Proyecto Educativo C.E.Pr. Virgen de Fátima

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Proyecto Educativo de Centro en Educación Primaria. Bloque 1: 1. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar. 2. Líneas generales de actuación pedagógica. 3. Los criterios generales para elaborar las programaciones didácticas de cada una de las áreas de la educación primaria y de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la educación infantil.

Bloque 2 4. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial. 5. Los criterios pedagógicos para la determinación del horario de dedicación de las personas responsables de los órganos de coordinación docente, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. 6. Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado. 7. Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. 8. Los procedimientos de evaluación interna.

Bloque 3 9. La forma de atención a la diversidad del alumnado. 10. La organización de las actividades de refuerzo y recuperación. 11. El plan de orientación y acción tutorial. 12. El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias, de acuerdo con lo que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. 13. El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar, a que se refiere el artículo 14. El plan de formación del profesorado. 15. Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado. 16. Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el centro.


1. INTRODUCCIÓN Este centro asume los Fines y Principios establecidos en el artículo 1 y 2 de la LOE, así como los Principios generales y objetivos establecidos en los artículos 12 y 13, referidos a la Educación Infantil y los artículos 16 y 17, que hacen referencia a la Educación Primaria (22 y 23 en la ESO, 32 y 33 del Bachillerato y 39 y 40 de la Formación Profesional). Elaborar el Proyecto educativo del centro es una de las tareas más decisivas del equipo de profesores. El éxito del proceso de enseñanza y aprendizaje depende en gran medida del consenso previo de los diversos aspectos del plan de acción educativa: qué enseñar (objetivos y contenidos); cuándo enseñar (secuencia de objetivos y contenidos); cómo enseñar (metodología); y qué, cómo y cuándo evaluar (criterios de evaluación). Todo ello, junto con el desarrollo de las competencias básicas, la educación en valores, el planteamiento de la atención a la diversidad el alumnado y las líneas maestras de la orientación, configuran el Proyecto educativo del centro. El Proyecto educativo del centro se convierte así en una carta de navegación, un instrumento práctico y público que permite a cada profesor encuadrar sus programaciones de aula en el marco conjunto de actuación, y a todos los agentes educativos (dirección, profesores, familias y alumnos) conocer la propuesta pedagógica del centro, así como las correcciones generales que pueden plantearse o los mecanismos de refuerzo y ampliación que deben ponerse en marcha. Asimismo intentará actuar de acuerdo con los Principios que la Ley de Educación de Andalucía recoge: • Formación integral • Equidad • Respeto en el trato al alumnado. • Promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. • La Convivencia como meta y condición. • Respeto a la diversidad. diversidad • Potenciación de la autonomía, autonomía participación, responsabilidad. responsabilidad.


El PROYECTO EDUCATIVO DEL C.E.Pr. “VÍRGEN DE FÁTIMA” definirá los objetivos particulares que el centro se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, mayo y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, diciembre acerca de los principios que orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el mismo y las correspondientes prescripciones acerca del currículo. El PROYECTO EDUCATIVO DEL C.E.Pr. “VÍRGEN DE FÁTIMA” aborda los siguientes aspectos: a) Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar. b) Líneas generales de actuación pedagógica. c) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial. d) Los criterios pedagógicos para la determinación del horario de dedicación de las personas responsables de los órganos de coordinación docente, de conformidad con el número total de horas que, a tales efectos, se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. e) Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado. f) La forma de atención a la diversidad del alumnado. g) La organización de las actividades de refuerzo y recuperación. h) El plan de orientación y acción tutorial. i) El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias, de acuerdo con lo que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. j) El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar, a que se refiere el artículo 22. k) El plan de formación del profesorado. l) Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. m) Los procedimientos de evaluación interna. n) Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado. ñ) Los criterios generales para elaborar las programaciones didácticas de cada una de las áreas de la educación primaria y de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la educación infantil. o) Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el centro.


1. OBJETIVOS PROPIOS PARA LA MEJORA DEL RENDIMIENTO ESCOLAR La detección de necesidades es el punto de arranque para el plan de mejora de los rendimientos y exige una evaluación interna por lo que se proponen las siguientes estrategias que deben contribuir a seleccionar, aquellos objetivos de mejora más acordes con la realidad y necesidades del centro: • Análisis de los resultados de las evaluaciones • Identificación de los puntos fuertes y de los aspectos a mejorar. • Buscar la implicación del profesorado y familias. Así pues, el Centro ha decidido seleccionar los siguientes objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar: 1. Conseguir el dominio de las habilidades instrumentales básicas de nuestro alumnado. a. Que los alumnos adquieran unos mínimos que les permitan conocer e interpretar su entorno. b. Consideramos y partimos de que el lenguaje es el eje fundamental del proceso de enseñanza-aprendizaje a través de cuatro pilares básicos (leer-escribir, hablar-escuchar). 2. Mejorar la comprensión lectora de libros de texto u otros materiales utilizados por el profesorado para el aprendizaje de todas las áreas del currículo. 3. Mejorar y fomentar en el alumnado, a través de hábito lector, el conocimiento, gusto por la lectura y acercamiento a la composición escrita desde Ed. Infantil hasta el final de Primaria. 4. Mejorar las habilidades metacognitivas y planificar la transferencia de destrezas lingüísticas. 5. Utilizar metodologías, procedimientos y técnicas en común, así como la aplicación de nuevos métodos, realizando evaluaciones periódicas del trabajo del alumnado y del profesorado, entendido como un proceso en equipo. 6. Utilizar metodologías, procedimientos y técnicas en común, así como la aplicación de nuevos métodos, realizando evaluaciones periódicas del trabajo del alumnado y del profesorado, entendido como un proceso en equipo. 7. Mejorar la competencia en resolución de problemas en lo que concierne a la identificación de las situaciones problema, la aplicación de conocimientos, el uso de estrategias, la argumentación y la justificación. 8. Mejorar la competencia lingüística de inglés desde la Educación Infantil.


9. Mejorar nuestro proyecto de atención a la diversidad y su aplicación para ampliarla a todos los alumnos (especialmente a los ACNE y altas capacidades), 10. Respetar el ritmo de aprendizaje, capacidades cualidades y circunstancias Personales de todo el alumnado, adecuando nuestra acción a tal fin ( adaptaciones curriculares, refuerzo educativo). 11. Mejorar nuestra acción docente para adaptarla a los requisitos metodológicos adecuados que favorezcan la consecución de las CCBB. 12. Mejorar la alfabetización digital. 13. Mejorar la educación en valores que capacitan para la vida en sociedad. 14. Desarrollar valores individuales y actitudes positivas hacia el aprendizaje 15. Mejorar la convivencia y el clima escolar. 16. Fomentar y estimular el acercamiento y relación familia-escuela. El carácter plurianual del Proyecto nos permite que los objetivos se aborden con diferente temporalidad de curso. Los objetivos que se consideren para un curso escolar, deben definirse con una mayor concreción, apuntando a la mejora real y facilitando su seguimiento y evaluación.

2. LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA El carácter plurianual del Proyecto nos permite que los objetivos se aborden con diferente temporalidad de curso. Los objetivos que se consideren para un curso escolar, deben definirse con una mayor concreción, apuntando a la mejora real y facilitando su seguimiento y evaluación. La atención a la diversidad con el objetivo de proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades. Trabajaremos la prevención, evitando en lo posible la aparición de problemas y dificultades por parte del alumnado, anticipándonos a los mismos. El profesorado debe implicarse de forma integral, siguiendo una línea común de actuación en cuanto a atención a la diversidad y mantenimiento de un clima de convivencia adecuado. Proporcionaremos un clima de confianza, respeto y colaboración con las familias, fomentando la participación en actividades del centro.


Se considerará básico el desarrollo en los alumnos y alumnas hábitos y estrategias para fomentar el valor del esfuerzo personal. La educación para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. El uso sistemático del Refuerzo Educativo como pieza clave para apoyar el aprendizaje y trabajo colaborativo entre el profesorado. Uno de los objetivos del centro es la mejora de la autoevaluación docente, entendida como el grado en que el profesor cree que posee capacidad para influir en el rendimiento de los alumnos. El objetivo de la Escuela no debe ser ya la transmisión de informaciones y conocimientos, sino la de provocar el desarrollo de competencias básicas La actividad escolar necesita implicar activamente al alumnado, por lo que para que tenga sentido ha de vincularse a los problemas cotidianos que afectan la vida de los estudiantes y plantearse de modo atractivo, como desafío intelectual. Utilización del libro como una herramienta más y no única de trabajo. Maximizar el aprovechamiento del tiempo en el aula, controlando entradas, salidas, cambios de clase. El aprendizaje relevante de las competencias básicas requiere estimular la metacognición de cada estudiante, su capacidad para comprender y gobernar su propio y singular proceso de aprender y de aprender a aprender. El profesorado debe preparar las bases para que el alumnado aprenda por sí mismo y sea independiente, ayudando a que establezca metas y objetivos personales. El aprendizaje cooperativo entre iguales es una estrategia didáctica de primer orden no sólo para favorecer la motivación y evitar el sentimiento de soledad en el aprendizaje, sino también para estimular el contraste, la duda, la argumentación y la deliberación compartida. La evaluación debe tener carácter formativo, diagnóstico y cualitativo, como ocasión para conocer la calidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje y como oportunidad para su reformulación y mejora. La actualización y formación docente debe instalarse en la vida del centro como un acompañante necesario y permanente, que de manera colectiva ayude a mejorar la profesionalidad de cuantos tienen atribuciones docentes. La metodología debe ser variada y diversa, combinando y alternando distintos tipos de estrategias, actividades, etc. Trabajaremos la coordinación interciclos adoptando acuerdos pedagógicos y metodológicos que garanticen la continuidad de los aprendizajes.


Realizar una autoevaluación coherente y realista que potencie eficazmente la toma de decisiones para la mejora de los resultados. Hacer de la evaluación una práctica común en el quehacer educativo, y un instrumento útil para dirigir los planes de mejora en el centro.

3. CRITERIOS GENERALES PARA LA ELABORACIÓN DE LAS PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS. Antes de que los Equipos de Ciclo inicien el trabajo de planificación y con el fin de coordinar y homogeneizar sus resultados, el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica tiene la función de establecer o, en su caso, revisar las directrices generales para elaboración o revisión de las Programaciones Didácticas y del Plan de Acción Tutorial. En virtud de lo dispuesto en la normativa vigente el ETCP puede acordar lo siguiente: 1. Estas directrices tienen por finalidad coordinar los trabajos de planificación del curso y de programación de las enseñanzas que los tutores y especialistas han de realizar a lo largo del mes de septiembre así como facilitar que todas las programaciones responden a unos criterios homogéneos. a. La programación didáctica ha de servir a los objetivos fundamentales de: b. Garantizar la unidad y coherencia de las enseñanzas que los profesores del área o materia imparten en un mismo curso, asegurando que su práctica educativa se sustenta en unos principios educativos comunes dentro del área. 2. Asegurar la continuidad de las enseñanzas correspondientes a una misma área o materia a lo largo de los distintos cursos y ciclos educativos. 3. Para facilitar que la elaboración de la programación sea fruto del trabajo conjunto de los maestros/as, estos seguirán el calendario de actuaciones previsto para el mismo a principios de septiembre. 4. Los tutores y especialistas elaborarán las programaciones correspondientes a las nuevas enseñanzas que les hayan sido encomendadas y revisarán las ya utilizadas en el curso anterior para introducir las mejoras oportunas. Los distintos apartados de cada una de las programaciones se organizarán siguiendo un mismo orden. La estructura básica de la programación será la siguiente: 1. Introducción. 2. Distribución de objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación para cada ciclo y/o curso, incluyendo los relacionados con los temas transversales.


3. Contribución de las áreas a la adquisición de las Competencias Básicas. 4. Incluir medidas previstas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado, en todas las áreas. 5. Metodología. a. Principios generales: Estilo de enseñanza-aprendizaje, Clima de aula, etc. b. Agrupamientos. c. Espacios: aula, salidas, laboratorios, S.U.M., otros… d. Organización temporal (De mayor a menor): curso, trimestre, horario asignado al área, tiempo asignado a las diferentes unidades didácticas.) e. Utilización de las TIC f. Didáctica especial del Área y de cada uno de los bloques de contenidos. g. Tipología de actividades y a ser posible con ejemplificaciones.

6. Las medidas previstas para estimular el interés y el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita del alumnado. 7. Valores y Temas transversales a desarrollar. 8. Las medidas de atención a la diversidad. 9. Los materiales y recursos didácticos que se vayan a utilizar, incluidos los libros para uso del alumnado. 10. Las actividades complementarias y extraescolares que se proponen realizar desde el departamento/E. de Ciclo. a. Criterios para la selección de actividades b. Relación con el currículo. c. Enumeración y papel de cada profesor/a 11. Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación a. Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios de calificación b. Modelo real de evaluación


c. Criterios de evaluación del Curso (ver en R.D. 1613/2006, los criterios establecidos para cada uno de los cursos en las distintas áreas, así como el apartado de criterios de valoración de los procesos de aprendizaje de la Orden de 10 de agosto, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía) d. Procedimientos de evaluación: Inicial, continua y final. (Descripción de cada uno de los procedimientos y su finalidad) e. Instrumentos de Evaluación (Ver Orden de 10 de agosto de 2007). f. Registros de evaluación g. Criterios de calificación: Del curso y de cada una de las Unidades Didácticas 12. El procedimiento para realizar su seguimiento. a. Momentos y tiempos b. Instrumentos y procedimiento 13. Criterios de calificación que se vayan a aplicar, con indicación de los criterios de evaluación que se considerarán mínimos para obtener la calificación positiva. 14. Medidas y actividades de recuperación para los alumnos el área pendiente. 15. Medidas de atención a la diversidad 16. Actividades complementarias y extraescolares 17. En la revisión o elaboración de las Programaciones Didácticas se prestará especial atención a los aspectos más directamente relacionados con las medidas educativas complementarias para la atención a los alumnos que presenten dificultades de aprendizaje o que tengan evaluación negativa en áreas del curso anterior o materias pendientes, con el derecho de los alumnos a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios objetivos y con el procedimiento para evaluar a los alumnos a los que no se pueda aplicar la evaluación continua. 18. Con el fin de reducir la extensión de la programación y el volumen de papel, las programaciones podrán prescindir de los desarrollos de las unidades didácticas, dado que estos elementos forman parte de la programación de aula. 19. Las programaciones serán entregadas al Jefe de Estudios.


4. COORDINACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS CONTENIDOS CURRICULARES, ASÍ COMO EL TRATAMIENTO TRANSVERSAL EN LAS ÁREAS, MATERIAS O MÓDULOS DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y OTRAS ENSEÑANZAS. A)

Parte troncal común a toda la etapa: Ver documento PCC

1. INTRODUCCIÓN. A. Definición de Currículum según el Art. 5 del R.D. 1513/2006. Artículo 5. Currículo. 1. Se entiende por currículo de la Educación primaria el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de esta etapa educativa. 2. El presente Real Decreto fija los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria a los que se refiere el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 3. Las administraciones educativas establecerán el currículo de la Educación primaria, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas fijadas en este Real Decreto que requerirán el 65 % de los horarios escolares o el 55 % en las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial. 4. Los centros docentes desarrollarán y completarán el currículo de la Educación primaria establecido por las administraciones educativas, concreción que formará parte del proyecto educativo al que hace referencia el artículo 121.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

B)

Principios que orientan el currículo: Art. 5 Decreto 230/2007.

Definición y principios para su determinación. 1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de3 de mayo, el currículo de la educación primaria en Andalucía es la expresión objetivada de las finalidades y de los contenidos de la educación que el alumnado de esta etapa debe y tiene derecho a adquirir y que se plasmará en aprendizajes relevantes, significativos y motivadores. 2. Los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación del currículo de esta etapa educativa, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto y con lo dispuesto en el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la educación primaria, serán regulados por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

3. El currículo de la educación primaria se orientará a: a) Desarrollar las aptitudes y las capacidades del alumnado. b) Procurar que el alumnado vaya adquiriendo los aprendizajes esenciales para entender la sociedad en la que vive, para actuar en ella y para comprender la evolución de la humanidad a lo largo de su historia.


c) Facilitar que el alumnado adquiera unos saberes coherentes, posibilitados por una visión interdisciplinar de los contenidos. d) Permitir una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza, facilitando la atención a la diversidad como pauta ordinaria de la acción educativa del profesorado. e) Atender las necesidades educativas especiales y la sobredotación intelectual, propiciando adaptaciones curriculares específicas para el alumnado. 4. Asimismo, el currículo incluirá: a) El fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática, como elementos transversales. b) El conocimiento y el respeto a los valores recogidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. c) Contenidos y actividades para la adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva y la capacitación para decidir entre las opciones que favorezcan inadecuado bienestar físico, mental y social, para el propio alumno o alumna y para los demás. d) Aspectos de educación vial, de educación para el consumo, de salud laboral, de respeto al medio ambiente y para la utilización responsable del tiempo libre y del ocio. e) Contenidos y actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco dela cultura española y universal. f)

Formación para la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, estimulando su uso en los procesos de enseñanza y aprendizaje de todas las materias y en el trabajo del alumnado.

5. Con objeto de favorecer la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, el currículo permitirá apreciar la contribución de ambos sexos al desarrollo de nuestra sociedad y al conocimiento acumulado por la humanidad.

I- Objetivos de la Etapa.

Objetivos de la Educación Primaria. La Educación primaria contribuirá a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan: a) Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.


b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje. c) Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan. d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad. e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana y, si la hubiere, la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma y desarrollar hábitos de lectura. f)

Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas.

g) Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana. h) Conocer y valorar su entorno natural, social y cultural, así como las posibilidades de acción y cuidado del mismo. i)

Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.

j)

Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales.

k) Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social. l)

Conocer y valorar los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.

m) Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas. n) Fomentar la educación vial y actitudes de respeto que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.


IIII- Áreas de Conocimiento de la Etapa. Art. 4 del R/D 1513/2006. Á REAS DE CONOCIMIENTO. 1. De acuerdo con lo que establece el artículo 18 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las áreas de la Educación Primaria que se imparten en todos los ciclos de esta etapa son las siguientes: •

Conocimiento del medio natural, social y cultural.

Educación artística.

Educación física.

Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y

literatura. •

Lengua extranjera.

Matemáticas.

2. En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, a las áreas incluidas en el apartado anterior se añadirá el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres. 3. En el tercer ciclo de la etapa, las administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera. 4. Las áreas que tengan carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos recibirán especial consideración. 5. Sin perjuicio de su tratamiento específico en alguna de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación y la educación en valores se trabajarán en todas las áreas. 6. La organización en áreas se entenderá sin perjuicio del carácter global de la etapa, dada la necesidad de integrar las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado en estas edades. 7. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado y se adaptará a sus ritmos de trabajo.


TRATAMIENTO TRANSVERSAL EN LAS ÁREAS Y LLAA EDUCACIÓN EN VALORES. Art. 5.4 Decreto 230/2007. El currículo incluirá: a) El fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática, como elementos transversales. b) El conocimiento y el respeto a los valores recogidos en la Constitución c) Española y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. d) Contenidos y actividades para la adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva y la capacitación para decidir entre las opciones que favorezcan un adecuado bienestar físico, mental y social, para el propio alumno o alumna y para los demás. e) Aspectos de educación vial, de educación para el consumo, de salud laboral ,de respeto al medio ambiente y para la utilización responsable del tiempo libre y del ocio. f) Contenidos y actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco dela cultura española y universal. g) Formación para la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, estimulando su uso en los procesos de enseñanza y aprendizaje de todas las materias y en el trabajo del alumnado.

TRATAMIENTO TRANSVERSAL EN LAS ÁREAS Y LA EDUCACIÓN EN VALORES. Art. 5.4 Decreto 230/2007. El currículo incluirá: h) El fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática, como elementos transversales. i) El conocimiento y el respeto a los valores recogidos en la Constitución j) Española y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. k) Contenidos y actividades para la adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva y la capacitación para decidir entre las opciones que favorezcan un adecuado bienestar físico, mental y social, para el propio alumno o alumna y para los demás. l) Aspectos de educación vial, de educación para el consumo, de salud laboral,de respeto al medio ambiente y para la utilización responsable del tiempo libre y del ocio.


m) Contenidos y actividades relacionadas con el medio natural, la historia, la cultura y otros hechos diferenciadores de Andalucía para que sean conocidos, valorados y respetados como patrimonio propio y en el marco dela cultura española y universal. Formación para la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, estimulando su uso en los procesos de enseñanza y aprendizaje de todas las materias y en el trabajo del alumnado.

TRATAMIENTO TRANSVERSAL DE LA EDUCACIÓN EN VALORES Y LA IGUALDAD DE GÉNERO. La Educación en Valores, el desarrollo de habilidades sociales y el fomento de medidas coeducativas y de Igualdad de género serán los ejes transversales fundamentales que se abordarán y se incluirán en el currículo, además de otros como el fomento de hábitos de vida saludable y el acercamiento al patrimonio cultural y natural de nuestra comunidad. Los dos primeros, es decir, la educación en valores y habilidades sociales y el fomento de medidas coeducativas, partirán de programas específicos que se incluirán en el apartado, del Proyecto Educativo, “Planes estratégicos a desarrollar en el centro”.

En las distintas propuestas pedagógicas se incluirá una planificación de actividades a desarrollar a lo largo del curso; en cada unidad didáctica se incluirán las actividades previstas en las propuestas pedagógicas.

5. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE, DE CONFORMIDAD CON EL NÚMERO TOTAL DE HORAS QUE, A TALES EFECTOS, SE ESTABLEZCA POR ORDEN DE LA CONSEJERÍA COMPETENTE EN MATERIA DE EDUCACIÓN. 1. La asignación de los diferentes grupos de alumnos y áreas al profesorado dentro de cada nivel, ciclo o modalidad la realizará el/la Director/a del Centro en la primera semana del mes de septiembre, atendiendo a criterios pedagógicos fijados por el Claustro de Profesores de acuerdo con las necesidades de aprendizaje de los alumnos y alumnas, así como la normativa vigente al respecto. 2. Se tendrá en cuenta que aquellos maestros y maestras que, durante un curso escolar, hayan tenido asignado el primer curso de cualquiera de los tres ciclos de la Educación Primaria permanecerán en el mismo Ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos/as con que lo inició. En este mismo sentido se tendrá en cuenta así mismo, el número de alumnos/as que continuarían con el mismo tutor/a.


