RECONOCIMIENTO IGUALITARIO 2012

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JULIO 2012

RECONOCIMIENTO IGUALITARIO Todas las familias con todos los derechos

El camino recorrido hacia el reconocimiento igualitario de los hijos e hijas de parejas del mismo sexo. Logros, alcances y materias pendientes desde la sanci贸n de la Ley de Matrimonio Igualitario hasta la actualidad.

LAS GESTIONES

LOS AVANCES

LAS ACCIONES COMUNITARIAS

LAS INSCRIPCIONES

LAS MATERIAS PENDIENTES


Reconocimiento Igualitario

Todas las familias con todos los derechos Actualmente, en la Argentina son miles los niños y niñas nacidos en familias conformadas por parejas del mismo sexo. La sanción de la ley de matrimonio igualitario, el 15 de julio de 2010, no sólo permite que estas parejas accedan al matrimonio, sino que también posibilita el reconocimiento legal de dos madres o dos padres y sus hijos e hijas. Hasta la actualidad, celebramos con orgullo decenas de inscripciones que dan cuenta de la igualdad de derechos de nuestras familias. Desde la sanción de la Ley 26.618, construimos y llevamos adelante una estrategia orientada a garantizar inscripciones respetuosas de la ley y la diversidad familiar y a que ese reconocimiento incluya a los niños y niñas nacidos con anterioridad a su sanción, que hasta hoy encuentran obstáculos para acceder a ese derecho. En el caso de los niños nacidos en familias comaternales que utilizaron técnicas de reproducción asisitida, en sus partidas de nacimiento y en sus documentos de identidad sólo figura una de sus madres dejando en vulnerabilidad a los niños, niñas, sus madres y su familia extendida. La lucha por el reconocimiento igualitario busca hacer efectiva una legislación nacional que resguarde los derechos y las garantías de los niños y sus familias. La estrategia que impulsamos -con la colaboración de cientos de militantes, dentro y fuera de nuestras organizaciones- se basa en el trabajo conjunto entre las familias LGBT, funcionarios de gobierno, entidades y organismos públicos. El objetivo fue avanzar en soluciones legislativas, políticas y administrativas, masivas e inclusivas que evitaran la judicialización de nuestras familias y de nuestros hijos e hijas. El Decreto de Necesidad y Urgencia que firma la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner (a dos años de la Sanción de la Ley 26.618 de Matrimonio Igualitario) es un avance sustancial de este recorrido, un logro de esta estrategia. Es una solución colectiva, masiva y federal que a través de la vía administrativa busca terminar con la discriminación que sufren los hijos matrimoniales nacidos antes de la sanción de la Ley 26.618. Es un paso más de un camino que continua en la ampliación de derechos y su efectivización. Este documento es el relato de lo transitado y lo que queda por transitar.

A quienes nos acompañaron en este camino, gracias.

Lesmadres es una organización de acción política integrada por familias de lesbianas madres y futuras madres que decidimos tener hij@s en pareja. Nuestros reclamos están orientados al reconocimiento político, social, cultural y legal de los derechos de nuestros niños y niñas, de nuestras familias y de nosotras como lesbianas. Trabajamos desde hace cinco años para lograr el respeto de todas las diversidades con la intención de promover una sociedad sin desigualdades. Como activistas deseamos crear familias sin autoritarismos ni violencia desde una concepción de Derechos Humanos que nos permita imaginar la utopía cercana de construir un mundo en libertad. Quienes conformamos el colectivo 100 % Diversidad y Derechos, confluimos para reivindicar nuestras propias diversidades, y apelando a construir desde ellas. Nos encontramos en la idea, el compromiso y la voluntad de promover y defender el reconocimiento y respeto por la libre orientación sexual e identidad de género de todos y todas. No se trata sólo de querer o creer en algo, tenemos la convicción de que reclamamos sólo lo que corresponde. Nos sumamos a esta y a cada lucha por el reconocimiento, respeto y exigibilidad de los derechos de todas las personas, de nuestros derechos y los de nuestros semejantes -quienquiera que seamos-; 100%, todos los derechos para todos y todas.

