Boletín No. 3 Antioquia Visible (Capítulo regional de Congreso Visible)

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ISSN 2248 - 5864

julio 2012 Volúmen 1, Número 3

CONTENIDO ~ Editorial ~ Análisis de producción legislativa. Julio 2010 - diciembre 2011 ~ Leyes lideradas por la bancada antioqueña ~ Los antioqueños en las mesas directivas del Congreso. ~ Posición de la bancada antioqueña en la Reforma a la justicia y en el Marco legal para la paz ~ Lo que nos dejó la reforma a la justicia ~ Cara a cara: Entrevista con Juan Felipe Lemos

Antioquia Visible Boletín del programa Antioquia Visible Pregrado en Ciencias Políticas Departamento de Humanidades Universidad EAFIT Dirección: Alejandra Ríos Ramírez

antioquiavisible@eafit.edu.co T ffono: (4) 261 9500. Extensiones : 9003/9410 Tele Medellín, Colombia

Voluntarios: Mariana Arrubla Jaramillo, Julián Betancur Muñoz, Estefanía Bolivar Echeverri, Pablo Correa Pinto, Alejandro Cortés Arbeláez, Diana Fernández Osorio, V Cristian Moreno García, Jorge Ocampo Zuluaga, Sara Palacio Gaviria, Cindy Suaza Lotero, Juliana Toro Henao, Kelly Valencia Uribe, Sara Vélez Zapata, Fabián R. Marín Mejía.


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......................................................................................................................................... Editorial En este tercer boletín de Antioquia Visible se presenta un análisis de la producción legislativa que va desde el 20 de julio de 2010 hasta el 6 de febrero de 2012. Se toma entonces un período de 19 meses, en los cuales se analiza una de las funciones más cruciales de los representantes: la producción de leyes. Este análisis pretende visibilizar la tarea parlamentaria en este ámbito y controlar desde la misma sociedad civil, a aquellos que a su vez son elegidos para controlar y fijarle normas al ejecutivo. En principio, se trata que la representación política no se ejerza bajo el principio de una delegación total de la autoridad, sino que los parlamentarios se entiendan como los representantes de las regiones, intereses, ideas y grupos concretos que esperan ver acciones claras en el ámbito legislativo. Entrando en materia, el estudio presenta varios hallazgos que llaman la atención y que deben dar lugar a mayores debates. El primer punto tiene ver con la gran mortandad de los proyectos de ley, pues de 715 iniciativas presentadas en el Congreso, solo 68 surtieron todo el proceso hasta alcanzar sanción presidencial durante el periodo analizado. Esto refleja que a pesar de la ley de bancadas y de la menor fragmentación del sistema de partidos, todavía la capacidad de los partidos políticos para concertar una agenda y fijar prioridades sigue siendo limitada. Quizás esto refleje la idea propuesta por Felipe Botero, según la cual, tenemos partidos más grandes después de las reformas de 2003 y 2009, pero no partidos más fuertes o con mayor capacidad de coordinación. Esta debilidad de los partidos para concertar la agenda en unos puntos estratégicos se hace también notoria cuando se observa que el 52% de las iniciativas (36 leyes sancionadas) tuvieron origen en el ejecutivo, y más específicamente en los ministerios de Hacienda y del Interior. También llama la atención que el 27% de las iniciativas parlamentarias se haya concentrado en el área de celebraciones, honores y monumentos. Esto refleja el desbalance técnico creciente que se ha generado entre un ejecutivo que tiene toda la capacidad técnica para realizar estudios, contratar expertos y proponer proyectos, y una rama legislativa que no cuenta con las mismas capacidades institucionales.

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Además, la inexistencia de un cuerpo técnico (sin banderas políticas) que apoye las iniciativas de los congresistas (como existe en los congresos de Chile y Estados Unidos, entre muchos otros), y la manera fragmentada como el Congreso colombiano le entrega a cada parlamentario los recursos para que contraten sus asesores, produce una gran debilidad en la capacidad de la iniciativa parlamentaria. Todo lo anterior implica que en Colombia se rompe con el principio de la división de poderes, evidenciándose un ejecutivo que gobierna y legisla (con su capacidad técnica y mayorías políticas), y un órgano legislativo que le hace falta mayor independencia y fortaleza técnico-burocrática para proponer alternativas de políticas. En cuanto a los hallazgos sobre el grupo de 24 congresistas antioqueños (17 representantes a la cámara y 7 senadores), se debe señalar que en este período tuvieron 5 proyectos aprobados, producto del trabajo de solo 4 congresistas. Es claro que no se puede juzgar el papel de nuestros congresistas por el número de proyectos aprobados, pues si así fuera los 268 miembros del Congreso terminarían entrando en una carrera inútil por producir cada uno su pequeña iniciativa. Pero lo que sí se puede evaluar es la influencia antioqueña en la agenda legislativa en términos comparativos. Este análisis muestra que nuestros 24 representantes tienen en su conjunto solo la tercera parte de la capacidad legislativa de los congresistas bogotanos. Esta última ciudad triplica a Antioquia en producción, incluso más, si se tiene en cuenta a Cundinamarca, mostrando quizás que sus políticos tienen un perfil que les facilita, por motivos que no es posible elaborar acá, insertarse más exitosamente en el proceso de producción legislativa. El reto de los congresistas antioqueños debe ser entonces el de propender por el fortalecimiento técnico del Congreso y el de aumentar su propia influencia para lograr que los intereses regionales tengan una adecuada representación. Santiago Leyva

