Gaceta febrero 2014 2

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Ă­ ndice 1. Orden del dĂ­a de las Sesiones de Pleno

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2. Registro de Asistencia a las Sesiones de Pleno

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3. Actas de las Sesiones de Pleno

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4. Iniciativas de Ley, Decreto y Acuerdo

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5.Dictamenes / Minutas Aprobadas

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6. Comunicados Oficiales

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7. Eventos

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Orden del dĂ­a de las Sesiones de Pleno

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Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Miércoles 05 de Febrero de 2014 1. Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del treinta y uno de enero del año dos mil catorce. 2.

Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.

3. Lectura del ocurso y anexos del Ciudadano Ramón Rosas Martínez y otros firmantes, vecinos de Ajalpan, Puebla, por el que solicitan la disolución del Ayuntamiento electo y se nombre un Concejo Municipal. 4. Lectura del oficio sin número y anexos del Presidente Auxiliar de El Paredón, Chignahuapan, Puebla, y otros firmantes, por el que solicitan que esa Junta Auxiliar sea elevada a Villa. 5. Lectura del ocurso del Regidor de Parques y Jardines del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Eloxochitlán, Puebla, por el que informa que el Presidente Municipal le ha dejado de cubrir la remuneración que le corresponde y solicita auditoría, entre otros. 6. Lectura del oficio sin número y anexos del Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Vicente Guerrero, Puebla, por el que solicita se autorice la donación de una fracción de terreno propiedad del citado Municipio, a favor de la Comisión Federal de Electricidad. 7. Lectura del oficio D.G.P.L.62-II-3-1325 de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, por el que remiten el Acuerdo por virtud del cual exhortan respetuosamente a las Legislaturas de los Estados y a la Asamblea del Distrito Federal, a aprobar la creación de Comisiones Ordinarias de Derechos de la Niñez, con el fin de proteger e impulsar los derechos de niñas, niños y adolescentes de nuestro País.

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8. Lectura de la Iniciativa de Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Estado de Puebla, que presenta la Diputada María del Socorro Quezada Tiempo, integrante del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática. 9. Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Marco Antonio Rodríguez Acosta, Representante Legislativo del Partido Pacto Social de Integración, por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla. 10. Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, por el que solicitan a los Titulares de la Secretarías General de Gobierno y al de Seguridad Pública del Estado de Puebla, a tomar las medidas conducentes para salvaguardar la integridad de los pobladores del Municipio de General Felipe Ángeles, Puebla, y a garantizar que la transición del Ayuntamiento se realice de forma pacífica y segura, entre otros. 11. Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, por el que solicitan a los Titulares de la Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, ambas del Gobierno del Estado de Puebla, a informar a esta Soberanía sobre los acontecimientos suscitados en el establecimiento comercial denominado La Patrona, en esta capital, entre otros. 12.

Asuntos Generales.

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Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Miércoles 12 de Febrero de 2014 1. Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del cinco de febrero del año dos mil catorce. 2.

Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.

3. Lectura de los ocursos y anexos de los Ciudadanos Liliana Ivonne González Morales, Javier Reyes Martínez y Michael Sosa Portillo, por los que solicitan se les conceda la calidad de poblanos. 4. Lectura de los ocursos del Ciudadano Oscar Alberto Medellín Cabrera, por el que solicita recursos para asistir a Cuba a presentar su proyecto educativo de salud, entre otros. 5. Lectura del ocurso del Ciudadano Rodolfo Macías Cabrera, por el que solicita audiencia con cada uno de los Titulares de los tres Poderes en el Estado, entre otros. 6. Lectura del ocurso de la Secretaria General del Sindicato Único de Trabajadores del Hospital para el Niño Poblano, por el que solicita que su organización sindical siga siendo autónoma, independiente y soberana. 7. Lectura de los ocursos de Ciudadanos del Municipio de Atzitzihuacan, Puebla, por los que manifiestan su inconformidad con los resultados de las pasadas elecciones, entre otros. 8. Lectura del ocurso y anexos del Ciudadano Alfredo Xincaxtle Hernández y otros firmantes, vecinos del Municipio de Ajalpan, por el que manifiestan su inconformidad con las declaraciones que se han realizado respecto del conflicto que viven en ese Municipio, entre otros. 9. Lectura del ocurso del Ciudadano Rafael Carbino Medina y otros firmantes, vecinos de San Pedro Yancuitlalpan, Municipio de San Nicolás de los Ranchos, Puebla,

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por el que manifiestan su inconformidad por la carencia de obras y Programas en la citada Junta Auxiliar, entre otros. 10. Lectura del ocurso del Expresidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tlacuilotepec, Puebla, administración 2008-2011, por el que solicita la aprobación de sus Cuentas Públicas de los años 2009, 2010 y 2011. 11. Lectura del ocurso de la Regidora de Ecología del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Teopantlán, Puebla, por el que informa que fue obligada a firmar su renuncia por lo que solicita se realice una revisión a las nóminas del Ayuntamiento a partir del mes de octubre pasado. 12. Lectura del oficio sin número de Regidores y Agente Subalterno del Ministerio Público de la Junta Auxiliar de Santa María la Alta, Municipio de Tlacotepec de Benito Juárez, Puebla, por el que solicitan apoyo para que se les cubra la remuneración que por ley les corresponde, entre otros. 13. Lectura del oficio 009/2014 del Síndico, Regidores, Secretaria General,Tesorero y Contralor del Honorable Ayuntamiento de Chilchotla, Puebla, por el que informan que la Presidenta Municipal del lugar realizó nombramientos en contravención a la Ley Orgánica Municipal, desconociéndolos como Servidores Públicos. 14. Lectura del ocurso del Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento de Altepexi, Puebla, por el que solicita se investigue la aplicación de Recursos, así como el pago de la remuneración que le corresponde. 15. Lectura del ocurso del Síndico y Regidores del Honorable Ayuntamiento de Calpan, Puebla, por el que informan de diversas irregularidades en la Administración Municipal. 16. Lectura del oficio SGE/005/14 y anexo del Secretario General del Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Andrés Cholula, Puebla, por el que informa que en Sesión Extraordinaria de Cabildo, aprobaron la licencia al Presidente Municipal sustituto, nombrando al Ciudadano Jesús Romero Toxqui como Presidente Municipal Interino. 17. Lectura del oficio 181/SG/2014 de la Secretaria General del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Teziutlán, Puebla, por el que informa que en Sesión Ordinaria aprobaron tomar la protesta del Regidor Suplente de Salubridad y Asistencia.

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18. Lectura del oficio 3419 y anexos del Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tehuacán, Puebla, por el que solicita se deje sin efectos el Decreto del Honorable Congreso del Estado publicado en el Periódico Oficial del Estado el 13 de septiembre de 2013. 19. Lectura del oficio 3420 del Secretario del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tehuacán, Puebla, por el que informa de la licencia otorgada a la Regidora de Salud de la Junta Auxiliar de San Pedro Acoquiaco. 20. Lectura del oficio y anexo sin número del Secretario General del Honorable Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Tlacotepec, Puebla, por el que informa que por motivos de salud, el Presidente Municipal de dicho Ayuntamiento entregará su informe de gobierno por escrito. 21. Lectura del oficio 0020/2014 del Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Huejotzingo, Puebla, por el que informa la situación financiera por concepto de mantenimiento del CERESO y solicita apoyo, entre otros. 22. Lectura del Acuerdo que presenta la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Honorable Congreso del Estado, que contiene la propuesta para la creación, elección e integración de la Comisión Especial con motivo de los aniversarios del natalicio y fallecimiento de los Tres Juanes de la Sierra Norte de Puebla; en términos de lo dispuesto por los artículos 44 fracción I, 100 fracción VI, y 125 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla. 23. Lectura del oficio SGD/0013/2014 del Ciudadano Luis Maldonado Venegas, Secretario General de Gobierno, quien por acuerdo del Ciudadano Rafael Moreno Valle Rosas, Gobernador Constitucional de Estado, remite la Iniciativa de Decreto que reforma el similar del Honorable Congreso del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha nueve de agosto de dos mil trece, por el que autoriza al Titular del Poder Ejecutivo, a donar una fracción de terreno en favor del Poder Judicial de la Federación. 24. Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan Diputados Coordinadores y Representante Legislativo de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se reforma la Ley Orgánica Municipal. 25.

Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Pablo Rodríguez

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Regordosa, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla. 26. Lectura del Punto de Acuerdo que presentan Diputados Integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, por el que solicitan se cree la Comisión Especial de Conservación del Centro Histórico de Puebla de Zaragoza como Patrimonio de la Humanidad. 27. Lectura del Punto de Acuerdo que presentan Diputados Integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, por el que solicitan se cree la Comisión Especial de Apoyo para los Pueblos Mágicos del Estado de Puebla. 28. Lectura del Punto de Acuerdo que presenta la Diputada Silvia Guillermina Tanús Osorio Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y el Diputado José Gaudencio Víctor León Castañeda Presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que solicitan a la Procuraduría General de Justicia del Estado, que en coordinación con las autoridades del Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia, esclarezcan los hechos y sancionen conforme a derecho a quien o quienes resulten responsables de la lamentable pérdida humana de la joven poblana acontecida en días pasados, entre otros. 29.

Asuntos Generales.

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Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Viernes 14 de Febrero de 2014 1. Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del doce de febrero del año dos mil catorce. 2.

Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.

3. Lectura del ocurso y anexos de la Ciudadana María del Consuelo Anaya Arce, por el que solicita se le conceda la calidad de poblana. 4. Lectura del ocurso y anexos del Ciudadano Ramón Vergara Sotero y otros firmantes, integrantes del Comité de Descendientes del Sexto Batallón de la Guardia Nacional de Puebla, A.C., por el que remiten el Plan Regional de Desarrollo de Comunidades Históricas de la Sierra Norte de Puebla, 2014-2018. 5. Lectura del ocurso de los Ciudadanos Rosendo Nuñez Guzmán y Eliseo Rivera Méndez, vecinos del Municipio de Ixtepec, Puebla, por el que solicitan se lleve a cabo una Auditoría a la administración municipal 2011-2014. 6. Lectura del ocurso y anexos del Ciudadano Noé Rivera Romano, Juez de Paz de Tentzoncuahuigtic, Municipio de Ixtacamaxtitlán, Puebla, por el que solicita que esa Comunidad sea declarada Heroico Tentzoncuahuigtic de Dionisio Leal. 7. Lectura del ocurso y anexos del Presidente Auxiliar Municipal de Tatoxcac, Municipio de Zacapoaxtla, Puebla, por el que solicita que la citada Junta Auxiliar sea declarada Heroica Junta Auxiliar de Tetoxcac de Manuel Molina. 8. Lectura del Punto de Acuerdo que presentan Diputados y Diputadas integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional por conducto de la Diputada Irma Patricia Leal Islas, por el que solicitan que nuestro Lábaro Patrio en ceremonia cívica conmemorativa del veinticuatro de febrero, sea colocado a toda asta en los edificios sede del Poder Legislativo; se instruya asimismo al órgano técnico

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administrativo correspondiente de este Poder Legislativo a cumplimentar el acuerdo para la colocación de la placa conmemorativa a los miembros del Comité Pro Bandera y se organice un acto cívico en el que participen las y los Diputados integrantes de la Quincuagésimo Novena Legislatura y escoltas de las Instituciones Educativas de nuestro Estado, a efecto de llevar a cabo guardias de honor en la sede de este Poder Legislativo el veinticuatro de febrero, día en que conmemoramos a nuestra Bandera, entre otros. 9. Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Cuapiaxtla de Madero, Puebla, y se designa un Concejo Municipal. 10. Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se convoca a elección extraordinaria de miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Acajete, Puebla, y se designa un Concejo Municipal. 11. Lectura del Dictamen con Minuta de Decreto que presenta la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Honorable Congreso del Estado, por el que se concede la calidad de poblano a diversos Ciudadanos. 12.

Asuntos Generales.

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Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Miércoles 19 de Febrero de 2014 1. Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del catorce de febrero del año dos mil catorce. 2.

Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.

3. Lectura del ocurso y anexos del Ciudadano José Manuel Cervantes Jiménez, por el que solicita se le conceda la calidad de poblano. 4. Lectura del ocurso y anexos del Síndico Municipal de Tochtepec, Puebla, por el que informa que en Sesión de Cabildo aprobaron el Contrato de Comodato de la Asociación Civil denominada “Unión de Comerciantes Bicentenario de Tochtepec, por una duración de veinticinco años. 5. Lectura del ocurso y anexos del Síndico Municipal y Regidores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Huehuetlán el Grande, Puebla, por el que informan que por diversas irregularidades decidieron no aprobar las Cuentas Públicas 2012, 2013 y 2014. 6. Lectura del ocurso y anexos de Regidores y Síndico Municipal del Honorable Ayuntamiento de Teotlalco, Puebla, por el que informan la imposibilidad de firmar la documentación relativa al estado que guarda la administración municipal, en virtud de que fueron destituidos y solicitan se inicie Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del Presidente Municipal. 7. Lectura del ocurso y anexo de la Contralora Municipal del Honorable Ayuntamiento de Atexcal, Puebla, por el que informa diversas irregularidades en las que ha incurrido el Regidor de Gobernación y Justicia del citado Ayuntamiento. 8. Lectura del oficio sin número y anexo del Presidente Municipal de Vicente Guerrero, Puebla, por el que solicita que la población de Ojo de Agua Uno, sea elevada

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a la categoría de Inspectoría. 9. Lectura de los oficios por los que se informa que quedaron instalados para funcionar durante el ejercicio constitucional los Ayuntamientos siguientes:

Zongozotla Tetela de Ocampo Atempan Xochitlán de Vicente Suárez San Gregorio Atzompa

10. Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Puebla. 11. Lectura de la Iniciativa de Decreto que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura, por el que se reforma el artículo 26 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado. 12. Lectura de la Iniciativa de Decreto que presenta los Diputados Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Susana del Carmen Riestra Piña y Cirilo Salas Hernández, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza de la Quincuagésimo Novena Legislatura, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Puebla. 13. Lectura del Punto de Acuerdo que presentan los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura, por el que proponen reinstalar la placa conmemorativa en el Jardín de Santa Inés de esta Ciudad de Puebla, en homenaje a la Heroica participación del Batallón Chiapas en el Sitio de Puebla de 1863. 14.

Asuntos Generales.

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Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Jueves 27 de Febrero de 2014 1. Análisis del Tercer Informe de Gobierno presentado ante esta Soberanía por el Gobernador Constitucional del Estado de Puebla; atento a lo dispuesto por el Artículo 221 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asisten los Titulares del Sector Económico: • Contador Público Roberto Juan Moya Clemente, Secretario de Finanzas y Administración; • Licenciado José Antonio Gali López, Secretario de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico; • Licenciado Mario Rincón González, Secretario de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial; y • Licenciado Roberto Antonio Trauwitz Echeguren, Secretario de Turismo. 2. Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del diecinueve de febrero del año dos mil catorce. 3.

Lectura del extracto de los asuntos existentes en cartera.

4. Lectura de los ocursos y anexos de los Ciudadanos Gabino Siclan Rueda y Margarito Pérez Sánchez, por los que solicitan se les conceda la calidad de poblanos. 5. Lectura del oficio CGAC-1108/2014 del Coordinador General de Atención Ciudadana del Ejecutivo del Estado, por el que remite ocurso del Ciudadano Rodolfo Macías Cabrera, mediante el cual solicita audiencia con cada uno de los Titulares de los tres Poderes en el Estado. 6. Lectura del oficio CGAC-1216/2014 y anexos del Coordinador General de Atención Ciudadana del Ejecutivo del Estado, así como del ocurso del Secretario General del Comité Ejecutivo Seccional Democrático del SNTE en Puebla, por el que manifiesta diversos puntos relativos con la reforma a la Ley de Educación del Estado en su armonización con la llamada reforma educativa.

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7. Lectura del ocurso de autoridades del Comisariado de Bienes Comunales de Zapotitlán Salinas, Puebla, por el que informan de la renovación de las autoridades comunales y solicitan aprobación y valoración de la convocatoria respectiva. 8. Lectura del ocurso y anexos de vecinos del Municipio de Tepetzintla, Puebla, por el que solicitan dar continuidad a las peticiones anteriormente formuladas respecto de la solicitud de realizar una auditoría a la administración municipal 20112014. 9. Lectura del ocurso de Regidores del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Izúcar de Matamoros, Puebla, administración 2011-2014, por el que informan de diversas irregularidades respecto de los Estados de Origen y Aplicación de Recursos de los meses de enero a febrero de dos mil catorce y de la Cuenta Pública del año dos mil trece. 10. Lectura del ocurso y anexos de la Ciudadana Carmen Cruz Cortés, Regidora electa del Honorable Ayuntamiento de Zoquitlán, Puebla, por el que presenta queja en contra del Presidente Municipal del lugar en virtud de que no le permite tomar posesión de su cargo. 11. Lectura del oficio 040/2014 y anexos de la Presidenta Municipal de Amozoc, Puebla, administración 2011-2014, por el que remite copia certificada del Acta de Cabildo de fecha dieciséis de enero del año en curso, mediante el cual informa de la aprobación de los comodatos de los locales comerciales del mercado municipal “General Ignacio Zaragoza”. 12. Lectura del ocurso y anexos del Ex Regidor de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tepeyahualco de Hidalgo, Puebla, por el que informa diversas irregularidades derivadas de las Cuentas Públicas 2012, 2013, así como la del periodo del 01 de enero al 15 de febrero de 2014 y solicita ser deslindado de responsabilidades. 13. Lectura del ocurso de Regidores de San Matías Tlalancaleca, Puebla, por el que informan que no han sido convocados a Sesiones de Cabildo y del ocurso y anexo de los Ciudadanos Mario Moisés Escobar Ortíz y Valerio Ramos Mogollán, por el que informan que no se les permitió tomar protesta como Regidores en dicho Ayuntamiento. 14.

Lectura del oficio sin número del Síndico Municipal de Chilchotla, Puebla,

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administración 2011-2014, por el que remite copia certificada del Acta de Cabildo de fecha diez de febrero del año en curso, donde acordaron la realización de una auditoría, entre otros. 15. Lectura de los oficios por los que se informa que quedaron instalados para funcionar durante el ejercicio constitucional los Ayuntamientos siguientes: Xiutetelco Ayotoxco de Guerrero Soltepec Tenampulco Pantepec San Pedro Cholula Atlixco Teziutlán San Salvador Huixcolotla Tlahuapan San Miguel Xoxtla San Andrés Cholula Chila de la Sal Concejo Municipal de Cuapiaxtla de Madero 16. Lectura del oficio DGPL-2P2A.-864.20 de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, por el que remiten el Punto de Acuerdo mediante el cual exhortan respetuosamente a los Congresos de los Estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a revisar y actualizar todos los ordenamientos legales en materia de seguridad y educación vial, entre otros. 17. Lectura del oficio SGD/024/2014 del Secretario General de Gobierno quien por acuerdo del Ciudadano Rafael Moreno Valle Rosas, Gobernador Constitucional del Estado, remite la Iniciativa de Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Educación del Estado de Puebla. 18.

Asuntos Generales.

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Orden del Día Sesión Pública Ordinaria que celebra la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla Viernes 28 de Febrero de 2014 1. Análisis del Tercer Informe de Gobierno presentado ante esta Soberanía por el Gobernador Constitucional del Estado de Puebla; atento a lo dispuesto por el Artículo 221 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asisten los Titulares del Sector Infraestructura: • Maestro José Cabalán Macari Álvaro, Secretario de Infraestructura; • Maestro Bernardo Huerta Couttolenc, Secretario de Transportes; • Maestro Roberto Rivero Trewartha, Secretario de Salud; • Licenciado Diego Corona Cremean, Director General del Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos. 2. Lectura del Acta de la Sesión Pública Ordinaria del veintisiete de febrero del año dos mil catorce. 3. Lectura de la Iniciativa de Ley Estatal de Apoyo a Jefas de Familia, que presenta la Diputada María Evelia Rodríguez García, integrante del Grupo Legislativo del Partido Compromiso por Puebla. 4.

Asuntos Generales.