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LOS AVANCES

realizadas desde 100% Diversidad y Derechos y Lesmadres ante el Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales.

en la aplicación de la ley de matrimonio igualitario desde su aprobación.

15 de julio, 2010 La ley de matrimonio igualitario sancionada determina que la inscripción de los hijos e hijas deberá contener “en el caso de hijos de matrimonios entre personas del mismo sexo, el nombre y apellido de la madre y su cónyuge”. Además, establece que “Los hijos matrimoniales de cónyuges del mismo sexo llevarán el primer apellido de alguno de ellos. A pedido de éstos podrá inscribirse el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregarse el del otro cónyuge”.

24 de agosto, 2010 Se acordó con el Vice Ministro del Interior, Marcio Barbosa, una agenda de trabajo común para avanzar en el reconocimiento legal de la totalidad de los hijos e hijas de familias con dos madres. El eje de este trabajo fue adecuar la normativa, formularios y prácticas institucionales en las instancias de inscripción para que den cuenta de la diversidad familiar sin discriminaciones; y la búsqueda del “reconocimiento igualitario” de los niños y niñas nacidos antes de la sanción del matrimonio igualitario, cuyos derechos todavía estaban desprotegidos.

Artículo 42 fija los mismos derechos y obligaciones entre “integrantes de las familias cuyo origen sea un matrimonio constituido por DOS (2) personas del mismo sexo, así como un matrimonio constituido por personas de distinto sexo”. Finalmente, establece

8 de septiembre, 2010 Inscripción de Vicente, el primer hijo nacido en el marco de un matrimonio igualitario conformado por mujeres y anotado como tal en la partida de nacimiento y la libreta de matrimonio. Se dio seguimiento junto al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) de la implementación de la ley ante el GCBA. Vicente obtuvo su DNI y su partida de nacimiento, pero el Registro Civil no respetó la decisión de inscribirlo con sus dos apellidos.

que “Ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, tanto al matrimonio constituido por personas del mismo sexo como al formado por DOS (2) personas de distinto sexo”. La ley de matrimonio igualitario, incorporó así un nuevo paradigma acorde al derecho constitucional de familia, a la luz del cual debe aplicarse e interpretarse todo el plexo normativo positivo, teniendo en cuenta la incorporación de las familias de parejas de personas del mismo sexo y sus hijos, hayan o no contraído matrimonio.

8 de octubre, 2010 Se propuso al INDEC la inclusión de las familias LGTB y sus hijos e hijas en el Censo del Bicentenario. El acto del lanzamiento se realizó en la Quebrada de Humahuaca (Jujuy) con representantes de 100% Diversidad y Derechos y Lesmadres.

27 de octubre, 2010 Se realiza el Censo del Bicentenario. Por primera vez en la historia, los hogares compuestos por parejas de lesbianas, gays, trans y sus hijos también fueron protagonistas del Censo.

3 de noviembre, 2010 Inscripción de Francisca, la primera hija con dos madres legalmente reconocidas en la Provincia de Buenos Aires (Quilmes). La gestión conjunta con el CELS permitió que en su certificado y acta de nacimiento quedaran asentados los nombres de ambas madres. No se respetó la decisión de las madres de inscribirla con sus dos apellidos.

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LOS AVANCES 19 de julio, 2011

21 de julio, 2011

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires autorizó la inscripción con doble apellido de los trillizos hijos de un matrimonio igualitario integrado por dos mujeres en la Ciudad de Carmen de Patagones. La disposición Nro. 9446 del Registro provincial de las Personas fue firmada por su directora, Claudia Corrado. Su alcance se limitó a los hijos del matrimonio igualitario integrado por Paula Keller y Ana Isso.

El Ministro del Interior, Florencio Randazzo elevó a la Secretaria Legal y Técnica el proyecto de DNU elaborado por 100% Diversidad y Derechos, Lesmadres y el CELS, ingresado bajo el número provisorio de Expediente 1102. El proyecto buscaba equiparar los derechos de los miles de hijos e hijas de familias comaternales, nacidos antes de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario con aquellos que nacieron luego de su sanción.