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......................................................................................................................................... Análisis de producción legislativa Julio 2010 - diciembre 2011 La producción legislativa es altamente desconocida por parte de la academia, la opinión pública y la ciudadanía, ello debido al alto grado de dificultad que trae consigo realizar la tarea de seguimiento legislativo. Igual desconocimiento se tiene del alto porcentaje de mortalidad de proyectos, es decir, aquellas propuestas que fueron rechazadas por el Congreso de la República. Datos que evidencian tal mortalidad es que por ejemplo al 20 de junio de 2012 se han radicado alrededor de 820 proyectos de ley, de los cuales tan solo 90 llegaron a sanción presidencial. Las demás iniciativas fueron acumuladas, archivadas, o están a la espera de ser discutidas en el Congreso. No obstante, dicha mortalidad no es motivo (ni puede o pretende serlo) para emitir juicios desaprobatorios frente a la actividad del Congreso, ya que ello es consecuencia lógica del debate democrático. Sin embargo, la calidad y tipos de proyectos aprobados en dicha rama del poder público sí pueden estar sujetos a evaluación. Es importante apelar a que la ciudadanía y la opinión pública tengan conocimiento de aquello que se discute en el recinto democrático, ya que las decisiones que se toman allí afectan la vida de todos los ciudadanos. En este boletín expondremos la producción legislativa resultante de las legislaturas que van desde el 20 de julio del año 2010 hasta el 6 de febrero del año 2012, discriminando los temas que han primado en la discusión parlamentaria, las regiones, ministerios, y los partidos políticos que han tenido mayor éxito en la aprobación de las iniciativas.

Proyecto de ley Es una propuesta de ley presentada ante el Congreso de la República. Se busca con ella la existencia de una nueva ley que sea sancionada por el presidente y que traiga beneficios a la sociedad.

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Gráfico 1

Proyectos de ley aprobados según iniciativa Julio 2010 - diciembre 2011

De los 68 proyectos de ley aprobados en el Congreso de la República al 6 de febrero de 2012, 36 han sido de iniciativa gubernamental, 30 de iniciativa parlamentaria y 2 de iniciativa mixta. Los ministerios que mayor éxito tuvieron en la aprobación de proyectos con autoría individual, fueron los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio del Interior y de Justicia: cada uno logró la aprobación de 8 proyectos de ley. No obstante, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha sumado más proyectos si se tiene en cuenta los que presentó en compañía con otros ministerios, como son los casos del proyecto de ley que presentó con el Ministerio de Cultura (referente a la exención de impuestos para la realización del campeonato mundial masculino de fútbol sub. 20), y el proyecto de ley que presentó con el Ministerio de la Protección Social y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Ley de formalización y primer empleo). Por otro lado, el Ministerio de Cultura ha logrado la aprobación de un proyecto de ley con autoría individual (formalización de las artes escénicas), al igual que el ministerio de Relaciones Exteriores (Convención para constituir una organización internacional de metrología legal); el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Registro internacional de marcas), y el Ministerio de Tecnologías de la Información (Distribución de las funciones de la Comisión Nacional de Televisión).

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......................................................................................................................................... Iniciativa legislativa Es una de las posibilidades que da la Constitución Política para que los congresistas, el Gobierno, los ciudadanos y otras instituciones del Estado puedan presentar proyectos de ley ante el Congreso de la República.

Cabe resaltar que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio del Interior y de Justicia lograron la aprobación de 2 proyectos de ley que presentaron conjuntamente, al igual que los 6 proyectos de ley que el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. El Ministerio de Defensa Nacional por su parte, ha logrado la aprobación de 3 proyectos de ley con autoría individual y 1 en compañía con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Los temas que han primado en los proyectos de iniciativa gubernamental son: política internacional y presupuesto y economía con 12 y 4 proyectos aprobados respectivamente. Los proyectos relacionados con política internacional hacen referencia a la incorporación del Banco de la República al Banco de Pagos Internacionales, la aprobación del Acta Constitutiva de la Asociación de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de las Bibliotecas Nacionales de los países Iberoamericanos, acuerdos de cooperación en materia de defensa entre la República Federativa del Brasil y Colombia, convenciones sobre la aprobación y protección de la diversidad de expresiones culturales, acuerdos de libre comercio entre Colombia y los Estados del AELC, el tratado de Budapest sobre las patentes, acuerdos bilaterales para la promoción y protección de inversiones entre el gobierno de Colombia y la República Popular China, entre otros. En cuanto a los proyectos referidos al presupuesto y economía, se hace referencia a la aprobación del presupuesto nacional y a la reglamentación fiscal.

Gráfico 2

Iniciativa gubernamental por Ministerios Julio 2010 - diciembre 2011

Iniciativa legislativa gubernamental Es la posibilidad que tiene el Gobierno para presentar proyectos de ley ante el Congreso. Este proyecto de ley es presentado por el presidente y sus ministros.