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Registro de Asistencia a las Sesiones de Pleno

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actas de las sesiones de pleno

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ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JULIÁN RENDÓN TAPIA SECRETARÍA DE LOS DIPUTADOS MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO Y LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA EN LA CUATRO VECES HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO OCTAVA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE TREINTA Y OCHO DE ELLOS Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LOS DIPUTADOS LEOBARDO SOTO MARTÍNEZ, SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA Y EUKID CASTAÑÓN HERRERA, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON SIETE MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO, EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL CATORCE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES; ENSEGUIDA A SOLICITUD DE LOS DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA PROPUESTA PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL SIETE DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES Y CUATRO A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTO CINCO A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; PUNTO SEIS A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y PUNTO SIETE A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA; EN EL PUNTO OCHO SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE LEY DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL ESTADO DE PUEBLA, PRESENTADA POR

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LA DIPUTADA MARÍA DEL SOCORRO QUEZADA TIEMPO QUIEN EN USO DE LA PALABRA AMPLIÓ SUS CONSIDERACIONES, SE TURNÓ LA INICIATIVA DE LEY REFERIDA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO NUEVE SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA, QUIEN EN USO DE LA PALABRA ABUNDÓ EN LA INICIATIVA DE DECRETO, SE TURNÓ A LA COMISIÓN DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO DIEZ SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR DIPUTADOS DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, POR EL QUE SOLICITAN A LOS TITULARES DE LAS SECRETARÍAS, GENERAL DE GOBIERNO Y DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, A TOMAR LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LOS POBLADORES DEL MUNICIPIO DE GENERAL FELIPE ANGELES, PUEBLA, Y A GARANTIZAR QUE LA TRANSICIÓN DEL AYUNTAMIENTO SE REALICE DE FORMA PACÍFICA Y SEGURA, SE TURNÓ LA PROPUESTA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO ONCE SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SOLICITAN A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA Y A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, A INFORMAR A ESTA SOBERANÍA SOBRE LOS ACONTECIMIENTOS SUSCITADOS EN EL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DENOMINADO LA PATRONA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA COMISIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO EN EL QUE PROPONE CREAR UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA CONMEMORACIÓN DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE MIL NOVECIENTOS DIECISIETE Y SU INFLUENCIA EN EL ESTADO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ SOMETIÓ A CONSIDERACIÓN DEL PLENO

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LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 50 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EL ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO DE LA DECLARATORIA QUE CONTIENE EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, PUBLICADA CON FECHA VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA REFERIDA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TÉRMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITANDO PARA EL MIÉRCOLES DOCE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS.

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ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES DOCE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE PRESIDENCIA DE LA DIPUTADA: SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA SECRETARÍA DE LOS DIPUTADOS: JULIÁN RENDÓN TAPIA Y MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO EN LA CUATRO VECES HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA Y UNO. HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON DIECIOCHO MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO, EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES; ENSEGUIDA A SOLICITUD DE LOS DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA PROPUESTA PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL VEINTIUNO DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES, SIETE, OCHO,TRECE, DIECISIETE Y DIECINUEVE A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTOS CUATRO Y CINCO A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA Y COPIA A LOS CUARENTA Y UN DIPUTADOS PARA SU CONOCIMIENTO; PUNTO SEIS A LA COMISIÓN DE TRABAJO, COMPETITIVIDAD Y PREVISIÓN SOCIAL; PUNTOS NUEVE, DOCE, QUINCE, VEINTE Y VEINTIUNO A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES; PUNTOS DIEZ, ONCE, CATORCE Y DIECISÉIS A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y PUNTO DIECIOCHO A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CRÉDITO PÚBLICO; EN

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EL PUNTO VEINTIDÓS SE DIO LECTURA AL ACUERDO QUE CONTIENE LA PROPUESTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA LA CREACIÓN, ELECCIÓN E INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL, CON MOTIVO DE LOS ANIVERSARIOS DEL NATALICIO Y FALLECIMIENTO DE LOS TRES JUANES DE LA SIERRA NORTE DE PUEBLA, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA PROPUESTA NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA, RESULTANDO EN VOTACIÓN SECRETA APROBADO EL ACUERDO EN TODOS SUS TÉRMINOS CON TREINTA Y SEIS VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, UNA ABSTENCIÓN, DECLARANDO LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA QUE POR MAYORÍA DE VOTOS INTEGRAN LA COMISIÓN ANTES REFERIDA LOS SIGUIENTES DIPUTADOS: PRESIDENTA MARÍA DEL SOCORRO QUEZADA TIEMPO, SECRETARIA MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO,VOCALES HERACLIO GERMÁN MARTÍNEZ MANZANO,VÍCTOR MANUEL GIORGANA JIMÉNEZ, CARLOS MARTÍNEZ AMADOR, MANUEL POZOS CRUZ Y CIRILO SALAS HERNÁNDEZ; EN ESTE MOMENTO A PETICIÓN DEL DIPUTADO MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA SE APROBÓ DECRETAR UN RECESO, TRANSCURRIDO LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA INFORMÓ AL PLENO QUE LOS PRESIDENTES DE LAS COMISIONES GENERALES DE IGUALDAD DE GÉNERO, SEGURIDAD PÚBLICA Y PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SE ENCONTRABAN REUNIDOS EN EL SALÓN ANEXO CUMPLIENDO UNA ENCOMIENDA; EN EL PUNTO VEINTITRÉS SE DIO LECTURA AL OFICIO SGD/0013/2014, POR EL QUE EL GOBERNADOR DEL ESTADO REMITE LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA EL SIMILAR POR EL QUE AUTORIZA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO, A DONAR UNA FRACCIÓN DE TERRENO A FAVOR DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE SE APROBÓ POR UNANIMIDAD, ENSEGUIDA SE PUSO A DISCUSIÓN LA MINUTA DE DECRETO CORRESPONDIENTE Y SIN TENERLA EN VOTACIÓN NOMINAL CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS LA MINUTA DE DECRETO ANTES REFERIDA, SE ACORDÓ ENVIARLA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; EN EL PUNTO VEINTICUATRO SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA POR LOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL CONGRESO DEL ESTADO, POR EL QUE SE REFORMA LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE SE APROBÓ POR UNANIMIDAD, PUESTA A DISCUSIÓN LA MINUTA DE DECRETO EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JULIÁN PEÑA HIDALGO

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EXPRESÓ SUS COMENTARIOS DEL ASUNTO EN DISCUSIÓN, NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON TREINTA Y OCHO VOTOS A FAVOR, UN VOTO EN CONTRA, DOS ABSTENCIONES, ENVIÁNDOSE LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; EN EL PUNTO VEINTICINCO SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADAY SUSTENTADA POR EL DIPUTADO PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA, POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO VEINTISÉIS SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR DIPUTADOS DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, POR EL QUE SOLICITAN SE CREE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CONSERVACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE PUEBLA DE ZARAGOZA COMO PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES ABUNDÓ EN LAS CONSIDERACIONES DEL PUNTO DE ACUERDO, SE TURNÓ LA PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO VEINTISIETE SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO Y SUSTENTADO POR EL DIPUTADO JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ POR EL QUE SOLICITAN SE CREE LA COMISIÓN ESPECIAL DE APOYO PARA LOS PUEBLOS MÁGICOS DEL ESTADO DE PUEBLA, SE TURNÓ EL PUNTO DE ACUERDO A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO VEINTIOCHO SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR LOS DIPUTADOS SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO Y JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA, POR EL QUE SOLICITAN A LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, QUE EN COORDINACIÓN CON LAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA ESCLAREZCAN LOS HECHOS Y SANCIONEN CONFORME A DERECHO A QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES DE LA LAMENTABLE PÉRDIDA HUMANA DE LA JOVEN POBLANA ACONTECIDA EN DÍAS PASADOS, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO AMPLIÓ SUS CONSIDERACIONES DEL PUNTO DE ACUERDO, SOLICITANDO LA DISPENSA DE LOS TRÁMITES CORRESPONDIENTES, PETICIÓN QUE SE APROBÓ POR UNANIMIDAD, PUESTO A DISCUSIÓN EL PUNTO DE ACUERDO Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON CUARENTA Y UN

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VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES, EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO PABLO MONTIEL SOLANA PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO EN EL QUE SOLICITA A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN FEDERAL PARA QUE POR CONDUCTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, DELEGACIÓN PUEBLA, REALICE ACCIONES CONDUCENTES QUE BRINDEN EL APOYO NECESARIO A MIGRANTES QUE POR FALTA DE RECURSOS SE QUEDAN ESTACIONADOS EN EL ESTADO, SE TURNÓ LA PROPUESTA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO CARLOS MARTÍNEZ AMADOR DIO CUENTA DE UN DOCUMENTO CON DIFERENTES ANEXOS SUSCRITOS POR REGIDORES DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PUEBLA,Y PIDIÓ SE DIERA EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE, AL RESPECTO AGREGÓ SUS COMENTARIOS EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA EL DIPUTADO PABLO MONTIEL SOLANA, SE ACORDÓ TURNAR EL ESCRITO Y ANEXOS REFERIDOS A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA, SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITANDO PARA EL VIERNES CATORCE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO A LAS DIEZ HORAS.

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ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL VIERNES CATORCE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE PRESIDENCIA DE LA DIPUTADA: SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA SECRETARÍA DE LOS DIPUTADOS: JULIÁN RENDÓN TAPIA Y MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO EN LA CUATROVECES HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZAA LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA Y UNO. HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON VEINTIDÓS MINUTOS. ENSEGUIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS SE APROBÓ LA PROPUESTA DE LOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO PARA INCLUIR EN EL ORDEN DEL DÍA ANTES DE ASUNTOS GENERALES,A PETICIÓN DE LOS DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES LOS SIGUIENTES DICTÁMENES: 1.- DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CUAPIAXTLA DE MADERO, PUEBLA,Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL: 2.- DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ACAJETE, PUEBLA Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL: 3.- DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONCEDE LA CALIDAD DE POBLANOS A DIVERSOS CIUDADANOS. ENSEGUIDA SE DIO LECTURA AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL DOCE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES; ENSEGUIDA A SOLICITUD DE LOS DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO, SE APROBÓ

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POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA PROPUESTA PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL SIETE DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTO TRES A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓNY PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTOS CUATROY SIETE A LA COMISIÓN DE CULTURA; PUNTO CINCO A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO Y PUNTO SEIS A LA COMISIÓN DE CULTURA Y COPIA A LA COMISIÓN ESPECIAL CON MOTIVO DE LOS ANIVERSARIOS DEL NATALICIO Y FALLECIMIENTO DE LOS TRES JUANES DE LA SIERRA NORTE DE PUEBLA; EN EL PUNTO OCHO SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO Y SUSTENTADO EN TRIBUNA POR LA DIPUTADA IRMA PATRICIA LEAL ISLAS, POR EL QUE SOLICITAN QUE NUESTRO LÁBARO PATRIO EN CEREMONIA CÍVICA CONMEMORATIVA DEL VEINTICUATRO DE FEBRERO, SEA COLOCADO A TODA ASTA EN LOS EDIFICIOS SEDE DEL PODER LEGISLATIVO;SE INSTRUYAASIMISMOAL ÓRGANOTÉCNICOADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE A CUMPLIMENTAR EL ACUERDO PARA LA COLOCACIÓN DE LA PLACA CONMEMORATIVA A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ PRO BANDERA Y SE ORGANICE UN ACTO CÍVICO EN EL QUE PARTICIPEN LAS Y LOS DIPUTADOS DE LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA Y ESCOLTAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL ESTADO, A EFECTO DE LLEVAR A CABO GUARDIAS DE HONOR EN LA SEDE DE ESTE PODER LEGISLATIVO EL VEINTICUATRO DE FEBRERO, PUESTA A CONSIDERACIÓN LA SOLICITUD DE DISPENSA DE TRÁMITE SE APROBÓ POR UNANIMIDAD, ENSEGUIDA SE PUSO A DISCUSIÓN EL ACUERDO CORRESPONDIENTE Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES; EN EL PUNTO NUEVE SE DIO LECTURA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CUAPIAXTLA DE MADERO, PUEBLA, Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL, PUESTO A DISCUSIÓN NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA RESULTANDO APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, UNA ABSTENCIÓN, ENVIÁNDOSE LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; EN EL PUNTO DIEZ SE DIO LECTURA AL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE SE CONVOCA A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE MIEMBROS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ACAJETE, PUEBLA, Y SE DESIGNA UN CONCEJO MUNICIPAL, PUESTO A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE

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APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS CON CUARENTA VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, UNA ABSTENCIÓN, SE ACORDÓ ENVIAR LA MINUTA AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE LA ENTIDAD; EN EL PUNTO ONCE SE DIO LECTURA DEL DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO, POR EL QUE SE CONCEDE LA CALIDAD DE POBLANO A DIVERSOS CIUDADANOS, PUESTO A DISCUSIÓN NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA, RESULTANDO APROBADO EN TODOS SUS TÉRMINOS CON CUARENTA Y UN VOTOS A FAVOR, CERO VOTOS EN CONTRA, CERO ABSTENCIONES; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES NINGÚN DIPUTADO SOLICITÓ EL USO DE LA PALABRA LEVANTÁNDOSE LA SESIÓN, CITANDO PARA EL MIÉRCOLES DIECINUEVE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO A LAS ONCE HORAS.

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ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL MIÉRCOLES DIECINUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE PRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JULIÁN RENDÓN TAPIA SECRETARÍA DE LAS DIPUTADAS: MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO Y LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA EN LA CUATRO VECES HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA DE ELLOS Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LA DIPUTADA SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA. HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS ONCE HORAS CON QUINCE MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL CATORCE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES; ENSEGUIDA A SOLICITUD DE LOS DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS LA PROPUESTA PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL TRES AL NUEVE DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES; PUNTOS TRES Y OCHO A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTO CUATRO A LA COMISIÓN DE DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL; PUNTO CINCO A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; PUNTO SEIS A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALESY COPIAA LA COMISIÓN INSPECTORA DE LAAUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS PROCEDENTES Y PUNTOS SIETE Y NUEVE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES. EN EL

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PUNTO DIEZ SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL Y DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL ESTADO DE PUEBLA, PRESENTADA Y MOTIVADA EN TRIBUNA POR CONDUCTO DE LA DIPUTADA GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES SE TURNÓ LA INICIATIVA REFERIDA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. EN EL PUNTO ONCE SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA POR EL DIPUTADO JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA DE IGUALDAD DE GÉNERO PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO DOCE SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE DECRETO PRESENTADA POR DIPUTADOS DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE PUEBLA. DE ESTE ASUNTO AMPLIÓ SUS CONSIDERACIONES EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA LA DIPUTADA MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALESY A LA DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL PUNTO TRECE SE DIO LECTURA AL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR DIPUTADOS DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, POR CONDUCTO DE LA DIPUTADA GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES EN EL QUE SE PROPONE REISTALAR LA PLACA CONMEMORATIVA EN EL JARDÍN DE SANTA INÉS DE ESTA CIUDAD DE PUEBLA, EN HOMENAJE A LA HEROICA PARTICIPACIÓN DEL BATALLÓN CHIAPAS EN EL SITIO DE PUEBLA DE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES, SE TURNÓ LA PROPUESTA A LA COMISIÓN DE CULTURA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE; EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA LOS DIPUTADOS MIGUEL ANGEL HUEPA PÉREZ Y MARITZA MARÍN MARCELO SE REFIRIERON EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICAA LA CONMEMORACIÓN DEL DÍA DEL EJÉRCITO MEXICANO. EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA PRESENTÓ UN PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE INVITA A LOS DOSCIENTOS DIECISIETE AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO QUE A LA

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FECHA NO CUENTEN CON SUS SISTEMAS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL, PARA QUE EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES, LOS INTEGREN A LA BREVEDAD, SE ACORDÓ TURNAR LA PROPUESTA A LA COMISIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL PARA SU ESTUDIO Y TRÁMITE PROCEDENTE. EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA CORONA SALAZAR ÁLVAREZ PIDIÓ SE SOLICITE AL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DENTRO DEL RESPETO A LA SEPARACIÓN DE PODERES, INFORME DE LA TOMA DE PROTESTA DE LOS PRESIDENTES MUNICIPALES ACTUALES, SE ACORDÓ DARLE EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE A LA PETICIÓN. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN, CITANDO PARA EL JUEVES VEINTISIETE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO A LAS DIEZ HORAS.

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ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL JUEVES VEINTISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE PRESIDENCIA DE LA DIPUTADA: SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA SECRETARÍA DE LOS DIPUTADOS: JULIÁN RENDÓN TAPIA MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO EN LA CUATRO VECES HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTAY UNO. HUBO QUÓRUMY SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON DIECISIETE MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO; EN EL PUNTO UNO RELATIVO AL ANÁLISIS DEL TERCER INFORME DE GOBIERNO PRESENTADO ANTE ESTA SOBERANÍA POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA, ASISTIERON LOS TITULARES DEL SECTOR ECONÓMICO: CONTADOR PÚBLICO ROBERTO JUAN MOYA CLEMENTE, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN; JOSÉ ANTONIO GALI LÓPEZ, SECRETARIO DE COMPETITIVIDAD, TRABAJO Y DESARROLLO ECONÓMICO; LICENCIADO MARIO RINCÓN GONZÁLEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO RURAL, SUSTENTABILIDAD Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL; Y LICENCIADO ROBERTO ANTONIO TRAUWITZ ECHEGUREN, SECRETARIO DE TURISMO, ENCABEZADO ESTE SECTOR POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN; ENSEGUIDA LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA NOMBRÓ UNA COMISIÓN DE CORTESÍA PARA QUE ACOMPAÑEN A LA ENTRADA DEL SALÓN DE PLENOSA LOSTITULARES DEL SECTOR ECONÓMICO ANTES REFERIDOS, ESTABLECIÉNDOSE UN RECESO, TRANSCURRIDO, SE REANUDÓ LA SESIÓN Y ESTANDO PRESENTES, DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO APROBADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO, SE LE CONCEDIÓ EL USO DE LA PALABRA HASTA POR TREINTA MINUTOS AL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, PARA QUE MANIFIESTE Y DÉ CUENTA A ESTA SOBERANÍA DEL ESTADO QUE GUARDAN LAS DEPENDENCIAS QUE INTEGRAN EL SECTOR

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ECONÓMICO. A CONTINUACIÓN, EN TÉRMINOS DEL ACUERDO APROBADO SE LES CONCEDIÓ EL USO DE LA PALABRA HASTA POR TRES MINUTOS PARA QUE REALICEN LAS PREGUNTAS QUE CONSIDEREN, Y LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS COMPARECIENTES, RESPONDIERON A CADA UNA DE LAS PREGUNTAS FORMULADAS POR LOS SIGUIENTES DIPUTADOS: NEFTALÍ SALVADOR ESCOBEDO ZOLETTO,SERGIO EMILIO GÓMEZ OLIVIER,FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, FRANCISCO MOTA QUIROZ, HERACLIO GERMÁN MARTÍNEZ MANZANO, CORONA SALAZAR ÁLVAREZ, JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, MARITZA MARÍN MARCELO, CARLOS IGNACIO MIER BAÑUELOS, MANUEL POZOS CRUZ, MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO, JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ, LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA, JULIÁN PEÑA HIDALGO Y MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA, INTERVENCIONES QUE SE ENCUENTRAN ÍNTEGRAS EN LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE ESTA SESIÓN; ENSEGUIDA LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA AGRADECIÓ SU PRESENCIA A LOS SECRETARIOS COMPARECIENTES, INSTRUYENDO A LA COMISIÓN DE CORTESÍA LOS ACOMPAÑEN HASTA LAS PUERTAS DEL RECINTO LEGISLATIVO, ESTABLECIÉNDOSE UN RECESO, TRANSCURRIDO SE REANUDÓ LA SESIÓN, EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL DIECINUEVE DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO, PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA, SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO TRES SE DIO LECTURA AL EXTRACTO DE LOS ASUNTOS EXISTENTES EN CARTERA Y SUS ACUERDOS CORRESPONDIENTES; ENSEGUIDA A SOLICITUD DE LOS DIPUTADOS COORDINADORES Y REPRESENTANTE LEGISLATIVO, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DEVOTOS LA PROPUESTA PARA DISPENSAR LA LECTURA DE LOS ASUNTOS CONSIDERADOS EN LOS PUNTOS DEL CUATRO AL DIECISÉIS DEL ORDEN DEL DÍA, SE ACORDÓ TURNARLOS PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE A LAS SIGUIENTES COMISIONES: PUNTO CUATRO, SIETE, DIEZ Y TRECE A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES; PUNTO CINCO A LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA Y COPIA A LOS CUARENTA Y UN DIPUTADOS PARA SU CONOCIMIENTO; PUNTO SEIS A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA DE EDUCACIÓN; PUNTOS OCHO, NUEVE, DOCE Y CATORCE A LA COMISIÓN INSPECTORA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO; PUNTO ONCE A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL; PUNTO QUINCE A LA COMISIÓN DE ASUNTOS MUNICIPALES Y PUNTO DIECISÉIS A LA COMISIÓN DE TRANSPORTES; EN EL PUNTO DIECISIETE SE DIO LECTURA AL OFICIO SGD/024/2014 POR EL QUE EL GOBERNADOR

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DEL ESTADO, REMITE LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, DEROGANY ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA, SE TURNÓ LA INICIATIVA A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA DE EDUCACIÓN PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES EN USO DE LA PALABRA EL DIPUTADO MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA COMENTÓ LA VIDA Y OBRA DE JOSÉ MARÍA ALBINO VASCONCELOS CALDERÓN EN HOMENAJE A SU NATALICIO. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN CITANDO PARA EL VIERNES VEINTIOCHO DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO A LAS DIEZ HORAS, EN LA QUE COMPARECERÁN LOS TITULARES DEL SECTOR DE INFRAESTRUCTURA: MAESTRO JOSÉ CABALÁN MACARI ÁLVARO, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA; LICENCIADO BERNARDO HUERTA COUTTOLENC, SECRETARIO DE TRANSPORTES; MAESTRO ROBERTO RIVERO TREWARTHA, SECRETARIO DE SALUD Y LICENCIADO DIEGO CORONA CREMEAN, DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ ADMINISTRADOR POBLANO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS.