3. La asignación de los restantes cursos y grupos de alumnos, en caso de no existir acuerdo entre los maestros y maestras que opten a los mismos, la llevará a cabo el/la Director/a del Centro de acuerdo con el siguiente orden de prioridad: a. Miembros del Equipo Directivo que deberán impartir docencia, preferentemente, en el Tercer o Segundo ciclo de la Educación Primaria, con el propósito de evitar la actuación de un excesivo número de maestros y maestras en los grupos de alumnos/as del Primer Ciclo. b. Restantes maestros y maestras que se ordenarán aplicando sucesivamente los siguientes criterios: 4. Los maestros y maestras que impartan las áreas de Educación Física y Música lo harán preferentemente en aquellos cursos y grupos cuyo/a tutor/a ostente un cargo como órgano unipersonal o realice tareas de coordinación docente. Una vez cubierto el horario de estos grupos, se les encomendará la docencia en los restantes, comenzando por los del tercer ciclo de forma descendente. 5. A los maestros y maestras que impartan el área de Idioma se les asignarán cursos y grupos del Segundo y Tercer ciclos. 6. En consonancia con lo previsto en el artículo 4 del Decreto 154/1996, de 30 de abril, por el que se regula el proceso de adscripción de los/las maestros/as a los puestos de trabajo resultantes de la nueva ordenación del sistema educativo (BOJA del 21 de mayo), la adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderles de acuerdo con la organización pedagógica del Centro. 7. A efectos de adscripción del profesorado se considerarán vacantes aquellas unidades o áreas que no estuvieron ocupadas el curso anterior por propietarios/as definitivos/as. 8. Los/las propietarios/as definitivos/as se podrán mantener en la misma unidad que se encontraban en el curso anterior para garantizar la continuidad con el mismo grupo de alumnos/as. No se considerarán por tanto plazas vacantes las ocupadas por estos/as propietarios/as definitivos/as o en sobredotación en el curso anterior y que deseen seguir en la misma. 9. A los/las profesores/as especialistas de Educación Infantil se les asignará siempre unidades con alumnos y alumnas de Educación Infantil independientemente de que además tengan otros alumnos y alumnas de Primaria. 10. Sin perjuicio de lo expuesto en el punto anterior, si hubiera un número de unidades vacantes con alumnos/as de Primaria e Infantil superior al de especialistas de Infantil, la elección se hará por orden de antigüedad en el Centro sin distinción de especialidad.. 11. Se procurará que las unidades ocupadas por maestros o maestras provisionales o en comisión de servicios se mantengan en la misma unidad que el curso anterior para garantizar la continuidad con el mismo grupo de alumnos/as


siempre que no vulnere los derechos adquiridos de los/las demás maestros/as propietarios/as definitivos/as del Centro

CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL TIEMPO DE COORDINACIÓN A. La hora de coordinación de ciclo y equipo de orientación se situará en el momento en que coincidan más de un profesor con disponibilidad horaria por atención de los especialistas a sus tutorías B. La reducción horaria a mayores de 55 años se hará con las mismas condiciones del apartado anterior. C. En caso de no contarse con el número suficiente de especialistas en el centro que faciliten horas libres a dos tutores al mismo tiempo, el coordinador será la primera persona en sustituir en caso de baja de personal docente. D. Si existen agrupamientos múltiples en una unidad, se harán coincidir dos especialistas en el mismo tramo horario y unidad, para que el tutor o coordinador disponga del tiempo de coordinación. E. El horario del Plan Lector y Bibliotecas escolares se hará adjudicando el tiempo de recreo. Este horario se podrá ampliar si el titular de la misma dispone de otras reducciones como mayor de 55 años y alguna sesión más según las disponibilidades del centro. F. El Plan TIC, se regirá por la reducción horaria que marca la ley. G. El Plan de Autoprotección se realizará en el tiempo de recreo, si las posibilidades del centro lo permiten así como una hora en sesión de tarde siempre que no interrumpa actividades de equipos, tutorías u otros órganos colegiados del Centro.

6. CRITERIOS COMUNES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DEL ALUMNADO. Si tenemos en cuenta el marco normativo que regula la evaluación de las competencias básicas en el currículo escolar, la LOE encomienda al Gobierno fijar los objetivos, las competencias básicas, los contenidos y los criterios de evaluación de los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas, y a las administraciones educativas el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas. Al finalizar el cuarto curso de educación primaria todos los centros educativos realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos. Esta evaluación es responsabilidad de las administraciones educativas, tiene carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. También dispone como marco de referencia las evaluaciones generales de diagnóstico.


En ningún caso los resultados de estas evaluaciones pueden ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de los centros. El Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre de enseñanzas mínimas para la educación primaria, explícita los objetivos de cada área y describe el modo en que contribuyen al desarrollo de las competencias básicas. De igual modo, presenta los contenidos y los criterios de evaluación de cada ciclo de la educación primaria. Tanto los objetivos, como la propia selección de los contenidos, buscan asegurar el desarrollo de todas las competencias básicas, mientras que los criterios de evaluación evaluación sirven de referencia para valorar el progresivo grado de adquisición de las mismas. mismas Por tanto, los criterios de evaluación, evaluación además de permitir la valoración del tipo y del grado de aprendizaje adquirido, se

convierten en el referente fundamental para valorar el desarrollo de las competencias básicas. En la regulación que realizan las administraciones educativas deben ser incluidas las competencias básicas, los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación. 1.1.- Planteamientos de la evaluación de las competencias básicas en el desarrollo del currículo

escolar. Hemos de entender las competencias básicas como una tipología de aprendizaje que supone seleccionar y poner en uso los aprendizajes imprescindibles aportados por las áreas, con el fin de dar respuesta a diferentes situaciones y problemas del contexto habitual del alumnado.

"El El aprendizaje aprendizaje y el desarrollo de las competencias básicas conlleva la necesidad de plantear enfoques innovadores de la evaluación, dado que las competencias no se pueden medir u observar directamente, sino que se tienen que inferir a partir del rendimiento observado destinado a satisfacer o resolver una situación. La evalua evaluación ción de las competencias es procesual evolutiva, comparando los grados sucesivos conseguidos por el alumnado en relación con un y evolutiva referente. Evaluamos, de hecho, competencias cuando lo que importa son los conocimientos utilizables, buscando la capacidad de utilizarlos en situaciones dadas para transferirlos y movilizarlos. Se capacidad trata de evaluar los conocimientos escolares por la capaci dad de los escolares para emplearlos escolar, en otras situaciones que requieren para su resolución la movilización fuera del contexto escolar de conocimientos y capacidades adquiridas. La evaluación ha de ser variada, de modo que permita recoger múltiples evidencias que permitan valorar el grado de adquisición. Como la competencia se manifiesta en una situación real, deberán plantearse situaciones que ejemplifiquen o simulen cuestiones o problemas relacionados con la vida real del alumnado. Las competencias se desarrollan progresivamente a lo largo del tiempo, por lloo cual se debe evaluar el grado de desarrollo de las mismas a través de las "escalas de descriptores". Las escalas describen la progresión de los alumnos y alumnas y permiten situar el nivel de desarrollo de las competencias con el fin de orientar los apre aprendizajes ndizajes o establecer un balance de lo conseguido. Para cada una de las competencias se deben explicitar diferentes niveles de desarrollo o logro sobre un continuo. Una competencia tiene diversos grados de realización porque la evaluación ha de consistir en determinar en qué nivel de logro o desempeño se sitúa cada alumno/a. En la medida en que las


competencias se adquieren en diferentes grados, se requieren requieren escalas de competencias, definidas para cada etapa, ciclo y nivel educativo". 2.2.- La evaluación de las competencias básicas a través de los indicadores de logro o de dominio. Los centros educativos han de afrontar como tarea prioritaria el establecimiento de unos "indicadores de logro o dominio de cada competencia básica”. Una vez elaborados y consensuados consensuados los descriptores de etapa por competencias básicas, debe procederse al diseño y a la concreción de los diferentes indicadores de logro o dominio dominio que se pretende que el alumnado vaya desarrollando y alcanzando en cada ciclo educativo. Los indicadores indicadores de logro o dominio, dominio establecidos desde el inicio de la educación básica hasta su finalización, deben garantizar a lo largo de los distintos ciclos de la educación primaria un desarrollo continuado y progresivo en la adquisición de las competencias básicas básicas y han de ser el referente compartido de los equipos docentes para la acreditación de los estudios del alumnado, vinculada a las decisiones sobre su promoción. Los indicadores han de fijarse teniendo en consideración los descriptores de etapa establecidos establecidos y los criterios de evaluación de las áreas, por lo que se precisa determinar cuáles de ellos son el referente más claro y preciso para que sean estimados a través de los procesos de enseñanzaaprendizaje y han de hacerse visibles en la planificación docente del trabajo en el aula, con la implementación de tareas vinculadas a los escenarios en los que se desarrolla y promueve la vida del alumnado. En la educación primaria estos indicadores de logro o dominio han de fijarse a la finalización de cada ciclo educativo. Su diseño debe partir de los descriptores establecidos para la etapa educativa y en su elaboración se ha de garantizar un tratamiento gradual y progresivo, desde una formulación básica y elemental, de las dimensiones y elementos de la competencia que mejor responden a las necesidades detectadas en el alumnado, hasta otras más complejas que supongan un grado de desarrollo más avanzado en su desarrollo y adquisición. Sin embargo, la mayor dificultad para su elaboración se encuentra en los propios criterios de evaluación. En la mayor parte de los casos están expresados en términos de consecución de objetivos de etapa y de área y referidos a la adquisición de conocimientos de carácter conceptual, procedimental y actitudinal: actitudinal muchos de ellos no hacen referencia explícita a las dimensiones, elementos o aspectos de las competencias que supuestamente pretenden evaluar. No obstante, en múltiples casos, los criterios de evaluación complementan o concretan concretan la contribución de sus respectivas áreas al desarrollo de las competencias básicas y cubren las lagunas u omisiones detectadas en la normativa vigente en relación con la aportación de aprendizajes imprescindibles de las áreas. El establecimiento de los indicadores, indicadores siguiendo el mismo proceso mantenido con los descriptores de etapa (partir de los organizadores internos para seleccionarlos y reordenarlos en función de cada competencia básica), ha de conjugar el descriptor fijado para la etapa educativa con los criterios de evaluación de las áreas vinculados a aquél y establecidos por normativa para cada ciclo educativo.


Asimismo, los criterios de evaluación de las áreas, en función de su carácter transversal e instrumental, serán la referencia para determinar el grado de logro o dominio que se pretende que el alumnado vaya alcanzando en los procesos de enseñanza-aprendizaje y, sobre todo, al término del ciclo educativo. Por consiguiente, los indicadores de logro o dominio que se formulen han de estar estrechamente vinculados con los criterios de evaluación evaluación aportados por las áreas y, en función de la unidad didáctica integrada que se trabaje en el aula, aula la valoración del grado de desarrollo alcanzado del correspondiente indicador deberá realizarse a través de la consecución de los criterios de evaluación establecidos. 3.3.-Evaluación de las competencias básicas a partir de las áreas curriculares.

Los criterios de evaluación que aportan las áreas son básicos para evaluar los aprendizajes imprescindibles para la vida del alumnado, ya que ofrecen las formas de proceder que los alumnos y alumnas han de poner en juego en la resolución de una tarea, que les permite adquirir experiencias útiles y aplicables a otras situaciones de la vida cotidiana.

La evaluación de las competencias a través del currículo de las hacerse las áreas ha de hacer se operativa a través de los objetivos y criterios de evaluación de las mismas. Los criterios de evaluación facilitan al profesorado la formulación de unos "indicadores y niveles de logro" a través de los procesos de enseñanza-aprendizaje. Por tanto, el tratamiento de la evaluación de las competencias básicas se inserta en los propios procesos de enseñanza-aprendizaje que se generan en los espacios de aprendizaje que determinan los docentes, con el objeto de alcanzar los objetivos que se persiguen en cada una de las etapas educativas. El escenario profesional más adecuado para el establecimiento de unas pautas y criterios comunes en torno a la evaluación, incluidas las competencias básicas, en la educación primaria, reside en el equipo docente de cada uno de los ciclos educativos. Este enfoque requiere un

planteamiento estratégico compartido por todo el profesorado del ciclo educativo, para el diseño y el desarrollo de la programación didáctica de las áreas y su concreción en unidades did didácticas ácticas o proyectos integrados de carácter interdisciplinar y transversal que se sustenten en la realización de tareas referidas a una o varias competencias básicas. Este planteamiento tiene que generar una reflexión y una toma de decisiones colegiada colegiada entre los componentes del equipo docente sobre los aspectos distintivos de las competencias básicas que se han seleccionado y los aprendizajes imprescindibles que respondan a las necesidades y demandas educativas del alumnado. Por otro lado, la reflexión sobre sobre los criterios de evaluación elegidos entre las áreas de conocimiento y experiencia que mejor contribuyen al desarrollo de las competencias básicas ha de conducir al equipo docente a establecer los indicadores de logro o dominio. dominio De manera que el proceso y los resultados de la evaluación continua del alumnado, alumnado a través de las situaciones de aprendizaje que se generen en el entorno escolar, sea único e integrado. A nivel de etapa, se precisa el fortalecimiento de otro escenario de coordinación pedagógica del profesorado, profesorado el equipo docente de nivel o grupo, puesto que en este espacio profesional es donde se han de adoptar las decisiones precisas que comprometen a todo el profesorado en cuanto a los grados y niveles de logro en la adquisición de las competencias básicas. Así, ha de trabajarse en colaboración y coordinación en todas las áreas que conforman el currículo escolar


de un determinado grupo de alumnos y alumnas. Por todo esto, tal y como establece el marco normativo, son los criterios de evaluac evaluación luación de las áreas el referente básico y esencial para valorar los aprendizajes considerados considerados imprescindibles. imprescindibles De forma que se pueda ir conociendo el grado de desarrollo y progresión que el alumnado va alcanzado en el desarrollo de las competencias básicas. Tras establecer criterios y pautas comunes en el seno de los equipos de ciclo y de los equipos de nivel acerca de la evaluación de las competencias básicas, procede plantear su concreción en la práctica docente a través del planteamiento y de la aplicaci aplicación cación de unidades didácticas de carácter integrado. integrado En este contexto, es el maestro o maestra quien hace explícita, explícita en su preparación de la intervención en el aula con un grupo de alumnos y alumnas, la secuencia de aprendizaje que pretende desarrollar en torno a un objeto de estudio determinado y en relación con una tarea contextualizada. Así como las actividades de evaluación que permiten determinar si el alumno está adquiriendo los aprendizajes considerados imprescindibles para la vida, vinculados a los contenidos de enseñanza programados. La puesta en uso de las competencias básicas, y principalmente aquellas que poseen un carácter eminentemente "instrumental instrumental", instrumental supone poner en uso aquellos aprendizajes imprescindibles de las áreas con las que dichas competencias están vinculadas. Es por ello que la incorporación de propuestas de trabajo destinadas al desarrollo de competencias básicas, "resolución resolución de tareas o problemas", problemas requiere que el maestro/a correspondiente tenga confirmación previa por parte del profesorado de las restantes áreas de que el alumnado ha adquirido aquellos aprendizajes imprescindibles que se van a utilizar a través de las competencias básicas asociadas a cada tarea. El maestro/a ha de concretar, concretar a partir de los criterios de evaluación que forman parte de la mencionada unidad didáctica, los niveles de logro que se pueden alcanzar en determinados elementos o aspectos de las competencias básicas implicadas en el proceso de enseñanzaaprendizaje. Al mismo tiempo, tiene que prever la tipología tipología de actividades actividades o tareas que mejor se adecuen a los procesos de enseñanza-aprendizaje diseñados, para facilitar la evaluación del alumnado y extraer conclusiones en torno a los logros y dificultades que se van presentando en la adquisición de las competencias básicas. En relación a la evaluación de competencias, competencias que indiscutiblemente ha de tener un carácter carácter procesual y continuado y estar fundamentada en el empleo de instrumentos y procedimientos diversos, el profesorado también ha de resolver otras situaciones grupales o individuales de evaluación específicas. Así, por ejemplo, para responder con eficacia a evaluaciones iniciales del alumnado al comienzo de cada ciclo; o bien para colaborar con el Equipo de Orientación Educativa en el establecimiento de los niveles de logro curricular, como parte del proceso de Evaluación Psicopedagógica del alumnado. En el caso de que los órganos de coordinación pedagógica hayan adoptado la decisión de organizar los contenidos de enseñanza en "ámbitos de conocimiento", el procedimiento que debe seguir ha de ser similar, aunque los criterios de evaluación han de referirse en su conjunto a las distintas áreas que los configuran.


4.4.- La evaluación de las competencias básicas en los procesos de enseñanzaenseñanza-aprendizaje a través de tareas integradas. Una de las apuestas más innovadoras que ofrece la incorporación de las competencias básicas en el currículo escolar es la posibilidad de que los equipos docentes diseñen tareas de trabajo integradas o tareas integradas multidisciplinares multidisciplinares, sciplinares que permiten organizar los objetivos y contenidos de enseñanza en torno a dichas competencias. Estas tareas han de estar orientadas a la aplicación de los saberes adquiridos en el tratamiento y en la resolución de cuestiones o problemas relacionados con la vida y con los diferentes contextos en los que se desarrolla el alumnado. (razonar, zonar, El equipo docente puede definir con claridad tanto las operaciones mentales (ra juego, en tanto que elemento argumentar, crear, interpretar, relacionar,...) que entran en juego esencial de todo "aprendizaje en acción o competencia", como el contexto en el que esa tarea o tareas se han de aplicar, para así determinar las situaciones de aprendizaje y la secuencia de actividades que se precisan. La relación entre la/s tarea/s (resolución de problemas para obtener un resultado o producto útil para la vida) y el resto de los componentes (contenidos, contexto e indicadores de logro de las competencias) constituyen el marco generativo de referencia para elaborar tareas de aprendizaje, que siempre deberán tener una utilidad real o auténtica para la vida. Con la resolución de las tareas, se han de producir en el alumnado aprendizajes esenciales que permitan combinar y aplicar un conjunto de conocimientos y de destrezas cognitivas cognitivas en un contexto definido. Para la evaluación de las competencias básicas que entran en juego en un determinado proyecto de trabajo integrado, o tarea integrada multidisciplinar, es preciso que los maestros y maestras del equipo docente, docente comprometidos en esta práctica profesional innovadora, aporten el soporte curricular del área que imparten para conformar las situaciones de aprendizaje que se generan y van a ser evaluadas. En esta misma línea, la secuencia lógica a seguir será similar a la descrita anteriormente: establecimiento de las acciones o actividades que conforman la tarea planteada, vinculación con los indicadores de logro de las competencias básicas y valoración posterior del grado de desarrollo de las competencias que intervienen tras los procesos y resultados del aprendizaje promovido.

5.5.- Toma de decisiones de los equipos sobre la promoción del alumnado en relación con las competencias básicas. Desde el enfoque que se viene realizando en estas líneas, y de conformidad con los criterios y procedimientos establecidos en el ordenamiento legal sobre la toma de decisiones en cuanto a la promoción del alumnado, la estimación del nivel de desarrollo desarrollo alcanzado de las competencias básicas es cometido del equipo docente. El planteamiento expresado con anterioridad sobre el tratamiento de la evaluación de las competencias básicas en las programaciones didácticas y de aula permite a cada componente del equipo docente disponer de la suficiente información y evidencias a lo largo del ciclo, a través de los registros planteados, como para ejercer y decidir, con un criterio objetivo y fundamentado, sobre el grado de adquisición de las competencias por parte de su alumnado. Por lo que no se


cuantitativamente contribuciónn de cada área en la precisa determinar cuanti tativamente el peso en la contribució determinación del grado de adquisición de la competencia. Esta apreciación ha de ser fruto del conjunto de conformidades expuestas entre los componentes del equipo docente y de la valoración colegiada que se realice en la sesión de evaluación final. En ningún caso esta valoración debe estar sujeta ni condicionada al supuesto

peso específico que una determinada área considere que le corresponde por el contenido curricular que ha desarrollado. 6.6.- Consideraciones a tener en cuenta con rrespecto especto a la EVALUACIÓN DEL ALUMNADO: El Decreto 428/2008, de 29 de julio, julio por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación infantil en Andalucía, define el currículo como el conjunto de objetivos, contenidos, orientaciones orientaciones metodológicas y criterios de evaluación que regulan la práctica educativa en dicha etapa. El currículo será único para toda la etapa de educación infantil y garantizará la continuidad educativa entre los dos ciclos que la constituyen.

EVALUACIÓN LA EVALUAC IÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA La ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula todo lo concerniente a la evaluación y promoción del alumnado de esta etapa educativa. •

Normas generales de ordenación de la evaluación.

1.La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado en esta etapa educativa será continua y global, tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas del currículo y se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del mismo. 2. La evaluación será global en cuanto se referirá a las competencias básicas y a los objetivos generales de la etapa y tendrá como referente el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo, las características propias del mismo y el contexto sociocultural del centro docente. 3. La evaluación será continua en cuanto estará inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias que permitan al alumnado continuar su proceso de aprendizaje. 4. La evaluación tendrá un carácter formativo y orientador orientador del proceso educativo y proporcionará una información constante que permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa. 5. El profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente a través de la observación


continuada continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal. En todo caso,, los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos. 6. Los centros docentes deberán especificar en su proyecto educativo los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de desarrollo de las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa y facilite la toma de decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador. 7. A tales efectos, deberá entenderse por criterios de evaluación comunes el conjunto de acuerdos incluidos en el proyecto educativo que concretan y adaptan al contexto del centro docente los criterios generales de evaluación establecidos en el Decreto 230/2007, de 31 de julio, julio en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación. 8. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, aprendizajes para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación. 9. Los centros docentes harán públicos los criterios de evaluación comunes y los propios de cada área que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes y para la promoción del alumnado. 10. Los padres, madres o tutores legales podrán solicitar al maestro tutor o maestra tutora aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos. 11. Los proyectos educativos de los centros docentes establecerán el sistema de participación participación del alumnado y de sus padres, padres madres o tutores legales en el desarrollo del proceso de evaluación. Evaluación inicial. 1.Con objeto de garantizar una adecuada transición del alumnado entre las etapas de educación infantil y de educación primaria, primaria así como de facilitar la continuidad de su proceso educativo, los centros de educación primaria establecerán mecanismos de coordinación con los centros docentes de procedencia del alumnado que se incorpora a la etapa. Con esta finalidad, durante el último trimestre del curso escolar, los jefes y jefas de estudios de los centros docentes afectados mantendrán reuniones de coordinación, en su caso. 2. Durante el primer mes del curso escolar al comienzo de cada ciclo, los tutores y tutoras realizarán una evaluación evaluación inicial del alumnado. alumnado Dicha evaluación incluirá el análisis de los informes personales de la etapa o ciclo anterior correspondientes a los alumnos y alumnas de su grupo, que se completarán con otros datos obtenidos por el propio tutor o tutora sobre el punto de partida desde el que el alumno o alumna inicia los nuevos aprendizajes.


3. Dicha evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado. 4. El equipo docente, como consecuencia del resultado de la evaluación inicial, adoptará las medidas pertinentes de apoyo, refuerzo y recuperación para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen o de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Evaluación continua. 1. La evaluación continua será realizada por el equipo docente que actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo, coordinados por quien ejerza la tutoría. tutoría Dicho equipo podrá recabar el asesoramiento del equipo de orientación educativa correspondiente. 2. Los procedimientos formales de evaluación, su naturaleza, aplicación y criterios de corrección deberán ser conocidos por el alumnado, con el objetivo de hacer de la evaluación una actividad educativa. 3. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad diversidad que procedan. procedan Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades, y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo. •

Sesiones Sesiones de evaluación.