Otros temas presentes en los proyectos por iniciativa gubernamental y aprobados por el Congreso, hacen referencia a recreación y deporte, seguridad, defensa y fuerza pública, tránsito y transporte, administración pública, corrupción, comercio, industria y turismo, comunicación, conflicto armado, educación, cultura, ciencia y tecnología, infraestructura y servicios públicos, justicia, laboral, ordenamiento territorial y organización electoral. Algunos de ellos hacen referencia a la aprobación de un régimen jurídico para las asociaciones público privadas, la capitalización de COLTEL (Colombia Telecomunicaciones), la creación del Sistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta y el otorgamiento de estímulos a los voluntarios de la Defensa Civil, los Bomberos y la Cruz Roja; el dictamen sobre disposiciones de justicia transicional, la modificación de la naturaleza jurídica de SATENA, el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad al servicio de la defensa nacional, entre otros. Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

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......................................................................................................................................... medidas para la atención y reparación integral a las víctimas de violaciones de los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario (Ley de víctimas y restitución de tierras). Dichas iniciativas fueron presentadas en conjunto entre el Ministerio del Interior y de Justicia, el Ministerio de Defensa Nacional y la Fiscalía General de la Nación por un lado, y el otro fue presentado en conjunto entre los senadores Armando Benedetti, José Darío Salazar, Juan Fernando Cristo, Juan Francisco Lozano, Guillermo Abel Rivera, Fuad Ricardo Char y el Ministerio del Interior y de Justicia.

Otros temas que han tenido importancia en las iniciativas parlamentarias han sido vivienda, agricultura, justicia y problemática laboral. Algunos de ellos son la modificación del programa nacional de reactivación agropecuaria, la cuota de fomento porcícola, la expedición del estatuto del consumidor, la ampliación de la licencia de maternidad, la adaptación de medidas para promover la oferta de suelo urbanizable, entre otros. Gráfico 4

Proyectos de ley de iniciativa legislativa según tema Julio 2010 - diciembre 2011

Gráfico 3

Proyectos de ley de iniciativa gubernamental según tema Julio 2010 - diciembre 2011

En los 30 proyectos de ley aprobados por iniciativa legislativa, los temas que han tenido mayor prioridad son las celebraciones, honores y monumentos; y la educación, cultura, ciencia y tecnología, con 8 y 4 respectivamente. Entre ellos están los honores al maestro Omar Rayo, a Jaime Garzón, a Gilberto Alzate Avendaño, a Benjamín Iragorri, al municipio de Puerto Asís, al municipio de Armero, entre otros. En cuanto al tema de la educación, se aprobó la autorización de la emisión de estampillas con el objeto de recoger fondos para la Universidad Pedagógica Nacional y para la Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

Iniciativa legislativa parlamentaria Es la posibilidad que tienen los congresistas para presentar proyectos de ley ante el Congreso. Este proyecto de ley es presentado por uno o varios ponentes, los cuales son designados por la mesa directiva de cada comisión.

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Gráfico 5

Proyectos de ley con autoría individual por partido político

El partido político al que más proyectos de ley se le aprobaron con autoría individual es el Partido de Unidad Nacional con 9 de ellos, seguido del Partido Conservador Colombiano y MIRA con 3 proyectos de ley aprobados para cada uno. En tercer lugar, se encuentran el Partido Liberal, Cambio Radical y Movimiento Apertura Liberal, cada uno con 1 proyecto aprobado. Gráfico 6

Proyectos de ley propuestos con autoría colectiva

Aquellos proyectos que fueron presentados con autoría colectiva están distribuidos de la siguiente forma: Partido Conservador Colombiano y Partido Social de Unidad Nacional con 10 proyectos cada uno; Partido Liberal 7, Cambio Radical 3, Alianza Social Independiente, MIRA y MIO 2 por cada uno; y por último, el PIN y el Partido Verde con 1 proyecto de ley aprobado en el Congreso.

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Proyectos de ley de iniciativa legislativa por partido Julio 2010 - diciembre 2011

Los temas que más ha movilizado el Partido de la U han sido las celebraciones, honores y monumentos, vivienda, estampillas, medio ambiente, laboral y seguridad social, entre los cuales se destaca la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros, y la reforma del sistema general de seguridad social en salud. Los temas que primaron en el Partido Conservador son las celebraciones, honores y monumentos, la política internacional y los servicios públicos, entre los cuales se destacan la modificación de las disposiciones legales para la expedición de pasaportes, y la aplicación de subsidios al costo de prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica y de gas para los estratos 1 y 2. El partido MIRA, por su parte, logró la aprobación de la igualdad salarial entre mujeres y hombres, la penalización de la discriminación racial y la promoción de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía. Mientras que los temas que primaron en los proyectos de ley aprobados para el Partido Liberal, Cambio Radical y Movimiento Apertura Liberal se ubican en las celebraciones, honores, monumentos y estampillas.

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Iniciativas legislativas aprobadas según circunscripción del autor Julio 2010 - diciembre 2011

boletín será tenida en cuenta en relación con la autoría (individual o colectiva) y aprobación de los proyectos de ley. Esto sin desconocer la importancia que las demás actividades realizadas por los parlamentarios tienen para con el buen funcionamiento del Estado, tales como las funciones de control político, funciones protocolarias, funciones judiciales y electorales. Sin embargo, como el objetivo es mostrarle a la ciudadanía las nuevas leyes que hacen parte del ordenamiento jurídico colombiano, el factor delimitador de la exposición serán los proyectos de ley por iniciativa legislativa que, presentados por los congresistas antioqueños, hayan llegado a sanción presidencial.