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ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA CELEBRADA EL VIERNES VEINTIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE PRESIDENCIA DE LA DIPUTADA: SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA VICEPRESIDENCIA DEL DIPUTADO: JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA SECRETARIA DE LOS DIPUTADOS: JULIÁN RENDÓN TAPIA Y MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO EN LA CUATRO VECES HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, REUNIDOS EN EL SALÓN DE SESIONES LOS DIPUTADOS QUE INTEGRAN LA QUINCUAGÉSIMO NOVENA LEGISLATURA, CON LA ASISTENCIA DE CUARENTA DE ELLOS Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DEL DIPUTADO JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ, HUBO QUÓRUM Y SE INICIÓ LA SESIÓN A LAS DIEZ HORAS CON DIECIOCHO MINUTOS DE ACUERDO AL ORDEN DEL DÍA ESTABLECIDO. EN EL PUNTO UNO RELATIVO AL ANÁLISIS DEL TERCER INFORME DE GOBIERNO PRESENTADO ANTE ESTA SOBERANÍA POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA, ASISTIERON LOS TITULARES DEL SECTOR INFRAESTRUCTURA: MAESTRO JOSÉ CABALÁN MACARI ÁLVARO, SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA; MAESTRO BERNARDO HUERTA COUTTOLENC, SECRETARIO DE TRANSPORTES; MAESTRO ROBERTO RIVEROTREWARTHA, SECRETARIO DE SALUDY LICENCIADO DIEGO CORONA CREMEAN, DIRECTOR GENERAL DEL COMITÉ ADMINISTRADOR POBLANO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS EDUCATIVOS, ENCABEZADO ESTE SECTOR POR EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA; ENSEGUIDA LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA NOMBRÓ UNA COMISIÓN DE CORTESÍA PARA QUE ACOMPAÑEN A LA ENTRADA DEL SALÓN DE PLENOS A LOS TITULARES DEL SECTOR INFRAESTRUCTURA ANTES REFERIDO, ESTABLECIÉNDOSE UN RECESO, TRANSCURRIDO SE REANUDÓ LA SESIÓN Y ESTANDO PRESENTES DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO APROBADO POR LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA DE ESTE CONGRESO DEL ESTADO, SE LE CONCEDIO EL USO DE LA PALABRA HASTA POR TREINTA MINUTOS AL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, PARA QUE MANIFIESTE Y DÉ CUENTA A ESTA SOBERANÍA DEL ESTADO QUE GUARDAN

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LAS DEPENDENCIAS QUE INTEGRAN EL SECTOR INFRAESTRUCTURA. A CONTINUACIÓN ENTÉRMINOS DEL ACUERDOAPROBADO SE LES CONCEDIÓ EL USO DE LA PALABRA HASTA POR TRES MINUTOS PARA QUE REALICEN LAS PREGUNTAS QUE CONSIDEREN, Y LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS COMPARECIENTES RESPONDIERON A LAS PREGUNTAS FORMULADAS POR LOS SIGUIENTES DIPUTADOS: PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA, CORONA SALAZAR ÁLVAREZ, FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, NEFTALI SALVADOR ESCOBEDO ZOLETTO, JOSÉ DOMINGO ESQUITÍN LASTIRI, MIGUEL ÁNGEL HUEPA PÉREZ, SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA, LEOBARDO SOTO MARTÍNEZ, JULIÁN RENDÓN TAPIA, MARÍA SARA CAMELIA CHILACA MARTÍNEZ, MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO, GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES, MARIANO HERNÁNDEZ REYES, IGNACIO ALVIZAR LINARES Y MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA, INTERVENCIONES QUE SE ENCUENTRAN ÍNTEGRAS EN LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE ESTA SESIÓN; ENSEGUIDA LA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA AGRADECIÓ SU PRESENCIA A LOS COMPARECIENTES, INSTRUYENDO A LA COMISIÓN DE CORTESÍA LOS ACOMPAÑEN HASTA LAS PUERTAS DEL RECINTO LEGISLATIVO, ESTABLECIÉNDOSE UN RECESO,TRANSCURRIDO SE REANUDÓ LA SESIÓN; EN EL PUNTO DOS SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA DEL VEINTISIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE PUESTA A DISCUSIÓN Y SIN TENERLA SE APROBÓ EN TODOS SUS TÉRMINOS POR UNANIMIDAD; EN EL PUNTO TRES SE DIO LECTURA A LA INICIATIVA DE LEY ESTATAL DE APOYO A JEFAS DE FAMILIA, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA MARÍA EVELIA RODRÍGUEZ GARCÍA AMPLIÓ LAS CONSIDERACIONES DE LA INICIATIVA EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE GOBERNACIÓN Y PUNTOS CONSTITUCIONALES Y A LA DE DESARROLLO SOCIAL PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. EN EL ÚLTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA DE ASUNTOS GENERALES, EN USO DE LA PALABRA LA DIPUTADA LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA EXPRESÓ EN TÉRMINOS DE LA VERSIÓN ESTENOGRÁFICA, QUE EL PRÓXIMO DOMINGO DOS DE MARZO SE CONMEMORARÁ EL DÍA DE LA FAMILIA, POR LO QUE EXHORTÓ A SUS COMPAÑEROS LEGISLADORES A TRABAJAR EN BIEN DE ÉSTA POR SER LA QUE CONSTITUYE LA BASE DE LA SOCIEDAD. NO HABIENDO MÁS INTERVENCIONES Y TERMINADOS LOS ASUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA SE LEVANTÓ LA SESIÓN CITANDO PARA EL JUEVES SEIS DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A LAS DIEZ HORAS, EN LA QUE COMPARECERÁN LOS TITULARES DEL SECTOR SOCIAL: MAESTRO LUIS BANK SERRATO, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL; MAESTRO ROBERTO

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RIVERO TREWARTHA, SECRETARIO DE SALUD;Y LICENCIADO JORGE BENITO CRUZ BERMÚDEZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA.

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INICIATIVAS DE LEY, DECRETO Y ACUERDO

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INTEGRANTES DE MESA DIRECTIVA DE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA. PRIMER PERIODO DE SESIONES PRIMER AÑO LEGISLATIVO P R E S E N T E MARIA DEL SOCORRO QUEZADA TIEMPO, DIPUTADA DEL H.CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA E INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA Y con fundamento EN LOS ARTICULOS 63 FRACCCION II DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, 44 FRACCCION II. 135 Y 144 FRACCION II, DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO Y LAS DEMAS APLICABLES venimos ante ustedes a fin de poner a su consideración la presente: INICIATIVA DE LEY DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL ESTADO DE PUEBLA Bajo los siguientes considerandos; - Partimos de una sociedad que en lo ideal todas y todos tendríamos los mismos derechos, pero con la dinámica de la evolución de la propia sociedad hemos ido creando grandes brechas de desigualdad. Año con año se incorporan miles y miles de jóvenes a la esfera productiva y ante la carencia de oportunidades laborales, se encuentran en el desempleo. Así mismo la dinámica del empleo formal ha llevado a que los recursos que las trabajadoras y los trabajadores a través de las cuotas al sistema de pensiones fuera superado. Ahora nos encontramos con una problemática social que es sin duda este sistema. El desarrollo de las sociedades industrializadas provoco que también cientos y miles de mujeres dejaran de jugar la dinámica que el pasado reciente desempeñaban como el trabajo doméstico y la crianza de las hijas y los hijos, a ello se le incremento el trabajo asalariado, dejando a sus pequeñas y pequeños en situación de desventaja. El cambio de roles familiares ha provocado que el concepto de familia nuclear también haya cambiado, debido a que cada día más y más familias tengan como su cabeza a mujeres o inclusive a abuelas, abuelos o familiares cercanos a las y los menores y adolescentes. Los medios masivos de comunicación también han jugado un papel primordial para el cambio de roles. Los problemas ecológicos son también una realidad que vivimos y enfrentamos como humanidad. De esta manera muy general podemos percibir los grandes problemas

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que como sociedad enfrentamos. - Años anteriores el Estado Mexicano pretendió resolver los altos niveles de desigualdad económica y social a través de una política denominada asistencialista, es decir que el estado actuó bajo su tutela semejante a un padre protector, otorgando dadivas y apoyos sin ninguna meta real, más la de apoyar por apoyar. - Años más tarde el estado mexicano adopta un cambio trascendental, al intentar implementar una Política Social. De allí la creación de una secretaria de Estado que es la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL), que a diferencia del asistencialismos, es la política social un instrumento que adopta el Estado para disminuir estos niveles de desigualdad antes mencionados, con metas y estrategias bien definidas, aportaciones y no dadivas, proyectos y no regalos, en fin una orientación con perspectiva. - Ante estas situaciones ciudadanas y ciudadanos han decidido desde sus espacios organizarse para poder contribuir en la búsqueda de alternativas que ayuden a mitigar y/o disminuir estas brechas de desigualdad.Y lo hacen dentro de los marcos legales existentes en nuestro país, a través de figuras legalmente constituidas o como grupos organizados. Ellas y ellos hacen lo propio y requieren en el estado de Puebla de una figura que los pueda apoyar, asesorar, guiar y más aún es el Estado quien necesita de ellas y ellos para que nos apoyen en enfrentar la problemática planteada. - A nivel federal lo que realizan las organizaciones no gubernamentales o también llamadas de la sociedad civil, se encuentra enmarcada en la ley FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL. Promulgada el 9 de febrero de 2004. No puedo dejar de señalar que el Distrito Federal (entidad vanguardista en legislaciones locales) fue la primera entidad en tener una legislación de este tipo desde el 23 de mayo de 2000. Con ello pretendemos decir que solo la acción conjunta de Sociedad Organizada y Gobiernos podemos abatir los niveles de desigualdad. - En el Estado de Puebla esta figura ha tenido intentos de plasmarse, por ejemplo en 2005 la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional presento una iniciativa referente a este tema, sin que se haya materializado su aprobación y promulgación. Por lo anteriormente expuesto venimos ante a ustedes a presentar la mencionada iniciativa.

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INICIATIVA DE LEY DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA EL ESTADO DE PUEBLA Artículo 1 La presente Ley es de orden público, de interés social y de aplicación en el Estado de Puebla y tiene por objeto fomentar las actividades de Desarrollo Social que realicen las organizaciones No Gubernamentales (ONG’s) en beneficio de la población de esta entidad. Artículo 2 Para los efectos de esta Ley se consideran actividades de Desarrollo Social las que realicen en el Estado de Puebla, sin fines de lucro, en beneficio de terceros, sin fines confesionales o político las organizaciones constituidas conforme a las leyes mexicanas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten y que contengan entre sus objetivos: I. Fortalecer y fomentar el goce y ejercicio de los derechos humanos; II. Fomentar condiciones sociales que favorezcan integralmente el desarrollo humano; III. Promover la realización de obras y la prestación de servicios públicos para beneficio de la población; IV. Fomentar el desarrollo regional y comunitario, de manera sustentable y el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y la conservación y restauración del equilibrio ecológico; V. Realizar acciones de prevención y protección civil; VI. Apoyar a los grupos vulnerables y en desventaja social en la realización de sus objetivos; VII. Prestar asistencia social en los términos de las leyes en la materia; VIII. Promover la educación cívica y la participación ciudadana para beneficio de la población;

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IX. Aportar recursos humanos, materiales o de servicios para la salud reproductiva, preventiva u otro tipo de la población en general o de grupos específicos X. Apoyar las actividades a favor del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial; XI. Impulsar el avance del conocimiento y el desarrollo cultural; XII. Desarrollar y promover la investigación científica y tecnológica; XIII. Promover las bellas artes, las tradiciones populares y la restauración y mantenimiento de monumentos y sitios arqueológicos, artísticos e históricos, así como la preservación del patrimonio cultural. XIV. Proporcionar servicios de apoyo a la creación y el fortalecimiento de las organizaciones civiles mediante: a) El uso de los medios de comunicación; b) La prestación de asesoría y asistencia técnica; c) El fomento a la capacitación, y XV. Favorecer el incremento de las capacidades productivas de las personas para alcanzar su autosuficiencia y desarrollo integral; XVI. Apoyar a Mujeres en condiciones de desventaja para buscar la plena equidad XVII. Las demás actividades que, basadas en los principios que animan esta ley, contribuyan al Desarrollo Social de la población. Artículo 3 Para favorecer las actividades de Desarrollo Social enunciadas en el artículo 2, las ONG’s podrán: I. Estimular la capacidad productiva de los grupos sociales beneficiarios a fin de procurar su autosuficiencia; II. Procurar, obtener y canalizar recursos económicos, humanos y materiales; III. Promover actividades económicas con el propósito de aportar en forma íntegra

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sus rendimientos para las acciones de bienestar y Desarrollo Social Artículo 4 No se aplicará la presente ley, por estar reguladas en otros ordenamientos legales, a actividades que realicen: I. Los partidos y asociaciones políticas; II. Las asociaciones religiosas; III. Las personas morales que tienen como objeto principal trabajar exclusivamente en beneficio de sus miembros; IV. Las personas morales que tienen como objetivo principal la realización de actividades con fines mercantiles Artículo 5 Las actividades a que se refiere el artículo 2 de esta Ley son de interés social, La Dependencia de la Administración Pública del Estado encargada de estas organizaciones será la Secretaria de Desarrollo Social (Secretaria) quien deberá fomentarlas, mediante: I. La promoción de la participación ciudadana en las políticas de Desarrollo Social; II. La creación de condiciones que estimulen a las organizaciones No Gubernamentales que realizan actividades a las que se refiere esta ley; III. La regulación de mecanismos transparentes de información, coordinación, concertación, participación y consulta de las organizaciones; IV. El establecimiento de mecanismos que permitan la proyección pública de la relación de corresponsabilidad gobierno – sociedad civil en el ámbito del Desarrollo Social; V. El establecimiento de mecanismos para que las organizaciones civiles cumplan con las obligaciones que les señala esta Ley y se les garantice el goce y ejercicio de sus derechos; y Artículo 6

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La Secretaria promoverá la celebración de convenios de coordinación con la Federación, Gobiernos de los Estados y de los municipios, para fomentar las actividades a que se refiere esta Ley. Artículo 7 La Secretaría deberá integrar, con la participación de las ONG’s el Registro de las propias Organizaciones que se inscribirán, cuando así lo soliciten. Dicho Registro será público y tendrá las siguientes funciones: I. Organizar y administrar un sistema de registro y de información de las ONG’s; II. Inscribir a las ONG’s que cumplan con los requisitos que establece esta Ley y otorgarles su respectiva constancia de inscripción; III. Verificar, conforme a lo previsto en el Reglamento de esta Ley, el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en esta ley, por parte de las organizaciones; IV. Reconocer públicamente las acciones que lleven a cabo las organizaciones que se distingan en la realización de actividades de Desarrollo Social, y V. Las demás que le establezcan el Reglamento de esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables. Artículo 8 Para su inscripción en el Registro de ONG’s, las organizaciones presentarán solicitud ante la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Puebla, con los requisitos siguientes: I. Copia certificada de su acta constitutiva y de sus estatutos; o copia simple, presentando original para su cotejo. II. Que el objeto social y las actividades sean alguna o algunas de las señaladas en esta Ley, así como que no designen individualmente a sus beneficiarios; III. Prever en su acta constitutiva o estatutos que no distribuirán remanentes entre sus

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asociados y en caso de disolución, transmitirán sus bienes a otra organización inscrita en el Registro; IV. Señalar su domicilio social, y V. Designar un representante legal. Artículo 9 Recibida la solicitud a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría, en un plazo no mayor de treinta días hábiles, resolverá sobre la procedencia de la inscripción. La Secretaría negará la inscripción cuando no se cumpla alguno de los requisitos a que se refiere el artículo anterior, la documentación exhibida presente alguna irregularidad, exista constancia de haber cometido en el desarrollo de sus actividades infracciones graves o reiteradas a esta Ley y a otras disposiciones jurídicas, o cuando haya evidencia de que la organización no cumpla con su objeto. Artículo 10 Las ONG’s inscritas en el Registro de Organizaciones adquieren los derechos siguientes: I. Ser instancias de consulta para proponer objetivos, prioridades y estrategias de política de Desarrollo Social en el Estado; II. Ser representadas en los órganos de participación y consulta ciudadana que en materia de Desarrollo Social establezca. III. Participar en la formulación, seguimiento y evaluación de los programas de Desarrollo Social y en la promoción de mecanismos de contraloría social, dentro del Programa General de Desarrollo IV. Acceder, en los términos estipulados por el reglamento, a los recursos y fondos públicos que, para las actividades previstas en esta Ley, y conforme a las disposiciones jurídicas de la materia. Artículo 11

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Las organizaciones inscritas en el Registro de las ONG`s del tendrán, además de las obligaciones previstas en otras disposiciones jurídicas que atañen a su objeto social, las siguientes: I. Informar al Registro cualquier modificación a su objeto social, domicilio o representación legal, en un plazo no mayor de cuarenta y cinco días hábiles contados a partir de la protocolización de la modificación respectiva, a efecto de mantener actualizado el sistema de registro a que se refiere esta Ley; II. Mantener a disposición de las autoridades competentes para actualizar el sistema de información, así como del público en general, la información de las actividades que realicen. III. Destinar la totalidad de sus recursos al cumplimiento de su objeto; IV. Carecer de ligas de dependencia o subordinación con partidos políticos y abstenerse de efectuar actividades político-partidistas, así como de realizar proselitismo o propaganda con fines religiosos; y V. Proporcionar a la autoridad que otorgue los recursos y fondos públicos a que se refiere la Ley, la información, así como las facilidades para la verificación en todo momento, sobre el uso y destino de los apoyos otorgados. Artículo 12 La Secretaría impondrá a las organizaciones registradas las sanciones siguientes: I. Apercibimiento, II. Suspensión por un año de los derechos estipulados en esta III. Cancelación definitiva de la inscripción en el Registro, Si se desvían del objeto de la presente ley, así mismo contaran con el derecho constitucional de audiencia y podrán interponer el recurso de inconformidad, en términos de lo dispuesto por la Ley TRANSITORIO ARTÍCULO 1º.