1.La La sesión de evaluación es la reunión del equipo docente coordinada por el maestro tutor o maestra tutora para intercambiar información y adoptar decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado orientadas a su mejora. 2.A A lo largo largo de cada uno de los cursos, cursos dentro del período lectivo, se realizarán para cada grupo de alumnos y alumnas, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que, a estos efectos, los centros docentes puedan recoger en sus respectivos proyectos educativos. 3.El El tutor o tutora de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, sesiones en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación. 4.Los Los resultados de la evaluación de cada área se expresarán en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. 5.En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno o alumna y a su padre, madre o tutores legales. Evaluación a la finalización de cada curso.


1. Al término de cada curso, curso se valorará el progreso global de cada alumno y alumna, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo. 2. La valoración del progreso del alumnado se expresará en los términos descritos en el artículo anterior. Cuando el curso evaluado sea el último de un ciclo, la valoración del progreso del alumnado se trasladará al acta de evaluación, al expediente académico del alumno o alumna y, en caso de que promocione, al historial académico de educación primaria. 3. El equipo docente coordinará cuantas actuaciones considere de interés para que la transición del alumnado de un curso al siguiente se realice con las necesarias garantías de continuidad y coherencia en el proceso educativo. Evaluación Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. 1. La evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que curse las enseñanzas correspondientes a la educación primaria con adaptaciones curriculares será competencia del tutor o tutora, con el asesoramiento del equipo de orientación educativa. educativa Los criterios de evaluación establecidos en dichas adaptaciones curriculares serán el referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas. 2. En la evaluación del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo y que, por presentar graves carencias en la lengua española, reciba una atención específica en este ámbito, se tendrán en cuenta los informes que, a tales efectos, elabore el profesorado responsable de dicha atención. 3. El alumnado escolarizado en el curso inmediatamente inferior al que le correspondería por edad, se podrá incorporar al grupo correspondiente a su edad, siempre que tal circunstancia se produzca con anterioridad a la la finalización del segundo trimestre, trimestre cuando a juicio del tutor o la tutora, oído el equipo docente y asesorado por el equipo de orientación educativa, haya superado el desfase curricular que presentaba. Promoción del alumnado. 1. Los criterios de evaluación evaluación incluirán la promoción del alumnado, atendiendo a la adquisición de las competencias básicas, a la consecución de los objetivos generales de la etapa y a sus posibilidades de progreso. 2. Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora. Los centros docentes establecerán, en sus proyectos educativos, la forma en que los padres, madres o tutores legales del alumnado puedan ser oídos para la adopción de la decisión de promoción. 3. El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre siempre que se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. Se accederá, asimismo, siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con


aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes. 4. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. ciclo Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. Los centros docentes organizarán este plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca. 5. El equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. 6. La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización. Participación de las familias. 1. Con el fin de garantizar el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, los tutores y tutoras, así como el resto del profesorado, informarán a los padres, madres o tutores legales sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas. 2. Esta información se referirá a los objetivos establecidos en el currículo y a los progresos y dificultades detectados en el grado de adquisición de las competencias básicas y en la consecución de los objetivos de cada una de las áreas. A tales efectos, los tutores y tutoras requerirán, en su caso, la colaboración de los restantes miembros del equipo docente. 3. Al menos tres veces a lo largo del curso el tutor o tutora informará por escrito a los padres, padres madres o tutores legales del alumnado sobre el aprovechamiento académico de este y la evolución de su proceso educativo. 4. Al finalizar el curso, se informará por escrito a los padres, madres o tutores legales acerca de los resultados de la evaluación final. final Dicha información incluirá, al menos, las calificaciones obtenidas en las distintas áreas cursadas, la decisión acerca de su promoción al ciclo siguiente, si procede, y las medidas adoptadas, en su caso, para que el alumno o alumna alcance las competencias básicas y los objetivos establecidos en cada una de las áreas, según los criterios de evaluación correspondientes. 5. Con el fin de garantizar el derecho que asiste a los alumnos y alumnas a la evaluación y al reconocimiento objetivo de su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar, escolar los maestros y maestras informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, a principios de curso, acerca de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las áreas. 6. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre la


evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo. Dicho procedimiento deberá respetar los derechos y deberes del alumnado y de sus familias contemplados en la normativa en vigor, y los criterios de evaluación y promoción establecidos en el proyecto educativo del centro. Documentos oficiales de evaluación. 1. Los documentos oficiales de evaluación en la educación primaria son los siguientes: las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico de educación primaria y el informe personal. 2. Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los ciclos de la educación primaria, comprenderán la relación nominal del alumnado que compone el grupo, junto con los resultados de la evaluación, y se cerrarán al término del período lectivo. Las actas de evaluación, firmadas por todo el profesorado del grupo, con el visto bueno del director o directora, serán archivadas y custodiadas en la secretaría del centro. Las actas de evaluación se ajustarán a los modelos y características que se determinan en el Anexo I de la presente Orden. 3. El expediente académico del alumnado incluirá los datos de identificación del centro docente y del alumno o alumna y la información relativa al proceso de evaluación, según el modelo que se recoge como Anexo II de la presente Orden. La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde a los centros docentes. 4. El historial académico de educación primaria es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado a lo largo de la etapa y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Su custodia corresponde al centro docente en que el alumnado se encuentre escolarizado. Al finalizar la etapa el historial académico de educación primaria se entregará al alumnado y una copia se enviará al centro de educación secundaria en el que se matricule matricule el alumno o alumna, a petición de este centro docente, junto con el informe personal. Esta circunstancia se reflejará en el correspondiente expediente académico. El historial académico de educación primaria se extenderá en impreso oficial, llevará el visto bueno del director o directora del centro y se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo III de la presente Orden. 5. Para garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje de todo el alumnado y, en particular, el de quienes quienes se trasladen a otro centro docente sin haber concluido el curso, se emitirá un informe personal en el que se consignarán los siguientes elementos: a)Resultados de la evaluación final del último curso realizado. b)Aplicación, en su caso, de medidas educativas complementarias de refuerzo y apoyo, así como las adaptaciones curriculares realizadas. c)Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del alumno o alumna.


d)En caso de traslado a otro centro docente sin haber concluido el curso, resultados parciales de las evaluaciones que se hubieran realizado. 6. El informe personal será cumplimentado por el maestro tutor o la maestra tutora, con el visto bueno del director o directora, que lo depositará en la jefatura de estudios antes de la finalización del mes de junio para que sea entregado al nuevo tutor o tutora del grupo al que se incorpora el alumno o alumna al inicio del siguiente curso escolar. En el caso del alumnado que se traslade a otro centro docente, el informe personal será realizado en el plazo de diez días hábiles desde que se reciba en el centro de origen del alumno o alumna la solicitud del centro de destino de traslado del historial académico, de acuerdo con lo que se recoge en el artículo siguiente. 7. El informe personal se ajustará al modelo y características que se determinan en el Anexo IV de la presente Orden. 8. El informe a que se refiere el artículo 12.5 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, será el informe personal del alumno o alumna que se realice al finalizar la etapa, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo V de la presente Orden. Traslado del historial académico. 1. Cuando un alumno o alumna se traslade a otro centro docente para proseguir sus estudios, el centro de origen remitirá al de destino, a petición de este, el historial académico de educación primaria y el informe personal al que se refiere el artículo 10.5 de la presente Orden, acreditando que los datos que contiene concuerdan con el expediente que guarda el centro. 2. El centro docente receptor abrirá el correspondiente expediente académico. 3. La matriculación del alumno o alumna adquirirá carácter definitivo una vez recibido el historial académico de educación primaria debidamente cumplimentado.

Cumplimentación electrónica electrónica de los documentos de evaluación. Los centros docentes públicos cumplimentarán electrónicamente los documentos oficiales de evaluación recogidos en la presente Orden, a través de los módulos correspondientes incorporados al sistema informático «Séneca». «Séneca». Derogación normativa. 1. Quedan derogadas las siguientes Órdenes: a)Orden de 1 de febrero de 1993, sobre evaluación en educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. b)Orden de 18 de noviembre de 1996, por la que se complementan y modifican las Órdenes de la Consejería de Educación y Ciencia sobre evaluación en las enseñanzas de régimen general


establecidas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden. Documentos a tener en cuenta a la hora de evaluar y que se encuentran localizables en las correspondientes normativas: •

ANEXO II: EXPEDIENTE ACADÉMICO DEL ALUMNADO

ANEXO ANEXO III: I HISTORIAL ACADÉMICO

ANEXO IV: INFORME PERSONAL PARA EDUCACIÓN PRIMARIA

ANEXO V: INFORME PERSONAL FINAL DE ETAPA . EDUCACIÓN PRIMARIA

ANEXO V: INFORME PERSONAL FINAL DE ETAPA. EDUCACIÓN PRIMARIA Y APLICACIÓN DE MEDIDAS EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS.

Coincidiendo con las revisiones periódicas de cada uno de los trimestres, el Jefe de Estudios informará ampliamente al Consejo Escolar del Centro de los resultados académicos obtenidos en las diferentes áreas y niveles en cada uno de los trimestres por la totalidad de los alumnos del centro.

1.1.- LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS DIFERENTES ÁREAS • •

Éstos serán referente fundamental para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas como el de consecución de los objetivos. objetivos Especificar los procedimientos y criterios de evaluación comunes que ayuden al profesorado a valorar el grado de desarrollo de las competencias básicas y los objetivos generales de la etapa y facilite la toma de decisión más adecuada en cada momento del proceso evaluador. Criterios de evaluación comunes como conjunto de acuerdos que concretan y adaptan al contexto del centro docente los criterios generales de evaluación establecidos en el Decreto 230/2007, de 31 de julio julio, ulio en la presente Orden y en la demás normativa que resulte de aplicación.

2.2.- PROMOCIÓN DEL ALUMNADO. Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente.


Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora. Los centros docentes establecerán, en sus proyectos educativos, la forma en que los padres, madres o tutores legales del alumnado puedan ser oídos para la adopción de la decisión de promoción. Los padres, madres o representantes legales podrán formular reclamaciones sobre la evaluación final del aprendizaje de sus hijos e hijas hijas o pupilos, así como sobre la decisión de promoción, de acuerdo con el procedimiento que, a tales efectos, determine el centro docente en su proyecto educativo La promoción del alumnado se hará atendiendo a: •

La adquisición de las competencias básicas: El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez.

Consecución de los objetivos generales de la etapa: Se accederá, asimismo, siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes.

Posibilidades de progreso. Cuando no se cumplan las condiciones condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. ciclo Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. Los centros docentes organizarán este plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca.

El equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa. La escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización.


7. LOS CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR, ASÍ COMO LOS OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR.

Criterios Generales: •

Atención permanente al alumnado: Prevención de riesgos contra su seguridad

Racionalización de los Recursos

Reducir al máximo las pérdidas de tiempo en el Centro y en el Aula.

• Distribución del tiempo según necesidades del alumnado y de la enseñanza (evitar hasta donde sea posible la rigidez de los horarios). • Coherencia interna entre los criterios y el contenido en las líneas de actuación pedagógica. •

Más tiempo de trabajo = Mayores posibilidades de aprendizaje

Respetar tiempos para el ocio fuera del centro.

• Considerar como potencialmente educativa cualquier actividad en el centro, ya sea en el aula, instalaciones, Recreo, alrededores del centro... • Organizar y distribuir el tiempo, de acuerdo con las necesidades educativas del alumnado (Atención a la diversidad).

Criterios referidos al Tiempo curricular (Horarios): (Horarios): • Se procurará que las Áreas que precisan de un mayor grado de abstracción y esfuerzo cognitivo, se impartan en las primeras horas de la jornada (hasta donde sea posible). • Se procurará que el tutor imparta clase con sus alumnos el mayor número posible de horas y que en la primera hora, el tutor dé clase a los alumnos de su tutoría. • Hasta donde sea viable, se intentará la coincidencia de horario por ciclos en las Áreas de Lengua y Matemáticas • Las Áreas de cinco, seis o más horas semanales se ubicarán diariamente. En los últimos casos la segunda hora podrá incluirse a continuación o distanciada, según necesidades del horario. • Los horarios se confeccionarán, de acuerdo con la nueva normativa que desarrolla la LOE, en la que se potencia la Lectura (Lengua), Matemáticas y el Idioma Inglés. • Los horarios deben tener carácter flexible, por lo que son referencia obligada para el profesor ( nº de horas), pero no para el alumno.


• Las Áreas con tres horas semanales se ubicarán en días alternos, salvo que las dificultades del horario obliguen a otra situación. • El Refuerzo Educativo se priorizará en el primer ciclo de Educación Primaria, salvo necesidades más urgentes derivadas de grupos y cursos con gran desfase curricular. • El horario de Refuerzo se concentrará en el menor número posible de maestros/as, evitando la atomización del mismo, con objeto de que se incremente su eficacia.

Criterios referidos al aprovechamiento del tiempo en el aula: • Evitar pérdidas de tiempo innecesarias: Pasar lista, hablar con el alumnado, poner orden, esperar al alumnado o en otras tareas no docentes ni educativas, salvo que las circunstancias lo requieran. • Promover la adquisición de rutinas que faciliten el inicio de la actividad lectiva, para evitar estar esperando las instrucciones del profesorado (los procedimientos de trabajo en la clase deben estar muy claros y ser conocidos por el alumnado). • La corrección de actividades debe realizarse, sin menoscabo del trabajo de toda la clase, con procedimientos racionales y variados, promoviendo la autocorrección, la corrección por iguales y sobre todo la del maestro. • Se deben evitar interrupciones en la actividad del aula, por causas ajenas al grupo (entradas de personas sin causa muy justificada y cuantas actuaciones externas consigan la interrupción). • Hay que desarrollar la autonomía del alumnado (Hábitos de trabajo) con secuencias temporales asumidas por el mismo. • Eludir la aparición de pérdidas de tiempo en actividades dedicadas a temas irrelevantes (no educativos), para todo o parte del alumnado (sobre todo si se hace en detrimento de los Contenidos Básicos). • Evitar que haya momentos en los que una parte del alumnado está sin actividad docente. • Planificación adecuada de la actividad docente diaria para que no exista demora en la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. • Distribuir y regular muy bien las tareas, en el caso de más de un profesor en el aula, de manera que eviten tiempos muertos sin actividad docente.

Criterios referidos referidos a la utilización educativa del tiempo de Recreo:


• La entrada a clase, desde el Recreo, de debe hacer acompañando al alumnado con una atención directa y cercana del profesorado, para evitar situaciones conflictivas que retrasen el comienzo de la clase, por incidentes entre el alumnado. • Evitar con acciones preventivas la aparición frecuente de conflictos en el Recreo, que luego deben ser solucionados en el ámbito de la clase. •

No dejar a una parte del alumnado en el camino (aseos, retrasos, etc.) al aula.

• El profesorado del centro debe reflexionar sobre la función del Recreo, para el alumnado y sustituir los tópicos existentes (“desfogar”), por planteamientos más técnicos (incrementar la socialización, favorecer el respeto a todos, aprovechar el juego como recurso educativo, cambiar de actividad, promover la solución constructiva de los conflictos....). • Cada centro debe analizar qué hace el alumnado en este tiempo, qué hace el profesorado, qué problemas se producen con más frecuencia y qué actividades son las más motivadoras y que menos conflictividad ocasionan. • El profesorado de guardia en el Recreo (Turnos) debe garantizar la atención cercana al alumnado, la prevención de incidentes importantes o la reducción de los mismos (o al menos que no se conviertan en graves), la organización de actividades para el alumnado y la solución de los problemas o conflictos que allí se produzcan, sin hacer recaer todo el peso de la acción educativa en los tutores/as, ni en el E. Directivo. • El papel del alumnado en la organización del Recreo es una pieza clave, para incrementar el carácter educativo de ese tiempo, educando a una parte del mismo como agentes mediadores de conflictos, colaborando con los maestros/as en tareas de ayuda, apoyo y si procede, evitando conflictos innecesarios, responsabilizando a todo el alumnado (en especial al menos comprometido con el centro, o al más conflictivo) de tareas educativas, orientadoras y mediadoras, observando al alumnado con menos contacto social, favoreciendo su integración en grupos cada vez más amplios y observando las posibles disfunciones (materiales o de otro tipo) que puedan ocasionar accidentes en el alumnado. • Otros elementos a tener en cuenta: duración del Recreo, Espacios a ocupar, ratio profesorado-alumnado, entradas y salidas, entradas al centro durante el Recreo, actuaciones en caso de accidentes, enfermedad, etc.

Criterios referidos a la utilización educativa del tiempo en casa: • La utilización del tiempo en casa para la realización de tareas y actividades curriculares no debe ser un factor de discriminación, sobre todo si una parte importante del aprendizaje del alumnado, queremos que se produzca en la familia (deberes). • Uso racional y educativo de estas actividades (deberes), de manera que no sustituyan nunca la labor del maestro/a, sino un complemento específico a su labor, con actividades voluntarias y reforzadas, no rutinarias ni mecánicas, sino relacionadas con la


lectura o con la investigación (adaptada a las posibilidades del alumnado), que nunca provoquen ansiedad ni estrés innecesario. • En todo caso, el tutor/a debe coordinar estas actividades, para que evitar disfunciones.

Criterios referidos a la organización de Actividades extraescolares y Complementarias en el centro (PROA, PAF...) y fuera fuera de él: • Se procurará que la oferta de actividades, independientemente de si derivan de algún Plan o Programa o están organizadas desde el AMPA o el propio centro, aborde aspectos formativos de interés para el alumnado y fomente actuaciones que favorezcan su integración con el entorno. • Se prestará especial atención a su posible incidencia en el desarrollo de las competencias básicas. • El Equipo Directivo debe coordinar la organización y planificación de estas actividades, para evitar disfunciones y asegurar su correcto funcionamiento.

Criterios referidos a la organización y gestión del tiempo para la coordinación, planificación, evaluación y formación: • El Equipo Directivo debe planificar, coordinar y realizar el seguimiento y evaluación de estas actividades, para rentabilizarlas y adecuarlas a las demandas y necesidades planteadas en el centro.


8. LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN INTERNA. 1.1.- DIAGNÓSTICO DE PARTIDA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS EN EL CURRÍCULO Y EN EL PROYECTO EDUCATIVO EDUCATIVO DEL CENTRO El desarrollo y adquisición de las competencias básicas por el alumnado requiere de la contextualización del currículo escolar a partir del análisis y de la valoración de los factores clave que intervienen en la planificación de la práctica práctica docente y en los procesos de enseñanza y aprendizaje. aprendizaje Este diagnóstico se ha centrar en la detección de las debilidades o áreas de mejora, en los factores externos e internos que el centro educativo considere que son primordiales para definir las características del contexto socio-cultural y educativo y que influyen, determinan o condicionan los procesos y resultados educativos. Por consiguiente, los centros han de plantearse la realización de una autoevaluación que sirva para obtener evidencias que constaten las dimensiones y los factores que permiten caracterizar la realidad social y educativa en la que se insertan. Esta autoevaluación tiene el objeto de trazar propuestas e iniciativas que mejoren las expectativas del alumnado sobre los rendimientos escolares escolares que obtienen. informal, mal, recojan y Es pues de máxima importancia que los centros, para su currículo formal e infor analicen cuantas informaciones y datos dispongan con indicadores sobre las necesidades e intereses de la comunidad educativa hacia al éxito escolar del alumnado, y sobre la tendencia de los resultados escolares en cuanto a adquisición de conocimientos, a superación de los estudios y a desarrollo de las competencias básicas. En este sentido, los centros deben tener presente tanto las evaluaciones evaluaciones externas realizadas por distintos Servicios de la Administración Educativa, como instrumentos instrumentos que le faciliten la tarea de autoevaluación a lo largo de cada curso escolar. La necesidad de esta práctica profesional, como fundamento de la acción educativa que se ha de llevar a cabo en los centros escolares, viene avalada por el propio marco normativo vigente. En esta línea, la LOE considera fundamental la autoevaluación de los centros como herramienta básica para la mejora del sistema educativo: educativo en ella ella se tendrá en cuenta la situación socioeconómica y cultural de las familias y del alumnado, el entorno propio del centro y los recursos humanos y materiales disponibles disponibles para poder caracterizar de manera precisa la formación que debe recibir el alumnado y para fomentar el aprendizaje a lo largo de toda la vida. Por otro lado, este diagnóstico es fundamental para que los centros afronten la elaboración y la puesta en marcha del proyecto educativo, educativo en el que juegan un papel prioritario la visión que se tenga y la misión que se otorgue a las competencias básicas en la definición de las señas de identidad del centro docente y en la expresión de la educación que se propugna. De igual modo, la necesidad del autodiagnóstico, relacionada con la orientación y el contenido del proyecto educativo, viene justificada justificada ante la importante tarea del centro de establecer los objetivos propios a partir del conocimiento y de la aceptación de su propia realidad, que marcará las líneas prioritarias de actuación pedagógica, en las que debe de incluirse la concreción del currículo y la integración de las competencias básicas. 2.2.- INDICADORES PARA EL ANÁLISIS DEL CONTEXTO SOCIOCULTURAL Y EDUCATIVO El análisis de diagnóstico del contexto sociocultural y educativo en el que se ubica el centro tiene que ser, como se ha hecho explícito, el punto de partida y la referencia permanente en el proceso de integración de las competencias básicas en el currículo escolar.


Para realizar el diagnóstico, diagnóstico se propone que los equipos docentes, junto a los órganos de gobierno y de coordinación pedagógica, apliquen los instrumentos de recogida y análisis de información que sirven para detectar los elementos y las notas comunes del contexto y de la realidad del centro, que inciden a su vez directamente en el desarrollo del currículo y en consecuencia en los resultados escolares del alumnado. Para ello, se hace necesario que la evaluación inicial de alumnado se realice utilizando como referencia el grado o nivel alcanzado en el desarrollo de las competencias básicas y se usen como fuentes de información el informe personal de evaluación, los resultados de las Pruebas de Evaluación Diagnóstico y su evolución, la memoria de autoevaluación y, llegado el caso, los resultados de la aplicación de otras pruebas, como por ejemplo las PISA. Es muy importante que se detecten los problemas y dificultades de aprendizaje del alumnado en cuanto a la adquisición de las competencias básicas, al nivel medio de logro alcanzado en cada competencia y al hecho de que se hagan explícitas las dificultades o déficit comunes que presenta el alumnado del centro por ciclo, cursos y grupos de alumnado. Las valoraciones que se realicen, después de la recogida de información sobre los diversos aspectos de la memoria de autoevaluación autoevaluación y relacionadas con los procesos procesos y resultados de básicas, han de aprendizaje del alumnado en relación con el desarrollo de las competencias básicas servir para establecer las líneas de actuación para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje y para la mejora de los resultados del alumnado, al igual que para establecer las medidas dirigidas a la prevención de dificultades de aprendizaje. Los centros pueden tener en consideración como indicadores para el diagnóstico del contexto datos referidos a la población en edad de escolarización o su situación escolar: el nivel de estudios de la población adulta, las expectativas de la comunidad sobre el nivel máximo de estudios por alcanzar, el acceso a la enseñanza superior por parte de la población adulta, la oferta de actividades extraescolares por organismos e instituciones presentes en el entorno, el acceso de la población escolar a las tecnologías de la información y comunicación, etc. Con respecto a los procesos educativos, educativos es conveniente que se analicen los criterios seguidos en múltiples aspectos; el agrupamiento del alumnado; los cauces establecidos para la participación de los padres en la vida del centro; el trabajo en equipo que realizan los maestros y las maestras y los estilos de docencia que desarrollan; las actividades extraescolares y complementarias que se organizan en el centro; el desarrollo de la tutoría y de la orientación educativa y el planteamiento de la formación del profesorado en relación con sus cometidos profesionales. Todo ello con la intención de extraer conclusiones sobre las condiciones más favorables que generen contextos más adecuados para el aprendizaje por competencias básicas. En referencia a los resultados educativos que se obtienen, obtienen es preciso analizar las calificaciones finales en las áreas instrumentales, las actitudes y conductas que manifiesta el alumnado ante el éxito escolar, los niveles de fracaso y/o abandono escolar prematuro y los porcentajes de promoción y titulación que se obtienen a la finalización del curso escolar. Todo ello con el fin de determinar el grado de influencia que tienen estos factores sobre el alumnado en la generación de expectativas y de motivación hacia el estudio.


centr tros De conformidad con la LOE y como se ha mencionado anteriormente, los cen tros educativos deberán realizar una autoevaluación de su propio funcionamiento: • • • •

de los programas que desarrollan, de los procesos de enseñanza y aprendizaje de los resultados de su alumnado, así como de las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje.

