los casos, entre 16 y 20 en el 4,30%, y en el 24,73% de las mesas relevadas fueron consultados por más de 20 electores.

Consulta de electores sobre BU 13,98% 24,73% 16,13%

4,30%

11,83% 29,03% Ninguno

Entre 1 y 5

Entre 6 y 10

Entre 11 y 15

Entre 16 y 20

Más de 20


Cuestionario de Observación Electoral N° 4 – Preguntas de Observación Indirecta Fiscal Público Electoral Apertura del comicio Se consultó a los Fiscales Públicos Electorales (FIPE) cuántas mesas, de las que le corresponde supervisar a cada uno de ellos, pudieron constituirse a las 7:45hs como lo prevé el Código Electoral Provincial, obteniendo como respuesta del 50% ninguna mesa, el 37,50% cuatro o más, el 4,17% dos y el 8,33% solo una. El 30,43% de los FIPE relevados fue consultado por algunas autoridades de mesas para la apertura del comicio, igual porcentaje no fue consultado por ninguna autoridad y el 39,13% fue requerido para la apertura por todas las autoridades correspondientes a las mesas bajo su supervisión.

Autoridades de Mesa que consultaron al FiPE para la apertura del comicio 100,00% 80,00% 60,00%

39,13% 30,43%

30,43%

40,00% 20,00% 0,00%

Algunas

Ninguna

Todas


Desarrollo del comicio La gran mayoría, esto es el 86,96% de los FIPE consultado no ha observado faltas electorales durante el transcurso del comicio. Lo mismo ocurrió con relación a los delitos electorales, donde el 90,91% de los Fiscales ha manifestado que no ha observado este tipo de situación, el 4,55% detectó violación del secreto del voto e igual porcentaje

detectó

comportamiento

malicioso

o

temerario

de

agrupaciones políticas durante el día del comicio. Solamente al 18,18% de los fiscales interrogados se le solicitó la plantilla Braille para el voto de electores no videntes. Y el 73,91% de los mismos fue consultado por la ciudadanía con relación al uso de la boleta única. El 29,41% fue consultado por más de 20 electores, el 5,88% entre 16 y 20, el 17,65% entre 11 y 15 y el 47,06% entre 1 y 5 ciudadanos.

FiPE consultados por electores sobre BU

73,91%

100,00% 50,00%

26,09%

0,00%

Consultó No consultó

Por último, solamente el 27,27% de estos fiscales entrevistados observó

desacuerdos

entre

autoridades

de

mesas

partidarios, requiriendo su intervención en ese momento.

y

fiscales


Pudo apreciarse en los establecimientos observados que la presencia de este funcionario electoral implicó más agilidad y éxito en la solución de los problemas que se plantearon. Un ejemplo puntual que puede mencionarse fue la ausencia de actas de entrega de material a los presidentes de mesa. Los FiPE resolvieron creativa y eficientemente este problema, entregaron el material y así pudieron habilitarse las mesas. En general se observó que ha sido positiva la presencia del FiPE, tanto para el electorado como para las autoridades de mesas.


Instrumentación del Voto Electrónico en la Ciudad de La Falda Es importante aclarar que no fue el objetivo principal de la observación por parte de la Defensoría, la instrumentación del voto electrónico en la ciudad de La Falda. Sin embargo, teniendo la posibilidad de participar también en este desarrollo, pudo advertirse que, en términos generales, el sistema de voto electrónico fue de fácil aplicación y ágil para el elector que pudo emitir su sufragio prácticamente sin ninguna demora. Aunque debe considerarse la situación de aquellos grupos etarios que desconocen o tienen poco acceso a la tecnología, para los cuales resultó una cuestión bastante compleja, por lo que la difusión y práctica de estos sistemas electorales computarizados se hace imprescindible y sobre todo que llegue a estos sectores. Un dato relevante es que el 80% de los electores consultados manifestaron haber recibido información sobre este sistema de votación. En su mayoría, explicaron que se capacitaron a través de simuladores testigos de adiestramiento que fueron instalados treinta días antes de los comicios en la ciudad, en lugares de mucha afluencia de personas (Secretaría de Turismo Municipal, Cooperativa de Agua y Servicios Públicos, Terminal de Ómnibus, vía pública, etc). A su vez, el domingo 7, se colocaron dos simuladores dentro de cada escuela, que podían ser utilizados por los electores para probar el sistema antes de emitir su voto. Podría decirse que el mayor tema de preocupación por parte de los electores fue que cuando se optaba por el voto de lista completa, aparecían en la pantalla los escudos partidarios y el número de lista, no siendo