Octubre, 2011 30 de noviembre, 2011

A raíz del intento de inscribir a Lourdes Micaela en Lanús (provincia de Buenos Aires), la delegación local del Registro Civil eleva la Dirección Provincial una consulta sobre cómo confeccionar esa partida, llegó hasta la Asesoría General de Gobierno.

Promovimos la inclusión de una “cláusula transitoria” (ver aparte) en el proyecto de Ley de Reproducción Asistida. El objetivo de la misma era extender el reconocimiento de la filiación de los hijos nacidos por técnicas de reproducción asistida a favor de los usuarios de las técnicas, y sin distinción de su estado civil, a los nacidos antes de su sanción. El proyecto se sancionó en general en la última sesión ordinaria de Diputados en 2011, pero perdió estado parlamentario por no haber obtenido entonces tratamiento en particular.

Acciones con la comunidad LGBT Marzo de 2011. 100% Diversidad y Derechos, Lesmadres y el CELS lanzan el primer Registro Nacional de Familias LGBT con hijos e hijas, una base de datos online - www.reconocimientoigualitario.blogspot.com para promover el encuentro y la comunicación de las familias LGTB, las prácticas no discriminatorias y los avances en el reconocimiento legal de todos los vínculos familiares.

Noviembre de 2011. Se realiza Jornada sobre familias diversas. Reconocimiento igualitario: Paradigmas y desafíos en el marco de los derechos humanos en Casa Brandon. Expusieron la Dra. Nelly Minyersky, experta en derecho civil y de familia, integrante de la Comisión especial de reforma del Código Civil de la CSJ; la ex Diputada Nacional, Vilma Ibarra, y la Profesora Marita Perceval, Subsecretaria de Promoción de los Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, allí expresaron su apoyo técnico y político al proyecto de DNU promovido por 100% Diversidad y Derechos y Lesmadres de “Reconocimiento Igualitario”.

19 de marzo 2011 Lesmadres, 100% Diversidad y Derechos y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) convocan a lesbianas madres, futuras madres, familias lgtb con hijos/as y activistas a una charla informativa sobre: Las diferencias entre el reconocimiento y la adopción. Las primeras inscripciones realizadas. La situación de los hijos e hijas que nacieron antes de la sanción del matrimonio igualitario: opciones, posibilidades y perspectivas.

Noviembre de 2011. La XX Marcha del Orgullo LGTBQ reclama el reconocimiento de los hijos e hijas de familias comaternales. Cerca de 200 mil personas participaron de la mayor acción de visibilidad de la diversidad sexual. Desde el escenario principal Florencia Gemetro de Lesmadres y Silvina Maddaleno de 100% Diversidad y Derechos reclamaron por el “Reconocimiento Igualitario”.

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LOS AVANCES

Febrero, 2012 22 de febrero, 2012

Se inician las gestiones con el Dr. Javier Buján, Subsecretario de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos proponen un texto para elaborar una normativa que regularice las inscripciones de niños y niñas realizadas por el Registro Civil que, hasta el momento, habían sido realizadas con tachaduras y enmiendas.

La Subsecretaria de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del Dr. Javier Buján, dictó la Resolución Nº038 con la que instruye al Registro Civil porteño a inscribir a los hijos de progenitores del mismo sexo con los apellidos de ambos y a eliminar menciones o tachaduras discriminatorias.

27 de febrero, 2012 El INADI solicita al Registro Nacional de las Personas (RENAPER) que incluya el nombre, número de DNI y firma de ambas madres o padres en el DNI Año Cero de hijos e hijas de familias de parejas del mismo sexo.

2 de marzo, 2012 El Registro Nacional de las Personas (RENAPER) dictó una resolución para que el DNI “Año Cero” que se le otorga a los recién nacidos incluya -en el caso de hijos de parejas del mismo sexo- la firma de sus dos madres o padres.

7 de marzo, 2012 Inscripción de Lourdes Micaela. Por primera vez, en la Provincia de Buenos Aires, se confecciona una partida ejemplar, sin tachaduras ni enmiendas y con los dos apellidos de las madres en el orden que ellas eligieron. Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos intervino en todo el proceso que atravesó la consulta elevada por la delegación. La inscripción se realizó luego de que se emitiera la disposición interna 043 que establece un criterio general sobre las inscripciones de hijos e hijas de parejas del mismo sexo. En ella, se prohíbe expresamente hacer mención al estado civil de sus madres o padres, se elimina la distinción entre la madre biológica y su “cónyuge” y se incorpora el doble apellido en todos los casos en los que las familias así lo quieran.