Esta autoevaluación será supervisada por la inspección educativa. educativa El resultado de este proceso de evaluación interna será recogido en una memoria de autoevaluación, que será también una referencia clara sobre la realidad educativa del centro y que permitirá el planteamiento de propuestas de mejora. 3.3.- FACTORES CLAVE PARA EL ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LA REALIDAD EDUCATIVA DEL CENTRO Disponer de información avalada con evidencias sobre el estado del centro, en cuanto a sus cometidos y en cuanto a los efectos de dicho estado en los rendimientos escolares del alumnado, es fundamental para tomar decisiones sobre la forma de plantear la integración de las competencias básicas en los instrumentos de planificación de dicho centro. Desde esta perspectiva, la incorporación de la cultura de la evaluación es necesaria para identificar los factores internos y externos que más inciden en el aprendizaje escolar. Estos factores reflejarán los diferentes ámbitos o dimensiones en los que se organiza el centro y la actividad educativa y profesional que se desarrolla en el mismo. En esta línea de análisis es necesario que se reflexione sobre: • • •

las enseñanzas impartidas y sobre los rendimientos que obtiene el alumnado, también sobre las pautas metodologías que se siguen, el nivel de participación e implicación del alumnado y de los padres y madres en la vida del centro, • las normas de convivencia y las relaciones que se establecen entre los diferentes sectores y miembros de la comunidad educativa, • los mecanismos de resolución de conflictos, los modelos de convivencia basados en la diversidad y en el respeto de la igualdad de mujeres y hombres y la apertura del centro al entorno. La identificación de los factores clave, clave la valoración objetiva de la incidencia de éstos en los procesos de enseñanza y la puesta en marcha de procedimientos internos que regulen la participación en la toma de decisiones es fundamental para garantizar la adopción y aplicación de medidas dirigidas a favorecer aprendizajes fundamentales para la vida del alumnado. También deben ser objeto de reflexión, reflexión en cuanto a la orientación de sus cometidos para la mejora de la práctica docente y de los rendimientos escolares, el funcionamiento funcionamiento de los órganos


de coordinación docente docente y las tareas que éstos tienen encomendadas en torno a diferentes dimensiones y factores clave: Dimensión 1. Organización y funcionamiento de los centros educativos. 1. El ejercicio eficaz de la función directiva en función de las competencias asignadas y del proyecto de dirección. 2. El funcionamiento y cometido de los órganos de coordinación docente dirigidos a la mejora de la práctica docente y de los resultados escolares.La organización y revisión de la jornada escolar y del horario del alumnado y del profesorado, en función de criterios pedagógicos que respondan a las necesidades de todos y cada uno de los alumnos y alumnas del centro. 3. La dinamización y fortalecimiento de las estructuras organizativas y participativas del centro. Dimensión 2. Planificación Planificación y desarrollo de la práctica docente en relación con el currículo escolar y la atención a la diversidad del alumnado. 1. La organización del currículo escolar: áreas, ámbitos, proyectos integrados, etc. 2. El diseño y desarrollo de la programación didáctica y de aula en torno a las competencias básicas para la mejora de los rendimientos escolares del alumnado. 3. La aplicación de diversas metodologías y recursos didácticos en el aula adaptados a los distintos ritmos de aprendizaje del alumnado. 4. La incorporación de tareas integradas en los procesos de aprendizaje del alumnado que respondan a situaciones o problemas de la vida real. 5. La estimulación de la lectura y el uso de las tecnologías de la información y dela comunicación en las aulas. 6. Los criterios comunes de evaluación de las competencias básicas 7. La evaluación de la práctica docente y de los resultados de los procesos de enseñanzaaprendizaje. 8. La aplicación de medidas organizativas y curriculares que atiendan a la diversidad de necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado. 9. Dimensión 3. Convivencia escolar, acción tutorial y orientación educativa del alumnado. 1. La dirección, gestión y control del aula y el clima y dinámica de trabajo necesaria para favorecer el aprendizaje personal y cooperativo entre el alumnado. 2. La utilización de la mediación y el diálogo en la resolución de conflictos entreiguales y entre el alumnado, las familias y el profesorado. 3. La detección y prevención de conductas contrarias a las normas o gravemente perjudiciales para la convivencia, y la aplicación de medidas educativas. 4. El fomento de la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres en los diferentes espacios de aprendizaje y convivencia. 5. Los procedimientos de comunicación e interrelación con las familias y las estrategias de colaboración con el centro educativo: compromisos educativos y de convivencia. 6. Los programas de transición y acogida del alumnado y de coordinación con los centros adscritos. 4.4.- APORTACIONES DE LA EVALUACIÓN INICIAL PARA EL CONOCIMIENTO DEL GRADO DE DOMINIO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS DEL ALUMNADO


La evaluación inicial debe ser la herramienta profesional de partida que utilicen los centros para obtener información sobre el grado de desarrollo de las competencias básicas por parte del alumnado. En el apartado segundo de este capítulo, sobre los indicadores del contexto sociocultural y educativo, ya se han establecido algunas consideraciones sobre la evaluación inicial que no deben perderse de vista. Al comienzo de cada ciclo los tutores y las tutoras de educación primaria deben realizar una evaluación inicial del alumnado, teniendo en consideración los informes personales y los datos obtenidos de diferentes pruebas y actividades, para determinar el punto de partida en el que se encuentran para el inicio de nuevos aprendizajes. Dicha evaluación inicial es el punto de referencia del equipo docente para tomar decisiones relativas al desarrollo del currículo y para adecuar éste a las características y conocimientos del alumnado. El equipo docente, como inicial, deberá adoptar las como consecuencia del resultado de la evaluación inicial medidas pertinentes de apoyo, refuerzo y recuperación para el alumnado que lo precise o de adaptación curricular para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Para la la elaboración de instrumentos que configuren la evaluación inicial del alumnado alumnado se propone, en clave de competencias básicas, que los equipos docentes utilicen como marco de referencia los indicadores de logro o dominio consensuados previamente, previamente, que sirvan de base para el desarrollo de las programaciones didácticas a lo largo del curso escolar; el empleo de los aspectos básicos distintivos de cada competencia, que se consideran claves en el desarrollo de las mismas y, en su caso, los elementos de la competencia que sean considerados más significativos empleados en las Pruebas de Evaluación Diagnóstico. El centro ha de establecer pues criterios comunes que seguir en: en • el diseño de la evaluación inicial del alumnado, • las áreas que van a centrar la evaluación, • así como las competencias básicas que van a medir las pruebas, • definiendo previamente las dimensiones y elementos u aspectos de la competencia que se van a contemplar con objeto de determinar el grado de dominio alcanzado y los déficit existentes. 5.5.- VINCULACIÓN DE LOS ASPECTOS DISTINTIVOS DE LAS COMPETENCIA BÁSICAS CON LOS APRENDIZAJES IMPRESCINDIBLES DE LAS ÁREAS DEL CURRÍCULO La apuesta del Ministerio de Educación por establecer un discurso sobre las competencias básicas, relacionándolas estrechamente con el propio currículo escolar, facilita la interrelación de los aspectos que distinguen y diferencian a unas competencias de otras con los aprendizajes imprescindibles de las áreas de conocimiento y experiencia. La propia ordenación de las competencias en torno al currículo escolar, en detrimento de otros planteamientos favorecidos por instancias internacionales, favorece la vinculación más estrecha de las competencias con determinadas áreas. En este sentido, y entre las competencias que promueven los aprendizajes más instrumentales para la vida, la competencia en comunicación lingüística promueve el lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita, de representación, interpretación y comprensión de


la realidad, de construcción y comunicación del conocimiento y de organización, y de autorregulación del pensamiento, las emociones y la conducta. La competencia matemática se dirige a la utilización de los números, sus operaciones básicas y las formas de expresión y razonamiento matemático, para producir e interpretar distintos tipos de información, ampliar el conocimiento sobre aspectos cuantitativos y espaciales de la realidad, y para resolver problemas relacionados con la vida cotidiana y con el mundo laboral. La competencia de conocimiento e interacción con el mundo físico plantea que los sujetos interactúen con el mundo físico en sus aspectos naturales y en los generados por la acción humana, para posibilitar la comprensión de sucesos, la predicción de consecuencias y la actividad dirigida a la mejora y preservación de las condiciones de vida propia, de las demás personas y del resto de los seres vivos. Entre las competencias básicas que favorecen la integración social de los educandos, la competencia social y ciudadana está diseñada para que el alumnado vaya progresivamente comprendiendo la realidad social en que vive y aprenda a cooperar, convivir y ejercer la ciudadanía democrática en una sociedad plural, y a comprometerse a contribuir a su mejora. La competencia cultural y artística pretende que los alumnos y las alumnas conozcan, comprendan, aprecien y valoren críticamente diferentes manifestaciones culturales y artísticas, y que utilicen éstas como fuente de enriquecimiento y disfrute del patrimonio de los pueblos. Entre las competencias que dotan a los sujetos de los habilidades y destrezas básicas para afrontar con éxito y a lo largo de la vida los retos que le plantea la sociedad del conocimiento, la competencia sobre el tratamiento de la información y la competencia digital promueve la disposición de habilidades para buscar, obtener, procesar y comunicar información, y para transformarla en conocimiento. La competencia en autonomía e iniciativa personal está enfocada a la adquisición de la conciencia y a la aplicación de un conjunto de valores y actitudes personales interrelacionadas necesarios en una sociedad democrática. Y la competencia de aprender a aprender favorece la adquisición y utilización de habilidades para iniciarse en el aprendizaje y ser capaz de continuar aprendiendo de manera cada vez más eficaz y autónoma a lo largo de la vida. 6.6.- CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS DE LOS DESCRIPTORES EN RELACIÓN CON EL DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS Y EL CURRÍCULO ESCOLAR La formulación de "descriptores" son claves para organizar y evaluar el desarrollo del currículo escolar basado en las competencias básicas. Este proyecto propone la formulación de unos descriptores en cada etapa educativa, que tienen su origen en la conjunción entre los aspectos distintivos que definen cada competencia básica y los aprendizajes considerados imprescindibles, aportados por cada una de las áreas curriculares. Las fuentes de información que permiten la tarea de elaboración de descriptores de etapa a los equipos docentes pueden ser muy diversas. El propio currículo de las áreas origina una serie de referencias explícitas acerca de su contribución a aquellas competencias básicas a las que se


orienta, a través de los objetivos y a través de la propia selección de los contenidos y de los criterios de evaluación que sirven para valorar el progreso en su adquisición. Por otro lado,, las dimensiones, elementos e indicadores de los niveles de competencia competencia definidos en las Pruebas de Evaluación Diagnóstica que han sido objeto de aplicación en cada comunidad autónoma pueden facilitar la tarea de elaboración de descriptores, al igual que los utilizados en otras pruebas de carácter nacional e internacionales (PISA). La dinámica que han de seguir los centros educativos para hacer operativas las competencias básicas se ha de sustentar en la contextualización y en la concreción del currículo a partir de la valoración de los ámbitos de mejora detectados en los rendimientos escolares de los últimos cursos académicos, en las evaluaciones iniciales realizadas en clave de competencias y en la tendencia de los resultados de las pruebas de evaluación diagnóstica, una vez considerados los efectos del índice sociocultural. La estimación de necesidades y la realización de propuestas de mejora se constituyen como los referentes fundamentales para la vinculación y la interrelación de los aspectos distintivos de las competencias básicas con los aprendizajes imprescindibles aportados por las áreas de conocimiento. El centro educativo tiene que establecer una estrecha correlación correlación entre la realidad escolar y las expectativas de éxito del alumnado con la finalidad educativa y formadora asignada a las competencias básicas y a las áreas del currículo. A su vez, los órganos de coordinación docente han de mostrar la iniciativa e implicación implicación suficientes para plantearse la elaboración de unos descriptores de etapa, etapa que permitan determinar con la mayor claridad y precisión posible el nivel de desarrollo que se estima necesario y que deben alcanzar los alumnos y las alumnas al término de la misma en cuanto a las competencias básicas. Los descriptores de etapa se convierten en el marco de referencia común de todo el profesorado de un centro escolar y son el punto de partida para establecer un mayor nivel de concreción en los instrumentos de planificación curricular en cada uno de los ciclos educativos de la etapa.

7.7.- ORGANIZADORES INTERNOS PARA ELABORAR DESCRIPTORES E INDICADORES DE LOGRO O DOMINIO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS EN EL CURRÍCULO ESCOLAR Una de las tareas más difíciles difíciles de abordar, por parte del profesorado en los centros educativos, es la de hacer operativas las competencias básicas, a pesar de que el marco normativo establece que el referente para evaluarlas son los propios criterios de evaluación de cada una de las áreas que conforman el currículo escolar. En la concepción tanto del currículo, como de las competencias básicas entran en juego conocimientos, saberes, destrezas, habilidades, valores y actitudes adecuadas al contexto que el alumnado ha de alcanzar para su realización y desarrollo personal y que ha de conocer, adquirir y aplicar en la resolución de problemas y tareas relacionados con la ciudadanía activa, la integración social y el acceso al empleo, por lo que han de tenerse en consideración a la hora de identificar y definir los organizadores. Por tanto, esta propuesta se basa en la determinación inicial de unos organizadores previos que


hagan operativas las competencias básicas en el diseño y en el desarrollo del currículo escolar. Los organizadores seleccionados seleccionados están estrechamente relacionados relacionados con la estructura y con el contenido del currículo escolar y con la concepción y la finalidad de las competencias básicas: a) Los conocimientos, saberes y experiencias adquiridos a través de las áreas o materias para que sean aplicados en la resolución de tareas y problemas. b) Las habilidades cognitivas y prácticas utilizadas en la resolución de tareas y problemas. c) Los valores, actitudes y sentimientos que están presentes en la resolución de problemas y tareas y en la toma de decisiones. d) La resolución de tareas en un contexto determinado. Desde este planteamiento orientativo, orientativo los descriptores de etapa formulados sobre los tres primeros organizadores son básicos para tomar decisiones en torno a la organización y al desarrollo del currículo de las áreas. Asimismo, los descriptores de etapa para la resolución de tareas propias de los diferentes contextos permiten desarrollar la práctica docente a partir de la realización de las mismas y facilitan al profesorado de cada área la incorporación en la programación de aula de tareas y actividades integradas, confeccionadas por los propios equipos docentes. 8.8.- LA EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO EN LA MEJORA DEL DESARROLLO DEL CURRÍCULO Y DE LOS RENDIMIENTOS ESCOLARES ESCOLARES •

Finalidad y sentido de las Pruebas de Evaluación Diagnóstico en relación con el desarrollo del currículo escolar

Una de las novedades que presenta la LOE es la realización de una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por el alumnado al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria. Esta evaluación tiene carácter formativo y orientador. orientador La información recogida sobre la situación del alumnado y de los centros permite a éstos la adopción de medidas para mejorar las posibles deficiencias y, al mismo tiempo, disponer de datos sobre la tendencia de los resultados de las pruebas realizadas en los últimos cursos, con objeto de extraer las dimensiones y elementos de la competencia que pueden ser mejorables en el desarrollo del currículo por competencias. Las pruebas permiten obtener información objetiva y rigurosa sobre el desarrollo alcanzado por el alumnado en competencias básicas en los distintos ámbitos del currículo, con el fin de que los agentes educativos puedan reflexionar sobre sobre los resultados resultados y establecer propuestas para la mejora. Sirven además para proporcionar información a los centros y al profesorado sobre el nivel de consecución de las competencias básicas con la suficiente antelación, a la finalización de la etapa correspondiente, como para que puedan ser puestas en marcha en el proceso educativo mejoras que conduzcan a la consecución de los objetivos generales de aquélla. La finalidad de las pruebas de evaluación de diagnóstico no es medir tasas brutas de adquisición de contenidos, sino establecer una secuencia de niveles de consecución o dominio que permitan ir ajustando los rendimientos del alumnado a las exigencias actuales, buscando un nivel óptimo de desarrollo de competencias para su aplicación a contextos diferentes al educativo. El proceso evaluador se dirige a la obtención de un conocimiento mayor y más claro sobre el


sectores res educativos en la rendimiento conseguido por el alumnado, e implica a todos los secto reflexión y en la mejora. mejora Por otra parte, el nivel que alcancen los alumnos y las alumnas en este tipo de pruebas puede estar condicionado en mayor o menor medida por el contexto escolar y social. Por este motivo, deben ser analizados los factores de contexto asociados a los rendimientos del alumnado. Los resultados de las evaluaciones de diagnóstico tienen que ofrecer a los centros educativos la suficiente información sobre el nivel de dominio que desarrolla el alumnado en las dimensiones y en los elementos de competencia que han sido considerados y han de ser una de las bases de partida para la configuración de una imagen próxima a la realidad educativa del centro. Esta base permite afrontar la toma de decisiones sobre las propuestas de mejora que implementar para responder a las dificultades y a los déficits que presenta el alumnado participante, y para adoptar medidas preventivas con el alumnado de cursos inferiores. Las pruebas tienen un carácter eminentemente orientador, por cuanto permiten conocer la evolución del rendimiento del alumnado a lo largo de los siguientes años y valorar el efecto que sobre el mismo puedan tener las propuestas de mejora introducidas introducidas. ducidas El sentido diagnóstico de las pruebas permite asimismo, una vez aplicadas, que los centros puedan obtener información para posteriores decisiones de carácter formativo sobre la planificación educativa del centro. El proceso de evaluación continua de cada uno de los alumnos y alumnas no se ve modificado por los resultados que se alcancen en las pruebas de la evaluación de diagnóstico. Las pruebas incorporado porado pruebas versan sobre las competencias básicas, aunque aún no se han incor todas, para el desarrollo personal, social y laboral del alumnado a lo largo de toda la vida: 1) Competencia en comunicación lingüística. 2) Competencia matemática. 3) Competencia Competencia en el conocimiento y la interacción en el mundo físico. 4) Tratamiento de la información y de la competencia digital. 5) Competencia social y ciudadana. 6) Competencia cultural y artística. 7) Competencia para aprender a aprender. 8) Autonomía e iniciativa iniciativa personal. •

Incidencia de los cuestionarios de contexto en los resultados de las pruebas y en la estimación de los rendimientos escolares

Los cuestionarios de contexto facilitan una serie de datos, cuyo análisis puede obtenerse información relevante para decisiones sobre la planificación de los procesos procesos de enseñanza y aprendizaje. El fin de estos cuestionarios es doble: por una parte, analizar el contexto del alumnado y, por otra, elaborar un índice socioeconómico y cultural de los centros que ayude en el análisis de la relación entre el rendimiento obtenido en las pruebas y la situación socioeconómica y cultural del alumnado y el centro. La cumplimentación de los cuestionarios de contexto se realiza cada curso escolar, debido a que el alumnado es diferente diferente y, en consecuencia, presenta distintas características en las variables consideradas. Es necesario conocer estas variables con el objeto de correlacionar los niveles de competencia alcanzados por el alumnado con los datos del contexto. Los cuestionarios cuestionarios recogen información y opiniones de la familia, del alumnado y del propio


centro sobre aspectos educativos del alumnado en los ámbitos escolar y familiar y sobre los niveles de estudio y de ocupación profesional del padre, madre o tutores legales. Para ello, ello, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones: Autoevaluación. 1. Sin perjuicio del desarrollo de los planes de evaluación de los centros que lleve a cabo la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa (AGAEVE AGAEVE), AGAEVE nuestro centro realizará una autoevaluación: autoevaluación: • • • • •

De su propio funcionamiento De los programas que desarrolla De los procesos de enseñanza y aprendizaje De los resultados de su alumnado Medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje 2. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa establecerá indicadores de que faciliten a los centros la realización de su autoevaluación de forma objetiva y homologada en toda la Comunidad Autónoma, sin menoscabo de la consideración de los indicadores de calidad que establezca el equipo técnico de coordinación pedagógica y a los que se refiere el artículo 88.o del R.O.C.). 3. Dicha evaluación tendrá como referentes los objetivos recogidos en el Plan de Centro e incluirá una medición de los distintos indicadores establecidos que permita valorar el grado del cumplimiento de dichos objetivos, el funcionamiento global del centro, centro de sus órganos de gobierno y de coordinación docente y del grado de utilización de los distintos servicios de apoyo a la educación y de las actuaciones de dichos servicios en el centro. Corresponde al equipo técnico de coordinación pedagógica la medición de los indicadores establecidos. establecidos. 4. El resultado de este proceso se plasmará, al finalizar cada curso escolar, en una MEMORIA DE AUTOEVALUACIÓN que aprobará el Consejo Consejo Escolar, contando para ello con las aportaciones que realice el Claustro de Profesorado, Profesorado, y que incluirá: a) Una valoración de logros y dificultades a partir de la información facilitada por los indicadores. b) Propuestas de mejora para su inclusión en el Plan de Centro. 5..- Para la realización de la memoria de autoevaluación se creará un equipo de evaluación que estará integrado, al menos, por el equipo directivo y por un representante de cada uno de los distintos sectores de la comunidad educativa elegidos por el Consejo Escolar de entre sus miembros, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en el reglamento de organización y funcionamiento del centro. 6. El resultado de este proceso se plasmará en una memoria de autoevaluación que será aprobada e incluida en el Sistema de Información Séneca antes del 30 de junio de cada año. 7. Para el desarrollo del proceso de autoevaluación se utilizarán los indicadores que, a tal efecto, establezca la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa, así como los indicadores de calidad que determine el equipo técnico de coordinación pedagógica, de conformidad con el


artículo 26.2 del Reglamento Orgánico de estos centros. Entre dichos indicadores se incluirán aquellos que midan los diferentes elementos analizados en las evaluaciones generales de diagnóstico y en las evaluaciones de diagnóstico en las que participe el centro. 8. Los plazos para la realización de la medición de los indicadores de calidad por parte del equipo técnico de coordinación pedagógica, así como para la realización de aportaciones por parte del Claustro de Profesorado, serán fijados por la dirección del centro y finalizarán, en todo caso, antes del 25 de junio de cada año. Asesoramiento y supervisión de la inspección educativa. La inspección educativa asesorará al equipo técnico de coordinación pedagógica en la elaboración de los indicadores de calidad y supervisará el proceso de autoevaluación así como la elaboración de la correspondiente memoria, y velará para que se incluyan en la misma las propuestas de mejora que se deriven de la autoevaluación y de la evolución de los indicadores a que se refiere el artículo 26.2 y para que se realicen las actualizaciones o modificaciones del Plan de Centro que correspondan. Evaluación y publicación de las las conclusiones de interés general. 1. La Agencia Andaluza de Evaluación Educativa elaborará y desarrollará planes de evaluación. evaluación A estos efectos, los centros colaborarán con la misma en todos los procesos de evaluación que se lleven a cabo, de conformidad con lo que se establezca por Orden de la Consejería competente en materia de educación. 2. La evaluación de los centros deberá tener en cuenta: Las conclusiones obtenidas en las anteriores evaluaciones y los resultados de la autoevaluación Las situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y el alumnado que acogen. El entorno del propio centro y los recursos de que disponen. La evaluación se efectuará sobre los procesos educativos y sobre los resultados obtenidos, tanto en lo relativo a la organización, gestión y funcionamiento, como al conjunto de las actividades de enseñanza y aprendizaje. 3. La Consejería competente en materia de educación publicará periódicamente las conclusiones de interés general de las evaluaciones de los centros efectuadas por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa.

