Nuevo PEI

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El Paradigma Pedagógico Ignaciano brinda una ayuda para la mejora del qué hacer del educador.

Permite enriquecer el contenido y la estructura de lo que están enseñando. Da al educador medios adicionales de apoyo a la iniciativa estudiantil. Permite que los profesores esperen más de las estudiantes y les exijan una mayor responsabilidad y actividad en su propia formación. Las ayuda proporcionando la ocasión y argumentos para exhortarles a relacionar lo que están estudiando con las experiencias de su propio entorno. • El Paradigma Pedagógico Ignaciano personaliza la enseñanza Exige a las estudiantes que reflexionen sobre el contenido y la significatividad de lo que están estudiando. Trata de motivarlas implicándolas como participantes activas y críticas en el proceso de enseñanza. Invita a la integración de las experiencias educativas que tienen lugar en el aula, en la familia o en cualquier otro ambiente • El Paradigma Pedagógico Ignaciano destaca la dimensión social de la enseñanza Anima a una estrecha cooperación y a una mutua comunicación de experiencias en diálogo reflexivo entre las estudiantes. Relaciona el estudio y la maduración propia con la interacción personal y las relaciones humanas. Propone un movimiento continuo y progresivo hacia la acción que puede afectar para bien, a los demás. La reflexión siempre deberá llevar a un mayor respeto hacia la vida de los demás, a sus acciones, normas de conducta o estructuras que favorecen o dificultan el desarrollo y crecimiento de las personas. Esto implica, por supuesto, que los profesores son conscientes y están comprometidos con tales valores.

9.6 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES (SIEE) El presente Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes SIEE, fue Aprobado según los Actos Administrativos: Acuerdo Directivo N°004 de Febrero 5 de 2013. Resolución Rectoral N°003 de Febrero 5 de 2013.

GENERALIDADES El Ministerio de Educación Nacional, a través del Decreto 1290 del 16 de Abril del año 2009, reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de las estudiantes de los niveles de educación básica y media y lo establece en su artículo 2 como el objetivo a cumplir por las diferentes instituciones educativas. El mismo decreto en su artículo 19 define la vigencia y específica que “para establecimientos educativos de calendario A…”…”rige a partir del primero de enero de 2010…”…”Igualmente deroga los decretos 0230 y 3055 de 2002” Aunque deroga los decretos mencionados, algunos de sus artículos servirán como referencia para la elaboración y ajuste del Sistema Institucional de Evaluación de las Estudiantes (SIEE), en caso de ser adecuados y 100


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