Ponente Es el congresista que se encarga de estudiar el proyecto de ley para presentar un informe sobre la conveniencia o no del proyecto, los beneficios que este puede traer y las reformas que pueden hacerse para mejorarlo. Los ponentes son designados por la mesa directiva de cada comisión y dependiendo del proyecto de ley puede haber uno o varios ponentes.

La distribución por regiones nos muestra que Bogotá con 15 proyectos de ley es la región que más iniciativas tiene aprobadas, seguido de Antioquia con 5, Cauca con 4, Santander, Cundinamarca, Atlántico, Norte de Santander, Valle, Córdoba y Quindío con 3 cada uno, Putumayo, Tolima, Bolívar, Nariño y Huila con 2 cada uno; y por último están Boyacá, Risaralda, Caldas, Meta y la Guajira con 1 proyecto aprobado por cada región. De todos los proyectos de ley aprobados por el Congreso, solo existe uno de ley estatutaria el cual adopta las reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos y de los procesos electorales. Proyecto presentado por el Ministerio del Interior y de Justicia.

Leyes lideradas por la bancada antioqueña

Entre los proyectos de ley aprobados por el Congreso de la República con autoría antioqueña, tenemos dos leyes que fueron claramente motivadas por los perjuicios generados por las inundaciones que ocurrieron en los años 2010 y 2011 en el territorio nacional. Esto como consecuencia de los cambios meteorológicos anómalos que produjeron el fenómeno de la niña. Dichas leyes son la Ley 1488 de 2011, por medio de la cual se crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social y ecológica o en situación de desastre o calamidad pública; y la ley 1506 de 2012*, por medio de la cual se dictan disposiciones en materia de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes, acueducto, alcantarillado y aseo para hacer frente a cualquier desastre o calamidad que afecte a la población nacional y su forma de vida.

Los autores de dichas leyes fueron los congresistas Gloria Stella Díaz Ortiz del partido MIRA, Juan Francisco Lozano del Partido Social de Unidad Nacional y Juan Valdés Barcha del Partido Alianza Social Independiente; este último actuando en representación antioqueña. La Ley 1488 de 2011 tiene como fin la implementación de la figura del empleo de emergencia, entendiéndolo como

La actividad de los congresistas antioqueños en este *Aunque esta ley fue aprobada en el año 2011, logra sanción presidencial en el año 2012. Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

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......................................................................................................................................... la contratación excepcional y de carácter temporal de mano de obra de ciudadanos que se hayan visto damnificados o afectados por desastres naturales o calamidades públicas para la reconstrucción y rehabilitación de las zonas afectadas. Dicha figura brinda ciertos beneficios a los empleadores, sean públicos o privados, durante un año. Cabe recordar que dicha ley fue establecida por el gobierno nacional por medio de decreto, sin embargo fue declarada inexequible por parte de la honorable Corte Constitucional. Ello hizo necesaria la aprobación de dicho proyecto en el proceso legislativo con el objeto de lograr su exequibilidad. El fin de dicha ley es mitigar las consecuencias humanitarias generadas por el estado de desastre, tales como la caída de los ingresos de los damnificados y sus familias, y la falta de ocupación. Igualmente se intenta superar la interrupción de la productividad en las zonas afectadas y aligerar la recuperación de los activos públicos perdidos. Sin embargo, uno de los objetivos primordiales de dicha ley es evitar que la calamidad pública se convierta en generadora de situaciones de pobreza, ya que la no ocupación inmediata de dicha mano de obra afectada puede generar procesos de desplazamiento, abandono de vivienda, incapacidad para cumplir con las obligaciones financieras, deficiencias alimenticias, falta de acceso a los servicios públicos y pérdida de voluntad. Es por ello que la anterior ley fue complementada con la Ley 1506 de 2012, la cual crea la figura del Subsidio Excepcional, es decir, recursos aportados por la Nación para el pago de un porcentaje del valor de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes, acueducto, alcantarillado y aseo, a aquellos afectados por cualquier fenómeno natural.

Dicho subsidio será otorgado durante seis meses después de declarado el desastre. Esta ley tiene como objetivo principal facilitar la recuperación de las condiciones mínimas de vida de aquellas personas que fueron afectadas por cualquier tipo de desastre natural o calamidad pública. Otro de los proyectos de ley de autoría antioqueña aprobado y sancionado como ley de la República es la Ley 1481 de 2011, por medio de la cual adiciona un capítulo a la Ley 962 de 2005 y se dictan otras Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