INDICADORES DE EVALUACIÓN INTERNA

1.1.-La utilización del tiempo de planificación de la enseñanza y de desarrollo de los aprendizajes en el aula. 1.1. Criterios pedagógicos de asignación de enseñanzas, formación de grupos y elaboración de horarios.

1.2. Cumplimiento del calendario laboral y escolar, y control de ausencias del personal del Centro.


1.3. Utilización efectiva del tiempo de aprendizaje en el aula.

2.2.- La concreción del currículum, su adaptación al contexto, y la planificación efectiva de la práctica docente.

2.1. Establecimiento de secuencias de contenidos por áreas, ámbitos, materias o módulos en cada curso y ciclo para toda la etapa, o por cualquier otro procedimiento de ordenación del currículum (proyectos, tareas,…), de acuerdo con los objetivos y competencias básicas.

2.2. Desarrollo de estrategias metodológicas propias del área, materia o ámbito para abordar los procesos de enseñanza y aprendizaje, con especial atención a: • • • •

Leer, escribir, hablar y escuchar. Aprendizaje de las matemáticas ligado a situaciones de la vida cotidiana. Desarrollo del conocimiento científico, la expresión artística y la actividad física. Utilización de tecnologías de la información y comunicación.

3.3.-La evaluación ddee los resultados escolares y la adopción de medidas de mejora adaptadas a las necesidades de aprendizaje del alumnado.

3.1. Criterios de evaluación, promoción y titulación. 3.2. Evaluación del alumnado que realiza el centro y resultados de pruebas externas.

4-La inclusión escolar y la atención a las necesidades de aprendizaje como respuesta educativa a todo el alumnado y la consecución del éxito escolar para todos.

4.1. Medidas de atención a la diversidad adaptadas a las necesidades especificas del alumnado. 4.2. Tutorización del alumnado, relación con las familias y el entorno.

5.5.-Una dirección y coordinación del centro orientada a la eficacia de la organización en la consecución y mejora de los logros escolares de todo el alumnado. 6.-La relación interpe interpersonal rsonal y los valores de la convivencia dentro de un apropiado clima escolar.


9. LA FORMA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO, CRITERIOS La atención a la diversidad resulta especial en un proceso que debe contemplar las especificidades del alumnado y también de las dificultades de aprendizaje que existen en diversos casos. •

Plan de atención a la diversidad del alumnado: organización de actividades de refuerzo y recuperación

El plan de atención a la diversidad debe estar orientado a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y a la consecución de las competencias básicas y de los objetivos de la etapa. En la realización de las programaciones didácticas debe contemplarse, por una parte, una secuencia de

tareas y actividades que permitan la la personalización de los procesos de aprendizajes y que favorezcan la atención a la diversidad. En función de los resultados de las diferentes evaluaciones y de las PED, se pueden establecer medidas concretas curriculares y/o organizativas para aquel alumnado que lo precise. El establecimiento de una "Escala Escala Graduada de Logro o Dominio", Dominio que establece o determina un proceso de adquisición continua de aprendizajes complejos o competencias, facilita una práctica docente y una evaluación que tiene como principio de acción educativa fundamental la atención a la diversidad del alumnado desde una práctica inclusiva. Esta escala de indicadores facilita al profesorado proponer, en torno a un mismo objeto de conocimiento, un referente personalizado y que responda al nivel curricular de cada alumno, posibilitando con ello la participación de todo el alumnado en la resolución de una misma propuesta de trabajo y de logro adaptadas a las capacidades de cada alumno/a. En los programas de refuerzo cobran especial relevancia, por su carácter más instrumental, la adquisición por parte del alumnado de las competencias de "Comunicación "Comunicación lingüística" y "Competencia matemática". Y, por su importancia en el desarrollo de la autonomía del alumno para responder a sus necesidades y resultados educativos, la "competencia aprender a aprender", la "competencia para la autonomía e iniciativa personal" y la "competencia digital y tratamiento de la información". Los programas de refuerzo (de instrumentales, de aprendizajes no adquiridos y planes personalizados para alumnado que no promociona) se realizarán a partir de las mismas programaciones didácticas en las que se han formulado los indicadores que determinan el grado de logro dominio de las competencias. Se trata de hacer más hincapié en la adquisición de los aprendizajes imprescindibles imprescindibles para la vida que aportan las competencias, que en los contenidos estrictamente aportados por las áreas curriculares. Y de utilizar una metodología activa y colaborativa que favorezca fundamentalmente la adquisición de las competencias lingüística, matemática y de autonomía e iniciativa personal, a través de la planificación y desarrollo de actividades motivadoras en las que se use una selección de textos relacionados con su vida y sus intereses, se plantee la resolución de problemas relacionados con la vida cotidiana y se diseñe la realización de tareas acordes a su nivel competencial. Es fundamental también la toma de decisiones sobre la adopción y aplicación de medidas organizativas acordes a los planteamientos pedagógicos y curriculares establecidos, en función de las necesidades detectadas y recursos disponibles. En la educación primaria se debe promover el establecimiento de grupos flexibles flexibles para la realización de determinadas tareas que requieren de una atención más personalizada. Los desdobles de grupos en áreas instrumentales pueden ser muy útiles, sobre todo en los primeros cursos, así como el apoyo en grupos ordinarios. El modelo flexible de horario lectivo semanal permite una mejor adaptación y respuesta educativa a las necesidades que se van detectando a lo largo del curso escolar en cada grupo-clase. Conforme a lo establecido en la ORDEN de 25 de julio de 2008, 2008 por la que se regula la atención a la


diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía, hemos de tener en cuenta las siguientes consideraciones: La organización y desarrollo de las enseñanzas, en estas etapas, conllevan la exigencia de una permanente atención a la diversidad del del alumnado, alumnado para lo cual los centros docentes y el profesorado arbitrarán medidas de adaptación del currículo a las características y posibilidades personales, sociales y culturales del alumnado. Se pondrá especial énfasis en la adquisición de las competencias básicas, en la detección y tratamiento de las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan, en la tutoría y orientación educativa del alumnado y en la relación con las familias para apoyar el proceso educativo de sus hijos e hijas. Asimismo, se arbitrarán las medidas que permitan que el alumnado obtenga el máximo desarrollo posible de las capacidades personales, garantizando así el derecho a la educación que les asiste. 1. Principios generales de atención a la diversidad.

1. Los centros dispondrán las medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, que les permitan, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades. 2. La atención a la diversidad del alumnado será la pauta ordinaria de la acción educativa en la enseñanza obligatoria, para lo cual se favorecerá una organización flexible, variada e individualizada de la ordenación de los contenidos y de su enseñanza. 3. Dado el carácter obligatorio de la educación básica, las medidas de atención a la diversidad que se apliquen estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y a la adquisición de las competencias básicas y de los objetivos del currículo establecidos para la educación primaria y la educación secundaria obligatoria, garantizando así el derecho a la educación que les asiste. 4. A tales efectos, se establecerán los mecanismos adecuados y las medidas de apoyo y refuerzo precisas que permitan detectar las dificultades de aprendizaje tan pronto como se produzcan y superar el retraso escolar que pudiera presentar el alumnado, así como el desarrollo intelectual del alumnado con altas capacidades intelectuales. 5. Las medidas curriculares y organizativas para atender a la diversidad deberán contemplar la inclusión escolar y social, y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que impida al alumnado alcanzar los objetivos de la educación básica y la titulación correspondiente. 6. El marco habitual para el tratamiento del alumnado con dificultades de aprendizaje, o con insuficiente nivel curricular en relación con el del curso que le correspondería por edad, es aquel en el que se asegure un enfoque multidisciplinar, multidisciplinar asegurándose la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda al alumno o alumna y, en su caso, de los departamentos o de los equipos de orientación educativa. 7. Se garantizará el acceso y la permanencia en el sistema educativo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, educativo entendiendo por tal el alumnado con necesidades educativas especiales, el que se incorpore de forma tardía al sistema educativo, el que precise de acciones de carácter compensatorio y el que presente altas capacidades intelectuales. 8. Los centros establecerán medidas de detección y atención temprana durante todo el proceso de escolarización, con el objeto de que el alumnado que la requiera alcance el máximo desarrollo personal,


intelectual, social y emocional. 9. Los centros docentes dispondrán de autonomía para organizar los recursos humanos y materiales que se les asignen de acuerdo con la planificación educativa, con objeto de posibilitar la atención a la diversidad de su alumnado. •

Coordinación entre las etapas que conforman la enseñanza básica.

1. Las actuaciones en materia de atención a la diversidad del alumnado mantendrán una continuidad entre cursos, ciclos y etapas, para lo cual se garantizará la coordinación entre los equipos de orientación educativa o departamentos de orientación, el profesorado y los centros docentes que imparten la educación primaria y la educación secundaria obligatoria. 2. A tales efectos, los institutos de educación secundaria y los colegios de educación primaria que estén adscritos a los mismos podrán desarrollar actuaciones de tutoría compartida entre el profesorado tutor de primero de educación secundaria obligatoria y el de sexto de educación primaria, con el asesoramiento de los equipos de orientación educativa y de los departamentos de orientación, con objeto de intercambiar información sobre las medidas de atención a la diversidad que se estén desarrollando y la eficacia de las mismas, así como para coordinar criterios en el tratamiento del alumnado con dificultades de aprendizaje. 3. Los proyectos educativos recogerán las actuaciones que se establezcan, una vez acordadas por los centros docentes afectados. •

Actuaciones y medidas de atención a la diversidad

Estrategias de apoyo y refuerzo.

1. Los centros dispondrán de autonomía para organizar los grupos y las materias de manera flexible y para adoptar otras medidas de atención a la diversidad y de fomento de la igualdad entre sexos. 2. Se prestará especial atención durante toda la enseñanza básica a las estrategias de apoyo y refuerzo de las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Lengua extranjera y Matemáticas. 3. El profesorado tendrá en consideración en las programaciones de los contenidos y de las actividades las diversas situaciones escolares y las características específicas del alumnado al que atiende. 4. La atención al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo se realizará ordinariamente dentro de su propio grupo. Cuando dicha atención requiera un tiempo o espacio diferente, se hará sin que suponga discriminación o exclusión de dicho alumnado.

Actuaciones para la atención a la diversidad. Las medidas de atención a la diversidad que adopte cada centro docente formarán parte de su proyecto educativo. La dirección del centro designará al profesorado responsable de la aplicación de las mismas. •

Medidas de atención a la diversidad de carácter general para la enseñanza obligatoria.


1. Los centros que imparten la enseñanza obligatoria adoptarán las medidas de atención a la diversidad de su alumnado que consideren más adecuadas para mejorar su rendimiento académico y minimizar las situaciones de fracaso escolar. 2. Con carácter general, los centros docentes harán una propuesta de organización académica para la atención a la diversidad que podrá comprender las siguientes medidas: a)Agrupamientos Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico. Esta medida, que tendrá un carácter temporal y abierto, deberá facilitar la integración del alumnado en su grupo ordinario y, en ningún caso, supondrá discriminación para el alumnado más necesitado de apoyo. b)Desdoblamientos Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza. c)Apoyo Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en los casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua castellana y literatura y de Matemáticas. d) Modelo flexible de horario lectivo semanal, semanal que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado. •

Programas de atención a la diversidad diversidad

Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas. 1. Los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas que permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de educación primaria o de educación secundaria obligatoria. 2. Los programas de refuerzo son programas de actividades motivadoras que buscan alternativas al programa curricular curricular de las materias instrumentales. instrumentales Dichas actividades deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural. Entre éstas, se consideran actividades que favorezcan la expresión y comunicación oral y escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares, así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de problemas cotidianos. 3. Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas están dirigidos dirigido al alumnado de educación primaria o de primero o segundo de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes: a)El alumnado que no promociona de curso. b)El alumnado que aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior. c)Quienes acceden al primer curso de educación secundaria obligatoria y requieren refuerzo en las materias instrumentales básicas. d)Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Matemáticas y Primera lengua extranjera.


El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince.. El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado. 5. El profesorado que imparta los programas programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias. A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido se transmitirá al alumnado y sus familias. No obstante lo anterior, los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos. 1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. 2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos incluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación. Las medidas de atención a la diversidad que adopte cada centro docente formarán parte de su proyecto educativo. La dirección del centro designará al profesorado responsable de la aplicación de las mismas.

Medidas de atención a la diversidad de carácter general para la enseñanza obligatoria. 1. Los centros que imparten la enseñanza obligatoria adoptarán las medidas de atención a la diversidad de su alumnado que consideren más adecuadas para mejorar su rendimiento académico y minimizar las situaciones de fracaso escolar. 2. Con carácter general, los centros docentes harán una propuesta de organización académica para la atención a la diversidad que podrá comprender las siguientes medidas: a)Agrupamientos Agrupamientos flexibles para la atención al alumnado en un grupo específico. Esta medida, que tendrá un carácter temporal y abierto, deberá facilitar la integración del alumnado en su grupo ordinario y, en ningún caso, supondrá discriminación para el alumnado más necesitado de apoyo. b)Desdoblamientos Desdoblamientos de grupos en las áreas y materias instrumentales, con la finalidad de reforzar su enseñanza. c)Apoyo Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en los casos del alumnado que presente un importante desfase en su nivel de aprendizaje en las áreas o materias de Lengua castellana y literatura y de Matemáticas. d) Modelo flexible de horario lectivo semanal, semanal que se seguirá para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado.

Programas de atención a la diversidad

Programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas Los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas tienen como fin asegurar los aprendizajes básicos de Lengua castellana y literatura, Primera Lengua extranjera y Matemáticas que


permitan al alumnado seguir con aprovechamiento las enseñanzas de educación primaria o de educación secundaria obligatoria. Los programas de refuerzo son programas de actividades motivadoras que buscan alternativas alternativas al programa curricular de las materias instrumentales. instrumentales Dichas actividades deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural. Entre éstas, se consideran actividades que favorezcan la expresión y comunicación oral y escrita, tales como la realización de teatros, periódicos escolares, así como el dominio de la competencia matemática, a través de la resolución de problemas cotidianos. Los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas están están dirigidos dirigido al alumnado de educación primaria o de primero o segundo de educación secundaria obligatoria que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes: a)El alumnado que no promociona de curso. b)El alumnado que aun promocionando de curso, no ha superado alguna de las áreas o materias instrumentales del curso anterior c)Quienes acceden al primer curso de educación secundaria obligatoria y requieren refuerzo en las materias instrumentales básicas. d)Aquellos en quienes se detecten, en cualquier momento del ciclo o del curso, dificultades en las áreas o materias instrumentales de Lengua castellana y literatura, Matemáticas y Primera lengua extranjera. El número de alumnos y alumnas en los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas no podrá ser superior a quince.. El alumnado que supere los déficits de aprendizaje detectados abandonará el programa de forma inmediata y se incorporará a otras actividades programadas para el grupo en el que se encuentre escolarizado. El profesorado profesorado que imparta los programas de refuerzo de áreas o materias instrumentales básicas realizará a lo largo del curso escolar el seguimiento de la evolución de su alumnado e informará periódicamente de dicha evolución a las familias. A tales efectos, y sin perjuicio de otras actuaciones, en las sesiones de evaluación se acordará la información que sobre el proceso personal de aprendizaje seguido se transmitirá al alumnado y sus familias. No obstante lo anterior, los programas de refuerzo de materias instrumentales básicas no contemplarán una calificación final ni constarán en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado.

Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos. 1. El alumnado que promocione sin haber superado todas las áreas o materias seguirá un programa de refuerzo destinado a la recuperación de los aprendizajes no adquiridos y deberá superar la evaluación correspondiente a dicho programa. 2. Los programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos incluirán el conjunto de actividades programadas para realizar el seguimiento, el asesoramiento y la atención personalizada al alumnado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como las estrategias y criterios de evaluación 3. La escolarización del alumnado que sigue programas de adaptación curricular se regirá por los principios de normalización, inclusión escolar y social, flexibilización y personalización de la enseñanza.


La escolarización del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. Cuando presenten graves carencias en la lengua española, recibirán una atención específica que será, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal. Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de un ciclo en educación primaria o de dos o más años en educación secundaria obligatoria, podrán ser escolarizados, respectivamente, en un curso inferior o en uno o dos cursos inferiores al que les correspondería por edad, en los términos recogidos en el artículo 16.2 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en el 20.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio. De conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, los centros docentes que atiendan alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo dispondrán de los medios, de los avances técnicos y de los recursos específicos que permitan garantizar la escolarización de este alumnado en condiciones adecuadas. Asimismo, recibirán una atención preferente de los servicios de apoyo a la educación.

Tipos de programas de adaptación curricular curricular y apoyos.

1. Los programas de adaptación curricular en su concepción y elaboración podrán ser de tres tipos: a)Adaptaciones Adaptaciones curriculares no significativas, significativas cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado es poco importante. Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios, metodología y contenidos, pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación. b)Adaptaciones Adaptaciones curriculares significativas, significativas cuando el desfase curricular con respecto al grupo de edad del alumnado haga necesaria la modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación. c)Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales. intelectuales Las adaptaciones curriculares podrán contar con apoyo educativo, preferentemente dentro del grupo de clase y, en aquellos casos en que se requiera, fuera del mismo, de acuerdo con los recursos humanos asignados al centro. La organización de estos apoyos quedará reflejada en el proyecto educativo del centro.

Adaptaciones curriculares no significativas. 1. Las adaptaciones curriculares no significativas irán dirigidas al alumnado que presente desfase en su nivel de competencia curricular respecto del grupo en el que está escolarizado, por presentar dificultades graves de aprendizaje o de acceso al currículo asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, por encontrarse en situación social desfavorecida o por haberse incorporado tardíamente al sistema educativo. 2. Las adaptaciones curriculares no significativas podrán ser grupales, grupales cuando estén dirigidas a un grupo de alumnado que tenga un nivel de competencia curricular relativamente homogéneo, o individuales. individuales 3. Las adaptaciones curriculares serán propuestas y elaboradas por el equipo docente, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. En dichas adaptaciones constarán las áreas o materias en las que se va a aplicar, la metodología, la organización de los contenidos, los criterios de evaluación y la organización de tiempos y espacios.


4. En ningún caso, las adaptaciones curriculares grupales podrán suponer agrupamientos discriminatorios para el alumnado. El Consejo Escolar pondrá especial atención para garantizar la correcta aplicación de esta medida. 5. Las adaptaciones curriculares individuales podrán ser propuestas, asimismo, por el profesor o profesora del área o materia en la que el alumnado tenga el desfase curricular a que se refiere el apartado 1, que será responsable de su elaboración y aplicación, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

Adaptaciones curriculares significativas. 1. Las adaptaciones curriculares significativas irán dirigidas al alumnado con necesidades educativas especiales, a fin de facilitar la accesibilidad de los mismos al currículo. 2. Las adaptaciones curriculares significativas se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias básicas; la evaluación y la promoción tomarán como referente los criterios de evaluación fijados en dichas adaptaciones. 3. Las adaptaciones curriculares significativas requerirán una evaluación psicopedagógica previa, previa realizada por los equipos o departamentos de orientación, con la colaboración del profesorado que atiende al alumnado. De dicha evaluación se emitirá un informe de evaluación psicopedagógica que incluirá, al menos, los siguientes apartados: a)Datos personales y escolares. b)Diagnóstico de la discapacidad o trastorno grave de conducta. c)Entorno familiar y social del alumnado. d)Determinación, en su caso, de las necesidades educativas especiales. e)Valoración del nivel de competencia curricular. f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado. 4. El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, especial con la colaboración del profesorado del área o materia encargado de impartirla y contará con el asesoramiento de los equipos o departamentos de orientación. 5. Sin perjuicio de su inclusión en el proyecto educativo del centro, las adaptaciones curriculares significativas quedarán recogidos en un documento, que estará disponible en la aplicación informática «Séneca», y que contendrá, al menos, los siguientes apartados: apartados a)Informe de evaluación psicopedagógica al que se refiere el apartado 3 de este artículo. b)Propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la modificación de los objetivos, metodología, contenidos, criterios de evaluación y organización del espacio y del tiempo. c)Adaptación de los criterios de promoción y titulación, de acuerdo con los objetivos de la propuesta curricular. d)Organización de los apoyos educativos.


e)Seguimiento y valoración de los progresos realizados por el alumnado, con información al mismo y a la familia. 6. La aplicación de las adaptaciones curriculares significativas será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con la colaboración del profesorado de educación especial y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación. 7. La evaluación de las áreas o materias será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y, en su caso, del profesorado de apoyo. 8. Las decisiones sobre la evaluación de las adaptaciones curriculares y la promoción y titulación del alumnado se realizarán de acuerdo a los objetivos fijados en la adaptación curricular significativa y será realizada por el equipo docente, oído el equipo o departamento de orientación . 9. La escolarización de este alumnado en la etapa de educación secundaria obligatoria en centros ordinarios podrá prolongarse un año más de lo establecido con carácter general, siempre que ello favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y sin menoscabo de lo dispuesto en el artículo 28.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales. 1. Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado de los objetivos generales de las etapas educativas, contemplando medidas extraordinarias orientadas a ampliar y enriquecer los contenidos del currículo ordinario y medidas excepcionales de flexibilización del período de escolarización. 2. Dichas adaptaciones curriculares requieren una evaluación psicopedagógica previa, realizada por los equipos o departamentos de orientación, en la que se determine la conveniencia o no de la aplicación las mismas. De dicha evaluación se emitirá un informe que contendrá, al menos, los siguientes apartados: a) Datos personales y escolares del alumnado. b) Diagnóstico de la alta capacidad intelectual. c) Entorno familiar y social del alumnado. d) Determinación de las necesidades específicas de apoyo educativo. e) Valoración del nivel de competencia curricular. f) Orientaciones al profesorado y a los representantes legales del alumnado. 3. Las adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales establecerán una propuesta curricular por áreas o materias, en la que se recoja la ampliación y enriquecimiento de los contenidos y las actividades específicas de profundización. 4. La elaboración y aplicación de las adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor o profesora del área o materia correspondiente, con el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.


