NORMAS DE CONVIVENCIA

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A. LA IDENTIFICACIÓN Y DEFINICIÓN EXPLÍCITA DE LOS PRINCIPIOS RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO. Los principios recogidos en el Proyecto Educativo de Centro son:

CARTA DE CONVIVENCIA

B. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN EN EL NIVEL DE CENTRO Y AULA. COMPOSICIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR. El procedimiento de elaboración, aplicación y revisión en el nivel de centro y aula ha garantizado la participación democrática de toda la comunidad educativa.


Las normas de convivencia, organización y funcionamiento de centro así como sus posibles modificaciones han sido elaboradas por el Equipo Directivo, el cual ha recogido las aportaciones de la comunidad educativa, informando al Claustro y aprobadas por el Consejo Escolar por mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de aula han

sido

elaboradas,

revisadas

y

aprobadas

anualmente

de

forma

consensuada por el profesorado y alumnado que convive en ella, coordinados por el tutor del grupo. Una vez aprobadas han pasado a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa. El director del centro las hará públicas, procurando la mayor difusión entre la comunidad educativa. En el Consejo Escolar se constituirá la Comisión de Convivencia formadas por: -

Director/a del centro

-

Jefe de estudios

-

Un representante de profesorado

-

Un representante de las familias

Serán elegidos por cada uno de los sectores tal y como se recoge en el árticulo 20 del reglamento orgánico de centro de infantil y primaria.

 Funciones de la Comisión de Convivencia: -

Asesorar a la dirección del centro y al conjunto del consejo escolar para prevenir y evitar el conflicto y mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia.

-

Participar en la elaboración y aplicación de las medidas preventivas y correctoras ante las conductas contrarias a las normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y aula, así como la tipificación de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.

-

Conocer los procedimientos de mediación y resolución positiva de los conflictos que se va llevar en el centro así como formar parte si lo desean de los equipos de mediación.


-

Informar al Consejo Escolar sobre la aplicación de las normas de convivencia.

-

Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia y en su caso en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del alumnado.

C. LOS CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS QUE DEBEN

INCORPORAR

ORGANIZACIÓN Y

LAS

NORMAS

DE

CONVIVENCIA,

DE FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS, ASÍ

COMO DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA SU ELABORACIÓN Y LOS RESPONSABLES DE SU APLICACIÓN. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento específicas de aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente de forma consensuada por el profesorado y alumnos que convive en ella. Finalmente serán refrendadas por el Consejo Escolar, tal y como establece la Orden del 25 de Mayo de 2007 que regula la Organización y el Funcionamiento de los CEIP. CRITERIOS COMUNES Y LOS ELEMENTOS BÁSICOS:  Elaborar a principio de curso de manera consensuada las normas de cada aula y mostrarlas en un lugar visible de la clase.  Mantener el orden y silencio en las entradas y salidas, por lo que no se debe correr por los pasillos, escaleras ni aula.


 Puntualidad.  Respetar al profesor.  Respetar al alumno.  Respetar a los compañeros.  Hacer la tarea diariamente y estudiar todos los días.  Participar en las actividades y ejercicios propuestos.  Mantener limpio el centro y sus instalaciones  No subir a las aulas en horario de recreo debiendo estas permanecer cerradas.  Acudir al cuarto de baño en el recreo.  Acudir a clase aseado.

D. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. Las bases legislativas en las que se establece el desarrollo de este apartado son: -

El R.D. 82/1996 de 26 de Enero por el que se aprueba el R.O.C. de los CEIP.

-

R.D. 732/1995 de 5 de Mayo por el que establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencias en los centros.

-

Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación.

LOS MAESTROS/AS DERECHOS DE LOS MAESTROS/AS -

Respeto a su dignidad humana y profesional.

-

Derecho de reunión del profesorado en los locales del Centro, siempre que sea compatible con el desarrollo normal de las actividades docentes


cumpliendo lo que disponga la legislación laboral. -

Derecho a organizar y asistir a reuniones en las que se contemplen temas de carácter laboral y profesional. Dichas reuniones deberán ser comunicadas con antelación a la dirección del Centro.

-

Usar el material y las instalaciones del centro de acuerdo con el criterio que se establezca.

-

Libertad de cátedra o de enseñanza, respetando el Proyecto Educativo de Centro y Proyectos Curriculares de Etapa.

-

Derecho a exigir una separación entre la vida profesional y la privada

-

Respeto a las creencias de los profesores.

-

Derecho a participar en el control y gestión del Centro, a través de los órganos y en los términos establecidos por la ley.

-

Pedir la convocatoria de un claustro extraordinario previa recogida de 1/3 de las firmas de la totalidad del profesorado.

-

Asistir a las reuniones, que serán convocadas con 24 h de antelación, y realizadas en horario de tarde, para facilitar la asistencia de todo el Claustro.

-

Derecho a exigir que el número de alumnos por clase sea el adecuado para conseguir el objetivo de una enseñanza de calidad, debiéndose cumplir como mínimo lo establecido sobre la ratio en la legislación vigente.

-

Participar en los Proyectos y en las actividades de perfeccionamiento organizadas por el Centro.

-

Colaborar en la elaboración de los Documentos programáticos del Centro.

-

No sufrir discriminación en razón de la situación laboral y profesional. DEBERES DE LOS MAESTROS/AS

-

Respetar el modelo educativo consensuado y aprobado en el Proyecto Educativo del Centro.

-

Corrección en el trato con los alumnos, personal no docente y


profesorado, así como respetar la dignidad y libertad del resto de miembros de la comunidad educativa. -

Colaborar y participar en las actividades complementarias y extraescolares organizadas por el Centro, de acuerdo con el horario personal.

-

Prestar atención y dar cauce a las sugerencias de los alumnos.

-

Entrar y salir de clase con puntualidad.

-

Aceptar las decisiones del Consejo Escolar y del Claustro en lo que cada uno tenga de competencias.

-

El cuidado de la disciplina en su clase y en todo el Centro, dando cuenta al Jefe de Estudios de las incidencias que puedan surgir.

-

Asistir a las Juntas de Evaluación. La ausencia en este caso debe ser anunciada con antelación.

-

Facilitar la enseñanza integral dentro del espíritu de la Constitución.

-

Respetar las creencias, modo de vida e intimidad de los alumnos.

-

Deber de asistir a las reuniones de los órganos colegiados.

-

Deber de cumplir con su horario personal, notificando en los plazos legales su ausencia justificada del centro.

-

Deber de conservar los materiales usados para la evaluación de los alumnos, hasta acabado el mes de diciembre del curso siguiente.

-

Colaborar en la elaboración de los Documentos programáticos del Centro.

-

Colaborar con los órganos de gobierno y los de coordinación didáctica.