de

fácil

identificación

por

la

mayoría

de

las

personas

consultadas. Manifestaron que hubiera sido más útil y de más amplio conocimiento, la foto del candidato a gobernador por ejemplo y el nombre del partido o frente (al menos las siglas).


En relaci贸n al escrutinio, este sistema significa un adelanto interesant铆simo ya que en general y luego de tachar en el padr贸n electoral los electores que no votaron, el acto demora entre 10 y 15 minutos, terminando con la impresi贸n de las actas de cierre del escrutinio.


Conclusiones y Sugerencias De la observación electoral realizada por esta Defensoría se puede arribar a la conclusión general de que la instrumentación del nuevo sistema electoral: Boleta Única y Fiscal Público Electoral, ha sido muy positiva y favorablemente receptada por la ciudadanía y los actores políticos. La Boleta Única ha dotado al proceso electoral de mayor transparencia e igualdad de oportunidades. Asimismo los electores manifestaron que la misma agilizó la emisión del voto y permitió tener todas las opciones al momento de elegir. La presencia del Fiscal Público Electoral ha significado la posibilidad

de

ayuda

inmediata

y colaboración

directa

a

las

autoridades de mesas implicando más agilidad y éxito en la solución de los problemas que se plantearon; ya que resolvieron creativa y eficientemente las situaciones que se le consultaron. Sin lugar a dudas todo esto se relaciona íntimamente con la prolija y cuidada preparación, capacitación y difusión sobre el nuevo sistema electoral provincial, realizada por parte de las autoridades competentes. Sin embargo, la implementación de nuevos procedimientos siempre es perfectible y en aras de aportar para este objetivo se efectúan las siguientes sugerencias: En relación a garantizar una mejor protección de los derechos políticos de todos los electores:  Al momento de definir los establecimientos que serán afectados a la realización de los comicios, solicitar al Ministerio de Educación


la

elección

de

inmuebles

con

las

adecuadas

medidas

de

accesibilidad y su correcta señalización para garantizar el voto de las personas con dificultades de movilidad, a los fines de evitar situaciones como las ocurridas en la Escuela Nuestra Señora de Nieva, en esta ciudad de Córdoba, en la que el ingreso al establecimiento se producía por escalera sin barandas y la rampa de acceso se encontraba a unos 50 metros y sin ningún tipo de señalización. Otra situación que se pudo observar ocurrió en la Ciudad de Villa María, donde el establecimiento designado Instituto del Rosario es de dos plantas con mesas de votación instaladas en ambas, sin ascensor y altas escaleras; mientras que a pocas cuadras de allí, se ubica la Escuela J. B. Alberdi, que posee todas sus instalaciones en una sola planta, pero la misma no es afectada a los procesos electorales.  Disponer de un espacio de idénticas características a las de todas las mesas de votación en un lugar inmediato al ingreso al edificio, para que sea utilizado por aquellas personas con dificultades motrices o de movilidad garantizando así la igualdad de todos los ciudadanos al momento de emitir su voto. Pudo observarse directamente en las Escuelas “Juan B. Alberdi” y “Nuestra Señora de Nieva” (ambas de Capital) que a estas personas se las hacía votar en un ambiente que de manera improvisada se dispuso, que no contaba con las condiciones apropiadas para la emisión del voto en idéntica situación que con el resto del electorado.  Una