27 de marzo, 2012 El Poder Ejecutivo Nacional recibe de la Comisión Redactora el ante proyecto de reforma del Código Civil que reconoce la diversidad familiar. El capítulo de Filiación (en el que trabajaron reconocidas expertas en derecho de familia, como las Dras. Nelly Minyersky y Marisa Herrera) incorpora el concepto de voluntad procreacional que reconoce la voluntad de maternar o paternar. De esta forma, los niños y niñas concebidos mediante tecnologías reproductivas serán hijos de quienes hayan prestado su consentimiento previo, informado y libre, con independencia de quién haya aportado los gametos, y sin distinción respecto a su estado civil.

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LOS AVANCES

Mayo, 2012 4 de junio, 2012

Se solicita la incorporación de una “cláusula transitoria” (ver aparte) al proyecto de reforma de Código Civil que equipare la situación de los niños y niñas que nacieron mediante técnicas de reproducción asistida antes de las reformas del Código Civil con los niños y niñas que nacerán después.

El Ministro del Interior, Florencio Randazzo recibe a Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos y anuncia la puesta en marcha del DNI “Año Cero” (trabajo realizado junto al Vice Ministro del Interior, Marcio Barbosa, y la Directora del RENAPER, Mora Arqueta), en el cual se contempla la inclusión de las firmas de las dos madres o los dos padres, si fuera el caso. También informa la decisión de la Presidenta de la Nación de firmar el DNU de “Reconocimiento Igualitario” de los niños y niñas nacidos antes de la sanción del matrimonio igualitario.

22 de junio, 2012 Inscripción de Bautista, el primer hijo de un matrimonio igualitario que es inscripto en la Ciudad de Buenos Aires con los dos apellidos maternos y sin tachaduras, ni anotaciones improcedentes en su partida de nacimiento. De esta forma, se cumple con toda la letra de ley y se regularizan las inscripciones en CABA. Desde ahora las partidas de nacimiento no tendrán ningún tipo de distinción respecto al resto de las niñas y niños de parejas de distinto sexo.

2 de julio, 2012 La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, firma con acuerdo de Ministros el DNU que equipara las inscripciones de niños y niñas de matrimonios de mujeres nacidos antes y después de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario.

El DNU establece un “régimen excepcional” para facilitar que, mediante un trámite administrativo ante el Registro Civil de cada jurisdicción, se completen las actas de nacimiento de los niños y niñas nacidos antes de ley 26.618, en virtud de sus madres haber contraído matrimonio, y las correspondientes libretas, a fin de que las mismas registren a dichos hijos e hijas.

rejas de personas del mismo sexo, sin perjuicio de su estado civil, al igual que lo hacen con parejas heterosexuales, mediante la manifestación de la voluntad. Para quienes eligen casarse, la presunción matrimonial, les permite actualmente sortear los obstáculos y, a partir del DNU, también se permitirá respecto de los hijos nacidos antes de la ley 26.618.

Su finalidad es, simplemente, que se pueda poner en pie de igualdad la situación de los niños y niñas que, por haber nacido antes de la sanción de la ley de “matrimonio igualitario”, no han podido ser inscriptos en la libreta matrimonial y a nombre de sus dos mamás, como sí se inscriben actualmente a los niños en igual situación familiar.

Junto con el presente DNU -solución administrativa, colectiva, masiva y federal para terminar con la discriminación que hoy sufren los hijos matrimoniales nacidos antes de la sanción del matrimonio igualitariopromovemos que se incluya en el nuevo Código Civil y Comercial UNA CLÁUSULA TRANSITORIA para completar el “Reconocimiento Igualitario”. (Véase “materias pendientes”)

El presente DNU no es limitativo a que los Registros Civiles, o en su defecto las autoridades jurisdiccionales, faciliten y garanticen el reconocimiento de hijos de pa-

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MATERIAS PENDIENTES CLAÚSULA TRANSITORIA PARA EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