-

Asumir los distintos niveles de responsabilidad que le correspondan.

-

Cumplir la normativa general e interna del Centro.

-

Recibir a los padres de alumnos cuando estos lo soliciten a través del tutor y en horas disponibles del profesor.

-

Cumplimentar la documentación administrativa y pedagógica de sus alumnos.


-

Colaborar en el cumplimiento y ejecución de este Reglamento, informando sobre la problemática disciplinaria del alumnado.

-

Participar en las actividades de formación y perfeccionamiento organizadas por el Centro.

-

Dar respuesta a la diversidad dentro del aula.

LOS ALUMNOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes básicos. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 732/1995 de 5 de mayo de 1995, todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados al respeto de los derechos que a continuación se enuncian, del mismo modo que los alumnos están obligados al respeto de los derechos de los demás miembros de la Comunidad Educativa. -

Derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

-

Derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza.

-

Derecho a que su rendimiento académico sea evaluado con plena objetividad, para lo cual el Centro hará públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción de los alumnos. Los alumnos o sus padres podrán reclamar contra las decisiones y calificaciones que se adopten al finalizar un ciclo o curso.

-

Derecho a recibir información escolar y profesional, con el fin de conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional.

-

Derecho a que la actividad escolar se desarrollo en las adecuadas condiciones de seguridad e higiene.

-

Derecho a que se respete su libertad ideológica (conciencia, religiosa o moral).

-

Derecho a que se respete su dignidad personal y su integridad fisica y


moral, no pudiendo ser objeto en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes. -

El Colegio estará obligado a guardar reserva sobre toda aquella información de que disponga acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno.

-

Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del Centro.

-

Derecho a la asociación y reunión, en los espacios dispuestos a tal efecto y siempre que no interfiera con las actividades docentes del Centro.

-

Derecho a la libertad de expresión, dentro del respeto a los derechos de los demás miembros de la Comunidad Educativa.

-

Derecho a utilizar las instalaciones del Centro, con las limitaciones derivadas de la programación de actividades y extraescolares, y dentro del cuidado y respeto de las mismas y del correcto uso de los recursos didácticos existentes.

-

Derecho a participar con carácter voluntario en las actividades del Centro.

-

Derecho a recibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias del tipo familiar, económico y socio-cultural o personal a través de las becas que promueve la Administración.

DEBERES DE LOS ALUMNOS El estudio constituye el deber básico de los alumnos y se concreta en las siguientes obligaciones: -

Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio.

-

Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.

-

Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y


mostrarle el debido respeto y consideración. -

Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.

-

Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa, no discriminando por razones de nacimiento, raza, sexo, así como por discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas o por cualquier otra circunstancia personal o social.

-

Los alumnos deben respetar el Proyecto Educativo de Centro.

-

Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del Centro, y respetar las pertenencias de los otros miembros de la Comunidad Educativa.

-

Los alumnos tienen el deber de participar en la vida y funcionamiento del centro.

-

Los alumnos se expresarán en el centro con el Idioma Oficial.

LAS FAMILIAS DERECHOS DE LAS FAMILIAS -

Formar parte de la Asociación de Padres y Madres. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro, ayudando a definir el modelo educativo del mismo.

-

Participar en la elección de sus representantes al Consejo escolar, y ser convocados por estos para demandar y recibir información.

-

Recibir información de la Dirección y sus representantes sobre la organización y gobierno del Centro.

-

Recibir información de diferentes aspectos del Proyecto Curricular de Etapa y de las programaciones de ciclo y curso.

-

Recibir información del proceso de enseñanza/aprendizaje de sus hijos/as en los días que el Centro determine. En especial cuando este proceso requiera de adaptaciones curriculares.

-

Participar en todos aquellos aspectos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos, exponiendo sus dudas y/o sugerencias.

-

Proponer actividades complementarias.


-

Ejercer anualmente su opción de formación religiosa.

-

Celebrar reuniones en las dependencias del centro, previa comunicación a la Dirección del mismo.

-

Participar en las actividades de formación organizadas por el Centro.

-

Recibir información sobre las condiciones ambientales más adecuadas para el proceso de estudio de sus hijos.

-

Conocer las faltas que se atribuyen a sus hijos. DEBERES DE LAS FAMILIAS;

-

Respetar el Proyecto Educativo y el Proyecto Curricular del Centro.

-

Facilitar información sobre aquellos aspectos de sus hijos que puedan tener una especial relevancia en el proceso de enseñanza/aprendizaje.

-

Ayudar y colaborar con el profesorado en la ejecución de un proceso educativo unitario.

-

Justificar, en su caso, las ausencias y las faltas de puntualidad de sus hijos al Centro.

-

Adquirir el material demandado.

-

Asistir a las reuniones periódicas a las que sea convocado tanto a nivel formativo como informativo.

-

Reponer el material del Centro deteriorado o extraviado, por sus hijos/as.


E. LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y LAS MEDIDAS CORRECTORAS ANTE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCINAMIENTO DEL CENTRO Y AULA, ASÍ COMO LA TIPIFICACIÓN DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA. (Título III del Decreto 3/2008 de la convivencia escolar en Castilla - La Mancha). Son conductas susceptibles de ser corregidas aquellas que vulneran lo establecido en estas las Normas de Convivencia de centro y aula o atentan a la convivencia cuando son realizadas: -

Dentro del recinto escolar

-

Durante la realización de actividades complementarias y extracurriculares

-

En el uso de servicios complementarios del centro

-

Aquellas actividades que aunque se realicen fuera del centro esten directamente relacionadas con la actividad escolar

Criterios de aplicación de las medidas educativas correctoras; -

Se tendrá en cuenta las circunstancias personales, familiares y sociales.

-

Las medidas correctoras deben ser proporcionales a la gravedad de la conducta que se pretende modificar y deben contribuir a la mejora del proceso educativo.

-

No pueden imponerse medidas que atenten a la integridad física y a la dignidad personal del alumno.

-

El alumno no puede ser privado del derecho a la educación, de su derecho a la escolaridad.

Graduación de las medidas correctoras:


a) Circunstancias que atenúan la gravedad: -

Reconocimiento espontáneo de una conducta incorrecta.

-

La ausencia de medidas correctoras previas.

-

La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración del desarrollo de las actividades del centro o aula.

-

El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado.

-

La falta de intencionalidad.

-

La voluntad del infractor de participar en procesos de mediación.

b) Circunstancias que aumentan la gravedad: -

Los daños, injurias u ofensas a compañeros de menor edad o nueva incorporación, o que presenten condiciones personales que conlleven desigualdad o que esten asociados a comportamientos discriminatorios.

-

Las conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integridad física o moral, y su dignidad.

-

La premeditación y la reincidencia.