5. La Consejería competente en materia de educación, a propuesta de la dirección del centro, previo trámite de audiencia al padre, madre o tutores legales, podrá adoptar las siguientes medidas de flexibilización de la escolarización de este alumnado: a)Anticipación en un año de la escolarización en el primer curso de la educación primaria. b)Reducción de un año de permanencia en la educación primaria. c)Reducción de un año de permanencia en la educación secundaria obligatoria. 6. El procedimiento a seguir para la medida de flexibilización será establecido mediante Orden de la Consejería competente en materia de educación. La Consejería competente en materia de educación favorecerá el desarrollo de programas específicos y la formación en los centros educativos de los equipos docentes implicados en la atención de este alumnado. Actividades de refuerzo y apoyo en horario de tarde.

Los centros docentes públicos podrán desarrollar actividades de refuerzo y apoyo en horario de tarde dirigidas al alumnado que presente retraso escolar. La Consejería competente competente en materia de educación regulará esta actividad que será tutelada o impartida voluntariamente por el profesorado del centro, con objeto de trabajar de forma específica las carencias detectadas en el alumnado.(Programa de Acompañamiento Escolar )

10. LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE REFUERZO Y RECUPERACIÓN

1.1.-INTRODUCCIÓN No todo el alumnado del Centro es capaz de adquirir los aprendizajes escolares que se establecen en la programación de aula para un determinado grupo con la misma profundidad. Para Para esos alumnos/as que presentan mayor dificultad que el resto, resto por presentar determinadas necesidades educativas que requieren una atención más individualizada, es necesario establecer en el centro un programa de refuerzo educativo de áreas instrumentales básicas. Ésta es una de las medidas de atención a la diversidad recogidas en el Decreto 230/2007, por el que se establece las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria, y concretada en la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía. concretas, y contribuir al desarrollo de las El objetivo es responder a esas necesidades educativas concretas competencias básicas y de los objetivos de etapa. Concretamente, van dirigidos al alumnado de educación primaria que no promociona de curso, a aquel que, aún promocionando de curso, no ha superado algunas de las áreas instrumentales del curso anterior o a aquellos a quienes se le detecten, en cualquier momento del ciclo, dificultades en las mismas. Constituye, por tanto, un conjunto de estrategias que complementan, consolidan o enriquecen la acción educativa ordinaria y principal, dirigidas a favorecer la expresión y comunicación oral y escrita y el dominio de la


competencia matemática, a través de resolución de problemas cotidianos. Por último señalar que, no debemos entender el refuerzo como aquellas medidas asistemáticas y aisladas en las que un profesor atiende individualmente o en pequeños grupos al alumnado de manera improvisada y puntual para cumplimentar los horarios lectivos que demanda la Administración. Esta forma de abordar el refuerzo educativo conlleva ciertos peligros como puede ser que se atienda en mayor medida a unas necesidades en detrimento de otras, se rentabilice poco el esfuerzo y no exista seguimiento ni continuidad de la medida, siendo por tanto poco eficaz.

1.1. Normativa de referencia. 1.2. Orden 25 de Julio de 2008 de atención a la diversidad. RD 1513/2006 Enseñanzas mínimas DDecreto 230/2007 por el que se establece la ordenación y enseñanzas de Primaria en Andalucía. Orden de 10 de agosto de desarrollo de currículo Orden de 10 de Agosto de evaluación en primaria Decreto 428/2008 desarrollo de Educación Infantil Orden de 5 de agosto de 2008, por la que se desarrolla el Currículo correspondiente a la Educación Infantil en Andalucía. 2.2.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA 2.1. Relacionados con el centro educativo. Incrementar el porcentaje de alumnado que promociona a primer ciclo de ESO. Aumentar el porcentaje de alumnado que promociona de Ciclo Incrementar el porcentaje de alumnado que recupera las áreas instrumentales. Mejorar el clima general del centro y disminuir el grado de conflictividad. 2.2. Relacionados con el alumnado. Mejorar las capacidades y la adquisición de las competencias básicas. Contribuir a la mejora del fracaso escolar. Facilitar la adquisición de hábitos de organización y constancia en el trabajo, el aprendizaje. Mejorar la autoestima personal, escolar y social. Aumentar las expectativas académicas de los alumnos y alumnas a los que se dirige.

3.3.- ALUMNADO DESTINATARIO. 3.1. Alumnado participante (Relación nominal de los /las alumnos/as, MÁXIMO 15) 3.2. Criterios de Selección. Alumnado que no promociona de curso (y que dentro de su plan personalizado se contemple como una de las medidas necesarias el refuerzo en las áreas instrumentales de lengua y matemáticas) Alumnado que promociona de curso y no ha superado el área de Lengua y/o Matemáticas


del curso anterior Alumnado al que se le detecte, en cualquier momento del curso, dificultades en las áreas de Lengua y Matemáticas. 4. PROCEDIMIENTOS DE DERIVACIÓN. 4.1. A principio de curso Evaluación inicial consensuada de cada área Análisis de dicha evaluación por parte de los equipos docentes (a través de las propias pruebas o de los informes de evaluación elaborados por el centro y/o el Orientador/a) Reunión del Jefe de estudios con los tutores/as de los diferentes grupos por ciclos que tengan alumnos/as candidatos/as y el orientador/a de referencia para elaborar la relación de alumnado destinatario. 4.2. Tras las sesiones de evaluación Análisis por los equipos docentes de los resultados obtenidos en las distintas evaluaciones trimestrales. Reunión del Jefe de estudios con los tutores/as de los diferentes grupos por ciclos, que tengan alumnos/as candidatos/as y el orientador/a de referencia, para elaborar la relación provisional de éstos/as, y las altas o bajas en su caso. 5.5.- PROFESORADO IMPLICADO EN EL DESARROLLO DESARROLLO DEL PROGRAMA. Tutores/as de E. Primaria. Maestro/a de apoyo o refuerzo a ciclos. Profesorado con disponibilidad horaria (entre ellos, maestro/a Pedagogía Terapéutica) Maestro/a especialista en Audición y Lenguaje, maestro/a compensatoria. 6.6.- ASESORAMIENTO ASESORAMIENTO DEL EOE ANTE LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE REFUERZO

6.1. Con el alumnado Asesoramiento y colaboración en la identificación - Análisis informes (informes finales de evaluación, informes EOE, informes de especialistas…) - Evaluación inicial. - Determinación de la competencia curricular del alumno/a y grado de adquisición de las competencias básicas. - Elaboración del programa individual para cada alumno/a (ANEXO) Asesoramiento y colaboración en el desarrollo de los distintos Programas. Teniendo en cuenta el programa individual de cada alumno/a, facilitación o propuesta de programas específicos y materiales sobre:

1.

a) Competencia en Comunicación Lingüística: ÁREA DE LENGUA. LENGUA Núcleos de destrezas básicas: ¿Qué y cómo escuchar?


2. 3. 4.

1. 2. 3. 4. 5. 6.

¿Qué y cómo hablar? ¿Qué y cómo leer? ¿Qué y cómo escribir? b) Competencia en Razonamiento matemático: ÁREA DE MATEMÁTICAS. MATEMÁTICAS Núcleos temáticos: Resolución de problemas Uso de las TIC en la enseñanza y el aprendizaje de las matemáticas Dimensión histórica, social y cultural de las matemáticas Desarrollo del sentido numérico. Medida de magnitudes Las formas y figuras y sus propiedades Tratamiento de la información, azar y probabilidad 6.2. Con las familias Asesoramiento grupal: grupal: (en colaboración con el tutor/a y profesorado del centro, según disponibilidad horaria y por petición expresa del centro): - Presentación del programa y explicitación del papel de los padres/madres en el mismo. - Explicación al grupo de padres y madres del alumnado que participa en este programa de refuerzo de: los criterios para la selección de los alumnos/as, los criterios para salir del programa, los tiempos, espacios y materiales usados y cómo pueden ellos/as reforzar esos conocimientos fuera del centro. - Aporte de materiales y actividades extraescolares con las que se puede complementar el desarrollo del programa. - Asesoramiento sobre los programas y actividades a desarrollar en el ámbito familiar - Transmisión de la importancia del aumento de las expectativas de éxito escolar dentro de la familia. Asesoramiento individual: (En función de la disponibilidad horaria): - Entrevistas con padres/madres que tengan una especial problemática en torno al rendimiento escolar de sus hijos/as, con la posibilidad de establecer compromisos pedagógicos. - Asesoramiento sobre los programas y actividades a desarrollar en el ámbito familiar (adquisición de competencias en el ámbito familiar, cuadernillos de compresión oral, cálculo, lecturas en casa, pasatiempos, programas de mejora de la atención y percepción, programas de ordenador, etc....) por parte del Orientador/a y/o tutor/a, estableciendo unas pautas de actuación común. 6.3. Coordinación(Tutores/as, PT, AL, Equipos Docentes, ETCP) Coordinación Se establecerán reuniones periódicas para: Evaluar la organización del programa: horarios, agrupamientos, etc. Proporcionar material adaptado o específico. Coordinar las líneas de trabajo a seguir o seguidas con los alumnos-as. Evaluar y hacer un seguimiento del proceso de enseñanza/aprendizaje de cada alumno-a. 7.7.- MEDIDAS METODOLÓGICAS

7.1. Medidas de organización académica:


Agrupamientos flexibles: Ejemplo Haciendo coincidir las horas de las áreas instrumentales de los grupos de un mismo nivel educativo, se agrupa al alumnado en función de un criterio determinado a reforzar (Ejemplo, comprensión lectora, fluidez lectora, resolución de problemas…) Desdobles de grupos: Dos profesores/as trabajan con un mismo grupo bien en el mismo espacio o en diferentes: Ejemplo: En la hora dedicada a lectura, en aulas diferentes un profesor/a se dedica a mejorar la comprensión lectora y otro/a a desarrollar un plan de animación a la lectura. Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo maestro. El profesor/a de apoyo, PT o compensatoria, proporcionan apoyo en el aula al alumnado. Se puede contemplar la posibilidad de que el profesor/a de apoyo se encargue del grupo y el tutor/a de los refuerzos específicos, puesto que conoce mejor al alumnado. Modelo flexible de horario lectivo semanal. Dentro de los grupos ordinarios: planificar actividades de trabajo individual y grupal. Fuera del grupo ordinario se deberán planificar actividades Individuales y en pequeño grupo: 2-3 alumnos/as (educación personalizada). 7.2 Espacios El refuerzo se podrá impartir tanto dentro del aula ordinaria como fuera de ella (utilizando todas las instalaciones de las que dispone el centro, e incluso los recursos comunitarios) 7.3 Tiempos La organización del horario y grupos de trabajo será totalmente flexible. Estará sujeta a cuantas modificaciones se consideren oportunas: alumnos-as seleccionados a principio de curso, y otros-as que precisen el desarrollo de un programa de refuerzo a lo largo del mismo. Hay que tener en cuenta que para organizar los grupos flexibles, los horarios de las áreas instrumentales de Lengua y Matemáticas deben de coincidir, al menos en los ciclos, en la misma franja horaria. 7.4 Recursos materiales para la intervención Además de los materiales de los que dispone el centro, se propone una relación de materiales y actividades de refuerzo para las áreas de Lengua y Matemáticas. Modelo de compromiso pedagógico. (Ver POAT) POAT 8.8.- EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

El desarrollo del Programa deberá ser objeto de evaluación continua, informando periódicamente a las familias de la evolución del alumnado. En las sesiones de evaluación se deberá de acordar la información que se le transmitirá a la familia, no debiendo quedar constancia alguna en las actas de evaluación ni en el historial académico del alumnado. Los profesores responsables del desarrollo del programa, al término del curso, emitirán un informe final que incluya la valoración del: Progreso del alumnado que haya seguido el Programa: Programa objetivos trabajados, grado de consecución y la previsión de la continuidad o no en dicho programa en el curso siguiente. Además,


se reflejarán otros indicadores como: nivel de asistencia al refuerzo, participación del alumnado en clase, mejora de su nivel de autoestima y motivación, calidad de los trabajos escolares… Propio programa especificando las dificultades detectadas y, en su caso, las propuestas de mejora. Valoración de los tutores/as y del profesorado encargado del refuerzo de los siguientes indicadores: Sistematicidad del refuerzo Grado de implicación del profesorado Adecuación de los materiales y actividades utilizados Adecuación de los espacios Idoneidad de la metodología empleada Grado de coordinación entre los profesionales implicados Grado de implicación y participación de las familias Valoración del grado de consecución de los objetivos generales del programa Relacionados con el centro educativo: Incremento del alumnado que promociona a la Etapa de Secundaria Incremento del alumnado que promociona de Ciclo Incremento del alumnado que recupera las áreas o aprendizajes no adquiridos Mejora del clima general del centro y disminución del grado de conflictividad. Relacionados con el alumnado: - Mejora de los resultados académicos de los alumnos/as . - Adquisición de hábitos de organización y constancia en el trabajo, así como la adquisición de estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo intelectual. - Mejora de su integración social tanto en el grupo como en el centro. - Incremento de las expectativas académicas y profesionales de los/as alumnos/as a los que se dirige.

11. EL PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL Líneas generales para la acogida y el tránsito entre etapas educativas, incluyendo las adaptaciones organizativas y horarias dirigidas al alumnado de nuevo ingreso en la etapa de Educación Infantil o alumnado de nueva incorporación. El Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT POAT) POAT es el instrumento que va a facilitar el seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje del alumnado y su adquisición de competencias básicas (previniéndose de esta forma el fracaso escolar), la orientación académica y profesional, la convivencia escolar y la relación y cooperación de las familias.


La LOE, en su artículo 1, relativo a los principios de la educación establece como uno de los principios de la educación:"La orientación educativa y profesional, como medio necesario para el

logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.'" Las finalidades educativas fijadas en la LOE relaciona estrechamente la orientación escolar y la acción tutorial con el desarrollo y adquisición de las competencias básicas en su conjunto, pero, fundamentalmente con la "competencia y actitudes para aprender a aprender, la "competencia para la autonomía e iniciativa personal y la competencia "social y ciudadana". Es de máxima importancia que en el proyecto educativo se especifiquen los criterios que se van a seguir en la elaboración del POAT. POAT Teniendo en consideración las siguientes pautas para que se dirija al desarrollo y consecución de las competencias que son básicas para la vida del alumnado: Los objetivos generales del POAT deben establecerse a partir del análisis de la realidad centro y de las necesidades detectadas. Estos objetivos se orientarán fundamentalmente al conocimiento y seguimiento del alumnado, a la adquisición de competencias básicas por el mismo y a la prevención de dificultades en su adquisición, y a su integración escolar, con especial atención a la transición de etapas educativas. Por tanto, las cuestiones administrativas, la relación con las familias y las cuestiones de convivencia y disciplina no constituyen el eje fundamental del POAT, sino aspectos a contemplar en su elaboración que van a permitir lograr los objetivos propuestos. La acción tutorial es labor del equipo docente y, por tanto, tarea compartida del profesorado que lo compone en su elaboración y desarrollo. Los orientadores de los centros y del Equipo de Orientación Educativa deben colaborar y apoyar esta función. El seguimiento del alumnado se realizará tanto a nivel individual, individual para cada uno de los alumnos y alumnas en su proceso de aprendizaje y de adquisición de competencias básicas, como grupal (clima de convivencia, intereses, necesidades como grupo). La adquisición de las competencias básicas y en especial la "competencia aprender a aprender", la "competencia para la autonomía e iniciativa personal y la "social y ciudadana" serán el referente clave en la programación de las actividades de tutoría. La programación de la acción tutorial para cada grupo se realizará a partirde los objetivos grupo, detectadas en la evaluación generales del POAT y en función de las necesidades del grupo inicial (grado de dominio de las competencias básicas) y en otros registros que se tengan del alumnado (historial académico, observaciones dentro y fuera del aula, Pruebas de Evaluación Diagnóstica, etc.). La mayor parte de las actividades de tutoría con el alumnado estarán integradas en el currículo, pero hay aspectos de la tutoría (orientación académica y profesional, convivencia, participación del alumnado en el centro) que deberán desarrollarse en el horario destinado a este fin. El POAT potenciará la cooperación entre el centro, las familias del del alumnado alumnado y el entorno, estableciendo vínculos de colaboración que se reflejará en la programación de actividades a desarrollar en relación con las familias y el entorno. Esta relación permitirá a los centros, por una parte, conocer mejor al alumnado y, por otra, la colaboración de madres y padres en aspectos educativos y de convivencia, la suscripción de compromisos educativos y de convivencia, el establecimiento de pautas educativas comunes y la incidencia en el currículo


informal del alumnado. Se debe impulsar la coordinación entre etapas educativas, dentro del mismo centro y entre los centros adscritos o vinculado, para facilitar al alumnado el tránsito entre la educación primaria y la educación secundaria. Por último, al tener el POAT como metas la prevención de dificultades deaprendizaje y la mejora de la convivenciay convivencia adaptación del alumnado al entorno escolar, es necesario la cohesión y coherencia en la programación de los tres planes básicos del proyecto educativo: POAT, Plan de convivencia y Plan de Atención a la diversidad. Respecto a la actuación con el alumnado, alumnado desde el Plan de Orientación y AcciónTutorial, la intervención educativa se orientará en torno a los aspectos transversales de la educación y el desarrollo integral del alumnado: a) Educación en estilos de vida saludables (salud, prevención de drogodependencias, educación afectivo-sexual, relacionada con la competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico y natural). b) Desarrollo y consolidación de hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo, ligados a la competencia y actitudes para seguir aprendiendo de forma autónoma a lo largo de la vida. c) Capacidad para regular el propio aprendizaje y adquisición de destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para adquirir nuevos conocimientos, con sentido crítico, unidos a la competencia digital y tratamiento de la información. d) Desarrollo y aprecio de la creatividad, estrechamente vinculada con la competencia cultural y artística. e) La prevención de las dificultades en el proceso de enseñanza y aprendizaje en relación con la comprensión lectora y hábito lector; los programas específicos para la mejora de capacidades o competencias básicas; la mejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo al aprendizaje de hábitos y técnicas de estudio. Se trataría de hacer referencia a la tipología de tareas, que desarrollen las competencias básicas, prestando especial interés a las competencias lingüística y matemática. f) El planteamiento de la orientación académica y profesional dirigido al conocimiento de los intereses y capacidades del alumnado, la reconducción de su proceso de aprendizaje, cuando sea necesario, y el tránsito entre etapas educativas, que debe vincularse con el desarrollo, prioritariamente de la competencia para la autonomía e iniciativa personal y de la competencia aprender a aprender. El POAT recogerá también otros aspectos que inciden directamente en la adquisición de las cc.bb.. cc.bb como son: •

Atención al alumnado con con necesidad específica de apoyo educativo, con objeto de deetectar y adoptar medidas curriculares y organizativas, dirigida al desarrollo de todas las competencias, pero con especial atención a aquellas que muestran un carácter más instrumental -comunicación lingüística, razonamiento matemático y conocimiento e interacción con el medio físico y natural-, y la competencia de autonomía e iniciativa personal.


La detección y actuación en casos de absentismo y situaciones familiares desfavorables, en las que tendrían una incidencia fundamental el desarrollo integrado de todas las competencias básicas. Las actividades de acogida y de tránsito entre etapas, relacionadas con las competencia social y ciudadana, la competencia "aprender a aprender" y la competencia para la autonomía e iniciativa personal. La prevención de las dificultades en el proceso de enseñanza y aprendizaje y la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se programarán en la tutoría, a partir del Plan de atención a la diversidad del centro. En conclusión, conclusión por su relación con el currículo escolar, con los otros planes básicos educativos, y por la vinculación que establece con las familias y el entorno, el Plan de Orientación y Acción Tutorial deberá ser uno de los instrumentos básicos y fundamentales en el trabajo por competencias básicas. Conforme a lo establecido en la legislación vigente, Orden de 16 de noviembre de 2007, 2007 por la que se regula la organización de la orientación y la acción tutorial en los centros públicos que imparten las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria y la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establece la orientación educativa y profesional de los estudiantes como un medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. Por otro lado, en el artículo 91, se establece, entre las funciones del profesorado, la orientación educativa, académica y profesional del alumnado en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados. Más adelante, en su Disposición Final Primera, Primera se recoge el derecho de los padres y madres o representantes legales, a ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas, así como el derecho del alumnado a recibir orientación educativa y profesional. Asimismo el artículo 18 de la citada Ley, establece que la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado en Educación Primaria. Por otra parte, en su artículo 19, se destacan como principios pedagógicos fundamentales para la etapa la atención a la diversidad del alumnado, la atención individualizada, la prevención de las dificultades de aprendizaje y la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades. Por otra parte, el Decreto 213/1995, de 12 de septiembre de 1995 por el que se regulan los equipos de orientación educativa, establece que estos equipos son unidades básicas de orientación orientación psicopedagógica que, mediante el desempeño de funciones especializadas en las áreas de orientación educativa, atención al alumnado con necesidades educativas especiales, compensación educativa y apoyo a la función tutorial del profesorado, actúan en el conjunto de los centros de una zona educativa. Por tanto, los orientadores y orientadoras que desarrollan sus funciones en estas unidades juegan un papel fundamental en la orientación y la acción tutorial en los centros que imparten enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. La orientación y la acción tutorial forman parte de la función docente, teniendo como metas orientar al alumnado en su proceso de aprendizaje y desarrollo personal, coordinar la acción educativa y el proceso de evaluación llevados a cabo por el conjunto del profesorado de cada


equipo docente, establecer relaciones fluidas y mecanismos de coordinación con las familias del alumnado, y contribuir a la prevención e identificación temprana de las dificultades de aprendizaje, coordinando la puesta en marcha de las medidas educativas pertinentes tan pronto como las mismas se detecten. La orientación y la acción tutorial deben contribuir a articular la medidas necesarias para superar dichas dificultades, recurriendo para ello tanto a los recursos internos de los centros como a los servicios de apoyo especializados. Finalmente, la orientación y la tutoría colaborarán en el desarrollo de acciones que favorezcan una adecuada transición entre etapas educativas, tanto entre la Educación Infantil y la Educación Primaria, como entre esta última y la Educación Secundaria Obligatoria, asegurando el establecimiento de cauces de comunicación entre los centros que garanticen la coherencia de actuaciones entre las distintas etapas educativas.. Definición Definición y finalidades de la orientación y la acción tutorial. 1. La orientación y la acción tutorial es una tarea colaborativa que, coordinada por la persona titular de la tutoría y asesorada por el orientador u orientadora de referencia, referencia compete al conjunto del equipo docente del alumnado de un grupo. Dicha labor orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. 2. La orientación y la acción tutorial tendrán las finalidades que a continuación se indican: a) Favorecer la adaptación del alumnado al contexto escolar y la integración del mismo en el grupo clase. b) Realizar un seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje del alumnado, haciendo especial hincapié en la prevención y, en su caso, detección temprana de las dificultades en el aprendizaje, y promoviendo las medidas correctoras oportunas tan pronto como dichas dificultades aparezcan. c) Potenciar el desarrollo de hábitos básicos de autonomía, así como la adquisición de aprendizajes instrumentales básicos, estrategias de aprendizaje y técnicas de trabajo intelectual. d) Contribuir a la equidad en la educación, potenciando la compensación de desigualdades y la inclusión social. e) Impulsar medidas organizativas y curriculares que posibiliten la atención a la diversidad del conjunto del alumnado del centro, así como la inclusión educativa y la integración escolar del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. f) Iniciar la adquisición de habilidades y conocimientos que favorezcan la posterior toma de decisiones. g) Establecer vínculos de colaboración y cooperación entre el centro, las familias del alumnado y el entorno. h) Facilitar la socialización, la adaptación escolar y la transición entre etapas educativas del conjunto del alumnado.


i) Deberán coordinarse los tutores que finalizan un ciclo con los que comienzan el siguiente a fin de intercambiar información sobre el grupo de alumnos que promocionan. 3. La orientación y la acción tutorial promoverá la Cultura de Paz y la mejora de la convivencia en el centro, centro a través del papel mediador del tutor o tutora en la Resolución pacífica de los conflictos y de las medidas globales que corresponda tomar al centro en su conjunto. 4. El Equipo de Orientación Educativa de la zona en la que se encuentre el centro, atendiendo a las funciones que el Decreto 213/1995, de 12 de septiembre, establece para el mismo, colaborará para la consecución de los objetivos anteriormente citados.