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La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Puebla AT E NTA M E NT E “SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCION” C. MARIA DEL SOCORRO QUEZADA TIEMPO

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE El Diputado representante del grupo legislativo de Pacto Social de Integración, Partido Político, Marco Antonio Rodríguez Acosta, con fundamento en los dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 100,146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de esta Mesa Directiva la: “INICIATIVA DE REFORMA A LOS ARTÍCULOS 473 Y 474, ASÍ COMO DEROGAR EL NUMERAL 475, TODOS DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA” CONSIDERANDO En el ámbito del Derecho familiar se han venido reforzando los principios de igualdad en las obligaciones y responsabilidades en el hogar y cuidado de los hijos así como el de equidad de género para que el Derecho directamente aplicable esté en condiciones de responder de manera eficiente a la realidad social de las familias poblanas. Si bien el matrimonio representa una forma jurídica esencial en la educación y construcción de una familia también debe sentar las bases jurídicas y sociales para potenciar desde el núcleo familiar las aspiraciones de una sociedad más justa, igualitaria y equilibrada. Precisamente, el Derecho familiar debe ser capaz de adecuar su regulación para dejar atrás los prejuicios sobre los “roles” basados en la diferencia de género ya que – nuevamente- la realidad adelanta la regulación civil estatal impidiendo a mujeres y hombres encontrar respaldo, sustento y apoyo del Derecho familiar poblano. En este orden de ideas, considero prioritario ajustar la regulación civil estatal para renovar la fuerte carga ideológica en la que –en razón del género- los cónyuges tienen encomendados determinados “roles”, así como eliminar del ordenamiento jurídico las diferencias injustificadas en razón de género que no sólo interesan al aspecto público sino que, también, desde la familia deben eliminarse dicha diferenciación injustificada. Los datos son contundentes. El matrimonio en México y Puebla reviste diversos

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matices sociales que se deben considerar, por ejemplo, el Censo de Población y Vivienda 2010 de INEGI , en el Estado de Puebla 6 de cada 10 personas se encuentra bajo el estado civil: casada o en unión libre. Adquiere especial relevancia el dato INEGI de 2010, en el que el 25 por ciento de las familias en el Estado de Puebla son encabezadas por una mujer como jefe de familia, es decir, de 1,373,772 familias existentes, 348,045 tienen a una mujer como jefa. La dinámica de disolución del matrimonio (divorcio) también ha ido creciendo paulatinamente en el Estado de Puebla. En este sentido, durante 2009 en el Estado, por cada 100 matrimonios se produjeron 10 divorcios, mismo dato que se duplicó de 1997 (se presentaron 1,109 divorcios) a 2011 (se presentaron 2,429 divorcios). Estos datos se refuerzan, incluso, con las estadísticas judiciales publicadas por el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla , ya que según dicha fuente, sólo entre los meses de enero a septiembre de 2013, se han resuelto 2,489 divorcios (1,681 voluntarios y 808 necesarios) rebasando la cifra que correspondió a todo el año 2011. Con base en lo anterior, resulta evidente que la dinámica social del matrimonio y el divorcio requiere del Derecho aplicable un ajuste sustancial para responder a sus exigencias y permitir a los cónyuges una adecuada respuesta a cada una de sus particulares situaciones que deben ser atendidas de acuerdo a cada situación especial sometida a la consideración del juez de los familiar. Cómo evidencian las reformas que ha tenido el Código Civil del Estado, el legislador ha mantenido el interés de proporcionar a las personas y las familias los instrumentos jurídicos adecuados para sus diversas necesidades. Sin embargo, en la legislación civil del Estado aún existen asuntos pendientes que no ofrecen respuesta adecuada a la realidad que evidencian los datos aportados. Entre estas debilidades actuales del diseño jurídico-familiar se encuentra, precisamente, el eliminar diseños jurídicos que obstaculizan la equidad de género, la igualdad en los “roles” en el hogar, las posibilidades reales de reintegración al mercado laboral, la determinación de una cantidad adecuada por concepto de alimentos y la posibilidad de cada cónyuge para poder reiniciar un plan de vida. La actual regulación civil poblana sobre la excepción a los alimentos en el caso de divorcio -artículo 475, fracción II inciso b)- atiende únicamente a una situación (contar con profesión u oficio y carezca de bienes) por lo que, únicamente, regulan el caso de que la ex cónyuge cuente con profesión como si “automáticamente” dicha cualificación profesional fuera suficiente en el ámbito temporal para reinsertarse en el mercado laboral. Evidentemente, aún el caso de una persona cualificada en determinada profesión

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u oficio que dedicó su tiempo al hogar o al cuidado de los hijos, dicha cualidad profesional no le asegura la reincorporación inmediata al mercado laboral, ya que, el tiempo alejada de dicho mercado la posiciona en una desventaja para su reintegración (por ejemplo, la desactualización o la aplicación de nuevas técnicas o procesos, entre otras posibilidades) y, en consecuencia, impacta negativamente en su patrimonio y en su sostenimiento a partir del proceso de divorcio. Resulta evidente que la actual regla señalada en el numeral 475 de la codificación civil estatal no ofrece una adecuada salida a todos los casos por intentar resolver con una regla parcial todas las posibles situaciones de desventaja de la cónyuge y es ajena a las realidades de cada región y a la mayor dificultad de obtener un empleo para el caso de las mujeres. Por ejemplo, de acuerdo con el ENOE-INEGI , durante el segundo trimestre de 2013, en Puebla las mujeres (49.4%) y los hombres (50.6%) tienen cierta paridad como “trabajadores no remunerados”, y en los demás rubros se dispara la diferencia de género a favor de los hombres, por ejemplo, en trabajadores remunerados y subordinados con el 61.5% para hombres y 38.5% para mujeres, lo mismo se evidencia en el caso de trabajadores por cuenta propia en el que los hombres representan el 63.3% y las mujeres el 36.7%. De ahí, que la mujer tiene mayores dificultades para incorporarse al mercado laboral remunerado y, en buena medida, depende de su formación o cualificación labora, de la región o municipio en el que se ubique y de la capacidad pública y privada para generar empleos. Por ello, considero que la propuesta que presento a mis compañeros legisladores, ayudará a superar algunos de estos problemas, ya que el derecho que existe entre los cónyuges o ex cónyuges de recibir alimentos en casos de cualquier tipo de divorcio constituye un derecho que no sólo ha sido reconocido legislativamente. Las debilidades del diseño jurídico familiar también ha sido objeto de señalamiento en sede jurisdiccional federal al resolver tesis referidas al derecho de los alimentos previstos en las legislaciones civiles de Campeche y de Puebla, resulta ejemplificativas para respaldar mi propuesta las siguientes tesis jurisdiccionales:

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ALIMENTOS. TIENE DERECHO A RECIBIRLOS QUIEN SE HAYA DEDICADO A LAS LABORES DEL HOGAR CUANDO SE DECRETA LA DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL SIN QUE HAYA CÓNYUGE CULPABLE (CONTROL DE CONVENCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 304, PÁRRAFO SEGUNDO, DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE). A partir de lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Rosendo Radilla contra México, y de su análisis en el expediente varios 912/2010, por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, todos los Jueces del Estado Mexicano están obligados a ejercer el control difuso de convencionalidad de las leyes, lo que puede tener como consecuencia el no aplicar las normas contrarias a los derechos humanos. Tal es el caso del artículo 304 del Código Civil del Estado de Campeche, al disponer en su párrafo segundo que en el caso de la fracción XX del artículo 287 (separación de los cónyuges por más de dos años), ninguno de los cónyuges tendrá derecho a alimentos o a la indemnización por daños y perjuicios a los intereses del cónyuge inocente, y la obligación alimentaria únicamente la tendrán ambos para con sus hijos en los términos previstos por el citado código. En efecto, si en el juicio de divorcio se acreditó que uno de los cónyuges no percibió retribución alguna durante todo el tiempo que duró su matrimonio civil, por haberse dedicado a la atención y cuidado de su hogar y se demuestra la causal de divorcio señalada, es claro que aunque no exista cónyuge culpable, no es un trato igualitario el dejar al cónyuge que se hizo cargo de las labores domésticas sin el derecho a una pensión alimenticia, pues ello transgrede en su perjuicio el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prevé la no discriminación. Tales consideraciones no pueden ser estimadas, a su vez, como discriminación en perjuicio del varón, pues las razones expuestas para ejercer el control de convencionalidad, sobre el segundo párrafo del citado artículo 304, no están basadas en un criterio subjetivo que coloque a éste en un plano de desigualdad frente a su cónyuge; sino al contrario, esto es, con independencia de que haya cónyuge culpable o no en una resolución de divorcio, se debe reconocer la igual valía de la aportación del trabajo en el hogar para la consecución de los fines del matrimonio, ya sea que éste se haya desempeñado por el hombre o por la mujer. TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 186/2013. 29 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Mayra González Solís. Secretario: Carlos Manuel León Alamilla.

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ALIMENTOS. EL PAGO DE UNA PENSIÓN A FAVOR DEL CÓNYUGE INOCENTE NO ES SIMPLE CONSECUENCIA DE LA DECLARATORIA DE CULPABILIDAD DE QUIEN DIO LUGAR AL DIVORCIO NECESARIO (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 304 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE CAMPECHE). El artículo 304 del Código Civil del Estado de Campeche prevé que el Juez sentenciará al pago de alimentos al cónyuge culpable en favor del inocente “tomando en cuenta las circunstancias del caso”, entre ellas, la capacidad para trabajar de los cónyuges y su situación económica. Ahora bien, la interpretación conforme de dicho precepto, esto es, favoreciendo a las personas en su protección más amplia como lo ordena el artículo 1o. de la Constitución Federal, de acuerdo a los principios de proporcionalidad y razonabilidad legislativas previstos en ésta, conlleva a determinar que para sentenciar al cónyuge culpable al pago de alimentos no sólo se requiere la declaratoria de culpabilidad, sino también la evaluación de las circunstancias del caso, tomando en cuenta elementos como son: la capacidad para trabajar y la situación económica de éstos, a los cuales debe añadirse la edad y el estado de salud de los cónyuges, el tiempo que duró el matrimonio y la ocupación en actividades no remuneradas como son las labores del hogar y el cuidado de los hijos, entre otros, pues a través de ellos el juzgador podrá concluir si tal medida resulta imprescindible para compensar y asistir al cónyuge inocente, determinando si procede o no el pago de una pensión y, en su caso, su graduación porcentual. Es así, pues la permanencia de la obligación alimentaria pese a la disolución del vínculo matrimonial debe estimarse una medida excepcional que el legislador adoptó para que en ciertos casos los cónyuges inocentes no se vean desprotegidos en relación con el auxilio económico del que se proveían del cónyuge declarado culpable. Por tanto, aun cuando la disolución del vínculo matrimonial mediante un divorcio necesario o contencioso responda a la violación de alguno de los deberes u obligaciones conyugales y su actualización traiga consecuencias desfavorables para el cónyuge culpable, su correcta aplicación normativa conlleva a estimar que el pago de alimentos en favor del inocente tiene una connotación compensatoria y asistencial sujeta a los consabidos principios de proporcionalidad y razonabilidad previstos en la Constitución Federal. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN. Amparo directo 613/2012 (expediente auxiliar 892/2012). 31 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Livia Lizbeth Larumbe Radilla. Secretario: José Francisco Aguilar Ballesteros. Amparo directo 767/2012 (expediente auxiliar 1016/2012). 14 de diciembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Livia Lizbeth Larumbe Radilla. Secretario: José Francisco Aguilar Ballesteros.

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ALIMENTOS.LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLOS SUBSISTETRATÁNDOSE DE LA CAUSAL DE DIVORCIO RELATIVA A LA SEPARACIÓN POR MÁS DE DOS AÑOS, AUN CUANDO NO EXISTA CÓNYUGE CULPABLE, PUES DEBE APLICARSE ANALÓGICAMENTE EL DERECHO ALIMENTARIO QUE SE PREVÉ CUANDO EL VÍNCULO MATRIMONIAL SE DISUELVE VOLUNTARIAMENTE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). Con base en el criterio emitido por la entonces Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 1/90, que dio origen a la jurisprudencia número 44, publicada en la página 34, Tomo IV, Materia Civil, Octava Época, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, de rubro: “ALIMENTOS. SUBSISTE LA OBLIGACIÓN DE SUMINISTRARLOS EN LOS DIVORCIOS EN QUE NO HAY CÓNYUGE CULPABLE, COMO OCURRE EN LA CAUSAL RELATIVA A LA SEPARACIÓN POR MÁS DE DOS AÑOS PREVISTA POR EL ARTÍCULO 267, FRACCIÓN XVIII DEL CÓDIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL.”, en el que al interpretar la legislación del Distrito Federal se sostuvo que la obligación de proporcionar alimentos no es considerada como una sanción, porque si así lo fuera, no se incluiría la subsistencia de la obligación alimentaria para los casos de divorcio voluntario; y en virtud de que de la legislación poblana se advierte que existe el principio de permanencia de la obligación alimentaria cuando hay necesidad por parte del que no causó la disolución del vínculo matrimonial, acorde a lo dispuesto en los artículos 473 y 492 del Código Civil para el Estado de Puebla; y que en dicha ley existe una laguna, porque no se reguló en forma precisa la subsistencia de la obligación de los excónyuges de darse alimentos en el caso de que el divorcio necesario se hubiera basado en el

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artículo 454, fracción XVI, del referido ordenamiento legal, causal en la que no se califica la culpabilidad o inocencia de los consortes; debe integrarse la ley, y considerar que la obligación persiste en el caso de divorcio necesario por separación de los cónyuges por más de dos años, aun cuando no haya disposición expresa en ese sentido, aplicando analógicamente el numeral 475 del mencionado código, que alude al derecho alimentario entre excónyuges cuando el vínculo matrimonial se disuelve voluntariamente. Lo anterior, porque existe el principio general adoptado en la ley respecto de los alimentos entre excónyuges en caso de divorcio, que consiste en que debe conservarse el derecho del que los necesita, si no fue declarado culpable propiamente de la disolución del vínculo, y no se excluyó expresamente el divorcio fundado en la causal de mérito. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo directo 87/2009. 12 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretaria: Gabriela Guadalupe Rodríguez Escobar. Como resulta aceptado en el Derecho civil mexicano, la naturaleza de los alimentos derivados del matrimonio es distinta de aquellos que se generan precisamente del divorcio, pues los primeros reconocen como fuente del derecho al vínculo matrimonial vivo, en tanto que, los otros, no tienden dependencia de la existencia del vínculo sino que resultan sobrevinientes de la disolución conyugal. De ahí que los legisladores hayamos previsto como causa generadora de una misma obligación dos actos jurídicos diferentes (matrimonio y divorcio) con lo que algunas obligaciones nacidas del matrimonio -como la de proporcionar alimentos-, contínuan vigente en favor del cónyuge que demuestre que los necesita y a cargo de aquel que tenga las posibilidades de otorgarlos. Al respecto, resulta suficiente, la tesis jurisdiccional sobre el modelo civil del Distrito Federal:

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DISOLUCIÓN DEL VÍNCULO MATRIMONIAL. SUBSISTENCIA DE LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS. De la lectura de los artículos 288 y 302 del Código Civil para el Distrito Federal, se evidencia que el matrimonio no es la única causa generadora de la obligación de dar alimentos, pues ésta subsiste aun ante la disolución del vínculo matrimonial, caso en el cual, el juzgador debe determinar si la obligación alimentaria fijada debe subsistir, para lo cual debe tomar en cuenta la necesidad que tenga la cónyuge que durante su matrimonio se dedicó preponderantemente a las labores del hogar, al cuidado de los hijos, esté imposibilitada para trabajar o carezca de bienes; así como a las circunstancias señaladas en el artículo 288 aludido, por virtud del cual sólo se extinguirá ese derecho, después de decretado el divorcio, de acreditarse la actualización de cualquiera de los supuestos siguientes: a) Cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias; o, b) Se una en concubinato; o, c) Cuando haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio; o, d) La genérica, por cambio de circunstancias, probando que el acreedor alimentista ya no los necesita. Así como las previstas en el artículo 320 de la legislación civil, que resulten aplicables de acuerdo a las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 131/2012. 17 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Secretaria: Ariadna Ivette Chávez Romero. En definitiva, se requiere introducir al Código Civil del Estado mejores reglas para permitir el juzgador un margen de mayor atención a las características específicas de cada asunto y poder responder a sus respectivas necesidades. Aunado a lo anterior, resulta de sentido común que el cónyuge que durante el matrimonio dejó de ejercer su empleo o profesión para atender las necesidades del hogar o de los hijos, a partir del divorcio se ubica en una posición de desventaja frente al mercado laboral por el “aislamiento” que provoca de facto su dedicación familiar. Si bien el cónyuge cuenta con una profesión, su reintegración al mercado laboral no resulta inmediata o automática después del divorcio, por lo que, dicha desventaja debe ser superada con la posibilidad de obtener por concepto de alimentos un ingreso suficiente en tanto se reintegra al marcado laboral. Al respecto, resultan representativos los datos sobre el mercado laboral en Puebla que aporta la STPS , durante 2013, la población económicamente activa fue de 2,710,076 de las que el 39% eran mujeres, de esta población activa se encontraban ocupadas 2,581,953 en el que se mantiene el porcentaje de mujeres. Resulta conocido por todos los Diputados que representan a las regiones de nuestros Estado, el hecho de que la oferta de empleo y las posibilidades de acceso al mercado

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laboral resulta dispares de acuerdo al Municipio o región del Estado de Puebla, por ello, resulta trascendente la intervención de cada Juez para observar dicha dinámica de su respectivo distrito judicial y resolver de acuerdo a la realidad de inserción al mercado laboral. Por este motivo, propongo adecuar el diseño jurídico-familiar mediante INICIATIVA DE REFORMA A LOS ARTÍCULOS 473 Y 474, ASÍ COMO DEROGAR EL NUMERAL 475, TODOS DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, para quedar al tenor siguiente: “Artículo 473.- En los casos de divorcios necesarios o voluntarios, el Juez resolverá sobre el pago de alimentos a favor del ex cónyuge inocente o del cónyuge no culpable que, teniendo la necesidad de recibirlos, durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente a las labores del hogar, o al cuidado de los hijos, esté imposibilitado para trabajar o carezca de empleo o de bienes; tomando en cuenta las siguientes circunstancias: I.- La edad y el estado de salud de los cónyuges; II.- Su calificación profesional y posibilidad de acceso a un empleo; III.- Duración del matrimonio y dedicación pasada y futura a la familia; IV.- Colaboración con su trabajo en las actividades del cónyuge; V.- Medios económicos de uno y otro cónyuge, así como de sus necesidades; y VI.- Las demás obligaciones que tenga el cónyuge deudor. En la resolución, el Juez deberá fijar las bases para actualizar la pensión y las garantías para su efectividad. El derecho a los alimentos se extingue cuando el acreedor contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato, o haya transcurrido un término igual a la duración del matrimonio o cuente con empleo o bienes que le permitan un ingreso suficiente para cubrir sus necesidades. En los casos en que carezca de empleo, el Juez determinará la cantidad suficiente y el plazo, considerando la circunstancia establecida en la fracción II de este mismo artículo. Artículo 474.- En los casos de divorcio necesario, los ex cónyuges culpables no tendran derecho a los alimentos a que se refiere el artículo anterior, así como a la indemnización por los daños y perjuicios que el divorcio le cause, siendo aplicable lo dispuesto en este Código sobre hechos ilícitos.

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Artículo 475.- Derogado. TRANSITORIOS ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado”. Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a la consideración de este Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, la Iniciativa antes referida. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 21 DE ENERO DE 2014

DIP. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de este órgano colegiado el siguiente Punto de Acuerdo por el que, Se solicita a los Titulares de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, a tomar las medidas conducentes para salvaguardar la integridad de los pobladores del Municipio de General Felipe Ángeles y a garantizar que la transición del Ayuntamiento se realice de forma pacífica y segura. Que en toda sociedad existen cuestiones que confrontan los intereses de diversos sectores de la población, sin embargo, estas diferencias no son justificantes para ejecutar actos tendientes a dañar la integridad física de las personas que cuentan con opiniones diferentes a las propias, mucho menos, a incitar o provocar a otros para realizar actos que perturben la paz y la tranquilidad en nuestras demarcaciones. Que entendemos la preocupación que invade a los ciudadanos al encontrarse en situaciones que parecen perjudicaran su calidad de vida, sin embargo reprobamos las acciones violentas que ejercer derivadas de este sentimiento, en este sentido, resulta necesario solicitar a los integrantes de esta Soberanía un voto favorable para esclarecer y erradicar los acontecimientos suscitados el pasado viernes veintinueve de enero del presente año en el Municipio de General Felipe Ángeles, Puebla, donde aproximadamente a las dieciséis horas, un grupo de alrededor de doscientas o trescientas personas se reunieron en el centro de la población de Santa Úrsula Chiconquiac, perteneciente al mencionado Municipio, para manifestar su inconformidad con el resultado emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. En esa reunión, distintos habitantes acusaron al excandidato de la Coalición “Puebla Unida” señor Fermín Ramos López, de haber sido el causante de la derrota del

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candidato con el que ellos simpatizan, por haber cumplimentado los requerimientos ordenados por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, tomando medidas fuera de la ley para mostrar su inconformidad, siendo así, interrumpiendo a las clases y provocado terror entre los alumnos, maestros y padres de familia, el grupo de personas citadas, violentamente se presentaron con armas de fuego, cuchillos, palos y piedras en la Escuela Primaria Turno Vespertino “Andrés Quintana Roo” para causarle daños en su persona al señor Fermín Ramos López, sin embargo como no pudieron hacerlo por la resistencia de la población, tanto Fermín Ramos López, como tres niños y varios vecinos de la comunidad fueron privados de su libertad en el centro de cómputo de dicha Escuela, por un lapso aproximado de tres horas, hasta que fueron rescatados por la policía ministerial y estatal. Los hechos narrados, fueron denunciados ante la autoridad correspondiente, quedando asentados en las averiguaciones previas radicadas bajo los números A.P/128/2014 y A.P./131/2014 de la Agencia del Ministerio Publico del Municipio de Tecamachalco, Puebla. Compañeras y compañeros Diputados, siendo esto un conflicto de carácter comicial, nuestra actuación debe ser muy prudente, limitándonos únicamente a velar por la seguridad y tranquilidad de los habitantes del Municipio en cuestión, alejándonos de las percepciones partidistas que en nada abonarán para cumplir con ese objetivo No debemos ignorar estas situaciones que sin duda podrían repetirse el próximo quince de febrero, trayendo consigo consecuencias trágicas para los ciudadanos y conmoción por no haber tomado las medidas necesarias para su prevención, pido su apoyo para garantizar que la transición del Ayuntamiento se pueda realizar de forma pacífica, bajo la custodia de la seguridad pública del estado y evitar que se vuelvan a repetir este tipo de lamentables sucesos. Por lo anteriormente expuesto, se propone a los integrantes de esta Soberanía el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se solicita a los Titulares de la Secretaría General de Gobierno y de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, a tomar las medidas conducentes

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para salvaguardar la integridad de los pobladores del Municipio de General Felipe Ángeles y a garantizar que la transición del Ayuntamiento se realice de forma pacífica y segura SEGUNDO.- Se otorgue el trámite correspondiente y sea turnado a la Comisión General Respectiva para su análisis.

AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 04 DE FEBRERO DE 2014 AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD

DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de este órgano colegiado el siguiente Punto de Acuerdo por el que, Se solicita a los Titulares de la Procuraduría General de Justicia y de la Secretaría de Seguridad Pública, ambas del Gobierno del Estado de Puebla, a informar a esta Soberanía sobre los acontecimientos suscitados en el establecimiento comercial denominado “La Patrona” en esta Capital, donde se registró un ataque con armas de fuego de grueso calibre, así como las investigaciones realizadas y sus resultados. Que el poder público tiene como obligación salvaguardad la integridad de los ciudadanos como de sus bienes, generando políticas de seguridad eficaces encaminadas a prevenir la comisión de cualquier hecho delictuoso, sin embargo, somos conscientes que erradicar todos los delitos al interior de una sociedad resulta una tarea muy compleja, en la que deben participar de forma activa tanto ciudadanos como los funcionarios encargados de generar dichas políticas. Que los acontecimientos registrados en la madrugada del viernes veinticuatro de enero del año en curso, son una muestra clara de la realidad que vive nuestro Estado en materia de seguridad, rubro que es pieza fundamental para el desarrollo de los habitantes de cualquier Entidad y que en la actualidad existe preocupación por ve reflejada en el aumento de los índices delictivos y sin que a la fecha se haya podido tomar una determinación al respecto. Que dotar de información a los habitantes de esta ciudad, será una muestra clara de que las autoridades estamos cumpliendo con nuestra labor de generar el entorno adecuado para que ellos puedan vivir sin ningún tipo de zozobra respecto a su seguridad, mantenerlos al margen de esta situación, reflejará el desinterés que la administración pública tiene para cumplir con sus objetivos. Nosotros como integrantes de gobierno, estamos obligados a contar con la información necesaria de lo que acontece en nuestro Estado para poderle entregar cuentas claras

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a nuestros representados. El Gobierno del Estado de Puebla, ha tomado las medidas conducentes para tratar de erradicar este tipo de lamentables acontecimientos, razón que nos hace concluir que nuestro territorio goza de cierta tranquilidad respecto a otras, sin embargo, también lo es, que las circunstancias sociales, económicas y hasta geográficas no son las mismas, por ello recurrir a una comparación es intrascendente. En este tenor, es fundamental que exista comunicación permanente con las instituciones encargadas de velar por la seguridad de los poblanos, así como con las instituciones encargadas de realizar las investigaciones pertinentes en los casos que afectan la tranquilidad y la paz pública, razón que nos orilla a solicitar respetuosamente a la Procuraduría General de Justicia y a la Secretaría de Seguridad Pública, ambas del Estado de Puebla, nos informen sobre las medidas adoptadas para esclarecer el multicitado suceso. Por lo anteriormente expuesto, se propone a los integrantes de esta Soberanía el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se solicita a los Titulares de la Procuraduría General de Justicia y de la Secretaría de Seguridad Pública, ambas del Gobierno del Estado de Puebla, a informar a esta Soberanía sobre los acontecimientos suscitados en el establecimiento comercial denominado “La Patrona” en esta Capital, donde se registró un ataque con armas de fuego de grueso calibre, así como de las investigaciones realizadas y sus resultados. SEGUNDO.- Se otorgue el trámite correspondiente y sea turnado a la Comisión General Respectiva para su análisis. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 04 DE FEBRERO DE 2014 AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD

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DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTE El Diputado representante legislativo de Pacto Social de Integración, Partido Político, Marco Antonio Rodríguez Acosta, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás aplicables, someto a esta Mesa Directiva: CONSIDERANDO Que en el marco de la conmemoración del XCVII aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es necesario recordar que Puebla ha jugado un papel clave en el fortalecimiento de nuestra Carta Magna. Todos sabemos que los movimientos sociales de nuestro Estado son el preludio de la Revolución Mexicana con la heroica participación de los hermanos Aquiles, Máximo y Carmen Serdán, Poblanos Ilustres, que la consolidación de su lucha libertaria se vio consumada en el constituyente de 1917. Como consecuencia, el 2 de octubre de ese mismo año, en nuestro Estado se publica en el periódico oficial del Gobierno del Estado la Constitución Política Local promulgada por el Gobernador en Turno Alonso Cabrera. Esta parte de nuestra historia constitucional se complementa fundamentalmente con las reformas integrales de 1982 y 2011 para ser regidos hoy por un documento construido con la esperanza, la unidad y el amor a nuestra tierra de muchas poblanas y poblanos de diferentes corrientes ideológicas. Y así como es importante voltear hacia el pasado, de igual manera es necesario conocer nuestro presente para participar como legisladores en la construcción de un mejor futuro para Puebla. Como hemos visto, nuestra Constitución Local avanza de la mano con la Constitución hoy conmemorada. Actualmente tenemos tendencias y retos muy definidos en materia constitucional. La tendencia de las nuevas democracias va encaminada hacia el empoderamiento de la ciudadanía pero el reto es activar a esta ciudadanía e involucrarla en la toma de decisiones para que en conjunto sigamos construyendo y fortaleciendo leyes más justas en favor de nuestras familias poblanas. No veo un futuro próspero sin los ciudadanos involucrados en su construcción, el no

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generar una cultura de participación entre ciudadanos y diputados sería quedarnos en el pasado y fallar con nuestro compromiso histórico. Es por eso que propongo el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PARA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN ESPECIAL PARA LA CONMEMORACIÓN DEL CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE 1917 Y SU INFLUENCIA EN EL ESTADO DE PUEBLA Justificación El próximo año 2017 se cumplen 100 años de la vigencia de la multi reformada Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de 5 de febrero de 1917. En el marco de la conmemoración de la norma fundamental mexicana resulta el momento idóneo para llevar al cabo estudios sobre la influencia recíproca que han tenido la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con los textos constitucionales del Estado de Puebla para incentivar la participación de la ciudadanía en la construcción de nuestras leyes. Precisamente, a partir de esta vinculación normativa, se busca infundir en los ciudadanos la Cultura Constitucional vinculando el ordenamiento federal con el local para identificar y dar respuesta a los retos que se presentan para mantener una estabilidad constitucional estatal y así construir con la ciudadanía un sistema político y jurídico moderno, eficiente y equilibrado. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 05 DE FEBRERO DE 2014 DIP. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO PSI

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CC. DIPUTADOS DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO P R E S E NT E RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, y C O N S I D E RA N D O Que con fecha 9 de agosto de 2013, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a donar a título gratuito, una fracción de terreno en favor del Poder Judicial de la Federación, para que éste desarrolle las actividades inherentes para la implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal. Que el Gobierno del Estado de Puebla es propietario de una fracción de terreno del predio rústico denominado “El Batán”, que fue adquirida por compra-venta, celebrada por el señor Enrique Gómez Rojo, como vendedor, y el Gobierno del Estado de Puebla, como comprador, tal como consta en la Escritura Pública Número Veintisiete Mil Quinientos Cuarenta y Siete, Volumen Ciento Setenta y Cinco, de fecha 23 de agosto de 1965, de la Notaría Pública Número Diez de la Ciudad de Puebla, Puebla, debidamente inscrita ante el Registro Público de la Propiedad de ese Distrito Judicial, bajo la partida 149, a fojas 72 vuelta, tomo 2, Libro Sexto, Índice 888 Menor, de fecha 14 de noviembre de 1966; con los siguientes linderos: al Norte: en línea quebrada que parte de poniente a oriente con terrenos propiedad del señor José Gómez Rojo; al Sur: en línea quebrada que se une en ángulo con el lindero Norte, con predio del cual se segrega; y al Poniente: uniendo el lindero Norte con el lindero Sur en línea recta con predio del cual se segrega. Que en virtud de modificaciones del proyecto, respecto de la donación autorizada por esa Honorable Asamblea en el Decreto que se pide se reforme, es necesario solicitar se precise el inmueble materia de la donación, bajo las siguientes especificaciones:

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Que en mérito de lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 57 fracción VII, 63 fracción I, 79 fracciones VI y XX y el segundo párrafo del 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; me permito someter a la consideración de éste Honorable Congreso del Estado, para su estudio, discusión y aprobación en su caso, la siguiente Iniciativa de: DECRETO QUE REFORMA EL SIMILAR DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO CON FECHA 9 DE AGOSTO DE 2013, POR EL QUE AUTORIZA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO, A DONAR UNA FRACCIÓN DE TERRENO EN FAVOR DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, QUE SERÁ DESTINADO PARA QUE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DESARROLLE LAS ACTIVIDADES INHERENTES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL. ÚNICO.- Se reforma el artículo primero del Decreto del Honorable Congreso del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado con fecha 9 de agosto de 2013, por el que autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a donar una fracción de terreno en favor del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue: ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Puebla, a donar a título gratuito, en favor del Poder Judicial de la Federación, una fracción del terreno propiedad del Gobierno del Estado de Puebla descrito en la Escritura Pública número Veintisiete Mil Quinientos Cuarenta y Siete, Volumen Ciento Setenta y Cinco de fecha 23 de agosto de 1965 de la Notaria 10 de la ciudad de Puebla; bajo las siguientes especificaciones:

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ARTÍCULO SEGUNDO Y TERCERO.- … T RA N S IT O R I O S PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Queda sin efecto cualquier acto o disposición que se oponga el presente Decreto. Dado en la sede del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los seis días del mes de febrero de dos mil catorce. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA RAFAEL MORENO VALLE ROSAS EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO LUIS MALDONADO VENEGAS EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN ROBERTO JUAN MOYA CLEMENTE

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El suscrito, integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracciones I y XXIV, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado, someto a la consideración de esta Soberanía la INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMA Y ADICIONAN DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY ORGNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA conforme los siguientes C O N S I D E RA N D O S Que el proceso de actualización del marco normativo del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano del Estado de Puebla es una actividad permanente y continua que busca dar cauce ordenado a la modernización del marco legal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Que de acuerdo con el artículo 71 fracciones II y III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla son atribuciones de la Mesa Directiva las de ordenar el trabajo legislativo y emitir el orden del día de las sesiones del Pleno respectivamente y que particularmente en la fracción III antes invocada se precisa que previo a la emisión del orden del día deberá éste ser aprobado por la Junta de Gobierno y Coordinación Política. Que la LVIII Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla ha tenido a bien actualizar su organización interna creando la Junta de Coordinación Política, que entre otras tiene las atribuciones de impulsar la generación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o dictámenes que requieran de votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo así como establecer el Programa de Trabajo Legislativo y recibir de la Mesa Directiva, para su aprobación, el orden del día propuesto para las sesiones del Pleno. Que de conformidad con el artículo 146 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla los Diputados podrán presentar iniciativas directamente ante el Pleno en Sesión Ordinaria dentro del punto de asuntos generales, contraviniendo así el principio de orden que inspiró otorgar a la Mesa Directiva las atribuciones de ordenar el proceso legislativo y emitir el orden del día de las sesiones y a la Junta de Coordinación Política la de autorizar el orden del día propuesto por la Mesa Directiva. Que las sesiones del Pleno deberán ser ordenadas y ágiles a efecto de favorecer que los Diputados integrantes de la Legislatura realicen la labor legislativa con la

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profundidad que se requiere, para lo cual, la integración correcta del orden del día juega un rol fundamental. Por todo lo anterior, resulta conveniente hacer una más puntual descripción del proceso legislativo, a través del cual se favorezca el orden y la agilidad en las sesiones, evitando que el punto de asuntos generales favorezca la sorpresa en la presentación de iniciativas sin previo estudio alguno que determine la pertinencia o impertinencia de que las propuestas lleguen directamente al Pleno. Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración del Pleno de esta Soberanía la siguiente iniciativa de: DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGANICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRIMERO.- Se REFORMAN los artículos 145, 146 y 182 fracción I para quedar como sigue: ARTÍCULO 145.- Las iniciativas promovidas por el Gobernador del Estado, el Tribunal Superior de Justicia, los Ayuntamientos, los Ciudadanos y los Diputados que no pertenezcan a algún Grupo Parlamentario de los que integran la Legislatura deberán ser entregadas por medio de oficio dirigido al Presidente de la Mesa Directiva. El oficio deberá acompañarse de la iniciativa desarrollada en los términos del artículo 147 de esta Ley. Las iniciativas promovidas por diputados integrantes de algún grupo parlamentario deberán ser entregadas por medio de oficio dirigido al Presidente de la Mesa Directiva por conducto del Coordinador del grupo parlamentario del que formen parte. El coordinador de cada grupo Parlamentario dispondrá de hasta dos días hábiles para entregar la iniciativa al Presidente de la Mesa directiva después de haberla recibido. En caso de que el coordinador del grupo Parlamentario no haya entregado la iniciativa al Presidente de la Mesa Directiva, el diputado lo podrá hacer directamente. Durante los periodos de receso, en caso de ausencia del coordinador del grupo Parlamentario, éste deberá designar a otro diputado integrante del grupo Parlamentario para dar trámite a la iniciativa. El oficio deberá acompañarse de la iniciativa desarrollada en los términos del artículo 147 de esta Ley. ARTÍCULO 146.- Las iniciativas podrán ser presentadas de manera ordinaria y de manera extraordinaria: I. De manera ordinaria, las iniciativas se presentarán de la siguiente manera: Una vez cubiertos los trámites descritos en el artículo 145, al momento de preparar el orden del día de las sesiones, el Presidente de la Mesa Directiva hará del conocimiento

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de sus integrantes las iniciativas que han sido presentadas a efecto de enlistarlas en el orden del día. La Mesa Directiva determinará el número de iniciativas que serán presentadas en cada sesión y notificará a los autores de las iniciativas de su inclusión en el orden del día. Cuando las iniciativas sean enlistadas en el orden del día, el diputado proponente podrá presentar ante el pleno su iniciativa. Cuando las iniciativas han sido propuestas por más de un diputado, los proponentes acordarán qué diputado hará la presentación ante el Pleno. Cada iniciativa podrá ser presentada en Sesión del Pleno por un solo diputado. Las iniciativas recibidas en la Presidencia de la Mesa Directiva deberán ser enlistadas en el orden del día a más tardar 2 sesiones ordinarias posteriores a la fecha su recepción. Cuando una iniciativa no ha sido enlistada en ningún orden del día pasadas las 2 sesiones ordinarias posteriores a la fecha en que una iniciativa ha sido entregada a la Presidencia de la Mesa Directiva, el diputado proponente podrá solicitar el uso de la palabra en el punto de asuntos generales con el objeto de hacer la presentación de la iniciativa. Previo a hacer uso de la palabra, el diputado proponente deberá mostrar al Presidente de la Mesa Directiva en funciones el acuse de recibo de la iniciativa en que conste la fecha de entrega de la iniciativa al Presidente de la Mesa Directiva a fin de acreditar que ha transcurrido el tiempo descrito en el párrafo anterior. Una vez constatado que ha transcurrido el tiempo correspondiente, el Presidente de la Mesa Directiva en funciones concederá el uso de la palabra por el tiempo establecido en el marco normativo de las sesiones al diputado proponente para que proceda a hacer la presentación de la iniciativa. II. De manera extraordinaria, las iniciativas podrán ser presentadas ante el Pleno en Sesión Ordinaria del Congreso dentro del punto de asuntos generales del orden del día, para lo cual el diputado promotor de la iniciativa anunciará al Presidente de la Mesa Directiva en funciones de su solicitud de presentar la iniciativa y éste pondrá a consideración del Pleno para que en votación económica se determine la procedencia o improcedencia de que la iniciativa sea presentada.

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En caso de que el Pleno determine la improcedencia de que la iniciativa sea presentada de manera extraordinaria, el diputado promotor deberá seguir el procedimiento descrito en la fracción I del presente artículo. ARTÍCULO 182.-... I.- El Presidente solicitará que levanten la mano los Diputados que se pronuncien a favor, después los que se pronuncien en contra, y por último los que se manifiesten en abstención, dando a conocer los Secretarios en voz alta el resultado de la votación para que el Presidente haga la declaratoria correspondiente; y T RA N S IT O R I O S PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. TERCERO.- En caso de ser necesario actualizar el Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado a efecto de ser congruente con las adecuaciones legales contenidas en el presente Decreto, esto deberá hacerse dentro de los 60 días naturales contados a partir de la publicación del presente Decreto. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 10 DE FEBRERO DE 2014

DIP. PABLO RDORIGUEZ REGORDOSA

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C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los suscritos Coordinadores de Grupos y Representante Legislativos, quienes conformamos la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 100, 144 fracción II, 146 147 y 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de esta Soberanía, LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 62 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, bajo los siguientes: C O N S I D E RA N D O Que el Municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propio, su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda, no tendrá superior jerárquico y no habrá autoridad intermedia entre el Municipio y el Gobierno del Estado. Que la Ley Orgánica Municipal establece las bases para la integración y organización del territorio, la población y el gobierno en el ámbito municipal, y dota de lineamientos básicos a la Administración Pública Municipal. Que en la integración de los Ayuntamientos pueden ocurrir vicisitudes o contingencias que inhiban o alteren el desempeño constitucional de la jurisdicción municipal, por lo que la Ley Orgánica Municipal establece los casos en los que debe nombrarse un Órgano Municipal que sustituya las funciones del Ayuntamiento de que se trate con el objeto de que no se interrumpan las funciones encomendadas. Que, dentro de esas contingencias, se encuentra la relativa a que el Ayuntamiento no pueda integrarse, ni los miembros del Ayuntamiento en funciones puedan continuar en sus encargos por más tiempo que el previsto en la Constitución.

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Que, en tal caso, la integración de un Concejo Municipal por parte del Congreso del Estado se impone como solución, con reglas propias, que permitan atender los casos con la urgencia que ellos requieren, puesto que tales casos escapan de las hipótesis constitucionalmente previstas, de la desaparición o suspensión de los Ayuntamientos. Que así, debe disponerse que el Congreso del Estado nombre un Concejo Municipal, designando como miembros de éste, el mismo número que integran el Ayuntamiento respectivo, y con las mismas facultades; y, que los Concejos Municipales funcionen durante el tiempo que determine el Congreso del Estado, pero que sus integrantes deban reunir los mismos requisitos que para ser miembro de un Ayuntamiento, excepción hecha de su vecindad. Que esto se justifica, plenamente, dadas las especialísimas circunstancias que arroja la contingencia y la necesidad de proceder a la integración del Concejo, con toda expeditud. Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta Honorable Soberanía para su estudio, análisis y en su caso, aprobación, la siguiente Iniciativa de: DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE ADICIONA UN SEGUNDO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 62 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL ÚNICO.- Se ADICIONA un segundo párrafo al artículo 62 de la Ley Orgánica Municipal, para quedar como sigue: ARTÍCULO 62.- … Para la integración del Concejo Municipal a que se refiere el párrafo anterior, no será necesario que sus miembros sean vecinos del lugar. T R A N S I T O R I OS

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ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 11 DE FEBRERO DE 2014

DIP.VÍCTOR MANUEL GIORGANA JIMÉNEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

DIP. JORGE AGUILAR CHEDRAUI COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PATIDO ACCIÓN NACIONAL

DIP. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA

DIP. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

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DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

DIP. IGNACIO ALVIZAR LINARES COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO DIP. MARIANO HERNÁNDEZ REYES COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO

DIP. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO PACTO SOCIAL DE INTEGRACIÓN

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de este órgano colegiado el siguiente Punto de Acuerdo por el que se propone la creación de la Comisión Especial de Conservación del Centro Histórico de Puebla de Zaragoza como Patrimonio de la Humanidad. Que el patrimonio de la humanidad, es una pieza irreemplazable que describe perfectamente el camino que las civilizaciones fueron trazando a lo largo de la historia, a través de él, podemos descubrir el legado milenario heredado por personajes sobresalientes en los anales de la humanidad, de lo mencionado surge la obligación de mantener intactos nuestros registros como civilización y a su vez fomentar nuestra cultura, nuestras creencias y nuestras raíces. Que México es el tercer lugar en el mundo con mayor número de ciudades inscritas en la lista de patrimonio de la humanidad o patrimonio mundial, contando con diez ciudades que son: 1.- Centro Histórico de La Ciudad de México y Xochimilco; 2.- Centro Histórico de Oaxaca de Juárez y Zona Arqueológica de Monte Albán; 3.- Centro Histórico de Puebla de Zaragoza; 4.- Ciudad Histórica y Fortificada de Campeche; 5.- Ciudad Histórica de Guanajuato y minas adyacentes; 6.- Centro Histórico de Morelia; 7.- Zona de monumentos históricos de Querétaro; 8.- Zona de monumentos históricos de Tlacotalpan; 9.- Centro Histórico de Zacatecas: y 10.- Villa Protectora de San Miguel el Grande y Santuario de Jesús Nazareno de Atotonilco.