-

La publicidad.

-

La utilización de la conducta con fines de exhibición, comerciales o publicitarios.

-

Las realizadas colectivamente.

Responsabilidad de los daños:


El alumnado que de forma intencional o imprudente cause daño a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa, queda obligado a repara el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación, quienes sustrajeron bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído. Los alumnos, o en su caso, los padres o tutores legales serán responsables del resarcimiento de tales daños. Prescripción: Las conductas contrarias a la convivencia prescriben trascurrido el plazo de un mes desde la fecha de su comisión. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia prescriben por el trascurso de un plazo de tres meses contados a partir de su comisión. En el cómputo de los plazos fijados se excluirán los periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar de la provincia. Tipos de sanciones: Según la gravedad de la conducta se harán por parte del profesor implicado, previo informe al tutor dos tipos de parte de incidencia: A) Conducta contrarias a las normas de convivencia. Parte de incidencia leve. Se utilizará el modelo establecido para ello. B) B) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. Parte de incidencia grave que se dará traslado a la comisión de convivencia.


TIPO DE CONDUCTA CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DE CENTRO Y AULA:

-

Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad

-

La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.

-

La interrupción del normal desarrollo de las clases.

-

La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.

-

Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.

-

El deterioro causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su

MEDIDAS CORRECTORAS

-

La

restricción

de

uso

de

determinados espacios, recursos y actividades

extraescolares del centro.

-

La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún espacio del centro.

-

El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula grupo habitual, bajo el control del profesorado del centro.

-

La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres o tutores legales del alumno.

material, o del material de cualquier miembro de la comunidad escolar. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO Y

-

AULA:

-

una semana e inferior a un mes. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las

-

actividades del centro.

-

Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar.

-

El acoso o la violencia contra personal, y las actuaciones perjudiciales para la salud y

Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religioso, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas.

-

La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos o material

La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no podrá ser superior a un mes.

-

Cambio de grupo o clase. Se adoptará como última medida habiendo agotado todas las medidas correctoras y educativas posibles. Será determinada por la comisión de convivencia bajo supervisión de inspección.

la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.

-

La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo superior a

-

La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de la asistencia al centro que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida de derecho a la evaluación continua y sin perjuicio de la obligación de que el alumno acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este supuesto la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo para los días de no asistencia, para garantizar así el


académico.

-

derecho a la evaluación continua. Los padres y tutores legales del alumno tienen el deber de colaborar.

El deterioro grave causado intencionalmente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

-

Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y de los derechos humanos.

-

La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.

-

El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.

TIPO DE CONDUCTA

PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN/ÓRGANO COMPETENTE

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

La decisión de las medidas correctoras, por delegación del director/a corresponde a:

i. ii.

Cualquier profesor/a del centro oído el alumno El tutor/a Quedará constancia escrita de las medidas adoptadas, que se notificaran a la familia. (Anexo)

CONDUCTAS CONVIVENCIA

GRAVEMENTE

PERJUDICIALES

PARA

LA

Serán adoptadas por el director/a, de lo que dará traslado a la Comisión de Convivencia.


Será prescriptivo el trámite de audiencia al alumno, las familias y el AMBAS

conocimiento del tutor. Las correcciones así impuestas serán inmediatamente ejecutivas.


F. LOS PROCEDIMIENTOS DE MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN POSITIVA DE LOS CONFLICTOS, INCLUYENDO LA CONFIGURACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDIACIÓN Y LA ELECCIÓN DEL RESPONSABLE DEL CENTRO DE LOS PROCESOS DE MEDIACIÓN Y ALBITRAJE. La mediación escolar es un método de resolución de conflictos en el que mediante la intervención imparcial de una tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas una cuerdo satisfactorio. Principios de la mediación escolar: -

La libertad y voluntariedad de las personas implicadas en el conflicto para acogerse o no a la mediación y para desistir de ella en cualquier momento del proceso.

-

La actuación imparcial de la persona mediadora, debe ayudar a establecer un acuerdo pero no impondrá soluciones ni medidas.

-

La persona mediadora no puede tener ninguna relación directa con los hechos, ni con las personas que han originado el conflicto.

-

Compromiso de confidencialidad, salvo en los casos que determine la normativa.

-

Carácter personal del proceso por lo que no se podrá sustituir a las personas implicadas por representantes o intermediarios.

Proceso de mediación: -

El proceso de mediación se puede iniciar a instancias de cualquier miembro de la comunidad educativa, ya se trate de parte interesada o de una tercera persona, siempre que las partes en conflicto lo acepten voluntariamente.


-

La aceptación exige que las personas implicadas asuman ante la dirección del centro, y los padres de los alumnos el compromiso de cumplir el acuerdo.

-

Las personas mediadoras deberán ser propuestas por la dirección del centro, de entre el alumnado, padres, madres, personal docente o administrativo, que dispongan de formación adecuada para conducir el proceso de mediación.

-

Las persona mediadoras deberán convocar un encuentro de las personas implicadas en el conflicto para concretar el acuerdo de mediación con los pactos de conciliación y o reparación a los que quieran llegar.

-

Si el proceso de mediación se interrumpe o los pactos no se cumplen la persona mediadora debe comunicar estas circunstancias a dirección para que actúe en consecuencia.

No se podrá ofrecer la mediación en los siguientes casos: -

Cuando el conflicto tenga su origen en las siguientes conductas: El acoso o la violencia contra personal, y las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa; Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religioso, racial o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas; Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y de los derechos humanos.

-

Cuando en el mismo curso escolar se haya utilizado el proceso de medicación en la gestión de dos conflictos con el mismo alumno, siempre que los resultados hayan sido negativos.

-

Se puede ofrecer la mediación como estrategia de reparación una vez aplicada la medida correctora.