de

las

situaciones

que

suele

generar

demoras

e

inconvenientes en los establecimientos afectados a las elecciones es la falta de visualización de los padrones. Por ello, sería importante que en el ingreso de la escuela se dispusiera de esta información. También sería interesante que se colocaran carteles señalizadores de la ubicación de las mesas (indicando las iniciales del apellido del


primero y último elector) facilitando así el desplazamiento de las personas que quieren emitir su voto.  Si bien los Presidentes de Mesa respetaron el orden de prelación de ancianos, embarazadas y discapacitados, lo hicieron cuando podían visualizar a una de estas personas esperando para votar. Sin embargo, esta situación era poco probable ya que muchas de las mesas estaban dentro de las aulas y la gente esperaba afuera. Por consiguiente, sería importante una mayor difusión sobre este orden de prelación tanto entre los electores (para que ejerzan su derecho) como entre las autoridades de mesa, fiscales partidarios, personal de seguridad y por supuesto es imprescindible el control sobre este tema que realice el FiPE. 

Aunque un importante número de electores manifestó estar

informado sobre la manera de proceder para emitir el voto con la Boleta Única, se considera imprescindible una mayor difusión de este instrumento. Las personas necesitan tener un contacto directo con la Boleta Única oficial (no sólo los ejemplos sin nombres o fotos) que efectivamente será usada en el comicio, sobre todo en aquellas localidades en las que se eligen también autoridades locales. Tómese en cuenta que los electores expresaron que una de las ventajas del voto electrónico utilizado en la ciudad de La Falda fue el haber podido practicar tal como sería el 7 de agosto, con hasta un mes de antelación a ese día. En relación a los Presidentes de Mesa:  Si bien ha sido significativo el grado de capacitación de las autoridades de mesa, pudo observarse que muchas de ellas tuvieron dificultad para identificar y manejar la documentación sobre todo en los actos de apertura y cierre de los comicios. Por consiguiente, se recomienda que la capacitación no sea sólo teórica;


que las personas designadas autoridad de mesa dispongan con anticipación de réplicas de los documentos que deberán utilizar de tal manera que en la práctica concreta puedan aplicar los conocimientos adquiridos teóricamente.  Las dificultades que acarrea la declinación de personas designadas como autoridad de mesa, sin tiempo para su reemplazo con la capacitación correspondiente es un tema que debe tratar de minimizarse,

por

lo

que

es

de

suma

necesidad

que

las

notificaciones sean enviadas con la debida antelación, controlando y verificando su recepción en tiempo y forma. En relación a la Boleta Única:  A pesar de la generalizada manifestación de los electores sobre el conocimiento de la Boleta Única, se apreció, con los datos de los escrutinios

realizados,

que

pueden

haber

existido

algunas

confusiones al momento de emitir el voto. Esto pudo verse más significativamente en localidades del interior que también elegían autoridades locales. A su vez la cantidad de votos en blanco en algunas categorías de candidatos por ejemplo, haría presumir que podrían haberse cometido algunos errores de percepción sobre la manera de emitir el voto. Por todo ello, debería considerarse la posibilidad de rediseñar la boleta: cambiar de lugar el casillero para “lista completa”, agrandar la foto del candidato, diferenciar las categorías de candidatos por colores, escudo y nombre del partido más grande, etc. En relación al Fiscal Público Electoral:  La presencia del FiPE significó una gran ventaja a la hora de resolver situaciones conflictivas. Sin embargo, por tratarse de una figura

nueva,

es

imprescindible

que

sea

más

fácilmente


identificable por parte de los electores, que se difunda al ingreso del establecimiento la presencia de esta autoridad y dónde o cómo se puede localizar dentro del edificio. También debería tener un lugar físico concreto bien señalizado donde pueda consultarse. Con lo que se ha señalado sólo se pretende realizar sugerencias, propuestas que sirvan para mejorar un sistema que ha significado un gran avance para el ejercicio de los derechos políticos de los cordobeses, todo ello en cumplimiento de específicas funciones constitucionales del Defensor del Pueblo y con la mejor predisposición para el trabajo conjunto en pos de la protección de los derechos humanos.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.