Manual ¿Que hacer en caso de desaparición forzada?

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¿QUÉ HACER EN CASO DE DESAPARICIÓN FORZADA?

• Número de registro creado por la organización. • Fecha en que se emite la AU. • Nombres y direcciones a quien envía la Acción Urgente. Es importante comprender que una acción urgente debe ir dirigida a las autoridades que aparecen como responsables de las violaciones a los derechos humanos, y a quienes, por tanto, compete tomar cartas en el asunto. Nunca se debe enviar una acción urgente a una autoridad a la que no le compete el asunto. También se debe enviar a los organismos de derechos humanos tanto nacionales como internacionales (incluidas instituciones y Organizaciones No Gubernamentales) con el objetivo de que estén al tanto de los hechos, y en caso de ser posible, tomen cartas en el asunto. El nombre de la persona debe ir acompañado del cargo y del correo electrónico o dirección de ese funcionario. Para poder cumplir con este apartado es necesario que la organización que lleve el caso se haya dado a la tarea de generar los directorios necesarios para las acciones urgentes; estos directorios deben contemplar a las autoridades del país, y a las instituciones y organizaciones de derechos humanos tanto nacionales como internacionales, además deben de estar actualizándose constantemente. • Nombre y dirección de quien emite la acción urgente • Cuerpo de la denuncia • Relatoría de los hechos que implican las violaciones graves. A continuación se debe poner un resumen de la relatoría que explique los hechos ocurridos, estos van al principio ya que son los hechos que deseamos destacar. • Relatoría de antecedentes y contexto. En caso de que hubiera elementos que han ocurrido con anterio-

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