G. LOS CRITERIOS ESTABLECIDOS POR EL CLAUSTRO PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORIAS Y ELECCIÓN DE CURSOS Y GRUPOS, ASÍ COMO DEL RESTO DE RESPONSABILIDADES Y TAREAS NO DEFINIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE, CON ESPECIAL RELEVANCIA A LOS CRITERIOS DE SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO AUSENTE. G.1. CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE TUTORIAS Y ELECCIÓN DE CURSOS Y GRUPOS. Los criterios establecidos por el claustro para la asignación de tutorías y elección de cursos y grupos serán los establecidos en la Orden 26/06/1994 de Centros de Educación Infantil y Primaria (Instrucciones que regulan organización y funcionamiento) Decreto 68/2007 de Educación Primaria: Orden 15/09/2008 que dicta las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de centros de infantil y primaria de C-La Mancha. La asignación de ciclos, cursos, áreas y actividades docentes se realizarán atendiendo a los siguientes criterios: a) La permanencia de un maestro con el mismo grupo de alumnos hasta finalizar el ciclo.


b) La especialidad del puesto de trabajo al que estén adscritos. c) Otras especialidades para la que los maestros estén habilitados. d) En el caso de maestros que estén adscritos a puestos para los que no esten habilitados, el Director del Centro podrá asignarles, con carácter excepcional y transitorio, actividades docentes correspondientes a otros puestos vacantes sin que en ningún momento esta asignación modifique la asignación original. e) Respetando los criterios descritos, el Director a propuesta del Jefe de Estudios asignará los grupos de alumnos y tutorias teniendo en cuenta los acuerdos alcanzados por los maestros en la primera reunión de Claustro. f) Si no se produce acuerdo el Director asignará los grupos por el siguiente orden: 1. Miembro del equipo directivo deberá impartir docencia en el tercer ciclo de primaria. 2. Maestros definitivos dando preferencia la antigüedad en el centro. 3. Maestros definitivos con la misma antigüedad, se tendrá en cuenta la nota de oposición. 4. Maestros provisionales dando prioridad la antigüedad en el centro. 5. Maestros interinos. g) En el caso de que algún maestro no cubra su horario lectivo, el Director del centro podrá asignarle otras tareas. h) Se impulsará la incorporación de un profesor definitivo especialista en el primer ciclo de primaria. i) Si es necesario que un especialista sea tutor será de un curso del tercer ciclo.


G.2. CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DEL RESPONSABLE DE BIBLIOTECA,

AULA ALTHIA, MEDIOS AUDIOVISUALES Y

OTROS. Los criterios de elección de responsable de Aula Althia, Biblioteca y Medios Audiovisuales son los siguientes: -

Una vez cubiertas las horas de docencia se asignará los responsables de los distintos medios.

-

Se procurará que las funciones sean repartidas de manera equitativa entre los miembros del Claustro, evitando que una persona acumule dos o mas funciones.

-

Cuando un profesor ejerza más de una función podrá acumular las horas dedicadas a ellas un máximo de cinco.

-

Los criterios de selección serán de manera voluntaria y de idoneidad.

G.3. CRITERIOS DE SUSTITUCIÓN DEL PROFESORADO AUSENTE. En Septiembre el Jefe de Estudios elabora un cuadrante con el horario de sustituciones para todo el curso, los criterios son: -

Maestros que no tienen ninguna tarea asignada.

-

Maestros de refuerzo.

-

Se procurará que el número de apoyos por semana sea igual para todos, proporcional al nº de horas de docencia directa con alumnos.

-

Se llevará un registro de sustituciones para procurar que los profesores disponibles en un momento determinado determinen quien la realiza no sobrecargando al que está en el cuadrante en primer lugar.


G.4. CRITERIOS PARA LA ELECCIÓN DE COORDINADORES DE CICLO. La coordinación de ciclo será llevada a cabo por profesorado definitivo en el Centro y se rotará para darle opción a todos . La asignación de estos cargos se hará de forma que no se acumulen en la misma persona. Si dos o más profesores, están en la misma situación y solicitan ser coordinadores, se seguirán los criterios de elección de tutorias G.5. CRITERIOS PARA EL DESDOBLE Y REORGANIZACIÓN DE GRUPOS. Cuando se den las circunstancias para realizar un desdoble que previamente formaba un grupo único, se organizarán los dos grupos de ese nivel teniendo en cuenta el conjunto de los siguientes criterios: -

Igualar la ratio de ambos grupos.

-

Igualar el porcentaje de alumnos y alumnas dentro del mismo grupo.

-

Igualar el número de acnees.

-

Igualar el número de acneaes con PTI.

-

Igualar el número de acneaes sin PTI.

-

Existencia de conflictos entre iguales o entre grupos de alumnos.

-

Otros (conveniencia de que dos alumnos vayan juntos, problemas de conducta…)


Para reorganizar grupos que previamente ya estaban desdoblados se hará de forma excepcional y cuando se cumplan lo siguientes requisitos:  Cuando se observe un desequilibrio significativo entre los niveles de competencia de los dos grupos.  Para iniciar esta medida se hará un informe de la unidad de orientación.  Un informe del equipo docente, donde figurarán los niveles de competencia adquiridos por los alumnos tras la realización de una prueba común para ambos. 

Estudiados los informes y con el Visto Bueno del Equipo Directivo se enviará la propuesta a Inspección para que emita su informe favorable.

 Se informará a los padres. Para la reorganización de estos grupos se tendrán en cuenta los mismos criterios expuestos para los desdobles.

H. LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS Y DEL TIEMPO EN EL CENTRO Y LAS NORMAS PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES Y LOS RECURSOS. B. AULA ALTHIA El uso de aula Althia por los distintos grupos del centro será establecido por el jefe de estudios en un cuadrante semanal, los criterios y normas son los siguientes: -

Cada grupo tiene reservada una hora a la semana.


-

Además de la hora semanal los cursos de 3º a 6º tienen reservada una hora semanal con el especialista de ingles.

-

Si el grupo que tiene reservada la hora no hace uso de ella podrá ser utilizada por otro grupo o profesor.

-

Si algún profesor esta haciendo uso individual del aula Althia y llega un grupo de alumnos, este deberá abandonar la sala.

-

El profesorado será responsable del uso del aula por lo que debe vigilar a los alumnos durante el trabajo que se esté desarrollando en la misma.

-

Una vez que se ha finalizado la sesión de Althia se deben apagar los ordenadores y cerrar la puerta, dejando la llave en conserjería. C. BIBLIOTECA

El uso de la Biblioteca por los distintos grupos del centro será establecido por el jefe de estudios en un cuadrante semanal, los criterios y normas son los siguientes: -

Cada grupo tiene reservada una hora a la semana, se intentará que coincida con la de lectura semanal.

-

El préstamo lo realizará el profesorado, realizará los mismos en su tutoria, en la hora de lectura asignada.

-

Los plazos de préstamo son de quince días.

-

Los tutores informarán a los padres de su responsabilidad en cuidar los libros en préstamo. Si un libro se pierde o se deteriora, lo repondrán por el mismo o uno de similares características

-

Los préstamos a la biblioteca de aula son como máximo de tres meses, el número de libros a prestar son de un libro por alumno más tres. Los cambios de libros los realizará el profesor en su hora de lectura.


-

Los responsables de biblioteca e encargaran de catalogar material, actualizar la biblioteca, fomentar la animación a la lectura y otras actividades relacionadas.

-

El profesorado será responsable del uso del aula por lo que debe vigilar a los alumnos durante el trabajo que se esté desarrollando en la misma. D. SALÓN DE ACTOS.