El Plan de Orientación y Acción Tutorial. El Plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones, de los equipos docentes y del centro educativo en su conjunto, relacionados con la orientación y la acción tutorial. Dicho plan, integrado como un elemento del Proyecto Educativo del centro, centro será coherente con los objetivos del mismo, incluidos aquellos relativos a la promoción de la Cultura de la Paz y la mejora de la convivencia en los centros. Elaboración del Plan de Orientación y Acción Tutorial. Corresponde a cada centro docente, elaborar el Plan de Orientación y Acción Tutorial, bajo las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y con la colaboración y asesoramiento del orientador u orientadora de referencia. Elementos del Plan de Orientación y Acción Tutorial. El Plan de Orientación y Acción Tutorial que se incluirá en el Proyecto Educativo del centro contendrá, al menos, los siguientes elementos: elementos a) Los objetivos generales del centro en relación con la orientación y la acción tutorial. b) Programas a desarrollar por el profesorado del centro y por los profesionales del Equipo de Orientación Educativa de la zona, para el logro de los objetivos establecidos en el apartado

Entre otros: 1.º Programa de actividades de tutoría tutoría con cada ciclo. 2.º Del aula de apoyo a la integración. 3.º En su caso del aula temporal de adaptación lingüística. a) Líneas generales para la acogida y el tránsito entre etapas educativas, incluyendo las adaptaciones organizativas y horarias dirigidas al alumnado de nuevo ingreso en la etapa de Educación Infantil.


b) Medidas de acogida e integración para el alumnado con necesidades educativas especiales. c) Coordinación entre los miembros de los equipos docentes, de tutores y tutoras, así como entre el profesorado del centro y los profesionales del Equipo de Orientación Educativa de la zona. d) Procedimientos y estrategias para facilitar la comunicación, la colaboración y la coordinación con las familias. f) Descripción de procedimientos para recoger y organizar los datos académicos y personales del alumnado. g) Organización y utilización de los recursos personales y materiales, de los que dispone el centro, en relación con la orientación y la acción tutorial. h) Colaboración y coordinación con servicios y agentes externos. i) Procedimientos y técnicas para el seguimiento y evaluación de las actividades desarrolladas.

Tutoría y designación de Tutores y Tutoras. •

Funciones de la tutoría. 1.- En educación infantil y en los centros públicos específicos de educación especial, los tutores y tutoras mantendrán unarelación relación permanente con las familias del alumnado, alumnado facilitando situaciones y cauces de comunicación y colaboración y promoverán la presencia y participación en la vida de los centros. Para favorecer una educación integral, los tutores y tutoras aportarán a las familias información relevante sobre la evolución de sus hijos e hijas que sirva de base para llevar a la práctica, cada uno en su contexto, modelos compartidos de intervención educativa 2.- En educación primaria los tutores y tutoras ejercerán las siguientes funciones: a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial. b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y en la toma de decisiones personales y académicas. c) Coordinar la intervención educativa de todos los maestros y maestras que componen el equipo docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo. d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el equipo docente. e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.


f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas. g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo. i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas áreas que conforman el currículo. j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o representantes legales. k) Facilitar la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres y madres o representantes representantes legales del alumnado. alumnado Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. l) Mantener una relación permanente permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado. alumnado A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde. m) Facilitar la integración de los alumnos y alumnas en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro. n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto. ñ) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el plan de orientación y acción tutorial del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. •

Otras consideraciones consideraciones a tener en cuenta 1. La tutoría y la orientación forman parte de la función docente. Dicha labor se desarrollará a lo largo de las distintas etapas educativas. 2. El alumnado de cada grupo tendrá un maestro tutor o maestra tutora que coordinará las enseñanzas impartidas en dicho grupo. 3. Los tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias.


4. La designación de tutores y tutoras se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre organización y funcionamiento de los centros que imparten enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. Programación de tutoría. 1. Para facilitar la planificación y seguimiento de las tareas derivadas de la acción tutorial, siguiendo las líneas generales marcadas en el Plan de Orientación y Acción Tutorial y asesorados por el orientador u orientadora de referencia, cada tutor o tutora de los distintos grupos de Educación Infantil y Primaria Primaria programará anualmente: anualmente a) Los objetivos de la Acción Tutorial para su grupo, partiendo de los objetivos generales recogidos en el Plan de Orientación y Acción Tutorial del centro y del análisis de las necesidades detectadas en el grupo. b) La programación de las actividades de tutoría a realizar con el grupo, especificando objetivos, contenidos, actividades, metodología, evaluación, temporalización y recursos. c) La planificación de las entrevistas y actividades con las familias del alumnado de su grupo, que se llevarán a cabo en la hora de su horario regular o fijo reservada para este fin. d) La planificación de las tareas administrativas y de las relativas al registro de datos personales y académicos del alumnado que conforma el grupo. 2. La programación programación de las actividades de tutoría se orientará a la consecución de las siguientes finalidades con el alumnado: a) Adquirir valores de cooperación, convivencia y solidaridad, propios de una sociedad democrática, concibiendo el diálogo como herramienta fundamental para la resolución pacífica de conflictos. b) Desarrollar progresivamente un adecuado conocimiento y valoración de sí mismo, adquiriendo una imagen positiva sobre sus propias posibilidades y capacidades. c) Tomar conciencia de los propios sentimientos y emociones, desarrollando habilidades de control y autorregulación de los mismos. d) Adquirir las habilidades sociales necesarias para relacionarse, expresar los propios sentimientos e ideas, cooperar y trabajar en equipo. e) Adquirir hábitos de vida saludable, aprendiendo a valorar la incidencia de las propias acciones y hábitos de vida sobre la salud individual y colectiva. f) Promover un consumo responsable, respetuoso con la conservación y mejora del medio ambiente.


g) Afianzar y reforzar el conjunto de capacidades, competencias, hábitos y actitudes necesarias para la mejora del rendimiento académico. h) Acercar al alumnado al conocimiento de las distintas profesiones, concienciándole sobre la relevancia de la dimensión laboral sobre el propio proyecto vital y sin menosprecio de ninguna. i) Afianzar en el alumnado una serie de competencias laborales fundamentales también en el ámbito escolar, tales como la responsabilidad, la perseverancia, la toma de decisiones, la resolución de problemas, el trabajo en equipo. j) Respetar la diversidad de características personales, creencias, opiniones, culturas y formas de vida, desarrollando actitudes comprometidas y solidarias con los menos favorecidos. k) Educar en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres como un derecho irrenunciable en los diferentes ámbitos vitales. 3. Para la consecución de dichas finalidades se atenderá a las siguientes competencias y elementos formativos: a) Desarrollo personal y social: social autoconcepto y autoestima, educación emocional, habilidades y competencias sociales; hábitos de vida saludable, educación afectiva y sexual y coeducación; educación medioambiental y para el consumo, uso racional y crítico de las tecnologías de la información y la comunicación; aprendizaje de una ciudadanía democrática, educación para la paz y para la resolución pacífica de conflictos; utilización del tiempo libre. b) Prevención de las dificultades en el proceso de enseñanza y aprendizaje: comprensión lectora y hábito lector; programas específicos para la mejora de capacidades o competencias básicas; mejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo al aprendizaje de hábitos y técnicas de estudio . c) Orientación académica y profesional: profesional exploración de los propios intereses; conocimiento del sistema educativo y acercamiento al mundo de las profesiones, educando en la igualdad de género para la futura elección de estudios y profesiones; iniciación a la toma de decisiones. 4. En relación con el desarrollo de la tutoría con el alumnado de cada grupo, los centros educativos reservarán, en el horario del alumnado, el tiempo necesario para el desarrollo de actividades de tutoría que contribuyan a las finalidades establecidas anteriormente. En algunas de estas actividades podrá colaborar el orientador u orientadora de referencia, en función de su disponibilidad horaria en el centro. Coordinación de los tutores y tutoras. 1. En el seno de las reuniones de coordinación de los equipos de ciclo se abordará, con una periodicidad mínima mensual mensual, nsual la coordinación de la orientación y la acción tutorial entre los distintos maestros y maestras tutores de cada ciclo. El orientador u orientadora de referencia y, en su caso, otros miembros del Equipo de Orientación Educativa y el profesorado de pedagogía terapéutica y de audición y lenguaje del


centro, asistirán a dichas reuniones según su disponibilidad horaria yde de acuerdo con un calendario de actuación, previamente acordado con la Jefatura de Estudios, y recogido en su Plan Anual de Trabajo. 2. La convocatoria y supervisión de estas reuniones será competencia del titular de la Jefatura de Estudios quien, en coordinación con el orientador u orientadora de referencia, organizará el calendario y contenido de las mismas. 3. El contenido de las reuniones reuniones podrá incluir: a) Desarrollo de las actividades de tutoría realizadas con los grupos b) Tratamiento de la orientación académica y profesional, especialmente en el último ciclo de la Educación Primaria. c) Desarrollo de las medidas de atención a la diversidad. d) Seguimiento de programas específicos . e) Valoración y puesta en común de la evolución de los grupos. f) Aspectos relacionados con la convivencia y el desarrollo curricular. g) Preparación de las sesiones de evaluación de los grupos. h) Tratamiento de la atención individualizada al alumnado y a sus familias. i) Coordinación de los equipos docentes. j) Cuantas otras redunden en la mejora de la atención educativa al alumnado. Coordinación del Equipo Docente. 1. La persona que ostente la tutoría de un grupo, grupo se reunirá con el conjunto de maestros y maestras que imparten docencia en el mismo con una periodicidad, al menos, mensual. mensual 2. Corresponde a la Jefatura de Estudios convocar cada una de estas reuniones, según el calendario y los contenidos previamente establecidos. 3. En las reuniones de coordinación, coordinación tomando como punto de partida los acuerdos adoptados en la última reunión, se tratarán los siguientes puntos: a) Evolución del rendimiento académico del alumnado. b) Propuestas para la mejora del rendimiento del grupo y de su alumnado y las decisiones que se tomen al respecto. c) Valoración de las relaciones sociales en el grupo


. d) Propuestas para la mejora de la convivencia en el grupo y las decisiones que se tomen al respecto. e) Desarrollo y seguimiento de las adaptaciones curriculares. f) Desarrollo y seguimiento de otras medidas de atención a la diversidad. 4. A algunas de estas reuniones podrá asistir, asistir a petición propia o del centro docente, el orientador u orientadora de referencia referencia y, y en su caso, otros profesionales del Equipo de Orientación Educativa según su disponibilidad horaria para dicho centro. Colaboración con las familias. 1. El tutor o tutora reservará una hora a la semana, de las de obligada permanencia en el centro, centro, a las entrevistas con las familias del alumnado de su grupo, grupo previamente citados o por iniciativa de los mismos. Esta hora se fijará de forma que se posibilite la asistencia de dichas familias y, en todo caso, en sesión de tarde. A dichas entrevistas podrá asistir, con carácter excepcional, el orientador u orientadora de referencia, de acuerdo con su disponibilidad horaria y previa coordinación con el tutor o tutora. 2. Las entrevistas con las familias del alumnado tendrán las siguientes finalidades finalidades: a) Informar sobre aquellos aspectos relevantes para la mejora del proceso de enseñanza y aprendizaje y el desarrollo personal del alumnado, garantizando especialmente la relativa a los criterios de evaluación. b) Prevenir las dificultades de aprendizaje. c) Proporcionar asesoramiento educativo a las familias, ofreciendo pautas y orientaciones que mejoren el proceso educativo y de desarrollo personal del alumnado. d) Promover y facilitar la cooperación familiar en la tarea educativa del profesorado, tanto en lo concerniente a los aspectos académicos como en lo relacionado con la mejora de la convivencia del centro. e) Intercambiar informaciones que incidirán en el mejor conocimiento y atención del alumnado. 3. De conformidad con el artículo 16 del Decreto 19/2007, por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de Paz y mejora de la Convivencia en los centros docentes, los titulares de la tutoría de cada grupo podrán proponer la suscripción de un compromiso de convivencia, a las familias del del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares. escolares El objetivo será establecer mecanismos de coordinación de dichas familias con el profesorado y otros profesionales que atienden al alumnado, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el horario escolar como en el extraescolar, para superar esta situación. 4. Con objeto de estrechar la colaboración con el profesorado,, los padres y madres o


representantes legales del alumnado podrán suscribir suscribir con el centro docente un compromiso educativo, educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine. Este compromiso estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje y podrá suscribirse en cualquier momento del curso. Cumplimentación de documentos. Sin perjuicio de las obligaciones relacionadas con la cumplimentación de los documentos oficiales de evaluación, cada tutor y tutora incluirá, en el expediente académico del conjunto del alumnado a su cargo, los datos relevantes obtenidos durante el curso escolar, escolar tanto en el expediente depositado en la Secretaría del centro como en el incluido en la aplicación informática que para tal fin establezca la Consejería competente en materia de Educación de la Junta de Andalucía. Estos datos incluirán: a) Informe Personal. En el caso del alumnado que se haya escolarizado por primera vez en el centro, incluirá el que haya sido remitido desde su centro de procedencia. b) Información de tipo curricular que se haya obtenido, sea original o copia de la misma, incluidos los resultados de las evaluaciones iniciales, tanto la realizada en el momento del ingreso del alumnado en el centro como la de los sucesivos cursos. c)) Información que, en el ciclo siguiente, sirva para facilitar a cada persona que ostente la tutoría el seguimiento personalizado del alumnado. En esta información se puede incluir: 1.º Datos psicopedagógicos. 2.º Datos aportados por la familia en las entrevistas mantenidas con el propio titular de la tutoría, con otros miembros del Equipo Docente o con el orientador u orientadora de referencia. 3.º Cualquier otra información que redunde en el mejor conocimiento y atención del alumnado. Programas de acogida y tránsito entre etapas educativas. 1. Los programas de acogida y tránsito entre etapas educativas formarán parte del Plan de Orientación y Acción Tutorial. Los centros programarán actividades que favorezcan la adaptaci adaptación ón escolar del alumnado de nuevo ingreso en el mismo, mismo así como la transición entre la Educació Infantil y la Educación Primaria, así como entre ésta y la Educación Secundaria Obligatoria. 2. Las actividades de estos programas tendrán las siguientes finalidades: finalidades: a) Facilitar la adaptación al contexto escolar del alumnado de nuevo ingreso en la etapa de Educación Infantil, así como de aquel otro alumnado que se incorpore a la Educación Primaria sin haber estado previamente escolarizado. Facilitando la adptación y acogida del alumnado a la Educación Primaria (concreta y especialmente en el primer curso). b) Facilitar la acogida del alumnado en el Instituto de Educación Secundaria en el que se escolarice.


c) Intercambiar datos, documentación e información de interés para mejorar la respuesta educativa al conjunto del alumnado en la Educación Secundaria Obligatoria, prestando singular atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. d) Coordinar el Proyecto Curricular del tercer ciclo de la Edu Educación cación Primaria con el del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, Obligatoria garantizando la continuidad y la coherencia entre ambas etapas educativas, especialmente en lo concerniente a las competencias básicas y las normas de convivencia. e) Potenciar la orientación académica y profesional del alumnado, reforzando su autoconocimiento, e iniciándoles en el conocimiento del sistema educativo y del mundo laboral, así como en el proceso de toma de decisiones. f) Orientar a las familias sobre aquellos aspectos que faciliten la adaptación del alumnado a la nueva etapa educativa. 3. El Programa de Acogida del segundo ciclo de Educación Infantil incluirá actividades y medidas el alumnado organizativas y horarias que repercutan en una adaptación gradual y satisfactoria ddel al nuevo contexto escolar. 4. Corresponde al equipo de maestros y maestras de Educación Infantil, Infantil bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios y con el asesoramiento del orientador u orientadora de referencia, la programación y desarrollo de las actividades contempladas en este programa. Cuando las actividades de acogida también se desarrollen con alumnado que se incorpora a la Educación Primaria sin haber estado escolarizado previamente, corresponde al equipo de maestros y maestras del primer ciclo de Educación Primaria planificar y desarrollar dicho programa. 5. Los Programas de Tránsito entre Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria se desarrollarán durante el tercer ciclo de Educación Primaria, especialmente en el sexto curso curso de esta etapa educativa, educativa así como en el primer trimestre de la escolarización del alumnado en primero de Educación Secundaria Obligatoria. 6.. Los Programas de Tránsito incluirán las actividades y medidas orientadas al logro de las finalidades incluidas anteriormente. Dichas actividades se dirigirán al alumnado, las familias y el profesorado. 7. La elaboración de dicho programa corresponde al Equipo de Orientación Educativa de la zona lumnado del centro. y al Departamento de Orientación del Instituto al que se adscriba el aalumnado centro Asimismo, estos profesionales asesorarán en el desarrollo de las diferentes actividades incluidas en el programa. 8. Además de los ya citados con anterioridad, en el desarrollo de las actividades de tránsito participarán, al menos, los titulares de la tutoría de los grupos de sexto curso de Educación Primaria donde se escolarice el alumnado destinatario, profesorado representativo del primer y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria del centro receptor y profesorado de educación educación especial de ambas etapas educativas.


9. Corresponde a las Jefaturas de Estudios de los centros de ambas etapas la coordinación y dirección de las actividades del programa. Medidas de acogida e integración para el alumnado con necesidades educativas especiales. especiales. 1. En el marco del Plan de Orientación y Acción Tutorial, los centros establecerán las medidas de acogida e integración para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física, psíquica, sensorial o a trastornos graves de conducta, asó como sobredotación intelectual. 2. Estas medidas tendrán como finalidad facilitar la accesibilidad de este alumnado a los servicios y dependencias del centro y al currículum escolar, propiciar su socialización e interacción social y acogerlos adecuadamente al inicio de cada curso escolar. 3. Entre dichas medidas deberán contemplarse, al menos, las siguientes: a) Traslado de información del centro de origen o, en su caso, de otras instituciones. b) Actividades de acogida al inicio de cada curso escolar, prestando especial atención al alumnado de nuevo ingreso en el centro. c) Medidas que garanticen la autonomía en los desplazamientos y en el uso de los distintos servicios del centro, así como un desalojo seguro en casos de emergencia. d) Medidas que potencien la interacción social con los compañeros y compañeras, tanto dentro del aula como en otros espacios escolares. e) Recursos materiales y tecnológicos necesarios para garantizar la comunicación y el acceso al currículum escolar. 4. Corresponde a la Jefatura de Estudios y, en su caso, al profesorado de educación especial del centro la elaboración de las medidas para la acogida e integración, contando para ello con el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa de la zona. 5. Asimismo, cuando la elaboración de las citadas medidas y la organización de la respuesta educativa de este alumnado, requiera el empleo de sistemas aumentativos o alternativos de comunicación, equipamientos técnicos específicos o la aplicación de pautas educativas especializadas y complejas, podrá solicitarse el asesoramiento del Equipo de Orientación Educativa Especializado. Evaluación de la orientación y la acción tutorial. 1. La evaluación anual de la orientación y la acción tutorial se incluirá en la Memoria que como consecuencia de la autoevaluación del centro se realice anualmente. 2. Dicha evaluación recogerá las valoraciones sobre el grado de cumplimiento y la idoneidad, del


conjunto de actuaciones relacionadas con la orientación y la acción tutorial, incluidas en el Proyecto Educativo y de acuerdo con lo establecido anteriormente

12. EL PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR COMPROMISOS EDUCATIVOS Y DE CONVIVENCIA.

La Ley de Educación de Andalucía, LEA de 26 de diciembre de 2007 en su capítulo IV referido a las familias, habla en los artículos 31 y 32 de los compromisos educativos y de convivencia, respectivamente que las familias de los alumnos con problemas tienen derecho a suscribir con el profesorado del centro de sus hijos/as, con el fin de conseguir un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de los mismos. Estos compromisos podrán suscribirse en cualquier momento del curso y a solicitud de cualquiera de las partes integrantes en los mismos. El Consejo Escolar arbitrará las medidas oportunas para realizar el seguimiento de estos compromisos con el fin de garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

A) COMPROMISO PEDAGÓGICO Los compromisos educativos pretenden crear unas condiciones de relación entre el medio escolar y el familiar que favorezcan las adecuadas expectativas y garanticen el éxito escolar del alumnado. Para ello, tanto la escuela como las familias han de partir de unos principios fundamentales: *La escuela necesita una identidad propia y definida, un proyecto educativo adecuado a sus características, vivir la enseñanza dentro de una comunidad educativa efectiva y real y trabajar por conseguir la mejora continua de sus escolares tanto en conocimientos reglados como en valores de vida. *Las familias han de mostrar un deseo continuo de participación en la educación de sus hijos/as, un interés por la formación y la colaboración dentro de la acción tutorial.

Colaboración familiar A través del Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) se solicitará la colaboración de las familias como complemento al proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos/as en los siguientes aspectos: 1. Conversar diariamente con los hijos sobre hechos cotidianos. 2. Expresiones de afecto. 3. Comentarios en familia sobre libros, noticias del periódico, revistas, programas de televisión... 4. Visitas en familia a bibliotecas, museos, zoológicos, parque natural, lugares históricos, etc.


5. Estímulo a la ampliación de vocabulario. Las familias habrán de procurar unas rutinas que profundicen en los alumnos conductas positivas ante el trabajo cotidiano: 1. Marcar un tiempo de estudio en casa y cuidar su cumplimiento. 2. Rutinas diarias que incluyen tiempo para comer, dormir, jugar, trabajar, estudiar y leer. 3. Procurar, en lo posible, un lugar tranquilo para estudiar y leer. 4. Interés de la familia en hobbies, juegos y actividades con valor educativo. Se espera de las familias un control sobre: 1. Dar prioridad al trabajo escolar y a la lectura sobre ver televisión y otras actividades de ocio. 2. Procurarán la puntualidad en la asistencia a clase. 3. Control del grupo de amigos. 4. Control y análisis de los programas de televisión y el uso de internet junto a los hijos. 5. Conocimiento de los padres de los progresos del hijo/a en la escuela.