Una gestión en curso

El texto:

Los hijos nacidos antes de la sanción de esta ley, por técnicas de reproducción humana asistida, son también hijos del hombre o la mujer que ha prestado su consentimiento previo, informado y libre, debiéndose completar el acta de nacimiento por ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas, cuando sólo constara vínculo filial con la mujer que dio a luz. Oportunamente, se impulsó para ser incluida en la Ley de Reproducción Asistida y, en la actualidad, se pretende su inclusión en el Proyecto de reforma del Código Civil y Comercial. Esta cláusula dará marco general e integral de protección a los hijos e hijas de parejas del mismo sexo así como también a los de parejas de distinto sexo, nacidos mediante la utilización de reproducción asistida antes de la sanción del nuevo Código. El proyecto de nuevo Código Civil y Comercial unificado reconoce expresamente una nueva forma de filiación: por reproducción asistida, y se establece que los padres/madres son aquellos que consintieron la utilización de las técnicas de reproducción, independientemente de quienes aportaron los gametos. Una vez sancionada la reforma con esta innovación, se hace necesario el respaldo de esta norma troncal a fin de equiparar los derechos de quienes nacieron antes de la misma mediante estas técnicas, con respecto a los niños que nacerán luego de su aprobación, y también para protegerlos de cualquier conflicto judicial por las inscripciones que ya existen. Esto da un marco integral a muchos casos, y no sólo de familias homoparentales. Por ejemplo, a muchos padres (no casados) que han reconocido a sus hijos nacidos mediante técnicas de reproducción -con los que no tienen vínculo biológico- y que, hasta hoy, no son contemplados expresamente como fuente de filiación. Asimismo, abarcará a las parejas de mujeres no casadas: madres de niños nacidos también por estas técnicas, cuya madre no biológica no pudo reconocer a sus hijos. En estos casos se equiparará frente a la misma situación legal que las parejas heterosexulaes no casadas en las cuales los padres sí acceden reconocimiento del hijo o hija. En este marco desde Lesmadres y 100% Diversidad y Derechos proponemos e impulsamos la inclusión de la cláusula transitoria que tiene por finalidad equiparar la situación legal de los niños nacidos por técnicas de reproducción humana asistida antes que se sancione el nuevo Código, con los que nazcan después.

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INSCRIPCIONES

desde 2010 a la actualidad que tomaron estado público.

Septiembre, 2010 Vicente, primer hijo de un matrimonio de mujeres anotado como tal en la partida de nacimiento y en la libreta roja de matrimonio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No se inscribió con doble apellido y la partida de nacimiento se confeccionó con tachaduras.

Noviembre 2010 Francisca, la primera hija con dos madres legalmente reconocidas en la Provincia de Buenos Aires. En el certificado y el acta de nacimiento quedaron asentados los nombres de ambas madres. No se respetó la decisión de de inscribirla con doble apellido.

Diciembre, 2010 Bianca Juliana, primera hija de un matrimonio de mujeres anotada con el apellido de ambas en Paraná, Entre Ríos.

Junio 2011 El Registro Civil de Rosario, Santa Fe, inscribe a las hijas mellizas de una pareja de mujeres con el apellido de ambas madres. La partida de nacimiento no consigna enmiendas, ni tachaduras.

Junio, 2011 Angelina, primera hija de un matrimonio de mujeres anotada con el apellido de ambas en Villa María, Córdoba.

Marzo, 2012 Se inscribió con doble apellido al bebé que naciera en el seno de un matrimonio igualitario en la Provincia de Catamarca.

Marzo, 2012 Lourdes Micaela. Por primera vez, en la Provincia de Buenos Aires, se confecciona una partida ejemplar, sin tachaduras ni enmiendas y con los dos apellidos de las madres en el orden que ellas eligieron.

Junio, 2012 Bautista, primer hijo de un matrimonio igualitario inscripto en la Ciudad de Buenos Aires con los dos apellidos maternos y sin tachaduras, ni anotaciones improcedentes en su partida de nacimiento. Dos días después, se concreta -en iguales condiciones de reconocimiento- la inscripción de Vito, en la sede Central del Registro Civil.

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