El uso del Salón de Actos por los distintos grupos del centro será establecido por el jefe de estudios en un cuadrante semanal, los criterios y normas son los siguientes: -

Determinar un cuadrante, para darle opción a todos los grupos a su uso.

E. COMEDOR ESCOLAR Las normas que rigen el comedor escolar son: -

El calendario del comedor escolar funcionará durante todo el periodo lectivo del curso escolar.

-

El precio del menú diario será el estipulado por la Junta, se pagará por mensualidades, repartidas desde los meses de Septiembre a Junio ambos incluidos.

-

Hasta el quinto día de inasistencia de forma continuada al comedor se considerará mes completo a efectos de pago. A partir del sexto día se descontarán los días faltados restando el precio del menú diario.


-

Para los alumnos que asistan al comedor, por distintas necesidades de forma temporal, no llegando a contabilizar el mes de asistencia, el precio del menú diario será incrementado, en un porcentaje aprobado cada curso, según las tarifas determinadas por la Junta de Comunidades.

-

El importe de las mensualidades deberán abonarse en los primeros diez días de cada mes siguiente en la cuenta del colegio de la entidad de la Caja Rural del Viso del Marqués.

-

El impago de la mensualidad con una demora de dos meses podrá ser motivo de privación del servicio de comedor.

-

El orden de prioridad de alumnos con derecho a comedor será el siguiente: 1º Alumnos usuarios de transporte escolar, incluido en individualizado. 2º Alumnos matriculados en el centro. 3º Alumnos del IES “Los Batanes” del Viso del Marqués hasta completar el número de plazas establecidas según las posibilidades del centro, teniendo en cuanta el orden de presentación de las solicitudes y las posibilidades de ser atendidos por sus padres.

-

Los responsables del comedor escolar (encargados y vigilantes) se reservaran el derecho de privar el uso del servicio de comedor escolar a aquellos alumnos que de forma reincidente falten a las normas que eviten la buena convivencia.

F. TALLERES ESCOLARES. Los criterios generales de funcionamiento de los talleres realizados en el centro son:


-

Los talleres escolares son cuatrimestrales. Si el taller propuesto es anual, en el 2º cuatrimestre se ofertará de nuevo para dar opción a todos los alumnos del centro a realizarlo.

-

Se desarrollan durante la semana de Lunes a Jueves en horarios de 16:00 a 17:00 y de 17:00 a 18:00.

-

Si el número de talleres es reducido se procurará que se distribuyan como máximo en dos días, evitando que el centro permanezca abierta para la realización de un solo taller y así optimizando los recursos del centro.

-

El número mínimo para formar un taller es de 8 alumnos y el máximo de 15, pudiéndose ampliar esta cifra si se trata de actividades deportivas o a criterio del monitor.

-

Cuando se detecte que en el desarrollo de un taller hay un abandono

del alumnado, y el número es inferior al mínimo

establecido, se ofertará a otros alumnos para completar la ratio, si esta medida no surtiera efecto el taller se suspenderá. -

Es obligación del monitor llevar un registro de asistencia.

-

Si un alumno que falta a tres sesiones sin justificar será automáticamente dado de baja en el taller.

-

El alumno puede ser sancionado por el monitor por problemas de conducta pudiendo dar de baja al alumno previo aviso a los padres.

-

El monitor es el responsable de los alumnos en el horario del taller por lo que debe vigilar las entradas y salidas.

-

El monitor debe vigilar el buen uso de las instalaciones y el material del centro.

-

Si el monitor no puede asistir deberá comunicarlo con suficiente antelación al centro y a las familias y alumnos del taller que imparte.

-

El horario del taller no puede ser modificado sin previo consentimiento de la dirección del centro.


-

Cualquier incidencia ocurrida debe ponerse en conocimiento de la dirección del centro.

-

El alumnado debe ser respetuoso con el monitor, compañeros y con las dependencias del centro.

Talleres realizados por el profesorado: Los talleres escolares son voluntarios para el profesorado. A principio de curso en Claustro se determinará la oferta de los mismos. Talleres realizados por el AMPA o Ayuntamiento ( Orden 8/10/08 para el desarrollo de actividades extracurriculares). La organización de las actividades, la vigilancia y el cuidado de las instalaciones así como la apertura y cierre del centro correrán por cuenta de la entidad beneficiaria de las ayudas. En el caso de las actividades que se desarrollen en los centros educativos se establecerán acuerdos de colaboración con la Dirección de los mismos. La obligación de la presencia del profesorado en el centro durante la realización o el desarrollo de actividades curriculares se entenderá referida tan solo a aquellas que hayan sido promovidas por el Claustro de profesores. En todo caso se tendrá en cuenta la legislación vigente en lo relacionado con la organización de los tiempos escolares. Memoria de actividades: Los centros educativos integraran las conclusiones en la memoria anual e incorporaran las modificaciones pertinentes en la Programación General Anual del siguiente.

E. LAS EXCURSIONES. La previsión de excursiones para un curso escolar se recogen en la Programación General Anual (PGA), la cual es elaborada a principio de curso y aprobada por el Consejo Escolar.


En las reuniones de ciclo se concretaran las excursiones que van a realizar en cada trimestre y posteriormente lo comunicará al equipo directivo, comisión de coordinación pedagógica y consejo escolar. Criterios de organización y funcionamiento de centro ante una excursión de curso o ciclo: -

Una excursión se realizará cuando los alumnos alcancen el 60% de los destinatarios.

-

En E. Infantil, se realizará cuando el porcentaje señalado sea alcanzado por nivel (3 a, 4ª, 5ª).

-

Los alumnos que no participen en la excursión tienen la obligación y el derecho de acudir al colegio.

-

El tutor o especialista que participe en la excursión debe dejar tarea preparada para los alumnos que no acudan a la misma.

-

En cuanto a las sustituciones del profesor ausente los criterios son: 1º Profesorado de ciclo que no participe a la excursión. 2º Seguir cuadro de sustituciones.

-

Las ratios de profesor/alumno son: i. Educación Infantil....................1/10 o fracción ii. Educación Primaria.................1/15 o fracción iii. En cualquier caso los grupos siempre viajaran acompañados de al menos dos docentes. iv. En el caso de aquellos grupos en los que participe alumnado con necesidades educativas especiales, estas ratios podrán ser modificadas de acuerdo a las características del alumnado.

- Los criterios para la selección del profesorado que viajará en la excursión son:


1º Los organizadores de la misma. 2º Los tutores del grupo destinatario siempre que se el nº de alumnos que van a la excursión sea un mínimo del 60% de su clase. 3º Miembros del equipo de ciclo. 4º Otros. F. ENTRADAS Y SALIDAS AL CENTRO -

Por la mañana los alumnos se dispondrán en fila una vez oído el timbre en la pista de baloncesto, y después del recreo, cada curso frente a su edificio.