Alumnos a los los que va dirigido el compromiso educativo El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje a lo largo de su escolaridad.

Momento de suscripción del compromiso educativo El compromiso educativo se podrá suscribir en cualquier momento de la escolaridad del alumno/a. Como regla general, se harán a principio de curso, sin detrimento de la realización de compromisos puntuales a lo largo del año.

Protocolo de actuación A) Reunión inicial con las familias en la que se les informa de todo lo relacionado con la vida escolar: Planes y proyectos, objetivos, criterios de evaluación, metodologías, actividades a realizar... B) Informar de la importancia de la colaboración e implicación de las familias en el proceso enseñanza-aprendizaje. C) Consensuar actuaciones de las familias en colaboración con el Centro para elaborar los compromisos educativos necesarios. D) Suscripción del compromiso o firma del mismo. E) Seguimiento de los logros y avances alcanzados. F) Revisión y suscripción continua de nuevos compromisos que pudieran surgir.


13. EL PLAN DE CONVIVENCIA.

La calidad de la convivencia escolar es un elemento decisivo en la configuración de la convivencia social, ya que el centro supone un espacio único de formación y ejercicio de ciudadanía democrática. Así los centros educativos, se convierten en lugares idóneos para aprender a convivir.

Principios básicos de una educación para la convivencia La convivencia estará integrada y presente en los siguientes ámbitos: Plan de acción tutorial Proceso de enseñanza aprendizaje Normas de convivencia en el centro Resolución de conflictos Partimos de un que un buen plan de convivencia ha de diseñarse sobre objetivos preventivos. Entendiendo el conflicto como la confrontación que se produce entre diversos intereses. La actitud con la que se enfrenta a un conflicto es más importante que la del conflicto mismo. Los esfuerzos deben centrarse en buscar soluciones con un talante colaborador y de flexibilidad para el cambio. Partimos de la autoridad al adulto y el respeto mutuo como dos pilares fundamentales que facilitan la convivencia en el centro. ANEXO : PLAN DE CONVIVENCIA

14. PLAN DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO.

La LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su Título III capítulo I establece como una de las funciones del profesorado, la investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente. Posteriormente en el artículo 102 sobre la formación permanente considera en el punto 1 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado.

La LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía. En su artículo 19 sobre la formación permanente realiza las mismas aportaciones que anteriormente realiza la L.O.E. y añade contenido en su punto 2 considerando que la formación permanente tendrá como objetivo el perfeccionamiento de la práctica educativa, de forma que incida en la mejora de los rendimientos del alumnado y en su desarrollo personal y social, a través de la atención a sus peculiaridades y a la diversidad del mismo.


De todo lo establecido en las disposiciones legales nuestro Plan de formación girará en torno a conocer la importancia de los logros alcanzados, identificar posibles problemas y disfunciones, determinar los efectos y las causas de esos logros y problemas, reorientar las prácticas y formular propuestas de mejora de cara a futuras actuaciones. Por todo lo anterior, la dirección del centro establece las siguientes líneas prioritarias de actuación: 1. La promoción, apoyo y seguimiento de los procesos de autoformación a través del trabajo colaborativo entre el profesorado deben constituir un elemento fundamental dentro de las estrategias formativas y de intervención en los centros docentes. 2. Se deben proponer acciones formativas que utilicen las tecnologías de la información y la comunicación como herramientas para la formación permanente del profesorado y que potencien el trabajo en red del profesorado, la comunicación de buenas prácticas y la autoformación. Asimismo, se deberán incluir iniciativas de formación que contribuyan a desarrollar la competencia digital del profesorado, basadas en la aplicación didáctica de las TIC en el aula 3. Las actividades formativas que se planteen deberán procurar no solo la mejora de la práctica docente, sino que ésta incida directamente en la mejora de los rendimientos del alumnado y en su desarrollo cívico-social. En este sentido, se deberá procurar que dichas actividades tengan un seguimiento de aplicación práctica en el centro docente y/o en el alumnado cuya situación de partida se pretende mejorar. 4. La práctica docente será un punto de referencia fundamental para la reflexión, y la investigación e innovación pueden y deben redundar en una mejora de dicha práctica. 5. Establecimiento de Estrategias didácticas y metodológicas que contribuyan al desarrollo de las competencias básicas en el alumnado. 6. Adquisición y desarrollo de las competencias docentes necesarias para gestionar el grupo de alumnos y para la atención a la diversidad del alumnado.

ANÁLISIS DE DATOS. Del análisis de los datos de: Memoria de evaluación Pruebas de evaluación y diagnóstico. Análisis de los resultados de evaluación. Resultados Plan de Apoyos y Refuerzos.

PROCESO DE ANÁLISIS PARA EL ESTABLECIMIENTO Y SOLICITUD DE FORMACIÓN. Tras el proceso de análisis de datos correspondientes a los documentos del punto anterior, los equipos docentes deben establecer las líneas generales, los cuales harán propuesta de


formación a la Jefatura de Estudio. Tras recibir la propuesta por los distintos equipos docentes se procederá a realizar una valoración previa en ETCP con la aportación del Equipo Directivo. Tras el estudio se realizará un documento base el cual de aprobarse en sesión ordinaria de Claustro y Consejo Escolar se elevará a la modificación parcial del Proyecto Educativo del año en vigor.

15. CRITERIOS PARA ESTABLECER LOS AGRUPAMIENTOS DEL ALUMNADO Y LA ASIGNACIÓN DE LAS TUTORÍAS, DE ACUERDO CON LAS LÍNEAS GENERALES DE ACTUACIÓN PEDAGÓGICA DEL CENTRO Y ORIENTADOS A FAVORECER EL ÉXITO ESCOLAR DEL ALUMNADO.

Criterios para establecer los agrupamientos del alumnado. Agrupamientos de alumnos, criterios y metodología. Los criterios de agrupamiento de los alumnos tienen una importancia decisiva en nuestro centro educativo. En cada curso académico la situación presenta perfiles propios. Es por ello que la agrupación de los alumnos se haga teniendo en cuenta: • • • •

• • •

La heterogeneidad del alumnado. La flexibilidad en la composición de los grupos y su movilidad dentro del mismo esquema horario. La búsqueda de la mayor compatibilidad posible entre los diferentes niños / as que van a pasar a integrar esos grupos. La integración de niños / as de Educación Especial en grupos que el profesorado valore como más idóneos para propiciar su estimulación, asegurando una relación humana positiva y enriquecedora. La adecuación madurativa que evite los desfases insalvables que provocan la coexistencia de un numeroso grupo de alumnos con graves retrasos, con otro minoritario que desarrolla una escolaridad dentro de esquemas de normalidad. La integración de niños con retrasos madurativos o instrumentales con sus grupos de edad en áreas del curriculum que posibiliten su desarrollo. Se incluirán en el mismo grupo aquellos alumnos que elijan la misma opción religiosa. Metodología de trabajo.

A lo largo del curso escolar los diferentes miembros de los Equipos Docentes y a los Profesores del mismo nivel valorarán la evolución de los alumnos/as. Se elaborarán los criterios inmediatos de agrupamiento, cuyas características más destacables serán: 1.- Considerar la repetición de curso como medida excepcional y el Equipo Docente valorará que, dicha medida, puede tener efectos positivos más que probables.


2.- Dado el carácter cíclico de la EDUCACION PRIMARIA se propiciará el que, la repetición de nivel , tenga un carácter excepcional y puede realizarse una vez a lo largo de la Etapa en los niveles terminales de ciclo.

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• •

3.- Cuando la repetición de curso no garantice la recuperación de niños con déficits madurativos o instrumentales, se optará por la promoción continuada paliando dichos déficits con agrupamientos flexibles en régimen de integración. 4.- La integración de niños con necesidades necesidades educativas especiales (diagnosticados debidamente) conllevará una reducción de alumnos en la correspondiente tutoría. Parece recomendable que, de repetir algún nivel, dicha medida se tome a final de Ciclo. 5.- En todos los niveles, los agrupamientos agrupamientos tenderán a: Mantener el mismo grupo de alumnos/as a lo largo del mismo ciclo y cuando las disponibilidades humanas y espaciales lo permitan. Tener en cuenta no sólo el principio de compatibilidad cualitativa sino también cuantitativa. Ello supone, con cierta frecuencia, que la concentración de alumnos problemáticos en un aula, tiene efectos muy negativos sobre el reducido número de niños / as que desarrolla una escolaridad normalizada por muy positiva que sea la dinámica de trabajo que se puede llegar a crear. Por contra, la integración puntual de niños / as no problemáticos, puede contribuir decisivamente en su normalización. Evitar grupos definidos de retraso o inadaptación. 6.- La elaboración de las listas será el resultado de un trabajo coordinado entre el profesorado del nivel de procedencia y el de destino, siempre en presencia de los coordinadores del Ciclo y buscando niveles lo más equilibrados posibles. Quedan descartados los grupos homogéneos.

Criterios para la asignación de las tutorías. Los criterios pedagógicos fijados por el Claustro para el presente curso, se encuentran dentro del marco organizativo del Centro y pretenden dar respuesta a sus necesidades en relación a la confección de los horarios del profesorado. En consonancia con el modelo organizativo adoptado en el Centro en función de sus características y necesidades, se ajustan a lo regulado en el ROF y en la normativa vigente. 1.- Para la designación de tutores/as y asignación de grupos y enseñanzas, según lo regulado en el Art. 89 del Decreto 328/2010, de 13 de julio y el Art. 20 de la Orden 20/08/2010, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de organización pedagógica:

1. ASIGNACIÓN DE ENSEÑANZAs Para la asignación de enseñanzas se atenderá en primer lugar al puesto de trabajo que ocupa cada maestra/o en el centro de acuerdo con la adjudicación de destinos realizada por la CEJA. No obstante, en función de las necesidades organizativas del centro, se podrá tener en cuenta las habilitaciones que tenga cada maestra/o con destino en el centro, contando siempre que sea posible, con la voluntad positiva a las enseñanzas del maestro/a implicado. 2. ASIGNACIÓN DE GRUPOS


1. Continuidad en ciclo. ciclo Aquellos maestros/as que durante un curso escolar hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de la educación Primaria o del segundo ciclo de la educación Infantil permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos/as con que lo inició, siempre que continúen prestando servicio en el centro. 2. Profesorado Profesorado definitivo. El profesorado definitivo asumirá preferentemente una tutoría del curso inicial de cualquier ciclo de la educación Primaria o del segundo ciclo de la educación Infantil a fin de garantizar, en la medida de lo posible, la permanencia del tutor/a a lo largo del ciclo. 3. Profesorado especialista. Se debe intentar que el profesorado especialista de Educación Primaria (Educación Física, Inglés, Música), si deben asumir una tutoría y salir un número elevado de horas, se le asigne una tutoría en el tercer o segundo ciclo de educación Primaria. En todo caso se debe procurar que el profesorado especialista que asuma tutorías salga el menor tiempo posible de ellas cuanto menor sea el alumnado. 4. Concentración y estabilidad. Se debe procurar que el menor número de profesores imparta clase a un grupo de alumnos. Siendo éste criterio de especial aplicación en el primer ciclo de Educación Primaria, en el que se designará tutor-a a profesorado con experiencia en el mismo, siempre que sea posible. 5. Características del grupo. Para la designación de tutor-a de un determinado grupo se tendrán en cuenta las particularidades colectivas e individuales del mismo (alumnado NNEE…) 6. Idoneidad. La asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnado y áreas la realizará la Dirección del Centro, a propuesta de la Jefatura de Estudios, habiendo recogido las opiniones del profesorado interesado y atendiendo estos criterios pedagógicos y/u organizativos. La antigüedad en el centro de las/os maestras/os no será motivo de asignación de un determinado grupo. Para impartir docencia en el tercer ciclo de Ed. Primaria será tenida en cuenta la formación del profesorado en la utilización de los recursos informáticos y de la Red (Plan Escuela TIC 2.0). 7. Eficacia Eficacia organizativa. Se procurará que los miembros del Equipo Directivo no sean tutores. Se intentará que impartan clases en el segundo o tercer ciclo de Educación Primaria. En caso de permanecer en el primer ciclo de Educación Primaria o pertenecer a Educación Infantil, las horas de dedicación a las funciones directivas serán cubiertas por un solo docente, en horario regular de sesiones completas. 8. Otras enseñanzas. La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del centro y con la normativa que resulte de aplicación. 9. Rotación. Se intentará, en función de las características coyunturales del Claustro, que las maestras y maestros de Educación Primaria roten cíclicamente por los tres ciclos con la finalidad de evitar largas permanencias no deseadas de una persona en un mismo ciclo. Estos criterios serán tenidos en cuenta, y estarán presentes en la propuesta que la Jefatura de Estudios realice en la primera semana del mes de septiembre de cada curso académico. Corresponde al Director realizar la designación de tutores-as y asignación profesores y profesoras de los distintos grupos y enseñanzas de entre el profesorado que imparte docencia en el Colegio.


Criterios particulares: 1.- Aquellos maestros y maestras que, durante un curso escolar, hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de la educación primaria permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnado con que lo inició, siempre que continúen prestando servicios en el Centro. Cuando por fuertes razones pedagógicas, disciplinarias o convivenciales sobrevenidas no sea aconsejable que un/una maestro/a permanezca en el primer, segundo o tercer ciclo de Educación Primaria los dos años preceptivos, excepcionalmente se le podrá eximir de la obligatoriedad de permanecer en el mismo ciclo hasta que el alumnado con el que lo empezó lo finalice, igual que sucedería si de un maestro interino o provisional se tratase. Tal extremo se justificaría ante el Claustro y ante la Inspección Educativa. 2.- El alumnado del primer ciclo de Educación Primaria, por la importancia desde el punto de vista pedagógico para su futuro, será asignado a profesorado definitivo o a aquel/aquella que tenga garantizada su continuidad durante dos años, preferentemente con experiencia en el ciclo. 3.- Por criterios pedagógicos de calidad educativa, al/a la maestro/a que acabe el primer ciclo se le dará la posibilidad de seguir, si quiere, con su grupo o, en caso contrario, tendrá preferencia sobre los demás para elegir, dentro de lo posible, el curso que quede libre, (el jefe de estudios recogerá la opinión del profesorado implicado y teniendo en cuenta su experiencia y formación hará la propuesta al director ). Este profesorado tendrá preferencia especialmente sobre el que acabe segundo o tercer ciclo. 4.- Igualmente, una vez asignados los cursos al profesorado que acabe primer ciclo, que tendrá preferencia, se realizará el mismo proceso con los que acaben segundo y tercer ciclo, teniendo la opción de elegir entre continuar con su mismo grupo o de coger otro que le asigne el director por criterios pedagógicos y de organización interna a propuesta del jefe de estudios. El Profesorado que acabe segundo ciclo tendrá, a su vez, preferencia sobre el que acabe tercer ciclo. 5.- Para impartir docencia en el tercer ciclo de Educación Primaria será tenida en cuenta la formación del profesorado en la utilización de los recursos informáticos y de la Red (Plan Escuela TIC 2.0). 6.- Debido a la implicación en Planes y Proyectos que el cargo conlleva, así como a las constantes reuniones y compromisos, es por lo que siguiendo criterios de calidad educativa y para evitar que entren muchos profesores a realizar sustituciones, se acuerda que el director no tenga asignada tutoría. 7.Igualmente, y dentro de lo posible, se intentará que el resto de miembros del equipo directivo tampoco sean tutores. Se intentará que impartan clases en el segundo o tercer ciclo de Educación Primaria. En caso de permanecer en el primer ciclo de Educación Primaria o pertenecer a Educación Infantil, las horas de dedicación a las funciones directivas serán cubiertas por un solo docente, en horario regular de sesiones completas.


8.- En todo momento se perseguirá el éxito escolar del alumnado, se tendrán en cuenta las características del grupo y del profesorado en orden a conseguir el máximo desarrollo de las posibilidades educativas del alumnado. 16. LOS PLANES ESTRATÉGICOS QUE SE DESARROLLAN EN EL CENTRO.

Como consecuencia de las numerosas iniciativas desarrolladas por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en los centros educativos, orientadas a la mejora permanente de la enseñanza, favoreciendo la innovación pedagógica y el aumento de los servicios complementarios que se prestan a la comunidad educativa, se están desarrollando en los últimos años numerosos planes y programas educativos. Entre ellos cabe destacar, por el carácter estratégico que le otorga la propia Consejería de Educación, los siguientes para Educación Primaria: . Plan Escuela TIC 2.0 . Plan de Apertura de Centros.

En nuestro colegio son dos los planes estratégicos que se llevan a cabo: el “Escuela TIC 2.0” desde el curso 2009/10 y el Plan de Apertura de Centros desde el 2007-2008 , en el que se integran tanto el Aula Matinal , Comedor como las Actividades Extraescolares. En relación al primero los objetivos que nos proponemos son los siguientes: • Profundizar en la calidad del sistema educativo y en la igualdad de oportunidades. • Conseguir que las Tecnologías de la Información y Comunicación se conviertan en herramientas didácticas de uso habitual en el aula. • Mejorar las prácticas docentes para alcanzar mayor desarrollo de las competencias básicas del alumnado. El tercer Ciclo de Primaria supone el momento oportuno para que los alumnos, que van ganado en responsabilidad, empiecen a trabajar con herramientas digitales e ir progresando en la competencia digital que comenzara ya a trabajarse desde el principio de su escolarización. Ha sido en este curso cuando hemos tenido la posibilidad de empezar a trabajar en este sentido ya que contamos con cuatro aulas digitales cuya dotación consiste en un ordenador de sobremesa con lector de dvd y el conjunto de Pizarra Digital Interactiva con proyector así como conexión wifi que permite el uso tanto del Equipo como de los portátiles del alumnado a Andared. Desde el curso pasado consideramos necesario que el profesorado que acceda a las tutorías del Tercer Ciclo debe contar con una preparación adecuada ya que los componentes del aula digital se van a convertir en una herramienta esencial a la hora de trabajar con nuestro alumnado; desde el curso pasado los maestros/as han venido realizado la formación necesaria y en parte estamos preparados para enfrentarnos a estos retos, pero hay que tener en cuenta que


se está empezando un trabajo en el que poco a poco se irán añadiendo nuevas estrategias que día a día iremos practicando y enseñando con nuestro alumnado. Entre las actividades que se irán realizando en el aula digital durante este curso y el siguiente con los alumnos de 5º y 6º se irán trabajando los siguientes aspectos: • Manejo básico del sistema operativo “Guadalinex Edu” y recorrido por las opciones que este nos ofrece y por los contenidos que se integran en el mismo. • Manejo del paquete de aplicaciones Open Office y más concretamente de las siguientes: Writer para la elaboración de textos escritos y tablas e Impress para la creación de presentaciones. • Manejo de programas como GIMP para creación de dibujos y edición de fotografía. • Consulta a través de la web de informaciones necesarias tanto en el aula como en la tarea diaria. • Uso del blog como herramienta educativa . • Realización de actividades con Jclic. • Uso y aprovechamiento de la PDI como herramienta más allá de la pantalla de proyección. • Elaboración de Webquests.

Los encargados de la realización de estas actividades serán los tutores/as y los/as especialistas que impartan clase en el Tercer Ciclo, así como el coordinador o coordinadora del Plan en el centro; los alumnos llevarán consigo su ultraportátil al menos dos veces a la semana, siempre que alguno de los maestros/as pertenecientes al Equipo docente así lo indiquen, y las actividades que se lleven a cabo, así como los recursos que se utilicen, deberán reflejarse en la programación de aula. La evaluación de las actividades correrá a cargo por parte de los maestros/as a cargo de las mismas, quienes darán conocimiento del desarrollo de las mismas a la persona encargada de la coordinación al menos una vez por trimestre, y se basará en la observación del trabajo realizado y el registro de datos obtenidos de la misma. El horario de coordinación del Plan Escuela TIC 2.0, de acuerdo con lo que expone la orden de 3 de Septiembre de 2010 por la que se establece el horario de dedicación del profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas estratégicos, parte de dos horas semanales en un centro como el nuestro, de entre siete y diecisiete unidades, y es susceptible de aumento en caso necesario tal y como se refleja en el artículo 7; en el momento de la elaboración del presente documento, el horario de dedicación queda establecido en tres horas. Por otra parte nuestro centro oferta, desde el curso 2007-2008 los Servicios de Aula Matinal, Comedor y Actividades Extraescolares, enmarcados dentro del Plan de Apertura de


Centros, segundo de los planes estratégicos presentes en el centro pero no por ello menos importante; se aplica fuera del horario lectivo y presenta los siguientes objetivos: a) Atender a los niños y niñas de nuestro entorno en horario no lectivo del centro. b) Favorecer la acogida de alumnos con problemas de horario por motivos de trabajo de los padres y/o madres. c) Fomentar desde el centro una alimentación sana y saludable. d) Favorecer aspectos como el trabajo en equipo, la colaboración, el espíritu de superación, el saber encajar los resultados adversos o la comprensión del otro como alguien distinto pero igual en derechos, cuyo conocimiento enriquece y ayuda a comprender. e) Completar la formación del alumnado y que éstos aprendan a utilizar de manera educativa y provechosa su tiempo libre.

El Centro abre sus puertas a partir de las 7'30 para que los niños/as puedan ser recibidos a partir de esa hora y atendidos por dos monitoras que en nuestro caso son Diplomadas en Magisterio. El aula permanece funcionando hasta las 9:00, hora de entrada a clase, aunque se aconseja que la hora máxima de acceso sea a las 8.45. Las actividades que se realizan en el aula son el desayuno, visionado de películas y dibujos animados, actividades plásticas, etc; se trata de que los alumnos y alumnas que disfrutan del servicio lo hagan de manera lúdica, sin tener en el momento obligación lectiva alguna. El número de alumnos/as no es muy elevado pero es un servicio necesario hoy en día. El Comedor funciona de 14:00 a 16:00 horas , siendo este de gestión indirecta y la comida es servida por una empresa de catering contratada por el ISE y la cual se encarga de contratar a las monitoras . Este es un servicio demandado fundamentalmente en época de recolección de la aceituna y su capacidad máxima es de 60 usuarios. El número mínimo para dar comienzo al servicio es de 10 alumnos. De Lunes a Jueves por la tarde, tienen lugar las actividades extraescolares, de 16 a 18 horas; actualmente contamos con los talleres de Inglés, Informática y Refuerzo Educativo. Cada curso se organizan los talleres que son demandados por las familias, con la condición de que exista un mínimo de 10 alumnos-as. La evaluación de este plan se llevará a cabo a través del grado de satisfacción de las familias respecto al cuidado que se tiene de sus hijos en las actividades de mañana , la comida ofrecida a sus hijos así como las actividades que sus hijos vienen realizando por las tardes. La Directora nombrará un coordinador –a oído el Consejo Escolar según la Orden de 3 de Agosto de 2010 , el cual tendrá la función de gestionar y garantizar el funcionamiento correcto de los Servicios.



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