Sólo nos encontramos rebasados por España que cuenta con trece ciudades e

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Italia que ostenta el primer lugar con dieciséis. Que nuestra Ciudad es un tesoro que guarda celosamente un conjunto de historias que a su vez han sido transmitidas a cada uno de sus habitantes, los cuales, tengo la seguridad se encuentran orgullosos de residir en una de las urbes más emblemáticas de nuestro país, por haber sido testigo de innumerables acontecimientos que son considerados como fundamentales para la consolidación de lo que hoy somos como nación, tanto al interior de nuestro territorio, pero también al exterior del mismo. La hoy cuatro veces heroica ciudad de puebla fue inscrita como patrimonio de la humanidad en el año de 1987 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura, UNESCO, por su riqueza en materia arquitectónica, describiéndola de la siguiente manera: “Situada a unos 100 kilómetros al este de México, al pie del volcán Popocatepetl, la ciudad de Puebla fue fundada ex nihilo en 1531. Ha conservado grandes edificios religiosos, como la catedral que data de los siglos XVI y XVII, palacios magníficos, como el del arzobispado, y un gran número de casas con paredes cubiertas de azulejos. El barrio barroco de la ciudad es único en su género, debido a la adaptación local de los nuevos conceptos estéticos surgidos de la fusión de los estilos arquitectónicos y artísticos de Europa y América.” De lo anterior debemos ser enfáticos en la mención de ser única en su género, expresión que no debe minimizarse y actuar en consecuencia para seguir siendo únicos. Que el centro histórico de nuestra capital es el lugar más visitado de nuestro estado, por contar con un sin fin de construcciones, calles, pasajes que lo hacen inigualable arquitectónicamente hablando, por esto, nuestro deber como legisladores es instaurar las herramientas necesarias para su conservación, mediante una actividad articulada con el gobierno municipal y el gobierno federal con el objeto de lograr que Puebla siga teniendo esta honrosa distinción de ser considerada como Ciudad Patrimonio de la Humanidad. A pesar de contar con este nombramiento, no existe al interior de este Poder Legislativo, ningún cuerpo colegiado enfocado en dar el seguimiento necesario a su conservación y fomento,aun cuando se dieron a conocer públicamente las declaraciones

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de la Presidenta del Comité Nacional Mexicano del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos), Maestra Arquitecta, Olga Orive Bellinger en el sentido de que diversas ciudades, entre ellas Puebla, corren peligro de perder el carácter de patrimonio de la humanidad por la falta del sentido de sustentabilidad de las políticas públicas de conservación y preservación del patrimonio material e inmaterial, por la aplicación acciones orientadas a generar turismo, situación que no puede ser ignorada debido a su delicadeza. A finales de 2012 la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, creó la Comisión Especial de Ciudades Patrimonio, acción positiva en todos sus sentidos, por encontrarse destina a dar seguimiento a todos los asuntos relacionados con éstas. Que en noviembre pasado se llevó acabo en nuestro país el XII congreso Mundial de la Organización de las Ciudades del Patrimonio Mundial, motivo que conlleva en nuestra calidad de legisladores de una ciudad integrante, a contar con una instancia que dé seguimiento a los acuerdos tomados en su interior y no correr ningún tipo de riesgo de perder tan emblemático nombramiento. Nosotros, como habitantes de esta ciudad y no sólo como habitantes, sino como poblanos, tenemos el deber de adoptar las medidas conducentes para enfrentar tales situaciones y no sólo quedarnos observando la forma en que los demás realizan lo que nos corresponde por ser representantes populares, estamos seguros que con la creación de una comisión especial destinada a ser el conducto para ejecutar las medidas adoptadas por las instancias federales y municipales y al mismo tiempo generar las propias, haremos que la labor de conservación sea integral en beneficio de las y los poblanos. Por lo anteriormente expuesto, se propone a los integrantes de esta Soberanía el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se crea la Comisión Especial de Conservación del Centro Histórico de Puebla de Zaragoza como Patrimonio de la Humanidad.

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SEGUNDO.- La Comisión Especial de Conservación del Centro Histórico de Puebla de Zaragoza como Patrimonio de la Humanidad, estará integrada por un integrante de cada Grupo Legislativo y por los Representantes Legislativos que conforman la Quincuagésimo Novena Legislatura de este Honorable Congreso del Estado. TERCERO.- Con fundamento en la fracción VI del artículo 100 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se turne el presente documento a la Junta de Gobierno y Coordinación Política, para otorgar el trámite correspondiente. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 07 DE FEBRERO DE 2014 AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de este órgano colegiado el siguiente Punto de Acuerdo por el que se propone la creación de la Comisión Especial de Apoyo para los Pueblos Mágicos del Estado de Puebla. Que nuestro estado, cuenta con un sinfín de atractivos que resaltan la fastuosidad que lo caracteriza, somos una Entidad que tiene una gran diversidad de climas en las regiones que lo integran, poseyendo una pluralidad de ecosistemas que desembocan en beneficios para sus habitantes, en el sentido de desarrollar la actividad que más les favorezca. Que Puebla, resulta un punto de atracción para los viajeros que buscan novedades en cuanto a recreaciones que se pudieran encontrar en un solo sitio, en este sentido, Puebla es un lugar en donde se puede admirar la belleza que la naturaleza nos ofrece, o bien, entregar a nuestros visitantes un paseo por la historia que representa. Que el gobierno federal a partir del año dos mil uno, a través de la implementación del programa denominado “Pueblos Mágicos”, operado por la Secretaría de Turismo, observó la capacidad de crecimiento que podría generar otorgar el seguimiento necesario, a diversas regiones del país para potencializar sus atractivos, con el fin de hacerlos más interesantes para la población, entre ellos, algunos lugares pertenecientes al territorio poblano principalmente los que se encuentran localizados en la Sierra Norte. Que como resultado del programa esbozado, en la actualidad podemos presumir que Puebla cuenta con siete localidades que son consideradas como Pueblos Mágicos, ocupando el segundo lugar a nivel nacional, con el mayor número de lugares reconocidos como tal, siendo estos: Cuetzalan a partir de 2002

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Zacatlán de las manzanas a partir del año 2011 Pahuatlán de Valle a partir de 2012 Chignahuapan a partir de 2012 San Pedro y San Andrés Cholula a partir de 2012 Tlatlauqitepec a partir de 2012 Xicotepec de Juárez a partir de 2012 Únicamente somos superados por Michoacán, quien cuenta con 8 localidades reconocidas así, esto implica un gran compromiso ya que ser una entidad que goza de tantas distinciones, resulta fundamental encontrarse atento a todo lo que sucede alrededor de éstas. Que no obstante lo expresado, debemos reconocer en que las regiones donde se encuentran localizados estos Pueblos Mágicos, están conformadas multiculturalmente, lo que nos obliga a garantizar que las expresiones culturales de nuestro estado no se vean afectadas por el crecimiento que pudieran llegar a tener, debido a la implementación de este tipo de programas para elevar su oferta turística. Que esta Soberanía tiene las facultades necesarias para que se garantice que los Pueblos Mágicos perduren a lo largo del tiempo, generando beneficios para la población en materia económica y cultural e impactar de forma positiva en la calidad de vida de los poblanos, lo cual, es el principal objetivo del gobierno, incluido el de nuestro Estado. Que mediante el presente documento se propone crear una Comisión para que los Diputados de este Poder Legislativo tomen los acuerdos conducentes para salvaguardar los logros obtenidos en esta materia y evitar que por situaciones provocadas por falta de consensos, se desaprovechen las tareas que se realizaron para alcanzar estos objetivos, así mismo, se encargará de realizar las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes a nombre de la Quincuagésimo Novena Legislatura, para conseguir mayor impulso a las actividades que se desarrollen en las localidades que gozan de esta denominación. Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de los integrantes de esta Soberanía el siguiente:

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ACUERDO PRIMERO.- Se crea la Comisión Especial de Apoyo para los Pueblos Mágicos del Estado de Puebla. SEGUNDO.- Con fundamento en la fracción VI del artículo 100 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se turne el presente documento a la Junta de Gobierno y Coordinación Política, para otorgar el trámite correspondiente. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 07 DE FEBRERO DE 2014 AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E NT E S Que la que suscribe Diputada Silvia Guillermina Tanús Osorio, a nombre y representación de los Diputados integrantes de las Comisiones Generales de Igualdad de Género y la de Procuración y Administración de Justicia de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, y C O N S I D E RA N D O Que la pérdida de un ser querido es lamentable y causa un gran dolor en la familia y en la sociedad en general; máxime cuando es en circunstancias tan violentas; acontecimientos como el ocurrido en días pasados a una joven poblana, nos conmueven y nos mueven a tomar medias y acciones tendentes en primer lugar a esclarecer los hechos y sancionar a quien o quienes resulten responsables; y en segundo lugar a solicitar a las instancias correspondientes que erradique este tipo de conductas delictivas que lesionan no sólo a una familia poblana; sino a toda la sociedad. Para nadie son ya desconocidos los acontecimientos tan terribles que desafortunadamente tuvieron que afrontar una familia poblana, al encontrar a su joven hija de treinta y un años de edad, declarada en primer instancia como desaparecida y días después encontrarla sin vida en un terreno baldío en la demarcación de la delegación Tláhuac del Distrito Federal, en circunstancias terribles; las exigencias de la sociedad poblana y de la familia son claras y válidas; sancionen a los responsables y no permitamos que se repitan estos hechos; no podemos ni debemos permitir que se repita, un acto de violencia contra las mujeres bajo ninguna circunstancia, no más conductas misóginas. Utilicemos y hagamos valer nuestra representación y la fuerza de esta Tribuna, para ser porta voz de las familias poblanas y de toda la sociedad; y exijamos con prontitud, eficacia y eficiencia el esclarecimiento de los hechos en coordinación con

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las autoridades del Distrito Federal, privilegiando el estado de derecho y el pleno respeto de las garantías individuales. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 144 fracción II, 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 120 fracción VI, 121 y demás relativos y aplicables del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía, el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Que la Procuraduría General de Justicia del Estado, en coordinación con las autoridades del Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia, esclarezcan los hechos y sancionen conforme a derecho a quien o quienes resulten responsables de la lamentable pérdida humana de la joven poblana, acontecida en días pasados. SEGUNDO.- Por ser el presente asunto de urgente y obvia resolución en términos de los establecido por los artículos 64 y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, solicito la dispensa de trámite correspondiente. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 11 DE FEBRERO DE 2014

Dip. Silvia Guillermina Tanús Osorio Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género

Dip.Víctor León Castañeda Presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia

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DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Los suscritos Diputados del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, quienes conformamos parte de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Irma Patricia Leal Islas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44, 144, 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 y demás relativos y aplicables del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y C O N S I D E RA N D O Que los sentimientos de patriotismo, valor, heroísmo y orgullo para las y los mexicanos, sin lugar a duda están plasmados en Nuestro Lábaro patrio, fruto de ideólogos y pensadores independentistas que buscaron plasmar en mil ochocientos diez un estandarte mexicano, que alentará y motivará a los mexicanos a la búsqueda de un México Libre y Soberano. Fue don Miguel Hidalgo y Costilla, quien adoptó como bandera el estandarte de la Virgen de Guadalupe que estaba en el santuario de Atotonilco, y dos años después, en 1812 apareció la primera bandera tricolor. Durante diversas gestas heróicas, ha sido uno de los impulsos y orgullos que nos alientan y motivan a seguir adelante y a no decaer en nuestros esfuerzos por lograr un México mejor, en correspondencia directa con los forjadores de nuestra Nación. Diversas modificaciones ha tenido nuestro Lábaro patrio, a través del devenir histórico, pero los sentimientos y valores en ella plasmados, no cambian, ni cambiarán; para ello es importante y fundamental el difundir y fomentar en nuestra nuevas generaciones el respeto, conocimiento y evolución de los acontecimientos históricos que nos llevaron a su adopción y el significado que ella entrama. Que la Bandera de México, es considerada guía de victoria en la guerra, el trabajo y la paz; lienzo vivo de sublimes pensamientos, símbolo mensajero de libertad, paz, aspiraciones y anhelos; compañera de gestas heroicas que construyeron el país que ahora somos. Que la conmemoración del “Día de la Bandera” la debemos en gran medida, a las gestiones del Comité Pro Bandera, integrado por diez ilustres poblanos, que mostrando gran interés y valía por los colores patrios, se comprometieron a trabajar para que nuestro Lábaro Patrio fuera honrado y respetado como emblema de Nuestra Nación. Que en la Quincuagésimo Octava Legislatura, tuvo a bien aprobar un reconocimiento a los integrantes del Comité Pro Bandera, aprobando la colocación de una Placa

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conmemorativa con el nombre de sus integrantes. Don José Rivero Carvallo Ángel Paz y Puente Carlos Paz y Puente Rubén Monjaras Ovando Enrique Romero Fieytal Miguel Durante Alfredo Madrid Carrillo José V. Medel Marcelino de la Parra y Quintana Sergio B. Guzmán. Por ello resulta de gran trascendencia, para los Legisladores Locales el enaltecer este orgullo que representa nuestro Lábaro Patrio. Compañeros Diputados en nuestras manos está el contribuir a fomentar el amor y respeto a nuestra Bandera. Por ello hago uso de esta alta Tribuna para proponer el desarrollo de un acto cívico en conmemoración al veinticuatro de febrero, “Día de la Bandera Mexicana”, que involucre a estudiantes de nuestro Estado, invitándolos a participar con las escoltas de sus instituciones educativas. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 144 fracción II, 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 120 fracción VI, 121 y demás relativos y aplicables del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía, el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Que nuestro Lábaro Patrio en ceremonia cívica conmemorativa del 24 de febrero, sea colocado a toda asta en los edificios sede del Poder Legislativo; y se instruya asimismo al órgano técnico administrativo de este Poder Legislativo a cumplimentar el Acuerdo para la colocación de la Placa Conmemorativa a los miembros del Comité Pro Bandera, en los términos del Acuerdo aprobado. SEGUNDO.- Que a través del órgano administrativo del Honorable Congreso del Estado, correspondiente, se organice un acto cívico en la que participemos las y los Diputados de esta Quincuagésimo Novena Legislatura y escoltas de las instituciones educativas de nuestro Estado, a efecto de llevar a cabo guardias de honor en la Sede

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de este Poder Legislativo el veinticuatro de febrero, día en que conmemoramos a nuestra Bandera. TERCERO.- Por ser el presente asunto de urgente y obvia resolución en términos de los establecido por los artículos 64 y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 121 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se solicita la dispensa de trámite correspondiente. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 14 DE FEBRERO DE 2014. INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DIP. JORGE FOUAD AGUILAR CHEDRAUI DIP. JOSÉ DOMINGO ESQUITÍN LASTIRI DIP. HERACLIO GERMÁN MARTÍNEZ MANZANO DIP. CORONA SALAZAR ÁLVAREZ DIP. JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA DIP. MIGUEL ÁNGEL HUEPA PÉREZ DIP. IRMA PATRICIA LEAL ISLAS DIP. PABLO MONTIEL SOLANA DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ DIP. PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA DIP. FRANCISCO MOTA QUIROZ DIP. NEFTALÍ SALVADOR ESCOBEDO ZOLETTO DIP. MARÍA DEL ROCIO AGUILAR NAVA DIP. SERGIO EMILIO GÓMEZ OLIVIER DIP. EUKID CASTAÑÓN HERRERA

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C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. Los suscritos Diputados del Grupo Legislativo del Partido de la Nueva Alianza Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Susana del Carmen Riestra Piña y Cirilo Salas Hernández, quienes conformamos parte de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 100, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este H. cuerpo colegiado el siguiente: C O N S I D E RA N D O Las reformas del 2011 a la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconocen la progresividad de los Derechos Humanos, al sustentarse en estos derechos y en el deber que tiene los gobiernos de observar y aplicar normas superiores. Dicha reforma logró que un tratado que verse sobre derechos fundamentales se convierta en una extensión del texto constitucional. La reforma establece, que en el país todas las personas tienen derecho a gozar y disfrutar por igual, de los derechos humanos que reconoce la Constitución y los tratados internacionales en los que el estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Lo anterior obliga a respetar estos derecho, sin embargo quienes tienen mayor responsabilidad son las autoridades gubernamentales; es decir, los servidores públicos. La entrada en vigor de la reforma al artículo 1 de la Constitución Federal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció la obligación de que los jueces resuelvan los casos observando los derechos humanos consagrados tanto en la Constitución como en los tratados internacionales, por encima de lo que establezcan las leyes secundarias; es decir, sin una ley entra en contradicción con un derecho fundamental reconocido en los tratados, se debe dejar de aplicar la ley y observar el tratado de que se trate. Lo anterior garantiza la supremacía Constitucional y de las normas de Derechos Humanos contenidas en convenciones o tratados internacionales; lo que a su vez genera

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la inaplazable necesidad de profundizar en el estudio de los tratados internacionales en esta materia y en que el estado mexicano sea parte. En este sentido los Derechos Humanos establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el estado, al ser un conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad y tomando en cuenta que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos y que el estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a estos derechos, en los términos de ley. Por lo tanto los órganos de gobierno y todos los poderes, incluyendo al legislativo, están obligados a observar que cada reforma que se realice, sea en progreso de los derechos fundamentales. En este tenor el Congreso del Estado debe trabajar en la adecuación de las leyes estatales en relación con los tratados internacionales, principalmente aquellas relativas a la protección los grupos vulnerables. Si bien es cierto el artículo 7 de la Constitución Local establece que en el Estado de Puebla todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales sobre derechos humanos de los que los Estados Unidos Mexicanos sea parte, así como de las garantías para su protección. Lo relativo a las tareas legislativas para la observancia de los derechos existen, espacios de oportunidad, entre los que encontramos: • La Declaración Universal de los Derechos Humanos • La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo • La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad • La Convención sobre Derechos del Niño En razón de lo anterior esta reforma propone adecuar una ley secundaria como lo es la ley para personas con discapacidad en el estado de puebla, a los tratados internacionales en materia de personas con discapacidad, lo que permitirá que el Congreso Local, cumpla con deber de adecuar sus actos a los derechos fundamentales,

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observando cabalmente el principio supremo de progresividad. La reforma contribuirá a que los derechos humanos se respeten y protejan, al tiempo que el estado provee y mantiene las condiciones necesarias para se preserve la protección de estos derechos; lo que sin duda contribuye al desarrollo integral de la persona y crea una esfera de autonomía dentro de la cual los discapacitados pueden actuar libremente ya que solo así estarán protegidos contra los abusos de autoridades, servidores públicos y de particulares. Lo anterior considerando que las discapacidades no pueden ser motivo de ventaja o desventaja legal, administrativa o judicial para los individuos. Tomando en cuenta que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás Reconociendo la necesidad de que las personas con discapacidad tenga igualdad de oportunidades, se hace necesario incorporar cuestiones relativas a los derechos de los discapacitados, como parte integrante de las estrategias de esta legislatura, ya que pese a que existen diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social y se siguen vulnerando sus derechos humanos. Las contribuciones que en este documento se ponen a consideración tendrán como resultado un mayor sentido de parecencia de estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad. En razón de lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, se somete consideración de esta legislatura la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE PUEBLA. PRIMERO.- SE REFORMAN El primer párrafo del artículo 1, las fracciones II, XI y XIX del artículo 4, la fracción I del artículo 9, el artículo 16 y su fracciones I, II, III, IV,V de La Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 1.- … De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley reconoce a las personas con

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discapacidad sus derechos humanos y libertades fundamentales, promueve el respeto de su dignidad inherente y ordena el establecimiento de las políticas públicas necesarias para su ejercicio. Artículo 4.-… I.- … II.- Discapacidad: Deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer o interactuar en una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social. III.-a X … XI.- Persona con Discapacidad: La que por deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, se encuentra limitada para ejercer o interactuar en una o más actividades esenciales de la vida diaria, lo que le impide estar en igualdad de condiciones para con los demás. XII a XVIII … XIX.- Igualdad de Oportunidades: Goce o ejercicio en paridad de condiciones de todos los derechos y libertades fundamentales. Para lo cual habrá un proceso de adecuaciones, ajustes y mejoras necesarias en el entorno jurídico, social, cultural y de bienes y servicios, que faciliten a las personas con discapacidad una integración, convivencia y participación. Artículo 9.- … I.- Garantizar y promover el pleno respeto y ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, para lo cual se adoptaran las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos estos derechos; … Artículo 16.- Los derechos humanos, libertades fundamentales y los derechos que establece la presente Ley serán reconocidos a todas las personas con discapacidad, sin distinción por su origen étnico o nacional, el género, la edad, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra situación que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto

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discriminar, anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, de manera enunciativa y no limitativa entre otros, los de: I.- Garantizar el respeto de los derechos de todo ciudadano, dentro del marco jurídico de las Leyes; II.- Igualdad de oportunidades en los ámbitos económico, social, cultural, de salud, laboral, legal, educativo, y de otra índole; III.- Desplazarse libremente con las formas de asistencia humana, animal o cualquier otro medio técnico o electrónico, tecnológico que la ciencia aporte, en los espacios públicos abiertos o cerrados de cualquier índole; IV.- Disfrutar de los servicios públicos estacionarios en igualdad de oportunidades y circunstancias; V.- Facilitar el acceso y desplazamiento con las formas de asistencia humana, animal o cualquier otro medio técnico o electrónico, tecnológico que la ciencia aporte, en el interior de espacios laborales, comerciales y recreativos; … SEGUNDO.- SE ADICIONAN las fracciones VII, VIII, IX, X, XI, XII, del artículo 9 y las fracciones VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX del artículo 16 de La Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 9.- … I a VI … VII.- Las políticas y programas, deberá tomar en cuenta la protección y promoción de los derecho humanos de las personas con discapacidad; VIII.- Prever en el ámbito de su competencia que las personas,empresas u organizaciones discriminen por motivos de discapacidad; IX.- Promover en el ámbito de su competencia la investigación, el desarrollo y disponibilidad de nuevas tecnologías con el fin de apoyar a las personas con discapacidad; X.- Evitar en el ámbito de su competencia cualquier forma de explotación violencia, abuso y toda forma de discriminación hacia las personas con discapacidad; XI.- La protección legal a todas las personas con discapacidad; XII.- Detectar e investigar en el ámbito de su competencia los casos de explotación violencia, abuso y toda forma de discriminación hacia las personas con discapacidad;

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Artículo 16.- … I.-a V.-… VI.- Participar activamente en los procesos de decisiones sobre políticas y programas que les afecte directamente; VII.- A no ser sometido a cualquier forma de explotación violencia, abuso y toda forma de discriminación; VIII.- A que la autoridad correspondiente detecte e investigue en el ámbito de su competencia los casos de explotación violencia, abuso y toda forma de discriminación hacia las personas con discapacidad; IX.- Expresar su opinión libremente sobre cuestiones que les afecten; X.- El reconocimiento de las capacidades, méritos, habilidades y sus aportaciones en relación con el lugar de trabajo y mercado laboral; XI.- Reconocimiento de su personalidad jurídica; XII.-Que no sean privadas de sus bienes de manera arbitraria; XIII.- Ser sometidos a experimentos médicos o científicos bajo su libre consentimiento; XIV.- A que se respete su integridad física y mental en igualdad de condiciones con los demás; XV.- A elegir su lugar de residencia, donde y con quien vivir, en igualdad de condiciones con los demás; XVI.- Ejercer el derecho a la libertad de información, expresión y opinión; XVII.- A la privacidad de la información personal, de salud y de rehabilitación, en igualdad de condiciones con los demás; XVIII.- Derecho a la educación en todos sus niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida, en igualdad de condiciones; XIX.- Participar plena y efectivamente en la vida política y pública; XX.- A su integración en la sociedad por parte de autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a las tecnologías de información, justicia, a los servicios policiales, y las actividades políticas y de administración; XV.- A gozar de libertad de pensamiento, conciencia y religión; T R A N S I T O R I O S.

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PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las demás disposiciones que se opongan al presente ordenamiento. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 18 DE FEBRERO DE 2014 DIP. MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA DIP. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ

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DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO P R E S E NT E S Los suscritos, Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 44 fracción II, 136, 137, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado; y demás relativos aplicables, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía la siguiente INICIATIVA DE DECRETO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E RA N D O S Nuestro sistema político mexicano encuentra fortaleza en su origen democrático y en su integración plural. La distribución de competencias, la división de poderes y de niveles de gobierno han permitido al Estado extender sus alcances y generar más y mejores resultados a favor de la ciudadanía. Con instituciones legítimas y gobiernos cercanos a la gente es posible construir plataformas apegadas a la realidad social y, en consecuencia, atender las necesidades que día a día se generan en la dinámica estatal y regional. El artículo 115 de nuestra Carta Magna reconoce en el municipio la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado. Aquello, aunado al ejercicio de un gobierno elegido del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, lo convierten en la mejor fórmula para el desarrollo social. Cada tres años la ciudadanía acude a las urnas para elegir quien habrá de encabezar los esfuerzos desde al Ayuntamiento para mejorar sus condiciones y las del municipio, y es justamente la ciudadanía quien mandata e impone a quien habrá de sustituir a las autoridades salientes, de ahí que esa misma voluntad que los eligió debe ser acatada sin regateos.

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Hoy en día, es común conocer casos en que las autoridades salientes y las electas no llevan una buena relación, ya sea por fondos políticos, económicos o personales. Lo anterior, pone en entredicho la gobernabilidad, genera incertidumbre y atenta contra los intereses ciudadanos, debido a la posible ausencia o menoscabo en la prestación de servicios. Es indispensable que los actores políticos de los municipios, en específico las autoridades salientes y las electas, refrenden su compromiso con la sociedad y aparten cualquier pretensión o interés ajeno al beneficio social. Es una obligación moral y legal realizar el acto de entrega – recepción entre las autoridades municipales involucradas. Así lo mandata el artículo sesenta y cinco de la Ley Orgánica Municipal que a la letra dice: El Ayuntamiento saliente hará entrega al Ayuntamiento electo, de la documentación que contenga la situación que guarda la Administración Pública Municipal dentro de un plazo de cinco días contados a partir de la fecha de toma de posesión del Ayuntamiento electo. Lo anterior cobra mayor relevancia si tomamos en consideración que con dicho acto se abona a la transparencia y a la rendición de cuentas, lo cual es determinante para el funcionamiento de la administración pública municipal, ya que existen casos en que las autoridades entrantes no cuentan con elementos materiales, humanos o financieros para ejercer sus atribuciones y prestar los servicios que por ley les competen. Recientemente se efectuó en nuestro Estado la renovación de los 217 Ayuntamientos que lo integran. Durante este proceso de transición existieron comentarios constantes por parte de las autoridades electas, sobre la necesidad de ampliar el proceso de entrega – recepción en cuanto a su preparación, de manera que exista pleno conocimiento de la situación en que se recibe la administración pública municipal y de los recursos con los que se cuenta para hacer frente a las necesidades de los ciudadanos, además, para contar de igual forma durante este periodo preparatorio, con la asesoría profesional y puntual de la Auditoría Superior del Estado y, de ser necesario, con el auxilio de la

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Secretaría General de Gobierno para garantizar la seguridad, la gobernabilidad y la entrega correcta de los recursos que integran el patrimonio municipal. Lo anterior es justamente lo que se pretende con la presente reforma, ampliar, organizar y fortalecer el proceso de entrega – recepción y garantizar la intervención oportuna de las autoridades municipales y estatales, para su correcto desahogo en beneficio de la sociedad poblana. Por lo anteriormente expuesto propongo la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO: PRIMERO.- SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 65, Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 65 BIS DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, PARA QUEDAR COMO A CONTINUACIÓN SE INDICA: CAPÍTULO V DEL GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS SECCIÓN III DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL ARTÍCULO 65.- La entrega – recepción es el procedimiento administrativo de interés público, de cumplimiento obligatorio y formal, mediante el cual un servidor público que concluye su función hace entrega del despacho a su cargo al servidor público que lo sustituye en sus funciones o a quien se designe para tal efecto o, en su caso, al órgano de control interno de la entidad pública de que se trate. Tiene como finalidad garantizar la continuidad de la función pública, administrativa y de gestión de los órganos municipales mediante la transferencia ordenada, precisa y formal de los bienes, derechos y obligaciones del que se es titular. El Ayuntamiento saliente hará entrega al Ayuntamiento electo, de la documentación

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que contenga la situación que guarda la Administración Pública Municipal dentro de un plazo de cinco días contados a partir de la fecha de toma de posesión del Ayuntamiento electo. En el acto de entrega-recepción, deberá estar presente un representante de la Auditoría Superior del Estado del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado. y, de ser necesario, de la Secretaría General de Gobierno del Estado, quienes durante todo el proceso, incluyendo su preparación, orientaran y mediaran la transición entre autoridades salientes y electas. La entrega-recepción no podrá dejar de realizarse por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia. El servidor público que se encuentre obligado a participar en el proceso de entrega – recepción y se niegue a hacerlo, u obstruya o dilate de alguna manera su desarrollo, será acreedor a las sanciones establecidas en esta ley y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado. ARTÍCULO 65 BIS.- A más tardar cuarenta y cinco días antes del cambio de administración del Ayuntamiento, se deberá integrar una Comisión compuesta por el Presidente Municipal saliente y por el electo, así como por el Sindico Municipal, el Secretario General, el Tesorero, el Contralor Municipal y el Regidor de Patrimonio y Hacienda Pública Municipal en funciones, y aquellas personas que el segundo designe, con el objeto de definir el formato de desarrollo del procedimiento administrativo de entrega – recepción, y la calendarización de las reuniones preparativas que los titulares de los organismos municipales deberán realizar durante este periodo. No será aplicable lo dispuesto en el párrafo anterior, en aquellos casos en que no exista autoridad electa dentro de los términos señalados. Para efectos de lo anterior, el acto de entrega - recepción se entenderá entre el Ayuntamiento electo, una vez que así lo haya declarado la instancia electoral competente, y la autoridad saliente, o el Concejo Municipal en ejercicio, según sea el caso, debiendo realizarse este sin mayor demora. SEGUNDO.- SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 7 Y 114,

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FRACCIONES V Y VI, DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS PARA EL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUEDAR COMO SIGUE: CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 7.- Las actuaciones y diligencias que se lleven a cabo por o ante la Auditoría Superior o sus representantes, se practicarán en días y horas hábiles, con excepción del proceso de entrega – recepción de los Ayuntamientos, mismo que incluye su preparación y que podrá realizarse también en días inhábiles. Son horas hábiles, las comprendidas entre las 8:00 y las 16:00 horas. CAPÍTULO XIII DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE PUEBLA Artículo 114.- La Auditoría Superior además de las atribuciones que le confiere el artículo 23 de esta Ley, tendrá las siguientes: V.- Coadyuvar con los Ayuntamientos, de conformidad con las disposiciones aplicables, en el establecimiento de las bases y guías para llevar a cabo la preparación y el procedimiento de la entrega-recepción de las haciendas públicas municipales; VI.- Vigilar que los Ayuntamientos cumplan oportunamente con la preparación y el procedimiento de entrega-recepción de las haciendas públicas municipales, enviando representantes que testifiquen los actos respectivos el acto respectivo; T RA N S IT O R I O S PRIMERO.- El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

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AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 18 DE FEBRERO DE 2014

DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES

DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de este órgano colegiado la Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 26 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, de conformidad a con los siguientes: C O N S I D E RA N D O S Que la Carta Magna es la fuente de donde emanan toda la normatividad que rige la vida interna de nuestro país, al articular y determinar las funciones y facultades de cada una de las Instituciones que existen al interior de nuestro Estado y al mismo tiempo, para regular las relaciones que existen entre los ciudadanos con el Estado y las existentes entre los mismo ciudadanos. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos expedida el diecisiete de febrero de mil novecientos diecisiete, estableció el camino para fomentar la igualdad y el trato digno de todos los integrantes de la sociedad, hecho que la caracterizó como la primera en salvaguardar los hoy denominados “derechos sociales”, los cuales, hasta nuestro días son una pieza fundamental para garantizar a los ciudadanos condiciones de vida dignas. Que como legisladores, nuestra tarea se centra en mantener un orden jurídico acorde a las necesidades que van surgiendo en la sociedad que representamos, también, debemos cuidar que a través de las leyes no se vulnere ninguno de los derechos fundamentales que gozamos como individuos y que son resultado de la lucha incesante efectuada a lo largo del tiempo y, que hoy, gracias a ese tipo de acciones, son reconocidos por el gobierno en el documento más importantes que una nación puede tener. Que el trabajo, es la actividad más importante en la vida de las personas, ya que a través de él, obtenemos los elementos necesarios para la manutención de nuestras

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necesidades básicas como la alimentación, el vestido, la salud, la vivienda y la educación entre otras, y no sólo esto, sino que también a través de las actividades laborales, podemos generar los distractores suficientes para salir de las rutinas cotidianas al tener la capacidad de allegarnos de elementos para fomentar la recreación y hacer cómodo nuestro modo de vivir. Que con el desarrollo laboral de los individuos no sólo se ven beneficiados los que ejecutan un empleo, sino que es una cadena que va dejando consecuencias positivas para todos los miembros de una sociedad. Que en la actualidad, el desarrollo de las actividades laborales ya no existen distinciones por género, gracias a los avances que se han dado en materia de equidad, hoy debido a éstos, podemos encontrar a hombres y mujeres desarrollando trabajos iguales y gozando de los mismos derechos, sin embargo es necesario dejar en claro que aunque tanto hombres como mujeres somos iguales para todo, también lo es que deben existir condiciones diferentes para cada uno, en este sentido, las mujeres deben gozar de condiciones especiales cuando de maternidad estamos hablando, nuestra Constitución Política Federal, en su artículo 123 apartado B regula lo relativo a las relaciones entre el estado y sus trabajadores, los derechos y obligaciones que deben ser observadas por ambas partes, en este sentido la fracción XI inciso C, establece: “Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otros dos después del mismo…” Que como pioneros en esta materia, es fundamental velar que en cada una de nuestras leyes se encuentren contenidos los derechos sociales mínimos consagrados por nuestra Constitución Política, con base en lo anterior, encontramos que en la Ley que se pretende reformar a través de la presente iniciativa no se encuentra acorde a la norma fundamental de nuestro estado de derecho, ya que únicamente se otorga post parto mes y medio de recuperación cuando el mínimo constitucional establece dos meses de recuperación. Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía el siguiente: Decreto que reforma el primer párrafo del artículo 26

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de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado ÚNICO.- Se reforma el primer párrafo del artículo 26 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, para quedar como sigue: Artículo 26.- Las mujeres embarazadas, disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto y de otros dos después del mismo, con goce de sueldo íntegro en ambos casos. Durante la lactancia, tendrá dos descansos extraordinarios al día, de media hora cada uno, para amamantar a sus hijos, previos dictámenes médicos oficiales. … T RA N S IT O R I O S PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 17 DE FEBRERO DE 2014 AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los que suscriben, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de este órgano colegiado el siguiente Punto de Acuerdo por el que se propone se reinstale la placa conmemorativa en el Jardín de Santa Inés de esta Ciudad de Puebla, en homenaje a la heroica participación del Batallón Chiapas en el Sitio de Puebla de 1863. Que en el año de mil ochocientos sesenta y tres tuvo lugar la batalla conocida como el Sitio de Puebla, que duró del dieciséis de marzo al diecisiete de mayo, disputada entre las fuerzas del ejército de oriente, comandado por el Zacatecano Jesús González Ortega y el ejército francés, encabezados por Frederic Forey. Que en dicho enfrentamiento, participaron alrededor de veintiún mil soldados, quienes estuvieron dispuestos a entregar su vida con tal de defender la Soberanía nacional, convirtiendo a nuestro Estado, como el más fortificado de todo el país por la gran amenaza que significaba el reagrupamiento del ejército francés, el cual fue derrotado por el General Ignacio Zaragoza el cinco de Mayo de mil ochocientos sesenta y dos. Que esta batalla significo un gran reto para nuestros compatriotas, quienes nunca se dieron por vencidos y mucho menos amedrentados por los que eran considerados como el mejor ejercito del mundo y que durante sesenta y dos días lucharon incansablemente para evitar que nuestro territorio fuera invadido por la nación francesa, situación que resultó muy complicada debido a la superioridad del enemigo y las carencias reinantes al interior de nuestro ejército, pero quienes a pesar de estas contrariedades, demostraron que nunca cederían a las pretensiones y defenderían hasta el final nuestro territorio. Que el Presidente de México Benito Juárez García a través de un Decreto presidencial solicitó apoyo a todos los estados, para que enviaran ayuda económica, de municiones y de tropas a la Ciudad de Puebla con tal de hacer frente al inminente ataque del ejército francés, obteniendo la respuesta favorable del Estado de Chiapas, quienes en un acto de soporte enviaron tropas y apoyo económico necesario para tratar de obtener un triunfo en la defensa de la nación.

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Que en tan heroico suceso participaron 480 chiapanecos al mando del Coronel José Pantaleón Domínguez, tío del Doctor Belisario Domínguez, a la postre, Gobernador de su estado en tres ocasiones. Este significativo suceso confirma la activa participación de Chiapas en la conformación de México como una nación libre y soberana, a cuyo desarrollo político, económico y social contribuye sostenidamente. Que el Sitio de Puebla de 1863, es un hito que es recordado por todos los mexicanos y que le valió a nuestra ciudad para ser recordada hasta ese momento como las dos veces Heroica Puebla de Zaragoza,. Que en el fuerte de Santa Inés hoy un jardín, ubicado a tan sólo un par de calles de este Palacio Legislativo, el día veinticinco de abril de mil ochocientos sesenta y tres se desató una encarnizada lucha entre el ejército francés y el ejército de oriente apoyados por el Batallón de Chiapas, por la defensa de la plaza, en la que una vez más se demostró que la fuerza de los mexicanos nace de la unión y el entendimiento. En homenaje al referido acontecimiento, fue colocada en aquel lugar una placa que remembraba los actos heroicos que ahí acontecieron, la cual hace unos años fue robada y hasta la fecha no ha sido respuesta, situación que no debe pasar desapercibida y que nos compromete a actuar en consecuencia para mantener firme el legado de aquellos valientes compatriotas. Por lo manifestado, se propone emitir el siguiente: ACUERDO ÚNICO.- Se reinstale la placa conmemorativa en el Jardín de Santa Inés de esta Ciudad de Puebla, en homenaje a la heroica participación del Batallón Chiapas en el Sitio de Puebla de 1863. AT E NTA M E NT E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 17 DE FEBRERO DE 2014 AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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CC. INTEGRANTES DE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO. El que suscribe, DIPUTADA MA. EVELIA RODRIGUEZ GARCIA, con la facultad que me confieren los artículos 57 fracción I, 63 fracción II, 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y artículo 44 fracción II, 144 II, 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y el Articulo 120 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; someto a consideración del Pleno de este Poder Legislativo, la siguiente: INICIATIVA DE LEY ESTATAL DE APOYO A JEFAS DE FAMILIA, al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En la actualidad, las mujeres han adquirido un papel de gran relevancia e importancia en su entorno socioeconómico, púes juegan un rol diferente en comparación con décadas pasadas. A través del tiempo, la responsabilidad económica de la mujer se ha incrementado, pero no ha cambiado su posición en la sociedad, a pesar de que desde hace mucho se ha dado a la tarea de buscar una solución a los problemas colectivos, independientemente de la estructura familiar, es decir, solas o aliado de sus cónyuges o parejas. Las mujeres por diferentes circunstancias han tenido que asumir las obligaciones de jefas de familia como proveedoras únicas y responsables de los ingresos y las labores del hogar, y cubrir aspectos como los afectivos-emocionales y formadores de los hijos. Se considera como jefe de familia a aquel miembro del núcleo familiar que se encuentra en una posición jerárquica superior al resto de la organización familiar, es aquel que detenta mayor autoridad en la toma de decisiones y el principal soporte económico del hogar. El rol de jefe de familia, tradicionalmente, se le asigna al varón debido a que los estereotipos de género designan a éste como proveedor, sin embargo, factores como el abandono marital, la gran movilidad de los varones, la mayor esperanza de vida femenina, así como la incorporación de las mujeres al mercado laboral extradoméstico se ha incrementado el numero de hogares con jefatura femenina. Ser mujer Jefa de Familia implica la responsabilidad: manutención, educación y búsqueda de todo tipo de satisfactores a todas las necesidades de la familia. Se entiende que

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esta es una jefatura declarada, donde la mujer es la única que toma decisiones, pero debe enfrentarse a las limitaciones que se le presenten en su entorno económico y social. Debido a esa situación de vulnerabilidad, a la que se enfrenta un gran número de mujeres Jefas de Familia de escasos recursos en el Estado, sufren inequidad y desigualdad en su desarrollo social, humano y como consecuencia de ello, sus hijos o sus dependientes económicos tienen que enfrentarse a un umbral de mayor adversidad, al no contar con la atención de sus necesidades básicas. En estos términos, debemos tener claro que las mujeres que son jefas de familia enfrentan la doble necesidad de obtener ingresos suficientes para sus familias y atender las responsabilidades del cuidado y crianza de sus hijos al mismo tiempo. De acuerdo con las cifras establecidas por el INEGl, el estado de Puebla, tiene un porcentaje del 25 % de mujeres jefas de familia en toda la entidad, solo por debajo del Distrito Federal, 31% Estado de Morelos, 27% el Estado de Guerrero, 27% estado de Veracruz, 27% los Estados de Baja California y Colima con 26% cada uno. De lo anterior, se desprende la imperiosa necesidad de generar un ordenamiento legal que garantice protección y apoyo a las mujeres Jefas de Familias, a través de programas de apoyo que contribuyan al mejoramiento de la condición económica y social de este segmento de la sociedad, con el objeto de que su creación y cumplimiento resulte obligatoria en todo el Estado. En este sentido, considero que aún cuando existen diversos programas para favorecer el desarrollo de las mujeres en diversos ámbitos, ello no implica que necesariamente se brinden los apoyos adecuados al segmento de las jefas de familia, es por ello que es de suma importancia incluir en los programas de políticas públicas, apoyos para las mujeres que son Jefas de Familia y requieren del apoyo del estado a fin de garantizar una mejor calidad de vida para ellas y sus hijos. Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente iniciativa: INICIATIVA CON PROYECTO DECRETO QUE CREA LA LEY ESTATAL DE APOYO A JEFAS DE FAMILIA ARTICULO ÚNICO. Se expide la Ley Estatal de Apoyo a Jefas de Familia, para quedar

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de la siguiente manera: LEY ESTATAL DE APOYO A JEFAS DE FAMILIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La presente Ley es de observancia general en el Estado de Puebla, y sus disposiciones son de orden público e interés social. Articulo 2.- El presente ordenamiento tiene por objeto sentar las bases para que el Estado otorgue apoyo y asistencia a las jefas de familia, mediante la implantación de políticas públicas y programas que les garanticen beneficios que sean necesarios para mejorar su calidad de vida y la de sus menores hijos y puedan alcanzar una plena integración a la sociedad. Artículo 3.- La aplicación de la presente Ley corresponde al Poder Ejecutivo del Estado, a través de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, en el ámbito de sus respectivas competencias, y aquellas que en esta ley se señalen, las cuales deberán implementar las acciones necesarias para apoyar a las jefas de familia y velarán por el correcto ejercicio de sus derechos y obligaciones, así como garantizar la efectividad de esta Ley. Artículo 4.- Para los efectos de esta Ley se entiende por Jefas de Familia la mujer que, independientemente de su estado civil, tenga bajo su responsabilidad la manutención de sus hijos menores de edad, sin el apoyo económico del cónyuge, concubinario, ni de cualquier otro miembro del núcleo familiar. Artículo 5.- Son principios rectores de la presente Ley: I.-Igualdad de oportunidades para todas las mujeres Jefas de Familia. II.-Bienestar físico y mental de las madres y sus dependientes económicos. III.-Integración de las Jefas de Familia a la vida económica y social, sin discriminación ni exclusión. IV.-Políticas Públicas compensatorias para contrarrestar la vulnerabilidad económica y social de las Jefas de Familia. CAPITULO II DE LOS DERECHOS DE LAS JEFAS DE FAMILIA.