disposiciones. Dicha ley otorga el beneficio de exención al pago del Certificado de Catastro expedido por el Instituto Agustín Codazzi para la liquidación de la cuota de compensación militar y para quienes lo requieran con el objeto de participar en los programas de adjudicación de subsidios de vivienda de interés social. Dicho subsidio está dirigido a las personas inscritas en los niveles 1, 2 y 3 del SISBEN; y a los indígenas que residan en su territorio y conserven su integridad cultural, social y económica (estos últimos solo tienen beneficio para el primer caso, a saber, para la liquidación de la cuota de compensación militar). El autor de dicho proyecto fue el congresista antioqueño Carlos Enrique Soto Jaramillo del Partido Social de Unidad Nacional. Esta ley se convierte en un mecanismo que garantiza la aplicación del Estado Social de Derecho, especialmente en lo referente a la superación de las desigualdades presentes en el Transfuguismo sistema económico colombiano. Se pretende que las personas de escasos recursos tengan acceso a los servicios públicos y a los programas de vivienda brindados por el gobierno nacional, ya que el cobro del certificado catastral, actuando por fuera del principio de equidad, se estaba convirtiendo en un obstáculo para el goce de los derechos de las personas de escasos recursos. Los congresistas Carlos Alberto Zuluaga Díaz del Partido Conservador, Roosvelt Rodríguez Rengifo del Partido Social de Unidad Nacional y Carlos Germán Navas del Partido Polo Democrático Alternativo, fueron los autores del proyecto de ley que dio como resultado la Ley 1431 de 2011, por la cual se establecen las excepciones a que se refiere el artículo 133 de la Constitución Política. Dicha ley consagra los casos en los que se permite a los congresistas votar por medio del llamado “pupitrazo”, es decir, un golpe sobre el pupitre como símbolo de aprobación de una decisión. Recordemos que el artículo 5 del Acto Legislativo 1 de 2009 modificó el artículo 133 de la Constitución Política, dictaminando que los votos de los congresistas deberán ser nominales y públicos, es decir, votos individuales y de conocimiento de toda la ciudadanía. No obstante, en dicha modificación del artículo 133 se especificó que habrán ciertas excepciones a dicha ley, las cuales aún no habían sido reglamentadas. Esta ley llena dicho vacío jurídico consagrando las excepciones al voto nominal y público, basándose en el principio de celeridad de los procedimientos

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......................................................................................................................................... legislativos. Por tanto el recurso del pupitrazo podrá ser usado en casos como la aprobación del orden del día, la aprobación de las actas de sesiones, la corrección de vicios subsanables, la suspensión o prórroga de sesión, la declaratoria de sesión reservada, la declaratoria de sesión informal, entre muchos otros casos. Todos justificados en la idea de que la aplicación del voto nominal y público representaba una pérdida de tiempo que obstaculizaba el fluido funcionamiento del Congreso, en aspectos que no ameritan tanta importancia. Igualmente se reglamentó los dos casos en que se podrá hacer uso del voto secreto, a saber: cuando se realizan elecciones y para decidir sobe proposiciones de amnistías o indultos.

Autor El autor de una ley es quien tiene la iniciativa para crear el proyecto. El autor puede ser un congresista, un miembro del gobierno o un número significativo de ciudadanos. No necesariamente es el ponente de dicha ley ante las cámaras.

Adicionalmente, se dio la aprobación de la Ley 1502 de 2011 de autoría de las congresistas Diela Liliana Benavides del Partido Conservador Colombiano, Rosmery Martínez Rosales del Partido Cambio Radical y Marta Cecilia Ramírez Orrego del Partido Conservador Colombiano, por la cual se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la semana de la seguridad social, se implementa la Jornada Nacional de la Seguridad Social y se dictan otras disposiciones. Dicha ley tiene como fin generar procesos de apropiación, sensibilización y concientización de los principios, valores y estrategias que sustentan el ideal de la protección y seguridad social en los ciudadanos, por medio de procesos de divulgación, promulgación y educación. Esta iniciativa se funda en la idea de generación de cultura como mecanismo idóneo para lograr procesos de fortalecimiento y respeto a los principios de la seguridad social, que no es otra cosa que la defensa del Estado Social de Derecho. El trasfondo de esta ley asume la idea de que la seguridad social es parte inherente al ser Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

humano, al igual que se convierte en un generador de cohesión social y corrector de las condiciones asimétricas del orden social. El objeto de la seguridad social es lograr la reducción de las desigualdades y actuar como un sistema protector y previsional de las incontingencias propias de las dinámicas sociales. Seguridad social entendida como la garantía de aspectos tales como la salud, pensión, riesgos profesionales y asignaciones de recursos. Lo novedoso de esta ley es que se sustenta en la idea de que la comprensión y concientización sobre los principios y valores que sostienen el Estado Social de Derecho, generan procesos de acatamiento y respeto de las instituciones propias de dicho sistema, lo cual hace de dicha ley un dispositivo para la construcción de cultura y moral cívica Por último fue aprobado el Acto Legislativo 1 de 2011, por el cual se adiciona el numeral 1 del artículo 183 de la Constitución Política de Colombia, [pérdida de investidura]. A través de este Acto Legislativo los congresistas perderán su investidura por violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, del régimen del conflicto de intereses, con excepción de lo relacionado con su participación en debates y votaciones de actos legislativos. Los autores fueron Juan Diego Gómez, Germán Alcides Blanco, Liliana María Rendón, Nidia Marcela Osorio, Heriberto Sanabria, Gustavo Hernán Puentes, Oscar Fernando Bravo, Ciro Antonio Rodríguez, Diego Alberto Naranjo, Carlos Eduardo León, Silvio Vásquez, Constantino Rodríguez, José Darío Salazar, Efraín José Cepeda, Juan Samy Merheg.