-

Cada tutor debe ponerse con sus alumnos y vigilar la fila, los acompañará a su clase manteniendo el orden y entrando en silencio.

-

El orden de entrada será : 1º, 2º, 3º, 4º e infantil en el edificio de dirección, en el otro modulo será primero 5º y a continuación 6º.

-

En los casos en los que un curso no tiene clase con su tutor/a, bien a la entrada por la mañana o después del recreo, es conveniente que sea el especialista que va a impartir clase a continuación quien recoja al grupo en las filas del patio.

-

En el caso de que un alumno tenga que realizar una visita médica, podrá venir al centro en la hora de recreo, así como, si tiene que ausentarse.

G. RECREOS -

La vigilancia de los recreos será de cuatro profesores por semana, los cuales deben salir con prontitud al patio.


-

Los vigilantes de los recreos deben asegurarse que las puertas de acceso al centro estén cerradas.

-

El patio esta dividido en tres espacios: arenero para infantil, espacio intermedio para el primer ciclo de primaria y la pista y el resto para el segundo y tercer ciclo de primaria.

-

La pista la utilizarán por turnos los alumnos de tercero a cuarto, para lo cual los tutores elaborarán un cuadrante que deben dar a conocer a los vigilantes del patio.

-

Si algún vigilante se ausentara este deberá comunicárselo al jefe de estudios para que tome las medidas oportunas.

-

Ningún niño debe permanecer solo en clase en horario de recreo, por tanto si se castiga sin patio el profesor debe quedarse con el alumno en lugar de castigo asignado.

-

Los días de lluvia los alumnos permanecerán el aula con el tutor, si el tutor decide bajar al patio deberá acompañarlos aún cuando no le corresponda vigilancia esa semana.

-

Esta prohibido que los alumnos bajen material escolar al recreo.

H. TRANSPORTE ESCOLAR. -

Los alumnos de transporte cuando llegan estarán acompañados por los/as acompañantes hasta el momento de entrar en las

aulas. Las normas de este servicio están regidas por la Orden del D.O.C.M. Nº 217 (21-10-2008). DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS


-

A la información sobre la normativa vigente del transporte escolar.

-

Al uso diario del autobús escolar en las debidas condiciones de calidad y seguridad.

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A la llegada y salida del centro con un margen de espera no superior a diez minutos.

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A que la permanencia en el autobús sea inferior a 45 minutos en cada sentido del viaje.

-

A un trato correcto por parte de los empleados de las empresas de transporte y en su caso, de los acompañantes.

-

A ser atendidos con prontitud en caso de alguna incidencia surgida durante el viaje.

-

A que el autobús se detenga en las paradas de salida y llegada en un lugar seguro, en los puntos de parada establecidos al efecto.

-

A la ayuda individual de transporte en el caso de no poder utilizar la ruta contratada por motivos justificados, o la inexistencia de ésta.

DEBERS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS -

De observar en el autobús buena conducta, como si se tratara del Centro Educativo.

-

De hacer un buen uso del autobús dando un buen trato a los asientos y cuidando de que se mantenga limpio.

-

De permanecer sentado durante el viaje.

-

De puntualidad en el acceso al autobús, a fin de no modificar el horario establecido.

-

De obediencia y atención a las instrucciones del conductor y acompañante, en su caso.

-

De cumplir durante el viaje las normas del Reglamento de Convivencia del Centro.


-

De entrar y salir con orden del autobús

-

De solidaridad y ayuda con sus compañeros.

-

De utilizar obligatoriamente el cinturón de seguridad en aquellos vehículos que lo tengan instalado.

I. ADAPTACIÓN DE HORARIOS DE SEPTIEMBRE Y JUNIO -

El horario de jornada continua es de 9:00 a 14:00, una tarde de 16:00 a 18:00 y dos exclusivas de 14:00 a 15:00.

-

La adaptación del horario para junio y Septiembre será de tres sesiones de 40 minutos antes del recreo y dos sesiones finales de 45 minutos.

JORNADA CONTINUA ORDIANRIA

SEPTIEMBRE Y JUNIO

9:00 – 10:00

9:00- 9:40

10:00 - 11:00

9:40 – 10:20

11:00 – 11:45

10:20 – 11:00

11:45 – 12:15 RECREO

11:00 – 11:30 RECREO

12:15 – 13:15

11:30 – 12:15

13:15 – 14:00

12:15 – 13:00

14:00- 15:00 Dos días

13:00- 14:00

16:00 – 18:00 Una tarde


J. AUSENCIAS DEL PROFESORADO -

Comunicar con la mayor antelación posible al Jefe de Estudios la ausencia al centro para que este pueda organizar las clases.

-

El profesor deberá dejar preparado el plan de trabajo y el material necesario para el desarrollo de su clase, en su ausencia.

-

Justificar siempre las ausencias con la documentación requerida por la delegación.

-

Una visita médica no supondrá la ausencia del puesto de trabajo de toda una jornada, a menos que sea estrictamente necesario.

-

Cuando la ausencia sea de varios días se contemplará la unión de grupos paralelos a criterio del equipo directivo.

-

El parte de faltas mensual, estará expuesto en la sala de profesores.

K. LA UTILIZACIÓN DE LAS TIC DEL CENTRO. Portátiles: i. Del Centro

-

Serán utilizados por todos los profesores siempre que lo crean necesario, pidiéndolos en Dirección, y volviéndolos a dejar en la misma jornada.

-

No se sacarán del Centro.


-

No se podrá manipular, ni instalar ningún programa, sin consultarlo previamente.

-

Los tutores podrán guardar, documentos de uso del Ciclo (Programaciones, fichas..) ii. De uso personal

Los equipos se entregarán a todo el personal fijo docente del centro. A los profesores interinos con vacante de todo el curso en el Centro. No se entregará equipo a los profesores interinos que realicen una sustitución. Los docentes que se acojan a cualquier tipo de excedencia laboral, o pasen a desempeñar una comisión de servicios, deberán entregar el equipo al centro educativo. Para la entrega de los portátiles el/a Director/a rellenará un documento donde figura: Código Centro/nº de serie/Nombre y Apellidos/DNI/Fecha de entrega. Cada profesor rellena una hoja de entrega y la firma. En ella se compromete a devolver el ordenador si es trasladado del centro. A partir de ese momento el profesor es responsable del equipo que le ha sido asignado. Cualquier problema de funcionamiento lo debe resolver de forma personal con el servicio de asistencia técnica. Asesoramiento: La empresa adjudicataria lo realizará durante los 3 años. Configuración-conectividad-uso en general. Asistencia “in situ” en el centro educativo. En el periodo de vacaciones, lo puede solicitar a su sede provincial.