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Artículo 6.- De manera enunciativa, más no limitativa, esta Ley reconoce a las jefas de familia los siguientes derechos: I. Acceder a los diversos programas que en su beneficio implementen las dependencias y entidades del Ejecutivo del Estado; II. Gozar de atención médica y psicológica gratuita, cuando no cuenten con servicios de seguridad social a cargo de alguna institución pública; III. Recibir educación básica de conformidad con los programas que al efecto se establezcan por la autoridad competente; IV. Tener acceso a becas educativas, de conformidad con las disposiciones aplicables, que les permitan iniciar o continuar con sus estudios de nivel medio superior, superior o técnico; V. Ocupar espacios laborales en el sector Público; recibir capacitación para el autoempleo; y orientación profesional para conciliar sus actividades laborales con la vida familiar; VI. Ser sujetas a programas de asistencia social, y recibir el apoyo económico otorgado por el Gobierno del Estado establecido en el presupuesto de egresos correspondiente; VII. Recibir asesoría técnica y financiamiento para llevar a cabo los proyectos productivos que propongan, conforme a las disposiciones legales aplicables; VIII. Recibir orientación, asesoría jurídica y la asistencia necesaria para gestionar los apoyos y servicios derivados de los programas públicos instrumentados o que se instrumenten en su beneficio; IX. A que sus hijos menores de edad accedan de manera preferencial a los apoyos y servicios de atención médica y psicológica gratuita; recibir educación básica; servicio de guarderías y el acceso a becas educativas; X. Ser sujetas de incentivos fiscales en términos de la Ley en la materia; y XI. Gozar plenamente los demás derechos consignados en la presente Ley y en otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables. CAPÍTULO III DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Y PROGRAMAS DE ASISTENCIA Artículo 10.- Tendrán derecho a los beneficios de esta Ley, las mujeres Jefas de Familia que reúnan los siguientes requisitos: I.

No contar con el apoyo de otras instituciones públicas o privadas.

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II. Tener bajo su dependencia económica descendientes en línea directa que sean menores de edad, o personas cuya condición física o mental les impidan realizar actividad económica alguna; y III. Que residan en el Estado de Puebla con una antigüedad mínima comprobable de 2 años anteriores a la fecha en que soliciten por primera vez los apoyos que refiere esta Ley Articulo 11.- También será aplicable lo dispuesto en la presente ley, a las mujeres Jefas de Familia que hayan entablado demanda de alimentos para ellas y sus menores hijos, siempre y cuando reúnan los elementos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 12.- Las Jefas de Familia, así como sus hijos, podrán acceder a los apoyos y servicios previstos en la presente Ley que otorgue el Gobierno del Estado, a través de sus dependencias y entidades, siempre y cuando acrediten las condiciones a que se refiere este ordenamiento, así como los demás requisitos que, en su caso, se establezcan en otras disposiciones jurídicas o reglas de operación aplicables a los programas en los cuales se contemplen tales apoyos o servicios. Artículo 13.- El Ejecutivo del Estado, a través de sus entidades y dependencias, deberá llevar a cabo el respectivo estudio socioeconómico a las mujeres Jefas de Familia para acreditar su situación de desventaja socioeconómica y poder así, acceder a los apoyos a que hace referencia esta Ley. Artículo 14.- El incumplimiento por parte de las jefas de familia o por sus hijos de algunos de los requisitos o de las obligaciones previstas en las disposiciones aplicables, en relación a los otorgamientos de los apoyos previstos en ésta y otras leyes, originará la negativa o suspensión de los mismos, según sea el caso. Artículo 15.- El Gobierno del Estado, a través de sus entidades y dependencias, conforme a la disponibilidad presupuestal, promoverá e implementará políticas públicas y programas de apoyo preferenciales, en materia de formación educativa, de capacitación, de asesoría técnica y jurídica, de apoyo y financiamiento de proyectos productivos y el autoempleo, de servicios de salud, de guardería y asistencia social y demás acciones en beneficio de las Jefas de Familia y sus hijos menores de edad. Artículo 16.- En el proyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado para el ejercicio fiscal que corresponda, deberán preverse las partidas correspondientes para impulsar los programas y acciones a que se refiere el presente capítulo, conforme

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a la disponibilidad presupuestal aprobada en el citado Presupuesto de Egresos. Artículo 17.- La ejecución de los proyectos y programas de apoyo a que se refiere esta Ley, estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria que anualmente apruebe el Congreso del Estado. CAPITULO IV DE LAS ACCIONES GUBERNAMENTALES Articulo 18.- El Gobierno del Estado, a través de sus dependencias y entidades, promoverá e implementará políticas públicas y programas de apoyo preferenciales, en materia de formación educativa, de capacitación de asesoría técnica y jurídica, de apoyo y financiamiento de proyectos productivos y de autoempleo, de servicios de salud, de guardería y asistencia social y demás acciones en beneficios de las madres Jefas de Familia y de sus hijos menores de edad. Articulo 19.- El Ejecutivo del Estado, a través de sus Dependencias y Entidades, brindarán asesoría a las Jefas de Familia, sobre los programas de apoyo a las mismas que implementen en sus respectivos ámbitos de competencia. La dependencias u organismos que operen programas de protección y apoyo a las Jefas de Familia deberán realizar campañas de credencialización tendientes a que las acreditadas tengan un fácil acceso a los derechos preferenciales señalados en esta Ley. Articulo 20.- El Ejecutivo del Estado, a través de sus dependencias y entidades, podrá coordinarse con autoridades de los municipios del Estado, con el fin de impulsar en forma conjunta, acciones para diseñar, elaborar, instrumentar y promover programas de apoyo a favor de mujeres Jefas de Familia, que propicien el mejoramiento de las condiciones de vida. Artículo 21.- La Secretaría de Desarrollo Social, en coordinación con las demás dependencias y entidades estatales, promoverá el diseño, elaboración e implementación de programas de apoyo que beneficien a las Jefas de Familia. Articulo 22.-La Secretaría de Salud Pública, los Servicios de Salud y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Puebla, promoverán gratuitamente atención Médica y Psicológica a las Jefas de Familia y a sus hijos menores de edad,

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siempre y cuando no cuenten con servicios de Seguridad Social a cargo de alguna Institución Pública. Articulo 23.- La Secretaria de Educación Pública, realizará las acciones conducentes para asegurar que las mujeres Jefas de Familia que no hubiesen iniciado o bien que hayan iniciado y no concluyeron sus estudios en nivel de educación básica, los concluyan. Además asegurarán ante las Instituciones Públicas, el otorgamiento de becas económicas y educativas a Jefas de Familia, así mismo promoverán ante las instituciones privadas el otorgamiento de ellas, para que puedan contar con una mayor preparación académica que les permita el acceso a mejores oportunidades de desarrollo para ellas y sus hijos. Articulo 24.- Con la participación de los sectores social y privado, se promoverá el establecimiento de guarderías y estancias infantiles, en las cuales se brinde, en forma gratuita, alimentación, cuidados y educación a los hijos de las madres Jefas de Familia, mientras éstas trabajan o se capacitan para el trabajo. Artículo 25.- La Secretaría de Economía, La Secretaria de Desarrollo Social y el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Puebla impulsarán programas de capacitación para el trabajo y el acceso a los mismos a las Jefas de Familia, para que al término de éstos tengan mayores oportunidades de conseguir un empleo mejor remunerado. Durante el tiempo que dure la capacitación, dichas mujeres podrán recibir diariamente por el Gobierno del Estado el equivalente a un salario mínimo vigente en la capital del Estado. Asimismo, dará prioridad a las mujeres Jefas de Familia, para que, a través de la bolsa de trabajo que organice, sean contratadas en las mejores condiciones por el sector empresarial que requiera personal femenino capacitado. Artículo 26.- La Secretaría de Economía, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social, implementará y promoverá programas de asesoría técnica, apoyo, financiamiento y seguimiento a proyectos productivos que propongan las mujeres Jefas de Familia.

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Articulo 27.- La Secretaría de Finanzas otorgará incentivos fiscales, de conformidad por lo dispuesto en las disposiciones legales aplicables, a las jefas de familia que establezcan micro o pequeñas empresas. Articulo 28.- El Instituto Poblano de la Mujer proporcionará, a las Jefas de Familia, orientación, asesoría jurídica y asistencia legal. CAPÍTULO V DE LAS SANCIONES Articulo 29.- Los Servidores Públicos responsables del cumplimiento de la presente Ley, se que abstengan u omitan cumplir con la obligación de actuar bajo los principios señalados en esta Ley, serán sancionados de conformidad con los ordenamientos legales aplicables. Artículo 30.- Los Servidores Públicos encargados del cumplimiento de la presente Ley, deberán abstenerse de condicionar o negar el otorgamiento de los apoyos a las Jefas de Familia, ni emplearlo para hacer proselitismo partidista o personal, en caso contrario serán sancionados de conformidad a los ordenamientos legales aplicables. T RA N S IT O R I O S PRIMERO.- Una vez que sea aprobada la presente Ley, publíquese en el Periódico Oficial del Estado de Puebla, órgano de difusión de Gobierno del Estado. SEGUNDO.- El Ejecutivo del Estado deberá prever anualmente en el presupuesto de egresos correspondiente, una partida presupuestal para el cumplimiento de la presente Ley. TERCERO.- La presente Ley entrará en vigor, el dia siguiente de su publicación en el Periodico Oficial. Recinto Legislativo a 19 de Febrero de dos mil catorce. AT E NTA M E NT E DIP. MA. EVELIA RODRIGUEZ GARCIA.

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DICTAMENES / MINUTAS APROBADAS

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COMUNICADOS OFICIALES

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Extracto de los asuntos existentes en cartera que no requieren una disposición de la Cámara y son tramitados por la Presidenta de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión Ordinaria del día Miércoles 5 de Febrero de 2014. Circular de fecha 27 de diciembre de 2013 del Oficial Mayor del Congreso del Estado de Tabasco, en la que informa que el Presidente de la Comisión Permanente tuvo a bien hacer la declaratoria de la nueva integración de la Junta de Coordinación Política de esa Legislatura. Recibo y Enterado. Oficio Circular 106 de los Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Guanajuato, comunicando la clausura de los trabajos legislativos del Primer Período Ordinario de Sesiones y la instalación de la Diputación Permanente. Recibo y Enterado. Circular P.O.1/15/2013 de la Secretaria de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos, informando de la clausura del Primer Período Ordinario de Sesiones y la instalación de la Diputación Permanente para el Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional. Recibo y Enterado.

Extracto de los asuntos existentes en cartera que no requieren una disposición de la Cámara y son tramitados por la Presidenta de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión Ordinaria del día Miércoles 12 de Febrero de 2014. Circular Número 5 del Oficial Mayor del Congreso del Estado de Oaxaca, por la que informa que esa Legislatura acordó no adherirse al Proyecto de Decreto por el que se Reforma la Fracción I del Artículo 76, la Fracción X del Artículo 89 el Inciso g) de la Fracción II del Artículo 133 y se deroga el Párrafo Segundo de la Fracción I del Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Enterado y se archiva en el expediente respectivo. Oficio DGPL-2P2A.-125.20 de la Vicepresidenta de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, comunicando que esa Cámara se declaró instalada para su Segundo Período de Sesiones Ordinarias. Recibo y enterado.

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Oficio 0787/2014 de la Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Guerrero, por el que hace del conocimiento la Clausura de los Trabajos Legislativos correspondientes al Primer Período Ordinario de Sesiones. Recibo y enterado. Oficio 0774-F18/14 de los Diputados Integrantes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, informando del acuerdo por el que se integra la Mesa Directiva de esa Legislatura, para el Período del 15 de enero de 2014 al 14 de enero de 2015. Recibo y enterado. Circular número 36 del Oficial Mayor del Congreso del Estado de Colima, comunicando la Elección de Presidente y Vicepresidente para el Primer Período Ordinario de Sesiones. Recibo y enterado. Oficio 001/2014-P.E. de los Diputados Presidente y Secretario de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Quintana Roo, comunicando la Elección de la Mesa Directiva y Declaratoria de Apertura y Clausura del Primer Período Extraordinario de Sesiones. Recibo y enterado.

Extracto de los asuntos existentes en cartera que no requieren una disposición de la Cámara y son tramitados por la Presidenta de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión Ordinaria del día Viernes 14 de Febrero de 2014. Oficio Número 0776-F18/14 de los Diputados de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, por el que comunican que esa Legislatura Clausuró su Segundo Año Legislativo. Recibo y enterado. Oficio 0788/2014 de la Diputada Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Guerrero, en el que hace del conocimiento de la Instalación de los Trabajos Legislativos correspondientes al Primer Período de Receso y la conformación de la Comisión Permanente que fungirá del 16 de enero al 28 de febrero de 2014.

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Recibo y enterado. Circulares números 15, 16,17 y 18 del Diputado Secretario del Congreso del Estado de Campeche, comunicando la Clausura del Primer Período Ordinario de Sesiones, Instalación de la Diputación Permanente del Primer Período de Receso, Apertura y Clausura del Primero y Segundo Período Extraordinario de Sesiones. Recibo y enterado. Ocursos de los Presidentes Municipales de Zacapoaxtla, Tlapacoya, Chiconcuautla, Atzitzintla, Ahuacatlán, Atlequizayan, Ajalpan, San José Chiapa, Atzitzihucan, Tlapanalá, Teteles de Ávila Castillo e Ixtacamaxtitlán, por los que remiten copia de su Tercer Informe de Gobierno. Enterado y se remiten a la Presidenta de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.

Extracto de los asuntos existentes en cartera que no requieren una disposición de la Cámara y son tramitados por la Presidenta de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión Ordinaria del día Miércoles 19 de Febrero de 2014. Oficio de fecha 5 de febrero del 2014 de la Secretaria de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos, por el que remite Decreto aprobado por esa Legislatura relativo a la Minuta por el que se Reforma los Párrafos Primero y Último del Artículo 25, y Párrafo Primero y Tercero del Apartado A del Artículo 26 ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recibo y enterado. Oficio de fecha 5 de febrero de 2014, de la Secretaria de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos, en el que anexa copia del Decreto por el que se aprueba la Minuta de Decreto que Reforma y Adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de transparencia. Recibo y enterado. Circular número 21/2014 de los Integrantes de la Diputación Permanente del Congreso del Estado de Yucatán, comunicando la Integración de la Mesa Directiva que fungirá durante el Segundo Período Ordinario de Sesiones.

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Recibo y enterado. Circular Número 2/2013 del Presidente del Congreso del Estado de Chihuahua, haciendo del conocimiento de la Clausura de los Trabajos del Primer Período Ordinario de Sesiones y la Elección de la Mesa Directiva que presidirá los trabajos de la Diputación Permanente. Recibo y enterado. Circular Número 18/2014 de la Secretaria de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos, comunicando la apertura del Segundo Período Ordinario de Sesiones comprendido del 1 de febrero al 15 de julio de 2014. Recibo y Enterado. Circular HCE/OM/022/2014 del Oficial Mayor del Congreso del Estado de Tabasco, comunicando la apertura de los trabajos Legislativos del Primer Período Ordinario de Sesiones, comprendido del 01 de febrero al 15 de mayo del año en curso. Recibo y enterado. Ocursos de los Presidentes Municipales de Xochiapulco, San Martín Texmelucan, Xochitlán de Vicente Suaréz, Cuautinchán, Mixtla, San Andrés Cholula, Tehuacán, Ocotepec, Tlacotepec de Benito Juárez, Cuautlancingo y Vicente Guerrero, por los que remiten copia de su Tercer Informe de Gobierno. Enterado y se remiten a la Presidenta de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.

Extracto de los asuntos existentes en cartera que no requieren una disposición de la Cámara y son tramitados por la Presidenta de la Mesa Directiva, con los que da cuenta en la Sesión Ordinaria del día Jueves 27 de Febrero de 2014. Oficio Número DGFAUT/612/0068 de la Encargada del Despacho de la Dirección General de Fomento Ambiental Urbano y Turístico de la SEMARNAT, por el que da respuesta al acuerdo aprobado por esta Legislatura relativo a implementar Políticas Públicas a favor del medio ambiente. Enterado y se integra al expediente correspondiente.

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Oficio 146/13 I P.O. del Diputado Presidente del Congreso del Estado de Chihuahua, en el que informa de las medidas adoptadas por esa Legislatura, respecto a las normas para sancionar la conducta que cometan personas que maltraten animales domésticos. Recibo y enterado. Oficio de fecha 12 de febrero de 2014 de la Secretaria de Servicios Legislativos y Parlamentarios del Congreso del Estado de Morelos, por el que remite copia de la resolución emitida por esa Legislatura, por la que no se aprueba la Minuta que Reforma los Artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia Energética. Enterado y se integra al expediente correspondiente. Oficio Número 1130 del Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, comunicando el acuerdo que aprueba el calendario parcial de días inhábiles para el Poder Judicial del Estado. Recibo y enterado. Oficio Número 2091 de los Diputados de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Aguascalientes, comunicando la Instalación de la Sexagésima Segunda Legislatura así como la Integración de la Mesa Directiva del Primer Período Ordinario de Sesiones. Recibo y Enterado. Circular Número HCE/OM/0016/2014 del Oficial Mayor del Congreso del Estado de Tabasco, comunicando la Elección de la Mesa Directiva que fungirá durante el Primer Período Ordinario de Sesiones y la Clausura de los Trabajos Legislativos del Segundo Período de Receso. Recibo y enterado. Ocursos de los Presidentes Municipales de Chilchotla, Coyotepec, Tulcingo de Valle, Zihuateutla y Nopalucan, por los que remiten copia de su Tercer Informe de Gobierno. Enterado y se remiten a la Presidenta de la Comisión de Asuntos Municipales, para su conocimiento.

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EVENTOS

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- Se llevó a cabo la ceremonia cívica conmemorativa del veinticuatro de febrero, Día de la Bandera en las sede del Poder Legislativo, llevando a cabo guardias de honor a nuestro Lábaro Patrio. - Asimismo de develó de la placa conmemorativa a los miembros del Comité Pro Bandera y se presentó una exposición fotográfica alusiva al primer Comité Pro Bandera con documentos de su constitución y desarrollo.

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