Los antioqueños en las mesas directivas del Congreso Presidente de la Cámara de Representantes: Augusto Posada - Partido de la U. Representante 2006-2010 Votos obtenidos: 10.072 Representante 2010-2014 Votos obtenidos: 25.246 Índice de Acuerdo Partidista: 0.57 Ha votado 1.237 veces. Ha sido ponente de 53 proyectos de ley, autor de 47 y ha citado 21 debates de control político. .

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......................................................................................................................................... Primer Vicepresidente de la Cámara de Representantes: José Ignacio Mesa - Cambio Radical. Senador 1998-2002 Votos obtenidos: 58.471 Senador 2002-2006 Votos obtenidos: 51.440

Índice de Acuerdo Partidista: 0.52 Ha votado 586 veces. Ha sido autor de 11 proyectos de ley, ponente de 5 y ha citado 1 debate de control político. ** Presidente de la Comisión Sexta de Senado: Eugenio Prieto - Partido Liberal.

Representante 2010-2014 Votos obtenidos: 13.980 - Comisión Segunda.

Senador 2010-2014 Votos obtenidos: 64.426 (Antioquia mayor departamento de votación)

Índice de Acuerdo Partidista: 0.57

Índice de Acuerdo Partidista: 0.59

Ha votado 703 veces. Ha sido autor de 24 proyectos de ley, ponente de 48 proyectos de ley y ha citado 3 debates de control político.

Ha votado 446 veces. Ha sido autor de 9 proyectos de ley. Ha sido autor de 9 proyectos de ley y ponente de 6. Ha realizado 25 citaciones de control político.

** Presidente de la Comisión Segunda de Cámara: Oscar de Jesús Marín - Partido Liberal Representante 2006-2010 Votos obtenidos: 30.170 - Comisión Cuarta. Representante 2010-2014 Votos obtenidos: 22.857 - Comisión Segunda. Índice de Acuerdo Partidista: 0.62 Ha votado 1.498 veces. Ha sido autor de 47 proyectos de ley, ponente de 44 y ha citado 20 debates de control político. ** Presidente de la Comisión Cuarta de Cámara: Juan Felipe Lemos - Partido de la U. Representante 2010-2014 Votos obtenidos: 21.769 - Comisión Cuarta. Índice de Acuerdo Partidista : 0.64 Ha votado 819. Ha sido autor de 7 proyectos de ley, ponente de 19 y ha citado 2 debates de control político. ** Presidente de la Comisión Quinta de Cámara: Juan Diego Gómez - Partido Conservador.

Posición de la bancada antioqueña en la Reforma a la justicia y en el Marco legal para la paz Reforma a la justicia Por medio del cual se reforma la Constitución Política en asuntos relacionados con la justicia. [Reforma a la justicia ejecutivo]. Votación en Comisión de Conciliación en Cámara: Voto unánime por el sí. Votación en Comisión de Conciliación en Senado: 5 votos por el sí. 2 votos por el no: José Ignacio Mesa y Juan Carlos Vélez. Marco legal para la paz Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos de justicia transicional en el marco del artículo 22 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. [Marco Jurídico para la Paz, Marco Legal para la Paz] Votación en Plenaria del Senado: Votación mayoritaria por el sí. No: Oscar de Jesús Marín. Votación en Plenaria de Cámara: Votación unánime por el sí.

Representante 2010-2014 Votos obtenidos: 38.721 - Comisión Quinta.

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......................................................................................................................................... Índice de acuerdo partidista* - Senado Senador Gabriel Zapata

% IAP 0,72

Germán Hoyos Juan Carlos Vélez

0,69 0,62

Eugenio Prieto Olga Lucía Suárez

0,59 0.51

Liliana María Rendón Luis Fernando Duque

0,50 0

Fuente: Congreso Visible

Índice de acuerdo partidista - Cámara Representante a la Cámara

% IAP

Marta Lucía Ramírez

0,73

León Darío Ramírez

0,73

Iván Darío Agudelo

0,67

Víctor Yepes

0,65

Juan Felipe Lemos

0,64

Oscar Marín

0,62

Carlos Alberto Zuluaga

0,62

John Jairo Roldán

0,59

Nidia Marcela Osorio

0,59

Juan Carlos Sánchez

0,59

Augusto Posada

0,57

José Ignacio Mesa

0,56

Juan Diego Gómez

O,52

Elkin Ospina

0,50

Fuente: Congreso Visible * El Índice de Acuerdo Partidista (IAP) es elaborado teniendo como referencia principal las votaciones nominales y las abstenciones de los miembros de un partido, también se tiene en cuenta el papel desempeñado por el líder o vocero de cada organización política. La disciplina partidista también considera el cumplimiento de las directrices trazadas por el líder o los líderes de cada partido. 1 significa que un congresista ha sido totalmente disciplinado y 0 significa que ha sido totalmente indisciplinado respecto a la colectividad.