Si el ordenador se avería y no se puede reparar se le repone por otro de similares características. El asesoramiento o consulta se pueden hacer: 

Por teléfono de 8 de la mañana a 10 de la noche. Tlf: 902 103 259.

Por e-mail: Satur.edu@jccm.es

Web Portal de Educación

En las sedes provinciales: C/ Pedrera Alta Nº2,Esq. Calle de la Monjas 13003. C-Real

Cañones: -

Los cañones se pueden utilizar siempre que sea necesario DENTRO del Centro.

L. LOS PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIÓN A LAS FAMILIAS DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA A CLASE DE LOS ALUMNOS Y LAS CORRESPONDIENTES JUSTIFICACIONES O AUTORIZACIONES PARA LOS CASOS DE INASISTENCIA. Ante las ausencias de los alumnos: -

El tutor debe recoger la falta de asistencia que reflejará en el parte de asistencia. Si tiene acceso al Delphos, rellenará las faltas en el mismo.(Podrá en cualquier momento solicitar a la Dirección del centro su clave de acceso)


-

Los padres deben justificar al tutor la falta de asistencia del alumno al centro si no se entenderán como faltas injustificadas. Cuando la falta sea por enfermedad deberá aportar el justificante médico.

-

Cuando las faltas injustificadas de asistencia sean de un 20% del periodo lectivo en un mes o el tutor tenga constancia de que el alumno no acude al centro por negligencia de los padres, se debe poner en contacto con la familia y lo debe comunicar cuanto antes al equipo directivo y unidad de orientación para tomar las medidas oportunas. En el caso de alumnos con historial de absentismo y riesgo de continuidad se pondrá en marcha el protocolo a la primera falta injustificada.

Se entiende por faltas justificadas aquellas que van acompañadas de justificante o escrito realizada por algún especialista al que haya acudido el alumno en horario escolar.

J. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE UN ACCIDENTE O LESIÓN GRAVE DE ALGÚN ALUMNO. 1. Cualquier adulto presente auxiliará al alumno en un primer momento. 2. Avisar urgentemente a los servicios sanitarios y seguir en todo momento sus instrucciones hasta que lleguen. 3. Avisar a los familiares del alumno en cuestión Nota: El Equipo Docente debe atender y socorrer en todo momento al alumno accidentado pero no administrará ningún tipo de medicamentos. Si independientemente de esta decisión algún profesor quiere llevar a cabo tal actividad ya sea por petición de los padres o por algún motivo puntual este será responsable de las consecuencias que pueda derivar tal actividad. TELÉFONOS DEL CONSULTORIO MÉDICO: 670 92 86 64


926 33 70 71 K. PROCEDIMIENTOS PARA LA PREVENCIÓN, INTERVENCIÓN Y SEGUIMIENTO SOBRE EL ABSENTISMO ESCOLAR La Orden 9-03-2007 de las Consejerias de Educación y Ciencia y de Bienestar social establece los criterios y procedimientos para la prevención, intervención y seguimiento sobre el absentismo y deroga la Orden de 20 de Mayo de 2003 de la consejería de Educación y Cultura por la que se establece el programa regional de prevención y control del absentismo escolar y la normativa que la desarrolló. La finalidad y objetivo es garantizar la asistencia al centro del alumnado en edad de escolarización obligatoria, estableciendo para ello acciones que anticipen y eviten la ausencia del alumno al centro educativo y actuando de forma inmediata cuando esta se produzca. Se entiende que existe absentismo escolar cuando el alumno presenta un 20% o más faltas injustificadas en un mes. Medidas preventivas: -

En el marco del Proyecto Educativo se pondrán en marcha iniciativas curriculares y organizativas que favorezcan la participación del alumno y el compromiso con su proceso de aprendizaje.

-

Las Consejerías de

Educación y Ciencia y de Bienestar social adoptaran un conjunto de medidas dirigidas a prevenir el

absentismo escolar. Medidas para la intervención y seguimiento: Conocida la situación de absentismo escolar, el equipo directivo, con el asesoramiento del orientador/a y, en su caso, de los profesionales de intervención social que actúen en el centro educativo, garantizará que se pongan en marcha las siguientes funciones:


a) El tutor/a llevará un control de la asistencia diaria, en caso de que se observe una situación de absentismo, lo comunicará de manera inmediata a la familia e informará al equipo directivo. En su caso, el equipo directivo trasladará la información al resto de instituciones implicadas. b) En caso de no remitir la situación, el tutor/a, si es preciso con el concurso del equipo directivo, citará a una entrevista a la familia o tutores legales. c) En caso de no resolverse la situación se deberá realizar una valoración de la situación personal y escolar del alumno por parte del Equipo de Orientación y Apoyo. d) Cuando de la anterior valoración se deduzca que predominan los factores socio-familiares, se solicitará la valoración de la situación a los Servicios Sociales Básicos. e) Una vez realizada tal valoración se acordaran las medidas adecuadas por parte del Equipo de Orientación y Apoyo así como de los Servicios Sociales Básicos, cuando intervengan, y de común acuerdo con estos. Estas medidas se concretan en un plan de intervención socioeducativo con el alumnado y su familia. f) Se informará del proceso a la inspección de Educación para que garantice el cumplimiento de los derechos y deberes del alumnado y las familias. g) Se realizará un seguimiento periódico por parte del tutor/a de la situación de absentismo, en colaboración con la familia y con los Servicios Sociales Básicos, cuando intervengan, con un plazo fijo en los momentos iniciales y variable a partir de su desaparición. h) Se solicitará colaboración al Ayuntamiento para el seguimiento del alumnado que presenta una situación prolongada de absentismo.


El centro educativo regulará estos procedimientos en el desarrollo de su autonomía y dentro de las Normas de convivencia. Organización y funcionamiento, garantizando las actuaciones establecidas como imprescindibles en el punto anterior. Los Servicios Sociales Básicos intervendrán en el proceso en el desarrollo de sus funciones y de acuerdo con los procedimientos que reglamentariamente tengan establecidos.

L. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE MALTARATO ENTRE IGUALES La Resolución de 20-01-06 de la Consejeria de Educación y Ciencia acuerda dar publicidad al protocolo de actuación ante situaciones de maltrato entre iguales. 1.

Descripción.

Se considera que existe maltrato entre iguales cuando un alumno se ve expuesto de forma repetida y durante un tiempo, a diferentes formas de acoso u hostigamiento por parte de un compañero o grupo de compañeros de manera que la victima está en situación de inferioridad respecto al agresor o agresores. Para que podamos hablar de maltrato entre iguales han de darse las siguientes características: -

La intención de hacer daño físico o psicológico.

-

La reiteración de las conductas.

-

El desequilibrio de poder que impide a la víctimas salir por sí misma de la situación.