Lo que nos dejó la reforma a la justicia Entre finales de junio y principios de julio del presente año, el país se vio sacudido por uno de los fenómenos políticos que más ruido ha causado en la historia reciente del Congreso colombiano, el archivamiento de la reforma a la justicia. Esta reforma constitucional se “hundió” después de que el presidente Juan Manuel Santos la objetara por inconveniencia e inconstitucionalidad, argumentando que en la comisión de conciliación le habían sido Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

introducidos una serie de “micos” al texto del acto legislativo, que hacían que la entrada en vigencia del mismo fuera sumamente grave para el ordenamiento jurídico y político colombiano. La decisión de Juan Manuel Santos desató una fuerte polémica, pues no es claro si el Presidente puede objetar reformas constitucionales debatidas y aprobadas por el Congreso. Los expertos en derecho constitucional se dividieron sobre este tema: mientras algunos consideraron que esto era una extralimitación de poderes por parte del Jefe de Gobierno, otros argumentaron que el Presidente sí está facultado para objetar actos legislativos ya aprobados. En todo caso, tras la objeción presidencial, el Congreso decidió archivar la reforma a la justicia aceptando los argumentos provenientes de la Casa de Nariño. Sin embargo, es importante resaltar algo: tanto Presidente como congresistas enfatizaron en que la entrada en vigor de este acto legislativo habría sido conveniente para el país de no ser por los “micos” que habían aparecido en la conciliación del texto de la reforma. Pero esto es controvertible. Consideramos necesario señalar, esta reforma constitucional ya venía siendo objeto de debate en diferentes círculos académicos, en los cuales se argumentaba que en ella se contemplaban diferentes medidas a partir de las cuales se busca mejorar el sistema de administración de justicia en Colombia; no obstante, una de sus consecuencias más perjudiciales era modificar las reglas sobre los procesos judiciales y disciplinarios de los congresistas. Debido a que anteriormente, con el acto legislativo 1 de 2011, se reformó la Constitución y se estableció que el régimen de conflicto de intereses no aplica para el debate y votación de actos legislativos, ningún congresista se vio obligado a declararse impedido para votar esta reforma constitucional, así pudieran verse beneficiados por la misma, como por ejemplo aquellos que en ese momento estaban siendo investigados por la Corte Suprema de Justicia. Por último, cabe señalar algunas consecuencias que tuvo este asunto: tanto la imagen del Congreso, del Presidente y de las Altas Cortes se vio negativamente afectada, tal vez este llamado de atención lleve a los miembros de nuestros poderes públicos a pensarlo dos veces en el futuro, antes de intentar actuar a espaldas de la ciudadanía.

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......................................................................................................................................... También, es claro que los medios de comunicación y las redes sociales jugaron un importante papel como canalizadores de la presión ciudadana, lo cual demuestra que aún es posible para la ciudadanía colombiana influir en las decisiones que nos afectan a todos como miembros de esta sociedad. Pero es necesario ser cuidado con esto, pues también las redes sociales y los medios de comunicación podrían ser objeto de un mal uso; por esto es conveniente tener en cuenta la siguiente advertencia de Mauricio García: “la indignación ciudadana a través de redes sociales y medios de comunicación es algo muy importante; algo que hay que proteger y perfeccionar. Justamente por eso, porque algo que hay que defender, es necesario reconocer sus riesgos. El más importante de ellos es que esa indignación puede convertirse en una especie de democracia plebiscitaria, impulsiva y de resultado impredecible. La participación ciudadana no se puede reducir a esa indignación vociferante que con tanta frecuencia se ve en los foros y en las redes sociales [...] Por eso hay que idear mecanismos adicionales y complementarios de participación ciudadana, más reflexivos, más autocríticos y más responsables”.

1 Las comisiones de conciliación son un mecanismo existente en algunos congresos bicamerales para dirimir las diferencias entre los textos aprobados por cada una de las cámaras, en el caso colombiano Senado y Cámara de Representantes. Para mayor información sobre el tema véase: Alemán, Eduardo y Pachón, Mónica. “Las comisiones de conciliación en los procesos legislativos de Chile y Colombia”. Política y gobierno [online]. 2008, vol.15, n.1, pp. 03-34. 2 Arango, Rodolfo. “Mejor salir de la crisis, no agravarla”, en: El Espectador, 2012-06-27. 3 Uprimny, Rodrigo. “La objeción presidencial a la reforma a la justicia”, en: lasillavacia[online], 2012-06-26. 4 No todos los congresistas votaron a favor la reforma a la justicia, algunos se opusieron a la aprobación de este proyecto, http://www.elespectador.com/noticias/politica/articulo354464-los-congresistas-votaron-contra-de-reforma-justicia Recuperado el 17 de julio de 2012. 5 García Villegas, Mauricio; Espinosa, José Rafael. “La reforma política de la reforma a la justicia”, en: RazonPublica [online], 2012-05-6. 6 García Villegas, Mauricio. “Tres hechos y tres lecciones”, en: El Espectador, 2012-06-30.

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Cara a cara: Entrevista al Congresista Juan Felipe Lemos

A.V: ¿Qué implica para usted haber sido nombrado como el congresista que mejor se destacó por su labor legislativa? J.F.L: Cuando iniciamos la tarea política y fuimos elegidos por el pueblo antioqueño asumimos una responsabilidad inmensa, con Antioquia y con el país hemos tratado de combinar la actividad política con la actividad técnica en el Congreso de la República, esa es la responsabilidad de cualquier congresista, llegar allá a cumplir la tarea como debe ser, haciendo un buen ejercicio legislativo combinándolo con un ejercicio político en las regiones en donde nosotros tenemos los votos. A.V: ¿En qué radica la importancia de su comisión y qué papel cumple usted en ella? J.F.L: La comisión cuarta de presupuesto es una de las comisiones más importantes que tiene el Congreso de la República, por allá pasan los temas económicos del país, allá se aprueba el presupuesto general de la nación, allá se aprueba el plan de desarrollo nacional, se aprueban todas las reformas de reestructuración del Estado, todos los asuntos que tienen que ver con la contratación estatal en el país. Es una de las comisiones de mayor actividad en los últimos dos años, por allá han pasado proyectos que posteriormente se convirtieron en leyes de la República de toda la trascendencia nacional; ejemplo, el nuevo régimen de concesiones que es el esquema de asociaciones publico-privado, la

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......................................................................................................................................... capitalización de Colombia Telecomunicaciones que estaba ad portas (esa empresa que anteriormente era Telecom) de fracasar, de quedar alrededor de 17.000 jubilados de la empresa sin la posibilidad de recibir la pensión en el futuro; la reestructuración y capitalización de Satena que es la empresa de aviación de los colombianos, del Estado. El tema del presupuesto general de la nación es supremamente importante, se logró en esa comisión que Antioquia, en los últimos 12 años, pasara a recibir una partida relevante; pasó a recibir en los años anteriores 1.8 billones de pesos a cerca de 2.3 billones en el último año. En fin, esa es la comisión en donde se debaten los asuntos económicos de la nación.

A.V: ¿Considera usted que Colombia necesita una reforma a la justicia? J.F.L: La reforma a la justicia es necesaria. Al Congreso, a raíz de los hechos que la opinión pública conoce hoy, en el sentir del colectivo se le esta señalando de que trató de legislar en causa propia.

Valga esta oportunidad para decirle a los antioqueños que la reforma que inicialmente se debatió en el Congreso de la República estaba muy bien encaminada. Tenía cuatro temas estructurales, fundamentales para avanzar en materia de descongestión judicial, para garantizar una justicia autónoma de los demás poderes, pero finalmente, en el proceso de conciliación se presentaron algunos inconvenientes: quienes tenían la responsabilidad de liderar la conciliación aprovecharon ese espacio abusando de la confianza del Congreso y del gobierno, incluyeron allí temas que nada tenían que ver con la reforma que se debatió en los ocho debates de Senado y Cámara. Le voy a poner cuatro ejemplos, la reforma tenía cuatro elementos estructurales: uno, la eliminación de la comisión de acusación; la comisión de acusaciones durante su existencia no ha generado hechos jurídicos importantes, se ha convertido más bien en una comisión que no cumple de manera efectiva la labor constitucional que le fue encomendada. La eliminación del Consejo Superior de la Judicatura es una estructura que con el pasar de los años se ha convertido en una estructura ineficaz, ineficiente, con un gasto público muy elevado. En la reforma se eliminaba, se buscaba Boletín Antioquia Visible, Vol. 1 N° 3 julio 2012 ISSN: 2248 - 5864

otro escenario para sostener y manejar los recursos de la justicia. El tema de la doble instancia congresional. En el derecho penal internacional, la doble instancia para congresistas es un derecho que tenemos los congresistas, de hecho Colombia es el único país latinoamericano en donde no hay doble instancia para los congresistas. Un ciudadano del común que no ostente la calidad de congresista en un proceso penal, puede acceder a dos instancias, nosotros no lo podíamos hacer. La Corte Constitucional en Colombia ha reconocido que es necesario avanzar en esa materia, que los congresistas deben tener la posibilidad de la doble instancia. Ese tema estaba incluido en la reforma. El elemento más importante que iba a garantizar una justicia eficiente, una justicia rápida en todos los temas que le competen, fue incluir un aporte cercano a los 2 billones de pesos para que se pudieran crear en el país los juzgados, los tribunales, fortalecer los organismos de investigación como la fiscalía, y garantizar que efectivamente la justicia pudiera tener celeridad, y el principio de autonomía presupuestal, autonomía financiera y la autonomía administrativa quedaba incorporada en la reforma. De manera desafortunada, lo reitero, no es que estemos sacándole el cuerpo a la responsabilidad que nos compete como congresistas. Nosotros votamos favorablemente la conciliación, eso sí sobre la base del principio de confianza que teníamos en los conciliadores y en el Gobierno, que en la plenaria de Cámara y de Senado le informó a los congresistas que había quedado bien la conciliación y todos votamos sobre esa base. Pues ya la opinión pública conoce lo que sucedió, finalmente en un acto de reconocimiento público del error, el Gobierno y el Congreso de la República optaron por hundir esa reforma, pero, la verdad, estaba inicialmente bien concebida. El país la requiere, la necesita, hay que avanzar en los procesos de descongestión judicial. Yo no sé si la oportunidad sea en esta próxima legislatura. Creo que no va a ser porque la institucionalidad el país quedo muy desgastada con el tema, pero esperemos a ver cuáles serán esos mecanismos que se adelanten para efectos de adelantar esa reforma que independientemente de lo sucedido, es necesaria para el país.

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Antioquia Visible BoletĂ­n del programa Antioquia Visible Pregrado en Ciencias PolĂ­ticas Departamento de Humanidades Universidad EAFIT


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