El maltrato entre iguales puede adoptar diversas formas, de entre las cuales las mas características son:


-

La exclusión y marginación social

-

La agresión verbal

-

La agresión física indirecta

-

La agresión física directa

-

La intimidación, amenaza o chantaje

-

El acoso o abuso sexual.

El maltrato suele tener un componente grupal, en primer lugar porque con frecuencia no existe un solo agresor, sino varios, y en segundo lugar porque el suceso suele ser conocido por otros compañeros, observadores pasivos o que no contribuyen con suficiente fuerza para que cese la agresión. 2.

Identificación de la situación.

Cualquier miembro del la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de maltrato entre iguales tiene la obligación de ponerla en conocimiento del equipo directivo. 3.

Medidas inmediatas a adoptar por el centro educativo.

Conocida la demanda de intervención o de indicios racionales, el Director/a del centro constituirá de inmediato un grupo de trabajo integrado por un miembro del equipo directivo, el orientador/a del centro y un maestro/a del claustro. Con el apoyo y asesoramiento de este grupo de trabajo, la Dirección adoptará inmediatamente las primeras medidas para la protección de la persona agredida y evitar la continuidad de las agresiones. Estas medidas que tendrán un carácter provisional serán de dos tipos:


-

Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno/a agredido.

-

Medidas cautelares dirigidas al alumno/a que hayan actuado como agresores.

De toda la información y actuaciones indicadas hasta el momento se dará cuenta por escrito a la Inspección Educativa en el mismo día en el que se haya producido. Esta información se irá completando posteriormente con la descripción de las medidas recogidas en el Plan de actuación y con los resultados que dichas medidas vayan produciendo, así como la situación escolar del alumno implicado. La Dirección del centro garantizando la confidencialidad y poniendo de manifiesto la provisionalidad de las conclusiones, informará mediante entrevista a las familias o tutores legales de los alumnos/as implicados. De esta información deberá quedar constancia escrita. 4.

Recogida de información y análisis de la misma

El grupo de trabajo recabará la información necesaria relativa al hecho de diversas fuentes: -

Alumno/a agredido

-

Alumnado agresor

-

Familias

-

Profesorado

-

Compañeros de agredido y agresores

-

Profesionales no docentes y personal de administración y servicios.

-

Otros profesionales que tengan relación con el alumno.


Se analizará y contrastará la información recibida de manera que el grupo de trabajo pueda establecer en el plazo de tiempo mas breve posible la existencia o no de indicios de maltrato, así como el tipo y gravedad de los hechos. 5.

Elaboración de un plan de actuación

La Dirección del centro elaborará y aplicará un Plan de Actuación del que informará al Consejo Escolar y que incluirá al menos, las siguientes medidas que garanticen un tratamiento individualizado tanto de la persona agredida como del agresor o agresores y del alumno espectador, sin prejuicio de las medidas disciplinarias que con el procedimiento legal establecido, se apliquen al agresor o agresores. a) Dirigidas a la persona objeto de maltrato: -

Actuaciones de apoyo y protección expresa o indirecta.

-

Programa de atención y apoyo social.

-

Personalización de la enseñanza.

-

Derivación y seguimiento en servicios sociales

b) Dirigidas a los agresores -

Aplicación de las normas sancionadoras del centro.

-

Estrategias específicas de modificación de conducta y ayuda personal.

-

Derivación y seguimiento en servicios sociales

c) Dirigidas a los compañeros observadores


-

Sensibilización

-

Programas de habilidades de comunicación y empatía

-

Programas de apoyo entre compañeros

-

Círculo de amigos, etc.

d) Dirigidas a las familias. -

Orientaciones sobre como ayudar a su hijo/a agredido o agresor/a.

-

Coordinar de manera mas estrecha el proceso socioeducativo de sus hijos/as.

-

Información

sobre

posibles

apoyos

externos

y

seguimiento

de

los

mismos.

e) Dirigidas a los profesionales.

6.

-

Orientaciones para manejar las clases durante todo el proceso y como hacer el seguimiento.

-

Orientaciones sobre indicadores de detección e intervención. Información a las familias implicadas

Los tutores correspondientes con el asesoramiento del grupo de trabajo informarán nuevamente a la familias de las actuaciones o medidas acordadas. A las familias de los agresores se les informará expresamente, además, de las consecuencias que pueden derivarse, tanto para ellas como para sus hijos en el cso de reiteración de maltrato.


De esta información quedará constancia por escrito. 7.

Evaluación y seguimiento.

La Dirección del centro evaluará la eficacia de las medidas llevadas a cabo e informará oportunamente de los resultados a las familias y al Consejo Escolar. La Dirección del centro es la competente para la adopción de las medidas, y se responsabilizará de informar periódicamente al Inspector de Educación del grado de cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado. 8.

Derivación a la Fiscalía de Menores.

La Inspección de Educación, de acuerdo con la Dirección del centro evaluará el caso y propondrá al Delegado provincial de la Consejería de Educación y Ciencia el traslado de los hechos a la Fiscalía de Menores cuando la gravedad de los mismos lo requiera. Deberá tenerse en cuanta que cuando los autores de los hechos sean menores de catorce años como es el caso en nuestro centro, no les es exigible responsabilidad penal. Estos casos deberán ponerse en conocimiento de la Consejería competente en materia de protección de menores. La intervención del Ministerio fiscal no impide la aplicación del protocolo.


D/Dª

Sebastián Campos Sánchez,

secretario del Centro C.P. “Nuestra

Señora del Valle”

de la localidad de

Viso del Marqués.

CERTIFICO: Que en la sesión ordinaria del Claustro de profesores celebrada el día____ de_____________ de 2009, resultaron aprobadas las presentes Normas de Convivencia.


Estas Normas de convivencia serán revisadas anualmente. Viso del Marqués, a

de

VºBº El/La Directora/a

Fdo: Francisca Rodriguez Arroyo.

de 2009. VºBº El Secretario.

Fdo: Sebastián Campos Sánchez.


Ilma Sra. Delegada Provincial de Educación y Ciencia de Ciudad Real.

D/Dª

Sebastián Campos Sánchez,

secretario del Centro C.P. “Nuestra

Señora del Valle”

de la localidad de

Viso del Marqués.

CERTIFICO: Que en la sesión ordinaria del Consejo Escolar celebrada el día____ de_____________ de 2009, resultaron aprobadas las presentes Normas de Convivencia. Estas Normas de convivencia serán revisadas anualmente. Viso del Marqués, a

de

VºBº El/La Directora/a

Fdo: Francisca Rodriguez Arroyo.

de 2009. VºBº El Secretario.

Fdo: Sebastián Campos Sánchez.


Ilma Sra. Delegada Provincial de Educación y Ciencia de Ciudad Real.


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